CONTINUACIÓN NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS CON CORTE 31-DICIEMBRE DE 2018 Pag 1 de 141
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018
(Cifras expresadas en pesos)
2 ASPECTOS GENERALES NOTA 1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1 NATURALEZA JURIDICA
El Ejército Nacional es una entidad pública del Orden Nacional, institucionalizada desde la Constitución Nacional de 1986 y la nueva Constitución Nacional vigente -1991- en sus artículos – No.216 y No.217 citada carta magna; con personería jurídica del nivel nacional, dependiente del Comando General de las Fuerzas Militares. El Domicilio principal se encuentra en la Ciudad de Bogotá (Colombia), con dirección Carera 54 No. 26-25 Centro Administrativo Nacional (CAN).
1.2 FUNCIONES DE COMETIDO ESTATAL
El Ejército Nacional conduce operaciones militares orientadas a defender la soberanía, la independencia y la integridad territorial, proteger a la población civil, los recursos privados y estatales, para contribuir a generar un ambiente de paz, seguridad y desarrollo que garantice el orden constitucional de la Nación.
1.2.1 VISION EJÉRCITO NACIONAL
Al 2030, el Ejército Nacional continuará siendo la fuerza de acción decisiva de la Nación con capacidad de conducir operaciones autónomas, conjuntas, coordinadas y combinadas, en forma simultánea en dos teatros de operaciones: uno externo y/o uno interno.
1.2.2 MISIÓN EJÉRCITO NACIONAL
El Ejército Nacional conduce operaciones militares orientadas a defender la soberanía, la independencia y la integridad territorial, proteger a la población civil, los recursos privados y estatales, para contribuir a generar un ambiente de paz, seguridad y desarrollo que garantice el orden constitucional de la Nación.
1.2.3 POLÍTICA DE CALIDAD
El Ejército Nacional en cumplimiento de su Misión Constitucional, conduce Operaciones Militares orientadas a defender la Soberanía, la Independencia y la integridad Territorial,
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
COMANDANTE COMANDO GENERAL FUERZAS MILITARES EJÉRCITO NACIONAL
DIRECCIÓN FINANCIERA
para contribuir a generar un ambiente de paz y seguridad que coadyuvé en el progreso de la Nación, a través del desarrollo integral del talento humano basados en el respeto, la moral y el bienestar con el fin de mejorar continuamente el sistema integrado de Gestión y así satisfacer los requerimientos de la sociedad y las partes interesadas.
1.2.4 OBJETIVOS DE CALIDAD
Contribuir a la Defensa de la nación y a la Seguridad Pública
Apoyar los procesos de desarme, desmovilización y reintegración
Neutralizar y desarticular las amenazas que enfrenta la Nación
Contribuir en la estabilización rural y la consolidación del territorio
Mejorar las capacidades de gestión del riesgo y protección al medio ambiente
Controlar efectivamente el territorio y sus activos estratégicos
Fortalecer la inteligencia Militar
Fortalecer la asistencia Militar a la Policía Nacional
Brindar una logística que soporte eficientemente las operaciones
Fortalecer las alianzas y convenios interinstitucionales
Mejorar la seguridad y calidad de vida del hombre y su familia
Fortalecer los procesos de la transformación y gestión institucional
Soportar las operaciones con doctrina pertinente y tecnología eficiente
Mejorar la gestión del talento humano
NOTA 2. CUMPLIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO PARA ENTIDADES DE GOBIERNO EL CUAL HACE PARTE INTEGRAL DEL RÉGIMEN DE CONTABILIDAD PÚBLICA.
2.1 Estado de Cumplimiento
Los Estados Financieros por el año terminado a 31 de diciembre de 2018 han sido preparados en cumplimiento a la Resolución No. 533 de 2015 “Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”.
El Marco Normativo para Entidades de Gobierno es un desarrollo de la Contaduría General de la Nación, que tiene como referente los conceptos y criterios de reconocimiento, medición, revelación y presentación contenidos en el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público y en las NICSP.
El Marco Normativo está compuesto por el Marco Conceptual para la preparación y presentación de información financiera, las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos; los procedimientos contables, las guías de aplicación, la doctrina contable pública y el catálogo general de cuentas.
Igualmente se aplicaron los siguientes criterios contables emitidos por la Entidad
reguladora (Contaduría General de la Nación):
RESOLUCION 354 de 2007: Artículo 1°. Adóptase el Régimen de Contabilidad Pública que está conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública. Dicho régimen contiene la regulación contable pública de tipo general y específico.
RESOLUCION 355 de 2007 Artículo 1°. Adóptase el Plan General de Contabilidad Pública que está integrado por el Marco conceptual y la Estructura y descripciones de las clases, el cual forma parte integral de la presente
RESOLUCION 356 de 2007: Artículo 1°Adóptase el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que está integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables, el cual forma parte integral de la resolución.
RESOLUCION 357 de 2008 Artículo 1: Adóptase el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación, con corte 31 de diciembre de cada periodo contable, cuyo contenido se incorpora a la presente Resolución, para implementa y evaluar la efectividad de las acciones mínimas de control que deben realizar los responsables de la información financiera, económica, social y ambiental en los entes públicos con el fin de garantizar razonablemente la producción de información contable confiable, relevante y comprensible.
2.2 Aplicación del catálogo General de cuentas- CGC
El Ejército Nacional para el registro de sus operaciones maneja el Catálogo General de Cuentas, el cual se constituye en el instrumento para el reconocimiento y revelación de los hechos, transacciones y operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, con base en una clasificación ordenada, flexible y pormenorizada de las cuentas, que identifica la naturaleza y funciones de cometido estatal de la Fuerza.
El Catálogo General de Cuentas está conformado por cinco niveles de clasificación con seis dígitos que conforman el código contable
CLASE GRUPO CUENTA SUBCUENTA AUXILIAR
X X XX XX XXXX
Durante la Vigencia 2017 la Contaduría General de la Nación a través de la Resolución No. 598 de 2017 modificó el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
2.3 Aplicación de normas
El Ejército Nacional para efectos contractuales se rige por la Ley 80 de 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”; Ley
1150 de 2007 “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre contratación de recursos públicos”; Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decretó Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional” y demás normas regulatorias.
En aspectos presupuestales da cumplimiento a la Ley de Presupuesto “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal aprobada del 1º de enero al 31 de diciembre de la respectiva vigencia”.
Para efectos de archivo y correspondencia se da cumplimiento a la Ley 594 de 2000
“Por medio de la cual se docta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”.
Para el recaudo y control de los ingresos propios, cumple lo establecido en el Decreto No. 2350 de 1971 “Por el cual se autorizan unos fondos internos y se deroga una disposición” y Directiva Permanente No. 000192 de 2018 “Administración de los fondos internos del Ejército Nacional”.
El Ejército Nacional cuenta con normas internas denominadas “Directivas Estructurales” que establecen los lineamientos y procedimientos para el control administrativo y disciplinario en las diferentes áreas.
Para el control de los bienes del Ejército Nacional se da cumplimiento al Manual de Procedimientos Administrativos y Financieros para el manejo de bienes del Ministerio de Defensa Nacional.
2.4 Principios de Consolidación
La información Contable consolidada del Ejército Nacional concierne a los hechos económicos de cuarenta y nueve Unidades (49) que operan a lo largo y ancho del territorio nacional y que rinden cuenta fiscal; de las cuales, cuarenta y siete (47) son Ejecutoras de Presupuesto y las dos restantes solo manejan bienes (Plan Colombia que registra los bienes donados del Gobierno Americano y Batallón Colombia No. 3 ubicado en la Península del SINAI que maneja bienes y recursos propios de fondo interno), las cuales se relacionan en el siguiente cuadro:
No.
Sigla NIT Unidad Ciudad
1 CENAC TUNJA 800.130.646-7 BATALLON ASPC No. 1 CACIQUE TUNDAMA TUNJA
2 CENAC CALI 800.130.690-1 BATALLON ASPC No. 3 POLICARPA SALAVARRIETA CALI 3
CENAC
BUCARAMANGA 800.130.717-1 BATALLON ASPC No. 5 MERCEDES ABREGO BUCARAMANGA
4 CENAC IBAGUE 800.130.740-1 BATALLON ASPC No. 6 FRANCISCO ANTONIO ZEA IBAGUE 5
CENAC
VILLAVICENCIO 800.130.752-1 CENAC VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO
6 CENAC ARMENIA 800.130.829-8 BATALLON ASPC No. 8 CACIQUE CALARCA ARMENIA
7 CENAC NEIVA 800.131.039-0 BATALLON ASPC No. 9 CACICA GAITANA NEIVA
8
CENAC
VALLEDUPAR 900.059.309-1 BATALLON ASPC No. 10 VALLEDUPAR
9
CENAC
FLORENCIA 808.001.433-1 CENAC LARANDA LARANDIA
10 CENAC
USAQUEN 800.131.070-1 BATALLON ASPC No. 13 CACIQUE TISQUESUZA BOGOTA
11 CENAC YOPAL 844.000.067-5 BATALLON ASPC No. 16 TE. WILLIAM RAMIREZ SILVA YOPAL 12
CENAC
INTELIGENCIA 800.131.292-8 REGIONAL DE ASPC PARA LA INTELIGENCIA MILITAR BOGOTA 13
CENAC PUENTE
ARANDA 830.039.548-4 CENAC PUENTE ARANDA BOGOTA
14 CENAC PASTO 900.363.756-1 BATALLON ASPC No. 23 GENERAL RAMON ESPINA PASTO
15 CENAC AVIACION 830.039.207-8 BRIGADA DE AVIACIÓN (BOGOTA) BOGOTA
16 CENAC POPAYAN 900.156.335-7 BATALLON ASPC No. 29 GENERAL ENRIQUE ARBOLEDA CORTES POPAYAN 17 CENAC GUAJIRA 800.130.678-2 BATALLON INFANTERIA MECANIZADO No. 6 CARTAGENA RIOHACHA 18
CENAC
TOLEMAIDA 800.131.049-4 CENAC TOLEMAIDA TOLEMAIDA
19 CENAC
INGENIEROS 830087443-4 CENAC INGENIEROS Y/O CENAC CEMIL BOGOTA
20 CENAC
TELEMATICA 900.332.546-9
BATALLON DE APOYO DE SERVICIOS PARA LAS
COMUNICACIONES GR MANUEL VALDIVIESO FACATATIVA
21 CENAC
PERSONAL 900385079-8 DIRECCION DE BIENESTAR Y DISCIPLINA BOGOTA
22 CENAC
CONVENIOS 900973540-5 CENAC CONVENIOS BOGOTA
23 BAS02 800.130.653-9 BATALLON ASPC No. 2 CACIQUE ALONSO XEQUE BARRANQUILLA
24 BICOR 800.130.675-0 BATALLON INFANTERIA MECANIZADO No. 5 CORDOBA SANTA MARTA
25 BAS04 800.130.708-5 BATALLON ASPC No. 4 YARIGUIES MEDELLIN
26 BAS11 800.131.053-4 BATALLON ASPC No. 11 CACIQUE TIRROME MONTERIA
27 BAS14 800.131.115-2 BATALLON ASPC No. 14 CACIQUE PIPATON PUERTO BERRIO
28 BASPC15 818.000.606-0 BATALLON INFANTERIA No. 12 BG. ALFONSO MANOSALVA FLOREZ QUIBDO 29 BAS17 830.054.053-3 BATALLON ASPC No. 17 CLARA ELISA NARVAEZ ARTEAGA CAREPA
30 BAS18 834.000.726-4 BATALLON ASPC No. 18 ST. RAFAEL ARAGONA ARAUCA
31 GMRPI 800.130.812-3
GRUPO CABALLERIA MECANIZADO No. 18 GR. GABRIEL REBEIZ
PIZARRO SARAVENA
32 BIRAN 834.000.487-9 BATALLON INGENIEROS No. 18 GR. RAFAEL NAVAS PARDO TAME
33 BAS19 800.131.272-0 BATALLON ASPC No. 19 BOGOTA
34 BAABS 800.245.010-8 BATALLON ABASTECIMIENTOS PEDRO FERMIN VARGAS BOGOTA
35 BAS22 900.364.348-4 BATALLON ASPC No. 22 TENIENTE CORONEL BENEDICTO TRIANA
SAN JOSE DEL GUAVIARE 36 BASPC26 838.000.326-6 BATALLON ASPC No. 26 SS. NESTOR OSPINA MELO LETICIA 37 BAS27 846.000.064-0 BATALLON ASPC No. 27 SIMONA DE LUZ DUQUE DE ALZATE MOCOA 38 BISOL49 800.131.362-5
BATALLON INFANTERIA DE SELVA No. 49 SL JUAN BAUTISTA
SOLARTE OBANDO LA TAGUA
39 BAS28 842.000.005-1 BATALLON ASPC No. 28 "BOCHICA"
PUERTO CARREÑO 40 BIROV 800.130.720-4 BATALLON INFANTERIA No. 13 GR. CUSTODIO GARCIA ROVIRA PAMPLONA 41 BISAN 800.130.723-6 BATALLON INFANTERIA No. 15 GR. FCO. DE PAULA SANTANDER OCAÑA
42 BAS30 900.063.431- BATALLON ASPC No. 30 CUCUTA
43 COREC 800.130.643-5 COMANDO DE RECLITAMIENTO Y CONTROL RESERVAS BOGOTA 44 SINAI - BICOL3 N/4 BATALLON COLOMBIA No. 3 PENINSULA DEL SINAI
PENINSULA DEL SINAI
45 DICOT 800.130.632-4 DIRECCION DE TESORERIA Y CONTABILIDAD BOGOTA
46 CELIC 800.130.640-3 LICEOS EJERCITO BOGOTA
47 PLANCO N/A PLAN COLOMBIA BOGOTA
48 CEDE2 900257107-8 DEPARTAMENTO DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA BOGOTA
49 BASOE 901046489-4
BATALLON DE APOYO Y SERVICIOS PARA LAS OPERACIONES
ESPECIALES TOLEMAIDA
El Ejército Nacional, consolida la información contable que rinden las citadas 49 Unidades y genera el balance de prueba (CGN01 Saldos y Movimientos), lo valida a través del Chip (Consolidador de Hacienda e Información Pública CHIP) y lo envía al Ministerio de Defensa Nacional para su respectiva consolidación dentro del Sector Defensa.
2.5 Registro oficial de libros de contabilidad y documentos soportes
Los libros de Contabilidad son estructuras que sistematizan de manera cronológica y nominativa los datos obtenidos de las transacciones, hechos y operaciones que afectan la situación y la actividad de las entidades contables públicas. Estos libros permiten la construcción de la información contable pública y son la base para el control de los recursos, por lo cual se constituyen en soporte documental. Los libros de contabilidad se clasifican en principales y auxiliares.
Tratándose de los libros de contabilidad físicos y virtuales, no está permitido alterar el orden o la fecha de los registros contables a que se refieren las operaciones, dejar espacios en blanco, hacer interlineaciones, borrar o eliminar información, o efectuar correcciones sobre los registros. Adicionalmente, en los libros físicos no está permitido hacer raspaduras, tachar, mutilar, arrancar las hojas o cambiar el orden de las mismas.
Toda la documentación contable que constituya evidencia de las transacciones, hechos y operaciones efectuadas por la entidad contable pública debe estar a disposición de los usuarios de la información, en especial, para efectos de inspección, vigilancia y control por parte de las autoridades que los requieran.
Cuando las entidades contables públicas preparen la contabilidad por medios electrónicos, debe preverse que tanto los libros de contabilidad Principales como los auxiliares y los estados contables puedan consultarse e imprimirse.
La conservación de los soportes, comprobantes y libros de contabilidad puede efectuarse, a elección del representante legal, en papel o cualquier otro medio técnico, magnético o electrónico, que garantice su reproducción exacta.
la Contaduría General de la Nación mediante expediente 20038-21789, se pronunció así:
referente a la impresión y publicación física de los libros principales que emite el módulo contable del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, estableció: “(…) para el caso de los libros manejados a través del procesamiento electrónico de datos, es
procedente conservarlos mediante medios magnéticos, sin que exista la obligatoriedad que sean impresos y en caso de solicitud de exhibirlos, estos pueden ser consultados directamente en el sistema”
NOTA 3. BASES DE PREPARACIÓN Y POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES ESPECÍFICAS UTILIZADAS.
3.1 Bases de Preparación
Los Estados Financieros Consolidados del El Ejército Nacional se expresan en pesos Colombianos por ser la moneda funcional y sus cifras se reflejan en pesos, de conformidad con lo ordenado por la Contaduría General de la Nación.
3.2 Reconocimiento de los Hechos Económicos y Financieros
Para el reconocimiento patrimonial de los hechos financieros, económicos y sociales se aplicó la base de causación y para el reconocimiento de la ejecución presupuestal se utilizó la base de caja en los ingresos y el compromiso en los gastos.
Las políticas contables adoptadas por el Ministerio de Defensa nacional se determinan de acuerdo a las directrices emitidas por la Contaduría General de la Nación, teniendo en cuenta que la Corte Constitucional expresó a través de la sentencia C-487 de 1997 que
“Las decisiones que en materia contable adopte la Contaduría de conformidad con la ley, son obligatorias para las entidades del Estado, y lo son porque ellas hacen parte de un complejo proceso en el que el ejercicio individual de cada una de ellas irradia en el ejercicio general, afectando de manera sustancial los “productos finales”, entre ellos el balance general, los cuales son definitivos para el manejo de las finanzas del Estado (…) Es decir, que por mandato directo del Constituyente le corresponde al Contador General de la Nación, máxima autoridad contable de la administración, determinar las normas contables que deben regir en el país, lo que se traduce en diseñar y expandir directrices y procedimientos dotados de fuerza vinculantes, que como tales deberán ser acogidos por las entidades públicas, los cuales servirán de base para el sistema contable de cada entidad (…).
3.3 Tasa de Cambio Representativa del Mercado.
Los derechos representados en moneda extranjera se actualizan cuando se generan entradas de bienes (nacionalización), aplicando la Tasa Representativa del Mercado-TRM al cierre del mes, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI del Procedimiento Contable para el Reconocimiento y Revelación de la Actualización de Bienes, Derechos y Obligaciones sobre la Base del Costo Re-expresado. En cuanto a las obligaciones, al encontrarse sujetas a cadenas presupuestales de gasto realizadas sobre tasas proyectadas, sus efectos se reconocen contablemente al momento del desembolso final de los recursos.
Las Unidades ejecutoras de presupuesto que efectúan transacciones en moneda
extranjera son: Central Administrativa y Contable “CENAC AVIACIÓN” y Dirección Contable y de Tesorería “DICOT”.
3.4 Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico NICSP.
Durante el periodo de implementación del 2017, se emitieron directrices, así:
Circular No. 2016-201 del 19 de abril de 2016 del Ministerio de Defensa Nacional
“Acciones previas para la implementación del nuevo marco normativo en el Ministerio de Defensa, Unidades Ejecutoras y Policía Nacional”.
Teniendo en cuenta que el Comité de Implementación para la Convergencia hacia Normas Internacionales del Sector Público en el Ministerio de Defensa y Policía Nacional en la sesión desarrollada el día 08 de abril de 2016, aprobó como política contable que los bienes adquiridos, producidos, donados, transferidos y recibidos en permuta cuando su costo unitario sea inferior a 50 U.V.T de 2017 ($1.592.950,00) con excepción del armamento, equipos de comunicaciones (de acuerdo a los catálogos de homologación del Comando General de las FF. MM), y semovientes, se reconocerán como activos con control administrativo a través del SILOG y se registrarán contablemente como gasto, procedimiento que garantizará su plena identificación, plaquetización, ubicación y responsable en forma individualizada.
Por lo anterior, se debían adelantar las siguientes instrucciones así:
a. Determinar cuáles bienes tienen un costo histórico unitario inferior a 50 U. V.T de 2017 ($1.592.950,00).
b. Identificar y depurar (dar de baja), los bienes que, por obsolescencia, deterioro y por haber cumplido su vida útil, no estén en condiciones de seguir prestando el servicio para el cual fueron adquiridos, al igual que los bienes que no deben ser considerados como propiedades, planta y equipo según Circular 212 de 2007 emitida por el Ministerio de Defensa Nacional.
c. Agilizar el proceso de baja de bienes solicitadas por las Unidades, que se encuentren en trámite en las direcciones técnicas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
d. Verificar aquellos bienes que cumplen la condición para ser considerados como activos con control administrativo y que no se encuentren totalmente depreciados.
Esto con el fin que se acelere la depreciación en el aplicativo SAP-SILOG por la transacción AS02, de conformidad con las políticas actualmente emitidas por la Contaduría General de la Nación (Instructivo 001 - depreciación de los activos de menor cuantía).
e. Observando que para la medición inicial de las propiedades, planta y equipo se requiere contar con valores actualizados de los mismos, es necesario que en cada Unidad se identifiquen los bienes cuyo valor individual sea inferior a 35 SMMLV según su fecha de adquisición y que no cuenten con un avalúo actualizado, con el fin que ser realicen en forma inmediata y se registren en cumplimiento al actual Régimen de Contabilidad Pública. De tal forma que dicha actualización pueda ser tenida en cuenta para el reconocimiento de saldos en el ESFA (Estado de Situación Financiera de Apertura), a 1 de enero de 2018.
Circular No. 421 de 2016 del 6 de septiembre de 2016 emitida por el Ministerio de Defensa Nacional “Avalúos Propiedades, Planta y Equipo para la implementación del Nuevo Marco Normativo – Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público a partir del 1 de enero de 2017”
Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa y Policía Nacional bajo la dirección y responsabilidad de cada Comando o Director, deberán desarrollar las siguientes actividades durante el periodo de presentación obligatorio (2016) con el objetivo de determinar los saldos iniciales de las Propiedades, Planta y Equipo según las instrucciones y alternativas contenidas en el Instructivo No. 002 de 2015 de la Contaduría General de la Nación, así:
1- Identificar y clasificar las propiedades, planta y equipo bajo el nuevo marco normativo.
2- Realizar Avalúos técnicos o peritajes de los bienes: Proceso aplicado por peritos o especialistas* para determinar el valor de realización o de reposición de un bien.
* Para efectos de la presente actividad, se consideran especialistas las áreas técnicas en cada una de las Unidades Ejecutoras de acuerdo a sus especialidades, para ello cada fuerza o unidad deberá conformar los equipos y brindarles la capacitación y demás herramientas necesarias.
La aplicación de la metodología deberá considerar la relación costo - beneficio para la
entidad, procurando evitar erogaciones significativas, teniendo en cuenta que los avalúos podrán efectuarse con personal de la entidad que cuente con idoneidad, capacidad y preparación para adelantar dicha labor.
2.1 Bienes inmuebles: Tratándose de bienes inmuebles y con fines de medición inicial, se requieren avalúos técnicos. En caso de contar con avalúos realizados en las vigencias 2014 y 2015, se deberá evaluar que los mismos reflejen las condiciones actuales de los inmuebles sobre las cuales se adelantó el peritaje, si estas fueron modificadas por ampliaciones, nuevas construcciones, reparaciones, adecuaciones y mantenimientos mayores se deben actualizar incluyendo estas nuevas condiciones.
2.2 Bienes muebles: Teniendo presente que la finalidad de estos avalúos es de orden
contable, se deben realizar determinando el costo de realización o reposición utilizando precios de referencia publicados por organismos oficiales o especializados, como por ejemplo bolsa nacional agropecuaria, revista motor, FASECOLDA, valores utilizados por las compañías de seguros, y demás medios que puedan suministrar información con alta confiabilidad y que pueda servir como base para guiar y soportar a los técnicos, avaluadores o peritos, quienes adicionalmente debe evaluar, si estos precios pueden ser modificados en virtud de los siguientes aspectos:
El estado real de los bienes.
La ubicación geográfica (zona costera, húmeda o al interior del país)
Los programas de mantenimiento mayor, preventivo y correctivo,
La obsolescencia técnico o comercial
Las expectativas de uso (si está en condiciones de continuar en el servicio).
Análisis individual (no se deben generalizar por grupo de cuentas o bienes 3 Estimar las nuevas vidas útiles de los bienes
Se recomienda que la fecha de referencia para los avalúos que se realicen, corresponda a la transición al nuevo Marco Normativo, es decir 31/12/2016. Los avalúos con fechas anteriores tanto de muebles e inmuebles, será necesario actualizarlos al cierre de la vigencia. Asimismo, se recuerda que estos avalúos se adelantarán por única vez para efectos de determinar el nuevo valor de cada Propiedad, planta y equipo (medición inicial), por tal razón no se deben contabilizar en la vigencia 2016.
Aplicación del Boletín SILOG NICSP No. 01 del 22 de Marzo de 2017
Aplicación del BOLETÍN SILOG NICSP No. 03 del 01-ENE-2018: proceso para reconocer los activos fijos a control administrativo, para la implementación de las políticas de propiedad, planta y equipo en las normas internacionales de contabilidad para el sector público - NICSP.
Aplicación boletín SILOG NICSP apertura 2018 No. 04 de fecha 26-ENE-2018 : procedimiento para realizar las reclasificaciones en cuentas de deudores, acreedores, de mayor (con gestión de partidas abiertas), cuentas de cargos diferidos y cuenta única nacional que por efecto de la implementación de las normas internacionales de contabilidad para el sector público – NICSP, deben realizar cambio de cuenta contable.
3.4.1 Reclasificación de Cuentas
En cumplimiento a los procedimientos contables se realizó el traslado de saldos registrados a enero 01 de 2018 de las cuentas 311002 déficit del ejercicio, 312525 patrimonio público incorporado, 312526 derechos, 312801 Provisiones para propiedad planta y equipo, 312804 Depreciación propiedad planta y equipo, 312805 amortización
propiedad planta y equipo, y 312807 amortización intangibles a la cuenta 310501 Nación y de esta cuenta en cumplimiento de las NICSP y de acuerdo al Instructivo No.003 de la Contaduría General de la Nación los saldos que registran las cuentas 3105010020-30-40- 130-131-140-141, se traslada a la cuenta 3105060010.
Así mismo, la cuenta contable auxiliar 3145060040 propiedades, planta y equipo en el sistema SAP registro todo el movimiento débito o crédito del impacto en los ajustes de las depreciaciones, sin embargo, atendiendo la dinámica contable instruida por el Ministerio de Defensa Nacional, fue necesario que lo correspondiente a las disminuciones (débito) se reclasifiquen en las subunidades en forma manual a la cuenta auxiliar 3145060030 propiedades planta y equipo – menor valor.
3.4.2 Políticas Contables
El Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección de Finanzas emitió 17 políticas relacionadas con los cambios vinculantes adoptados en la aplicación del nuevo Marco Normativo NICSP, así:
Política No. 1 Propiedades, planta y equipo Política No. 2 Inventarios
Política No. 3 Beneficios a empleados Política No. 4 Cuentas por cobrar Política No. 5 Ingresos
Política No. 6 Bienes de uso público, históricos y culturales Política No. 7 Intangibles
Política No. 8 Cuentas por pagar Política No. 9 Cuentas de orden Política No. 10 Arrendamientos
Política No. 11 Propiedades de inversión Política No. 12 Inversiones
Política No. 13 Préstamos por cobrar
Política No. 14 Efectivo y Equivalentes del Efectivo Política No. 15 Otros Activos
Política No. 16 Presentación Estados Financieros Política No. 17 Bienes Inmuebles
Las anteriores políticas fueron adoptadas para el Ministerio de Defensa Nacional mediante Resolución 9528 del 26 de diciembre de 2017, debidamente firmada por el Ministro de Defensa Nacional.
Para la implementación del Nuevo Marco Normativo para Entidades de Gobierno NICSP el Ministerio de Defensa Nacional estableció que se debía desarrollar un memorando de convergencia para cada una de las políticas según aplicara en cada Fuerza; es así, que el Ejército Nacional desarrollo los siguientes memorandos:
1. Memorando de Propiedades Planta y Equipo:
OBJETIVO: Analizar en el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, los criterios normativos para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de las Propiedades, Planta y Equipo en el marco del proceso de convergencia hacia el Marco Normativo para Entidades del Gobierno; se analizarán los impactos de la aplicación de los nuevos estándares, y se dará cumplimiento a las políticas contables para el manejo de la información financiera, con miras a la preparación de los Estados Financieros de propósito general, bajo el nuevo marco normativo para Entidades del Gobierno.
Generalidades de las Propiedades, Planta y Equipo
Las propiedades, planta y equipo comprenden los bienes tangibles de propiedad de la entidad contable pública que se utilizan para la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios, la administración de la entidad contable pública, así como los destinados a generar ingresos producto de su arrendamiento, y por tanto no están disponibles para la venta en desarrollo de actividades productivas o comerciales, siempre que su vida útil probable en condiciones normales de utilización, exceda de un año.
Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, incluye los bienes para el uso permanente recibidos sin contraprestación de otras entidades del gobierno general.
Deben reconocerse por su costo histórico y actualizarse mediante la comparación del valor en libros con el costo de reposición o el valor de realización. Los costos de endeudamiento asociados a la adquisición de un activo que aún no se encuentre en condiciones de utilización, se reconocen como un mayor valor del mismo.
Vidas Útiles de las Propiedades, Planta y Equipo
La vida útil de un activo depreciable o amortizable debe definirse por parte de la entidad contable pública, considerando los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio del activo. Cuando se utilicen métodos de depreciación de línea recta, suma de los dígitos de los años o doble tasa sobre saldo decreciente, pueden tomarse como referencia las siguientes vidas útiles:
Elemento Vida Útil
Edificaciones 50
Redes, líneas y cables 25
Plantas, ductos y túneles 15
Maquinaria y equipo 10
Equipo médico y científico 10
Muebles, enseres y equipo 10
Equipos de transporte, tracción y elevación 10
Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 10
Equipo de comunicación 10
Equipo de computación 5
Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo
La depreciación debe reconocerse mediante la distribución racional y sistemática del costo de los bienes, durante su vida útil estimada, con el fin de asociar la contribución de estos activos al desarrollo de sus funciones de cometido estatal. La determinación de la depreciación debe efectuarse con base en métodos de reconocido valor técnico, aplicando el que mejor refleje el equilibrio entre los beneficios recibidos, la vida útil y la distribución del costo del activo correspondiente. Los activos considerados de menor cuantía pueden depreciarse totalmente en el período en el cual fueron adquiridos
Por regla general, el reconocimiento de la depreciación afecta el gasto o costo, según corresponda. No obstante, tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general, dicho reconocimiento afecta directamente el patrimonio, excepto para los activos asociados a las actividades de producción de bienes y prestación de servicios individualizables, que debe reconocerse como costo.
Provisiones y valorizaciones
Deben reconocerse provisiones o valorizaciones cuando el valor en libros de los bienes difiera del costo de reposición o del valor de realización. Por regla general, las provisiones se reconocen como gasto. Tratándose de las entidades contables públicas del gobierno general la provisión afecta directamente el patrimonio, excepto para los activos asociados a las actividades de producción de bienes y la prestación de servicios individualizables, que debe reconocerse como gasto.
Frecuencia de las actualizaciones
La actualización de las propiedades, planta y equipo debe efectuarse con periodicidad de tres (3) años, a partir de la última realizada, y el registro debe quedar incorporado en el período contable respectivo.
Excepciones a la actualización
No es obligatoria la actualización de los bienes muebles cuyo costo histórico, individualmente considerado, sea inferior a treinta y cinco (35) salarios mínimos mensuales legales vigentes, no de las propiedades, planta y equipo ubicados en zonas del alto riesgo.
NORMATIVA APLICABLE A PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO RESOLUCIÓN Nro.533 DE 2015 - Parte 2 Numeral 10
Se reconocerán como propiedades, planta y equipo, a) los activos tangibles empleados por la entidad para la producción o suministro de bienes, para la prestación de servicios y para propósitos administrativos; b) los bienes muebles que se tengan para generar ingresos producto de su arrendamiento; y c) los bienes inmuebles arrendados por un valor inferior al valor de mercado del arrendamiento. Estos activos se caracterizan porque no se espera venderlos en el curso de las actividades ordinarias de la entidad y se prevé usarlos durante más de un periodo contable.
Los terrenos sobre los que se construyan las propiedades, planta y equipo se reconocerán por separado.
Los bienes históricos y culturales, que cumplan con la definición de propiedades, planta y equipo, se reconocerán como tal; en caso contrario, se aplicará lo establecido en la Norma de Bienes Históricos y Culturales.
Medición Inicial
Las propiedades, planta y equipo se medirán por el costo, el cual comprende, entre otros, lo siguiente: el precio de adquisición; los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición; los costos de beneficios a los empleados que procedan directamente de la construcción o adquisición de un elemento de propiedades, planta y equipo; los costos de preparación del lugar para su ubicación física; los costos de entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior;
los costos de instalación y montaje; los costos de comprobación del adecuado funcionamiento del activo originados después de deducir el valor neto de la venta de los elementos producidos durante el proceso de instalación y puesta a punto del activo (por ejemplo, las muestras producidas mientras se prueba el equipo); los honorarios profesionales; así como todos los costos directamente atribuibles a la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la administración de la entidad.
Cualquier descuento o rebaja del precio se reconocerá como un menor valor de las propiedades, planta y equipo, y afectará la base de depreciación.
En todo caso, no se reconocerán como parte del elemento, los siguientes conceptos: los costos de puesta en marcha (a menos que sean necesarios para poner la propiedad en las condiciones necesarias para que opere de la manera prevista por la administración de la entidad); las pérdidas de operación en las que se incurra antes de que la propiedad, planta y equipo logre el nivel planeado de ocupación; ni las cantidades anormales de desperdicios, de mano de obra o de otros recursos en los que se incurra para la construcción de la propiedad.
Medición Posterior
Después del reconocimiento, las propiedades, planta y equipo se medirán por el costo menos la depreciación acumulada menos el deterioro acumulado.
Depreciación
La depreciación es la distribución sistemática del valor depreciable de un activo a lo largo de su vida útil en función del consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio.
La depreciación de una propiedad, planta y equipo iniciará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la administración de la entidad. El cargo por depreciación de un periodo se reconocerá como gasto en el resultado de este, salvo que deba incluirse en el valor en libros de otros activos de acuerdo con la Norma de Inventarios o la Norma de Activos Intangibles. Los terrenos no serán objeto de depreciación, salvo que se demuestre que tienen una vida útil finita, es decir, que por el uso dado al terreno, sea factible establecer el tiempo durante el cual estará en condiciones de generar beneficios económicos o de prestar el servicio previsto.
Depreciación por Componentes
La entidad distribuirá el valor inicialmente reconocido de una partida de propiedades, planta y equipo entre sus partes significativas con relación a su costo total y las depreciará en forma separada. Estas partes significativas se conocen como componentes del elemento de propiedades, planta y equipo y pueden estar constituidas por piezas, repuestos, costos por desmantelamientos o inspecciones generales.
Método de Depreciación
La distribución sistemática del valor depreciable del activo a lo largo de la vida útil se llevará a cabo mediante un método de depreciación que refleje el patrón de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio del activo. Pueden utilizarse diversos métodos de depreciación para distribuir el valor depreciable, entre los cuales se incluyen el método lineal, el método de depreciación decreciente y el método de las unidades de producción. El método de depreciación que defina la entidad se aplicará uniformemente en todos los periodos, a menos que se produzca un cambio en el patrón esperado de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio incorporados en el activo.
Vidas Útiles
La vida útil de una propiedad, planta y equipo es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo o, el número de unidades de producción o similares que la entidad espera obtener de este. La política de gestión de activos llevada a cabo por la entidad podría
implicar la disposición de los activos después de un periodo específico de utilización o después de haber consumido una cierta proporción de los beneficios económicos o potencial de servicio incorporados a ellos. Esto significa que la vida útil de un activo puede ser inferior a su vida económica, entendida como el periodo durante el cual se espera que un activo sea utilizable por parte de uno o más usuarios, o como la cantidad de unidades de producción o similares que uno o más usuarios esperan obtener de él. Por lo tanto, la estimación de la vida útil de un activo se efectuará con fundamento en la experiencia que la entidad tenga con activos similares.
Con el fin de determinar la vida útil, se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes factores: a) la utilización prevista del activo, evaluada con referencia a la capacidad o al producto físico que se espere de este; b) el desgaste físico esperado, que depende de factores operativos, tales como: el número de turnos de trabajo en los que se utiliza el activo, el programa de reparaciones y mantenimiento, y el cuidado y conservación que se le da al activo mientras no se está utilizando; c) la obsolescencia técnica o comercial procedente de los cambios o mejoras en la producción, o de los cambios en la demanda del mercado de los productos o servicios que se obtienen con el activo; y d) los límites legales o restricciones similares sobre el uso del activo, tales como, las fechas de caducidad de los contratos de arrendamiento relacionados.
Valor Residual
El valor residual de la propiedad, planta y equipo es el valor estimado que la entidad podría obtener actualmente por la disposición del elemento después de deducir los costos estimados por tal disposición si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil. Si la entidad considera que durante la vida útil del activo, se consumen sus beneficios económicos o su potencial de servicio en forma significativa, el valor residual puede ser cero; de lo contrario, la entidad estimará dicho valor.
El valor residual, la vida útil y el método de depreciación serán revisados, como mínimo, al término de cada periodo contable y si existe un cambio significativo en estas variables, se ajustarán para reflejar el nuevo patrón de consumo de los beneficios económicos futuros o del potencial de servicio. Dicho cambio se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de conformidad con la Norma de Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Corrección de Errores.
INSTRUCTIVO No. 002 DE 2015 - Instrucciones para la transición al Marco normativo para entidades de gobierno
Imparte instrucciones generales que deben seguir las entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Resolución 533 de 2015, para la determinación de los saldos iniciales bajo en nuevo Marco normativo y para la elaboración y presentación de los primeros estados financieros bajo el marco de regulación.
Las principales actividades que realizaría la entidad para determinación de los saldos
iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes:
a) identificar y clasificar las propiedades, planta y equipo por su naturaleza, como terrenos, maquinaria y equipo, plantas productoras, edificaciones, o muebles y enseres, entre otros.
Para tal efecto, se tendrían en cuenta las propiedades, planta y equipo que surjan de contratos de arrendamiento financiero.
b) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, las provisiones de propiedades, planta y equipo reconocidas a 31 de diciembre de 2017, afectando directamente el patrimonio en la cuenta impactos par Transici6n al Nuevo Marco de Regulación.
c) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, las valorizaciones de propiedades, planta y equipo reconocidas 31 de diciembre de 2017, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Superávit por Valorizaciones.
d) Medir cada partida de una clase de propiedad, p\anta y equipo utilizando alguna de las siguientes alternativas:
Medición inicial
Medir cada partida de una clase de propiedad, p\anta y equipo utilizando alguna de las siguientes alternativas:
i) AI costo menos depreciaciones y pérdidas por deterioro de valor; para lo cual, realizará las siguientes acciones:
Determinar, para los elementos de propiedad, planta y equipo adquiridos en una transacción sin contraprestación, el valor de mercado del activo en la fecha en que se adquirió.
Si esto no es factible, determinar el costo de reposición del activo en la fecha en que se adquirió. La diferencia entre el valor de mercado o el costa de reposición, y el valor para el cual fue reconocido inicialmente el activo afectaría directamente el patrimonio en la cuenta impactos par Transición al Nuevo Marco de Regulación.
Si no es posible determinar el valor de mercado ni la costa de reposición, la entidad mantendría el activo par el valor inicialmente reconocido.
ii) AI valor de mercado, al costo de reposición o al costo de reposición a nuevo depreciado determinados a través de un avalúo técnico en Ia fecha de transición. La depredación acumulada se clara de baja afectando directamente el patrimonio en \a cuenta impactos par Transición al Nuevo Marco de Regulación. La diferencia entre el valor de mercado o el costo de reposición depreciado y el costo por el cual fue reconocido inicialmente el activo afectará directamente el patrimonio en Ia cuenta impactos par
Transicional Nuevo Marco de Regulaci6n.
iii) AI valor actualizado en un periodo anterior, siempre que este valor sea comparable, en Ia fecha de actualización, con el valor de mercado o con el costo depreciado que tendría el elemento si se hubieran aplicado los criterios establecidos en el Nuevo Marco normativo. £1 valor actualizado se ajustara para reflejar cambios en un índice general o específico de precios. Para tal efecto, Ia entidad tendría en cuenta las valorizaciones o provisiones que tenía el elemento las cuales, a 31 de diciembre de 2016, se reconocen de manera separada. La diferencia entre el valor calculado sesguen lo señalado en este numeral y el costo del elemento a 31 de diciembre de 2017, incrementara o disminuiría el valor del activo y afectara directamente el patrimonio en Ia cuenta impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación.
DECISIONES DEL MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO NACIONAL.
Actividades desarrolladas inicialización de saldos acordes con el instructivo No.002 de 2015 de la Contaduría General de la Nación.
MEDICIÓN INICIAL: En el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, para efectos de la medición inicial de que trata el numeral 1.1.9 Propiedades, Planta y Equipo del Instructivo Nro.002 de 2015, se adelantaran las siguientes actividades, así:
1- Con base a los saldos que presenta el grupo 16 Propiedades, Planta y Equipo a 31 de diciembre de 2017, las Unidades Ejecutoras identificaron y clasificaron los bienes según su naturaleza en las diferentes subcuentas del nuevo Catálogo General de Cuentas.
2- Se eliminó el saldo que a 31 de diciembre de 2017 presentaba la cuenta 1695 Provisiones para protección de Propiedades, Planta y Equipo afectando directamente la cuenta 314506 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo.
3- Se eliminó el saldo que a 31 de diciembre de 2017 presentaba la cuenta 1999 Valorizaciones afectando directamente la cuenta 314506 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo.
4- Las propiedades, planta y equipo para la determinación de saldos iniciales se midieron de acuerdo a los parámetros que se describen a continuación, partiendo de la cuantía que se definió en la política para efectos del reconocimiento de un bien como propiedad, planta y equipo y del costo histórico que tenían los bienes al cierre del 2017, así:
4.1 Para las propiedades, planta y equipo cuyo valor individual esté comprendido entre 50 U.VT. Del año 2017 ($1.592.950) y 35 SMMLV del año 2017 ($25.820.095), se medirán por la alternativa I, Al costo menos depreciaciones y pérdidas por deterioro de valor.
Para lo anterior, se tomó como base las vidas útiles definidas en la política y se diseñó una plantilla que permitía efectuar el recalculo de la depreciación acumulada a 31/12/2017 y determinar el ajuste correspondiente, garantizando que los bienes que hacen parte de las propiedades, planta y equipo y que se encuentren registrados en los Estados Financieros tienen un potencial de servicio para la Entidad y por tanto presentan saldo en libros.
Las diferencias que se presentaron en la depreciación acumulada, fueron ajustadas contra la cuenta 314506 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo de acuerdo a la naturaleza (débito o crédito) que el asiento requiera.
Así mismo, para el recalculo de la depreciación no se tuvo en cuenta el valor residual, en razón a que se definió en la política del Ministerio de Defensa – Ejército Nacional que dicho valor será cero (0).
Estos bienes no fueron objeto de análisis de deterioro, teniendo en cuenta que se definió dentro de la política que “serán objeto de análisis de deterioro las propiedades, planta y equipo cuyo costo sea superior a 1.000 SMMLV de 2017” condición que no se cumple.
De igual forma, las propiedades, planta y equipo adquiridas entre el 2015 y 2017, se considera su costo actualizado de acuerdo a lo definido en la política, por tal razón y si su valor individual fue superior a 50 U.V.T. de 2017 se miden por la alternativa I, por tanto se efectuó el recalculo de la depreciación y se ajustó en la fecha de transición.
4.2 Para las propiedades, planta y equipo cuyo valor sea mayor a 35 SMMLV 2017 ($25.820.095) y no hayan sido objeto de actualización (valorizaciones), se medirán por la alternativa II, Al valor de mercado, al costo de reposición o al costo de reposición a nuevo depreciado determinados a través de un avalúo técnico en la fecha de transición (31/12/2017).
Para los bienes que se encuentran en este rango, se diseñó una metodología particular para la Entidad, considerando lo contenido en el Marco Conceptual en lo relacionado con la “medición específica y no específica para una Entidad” partiendo del hecho que los bienes materiales del Ministerio de Defensa – Ejército Nacional son destinados para la Defensa y Seguridad Nacional, que no cuentan con un mercado activo, organizado e informado por tanto se avaluaran al costo de reposición a nuevo depreciado el cual permitía efectuar un avalúo de orden contable, tomando como base la calificación dada por el técnico experto en cada bien y la vida útil remanente determinada de acuerdo a los rangos definidos en la política.
Así mismo, las depreciaciones acumuladas a 31/12/2017 fueron eliminadas de los estados financieros afectando directamente la cuenta 315406 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo, por tanto la
depreciación de estos bienes inician su estimación a partir del 1 de enero de 2018 y por la nueva vida útil definida en el avalúo.
4.3 Para Para las propiedades, planta y equipo cuyo valor individual sea superior a 35 SMMLV del año 2017 ($25.820.095) y que cuenten con un avalúo técnico realizado con anterioridad al año 2015, se medirán por la alternativa III, Al valor actualizado en un periodo anterior.
Para estos bienes, se dispuso que los avalúos se actualizarían utilizando el “Índice de Precios al Productor de Colombia IPP)” y ese valor actualizado sería el nuevo costo del bien, la depreciación se estimó desde la fecha del avalúo hasta la fecha de transición (31/12/2017), las diferencias presentadas en la depreciación se ajustaron contra la cuenta 315506 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo de acuerdo a la naturaleza (débito o crédito) que el asiento requiera.
Las provisiones y valorizaciones que a fecha 31/12/2017 tenían estos bienes, se eliminaron afectando directamente la cuenta 314506 Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación – Propiedades, Planta y Equipo de acuerdo a la naturaleza (débito o crédito) que el asiento requiera.
4.4 Las propiedades, planta y equipo adquiridas, producidas y construidas, entre los años 2015 y 2017, se medirán al costo histórico por el cual fue incorporado.
4.5 Para las propiedades, planta y equipo recibidas en donación, transferencias o en permuta entre los años 2015 y 2017, su costo histórico por el cual fue reconocido será objeto de comparación con activos de iguales características, si el valor es similar este se mantiene, pero si su valor difiere en forma considerable se le aplicará la alternativa número II.
4.6 Las Propiedades, planta y equipo cuyo valor individual a 31 de diciembre de 2017 era inferior a 50 U.V.T. de 2017 ($1.592.950) se retiraron de los Estados Financieros sin presentar impacto contable, en razón a que se encontraban totalmente depreciados, en adelante se llevará un control administrativo de los mismos a cargo de cada Unidad Ejecutora en el Sistema Logístico (SILOG).
No obstante lo anterior y de acuerdo a lo definido en la política, los bienes considerados armamento, equipo reservado, equipos de comunicaciones operativas, semovientes y bienes inmuebles no se les aplicó dicha política la particularidad de estos bienes siendo considerados estratégicos en algunos casos y en otros porque si bien es cierto el costo histórico era inferior a 50 U.V.T de 2017, contaban con avalúos por tanto su nuevo costo sería superior a esta cifra.
5- Componentes: El Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, definió en su política que los bienes clasificados como equipo de transporte aéreo, marítimo y fluvial y terrestre
de combate (blindados), se distribuiría su valor inicialmente reconocidos en componentes, así:
EQUIPO DE TRANSPORTE AEREO
Para el equipo de transporte aéreo y teniendo como referencia la Circular Informativa CI-5102-082-012 de la Aeronáutica Civil, las aeronaves tendrán los siguientes componentes, así:
De ala fija:
Fuselaje Motor (es) De ala rotatoria Fuselaje
Motor (es)
Trasmisión principal.
EQUIPO DE TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
El equipo de transporte marítimo y fluvial, teniendo como referencia los estudios y recomendaciones de la Dirección de Ingeniería Naval de la Armada Nacional, tendrán los siguientes componentes:
Plataforma Propulsión Generación
Sensores y Armamento
EQUIPO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBATE
El equipo de transporte terrestre de combate - blindados (8X8 GLADIARDORES, M113-A2, Plataforma 6x6 EE-9,
Cascabel, EE-11 URUTU, ASV-APC 4X4), se distribuirán en los siguientes componentes:
Estructura (Chasis) Armas
Comunicación EXCEPCIÓN:
Se excluye de la presente política los submarinos, fragatas, aeronaves de combate tanto de ala fija como rotatoria, vehículos blindados de combate considerados armamento, teniendo en cuenta que su finalidad directa es la Defensa y Seguridad Nacional y no el transporte personal o material por tanto se consideran equipos de carácter reservado con fines estratégicos.
Dado lo anterior, cada Unidad Ejecutora definió a su interior, cuáles de los bienes cumplen el rol de equipo de transporte aéreo, marítimo y fluvial o terrestre y de esta forma procedió a su descomponetización dando una medición inicial a cada uno de los componentes y para lo cual podía utilizar cualquiera de las tres alternativas dadas por el Ente Rector.
6- Método de depreciación: En el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, para efectos de calcular la depreciación de las propiedades planta y equipo se utilizará el método de línea recta.
7- Vida útil: En el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, la vida útil de las propiedades, planta y equipo se determinaron por rangos; dada la particularidad de los bienes, su uso y localización geográfica, cada Unidad Ejecutora a su interior definirá la vida útil de sus bienes enmarcándolos dentro de los rangos definidos para efectos de la medición inicial en la fecha de transición, los rangos de las nuevas vidas útiles que se aplicará son:
CLASES DE PROPIEDADES, PLANTA Y
EQUIPO RANGOS DE VIDA ÚTIL
SEMOVIENTES Entre 6 y 18 años (a partir del traslado al servicio activo)
EDIFICACIONES Entre 50 y 150 años
PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES Entre 25 y 50 años REDES, LÍNEAS Y CABLES Entre 25 y 50 años
MAQUINARIA Y EQUIPO Entre 02 y 90 años
EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO Entre 07 y 30 años MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE
OFICINA Entre 15 y 30 años
EQUIPO DE COMUNICACIONES Entre 5 y 30 años
EQUIPO DE COMPUTACIÓN Entre 3 y 15 años
EQUIPO DE TRANSPORTE AÉREO Entre 20 y 90 años (según sus componentes)
EQUIPO DE TRANSPORTE MARITIMO Y FLUVIAL
Entre 10 y 80 años (según sus componentes)
EQUIPO DE TRANSPORTE TERRESTRE Entre 5 y 40 años EQUIPO DE TRANSPORTE BLINDADO DE
COMBATE
Entre 20 y 40 años (según sus componentes)
EQUIPO DE COMEDOR, COCINA,
DESPENSA Y HOTELERIA Entre 10 y 30 años
BIENES DE ARTE Y CULTURA Según peritaje.
INTANGIBLES Entre 3 y 20 años
8- Valor Residual: Para efectos de la medición inicial de las propiedades, planta y equipo se tenderá en cuenta lo definido en la política la cual dispone: “En el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, teniendo en cuenta que los bienes que se consideran propiedades, planta y equipo se adquieren con la finalidad de ser empleados en el cumplimiento del cometido estatal y que por lo tanto durante la vida útil del activo, se consumen la totalidad de sus beneficios económicos o su potencial de servicio y en ningún momento la Entidad tiene previsto venderlos, el valor residual es cero”, por tal razón en la aplicación de las alternativas de medición dadas no se considerará este factor para el recalculo de la depreciación.
9- Baja y reclasificación de Propiedades planta y equipo: Para efectos de la medición inicial, solo se reconocerán las propiedades, planta y equipo que tengan potencial de servicio, por lo tanto los bienes que se encuentran descontinuados, obsoletos, inservibles y que no se encuentran en condiciones de continuar prestando el servicio para el cual fue adquirido, se deben dar de baja de los Estados Financieros.
Así mismo, las Unidades Ejecutoras a su interior revisaran si existen bienes que actualmente están reconocidos como propiedades, planta y equipo pero que cumplen con la definición y características de otra partida contable por tanto deberán en la fecha de transición proceder a su reclasificación según corresponda.
10- Incorporación de Propiedades, Planta y Equipo: Al interior de cada Unidad Ejecutora, se debe analizar si existen bienes clasificados en otras partidas contables como por ejemplo: Propiedades de Inversión, Bienes de uso público históricos y culturales, intangibles y cuentas de orden y que cumplen la definición y características de las propiedades, planta y equipo, por tanto en la fecha de transición se deben incorporar como tal y para ello se debe tener en cuenta las políticas definidas y las instrucciones dadas para la medición inicial.
IMPACTOS IDENTIFICADOS
Identificación y des-reconocimiento de elementos de Propiedades, Planta y Equipo que no cumplen con la definición de activo.
Nombre de la cuenta Debe Haber
Impactos por transición 178.158.360.878,76
Propiedad planta y equipo 178.158.360.878,76
SUMAS IGUALES 178.158.360.878,76 178.158.360.878,76
Ajuste realizado en caso que la Compañía opte por la Revaluación de Propiedades, Planta y Equipo a la fecha de transición como costo atribuido.
Nombre de la cuenta Debe Haber
Propiedad planta y equipo 0,00
Utilidades retenidas 0,00
SUMAS IGUALES 0,00 0,00
Des reconocimiento de las provisiones de propiedad planta y equipo (1695XX).
Nombre de la cuenta Debe Haber
Terrenos 116.840.804.747,92
Semovientes 40.000,00
Edificaciones 209.134.207.386,15
Plantas, ductos y túneles 9.708.985.084,78
Redes, líneas y cables 17.017.337.443,12
Maquinaria y equipo 329.848.735.815,96
Equipo médico y científico 584.679.795,15 Muebles, enseres y equipo de oficina 6.930.262.491,28 Equipos de comunicación y computación 11.559.370.633,01 Equipo de transporte, tracción y elevación 32.881.259.679,93 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 3.069.034.310,27 Propiedades, planta y equipo-mayor valor
737.574.717.387,57
SUMAS IGUALES 737.574.717.387,57 737.574.717.387,57
Des-reconocimiento de las valorizaciones de activos fijos (1999XX).
Nombre de la cuenta Debe Haber
Inversiones en entidades privadas 25.397.949,78
Terrenos 7.830.408.164.850,38
Semovientes 245.112.772,40
Edificaciones 1.699.126.509.523,21
Plantas, ductos y túneles 30.413.775.943,05 Redes, líneas y cables 86.000.009.678,47
Maquinaria y equipo 700.144.795.675,26
Equipo médico y científico 1.022.160.032,71 Muebles enseres y equipo de oficina 3.361.724.001,41 Equipos de comunicación y computación 132.337.711.031,99 Equipo de transporte, tracción y elevación 138.790.743.673,94 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 1.439.371.131,11
Otros activos 557.374.732,67
Inversiones en entidades privadas 25.397.949,78
Terrenos
7.830.408.164.850,38