LA GACETA
DIARIO OFICIAL
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Tiraje:650 Ejemplares 40 Páginas Valor C$ 45.00 CórdobasAÑO CXVII
Managua, Martes 3 de Diciembre de 2013
No. 230
SUMARIO
Pág.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Estatutos "Asociación Ministerio Evangelístico
La Gloria Postrera" (MILAGLO)...1117
MINISTERIO DE SALUD
Avisos...1121
Invitación Concurso Público Internacional...1122
MINISTERIO DE FOMENTO,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio...1123
Fe de Errata...1132
EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS
Aviso...1133
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Aviso...1134
BANCO CENTRAL DE NICARAGUA
Aviso...1134
PROGRAMA NACIONAL
DE ELECTRIFICACIÓN SOSTENIBLE
Y ENERGÍA RENOVABLE
Aviso de Adjudicación...1134
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO
Resolución No. UAF-N-005-2013
ANEXOS...1137
ESCUELA INTERNACIONAL
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Licitación Selectiva...1153
UNIVERSIDADES
Universidad Nacional Agraria
Convocatoria...1153
Títulos Profesionales...1153
FE DE ERRATA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Reg. 23179- M. 36920- Valor C$ 1,690.00
“ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA” (MILAGLO)
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN
El suscrito Director del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República de Nicaragua. HACE CONSTAR. Que bajo el Número Perpetuo cinco mil setecientos setenta y dos (5772), del folio número ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro al folio número ocho mil seiscientos sesenta y cinco (8654-8665), Tomo: V, Libro: TRECEAVO (13º) que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió la entidad nacional denominada: “ASOCIACION
MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA” (MILAGLO). Conforme autorización de Resolución del 25 de
Noviembre del año dos mil trece. Dado en la ciudad de Managua, el día 25 de Noviembre del año dos mil trece. Deberán publicar
en La Gaceta, Diario Oficial, los estatutos insertos en la escritura número sesenta y tres (63), Autenticado por el Doctor Mariano Matilde Suarez Salazar, el día trece de Noviembre del año dos mil trece y Escritura de Aclaración y Ampliación número setenta y uno (71), autenticada por el Doctor Mariano Matilde Suarez Salazar, el día veintiuno de Noviembre del año dos mil trece. (f) Dr. Gustavo A. Sirias Quiroz, Director.
NOVENA.-(APROBACIÓN DEL ESTATUTO).- En este mismo
acto los comparecientes resuelven constituirse en Asamblea General de asociados o miembros, para conocer, discutir y aprobar de forma unánime el Estatuto de la Asociación, mismo que ha quedado aprobado en los siguientes términos: ESTATUTO DEL
MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA (MILAGLO).- CAPITULO PRIMERO.- (NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN).- Artículo 1.- Naturaleza: MINISTERIO, es sin fines de lucro, apolítica y
de interés religioso, científico, social y Educativo, que se rige por lo establecido en el acto constitutivo, el presente Estatuto, así como por las regulaciones establecidas en la Ley de General de sobre personas jurídicas sin fines de lucro, Ley número Ciento Cuarenta y Siete, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número ciento dos, del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos y las disposiciones contenidas en el Libro I, Titulo I, Capitulo XIII del Código Civil, así como los Reglamentos y Resoluciones, o cualquier otra normativa que al respecto se dicte para el funcionamiento de la misma. En lo no previsto por la ley de la materia, se regirá por las disposiciones del derecho común
vigente.-Artículo 2.- Denominación.- La Asociación se denominará MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA,
la que podrá identificarse con las siglas “MILAGLO” Artículo
3.- Domicilio y duración.- El domicilio de la Asociación será la
ciudad de Managua, Departamento Managua, pudiendo establecer sedes, sub sedes u oficinas filiales en cualquier parte del territorio nacional o fuera de él si fuera necesario para el cumplimiento de sus fines y objetivos.- La Asociación tendrá una duración indefinida e n e l t i e m p o . - C A P I T U L O S E G U N D O . - ( F I N E S Y
OBJETIVOS).- Artículo 4.- Fines y objetivos.- El Ministerio
Evangelistico La Gloria Postrera “MILAGLO” tiene Como finalidad el Interés Social para el pueblo de Nicaragua en general tanto a nivel Urbano como Rural y los servicios serán gratuitos sus
objetivos son los siguientes: 1) Proclamar la Adoración a Dios mediante la Predicación del Evangelio de Jesucristo, como mensaje de Salvación y fe para toda Criatura Humana. 2). Crear y Administrar Centros Vocacionales, Teológico, y desarrollar programa de Capacitación para Pastores, Lideres y Juventud a través de Satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las Iglesias. 3) Construir Comedores Infantiles, Asilos de Ancianos, Clínicas Medicas tanto Urbana como Rural y Centro de Rehabilitación Social y Psicológica para niños, Jóvenes y adultos en riesgo que están inmerso en el Alcoholismo, Drogadicción 4) Gestionar ante Organizaciones Nacionales e Internacionales Brigadas Medicas y Medicamentos, igual que la construcción de Viviendas de Interés Social para las personas de escasos recursos económicos y promover el saneamientos del agua en las Zonas Urbanas y Rurales, 5) Ayudar con uniformes y útiles Escolares a los niños de escasos recursos económico teniendo como base la igualdad de todos los nicaragüenses para erradicar el analfabetismo,6) Establecer programas de apoyos en asistencias técnicas y financieras a los productores de Bovinos, Porcinos y agropecuarios en los diferentes rubros de acuerdo a la actividad productiva a la que se dedican en su comunidad. 7) Establecer Vínculos de Hermanamientos con Ministerios y Organizaciones Tanto Nacionales como Internacionales que ayuden a promover Proyectos de Interés Social en las Comunidades más pobres de nuestro país, y que ayuden a consolidar los
objetivos.-C A P I T U L O T E R objetivos.-C E R O . - ( D E L O S M I E M B R O S , D E R E C H O S Y D E B E R E S ) . - A r t í c u l o 5 . - C l a s e s d e miembros.- En la Asociación existen tres clases de miembros,
siendo estos los siguientes: 1) Miembros Fundadores; 2) Miembros Plenos y 3) Miembros Honorarios.- Artículo 6.- Miembros
fundadores.- Son miembros fundadores de la Asociación todos
los comparecientes en el acto constitutivo de la Asociación y aquellos que posteriormente fueren aceptados en ese carácter, después de haber cumplido los requisitos que se fijan en el presente Estatuto, en los subsiguientes seis meses de aprobada la personalidad jurídica de la Asociación.- Artículo 7.- Miembros Plenos.- Para ser miembro pleno se requiere llenar los requisitos siguientes: 1) Ser nacional de Nicaragua o nacionalizado, o bien ser ciudadano extranjero identificado con los fines y objetivos de la Asociación;
2) Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos; 3)
Aceptar el contenido del Acto Constitutivo, el presente Estatuto, los Reglamentos y Código de ética de la Asociación y 4) Disponer de la aprobación de aceptación de la solicitud de ingreso a la Asociación por parte de la Asamblea general de
miembros.-Artículo 8.- Miembros Honorarios.- Pueden ser miembros
honorarios todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se hayan destacado en el cumplimiento de los fines y objetivos de la Asociación o quienes hayan apoyado la gestión y desarrollo de la misma, la solicitud debe de ser presentada por la Junta Directiva, de forma especial y particularmente a favor de quienes hubieren prestado servicios meritorios en pro de la Asociación.- Artículo
9.- Derechos de los miembros.- Los miembros plenos de la
Asociación gozan de los derechos que a continuación se establecen así: 1) Participar con derecho a voz y voto en las reuniones de la Asamblea General de miembros; 2) Elegir y ser electos en los cargos y órganos de dirección de la Asociación.- 3) Tener acceso a la información sobre los proyectos y demás asuntos de la Asociación.- 4) Integrar las comisiones o equipos de trabajo que se organicen y ser parte de los demás órganos de dirección.- 5) Tener acceso a los servicios de formación técnico – profesional y de especialización que ofrece la asociación a sus miembros, así como las alternativas de superación profesional que ofrezcan los órganos de dirección de la Asociación.- Artículo 10.- Deberes de los
siguientes: 1) Participar de forma sistemática en las reuniones que realicen los Órganos de Dirección de la Asociación no la Asamblea General de miembros.- 2) Promover Y divulgar los principios y objetivos de la Asociación.- 3) Cumplir y hacer cumplir lo establecido en el acto constitutivo y el presente Estatuto.- 4) Realizar las gestiones conducentes a la consecución de recursos económicos, financieros y materiales en pro del crecimiento y fortalecimiento de la Asociación, sus programas y proyectos generales y los específicos.- 5) Conservar y preservar un comportamiento ético y moral a fin A los objetivos que se persiguen desde la Asociación.- 6) Efectuar aportes económicos voluntarios ordinarios y extraordinarios, según sea el caso.- 7) Concurrir a las reuniones, ordinarias o extraordinarias, de la Asamblea General de miembros para las cuales se les haya convocado.- Artículo 11.- Motivos de separación de la
Asociación.- Los miembros plenos de la Asociación podrán ser
separados de la Asociación en los casos siguientes: 1) Cuando sus actuaciones afecten el desarrollo normal de la Asociación.- 2) Cuando de forma reiterada faltaren a las reuniones de los diferentes Órganos de Dirección y Administración que hubiesen sido convocados de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto.-3) Cuando sus actuaciones Fuesen reñidas o contrarias al Código de Ética de la Asociación y las leyes del país.- 4) Por Interdicción civil.- 5) Por medio de renuncia expresa ante la Junta Directiva la que tendrá efecto desde a partir de su aceptación.- 6) Por exclusión decretada formalmente por la Asamblea General de a s o c i a d o s . 7 ) P o r m u e r t e . C A P I T U L O C U A R T O .
-(ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN).- Artículo 12.- Órganos de dirección.- Son Órganos de Dirección de la
Asociación los siguientes: 1) La Asamblea General de
Asociados; 2) La Junta Directiva y 3) La Dirección Ejecutiva.-1) La Asamblea General de Asociados será la máxima Autoridad,
el Presidente de ésta también será el de la Junta Directiva, la Asamblea General la integran el total de los asociados o miembros. 2) La Junta Directiva será la encargada de la administración de la Asociación y 3) Corresponde a la Dirección Ejecutiva la ejecución de los acuerdos y resoluciones que adopte la Asociación para la ejecución de los diferentes programas y proyectos que ésta desarrolle.- CAPITULO QUINTO.- FUNCIONES DE LOS
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN.- Artículo 13.-Funciones de la Asamblea General de miembros.- La Asamblea
General es el máximo Órgano de Gobierno y esta integrada por el total de los miembros fundadores, plenos y los honorarios, siendo sus funciones las siguientes: 1) Define y aprueba las políticas generales, la estrategia de las acciones y proyectos de la Asociación, así como las políticas generales y especificas de la misma.- 2) Elabora, aprueba o modifica el Estatuto de la Asociación, sea por propuesta presentada por la Junta Directiva o a iniciativa de dos tercios de los miembros de Asamblea General de asociados.- 3) Conoce y aprueba los planes de trabajo y el informe de la gestión anual que presente la Junta Directiva.- 4) Conoce, aprueba o rechaza los estados financieros de la Asociación- 5) Elige de su seno a la Junta Directiva y al Director Ejecutivo.- 6) Acepta o rechaza la solicitud de ingreso de nuevos miembros presentada por la Junta Directiva.- 7) A propuesta de la Junta Directiva, conoce y resuelve en última instancia el retiro de los miembros de la Asamblea General de asociados.- 8) Aprobar la reglamentación del Estatuto y el código de ética de la Asociación.- 9) A propuesta de la Junta Directiva, autoriza la enajenación de los bienes inmuebles de la Asociación.- 10) Otorga la condición de miembro honorario, condecoraciones y reconocimientos a las personas naturales o jurídicas que hayan apoyado el desarrollo de los proyectos y gestiones de la Asociación, así como el cumplimiento de los fines y objetivos de la misma.- Artículo 14.-Tipos de sesiones.- La
Asamblea General tendrá dos tipos de sesiones, ordinarias y Extraordinarias, ordinariamente se reunirán dos veces al año y extraordinariamente cuando sea convocada por acuerdo de la Junta Directiva o cuando Lo soliciten de forma escrita un tercio del total de sus miembros. En cualquiera de los casos las convocatorias se realizarán de forma escrita o como lo establezca la Junta Directiva por lo menos con ocho días de anticipación.- Artículo
15.- Quórum.- El quórum se formará con la mitad más uno del
total de los miembros y las decisiones se tomarán por mayoría simple del total presente, en caso de empate, el voto del presidente de la Junta Directiva tendrá valor de dos. Las votaciones son directas, públicas e indelegables. En los casos en que no hayan quórum, se efectuará una segunda convocatoria con el mismo tiempo de anticipación y se realizará la Asamblea con el total de miembros que se encuentren presentes, los acuerdos y resoluciones serán de obligatorio y estricto cumplimiento para todos los miembros de la Asociación.- Artículo 16.- Funciones de la Junta
Directiva.- 1) Impulsar el desarrollo de las actividades de la
Asociación de conformidad a lo establecido en el Estatuto y las políticas establecidas por la Asociación.- 2) Cumplir y hacer cumplir con el Estatuto, reglamentos, resoluciones y demás acuerdos de la Asociación.- 3) Canalizar y dar a conocer a la Asamblea General las solicitudes de ingreso de los nuevos miembros para su posterior aprobación.- 4) Establecer las fechas de reuniones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.- 5) Separar provisionalmente a cualquiera de los miembros de la Asociación de acuerdo a las causales establecidas en el presente Estatuto.- 6) Conocer los planes e informes de trabajo anual de la Dirección Ejecutiva, para su posterior presentación a la Asamblea General de miembros.- 7) Crear comisiones Ad Hoc para realizar trabajos específicos.- 8) Conocer el informe financiero que se deberá de someter para su conocimiento y aprobación de la Asamblea General de miembros.- 9) Elaborar su propio Reglamento Interno de funcionamiento.- 10) Nombrar al Auditor Interno de la Asociación y demás cargos de dirección o coordinadores de proyectos o programas.- 11) Elabora y envía el informe correspondiente al Ministerio de Gobernación. En los casos en que el Director Ejecutivo sea miembro pleno de la Asociación, este podrá participar en calidad de invitado permanente a las reuniones de la Junta Directiva, con derecho a voz y voto, en los casos en que se tratare de un profesional contratado para tal fin, este podrá participar en las reuniones solamente con derecho a Voz.- Artículo 17.- Reuniones
de la Junta Directiva.- La Junta Directiva se reunirá de forma
ordinaria una vez al mes y extraordinariamente cuando lo estimen necesario, a criterio del Presidente o de la mitad más uno del total de los miembros de la Junta Directiva.- Las decisiones se tomarán por mayoría simple del total de los miembros directivos, en caso de empate el voto del Presidente de la Junta Directiva tendrá valor de dos para resolver la controversia.- Artículo 18.- Funciones del
Presidente.- Son funciones del Presidente de la Asociación las
siguientes: 1) Coordinar las gestiones relacionadas a la Asociación de acuerdo a la estrategia definida por la asamblea General de miembros y la Junta Directiva.- 2) Ejercer la Representación judicial y extrajudicial de la Asociación en todos los actos públicos y privados y ante cualquier Autoridad, persona o entidad, pudiendo conferir poderes generales, especiales o judiciales.- 3) Ser delegatario de las atribuciones de la Junta Directiva.- 4) Convocar y presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General sean ordinarias o extraordinarias.- 5) Formular la agenda de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.- 6) Refrendar Con sus firma las actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, respectivamente, dirigir y supervisar la organización de la Asociación.- 7) Proponer a la Junta Directiva la integración
de comisiones y delegaciones; 8) Supervisar y controlar la administración de los fondos de la Asociación .- 9) Nombrar el personal administrativo y ejecutivo de la Asociación a propuesta del Director Ejecutivo.- 10) Proponer el plan de trabajo y el informe anual de la Junta directiva.- 11) Custodiar los documentos legales de la Asociación, incluyendo los libros propios de la Asociación y los sellos de ésta.- 12) Firmar los documentos de carácter financiero, en coordinación con los funcionarios que designe y autorice la Junta Directiva.- 13) Cumplir y hacer cumplir todos los acuerdos y disposiciones emanadas de la Asamblea General de miembros y de la Junta Directiva.- 14) Administrar los bienes y el presupuesto de la Asociación de conformidad con su Reglamento.- 15) Las demás funciones que le asignen la Asamblea General y la Junta Directiva.- Artículo 19. - Funciones del
vice-presidente.- Son funciones del Vicepresidente las siguientes: 1) Sustituir al Presidente en su ausencia, renuncia o por delegación
de éste con todas las atribuciones que el Estatuto le confiere; 2) Colabora con el Presidente en el desempeño de sus funciones.- 3) Representa a la Asociación en aquellos actos para los cuales sea designado.- Artículo 20.- Funciones del Secretario.- Son funciones del Secretario la siguientes: 1) Levantar las actas de las diferentes reuniones que realice la Asociación y redactar una ayuda memoria que debe de ser entregada a los miembros asistentes a las reuniones a más tardar ocho días después de realizada la reunión.- 2) Verificar el cumplimiento de los acuerdos tomados por la asamblea General de miembros y los de la Junta Directiva.- 3) Convocar a las sesiones de trabajo de la Asamblea General de asociados y de la Junta Directiva, por indicaciones del
Presidente.-4) Ser la instancia de comunicación entre la Junta Directiva y la
Asamblea General con los miembros de la Asociación- 5) Realizar los tramites ordinarios de acreditación de los miembros de la Junta Directiva ante las autoridades gubernamentales.- 6) Librar las certificaciones sobre el contenido de las actas y acuerdos de la Junta Directiva y de la asamblea General de miembros de la Asociación.- 7) Las demás funciones que le asigne el Presidente de la Junta Directiva.- Artículo 21.- Funciones del Tesorero: Son funciones del Tesorero: 1) Recaudar de los miembros la cuota ordinaria o extraordinaria de los miembros de la Asociación y llevar un libro del control de las mismas.- 2) Promover la formación e incremento del Patrimonio de la Asociación de acuerdo a las políticas que apruebe y establezca la Asamblea General y los planes de trabajo que apruebe la Junta Directiva.- 3) Revisar y firmar junto con el presidente de la Asociación, los informes Relativos a los estados financieros de la Asociación.- 4) Supervisar las operaciones contables de las actividades desarrolladas por la Dirección Ejecutiva.- 5) Presentar a la Asamblea General el informe financiero anual elaborado por la Dirección Ejecutiva o ante la Junta Directiva cuando ésta lo solicite.- 6) Conocer la propuesta de presupuesto anual de parte del Director Ejecutivo de la Asociación y presentarlo para su consideración ante la Junta Directiva y/o a la Asamblea General de miembros para su posterior aprobación.- 7) Las demás funciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.- Artículo 22.- Funciones del
Fiscal.- Son funciones del Fiscal las siguientes: 1) Supervisar la
buena marcha del trabajo de la Asociación, procurando que se cumplan los fines y objetivos de la misma; 2) Fiscalizar el cumplimiento del Estatuto, los reglamentos y el Código de Ética, así como los acuerdos y resoluciones de la Asociación y de sus Órganos de Gobierno y Administración.- 3) Vigilar la conservación y buen uso de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación.- 4) Las demás funciones que le asigne la Asamblea General de miembros o el Presidente De la Junta Directiva.- Artículo
23..-Periodo de los cargos directivos.- Los miembros de la Junta
Directiva serán electos para el ejercicio de sus cargos para un
periodo de dos años, pudiendo ser reelectos por otros periodos igual. En el caso de que uno de los miembros de la Junta Directiva cese en su cargo antes de finalizar el periodo, se procederá mediante elección en Asamblea General extraordinaria convocada especialmente para tal efecto.- Artículo 24.- Funciones del
Director Ejecutivo.- La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un
Director Ejecutivo, quien dispondrá del personal técnico necesario para cumplir con las funciones que le determine la Asamblea General de la Asociación, misma que debe de nombrarlo y definirle sus funciones. Las funciones del Director Ejecutivo y los procedimientos administrativos se determinarán en un reglamento que para tal efecto establecerá la Junta Directiva.- CAPITULO
S E X T O . - ( I N T E G R A C I O N Y C O M P O S I C I O N D E L A JUNTA DIRECTIVA Y LA REPRESENTACION LEGAL).-Artículo 25.- Integración y Composición de la Junta
Directiva.-La Junta Directiva estará integrada por los siguientes cargos: 1)
P R E S I D E N T E ; 2 ) V I C E P R E S I D E N T E ; 3 ) U N SECRETARIO; 4) UN TESORERO; 5) UN FISCAL.- Artículo 26.- Composición de la Junta Directiva.- Los miembros
fundadores de esta Asociación, han acordado integrar la Junta Directiva de la Asociación de la forma siguiente: 1) Presidente:
G E R A L D A N T O N I O G O M E Z R A M I R E Z ; 2 ) V i c e -presidente: JUAN MANUEL PALACIOS ESPINOZA. 3) S e c r e t a r i o : J U L I O C E S A R C A L E R O A G U I L A R ; 4 ) Tesorero: JOSE RAMON MOJICA; y 5) Fiscal: ANA MARÍA R A M I R E Z C A B A L L E R O . misma que tendrá carácter
provisional hasta la aprobación del Decreto de otorgamiento de la Personalidad Jurídica y que Una vez publicados en La Gaceta, Diario Oficial, e inscrita en el Ministerio de Gobernación y quedarán firme en función de sus cargos por un período de dos
años.-Artículo 27.- Representación legal.- La representación legal
, judicial y extrajudicial , de la asociación le corresponde al Presidente de la Junta Directiva, con facultades de Mandatario Generalísimo, pudiendo éste delegar su representación en cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, o si fuera necesario, en cualquiera de los miembros de la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.- Artículo 28.- Autorización expresa para
enajenar y gravar.- El Presidente de la Junta Directiva para que
pueda enajenar, gravar o hipotecar los bienes de la Asociación, debe de disponer de la autorización expresa de parte de la Asamblea General de miembros de la Asociación.- Artículo
29.-Nombramiento de Asesores.- La Junta Directiva podrá nombrar
los asesores, que a su juicio, considere necesario y conveniente para el funcionamiento de la misma, estos Asesores requerirán de la aprobación de la Asamblea General de Asociados.- Artículo
30.- Reelección en cargos directivos.- Los miembros de la
Junta Directiva serán electos para el ejercicio de sus cargos para un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos por otros periodos igual. las veces que la Asamblea General de miembros lo considere pertinente y necesario.- Artículo 31.- Aprobación de las
decisiones de la Junta Directiva.- Las decisiones de la Junta
Directiva se aprobarán por mayoría simple de entre sus
miembros.-CAPITULO SEPTIMO.- (PATRIMONIO).- Artículo 32.-Monto Patrimonial.- El Patrimonio de la Asociación está
constituido por la cantidad de cinco mil córdobas netos (C$
5,000.00 ), sin perjuicio de las aportaciones o contribuciones que
de forma general harán cada uno de los asociados y que se definirá como contribución voluntaria, ordinaria o extraordinaria, así como las demás aportaciones provenientes de otras personas o instituciones, sean estas, naturales o jurídicas, así como las donaciones, herencias, legados y subvenciones que reciba la Asociación y demás bienes que ésta reciba o adquiera a cualquier título de otras instituciones u organismos de cooperación nacional o internacional, así como los bienes muebles e inmuebles que la
Asociación adquiera para el desarrollo de sus
actividades.-CAPITULO OCTAVO.- (DISOLUCION Y LIQUIDACION).-Artículo 33.- Causas de disolución.- Son causas de disolución
de esta Asociación las siguientes: 1) Por pérdida de la Personalidad Jurídica al darse cualquiera de los hechos o circunstancias establecidos en la Ley de la materia; 2) Por decisión voluntaria tomada en Asamblea General con el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de los miembros de la Asamblea General. En este caso, el quórum para que la Asamblea se instale y pueda tomar decisiones válidas, deberá estar constituido al menos por las dos terceras partes del total de los miembros asociados.- Artículo
34.- Procedimiento para la liquidación.- Se decretará la
disolución con aviso a las autoridades competentes, correspondiendo a la Junta Directiva o en su defecto, a una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros que serán nombrados por la Asamblea General de Miembros con funciones y plazos de ejercicio. –
Artículo 35.- Destino del remanente de los bienes.- Al
producirse la disolución, los bienes se pondrán a disposición de las personas jurídicas que determine la Asamblea General de Asociados, preferiblemente a otras Asociaciones sin fines de lucro, financiadas por él o los mismos organismos que den apoyo a la Asociación y que tengan los mismos fines y objetivos.- Artículo
36.- Procedimiento para el funcionamiento de la Comisión liquidadora.- La comisión liquidadora realizará los activos,
cancelará los pasivos y el remanente, en caso Que existiera, será utilizado en primer lugar para satisfacer los gastos de liquidación y si aún persistiera remanente Alguno será entregado a cualquier Asociación Civil sin Fines de Lucro de carácter y naturaleza similar, previo acuerdo de la Asamblea General de miembros. Con la aprobación de las cuentas de los liquidadores y del balance de liquidación final por parte de la Asamblea General de miembros, se procederá a publicar la disolución y liquidación de la Asociación en cualquier medio de comunicación social escrito de circulación nacional o a través de Cualquier medio local con lo que se dará por concluida la existencia legal de la Asociación. De esto se deberá informar al Registro Nacional de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro que para tal efecto lleva el Departamento de Asociaciones civiles sin fines de lucro del M i n i s t e r i o d e G o b e r n a c i ó n . C A P I T U L O N O V E N O .
( D I S P O S I C I O N E S G E N E R A L E S ) . A r t í c u l o 3 7 . -Impedimento de acción judicial.- La Asociación no podrá ser
demandada por sus miembros ante los Tribunales de Justicia por motivo de liquidación o disolución, ni por desavenencias que surgieren entre Los miembros de la misma con respecto a la administración y dirección de ésta o por la interpretación y aplicación de las disposiciones de la presente Escritura de Constitución y aprobación del Estatuto.- Artículo 38.- Formas de dirimir
conflictos.- Las desavenencias y controversias que surgieren por
los motivos expresados, o por las dudas que se presentaren con relación a las mismas serán resueltas sin ulterior recurso por tres miembros honorarios designados para tal efecto por la Asamblea General de miembros, quienes por simple mayoría de votos resolverán la controversia.- En caso de persistir la controversia, se procederá al nombramiento de tres peritos o árbitros para que resuelvan el fondo del asunto. El nombramiento o designación de cada uno de ellos corresponderá uno a cada una de las Partes en controversia y un tercero que será el notario autorizante del presente Instrumento Público.- Artículo 39.- Fundamento
organizativo.- El MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA, fundamenta su organización y el
cumplimiento de sus fines y objetivos en el principio universal de los Derechos Humanos, la paz y la tolerancia, sin discriminación por razones de credo político y religioso, sexo, raza, nacionalidad o en virtud de antecedentes sociales y económicos.- CAPITULO
DECIMO.- (CUERPO LEGAL SUPLETORIO).- Artículo 40.- En todo lo no previsto en el presente Acto Constitutivo y
aprobación del Estatuto de la Asociación, le serán aplicable las disposiciones del Derecho positivo nicaragüense vigente.- Así se expresaron los comparecientes, a quienes advertí e hice de su conocimiento de las trascendencias legales de este acto, del objeto de las cláusulas especiales que contiene, de las que envuelven renuncias y estipulaciones explícitas e implícitas, de las generales que aseguran la validez de este instrumento, de la obligación y necesidad de inscribir El Ministerio en el registro correspondiente que para tal fin lleva el Ministerio de Gobernación, y leída que fue por mí, El Notario, todo lo escrito a los comparecientes, la encuentran conforme y le dan Su entera satisfacción, sin hacerle ninguna modificación, quienes la ratifican y firman junto conmigo que doy fe de todo lo relacionado. (f) GERALD ANTONIO GOMEZ RAMIREZ (ILEGIBLE); (f) JUAN MANUEL PALACIOS ESPINOZA (ILEGIBLE); (f) JULIO CESAR CALERO AGUILAR (ILEGIBLE); (f) JOSE RAMON MOJICA (ILEGIBLE); (f) ANA MARÍA RAMIREZ CABALLERO (ILEGIBLE); (f) MSUAREZ EL NOTARIO. PASO ANTE MI: al frente del folio numero sesenta y al reverso del folio numero setenta y cinco de mi PROTOCOLO número OCHO que llevo durante el presente año, Y a solicitud del Señor GERALD
ANTONIO GOMEZ RAMIREZ, en su calidad de Presidente del MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA (MILAGLO), libro este primer testimonio en seis hojas de papel
sellado de ley, las que rubrico, firmo y sello en la ciudad de Managua, a las seis de la tarde del día siete del mes de agosto del año dos mil trece. (F) DR. MARIANO MATILDE SUAREZ SALAZAR, Abogado y Notario Público.
“TESTIMONIO” ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO SETENTA Y UNO (71).- ACLARACION Y AMPLIACION AL ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS. - En la ciudad de Managua, a las dos de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil trece. Ante Mí: Mariano Matilde Suárez Salazar, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en esta ciudad de Managua, cédula de identidad número (287-030863-0000H) DOS, OCHO, SIETE, GUIÓN, CERO, TRES, CERO, OCHO, SEIS, TRES, GUION, CERO, CERO, CERO, CERO, H carné de Abogado número (10980), debidamente autorizado por la Corte Suprema de Justicia, para ejercer el notariado durante el quinquenio que expira el tres de Agosto del año dos mil dieciséis, comparece el Señor:
GERALD ANTONIO GOMEZ RAMIREZ, soltero, mayor de
edad, Licenciado en Derecho y del domicilio de Managua, quien se identifica con cédula de identidad Nicaragüense, Numero, cero, cero, uno, guión, uno, siete, uno, cero, ocho, siete, guión, cero, cero, tres, nueve, P (001-171087-0039P) y quien es presidente de la ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA “MILAGLO” y lo demuestra con ESCRITURA P Ú B L I C A N Ú M E R O S E S E N T A Y T R E S ( 6 3 ) . -CONSTITUCIÓN DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DEL ESTATUTO.- En la ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del día siete de Agosto del año dos mil trece. Antes los Oficios Notariales del Dr. MARIANO MATILDE SUAREZ SALAZAR. A quien doy fe de conocer personalmente al compareciente, y que a mi juicio tiene la capacidad civil y legal, plena y necesaria para obligarse y contratar y especialmente para el otorgamiento de esta acto y de que comparece en Nombre de la ASOCIACION MINISTERIO EVANGELISTICO LA GLORIA POSTRERA y representación.-Habla El Señor: GERALD ANTONIO GOMEZ RAMIREZ, y dice: (ACTA CONSTITUTIVA: PRIMERA): CLAUSULA:
SEXTA: (ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN).- Son
órganos de Dirección de la Asociación los siguientes: 1) La
Asamblea General de Asociados; y 2) La Junta Directiva.
Corresponde a la Dirección Ejecutiva la ejecución de los acuerdos y resoluciones que adopte la Asociación para la ejecución de los diferentes proyectos que ésta
desarrolle.-SEGUNDA: SÉPTIMA:(COMPOSICIÓN E INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y LA REPRESENTACIÓN LEGAL): Se incorpora Clases de miembros.- En la Asociación
existen tres clases de miembros, siendo estos los siguientes: 1) Miembros Fundadores; 2) Miembros Plenos y 3) Miembros H o n o r a r i o s . T E R C E R A ( E S T A T U T O S ) : C A P I T U L O
T E R C E R O . - ( D E L O S M I E M B R O S , D E R E C H O S Y DEBERES). Artículo 7.- Miembros Plenos.- se incorporan
como Miembros Plenos los que posteriormente ingresen a la Asociación, CUARTA: CAPITULO CUARTO.- (ÓRGANOS
DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN).- Artículo 12.- Órganos de dirección.- Son órganos de Dirección de la Asociación los
siguientes: 1) La Asamblea General de Asociados; y 2) La
Junta Directiva. Corresponde a la Dirección Ejecutiva la
ejecución de los acuerdos y resoluciones que adopte la Asociación para la ejecución de los diferentes proyectos que ésta desarrolle.-.- QUINTA: CAPITULO QUINTO.- FUNCIONES
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN.- se incorpora al Artículo 13.- Funciones de la Asamblea General de miembros el inciso 11) Aprueba la Disolución y Liquidación;
y se suprime al Director Ejecutivo, en el inciso 5), se incorpora al
Articulo: 16 Funciones de la Junta Directiva el inciso 12) La
Junta Directiva Elegirá al Director Ejecutivo Artículo
24.-Funciones del Director Ejecutivo.- Las 24.-Funciones del Director
Ejecutivo las Establece la Junta Directiva y Corresponde a la Dirección Ejecutiva la ejecución de los acuerdos y resoluciones que adopte la Asociación para la ejecución de los diferentes programas y proyectos que ésta desarrolle.- SEXTA: CAPITULO
OCTAVO: Formas de dirimir conflictos.- Se agrega en el
Articulo 38, que es el Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación, según la Ley 147 quien va a Dirimir los Conflictos. Así se expreso el compareciente bien instruido por mí el Notario acerca del alcance, valor, y trascendencias legales de este acto, de las cláusulas generales que aseguran su validez de las especiales que contienen y que envuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explicitas de las que en concreto han hecho. Leído el presente Instrumento Público al compareciente, este le da su aprobación sin alteración alguna y firman junto conmigo, El Notario que doy fe de todo lo antes relacionado. (F) GERALD ANTONIO GOMEZ RAMIREZ, (ILEGIBLE). (F) MSUAREZ (NOTARIO) PASÓ ANTE MI: Al reverso del folio número ochenta y cinco y al frente del folio numero ochenta y seis de mi PROTOCOLO NÚMERO OCHO, que llevo durante el corriente Año. Y a solicitud del señor
GERALD ANTONIO GOMEZ RAMIREZ, libro este primer
Testimonio en una hoja de ley, que sello, firmo y rubrico en la ciudad de Managua a las tres de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil trece. (F) DR. MARIANO MATILDE SUAREZ SALAZAR, Abogado y Notario Público.
MINISTERIO DE SALUD
Reg. 23671 - M. 37862 - Valor C$ 95.00
AVISO DE LICITACION
“ADQUISICIÓN DE 2,957.41 KILOS DE ETOFENPROX 20% KG. POLVO MOJABLE. PRESENTACIÓN: CAJAS DE 10 KG”.
LS-N° 22-11-2013
El Ministerio de Salud (MINSA) según Resolución Ministerial Nº
650-2013, invita a las personas naturales o jurídicas autorizadas en nuestro
País para ejercer la actividad comercial e inscritas en el Registro Central de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a presentar ofertas en sobre sellados para la
“ADQUISICIÓN DE 2,957.41 KILOS DE ETOFENPROX 20% KG. POLVO MOJABLE. PRESENTACIÓN: CAJAS DE 10 KG”.
Los licitantes interesados pueden obtener la información completa en la siguiente dirección:
Complejo Nacional de Salud “Dra. Concepción Palacios”, Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo.
Teléfonos: 22894300 – 22895223
Correo electrónico: [email protected] Además pueden dirigirse a los portales: www.nicaraguacompra.gob.ni
www.minsa.gob.ni
Presentación de Ofertas: viernes 13 de diciembre del 2013, de 10:00 a 11:00 a.m., en oficina de la División de Adquisiciones del Ministerio de Salud.
Fecha de Publicación: miércoles 04 de diciembre del 2013.
(f) Lic. Ramón Cortés Mayorga. Director General de Adquisiciones Ministerio de Salud.
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Reg. 23674 - M. 37978 - Valor C$ 570.00
AVISO DE LICITACIÓN
Proyecto de Construcción, Equipamiento y Mantenimiento de Equipos Críticos del Nuevo Hospital General de la Zona Occidental de Managua
Nº LPI-BCIE-ORIO-01-10-2013
Modalidad: Co-Calificación Fecha: 03 de Diciembre del 2013
1. FUENTE DE RECURSOS
El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios beneficiarios, está otorgando el financiamiento parcial para la ejecución del Proyecto de Construcción, Equipamiento y Mantenimiento de Equipos Críticos del Nuevo Hospital General de la Zona Occidental de Managua, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la atención especializada de Segundo Nivel de atención en el Departamento de Managua.
2. ORGANISMO EJECUTOR Y CONTRATANTE DEL PROCESO DE LICITACION
2.1 Antecedentes del Organismo Ejecutor (breve descripción). El responsable de la ejecución del proyecto es el Ministerio de Salud (MINSA) de Nicaragua.
MINSA tiene como misión un sistema de salud que atiende a los nicaragüenses según sus necesidades y garantiza el acceso gratuito y universal a los servicios de salud, promueve en la población prácticas y estilos de vida saludables que contribuyen a mejorar la calidad y esperanza de vida y los esfuerzos nacionales para mejorar el desarrollo humano.
La visión de MINSA es la garantía de salud como derecho constitucional y factor esencial para el desarrollo económico social de todas las familias nicaragüenses a través de un sistema de salud solidario, complementario y con la participación activa de la población que es la base del bienestar de todos.
El objetivo de MINSA es desarrollar un sistema de salud que haga efectivo el derecho ciudadano a la salud con equidad, con enfoque género y generacional para contribuir a reducir las iniquidades existentes, mejorar las condiciones de vida de la población nicaragüense y el desarrollo del país.
Su marco legal es el siguiente: - Constitución Política de Nicaragua
- Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
- Ley General de Salud
- Reglamento de la Ley General de Salud
2.2 El Ministerio de Salud de Nicaragua, es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual, nombra al Comité de Licitación e invita a presentar propuestas para la contratación requerida. 2.3 El Contratista será seleccionado de acuerdo con los procedimientos del Banco Centroamericano de Integración Económica establecidos en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación, que se encuentran en la siguiente dirección electrónica http://www.bcie.org, bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.
3. PRESENTACIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN
3.1 Objetivos Generales de la adquisición
El presente proceso de licitación tiene por objeto la selección de potenciales oferentes o contratistas para la ejecución de los siguientes lotes:
Lote 1:”Construcción del Nuevo Hospital General de la zona Occidental de Managua
Lote2:”Equipamiento del Nuevo Hospital General de la zona Occidental de Managua”
Lote 3:”Mantenimiento de Equipos Críticos”.
El alcance considerado para esta contratación es la construcción de una unidad de salud con más 22,000mts2 de construcción, con capacidad de 300 camas censables incluyendo el equipamiento y mantenimiento de equipos críticos, de acuerdo a los alcances establecidos en la Sección VI del documento de Licitación.
El Organismo Ejecutor pone a disposición de los interesados toda la documentación relacionada con esta licitación, necesaria para la preparación de las propuestas.
Los oferentes que se interesen por participar en la licitación y decidan hacerlo, deberán manifestar interés y decisión de participar como persona jurídica, una entidad privada o una entidad estatal o como consorcio, vía electrónica (carta firmada en formato PDF) a la
dirección: [email protected], Atención: Lic. Ramón Cortes Mayorga - Presidente del Comité de Licitación. El plazo para manifestar interés es de (20) veinte días después del aviso específico de la publicación de la licitación, en los sitios web:
www.nicaraguacompra.gob.ni
h t t p : / / w w w . b c i e . o r g / ?cat=1326&title=Unidad%20de%20Adquisiciones&lang=es www.dgmarket.com
y en los medios de circulación local, iniciando el día 03 de Diciembre
de 2013 hasta el día 23 de Diciembre de 2013. Recibirán a vuelta
de correo electrónico el acuse de recibo por parte del Lic. Ramón Cortes Mayorga - Presidente del Comité de Licitación, que le servirá de comprobante de inscripción en dicho registro. Con la notificación, los oferentes serán registrados en el listado oficial de participantes y posteriormente serán contactados para participarles de las consultas, aclaraciones, enmiendas, modificaciones que se emitan durante el proceso de esta licitación.
Los Oferentes pueden adquirir un juego completo de los Documentos de Licitación en Español, contra el pago de una suma no reembolsable de US$ 100 (cien dólares de Estados Unidos de Norte América). Esta suma podrá pagarse en caja del Ministerio de Salud, Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, previo autorización emitida por la División General de Adquisiciones. Los documentos serán entregados en formato digital en las Oficinas de División General de Adquisiciones en la siguiente dirección: Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, ubicado costado oeste Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo, Managua Nicaragua, previa presentación de solicitud escrita de los documentos y del comprobante de pago respectivo.
3.2 Se recibirán Propuestas para esta licitación a más tardar el día 10 de febrero de 2014, hasta las 11am en la dirección física siguiente: Ministerio de Salud, Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, oficina de la División General de Adquisiciones, ubicado en el costado oeste Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo, Managua Nicaragua.
(f) Lic. Ramón Enrique Cortes Mayorga. Director División General Adquisiciones Ministerio de Salud.
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INVITACION A CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL SUPERVISIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN Y EL EQUIPAMIENTO INTEGRAL DEL NUEVO HOSPITAL GENERAL DE LA ZONA OCCIDENTAL DE MANAGUA
Nº CPI-BCIE-ORIO-02-10-2013
Modalidad: Co-Calificación Fecha: 03 de Diciembre del 2013
3. FUENTE DE RECURSOS
El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios beneficiarios, está otorgando el financiamiento parcial para la supervisión del Proyecto de Construcción, Equipamiento y Mantenimiento de Equipos Críticos del Nuevo Hospital General de la Zona Occidental de Managua, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la atención especializada de Segundo Nivel de atención en el Departamento de Managua.
2. ORGANISMO EJECUTOR Y CONTRATANTE DEL PROCESO DE CONCURSO
2.1 Antecedentes del Organismo Ejecutor (breve descripción). El responsable de la ejecución del proyecto es el Ministerio de Salud (MINSA) de Nicaragua.
MINSA tiene como misión un sistema de salud que atiende a los nicaragüenses según sus necesidades y garantiza el acceso gratuito y universal a los servicios de salud, promueve en la población prácticas y estilos de vida saludables que contribuyen a mejorar la calidad y esperanza de vida y los esfuerzos nacionales para mejorar el desarrollo humano.
La visión de MINSA es la garantía de salud como derecho constitucional y factor esencial para el desarrollo económico social de todas las familias nicaragüenses a través de un sistema de salud solidario, complementario y con la participación activa de la población que es la base del bienestar de todos.
El objetivo de MINSA es desarrollar un sistema de salud que haga efectivo el derecho ciudadano a la salud con equidad, con enfoque género y generacional para contribuir a reducir las iniquidades existentes, mejorar las condiciones de vida de la población nicaragüense y el desarrollo del país.
Su marco legal es el siguiente: - Constitución Política de Nicaragua
- Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
- Ley General de Salud
- Reglamento de la Ley General de Salud
2.2 El Ministerio de Salud de Nicaragua, es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual, nombra al Comité de Licitación e invita a presentar propuestas para la contratación requerida. 2.3 El Consultor será seleccionado de acuerdo con los procedimientos del Banco Centroamericano de Integración Económica establecidos en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación, que se encuentran en la siguiente dirección electrónica http://www.bcie.org, bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.
3. PRESENTACIÓN DEL PROCESO DEL CONCURSO.
3.1 Objetivos Generales de la Consultoría a Contratar.
El presente Concurso tiene por objeto la selección de la Firma Consultora que estará a cargo de la supervisión de los siguientes lotes: Lote 1: "Construcción del Nuevo Hospital General de la zona Occidental de Managua
Lote2: "Equipamiento del Nuevo Hospital General de la zona Occidental de Managua”
El alcance de la obra es la construcción de una unidad de salud con más 22,000 mts2 de construcción, con capacidad de 300 camas censables incluyendo el equipamiento.
El Organismo Ejecutor pone a disposición de los interesados toda la documentación relacionada con este concurso, necesaria para la preparación de las propuestas.
Los oferentes que se interesen por participar en el Concurso y decidan hacerlo, deberán manifestar interés y decisión de participar como una persona jurídica, una entidad privada o una entidad estatal o como consorcio, vía electrónica (carta firmada en formato PDF) a la dirección: [email protected], Atención: Lic. Ramón Cortés Mayorga - Presidente del Comité de Licitación. El plazo para manifestar interés es de (20) veinte días después del aviso específico de la publicación del Concurso, en los sitios web:
www.nicaraguacompra.gob.ni
h t t p : / / w w w . b c i e . o r g / ?cat=1326&title=Unidad%20de%20Adquisiciones&lang=es
www.dgmarket.com
y en los medios de circulación local, iniciando el día 03 de Diciembre de 2013 hasta el día 23 de Diciembre de 2013. Recibirán a vuelta de correo electrónico el acuse de recibo por parte del Lic. Ramón Cortés Mayorga - Presidente del Comité de Licitación, que le servirá de comprobante de inscripción en dicho registro. Con la notificación, los oferentes serán registrados en el listado oficial de participantes y posteriormente serán contactados para participarles de las consultas, aclaraciones, enmiendas, modificaciones que se emitan durante el proceso de este Concurso.
Los Oferentes pueden adquirir un juego completo de los Documentos del Concurso en Español, contra el pago de una suma no reembolsable de US$ 100 (cien dólares de Estados Unidos de Norte América). Esta suma podrá pagarse en caja del Ministerio de Salud, Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, previo autorización emitida por la División General de Adquisiciones. Los documentos serán entregados en formato digital en las Oficinas de División General de Adquisiciones en la siguiente dirección: Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, ubicado costado oeste Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo, Managua Nicaragua, previa presentación de solicitud escrita de los documentos y del comprobante de pago respectivo.
3.2 Se recibirán Propuestas para este Concurso a más tardar el día 17 de enero de 2014, hasta las 11:00 am en la dirección física siguiente: Ministerio de Salud, Complejo Nacional de Salud Concepción Palacios, oficina de la División General de Adquisiciones, ubicado en el costado oeste Costado Oeste de la Colonia Primero de Mayo, Managua Nicaragua.
(f) Lic. Ramón Enrique Cortes Mayorga. Director División General Adquisiciones Ministerio de Salud.
MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO
MARCAS DE FÁBRICA, COMERCIO Y SERVICIO
Reg. 22178 – M. 1597496 – Valor C$ 290.00
JULIAN JOSE BENDAÑA ARAGON, Apoderado (a) de Ascension Health Alliance de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Servicios:
ASCENSION
Para proteger: Clase: 35
SERVICIOS DE PROMOCIÓN [PUBLICIDAD] DE LA CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE PREPARACIÓN ANTE EMERGENCIAS; GESTIÓN DE NEGOCIOS VINCULADOS
CON LA OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE SALUD COMPROMETIDO CON HOSPITALES, CLÍNICAS MÉDICAS, HOGARES DE ANCIANOS, INSTALACIONES DE CUIDADOS AGUDOS, INSTALACIONES DE CUIDADO A LARGO PLAZO, CENTROS DE BIENESTAR, INSTALACIONES DE VIDA ASISTIDA Y CONGREGADA, CENTROS DE CIRUGÍA AMBULATORIA, CENTROS DE CUIDADOS URGENTES, CENTROS DE IMÁGENES, CENTROS ONCOLÓGICOS, CENTROS DE REHABILITACIÓN, FARMACIAS, CENTROS D E S A L U D Y T E R A P I A F Í S I C A , C E N T R O S D E C O N V A L E C E N C I A , C E N T R O S D E C U I D A D O S CORONARIOS, HOGARES DE CUIDADOS DE LA SALUD Y CENTROS DE CUIDADOS PARA ENFERMOS TERMINALES; SERVICIOS DE PROMOCIÓN [PUBLICIDAD] PRESTADOS POR UNA ASOCIACIÓN, DESTINADOS A PROMOVER EL INTERÉS DE PACIENTES MÉDICOS Y ACCESO A LA I N D U S T R I A D E L C U I D A D O D E L A S A L U D Y S U C R E C I M I E N T O ; S E R V I C I O S D E P R O M O C I Ó N [PUBLICIDAD] DE LA CONCIENCIA PÚBLICA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD, EL ACCESO A COBERTURAS DE CUIDADO DE LA SALUD PARA TODOS, LA REFORMA DEL CUIDADO DE LA SALUD, LA SALUD, LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES, EL CONTROL DE COSTOS DEL CUIDADO DE LA SALUD, LA GESTIÓN DE ENFERMEDADES CRÓNICAS, EL CUIDADO DE LA SALUD, LA POLÍTICA DEL CUIDADO DE LA SALUD Y LA GESTIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS D E P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA EN EL ÁREA DE LA COLABORACIÓN ENTRE ESCUELAS, ORGANIZACIONES BASADAS EN LA COMUNIDAD, COMERCIOS, EL GOBIERNO, AGENCIAS DE SERVICIOS HUMANITARIOS Y DE SALUD Y LÍDERES Y ORGANIZADORES COMUNALES, PARA IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA EN EL ÁREA DE COLABORACIÓN ENTRE O R G A N I Z A C I O N E S S I N F I N E S D E L U C R O , D E BENEFICENCIA Y COMUNITARIAS PARA IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA QUE CONSISTEN EN IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE DESARROLLO COMERCIAL [GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES], A SABER, SUMINISTRO DE APOYO INICIAL EN COMUNIDADES URBANAS PARA NEGOCIOS D E T E R C E R O S ; S U M I N I S T R O D E C O N S U L T O R Í A C O M E R C I A L P A R A S O C I E D A D E S E M E R G E N T E S E INICIALES; CONSULTORÍA COMERCIAL EN EL ÁMBITO D E L D E S A R R O L L O D E P L A N E S C O M E R C I A L E S ; A S I S T E N C I A A T E R C E R O S E N L A C R E A C I Ó N Y D E S A R R O L L O D E P L A N E S C O M E R C I A L E S , D E R I V A C I O N E S M É D I C A S , D E R I V A C I O N E S E N E L ÁMBITO DE LOS EQUIPOS DE MONITOREO REMOTO Y OPERACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA INCLUIDOS AQUELLOS QUE SUMINISTRAN CONTACTO POR VIDEO PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE INFORMACIÓN COMERCIAL Y/O PUBLICITARIA AL
CLIENTE, A SABER, SUMINISTRO DE SERVICIOS DE A T E N C I Ó N A L C L I E N T E [ I N F O R M A C I Ó N Y ASESORAMIENTO COMERCIAL AL CONSUMIDOR] Y DE SERVICIOS DE CONSULTAS COMERCIALES SOBRE PRODUCTOS POR MEDIO TELEFÓNICO, POR CORREO ELECTRÓNICO Y POR VIDEO-CONFERENCIA PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN SOBRE EL CUIDADO DE LA SALUD; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO COMERCIAL AL CLIENTE POR MEDIO TELEFÓNICO, POR CORREO ELECTRÓNICO Y POR VIDEO-CONFERENCIA PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE CONSULTORÍA PROFESIONAL EN NEGOCIOS EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA MANO DE OBRA; ORGANIZACIÓN COMERCIAL Y SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA SALUD Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, PARA IDENTIFICAR, EVALUAR, MONITOREAR Y MEJORAR LA CALIDAD Y LA CONFIABILIDAD DE LAS PRÁCTICAS, LOS PROCEDIMIENTOS, LOS SERVICIOS Y LAS INSTALACIONES; SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE NEGOCIOS EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA SALUD Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, PARA IDENTIFICAR, EVALUAR, MONITOREAR Y MEJORAR LA GESTIÓN DE LA PRÁCTICA MÉDICA, LOS PROCESOS COMERCIALES, LOS SERVICIOS DE GESTIÓN COMERCIAL Y LAS INSTALACIONES MÉDICAS; SERVICIOS DE GESTIÓN DE ACTIVOS [GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES], A SABER, INFORME DE HISTORIALES EN SERVICIO, UTILIZACIÓN DE ACTIVOS M É D I C O S , F I N A L I Z A C I Ó N D E I N F O R M A C I Ó N D E PRODUCTOS VITALES Y REEMPLAZO DE COSTOS R E L A T I V O S A L D I A G N Ó S T I C O M É D I C O , E Q U I P O S BIOMÉDICOS Y CLÍNICOS; SERVICIOS DE FACTURACIÓN E N E L Á M B I T O D E L C U I D A D O D E L A S A L U D ; SUMINISTRO DE REVISIÓN INDEPENDIENTE DE ENSAYOS CLÍNICOS A LOS FINES COMERCIALES; GESTIÓN Y CONSULTORÍA COMERCIAL EN EL ÁMBITO DE LOS E N S A Y O S C L Í N I C O S , A S A B E R , S U M I N I S T R O D E I N F O R M A C I Ó N D E S E R V I C I O S D E G E S T I Ó N ; CONSULTORÍA PROFESIONAL EN NEGOCIOS EN LOS ÁMBITOS DE LA GESTIÓN DE OPERACIONES PARA EL C U I D A D O D E L A S A L U D Y D E L A G E S T I Ó N D E O P E R A C I O N E S H O S P I T A L A R I A S ; S E R V I C I O S D E CONSULTORÍA DE FORMACIÓN Y DESARROLLO DE N U E V A S E M P R E S A S C O M E R C I A L E S ; P R O M O C I Ó N [PUBLICIDAD] DEL INTERÉS PÚBLICO DE EDUCACIÓN, R E C O N O C I M I E N T O , A V A N C E P R O F E S I O N A L Y LIDERAZGO PARA EJECUTIVOS Y GERENTES DE ÉLITE E N S O C I E D A D E S Y E M P R E S A S D E S E R V I C I O S P R O F E S I O N A L E S ; C O N S U L T O R Í A E N G E S T I Ó N C O M E R C I A L E N E L Á M B I T O D E L D E S A R R O L L O EJECUTIVO Y DE LIDERAZGO EN EL ÁMBITO DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE PROMOCIÓN [PUBLICIDAD] CON FINES DE BENEFICENCIA PARA LA O R G A N I Z A C I Ó N D E G R U P O S J U V E N I L E S P A R A EMPRENDER PROYECTOS PARA BENEFICIAR A LOS NECESITADOS Y A LA COMUNIDAD PARA INCENTIVAR EL LIDERAZGO, EL CARÁCTER, LA COMPASIÓN Y LA BUENA CIUDADANÍA; SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN LA GESTIÓN COMERCIAL Y EL DESARROLLO DE LIDERAZGO COMERCIAL; SERVICIOS DE GESTIÓN COMERCIAL DE VENDEDORES PARA INSTALACIONES
PARA EL CUIDADO DE LA SALUD; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN DE REEMBOLSO DE COMPARACIÓN DE MERCADO [BENCHMARKING] Y DE OTRA INTELIGENCIA DE MERCADO A ORGANIZACIONES PARA EL CUIDADO D E L A S A L U D ; P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] D E COLABORACIÓN EN LAS COMUNIDADES CIENTÍFICAS, MÉDICAS Y DE INVESTIGACIÓN PARA LOGRAR AVANCES EN EL ÁMBITO DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DE GERENCIA (MSO) P A R A E L C U I D A D O D E L A S A L U D [ G E S T I Ó N D E NEGOCIOS], A SABER, SUMINISTRO DE SERVICIOS DE A P O Y O A D M I N I S T R A T I V O Y G E R E N C I A L Y D E O R G A N I Z A C I Ó N D E P R Á C T I C A S A M É D I C O S O A P E Q U E Ñ A S P R Á C T I C A S G R U P A L E S ; P R O M O C I Ó N [PUBLICIDAD] DE LA CONCIENCIA PÚBLICA DE LA PREVENCIÓN DEL TRAUMA DE NACIMIENTO Y DE LA S E G U R I D A D P E R I N A T A L ; A D M I N I S T R A C I Ó N D E S E R V I C I O S Y P R O G R A M A S D E R E E M B O L S O F A R M A C É U T I C O [ G E S T I Ó N D E N E G O C I O S COMERCIALES].
Clase: 37
SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO [REPARACIÓN, I N S T A L A C I Ó N Y M A N T E N I M I E N T O ] , A S A B E R , RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS DEL TIPO DE REPARACIÓN DE DISPOSITIVOS Y EQUIPOS MÉDICOS, EQUIPOS DE M O N I T O R E O R E M O T O , D I S P O S I T I V O S M Ó V I L E S , T E L E C O M U N I C A C I O N E S Y D I S P O S I T I V O S TECNOLÓGICOS PERSONALES; SERVICIOS DE SOPORTE T É C N I C O [ R E P A R A C I Ó N , I N S T A L A C I Ó N Y M A N T E N I M I E N T O ] , A S A B E R , R E S O L U C I Ó N D E PROBLEMAS DEL TIPO DE REPARACIÓN DE HARDWARE DE COMPUTADORA; SERVICIOS DE REPARACIÓN PARA EQUIPOS DE DIAGNÓSTICO MÉDICO POR IMÁGENES, CLÍNICOS Y BIOMÉDICOS.
Clase: 44
SUMINISTRO DE CONSULTORÍA E INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA RESPUESTA MÉDICA A EMERGENCIAS PARA HOSPITALES; SERVICIOS PARA EL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, SUMINISTRO DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA ÉTICA EN EL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE TELESALUD, A SABER, SUMINISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE EL CUIDADO DE LA SALUD POR TELÉFONO; SERVICIOS DE TELESALUD, A SABER, MONITOREO DE LA SALUD DE LAS PERSONAS MEDIANTE EL USO DE INFORMACIÓN ELECTRÓNICA Y TECNOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN; MONITOREO DE LA SALUD DE LAS PERSONAS MEDIANTE EL USO DE INFORMACIÓN ELECTRÓNICA Y TECNOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN; P R O G R A M A S D E G E S T I Ó N D E E N F E R M E D A D E S [SERVICIOS DE SALUD]; SERVICIOS DE CUIDADO DE LA S A L U D , A S A B E R , P R O G R A M A S D E B I E N E S T A R ; S U M I N I S T R O D E I N F O R M A C I Ó N S O B R E S A L U D ; SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN EL ÁMBITO DE LA SALUD Y EL BIENESTAR; SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, SUMINISTRO DE UNA PLATAFORMA BASADA EN LA WEB EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS QUE PERMITAN QUE LOS USUARIOS RASTREEN, RECOJAN, REGISTREN Y ANALICEN DATOS SOBRE SALUD, ESTILO DE VIDA Y BIOMETRICA PERSONAL; SERVICIOS DE SALUD, A SABER, SUMINISTRO DE UNA BASE DE DATOS Y MATERIALES DE EDUCACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE
ENFERMEDADES CRÓNICAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, L A D I A B E T E S , L A D I S F U N C I Ó N C O R O N A R I A CONGESTIVA, EL ASMA, LA ENFERMEDAD PULMONAR OBSTRUCTIVA CRÓNICA (EPOC), LA OBESIDAD Y LA HIPERTENSIÓN, Y CON INTRODUCCIÓN Y RECOLECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN A LOS FINES DE TODO DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA SALUD Y EL BIENESTAR MEDIANTE UNA PÁGINA WEB; SUMINISTRO DE UNA PÁGINA WEB DE INTERNET PARA PACIENTES Y PROFESIONALES DEL CUIDADO DE LA SALUD QUE PERMITA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN EN M A T E R I A D E S A L U D D E S D E L U G A R E S R E M O T O S MEDIANTE EL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE MONITOREO DE PACIENTES QUE PROPORCIONE INFORMACIÓN A LA PÁGINA WEB A LA QUE PUEDA A C C E D E R S E E N T I E M P O R E A L P O R P A R T E D E PROFESIONALES DEL CUIDADO DE LA SALUD A LOS F I N E S D E L M O N I T O R E O Y E L D I A G N Ó S T I C O D E CONDICIONES MÉDICAS; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, CONSULTORÍA E INFORMACIÓN MÉDICA; MONITOREO REMOTO DE DATOS INDICATIVOS DE LA SALUD O DE LAS CONDICIONES DE UNA PERSONA O DE UN GRUPO DE PERSONAS; SUMINISTRO DE UN PORTAL DE UNA PÁGINA WEB DE INTERNET CON INFORMACIÓN SOBRE LA SALUD Y EL BIENESTAR; SERVICIOS DE CONSULTORÍA RELATIVOS A LA SALUD Y E L B I E N E S T A R ; I N F O R M A C I Ó N S O B R E S A L U D S U M I N I S T R A D A P O R T E R C E R O S P O R M E D I O TELEFÓNICO, POR CORREO ELECTRÓNICO Y POR VIDEO-CONFERENCIA; SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, SUMINISTRO DE INSTALACIONES DE CUIDADO DE LA SALUD DEL TIPO DE HOSPITALES, INSTALACIONES DE CUIDADO A LARGO PLAZO, CLÍNICAS Y CENTROS DE BIENESTAR; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CUIDADO D E L A S A L U D , H O S P I T A L E S P A R A E N F E R M O S TERMINALES, SERVICIOS ORGANIZADOS DE CUIDADO DE LA SALUD Y CUIDADO DE LA SALUD DEL TIPO DE ORGANIZACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA SALUD Y SERVICIOS DE SUMINISTRO DE REHABILITACIÓN Y TERAPIA FÍSICA Y OCUPACIONAL, RASTREO DE DROGAS, EXÁMENES MÉDICOS, SERVICIOS DE ENFERMERÍA, SERVICIOS PARA PACIENTES AMBULATORIOS, CENTROS DE SALUD PARA USO TERAPÉUTICO, SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD PARA MUJERES, SERVICIOS DE CIRUGÍA, SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD PARA LA TERCERA EDAD, SERVICIOS DE DIAGNÓSTICO Y T R A T A M I E N T O D E L A D I A B E T E S , S E R V I C I O S D E DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO ONCOLÓGICO, CUIDADO DE HERIDAS Y SERVICIOS MÉDICOS DE EMERGENCIA; CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE ASESORAMIENTO EN MATERIA DE SALUD MENTAL CLÍNICA; SERVICIOS DE INFORMACIÓN MÉDICA, A SABER, INFORME DE R E S U L T A D O S D E A N Á L I S I S C L Í N I C O S D E CONSUMIDORES AUTORIZADOS DIRECTAMENTE AL PACIENTE; SERVICIOS TURÍSTICOS MÉDICOS Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, ESTABLECIMIENTO Y MANTENIMIENTO DE UNA RED DE SUMINISTRO DE CUIDADO DE LA SALUD EN PAÍSES EXTRANJEROS PARA EL SUMINISTRO DE SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, SERVICIOS DE CUIDADO DE LA SALUD INTEGRADOS CON UNA RED DE PRESTADORES DE CUIDADO DE LA S A L U D I N T E R N A C I O N A L E S ; S E R V I C I O S D E
CONSULTORÍA EN EL ÁMBITO DE LA SALUD Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, REDUCCIÓN DEL TRAUMA DE NACIMIENTO, MITIGACIÓN DEL RIESGO Y MEJORA DE RESULTADOS DE SEGURIDAD DE PACIENTES; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA OBSTETRICIA.
Presentada: ocho de octubre, del año dos mil trece. Expediente. Nº 2013-003855 . Managua, dieciséis de octubre, del año dos mil trece. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.
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Reg. 22179 – M. 460346 – Valor C$ 435.00
De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Sölen, clase 30 I n t e r n a c i o n a l , E x p . 2 0 1 1 - 0 0 3 2 0 8 , a f a v o r d e P A V E C O INTERNATIONAL CORP., de Panamá, bajo el No.2013099245 Folio 192 , Tomo 312 de Inscripciones del año 2013, vigente hasta el año 2023.
Registro de la Propiedad Intelectual, Managua uno de Octubre, del 2013. Erwin Ramirez C. Registrador Suplente.
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Reg. 22180 – M. 60249 – Valor C$ 435.00
De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio SOMETHING SPECIAL, clase 33 Internacional, Exp.2011-000294, a favor de Hill, Thomson & Co. Limited., de Reino Unido, bajo el No.2013099262 Folio 209 , Tomo 312 de Inscripciones del año 2013, vigente hasta el año 2023.
Registro de la Propiedad Intelectual, Managua dos de Octubre, del 2013. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.
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Reg. 22181 – M. 60389 – Valor C$ 435.00
De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios soyJAPI, clase 38 Internacional, Exp.2011-000807, a favor de Comunicaciones IBW El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, de El Salvador, bajo el No.2013099315 Folio 7 , Tomo 313 de Inscripciones del año 2013, vigente hasta el año 2023.
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Reg. 22182 – M. 60419 – Valor C$ 435.00
De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio veyx, clase 3 Internacional, Exp.2011-000645, a favor de Veyx-Pharma GmbH., de Alemania, bajo el No.2013099311 Folio 3 , Tomo 313 de Inscripciones del año 2013, vigente hasta el año 2023.
Registro de la Propiedad Intelectual, Managua trés de Octubre, del 2013. Erwin Ramirez C. Registrador Suplente.
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Reg. 22183 – M. 1605075 – Valor C$ 435.00
MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) Especial de American Express Marketing & Development Corp. de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Servicios:
Descripción y Clasificación de Viena: 260401, 260418 y 260424 Para proteger:
Clase: 36
SERVICIOS FINANCIEROS, A SABER SERVICIOS DE T A R J E T A S D E C R É D I T O Y D E C A R G O , C L A S E 3 6 INTERNACIONAL.
Presentada: dieciséis de octubre, del año dos mil trece. Expediente. N° 2013-003995. Managua, veintidos de octubre, del año dos mil trece. Opóngase. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.
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Reg. 22184 – M. 1605074 – Valor C$ 435.00
MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) Especial de American Express Marketing & Development Corp. de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Servicios:
Descripción y Clasificación de Viena: 020101 y 200516 Para proteger:
Clase: 36
Registro de la Propiedad Intelectual, Managua tres de Octubre, del 2013. Erwin Ramirez C. Registrador Suplente.
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Reg. 22185 – M. 1597493 – Valor C$ 630.00
JULIAN JOSE BENDAÑA ARAGON, Apoderado (a) de Ascension Health Alliance de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Servicios:
Descripción y Clasificación de Viena: 270512 Para proteger:
Clase: 35
SERVICIOS DE PROMOCIÓN [PUBLICIDAD] DE LA CONCIENCIA DE LA NECESIDAD DE PREPARACIÓN ANTE EMERGENCIAS; GESTIÓN DE NEGOCIOS VINCULADOS CON LA OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE SALUD COMPROMETIDO CON HOSPITALES, CLÍNICAS MÉDICAS, HOGARES DE ANCIANOS, INSTALACIONES DE CUIDADOS AGUDOS, INSTALACIONES DE CUIDADO A LARGO PLAZO, CENTROS DE BIENESTAR, INSTALACIONES DE VIDA ASISTIDA Y CONGREGADA, CENTROS DE CIRUGÍA AMBULATORIA, CENTROS DE CUIDADOS URGENTES, CENTROS DE IMÁGENES, CENTROS ONCOLÓGICOS, CENTROS DE REHABILITACIÓN, FARMACIAS, CENTROS D E S A L U D Y T E R A P I A F Í S I C A , C E N T R O S D E C O N V A L E C E N C I A , C E N T R O S D E C U I D A D O S CORONARIOS, HOGARES DE CUIDADOS DE LA SALUD Y CENTROS DE CUIDADOS PARA ENFERMOS TERMINALES; SERVICIOS DE PROMOCIÓN [PUBLICIDAD] PRESTADOS POR UNA ASOCIACIÓN, DESTINADOS A PROMOVER EL INTERÉS DE PACIENTES MÉDICOS Y ACCESO A LA I N D U S T R I A D E L C U I D A D O D E L A S A L U D Y S U C R E C I M I E N T O ; S E R V I C I O S D E P R O M O C I Ó N [PUBLICIDAD] DE LA CONCIENCIA PÚBLICA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD, EL ACCESO A COBERTURAS DE CUIDADO DE LA SALUD PARA TODOS, LA REFORMA DEL CUIDADO DE LA SALUD, LA SALUD, LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES, EL CONTROL DE COSTOS DEL CUIDADO DE LA SALUD, LA GESTIÓN DE ENFERMEDADES CRÓNICAS, EL CUIDADO DE LA SALUD, LA POLÍTICA DEL CUIDADO DE LA SALUD Y LA GESTIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS D E P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA EN EL ÁREA DE LA COLABORACIÓN ENTRE ESCUELAS, ORGANIZACIONES BASADAS EN LA COMUNIDAD, COMERCIOS, EL GOBIERNO, AGENCIAS DE SERVICIOS HUMANITARIOS Y DE SALUD Y LÍDERES Y ORGANIZADORES COMUNALES, PARA IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA EN EL ÁREA DE COLABORACIÓN ENTRE O R G A N I Z A C I O N E S S I N F I N E S D E L U C R O , D E
BENEFICENCIA Y COMUNITARIAS PARA IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE P R O M O C I Ó N [ P U B L I C I D A D ] C O N F I N E S D E BENEFICENCIA QUE CONSISTEN EN IDENTIFICAR, PROMOVER Y PROMOCIONAR LA CONCIENCIA PÚBLICA D E N E C E S I D A D E S R E L A T I V A S A L A S A L U D D E COMUNIDADES DE BAJOS INGRESOS; SERVICIOS DE DESARROLLO COMERCIAL [GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES], A SABER, SUMINISTRO DE APOYO INICIAL EN COMUNIDADES URBANAS PARA NEGOCIOS D E T E R C E R O S ; S U M I N I S T R O D E C O N S U L T O R Í A C O M E R C I A L P A R A S O C I E D A D E S E M E R G E N T E S E INICIALES; CONSULTORÍA COMERCIAL EN EL ÁMBITO D E L D E S A R R O L L O D E P L A N E S C O M E R C I A L E S ; A S I S T E N C I A A T E R C E R O S E N L A C R E A C I Ó N Y D E S A R R O L L O D E P L A N E S C O M E R C I A L E S , D E R I V A C I O N E S M É D I C A S , D E R I V A C I O N E S E N E L ÁMBITO DE LOS EQUIPOS DE MONITOREO REMOTO Y OPERACIÓN DE CENTROS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA INCLUIDOS AQUELLOS QUE SUMINISTRAN CONTACTO POR VIDEO PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE INFORMACIÓN COMERCIAL Y/O PUBLICITARIA AL CLIENTE, A SABER, SUMINISTRO DE SERVICIOS DE A T E N C I Ó N A L C L I E N T E [ I N F O R M A C I Ó N Y ASESORAMIENTO COMERCIAL AL CONSUMIDOR] Y DE SERVICIOS DE CONSULTAS COMERCIALES SOBRE PRODUCTOS POR MEDIO TELEFÓNICO, POR CORREO ELECTRÓNICO Y POR VIDEO-CONFERENCIA PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN SOBRE EL CUIDADO DE LA SALUD; SUMINISTRO DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO COMERCIAL AL CLIENTE POR MEDIO TELEFÓNICO, POR CORREO ELECTRÓNICO Y POR VIDEO-CONFERENCIA PARA TERCEROS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN DEL CUIDADO DE LA SALUD; SERVICIOS DE CONSULTORÍA PROFESIONAL EN NEGOCIOS EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA MANO DE OBRA; ORGANIZACIÓN COMERCIAL Y SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA SALUD Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, PARA IDENTIFICAR, EVALUAR, MONITOREAR Y MEJORAR LA CALIDAD Y LA CONFIABILIDAD DE LAS PRÁCTICAS, LOS PROCEDIMIENTOS, LOS SERVICIOS Y LAS INSTALACIONES; SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE NEGOCIOS EN EL ÁMBITO DE LA GESTIÓN DE LA SALUD Y DEL CUIDADO DE LA SALUD, A SABER, PARA IDENTIFICAR, EVALUAR, MONITOREAR Y MEJORAR LA GESTIÓN DE LA PRÁCTICA MÉDICA, LOS PROCESOS COMERCIALES, LOS SERVICIOS DE GESTIÓN COMERCIAL Y LAS INSTALACIONES MÉDICAS; SERVICIOS DE GESTIÓN DE ACTIVOS [GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES], A SABER, INFORME DE HISTORIALES EN SERVICIO, UTILIZACIÓN DE ACTIVOS M É D I C O S , F I N A L I Z A C I Ó N D E I N F O R M A C I Ó N D E PRODUCTOS VITALES Y REEMPLAZO DE COSTOS R E L A T I V O S A L D I A G N Ó S T I C O M É D I C O , E Q U I P O S BIOMÉDICOS Y CLÍNICOS; SERVICIOS DE FACTURACIÓN E N E L Á M B I T O D E L C U I D A D O D E L A S A L U D ; SUMINISTRO DE REVISIÓN INDEPENDIENTE DE ENSAYOS CLÍNICOS A LOS FINES COMERCIALES; GESTIÓN Y CONSULTORÍA COMERCIAL EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS, A SABER SERVICIOS DE
T A R J E T A S D E C R É D I T O Y D E C A R G O , C L A S E 3 6 INTERNACIONAL.
Presentada: dieciséis de octubre, del año dos mil trece. Expediente. N° 2013-003994. Managua, veintiocho de octubre, del año dos mil trece. Opóngase. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.