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PLAN
DE SEGURIDAD INTEGRAL
COLEGIO SAN JOSE
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INTRODUCCION
El colegio San José de la Serena desde su proyecto inicial registrado en PEI institucional, ha dado un rol preponderante a los programas que se relacionan con el cuidado y resguardo de los miembros de la comunidad escolar, en lo relativo a la salud mental, física y laboral de sus miembros.
Es por ello que cada una de las líneas de desarrollo que promueve y propone este proyecto, contienen la idea de la prevención, del recto educar y de la salud (prevensión, vida saludable, alimentación saludable, buen clima laboral y humano, etc… ). En lo concreto, contamos con directrices en la línea pedagógica, así como en la línea de la formación de valores de los estudiantes y profesionales docente y no docentes, que continuamente promueven el autocuidado, el respeto y la preocupación por el prójimo.
La idea de prevención en nuestro establecimiento pasa por estas tres grandes consideraciones, o sea, por el autocuidado y seguridad, por el respeto, y adicionalmente, por la consideración del prójimo, que alude directamente a otras áreas de la salud organizacional, grupal e individual. Estamos en proceso de certificación como colegio de vida saludable, hemos diseñado un plan conjunto con estudiantes, docentes y familias sobre prácticas que prevengan la obesidad; hemos realizado capacitaciones continuas de autocuidado personal y hemos diseñado nuestro propio proyecto de vida afectiva y sexualidad humana; se han implementado una serie programas de prevención en temáticas de seguridad diversas, así como también se ha ingresado al Plan de Convivencia escolar, algunos apartados y ejes de trabajo sobre seguridad preventiva, que busca educar y hacer cultura con los estudiantes. Para llevar a cabo estos propósitos, tenemos nuestro propio proyecto de escuela segura a través de una alianza profesional entre nuestro establecimiento y Mutual de Seguridad, institución, que complementa nuestros planes de acción y programas preventivos y nos asesora de forma continua sobre la base de nuestro Plan de Seguridad Integral.
A continuación se entrega una breve síntesis de esta alianza, describiendo el funcionamiento de Mutual de Seguridad y su participación en nuestros programas preventivos y de escuela segura.
ACERCA DE MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA
DE LA CONSTRUCCION
En 1957, el instituto nacional del trabajo (IST) y al mismo tiempo la Asociación Chilena de Seguridad. Con posterioridad, se crea, en 1963, La Mutual De Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (MSCCHC). Luego en el año 1968 se promulga la ley 16.744, que establece el seguro social obligatorio de accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales, y que reconoce explícitamente a estas corporaciones como administradoras de este seguro.
En el año 1968, se deroga el decreto N° 221 y, en articulo 1.o- de la ley 16.744, se dispone que la Mutualidades de empleadores son corporaciones regidas por el título XXXIII del libro I del Código Civil, qué tienen por fin administrar, sin ánimo de lucro, el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de acuerdo con las disposiciones de esta ley. Las cuales han sido autorizadas por el Presidente de la República.
Posteriormente el artículo 14 de la ley 19.303, publicada 13/04/1994, incorporó como accidente del trabajo los daños físicos y psíquicos que sufran los trabajadores de las empresas, entidades o establecimientos que sean objeto de robo, asalto u otra forma de violencia delictual, a causa o con ocasión
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del trabajo.
Las patologías que menciona la ley laboral, entendidas como enfermedades psicológicas asociadas al derecho de la salud mental del trabajador, son las siguientes: Artículo 19 N° 13 define que “Las neurosis profesionales incapacitantes pueden adquirir distintas formas de presentación clínica, tales como: trastorno de adaptación, trastorno de ansiedad, depresión reactiva, trastorno por somatización y por dolor crónico”.
Con motivo de tener una visión más objetiva de que es una mutual, se especifica su accionar: Este es un organismo administrador de la ley 16.744 y que tiene por objetivo proteger al trabajador mediante programas preventivos y de capacitación; otorgar prestaciones médicas; conceder indemnizaciones, a todos quienes hayan sido víctimas de un siniestro o enfermedad profesional en su trabajo. Y tiene por objetivos promover el descenso de los accidentes laborales y enfermedades profesionales en su trabajo, cumplir con los principios de responsabilidad empresarial social.
El trabajo de las mutuales significa la aplicación de modernos planes preventivos, concebidos en el marco de estrategias productivas, los cuales permiten la ejecución de procesos más eficientes, incluso incorporando acciones en el medio ambiente y contra el consumo de drogas.
De este modo, desde 1968 a la fecha, el índice de accidentabilidad laboral se ha reducido de un 35.2% a 7.3% anual. Lo que implica un descenso de accidentes por año de alrededor de 700.000 casos.
En este contexto la mutual de seguridad ha desarrollado un programa especial para abordar situaciones de emergencia en el ámbito laboral, donde habitualmente se presentan situaciones críticas que generan consecuencias psicológicas graves, estas consecuencias se manifiestan en licencias y una baja en el rendimiento del individuo en su puesto de trabajo y también porque no mencionar en su rol familiar.
A partir del año 2015, ha sido exigencia del Minsal en asociatividad con las Mutualidades Inspección del Trabajo y las propias Orgganizaciones Educacionales Escolares, el levantamiento de los riesgos Psicolaborales y Psicosociales, por medio de una metodología de trabajao, cuya herramienta central de diagnóstico, es el ISTAT21; ha de ser por medio de esta acción, que los eventuales riesgos que los trabajadores de la institución pudiesen tener, quedan pesquisados y organizados en dimensiones y variables según su nivel de gravedad, en orden a intervenirlos y disminuir dichos riesgos, variables o dimensones de corresponder. Se adjunta al final de este documento, la evaluación e informe Istat 21 realizada por nuestra institución en el año 2017; vigente a la fecha de este año 2018, según consta en este mismo informe.
COLEGIO SAN JOSE DE LA SERENA Y MUTUAL DE SEGURIDAD
En el marco del desarrollo de políticas preventivas, el colegio San José, particularmente en su proyecto de escuela segura se ha asesorado por Mutual de Seguridad para cumplir con objetivos comunes tales como:
1.- Generar políticas y acuerdos sobre acciones preventivas, tanto para los estudiantes como para sus
trabajadores y la comunidad escolar.
2.- Construir planes y estrategias para el afrontamiento de emergencias escolares.
3.- Diseñar planes de evacuación en caso de siniestros o catástrofes naturales por medio de planificación de
contingencia.
4.- Trabajar de forma continua entre el comité paritario y asesor experto, prevencionista de riesgo asignado
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5.- Realizar levantamiento de Riesgos Psicosociales y generar reportes al respecto, en orden a tomar medidas
reparatorias y en el caso de así requerirse.
Esta coordinación interinstitucional potencia, a la vez que profesionaliza las exigencias que el ministerio de salud solicita como necesaria para la comunidad escolar, puesto que a la experiencia que tiene el propio colegio sobre la seguridad y prevención escolar, se suma la expertiz y dominio de un prevencionista de riesgo que realiza indicaciones para las acciones y medidas concretas de prevención dentro del establecimiento. Estas indicaciones devienen de una serie de capacitaciones que programadas durante el año actualizan al personal administrativo, docentes, centro de padres y apoderados, y auxiliares.
Las capacitaciones que anualmente, y que desde el año 2010 (a la fecha, año 2018) se realizan son las siguientes:
1.- Capacitación en uso y manejo de extintores. 2.- Capacitación en psicología de la emergencia. 3.- Capacitación en primeros auxilios.
4.- Capacitación ante emergencias asociadas a catástrofes naturales. 5.- Capacitación a comité paritario.
6.- Capacitación sobre auto cuidado y salud mental.
7.- Levantamiento de riesgos psicosociales (ISTAS)
8.- Educación en actualización de derechos laborales y sociales en el área preventiva según consta en la ley
16,744.-
A todas estas capacitaciones se le adicionan dos acciones muy importantes en la actualización de los estamentos que participan en ellas, a saber:
1.- Certificación anual de los participantes.
2.- Verificación de la puesta en marcha de las acciones preventivas por parte de profesionales de
Mutual de Seguridad, quienes realizan auditoria y visitas periódicas de seguimiento del programa.
Estos programas van desde el diseño general hasta los pasos prácticos e incluyen mejoras continuas que implican renovación de vestimenta de seguridad para los auxiliares, revisión de instalaciones, refuerzo de puntos críticos. Con todo lo anterior y por medio de la alianza Colegio San José y Mutual de Seguridad se cumple con los objetivos descritos como necesarios en el PEI del colegio, sobre prevención de riesgo, escuela segura y seguridad laboral y psicosocial de sus trabajadres y comunidad educativa.
El Colegio cuenta con la validación de todo su sistema con la correspondiente visación de expertos de la Mutual de Seguridad, que de manera continua nos hacen los aportes de mejorar y apoyar a las políticas de autocuidado en lo que significa la comunidad educativa en general. Además de brindar las capacitaciones necesarias con una preparación óptima en las diferentes áreas de seguridad requeridas.
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INDICE
1. PLAN DE CONTINGENCIAS PÁG. 6 2. OBJETIVOS GENERALES. PÁG. 6 3. OBJETIVOS ESPECIFICOS. PÁG. 6 4. ORGANIZACION. PÁG. 7 5. SISTEMA DE COMUNICACIONES. PÁG. 8 6. INSTALACIONES. PÁG. 9 7. PROCEDIMIENTOS. PÁG. 107.1.- En caso de Accidente del Trabajo. PÁG.12
7.2.- En caso de Accidente de Trayecto. PÁG. 16
7.3.- En caso de Accidente a un Alumno. PÁG. 21
7.4.- En caso de Accidente de Trayecto Alumno. PÁG. 27
7.5.- En caso de Incendio. PÁG. 31
7.6.- En caso de Movimiento Telúrico Fuerte. PÁG. 37
7.7.- En caso de Tsunami. PÁG. 53
7.8.- En Caso de Amenaza de Bomba o Art. Expl. PÁG. 56 8. OTROS PROTOCOLOS Y PROCEDIMIENTOS. PÁG. 60
8.1.- Protocolos de Enfermería. PÁG. 60 9. ANEXO AREA DE SALUD LABORAL INFORME ISTAS PÁG.86. AÑO 2017-2018.
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DETALLES PLAN DE SEGURIDAD INTEGRAL
COLEGIO SAN JOSE DE LA SERENA AÑO 2018
1. PLAN DE CONTINGENCIAS
Se define este Plan de Actuación en caso de emergencias, al conjunto de acciones y procedimientos destinados a controlar en un tiempo reducido, una situación imprevista y que ponga en riesgo tanto a las personas que guardan relación con este establecimiento educacional como a las instalaciones del mismo.
2. OBJETIVO GENERAL
1. La misión de este establecimiento educacional pretende evitar y prevenir la ocurrencia de incidentes
con lesiones a las personas como es el caso de Educadores, Funcionarios, Alumnos, Padres y/o Apoderados, o bien todo aquel que por razones educativas de los alumnos se encuentre en el establecimiento.
2. Evitar el daño a la propiedad producto de las emergencias que puedan ocurrir en el establecimiento,
y de estas reducir las consecuencias al entorno, en lo que respecta a lesiones de terceros como a los daños y perjuicios materiales de quienes rodean al establecimiento.
3.OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Conducir, llevar y/o dirigir a todos los seres humanos que en el momento de la ocurrencia de una
emergencia se encuentren en el establecimiento educacional, a las zonas de seguridad preestablecidas para cada uno de los niveles, con tal de evitar la ocurrencia de lesiones a quienes integran la comunidad del establecimiento educacional.
2. Evitar la ocurrencia de daños materiales internos y que a su vez estos pudieren provocar daños
físicos como materiales a terceros.
3. Lograr que la comunidad educacional se dirija a las zonas de seguridad preestablecidas y si es necesario
lograr la evacuación del establecimiento del modo más eficaz, cuidando la integridad física de las personas de la comunidad educacional del establecimiento educaciona
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4. ORGANIZACION
El personal que se encuentre trabajando en el establecimiento educacional como también Alumnos, Padres, Apoderados y otros relacionados que por razones educativas de los alumnos se encuentre en este, deberán proceder a enfrentar una emergencia de acuerdo a las pautas que se indican a continuación, en coordinación con el personal del colegio, siguiendo las instrucciones y protocolos que establece este instrumento.
Los líderes del establecimiento en todo momento son según se indica, y a falta de alguno de estos, lo suplirán los siguientes funcionarios que a continuación se detallan:
Líder 1.-
Señor(a). MARTA VELÁSQUEZ GONZÁLEZ; a falta de este;
Líder 2.-
Señor. HUGO TOLEDO GONZÁLESLíder 3.-
Señor FERNANDO HERNÁNDEZ GODOY; a falta de este;
Líder 4.-
Señor(a). TERESITA VELÁSQUEZ. GONZÁLEZ; a falta de este;Líder 5.-
Señor. JENNIFER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ; a falta de este;Líder 6.-
Señor(a). BERNARDITA VALENZUELA OLIVARES; a falta de este;Pág
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5.SISTEMAS DE COMUNICACIONES.
Las consideraciones que se han tomado para la comunicación con el personal del establecimiento educacional como también entidades externas obedecen a una adecuada acción de apoyo en el manejo de una situación de emergencia para lo cual se empleará el canal telefónico con quienes se ubican en el exterior del establecimiento, de acuerdo a lo detallado y otros canales como es el caso del Timbre y la Campana para aquellos que se ubiquen en el interior de este.
5.1. COMUNICACION CON PERSONAL DE LA ORGANIZACION
Todo evento detectado, por cualquier miembro de la comunidad educativa, debe ser notificado al Encargado de Seguridad, quien adicionalmente es el Presidente del Comité de Higiene y Seguridad del establecimiento, señor Fernando Hernández Godoy, al mismo tiempo, de no poder contactarse con el señor Hernández, dará aviso a las autoridades y funcionarios que abajo se designan. Por otra parte, y ya una vez informado, el señor Hernández avisará a quienes figuran en cuadro abajo descrito:
1 Directora Sr. Marta Velásquez González, a los fonos 512 276062 y/o 984484757
2 Hugo Toledo G., a los fonos 953700856 953700856
3 Jennifer González R., a los fonos 512 216908 y/o 944365351
4 Teresita Velásquez González, a los fonos 512 621203 y / o 982768090
5 Bernardita Valenzuela Olivares, los fonos 512 480355 y / o 95061679
6 Hada Donoso Marían, a los fonos 977954101
5.2. COMUNICACION CON ENTIDADES EXTERNAS A LA ORGANIZACION
En el caso que corresponda se deberá tomar contacto con:
N° INSTITUCION DE ENLACE FONOS
1 EMERGENCIA AMBULANCIA / SAMU 131
2 CARABINEROS 133 / PLAN CUADRANTE: 987296425
3 PDI 134 / 512 224488
4 BOMBEROS 132
5 MUTUAL DE SEGURIDAD 512 421800 / 512 421600
7 ONEMI CUARTA REGION 512 212531
8 ASISTENCIA PUBLICA COQUIMBO 512 206242
9 EMERGENCIA ELECTRICA 600-600-3632
10 EMERGENCIA ESSCO 800-511-800
11 DIRECCION PROTECCION CIVIL 512 226732
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7. PROCEDIMIENTOS
Cada uno de estos procedimientos detalla la mejor forma de como actuar en caso de ocurrir uno de los eventos no deseados que se indican a continuación.
Dirección Colegio
Sra. Marta Velásquez González
Coordinador General de Emergencia Fernando Hernández
Protección Civil y Emergencia de la Comuna
Carabineros Bomberos Dirección Provincial de Educación
Comité de Emergencia del
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Comunicación Apoderados SecretariaSra. Teresa Rivera
ORGANIGRAMA EN ACCION DEL COLEGIO SAN JOSE DE LA SERENA
EN CASO DE EMERGENCIAS
º Coordinador General de Emergencia Sr. Fernando Hernández Encargada General de Plan de Emergencia Sra. Marta VelásquezCoordinadora Srta. Jennifer González Coordinador Sector Norte Sr. Orlando Pavés Coordinador Sector Sur Sr. Claudio Oyarzún C. Coordinador Acceso Principal Sra. Teresita
Velásquez G.
Portería Sr. Herman Chávez
Alarma Principal-Auxiliar Srta. Ingrid
Paredes
Corte Gas Sector Norte Srta. Leontina Rojas
Ramos.
Corte Luz y Agua Sector Sur Sra. Rosa
Galleguillos
Corte corriente eléctrica Sr. Herman Chávez Subdirección
Asistencia General Srta. Erika Pinto G.
Jefa UTP Básica/ Media Sra. Hada Donoso Marín Coordinador
General del Piso Sr. Fernando Hernández
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7.1.- PROCEDIMIENTO POR ACCIDENTE DE TRABAJO COLEGIO SAN JOSE.
1.- NOMBRE.
“ACCIDENTE DE TRABAJO”
2.- DEFINICION.Accidente del Trabajo, “Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que produzca incapacidad o la muerte.”
3.- IMPORTANCIA.
Es fundamental realizar cada paso del modo que se indica con tal de lograr una rápida y eficaz atención de parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C. .
4.- OBJETIVO.
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un accidente del trabajo, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares y todo aquel funcionario del colegio, sean atendidos con rapidez, eficacia, y conformidad en lo que respecta al trámite administrativo previo, a las atenciones médicas que correspondan, y a la investigación administrativa que se derive del caso.
Todo lo anterior conlleva a que nuestros funcionarios logren la rehabilitación que corresponde por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C. en el caso de que la situación presentada corresponda en definitiva a un Accidente del Trabajo.
5.- DESCRIPCION.
Una vez ocurrido el accidente del trabajo se debe proceder de la siguiente manera:
a) Informar a quien se encuentre lo más cercano posible, con precisión de lo ocurrido, y a la vez
auto-actuar con atenciones de primeros auxilios. (Ej: Presión en cortes, Inmovilizaciones, etc...).
b) El afectado se debe dirigir a la enfermería por sus propios medios o con la ayuda de terceros
si la situación lo permite y requiere.
c) Simultáneo al primer punto, el ser más cercano (del punto “a”), debe informar a la brevedad
a la Dirección. (Secretaría y/o Rectoría).
d) El afectado debe esperar las atenciones de primeros auxilios en este lugar, mientras se activa
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e) El afectado post-atenciones previa, se debe dirigir a la Mutual de Seguridad para ser atendido
por los especialistas médicos.
f) La dirección del establecimiento educacional debe comunicar a la Mutual de Seguridad de la
C.Ch. C. de lo ocurrido, e indicar vía telefónica que el afectado se dirige al centro de atención de este Organismo o en caso contrario, solicitará si así se requiere de asistencia inmediata en el lugar de los hechos, dependiendo esto de la gravedad de las lesiones.
g) La dirección elabora un documento que indica la dependencia laboral del funcionario y aportará
con antecedentes preliminares de la ocurrencia del hecho producto de las actividades laborales que se desempeñaban, permitiendo esta acción el ingreso inmediato al sistema administrativo de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., dando paso a la prestación de las atenciones médicas necesarias.
h) El afectado debe dar todas las facilidades a los funcionarios de la Mutual de Seguridad de la
C. Ch. C. con tal de permitir la satisfacción tanto de las atenciones médicas (Ej: informar de alergias, no negarse a los tratamientos, etc...), como de las solicitudes administrativas que el sistema requiere.
6.- REQUIS ITOS.
Lo anterior se enmarca en lo establecido en la Ley 16.744, “Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”.
Serán requisitos exigibles los siguientes:
a) La empresa entregará la declaración individual de accidentes del trabajo (D.I.A.T.), que afecta
al funcionario en particular, como también los registros de asistencia y una copia del contrato de trabajo.
b) El trabajador deberá mantener en todo momento su Cédula de Identidad.
c) El trabajador deberá aportar su propia declaración por escrito en el establecimiento de asistencia
médica de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C.
d) El ingreso a las atenciones médicas se oficializa mediante un documento por parte de la Mutual
de Seguridad de la C. Ch. C.
e) Las altas derivadas de los tratamientos médicos por parte de la Mutual de Seguridad de la C.
Ch. C. son oficializadas con un documento institucional, el cual debe ser entregado al momento a la Dirección de este establecimiento educacional.
7.- PUNTOS CLAVES.
* Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que un funcionario sufra un eventual accidente del trabajo.
* El reglamento interno del establecimiento educacional también forma parte integral y fundamental de este plan de actuación.
* La declaración escrita del afectado es fundamental en la investigación del hecho por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., la cual conlleva a la sanción definitiva del hecho.
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8.- RESPONSABILIDAD.El afectado, será responsable directo de la versión entregada en cuanto a la ocurrencia del accidente. La dirección del establecimiento educacional, será responsable directo de la confección de la
D.I.A.T., certificados de horario de trabajo, contrato de trabajo y la activación del sistema administrativo.
El Comité Paritario de la empresa, es el responsable de la investigación de las causas que
provocaron el accidente.
9.- EMERGENCIAS.
El siguiente es el flujograma que indica el proceder en forma simple.
Accidente
Informa a la Dirección
La Dirección informa a Mutual de Seguridad
Solicita
ambulancia
a Mutual
Si
Requiere
No
ambulancia
Se dirige a Mutual
en otro medio
Accede al traslado
y las atenciones
médicas
Ingresa y accede a las
atenciones médicas
10.- INSTRUCCION.
El presente procedimiento de actuación en el caso de un accidente del trabajo será dirigido por la dirección de la escuela en cuanto a la instrucción a todo el personal del establecimiento educacional por quien esta dirección determine.
A su vez, el programa de capacitación referente a este tema se llevará afecto todos los años para las personas que son estables en la organización, y se dictará cada vez que a esta ingrese un funcionario nuevo.
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11.- OBSERVACION DEL DESEMPEÑO DE ACCIONES DE EMERGENCIA
La observación de los desempeños estará a cargo de la comisión designada por la dirección del colegio, la cual está integrada por:
1.- Sr(a). MARTA VELÁSQUEZ GONZÁLEZ
2.- Sr(a). FERNANDO HERNANDEZ GODOY
3.- Sr(a). MARGARITA LÓPEZ SANTANDER
12.- INSPECCIONES DE LAS CONDICIONES FISICAS.
De las inspecciones de las condiciones físicas del establecimiento se encargará nuestro Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
13.- VIGENCIA.
El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado por los especialistas en esta materia, bajo la aprobación de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C. .
La anterior duración podrá variar siempre y cuando el establecimiento educacional sufra modificaciones en cuanto a su infraestructura, lo cual será determinado al finalizar las obras, para dar paso a la revisión inmediata de este instrumento.
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7.2.- PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE DE TRAYECTO COLEGIO SAN JOSE
1.- NOMBRE
“ACCIDENTE DE TRAYECTO”
2.- DEFINICION.
Accidente de Trayecto, “Son los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.”
3.- IMPORTANCIA.
Es fundamental realizar cada paso del modo que se indica con tal de lograr una atención de parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C, rápida y eficaz para el afectado.
4.- OBJETIVO.
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un accidente de trayecto, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares y todo funcionario del colegio.) sean atendidos con rapidez, eficacia, y conformidad en lo que respecta al trámite administrativo previo, a las atenciones médicas que correspondan, y a la investigación administrativa que se derive del caso.
Todo lo anterior conlleva a que nuestros funcionarios logren la rehabilitación que corresponde por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C. en el caso de que la situación presentada corresponda en definitiva a un Accidente de Trayecto.
5.- DESCRIPCION.
Una vez ocurrido el accidente de trayecto se debe proceder de la siguiente manera:
a) Diríjase al centro de atención médica de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., e informe con precisión de lo ocurrido.
b) Una vez prestadas las atenciones médicas primarias el afectado deberá proceder como se indica:
c) Dar aviso inmediatamente a la dirección del establecimiento educacional del modo más rápido posible (Ejemplo: Llamado telefónico.), con tal de activar el sistema administrativo interno.
d) El afectado deberá proceder a entregar la declaración de los hechos ocurridos mediante un
escrito ante la solicitud de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., como así también los demás antecedentes que esta estime conveniente dentro del marco legal que lo establece.
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ocurrido.
f) Si el afectado hubiese ido acompañado, deberá coordinar la asistencia de a lo menos dos
acompañantes como testigos presenciales de los cuales se requiere su declaración por escrito.
g) La dirección elabora un documento que indica la dependencia laboral del funcionario y
aportará otros antecedentes como es el caso de el horario de trabajo en la semana del accidente y en especíifico del día de ocurrido los h echos, así como también la actividad programada que se desarrollaba.
h) El afectado debe dar todas las facilidades a los funcionarios de la Mutual de Seguridad de
la C. Ch. C. con tal de permitir la satisfacción tanto de las atenciones médicas (Ej: informar de alergias, no negarse a los tratamientos, etc...) como de las solicitudes administrativas que el sistema requiere.
i.) La Mutual de Seguridad dará al afectado un tiempo razonable y prudente para que él
interesado aporte los antecedentes solicitados con tal de acceder a los beneficios que otorga la Ley 16.744.
6.- REQUISITOS.
Lo anterior se enmarca en lo establecido en la Ley 16.744, “Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”.
Serán requisitos exigibles los siguientes:
a) El afectado deberá aportar con su propia declaración por escrito de los hechos acaecidos. b) El afectado deberá demostrar lo que indica en su declaración con:
* La respectiva constancia policial de lo ocurrido.
* Dos testigos presenciales que aporten una declaración escrita ante un personero de la Mutual de Seguridad de C. Ch. C.
* Un certificado de atención médica siempre y cuando haya sido atendido en otro lugar que se presente más cercano al evento ocurrido.
* La cédula de identidad personal.
* Cualquier otro medio de prueba que certifique lo ocurrido. c) La empresa aportará con:
* La declaración Individual de Accidente de Trayecto.
* Un certificado que acredite la jornada laboral de la semana en que ocurrió el hecho.
* Que el mismo acredite los horarios de entrada y salida de su jornada laboral. * Copia del registro de asistencia del afectado, que registre los horarios de ingreso
como egreso de la jornada laboral.
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b) El ingreso a las atenciones médicas se oficializa mediante un documento por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., el cual se deberá presentar a la dirección de este establecimiento a la brevedad.
c) Las altas derivadas de los tratamientos médicos por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C. son oficializadas con un documento institucional, el cual debe ser entregado a la brevedad a la Dirección de este establecimiento educacional.
7.- PUNTOS CLAVES.
* Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que un funcionario sufra un eventual accidente de trayecto.
* El reglamento interno del establecimiento educacional también forma parte integral y fundamental de este plan de actuación.
* La declaración escrita del afectado es fundamental en la investigación del hecho por parte de la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C., la cual conlleva a la sanción definitiva del hecho.
8.- RESPONSABILIDAD.
El afectado, será responsable directo de la versión entregada en cuanto a la ocurrencia del accidente,
como también de reunir todos los antecedentes solicitados por la Mutual de Seguridad de la C. Ch. C.
La dirección del establecimiento educacional, será responsable directo de la confección de la
D.I.A.T., Certificados de Horarios de trabajo, Contrato de trabajo y la activación del sistema administrativo.
El Comité Paritario de la empresa, es el responsable de la investigación de las causas que
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9.- EMERGENCIAS.
El siguiente es el flujograma que indica el proceder.
Accidente
Se acude a Mutual Se otorga
atención médica.
Se informa a la Dirección de la Escuela
La Dirección informa a Mutual
Trabajador
* Su propia declaración. * Constancia Policial. * Dos testigos.
* Certificado de atención médica. * Otro medio de prueba.
La Mutual solicita antecedentes a:
Empresa
* D.I.A.T.
* Certificado de Horario. * Registro de Ingreso y Egreso. * Contrato de Trabajo. La Isapre otorga la atención médica. Se sanciona el accidente No Accidente Si de Trayecto
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10.- INSTRUCCION.
El presente procedimiento de actuación en el caso de un accidente de trayecto será dirigido por la dirección del colegio en cuanto a la instrucción a todo el personal del establecimiento educacional o bien la instrucción será dictada por quien esta dirección determine.
A su vez, el programa de capacitación referente a este tema se llevará afecto todos los años para las personas que son estables en la organización, y se dictará cada vez que a esta ingrese un funcionario nuevo.
11.- OBSERVACION DEL DESEMPEÑO.
La observación de los desempeños estará a cargo de la comisión designada por la dirección del colegio, la cual está integrada por:
1.- Sr(a). MARTA VELASQUEZ GONZÁLEZ
2.- Sr(a). FERNANDO HERNÁNDEZ GODOY
3.- Sr(a). MARGARITA LÓPEZ SANTANDER
12.- INSPECCIONES DE LAS CONDICIONES FISICAS.
De las inspecciones de las condiciones físicas en lo que corresponde al exterior inmediato del establecimiento se encargará nuestro Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
13.- VIGENCIA.
El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado por los especialistas en esta materia, bajo la aprobación de la Mutual de Seguridad de la C. Ch.C.
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7.3.- PROCEDIMIENTO DE TRABAJO ACCIDENTE DE UN ALUMNO COLEGIO
SAN JOSE.
1.- NOMBRE.
“ACCIDENTE DE UN ALUMNO”.
2.- DEFINICION.
Accidente, “Es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte.
3.- IMPORTANCIA.
Es fundamental realizar cada paso del modo que se indica con tal de lograr una rápida y eficaz atención tanto de los funcionarios internos como del Servicio de Salud correspondiente.
4.- OBJETIVO.
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un accidente del Alumno, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares y todo aquel funcionario del colegio.) sea capaz de reaccionar del modo correcto con tal de rehabilitar al estudiante afectado.
5.- DESCRIPCION.
Una vez ocurrido el accidente al alumno se debe proceder de la siguiente manera:
a) Quien detecte la situación deberá informar a quien se encuentre lo más cercano posible, con tal de llevar
esta información a la dirección.
b) Quien auxilia debe lograr que el alumno permanezca en su lugar sin realizar movimiento alguno hasta
que llegue el encargado de los primeros auxilios.
c) Si la situación permite que el alumno pueda caminar es ideal conducirlo a la enfermería donde debe
permanecer en reposo por un tiempo razonable hasta que se pueda trasladar al centro de asistencia médica que corresponde.
d) En presencia de un caso de lesiones leves la dirección canalizará el traslado del alumno con la
documentación que corresponde.
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solicitud de la ambulancia correspondiente al Servicio de Salud.
f) La dirección del establecimiento educacional comunicará a los padres y/o apoderados de lo ocurrido
al alumno, las circunstancias y el destino del alumno en ese instante.
g) La dirección elaborará toda la documentación correspondiente de tal modo de facilitar todas las
atenciones necesarias que el Servicio de Salud debe prestar dentro del marco del Seguro Escolar Obligatorio al cual todo alumno se encuentra afecto.
h) Un representante del colegio deberá mantenerse con el afectado en todo momento si la situación así
lo permite, inclusive en la asistencia pública, hasta la llegada de uno de los Padres y/o Apoderados del alumno afectado.
i.) Una vez que el afectado sea trasladado al centro de asistencia médica la dirección del establecimiento
solicitará la formación de la comisión que corresponde con tal de definir las causas que provocaron el hecho con tal de solucionar las deficiencias que pudieron haber originado el hecho.
6.- REQUISITOS.
Lo anterior se enmarca en lo establecido en el Decreto N° 313, Seguro de Accidentes
Escolares de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 16.744.- Serán requisitos exigibles los siguientes:
a) La Sociedad Educacional deberá informar del hecho al Servicio de Salud por medio de un formulario
que se encuentra aprobado por el mismo servicio, del cual se adjunta una copia en este manual.
b) El establecimiento educacional cuenta con 24 horas para denunciar el hecho ocurrido al estudiante,
posterior a este plazo el servicio de salud no se hace responsable de otorgar los beneficios establecidos por Ley.
c) El alumno o sus padres y/o apoderados también se encuentran facultados de realizar la denuncia cuando
el hecho ocurra fuera de las dependencias del establecimiento.
d) En el caso anterior los afectados deberán contar con una constancia policial que respalde los hechos
ocurridos, testigos y cualquier otro documento que acredite lo ocurrido.
e) Las altas derivadas de los tratamientos médicos por parte del Servicio de Salud son oficializadas con un
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7.- PUNTOS CLAVES.
* Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que un alumno sufra un eventual accidente.
* La declaración del establecimiento ante el Servicio de Salud es fundamental para lograr la prestación de los beneficios de la ley para el alumno.
8.- RESPONSABILIDAD.
• El afectado, será responsable directo de informar a la dirección de la ocurrencia del accidente. • La dirección del establecimiento educacional, será responsable directo de la confección de la
declaración al Servicio de Salud y la activación del sistema administrativo.
• El Comité Paritario de la empresa, es el responsable de la investigación de las causas que provocaron el accidente.
• El profesor jefe, será el responsable de recuperar el certificado de la alta médica y hospitalaria si así corresponde.
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9.- EMERGENCIAS.
EL SIGUIENTE ES EL FLUJOGRAMA QUE INDICA EL PROCEDER EN FORMA SIMPLE.
10.- INSTRUCCION.
El presente procedimiento de actuación en el caso de accidente de un Alumno será dirigido por la dirección del colegio en cuanto a la instrucción a todo el personal del establecimiento educacional o por quien esta dirección determine.
A su vez, el programa de capacitación referente a este tema se llevará afecto todos los años para las personas que son estables en la organización, y se dictará cada vez que a esta ingrese un funcionario nuevo.
11.- OBSERVACION DEL DESEMPEÑO.
La observación de los desempeños estará a cargo de la comisión designada por la dirección del colegio, la cual está integrada por:
1.- Sr(a).ERIKA PINTO GÁLVEZ
2.- Sr(a).HADA DONOSO MARÍN
ACCIDENTE COMUNICADO A LA DIRECCION Soolicita Ambulancia al Servicio de Salud REQUIERE AMBULANCIA Se Traslada al Servicio de Salud • Mejora Condiciones • Reestablece Actividades
FIN Ingresa y Accede a las Atenciones Médicas
SI NO
La Dirección elabora la Declaración al Servicio de Salud y se Comunica
al Apoderado
Accede al traslado y las Atenciones Médicas
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3.- Sr(a).JENNIFER GONZALEZ
12.- INSPECCIONES DE LAS CONDICIONES FISICAS.
De las inspecciones de las condiciones físicas del establecimiento se encargará nuestro Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
13.- VIGENCIA.
El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado por esta dirección.
Anexo N° 1: COMISIONES
COMISIONES DE REDES DE APOYO DE LA COMUNIDAD
PLAN CUADRANTE, CARABINEROS DE CHILE SUB OFICIAL DELEGADO
MARCO FAURE SALDAÑO 9 8729 6425
Y COMISION DE PROTECCION CIVIL
SR. JESUS PARRA PARRAGUEZ 0512 206732
ANEXO Nº 2: SEGURO ESCOLAR DECRETO 313.
Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales o particulares, dependientes del estado o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el artículo 3ª de la Ley Nº 16.744 por los accidentes que en las condiciones y con las modalidades que se establecen en el presente decreto.
Para los efectos de este decreto se entenderá por accidente toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte.
El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las siguientes prestaciones, que se otorgarán gratuitamente hasta su curación completa mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente:
Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio;
a) Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante; b) Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación;
c) Rehabilitación física y reeducación profesional, y
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El estudiante que como consecuencia de un accidente escolar perdiere a lo menos un 70% de su capacidad para trabajar; actual o futura tendrá derecho a una pensión por invalidez igual a un sueldo vital, escala A, del departamento de Santiago.
Todo estudiante invalidado a consecuencias de un accidente escolar, que experimente una merma apreciable en su capacidad de estudio, tendrá derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado. Este derecho se ejercerá ocurriendo directamente la víctima, o su representante, al Ministerio de Educación, el que se hará responsable de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo.
La persona o institución que compruebe haberse hecho cargo de los funerales de la víctima recibirá como cuota mortuoria, con el fin de cubrir el valor de ellos, una suma equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A, del departamento de Santiago.
Nota: Se recomienda a los apoderados informarse de las condiciones vigentes de este seguro. Si lo estiman conveniente, pueden optar por seguros de clínicas privadas.
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7.4- PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE DE TRAYECTO COLEGIO SAN JOSE
1.- NOMBRE
“ACCIDENTE DE TRAYECTO ALUMNO”
2.- DEFINICION.
Accidente de Trayecto, “Son los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.”
3.- IMPORTANCIA.
Es fundamental realizar cada paso del modo que se indica con tal de lograr una atención de parte del Colegio, asi como también de la Unidad de Asistencia Pública.
4.- OBJETIVO.
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un accidente de trayecto, para nuestros estudiantes sean atendidos con rapidez, eficacia, y conformidad en lo que respecta al trámite administrativo previo, a las atenciones médicas que correspondan, y a la investigación administrativa que se derive del caso.
Todo lo anterior conlleva a que nuestros estudiantes logren la rehabilitación que corresponde por parte de la Unidad de Asistencia Pública, en el caso de que la situación presentada corresponda en definitiva a un Accidente de Trayecto.
5.- DESCRIPCION.
Una vez ocurrido el accidente de trayecto se debe proceder de la siguiente manera:
a) Diríjasea a Unidad de Asistencia Pública Hospital Juan de Dios de la ciudad de La Serena e informe con precisión de lo ocurrido.
b) Una vez prestadas las atenciones médicas primarias el afectado deberá proceder como se indica:
c) Dar aviso inmediatamente a la dirección del establecimiento educacional del modo más rápido posible (Ejemplo: Llamado telefónico.), con tal de activar el sistema administrativo interno.
d) El afectado deberá proceder a entregar la declaración de los hechos ocurridos mediante un
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que esta estime conveniente dentro del marco legal que lo establece.
e) A su vez el afectado deberá proceder a dejar la respectiva constancia policial del hecho
ocurrido.
f) La dirección elabora un documento que aportará otros antecedentes como es el caso del
horario de clases en la semana del accidente y en específico del día de ocurrido los hechos, así como también la actividad p e d a gó gi c a programada que se desarrollaba.
g) El afectado debe dar todas las facilidades a los funcionarios de la Unidad de Asistencia
Pública con tal de permitir la satisfacción tanto de las atenciones médicas (Ej: informar de alergias, no negarse a los tratamientos, etc...) como de las solicitudes administrativas que el sistema requiere.
h.) La Unidad de Asistencia Pública dará al afectado un tiempo razonable y prudente para que
él interesado aporte los antecedentes solicitados con tal de acceder a los beneficios que otorga la Ley 16.744.
6.- REQUISITOS.
Lo anterior se enmarca en lo establecido en la Ley 16.744. Serán requisitos exigibles los siguientes:
a) El afectado deberá aportar con su propia declaración por escrito de los hechos acaecidos.
b) El afectado deberá demostrar lo que indica en su declaración con:
* La respectiva constancia policial de lo ocurrido.
* Un certificado de atención médica siempre y cuando haya sido atendido en otro lugar que se presente más cercano al evento ocurrido.
* La cédula de identidad personal.
* Cualquier otro medio de prueba que certifique lo ocurrido.
c) El ingreso a las atenciones médicas se oficializa mediante un documento por parte de la Unidad de Asistencia Pública, el cual se deberá presentar a la dirección de este establecimiento a la brevedad.
d) Las altas derivadas de los tratamientos médicos por parte de la Unidad de Asistencia Pública son oficializadas con un documento institucional, el cual debe ser entregado a la brevedad a la Dirección de este establecimiento educacional.
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7.- PUNTOS CLAVES.
* Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que un estudiante sufra un eventual accidente de trayecto.
* El reglamento interno del establecimiento educacional también forma parte integral y fundamental de este plan de actuación.
* La declaración escrita del afectado es fundamental en la investigación del hecho por parte de la Unidad de Asistencia Pública, la cual conlleva a la sanción definitiva del hecho.
8.- RESPONSABILIDAD.
El afectado, será responsable directo de la versión entregada en cuanto a la ocurrencia del
accidente, como también de reunir todos los antecedentes solicitados por la Unidad de Asistencia Pública.
La dirección del establecimiento educacional, será responsable directo de la confección de
la D.I.A.T., Certificados de Horarios de clases y la activación del sistema administrativo.
9.- EMERGENCIAS.
El siguiente es el flujograma que indica el proceder.
Accidente
Se acude a Hospital Se otorga
atención médica.
Se informa a la Dirección de la Escuela
La Dirección informa a Hospital Estudiante
* Su propia declaración. * Constancia Policial.
* Certificado de atención médica. * Otro medio de prueba.
Asist. publ. solicita antecedentes a:
Colegio
* Certificado de Horario. * Registro de Ingreso y Egreso.
La Isapre otorga la atención médica.
Se sanciona el accidente
No Accidente Si
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9.- INSTRUCCION.
El presente procedimiento de actuación en el caso de un accidente de trayecto será dirigido por la dirección del colegio en cuanto a la instrucción a todo el alumnado del establecimiento educacional o bien la instrucción será dictada por quien esta dirección determine.
Es responsabilidad del padre y/o Apoderado dar a conocer la información de los hechos ocurridos en el Accidente de Trayecto del alumno. Estos deben hacerse llegar a la dirección del establecimiento educacional a la mayor brevedad posible.
10.- OBSERVACION DEL DESEMPEÑO.
La observación de los desempeños estará a cargo de la comisión designada por la dirección del colegio, la cual está integrada por:
1.- Sr(a). MARTA VELASQUEZ GONZÁLEZ
2.- Sr(a). FERNANDO HERNÁNDEZ GODOY
3.- Sr(a). JENNIFER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ
11.- VIGENCIA.
El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado por los especialistas en esta materia, bajo la aprobación de la Unidad de Asistencia Pública.
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7.5.-PROCEDIMIENTO DE TRABAJO INCENDIO COLEGIO SAN JOSE.
1.- NOMBRE.
“INCENDIO”
2.- DEFINICION.
FUEGO : Es un proceso de combustión suficientemente intenso como para emitir calor y luz.
oportunamente.
AMAGO : Es un fuego r ecién iniciado, descubierto y extinguido
INCENDIO : Es un fuego fuera de control.
3.- IMPORTANCIA
La actuación de acuerdo a este procedimiento es fundamental para evitar la ocurrencia de lesiones a las personas como también evitar el daño a la propiedad del colegio y así también a terceros producto de la generación de un evento interno.
4.- OBJETIVO
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un Incendio, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares y todo aquel funcionario del colegio) como así también los Alumnos, Padres y Apoderados sean evacuados rápida y eficazmente del lugar, con tal de evitar lesiones como daños que son evitables.
5.- DESCRIPCION.
Una vez detectado el evento se debe proceder de la siguiente manera:
a) Informar a los que se encuentren lo más cercano posible de la situación detectada, con tal de actuar en
forma rápida mediante los implementos de actuación con que se cuenta. (Extintores, Redes húmedas, etc...)
b) Aquellos que se encuentren en el lugar del evento deben proceder a evacuar el sector y comunicar a la
dirección como a los demás con tal de lograr la evacuación general.
c) Comunicar a la dirección a la brevedad de lo ocurrido. d) La dirección deberá comunicar a Bomberos vía telefónica.
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que el establecimiento mantiene.
f) La comisión de evacuación procederá a canalizar la salida de los presentes (Alumnos, Funcionarios,
Padres, Apoderados, etc...) de acuerdo a las vías de evacuación preestablecidas.
g) En el caso de que el fuego se convierta en incendio, esta comisión deberá dar paso al trabajo de los
especialistas. (Bomberos)
h) La administración del establecimiento Educacional deberá dar las facilidades para que los terceros
solicitados tengan acceso al recinto inclusive en lo referente a rutas de tránsito.
i.) El responsable de la puerta principal deberá impedir el paso de terceros que no tienen relación directa con
las actividades del momento.
6.- REQUISITOS.
Serán requisitos fundamentales que cada uno de los responsables realice las funciones que este documento se describen.
7.- PUNTOS CLAVES.
* Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que ocurra un evento de esta naturaleza.
* La asignación de las zonas de seguridad en el establecimiento deben ser respetadas a cabalidad y sin omitir dichos destinos.
* Las vías de evacuación del establecimiento deben mantenerse visibles y en perfecto estado.
* Este plan debe estar bajo conocimiento absoluto de la totalidad de quienes interactúan con el establecimiento, es decir, Funcionarios, Profesores, Alumnos, Padres, Apoderados y otros indirectos.
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8.- RESPONSABILIDAD.
Profesores, serán los responsables de liderar la gestión de la evacuación antes, durante y después de
la ocurrencia de un siniestro de este tipo.
Alumnos, serán responsables de acatar todas y cada una de las instrucciones que los líderes
dispongan.
Padres y Apoderados, serán responsables directos de acatar la ejecución total de este plan, bajo el
mandato de los responsables internos., como también deberán actuar de tal modo que no alteren desde el exterior los procedimientos internos. (Ejemplo: ingreso masivo al establecimiento post-evento) La
dirección del establecimiento, tendrá la misión de liderar, apoyar, participar activamente y
entregar los recursos necesarios con tal de permitir la operatividad integra de este plan.
El Comité Paritario de la empresa, es el responsable de la investigación de las causas que
provocaron este evento y otros accidentes derivados del original, como también de realizar una inspección periódica al establecimiento con tal de detectar posibles zonas de riesgo.
Mediante este instrumento se asigna las siguientes responsabilidades adicionales para lograr un resultado eficaz:
1. SR.(A): HADA DONOSO M. LÍDER “ALARMA SONORA”
2. SR(A): HERMAN CHAVEZ LÍDER “PUERTA PRINCIPAL DE INGRESO”
3. SR(A): LEONTINA ROJAS LÍDER “CORTE DE GAS”, SECTOR NORTE Y SUR
4. SR(A) ROSA GALLEGUILLOS LÍDER “CORTE LUZ Y AGUA” SECTOR SUR
5. SR(A): HERMAN CHAVEZ LÍDER “CORTE DE ENERGÍA Y AGUA”.
6. SR(A): CLAUDIO OYARZUN LÍDERES “COMISIÓN REVISIÓN DE AULAS”
7. SR(A): FERNANDO HERNÁNDEZ LÍDER “MEGÁFONO”.
8. SR(A):.TERESITA VELÁSQUEZ LÍDER “REVISIÓN DE OFICINAS ADMINISTRACIÓN”. 9. SR(A): TERESA RIVERA LÍDER “COMUNICACIONES EXTERNAS”.
10. SR(A): FERNANDO HERNÁNDEZ LÍDER “ORGANIZACIÓN INTERNA” 11. SR. PABLO RIVERA LÍDER “DEL ALUMNADO”.
12. SR(A): CARMEN LUZ BRIONES LÍDER “COORDINACION PRIMEROS AUXILIOS”. 13. SR(A): JENNIFER GONZALEZ LÍDER “APLICACIÓN PRIMEROS AUXILIOS”.
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COMISION DE INCENDIOS; UTILIZACION Y MANEJO DE EXTINTORES.
1. Sr. LEONTINA ROJAS Líder de “Equipo Extintor N° 1” Sector Norte 2. Sr. ORLANDO PAVEZ Líder de “Equipo Extintor N° 2” Sector Norte
3. Sr. FERNANDO HERNÁNDEZ Líder de “Equipo Extintor N° 3”. Sector Sur 4. Sra. ROSA GALLEGUILLOS Líder de “Equipo Extintor N° 4” Sector Sur
APOYO EXTRA USO DE EXTINTORES EN CASO NECESARIO:
1.- SR. PABLO RIVERA SECTOR NORTE
2.- SR. CLAUDIO OYARZÚN SECTOR SUR
COMISION DE EVACUACION. 1. Sr. FERNANDO HERNÁNDEZ G. 2. Sr. PABLO RIVERA R. 3. Sr. TERESITA VELÁSQUEZ G. 4. Sr. JONATHAN COLLAO. 5. Sr .ORLANDO PAVEZ R. 6. Sr. CLAUDIO OYARZÚN C.
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9.- EMERGENCIAS.
EL SIGUIENTE ES EL FLUJOGRAMA QUE INDICA EL PROCEDER EN FORMA SIMPLE.
10.- INSTRUCCION.
El presente procedimiento de actuación en el caso de un incendio será dirigido por la dirección del colegio en cuanto a la instrucción a todo el personal del establecimiento educacional o por quien esta dirección determine.
A su vez, el programa de capacitación referente a este tema se llevará afecto todos los años para las personas que son estables en la organización, y se dictará cada vez que a esta ingrese un funcionario nuevo.
11.- OBSERVACION DEL DESEMPEÑO.
La observación de los desempeños referente a este tema, estará a cargo de la comisión designada por la dirección del colegio, la cual está integrada por:
1.- Sr(a). MARTA VELASQUE Z GONZÁLEZ
2.- Sr(a) .HADA DONOSO MARÍN
3.- Sr(a). CLAUDIO OYARZÚN
4.- Sr(a). ERIKA PINTO GALVEZ
DETECCION DEL FUEGO O INCENDIO COMUNICADO A LA DIRECCION ACTIVACION COMISION EVACUACION ACTIVACION LIDERES DE AULA ACTIVACION LIDERES ADMINISTRATIVOS ACTIVACION COMISION INCENDIO COMUNICADO A BOMBEROS EVACUACION REACTIVACION DE
ACTIVIDADES FIN DEL FUEGO CONTROL DEL FUEGO
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12.- INSPECCIONES DE LAS CONDICIONES FÍSICAS.
De las inspecciones de las condiciones físicas del establecimiento se encargará nuestro Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
13.- VIGENCIA.
El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado por los especialistas en esta materia, bajo la aprobación de la Mutual de Seguridad de la C.
Ch. C.
La anterior duración podrá variar siempre y cuando el establecimiento educacional sufra modificaciones en cuanto a su infraestructura, lo cual será determinado al finalizar las obras, para dar paso a la revisión inmediata de este instrumento.
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7.6.- PROCEDIMIENTO DE TRABAJO MOVIMIENTO TELURICO FUERTE
COLEGIO SAN JOSE.
1.- NOMBRE.
“MOVIMIENTO TELURICO FUERTE”
2.- DEFINICION.Tierra.”
Un movimiento telúrico fuerte: “Es un estremecimiento o sacudida de la
Un Terremoto: “Es un sismo de gran magnitud que por lo general ocasiona destrucción en la propiedad y daños a las personas derivadas de lo anterior y la mala conducta de las personas ante este tipo de eventos”.
3.- IMPORTANCIA.
Actualmente estos movimientos no se pueden prevenir, pero si contáramos con personal instruido en el modo más correcto de como actuar en caso de este tipo de eventos, los daños a las personas debieran ser los menos.
Para lograr esto, es fundamental y de suma importancia realizar cada paso del modo que se indica con tal de lograr una rápida y eficaz actuación por parte del personal, llevando esto a la protección tanto de alumnos, funcionarios, padres y apoderados.
4.- OBJETIVO.
La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un movimiento telúrico fuerte, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares), Alumnos y todo aquel que tenga relación con la comunidad escolar sean conducidos y llevados a las zonas de seguridad preestablecidas.
Lo anterior conlleva a que todas las personas de esta comunidad logren resultar ilesas ante la ocurrencia de este tipo de evento.
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5.- DESCRIPCION.
5.1. CASO 1: DURANTE EL RECREO EN EL ESTABLECIMIENTO
En caso de sismo de cualquier intensidad, aunque particularmente en los de alta magnitud, esto es, sobre 5° Richter, el protocolo interno de evacuación y formación en las vías y zona de seguridad serán las siguientes:
CON RELACION A LOS ALUMNOS
1. Los alumnos deberán alejarse de lugares peligrosos en los que pueda haber posibilidades de derrumbe,
o bien, de lugares cercanos a letreros, cornisas, vidrios u otros que pudiesen causar algún accidente.
2. Una vez protegidos de estos factores, deberán dirigirse a las zonas de seguridad demarcadas en los
laterales de las canchas del patio central, así como también la zona de seguridad de prebásica y de Primer año básico C, en el sector central del Patio de Juegos. Es importante en este segundo paso, subrayar que el desplazamiento hacia los lugares de formación en las zonas de seguridad, DEBE SER
CAMINANDO Y CON CALMA.
3. Si el sismo resultase de magnitud tal, que los alumnos tengan dificultades para mantenerse en pie,
deberán esperar a que éste ocurra, y tras ello, también CAMINANDO Y CON CALMA, formarse en los lugares demarcados como zona de seguridad.
4. En ese lugar deberán reunirse con el profesor jefe. El profesor de asignatura o el profesor que se haya
hecho cargo del curso durante el inicio de la emergencia, deberá continuar asistiendo y colaborando con el profesor jefe, una vez que éste ya lidere las acciones y el protocolo. En su defecto, podrá dirigirse a auxiliar o a colaborar a otros cursos que requieran de este apoyo.
RECOMENDACIONES:
1. 1Instruir formal y obligatoriamente, así como reforzar en períodos de tiempo de al menos una vez por semestre, a los alumnos sobre el sector de seguridad que deben ocupar en caso de sismo durante un recreo o actividad en el patio, así como también sobre el procedimiento completo, en instancias tales como consejo de curso y reunión de padres y apoderados, de modo de ir reforzando esta conducta preventiva.
2. Es importante generar la cultura preventiva, asociada al manejo del estrés propio de estas situaciones;
en lo seguido, estar frecuentemente insistiendo sobre dos puntos del procedimiento para emergencias durante el recreo: a. No Correr, b. Mantener la calma y dirigirse a las zonas demarcadas.
1 La primera inducción y sensibilización respecto de este tema, debe ser tratado durante la primera semana de clases de los
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PROCEDIMIENTO PARA PROFESORES DE ASIGNATURA Y PROFESORES JEFES
1. El procedimiento indica que todo profesor cercano al patio en horas de recreo o actividades en ese
lugar, deben dirigirse a las zonas de seguridad demarcadas, de manera de ayudar a organizar la formación y tránsito de los cursos hacia estos lugares seguros, esto, aunque esos profesores no sean profesores de asignatura o los profesores jefes de esos cursos en esos momentos.
2. En un primer momento todo y cualquier profesor cercano ha de ayudar a este objetivo, CALMANDO
A LOS ALUMNOS Y APOYANDO SU ORGANIZACIÓN. En un segundo momento, y una vez llegado el profesor jefe a las zonas demarcadas delante de su curso, ha de ser éste, o sea, el profesor jefe, quien se haga cargo de liderar el proceso, mientras que el profesor que en primera instancia se hizo cargo del curso, queda dispuesto a apoyar como colaborador la gestión del profesor jefe del curso en cuestión. En su defecto el profesor asistente, podrá dirigirse a colaborar o apoyar el protocolo a otros cursos que así lo requieran.
5.2. CASO 2: DURANTE LAS CLASES SOBRE LOS ALUMNOS
1. Los alumnos deberán alejarse de lugares peligrosos en los que pueda haber posibilidades de derrumbe,
o bien, de lugares cercanos a los lockers, casilleros, ventanales, ampolletas, data shows, tubos u otros que pudiesen causar algún accidente o lesión.
2. Deberán esperar en las salas de clases, sentados en sus sillas o en su defecto, debajo de sus mesas a
que ocurra el sismo.
3. Una vez protegidos de estos factores, y una vez que el sismo se detiene, deberán dirigirse a las zonas
de seguridad demarcadas en los laterales de las canchas del patio central, así como también la zona de seguridad de prebásica y de Primer año básico C, en el sector central del Patio de Juegos, acompañados por el profesor de asignatura con el que se encuentren, saliendo, desde la fila más cercana a la puerta de acceso y salida, hasta la fila más lejana a la misma, y bajo la secuencia: desde los primeros puestos a los últimos de cada fila.
4. El profesor debe dirigir la evacuación en ese orden, organizando la salida y comandando las
instrucciones y acciones desde la puerta de evacuación de la sala. Es importante en este segundo paso, subrayar que el desplazamiento hacia los lugares de formación en las zonas de seguridad, DEBE SER
CAMINANDO Y CON CALMA.
5. Si el sismo resultase de magnitud tal, que los alumnos tengan dificultades para mantenerse en pie,
deberán esperar a que éste ocurra, agachándose debajo de sus mesas, tras haberse alejado de riesgos inminentes, tales como estar cerca del ventanal o bajo los data shows o parlantes, etc … . Tras esto, también CAMINANDO Y CON CALMA, deben continuar con el protocolo de evacuación consignado en el punto 2 y 3, esto es, saliendo de la sala por filas, desde la más cercana a la menos cercana de la puerta de la salida, dirigidos y siguiendo las instrucciones del profesor o profesora a cargo de este proceso de evacuación.
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6. Una vez desalojen la sala, deberán bajar caminando las escaleras o vías de evacuación y dirigirse a la
zona de seguridad en la que se encontrarán con su profesor jefe, quien, a partir de ese momento, continuará liderando el proceso de emergencia hasta su cierre. No obstante lo anterior, el profesor de asignatura debe continuar apoyando el protocolo de emergencia y estar dispuesto a colaborar, ya sea con el profesor jefe de ese curso, o con otro quien requiera de refuerzo.
RECOMENDACIONES:
1. Instruir formalmente a los alumnos sobre el sector de seguridad que deben ocupar en caso de sismo
durante un recreo o actividad en el patio, así como también sobre el procedimiento completo, en instancias tales como consejo de curso y reunión de padres y apoderados, de modo de ir reforzando esta conducta preventiva.
2. Es importante generar la cultura preventiva, asociada al manejo del estrés propio de estas situaciones;
en lo seguido estar frecuentemente insistiendo sobre dos puntos del procedimiento para emergencias durante el recreo: a. No Correr, b. Mantener la calma y dirigirse a las zonas demarcadas.
5.3. 2CASO 3: DURANTE EL USO DEL CASINO Y PARA LA HORA DE ALMUERZO
1. Los alumnos deberán alejarse de lugares peligrosos en los que pueda haber posibilidades de derrumbe,
o bien, de lugares cercanos a los televisores, artefactos eléctricos, extintores, ventanales, ampolletas, tubos u otros que pudiesen causar algún accidente o lesión.
2. Deberán esperar sentados en el lugar o puestos que ocupen en la mesa del comedor a que ocurra o pase
el sismo.
3. Una vez protegidos de estos factores, y una vez que el sismo se detiene, deberán dirigirse a las zonas
de seguridad demarcadas en los laterales de las canchas del patio central, así como también a la zona de seguridad de prebásica y de Primer año básico C, en el sector central del Patio de Juegos, acompañados por él o los profesores que se encuentren en ese momento en el casino; saliendo en orden a las mesas más cercanas a la puerta de emergencia o de evacuación, hasta llegar a la fila más lejana del lugar. El modo de evacuación del lugar, en consecuencia, contempla tres condiciones:
a. Salida de los alumnos que se encuentren en las mesas más cercanas a la puerta principal de evacuación, en primer lugar,
b. Evacuación de las mesas desde el alumno más cercano a la puerta hasta el más lejano a ella; por filas DESIGNADAS COMO FILAS 01 Y FILAS 02, 03 Y, 04, 05 Y 06, 07 Y 08.
2 Durante el proceso de evacuación se deben considerar condiciones anexas, tales como derramamiento de comida, caída de
utensilios propios de la comida, líquidos; detención de microondas, ruptura de ventanales, particularmente los de la zona sur del inmueble