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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA

A:

VILLA GARCÍA, ZAC.

2007

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER ... 1

2.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA... 2

INGRESOS ... 2

EGRESOS ... 9

RESULTADO DEL EJERCICIO ... 12

3.

CUENTAS BALANCE ... 13

CAJA ... 13

BANCOS ... 14

DEUDORES DIVERSOS ... 15

ACTIVO FIJO ... 16

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ... 22

4.

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS

DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD

APLICABLE ... 27

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ... 27

5.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL ... 30

RAMO GENERAL 33 ... 30

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 30

RAMO GENERAL 33 ... 35

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... 35

6.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ... 39

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS ... 39

RAMO GENERAL 33 ... 41

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 41

RAMO GENERAL 33 ... ¡Error! Marcador no definido.

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... ¡Error! Marcador no

definido.

(3)

RASTRO MUNICIPAL ... 54

8.

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ... 55

(4)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

TIPO DE ACCIÓN

Administración 2004-2007 Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 7 Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 5 Informe a la Auditoría Superior de

la Federación -

Solicitud de Intervención del

Órgano Interno de Control1 16

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal - Solicitud de Aclaración 13

Subtotal

41 Acciones Preventivas Recomendación2 34 Recomendación al Desempeño -

Subtotal

34

TOTAL

75

(5)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa García, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2007 por un monto total de

$37,286,389.31, los cuales se encuentran conformados por $25,500,284.17 de Ingresos Propios,

Participaciones y Deuda Pública con un alcance de revisión de 90.68%. Además de $11,577,763.14 de

Aportaciones Federales del Ramo 33 y $208,342.00 de Otros Programas y Ramo 20, cuyos resultados se

tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física

de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-1, Observación AF-1

Que corresponde a ambas administraciones 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007) y 2007-2010.

De la revisión de este rubro por lo que respecta a la aplicación de la Ley de Ingresos, se observó que el municipio realiza cobro de tarifas no contempladas dentro de la misma, las cuales se detallan a continuación: CONCEPTO IMPORTE COBRADO POR EL MUNICIPIO NO ESTABLECIDO EN LA LEY DE INGRESOS DERECHOS AGUA POTABLE CONEXIÓN DOMESTICA 179.00 CONEXIÓN COMERCIAL O INDUSTRIAL 210.00 RECONEXION 47.25 CAMBIO DE NOMBRE DE USUARIO 47.25 CONSUMO DOMESTICO 42.00 CONSUMO COMERCIAL 56.70 CONSUMO INDUSTRIAL 88.20 CERTIFICACIONES Y AF-07/54-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en el cobro de contribuciones en cumplimiento a los ordenamientos establecidos en los artículos 49 fracción XXIX, 50 fracción II, 74 fracción VII y 96 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio determine las tasas y tarifas aplicables a los conceptos no establecidos en el citado ordenamiento, proponiendo a la H. Legislatura su inclusión en la Ley de Ingresos del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-002 Solicitud de

Intervención del órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto de que en el cobro de contribuciones se observe en estricto sentido a lo establecido en la Ley de Ingresos del Municipio e informe de los resultados obtenidos a esta Entidad de Fiscalización Superior.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

(6)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

LEGALIZACIONES: CERTIFICADO DE INEXISTENCIA 22.81 CONSTANCIAS DE BAJOS RECURSOS 20.00 PERMISOS PARA BAILES 136.50 CONTRATO DE APARCERIA 94.50 PERMISO PROVISIONAL DE ABARROTES 250.00 PERMISOS DE FIERROS DE HERRAR 136.50 PRODUCTOS RENTA DE AUDITORIO 2,000.00

Lo anterior representa incumplimiento a lo establecido en los artículos 12 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, que señala: “Ningún ingreso podrá recaudarse si no está previsto en la Ley de Ingresos o en una posterior a ella”.

Resultado AF-2, Observación AF-2

Que corresponde a las administraciones 2004-2007 y 2007-2010

Derivado de la revisión realizada al Ingreso del mes de enero de 2007 se observó que los depósitos del mismo se realizan con un desfase de hasta 29 días, observándose además en el arqueo realizado a la caja recaudadora del Impuesto Predial la misma situación, identificándose que se dispone de este recurso para afrontar gastos de la misma entidad, lo anterior no es recomendable en el control interno del municipio.

AF-07/54-003 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual, efectuar los depósitos íntegros de los ingresos recaudados cuando menos una vez por semana, realizando una ficha de deposito por cada uno de los días que haya percibido recursos, la cual deberá de ser anexada a la póliza de ingreso del día, así mismo se recomienda afrontar los gastos menores e imprevistos se cree un fondo fijo de caja, el cual deberá de estar previamente

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

(7)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

AF-07/54-004 Solicitud de

Intervención del órgano Interno de Control

Es necesario que la contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto a que el ente auditado efectúe los depósitos de su recaudación diaria, cuando menos una vez por semana y no disponga de ella para afrontar gastos menores, efecto para el cual debe utilizarse el fondo fijo autorizado e informe de los resultados obtenidos a esta Entidad de Fiscalización Superior.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

la solicitud de

intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-3, Observación AF-3

Que corresponde a ambas administraciones 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007) y 2007-2010.

De la revisión realizada a la recaudación de Ingresos por concepto de Impuesto Predial, se observó que el municipio de Villa García, Zac., presenta diferencias entre lo informado por el Sistema de Impuesto Predial (SIP-ZAC) contra lo informado por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), en los diferentes periodos que se detallan en la siguiente tabla, resultando al final del ejercicio una diferencia de $4,578.41 que representa un .80% con relación a lo informado por el Departamento de Catastro.

MES TOTAL SEGÚN DPTO. DE CATASTRO SEGÚN TESORERÍA (SACG) DIFERENCIAS % ENERO 206,561.98 164,068.23 42,493.75 20.57% SUBTOTAL DEL PERIODO 206,561.98 164,068.23 42,493.75 20.57 % AF-07/54-005 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar la actualización del Sistema de Impuesto Predial, así mismo conciliar los recibos de ingresos por concepto de este Impuesto contra los reportes mensuales emitidos por el departamento de Tesorería, así mismo los recibos que sean cancelados deben conservarse como parte integrante de la información que se presenta como soporte de la documentación de la Cuenta Pública, esto con la finalidad de tener un control adecuado de los recibos emitidos y sus folios.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-006 Solicitud de

Intervención del órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

(8)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

FEBRERO 132,747.11 169,381.26 -36,634.15 -27.60 % MARZO 100,470.99 106,116.06 -5,645.07 -5.62% ABRIL 21,040.44 22,466.16 -1,425.72 -6.78% MAYO 19,280.11 16,734.35 2,545.76 13.20 % JUNIO 23,643.77 26,728.59 -3,084.82 -13.05 % JULIO 9,568.85 8,818.82 750.03 7.84% AGOSTO 11,352.38 11,474.74 -122.36 -1.08% AL 15 DE SEP. 2,639.93 3,038.48 -398.55 -15.10 % SUBTOTAL DEL PERIODO 320,743.58 364,758.46 -44,014.88 -13.72 % DEL 16 AL 30 DE SEPT. 2,742.85 1,540.59 1,202.26 43.83 % OCTUBRE 23,296.74 15,414.67 7,882.07 33.83 % NOVIEMBRE 5,807.23 9,856.39 -4,049.16 -69.73 % DICIEMBRE 10,824.74 9,760.37 1,064.37 9.83% SUBTOTAL DEL PERIODO 42,671.56 36,572.02 6,099.54 14.29 % TOTAL 569,977.12 565,398.71 4,578.41 0.80%

Lo anterior se debe a la falta de conciliación de los informes mensuales contra los reportes emitidos por el departamento de catastro, además se observan

Es necesario que la contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto que el municipio establezca medidas de control en la expedición de los recibos en forma consecutiva, así mismo que los recibos que sean cancelados se conserven y se integren en los legajos contables, además de verificar que la información generada entre el departamento de Catastro y el de Tesorería se encuentre conciliada, e informe de los resultados obtenidos a esta Entidad de Fiscalización Superior.

intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fecha 17 de julio de 2008 y suscrito por el Profr. Efraín Santos Hernández, Director de Catastro Municipal, observándose que el municipio no deja evidencia de lo antes mencionado.

Resultado AF-4, Observación AF-4

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

Derivado del análisis y revisión a la cuenta número 4102-10 Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, correspondientes al municipio de Villa García, Zac., durante los periodos de enero y del 1° de febrero al 15 de septiembre del ejercicio 2007, se observaron los siguientes resultados:

1.- Se observaron diferencias entre la relación proporcionada por el departamento de Alcoholes y lo registrado por el departamento de Tesorería, según reporte emitido por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), resultando una diferencia total de $11,572.75, la cual no fue contabilizada por la Tesorería Municipal, el desglose por periodo se presenta en la tabla siguiente.

CONCEPTOS PERIODOS TOTAL % DEL 1° AL 31 DE ENERO DEL 1° DE FEBRER O AL 15 DE SEPTIEM BRE DE 2007 TOTAL ALCOHOLES SEGÚN RELACION DEL MUNICIPIO 313,174.68 9,035.67 322,210.3 5 TOTAL SEGÚN SACG 303,645.16 6,992.44 310,637.6 0 DIFERENCIA DE MAS CONTABILIZADA POR EL MUNICIPIO 9,529.52 2,043.23 11,572.75 3.5 9

2.- Se observaron diferencias en la aplicación de la Ley de Hacienda del Estado en dos licencias, lo cual ascendió a $1,238.79, cobrado de más, tanto en el derecho como en el Impuesto para la UAZ,

AF-07/54-007 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual, establecer mecanismos de control y conciliación de la recaudación con el fin de que la información sobre los cobros realizados por este concepto sea acorde con los montos reportados por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública, asimismo verificar que en lo sucesivo se apliquen las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas vigente a partir del 28 de noviembre de 2007, entre las cuales se incluye la de aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea en la renovación de las licencias, así como aplicar las cuotas y tarifas establecidas y efectuar el cobro del 10% adicional de los derechos que señala la Ley de Hacienda del Estado Zacatecas con relación a los locales que expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos. Lo anterior con fundamento en los artículos 95, 105, 106, 107 y 108 de la mencionada Ley, así como en el artículo 47 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV y 96 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Municipio. Cabe señalar que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-008 Solicitud de

Intervención del órgano Interno

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

correspondiente al periodo del 1° de febrero al 15 de septiembre de 2007.

3.- Por lo que respecta al cobro del 10% a los contribuyentes con establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, según lo señalado en el artículo 47 ultimo párrafo de la menciona Ley, se omitió el cobro por $8,168.16 en el ejercicio.

4.- Así mismo no se cobraron las sanciones correspondientes por concepto de solicitud de revalidación de licencias presentadas con posterioridad al 31 de enero, según lo establecido en el artículo 39 de la Ley Sobre el Funcionamiento y Operación de Establecimientos Destinados al Almacenaje, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, resultando un importe de $5,188.40.

Todo lo anterior se detalla por periodos de la siguiente manera: CONCEPTOS PERIODOS TOTAL % DEL 1° AL 31 DE ENERO DEL 1° DE FEBRER O AL 15 DE SEPTIEM BRE DE 2007 APLICACIÓN DE LA LEY DIFERENCIA ENTRE LO

COBRADO POR LA LEY 0.00 1,179.80 1,179.80 0.37 DIFERENCIA EN EL COBRO DEL 5% DE LA UAZ 0.00 58.99 58.99 0.02 SANCIONES NO COBRADAS 0.00 5,188.40 5188.40 1.61 10% NO COBRADO 7,796.88 371.28 8,168.16 2.54 TOTAL 7,796.88 6,798.47 14,595.35 4.53 TOTAL DIFERENCIAS 17,326.40 8,841.70 26,168.10 de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto de que se realicen conciliaciones entre la información presentada por el Departamento de Alcoholes y Tesorería Municipal, además verifique que se está aplicando las cuotas o tarifas establecida en la Ley de Hacienda del Estado, se impongan las sanciones que corresponden y se vigile que se lleve a cabo al cobro del 10% adicional por concepto de derechos sobre bebidas alcohólicas en aquellos locales que las expenden para su consumo dentro de los mismos para el Estado de Zacatecas vigente a partir del 28 de noviembre de 2007 e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

la solicitud de

intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-5, Observación AF-5

Que corresponde a la administración 2007-2010

AF-07/54-009 Solicitud de

Aclaración

SUBSISTE Y POR LO

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

anterior Administración no dejó dicha información y le tomaría bastante tiempo concentrar la misma al tener que revisar expediente por expediente, sin embargo no se presentó evidencia de su dicho.

Es conveniente mencionar que el municipio percibió ingresos por este concepto según informes de la Tesorería Municipal por la cantidad de $258,047.76.

del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, el cual deberá de contener mínimamente la siguiente información: nombre de comprador o sujeto del impuesto, número de avalúo, valor del avalúo, monto de la operación, impuesto causado del 2%, número de recibo, así como el importe pagado.

(12)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Villa García, Zacatecas, fue por $38,553,111.39 los cuales se encuentran conformados por $24,805,661.06 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 36.19%. Además de $615,576.36 de Obra Pública, $11,578,346.36 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $1,553,527.61 de Otros Programas y Ramo 20. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física de la Obra. Los resultados obtenidos de la revisión al rubro de Egresos son los siguientes:

Resultado AF-6, Observación AF-6

Que corresponde a la administración 2007-2010

En la verificación realizada al rubro de Combustibles, se observa que no tiene un adecuado control en dicho rubro ya que el total de las pólizas de la muestra seleccionada para su revisión se caracterizaron por anexar facturas con importes globales, sin embargo en la revisión de campo se observó que el control que llevan es por medio de vales en donde mencionan el proveedor, importe, fecha, la comisión y firma de quien recibe, en los cuales no especifica el vehículo al que se le aplicó el combustible. Además de identificar faltantes mínimos en la documentación comprobatoria que aún y cuando no son relevantes si reflejan un deficiente control interno en este rubro.

AF-07/54-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual implementar mecanismo de control interno, siendo estos la implementación de bitácoras

correspondiente a cada uno de los vehículos propiedad del municipio, adecuándolo a las posibilidades y características del parque vehicular y presentar evidencia de este a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-011 Solicitud de Intervención del órgano Interno de Control Es necesario que la contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, corrobore que se implemente mecanismos de control interno para la cuenta de combustibles mediante bitácora para cada uno de los

SOLVENTA Y SE

LE DARÁ

(13)

INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

presupuestal de Maestros Comisionados, se observó que adicionalmente a la percepción por la comisión que desempeñan recibieron otras remuneraciones a cargo del municipio, superando con ello la remuneración establecida para su cargo en la Plantilla de Personal por un importe de $209,521.46 durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre y durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, superando la remuneración establecida para su cargo en el Tabulador de Sueldos por un importe de $32,324.75

Cabe señalar además que la administración 2007-2010 en el tabulador de sueldos que presenta, no integra las percepciones totales de cada maestro comisionado, esto es, su percepción descontada vía participaciones, más las percepciones otorgadas vía nómina, así como la categoría a la que pertenecen dentro de dicho tabulador de sueldos.

Además de lo anterior se observó durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007 que la Presidenta del DIF, la C. María de Lourdes de la Rosa Vázquez se dio de baja de la comisión asignada el día 12 de febrero de 2007, sin embargo se continuó descontándose vía participaciones su sueldo hasta el mes de junio de 2007, sumando un total de $47,432.87.

actual integre el expediente de cada Maestro Comisionado que deberá contener el oficio de comisión, el detalle de lo que se descuenta vía participaciones, el acta de Cabildo en donde se autoriza el puesto y pago bajo concepto de compensación en caso de que proceda, así como el sueldo que se le paga según plantilla de personal y tabulador de sueldos, además de solicitar a la Secretaría de Finanzas el reintegro de lo descontado indebidamente de la Presidenta del DIF, a la C. María de Lourdes de la Rosa Vázquez, la cual se dio de baja de la comisión asignada el día 12 de febrero de 2007 y por la cual se continuó descontando vía participaciones su sueldo hasta el mes de junio de 2007, ya que esta situación será motivo de seguimiento en revisiones posteriores. Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-8, Observación AF-8

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

En la revisión realizada al egreso se detectaron varias erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que fueron comprobadas con documentación que no cumple con los requisitos fiscales, las cuales se detallan a continuación:

No FECHA PÓLIZA SUBCTA No. No. CH. No. DE CUENTA BANCARIA BANCO IMPORTE DE LA TRANS. BENEFICIARIO DEL CHEQUE RUBRO O ASPECTO OBSERVACIONES IMPORTE OBSERVADO Erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que se comprueban con documentación que no cumple con los requisitos fiscales

1 10/05/2007 E00144 3801 942 176509596 BANORTE 20,000.00 MUNICIPIO DE

VILLA GARCÍA Gastos de Ceremonia y En póliza de egresos no. 144 14,000.00 AF-07/54-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que todas las erogaciones que realice sean comprobadas con documentación que reúna los requisitos fiscales que establecen

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

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INFORME DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Orden Social de fecha 10 de

mayo de 2007 presenta como documentación comprobatoria por la contratación de un show para el día diez de mayo el recibo interno de egresos por $14,000.00 firmado por el C. Ramón David Romero Hernández, credencial para votar del mismo

y contrato de prestación de servicios, sin embargo no anexa el comprobante que reúna los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

2 31/05/2007 E00164 3801 962 176509596 BANORTE 80,000.00 MUNICIPIO DE

VILLA GARCÍA Gastos de Ceremonia y Orden Social En póliza de egresos no. 164 de fecha 31 de mayo de 2007 presenta documentación comprobatoria por la compra de cd's la cual no reúnen los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, por un importe total de $5,532.20. 5,532.00

3 28/02/2007 E00038 9201 883 176509596 BANORTE 88,709.87 MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA Intereses

En póliza de egresos no. 38 de fecha 28 de febrero de 2007 se registra en la cuenta 9201 de intereses dos pagos el primero por $3,600.00, por concepto de intereses correspondientes a los meses de diciembre de 2005 y enero y marzo de 2006 la casa del estudiante por $3,600.00 y el pago de $5,615.00 a Fondo Plata Zacatecas mediante un recibo provisional de folio 037 de fecha 28 de febrero de 2007 a nombre de la Presidencia Municipal de

Villa García, Zac.

por la adquisición de un predio urbano a nombre del C. Adauro Rodríguez Yañez. Se observa la comprobación sin requisitos fiscales. 9,215.00 SUMA 28,747.00

los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de cumplir con normatividad. respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, corrobore que la documentación reúna los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

SOLVENTA Y

SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

(15)

INFORME

DETALLADO:

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa García, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2007 un Déficit por el orden de $1,266,722.08, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos.

(16)

INFORME

DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-9, Observación AF-9 Que corresponde a la administración 2007-2010

El municipio de Villa García, Zacatecas no presentó saldo en el rubro de caja al 31 de diciembre de 2007 en el Estado de Posición Financiera, no obstante cabe señalar que en visita de campo realizada al municipio, se realizó arqueo de caja al departamento de catastro, en el que se pudo verificar que, para poder llegar al efectivo total del día 28 de febrero de 2008 fue necesario tomar en cuenta las erogaciones de gasto corriente del municipio, ya que no existe un fondo fijo del cual se pueda hacer uso para llevar a cabo dichos gastos.

AF-07/54-015 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar un fondo fijo para solventar los gastos menores del municipio, el cual deberá de contar con la aprobación del H. Ayuntamiento, el monto del mismo, además de respaldar dicho importe con pagaré firmado por el responsable de dicho fondo fijo, evitando con esto hacer uso del ingreso diario, ya que este debe de ser depositado íntegramente a las cuentas bancarias del municipio. Lo anterior con base en lo señalado en la Ley Orgánica del Municipio en su artículo 93 fracción IV y 96 fracciones I y III.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

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INFORME

DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-10, Sin Observación

La cuenta de Bancos presentó un saldo de $565,661.37 al 31 de diciembre de 2007, integrado en 6 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose verificado que el municipio realiza con un desfase de 29 días los depósitos a las cuentas en mención, además de registrar correcta y oportunamente los cheques expedidos mediante el uso de firmas mancomunadas; cabe mencionar que se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave, sin detectar observaciones que hacer constar en este rubro.

(18)

NFORME

DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-11, Observación AF-10 Que corresponde a la administración 2007-2010

El importe del saldo de Deudores Diversos al 31 de diciembre de 2007 se situó en $331,000.00, cabe señalar que al inicio del ejercicio dicho rubro no contaba con saldo, sin embargo al 15 de septiembre ascendió a $55,000.00 recuperándose este importe el día 18 de diciembre de 2007, además se observó que la Administración Municipal actual a partir del 12 de noviembre realizaron varios préstamos para el patronato de la feria los cuales al 31 de diciembre de 2007 no fueron recuperados. Cabe mencionar que en revisión realizada al soporte documental de esta cuenta se observó que todos los préstamos se encuentran sustentados mediante pagaré firmado por el Profr. Bárbaro Flores Lozano, encargado del Patronato de la Feria.

AF-07/54-016 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual, que efectúe las acciones de cobro pertinentes para la recuperación de los préstamos al patronato de la feria a nombre del Profr. Bárbaro Flores Lozano. De igual manera se les exhorta evitar el otorgamiento de préstamos, ya que los recursos públicos tienen fines específicos definidos en los programas y presupuesto del ente, por lo que no deben utilizarse para la realización de préstamos, lo anterior estipulado en los artículos 96 fracciones I y II, 151, 177 y 181 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

AF-07/54-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que la Tesorería Municipal realice las acciones de cobro pertinentes para la recuperación de los préstamos al patronato de la feria a nombre del Profr. Bárbaro Flores Lozano, así como que la tesorería evite destinar recursos para el otorgamiento de préstamos, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2007 fue por $7,910,458.06 Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $2,002,596.16, de las cuales $1,894,957.16 (94.63%) se realizaron con recursos propios y $107,639.00 (5.37%) con recursos federales.

Resultado PF-01, Sin Observación

Que corresponde a la administración 2007-2010

En el ejercicio 2007, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $107,639.00 el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III por la cantidad de $61,774.00 y del Fondo IV por un monto de $45,865.00, correspondiente a la adquisición de mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y una aportación parcial para la compra de un vehículo. Es conveniente mencionar que el total de las adquisiciones realizadas fueron incorporadas al Activo Fijo e incrementadas al Patrimonio del Municipio.

Resultado AF-12, Sin Observación

Derivado de la revisión física de los bienes adquiridos en el ejercicio, se verificó la existencia de bienes muebles con recursos propios por un importe de $1,894,957.16, entre los cuales destaca una camioneta Nitro SLT 4X2 con número de serie 7W653406 y la adquisición de una casa habitación adquirida al C. Juventino Herrera Herrera, habiéndose verificado que los bienes adquiridos cuentan con su soporte documental y se encontraron al servicio del municipio.

Resultado AF-13, Observación AF-11

Que corresponde a ambas administraciones 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007) y 2007-2010.

Al llevar a cabo la revisión del inventario físico del parque vehicular, así como de los expedientes que integra cada uno de los vehículos propiedad del municipio, se observó que las unidades carecen de datos que permitan su identificación, ya que no cuentan con el logotipo del municipio, número económico, pago de tenencia actualizada, resguardos y pólizas de seguros, entre otros documentos.

AF-07/54-018 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual llevar a cabo la rotulación de los vehículos con los logos de la administración, así como el número económico que les corresponde a cada unidad, esto con la finalidad de lograr una mayor identificación de las unidades vehiculares, así como efectuar las gestiones necesarias para realizar la programación del pago de las tenencias que se encuentren rezagadas, y ver la posibilidad de asegurar dichas unidades que representen mayor riesgo de siniestro. Lo anterior con base en los artículos 92

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores.

AF-07/54-19 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que la totalidad de los vehículos oficiales sean marcados con el logotipo de la presidencia municipal y número económico, así como que todos cuenten con tenencia vigente y estén asegurados presentando prueba fotográfica a este Órgano Fiscalizador, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

Resultado AF-14, Observación AF-12

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

Se llevó a cabo la revisión del expediente de las denuncias de entrega-recepción presentadas por el municipio, en el que se pudo apreciar que según oficio número 1 de fecha 24 de de septiembre de 2007, suscrito por las C.C. Angelina Ojeda Castillo y Olivia Montoya D., Directora y Presidenta del Sistema Municipal del Desarrollo para la Integración Municipal, en donde denuncian que los siguientes bienes muebles no fueron encontrados y si fueron relacionados en el expediente de entrega recepción:

Cantidad No. Inventario Descripción del Bien

1 DIF002 Escritorio metálico color beige

1 DIF012 Exprimidor

1 DIF036 Vaporeara de aluminio de 34 cm 1 DIF079 Cámara Digital

AF-07/54-020 Solicitud de

Aclaración

Se solicita a la Administración Municipal 2004-2007, ubicar los bienes antes descritos, realizando una acta donde permita corroborar su existencia, avalada mediante la firma del Síndico Municipal, Secretario de Gobierno y Contralor Municipal de la administración 2007-2010, así como reporte fotográfico y resguardo de los mismos. Lo anterior con base en los artículos 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

SUBSISTE Y POR LO TANTO NO SOLVENTA En virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

aclaración ni

documentación para la solventación de la misma, la acción a promover deriva en una Promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-15, Observación AF-13

Que corresponde a la administración 2007-2010

Derivado de la revisión física realizada en la visita de

AF-07/54-021 Pliego de Observaciones

La Auditoría Superior del Estado

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

registrada como pasivo en la póliza de diario no. 124 de fecha 28 de diciembre de 2007, cabe señalar que posteriormente fue liquidada con recursos del Fondo IV con el cheque número 63 de la cuenta bancaria 551759617.

encontrada en propiedad del municipio, la cual se adquirió mediante el cheque número 63 de la cuenta bancaria 551759617 del Fondo IV. Lo anterior con fundamento en los artículos 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Resultado AF-16, Observación AF-14

Que corresponde a ambas administraciones 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007) y 2007-2010.

Derivado de la revisión física realizada a los bienes muebles adquiridos en el ejercicio 2007, se observó que no se encuentran señalados o etiquetados para su ubicación y mejor control de los mismos, por lo que se dificultó su ubicación, además de que no se cuenta con los resguardos correspondientes.

AF-07/54-022 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar la actualización del inventario de bienes muebles asignando a cada uno de ellos un número de inventario, etiquetándolos para su fácil identificación y mejorar el control de las mismos, así como elaborar los resguardos correspondientes, lo anterior con base en los artículos 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio. Esta situación será motivo de seguimiento en revisiones posteriores.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que la administración municipal 2007-2010 actualice el inventario de bienes muebles asignando a cada uno de ellos un número de inventario, etiquetándolos para su fácil identificación y mejorar el control de las mismos, así como corroborar la elaboración de los resguardos correspondientes, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-17, Observación AF-15

Que corresponde a ambas administraciones 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de

AF-07/54-024 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual,

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

septiembre de 2007) y 2007-2010.

En visita de campo realizada al municipio de Villa García, Zacatecas, se llevó a cabo la revisión de bienes inmuebles propiedad del municipio, observándose que el municipio no presentó los expedientes de 39 bienes debido a que no se tiene información ni documentación que acredite la posesión legal del Ayuntamiento, como lo son las escrituras a nombre del mismo, así como el documento que avale su inscripción ente el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Ninguno de los predios propiedad del municipio, descritos en la siguiente tabla, cuentan con escrituras, así mismo no se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad.

No UBICACIÓN UTILIZACIÓN QUE

SE LE DA AL INMUEBLE SUPERFICIE 1 ADOLFO LÓPEZ MATEOS, ESQ. ZARAGOZA PALACIO MPAL. 1,066.27 M2. 2 ZARAGOZA ESQ. LAS FUENTES AUDITORIO MPAL. 1,001.62 M2. 3 FINAL DE LA CALLE CONSTITUCIÓN PANTEÓN MPAL. 6,239.66 M2. 4 CALLE ZARAGOZA CENTRO, BIBLIOTECA MPAL 397.65 M2 5 CALLE LÓPEZ PORTILLO CAMPO DE FUTBOL (EMPASTADO) 15,904.25 M2 6 ANEXOS AVE. HIDALGO, MIGUEL HIDALGO, CENTRO. PLAZA DE TOROS 1,840.31 M2. 7 CALLE PANFILO NATERA (ENTRE PROP. DE MANUEL ZACARIAS P. FCA. MAURICIO SOLAR BALDIO 228.37 M2. 8 CALLE GUADALUPE SUR DIF MUNICIPAL 9 RASTRO MPAL. CALLE GARCÍA DE

LA CADENA 10 CALLE ZARAGOZA FTE. A CASA GRANDE PLAZA ZACATECAS 450 11 CALLE MATIAS RAMOS SANTOS LECHERIA

que a través del Síndico Municipal, lleve a cabo el inicio de los trámites correspondientes para la escrituración de los 39 bienes inmuebles, así como prever los recursos necesarios para tal efecto, además llevar a cabo la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, para dar seguimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción I y 152 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipio. Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento. AF-07/54-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que se lleven a cabo los trámites correspondientes a la escrituración de los 39 bienes inmuebles que no cuentan con este documento, así como su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, e informe de los resultados de su gestión a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

16 ENTRE IGNACIO ARVILLA Y PATROCINIO ESQUIVEL, CALLE ZARAGOZA BALDIO, BAÑOS PUBLICOS 117.45 M2 (39.6 MTS.) 17 TERRENOS EL TEPEYAC

PLAZA DE TOROS TERRENO EL TEPEYAC 18 TERRENO EL TEPEYAC CAMPO DE BEISBOL INFANTIL 19 TERRENO EL JARALILLO CAMPO DE BEISBOL MPAL. 20 SALIDA A IGNACIO ZARAGOZA JARDIN COL. DE LA ROSA 21 TERRENO EL CUAQUITO TERRENO 22 CALLE VICENTE GUERRERO PLAZUELA EL NIÑO 23 AV. PARQUE JUÁREZ, CALLE MATIAS RAMOS SANTOS Y VARIOS PROP. PARQUE JUÁREZ 33,415.31 M2

24 LOS HUESOS UNIDAD

DEPORTIVA LOS HUESOS

22,301.16

25 PROL. FCO. VILLA PARQUE OJO DE AGUA 26 FRACCIONAMIENTO LUIS DONALDO COLOSIO, CALLE CONSTITUCIÓN FRACCIONAMIENTO 30,000.00 M2. 27 CALLE CONSTITUCIÓN POZO Y TERRENO BALDIO, PILAS 153.83 M2 28 ENTRE GALEANA Y ALLENDE TERRENO BALDIO 29 CALLE A. LÓPEZ MATEOS JARDIN A. LÓPEZ MATEOS 30 CALLE FCO. I. MADERO

SALÓN DEL PRI 80.50 M2. 31 EL COPETILLO BOMBA SUMERGIBLE DE 150 HP, TRANSFORMADOR DE 15 KVS, ACCESORIOS ADECUADOS PARA FUNCIONAR POZO CEAPAZ 32 EL SALTO BOMBA SUMERGIBLE DE 25 HP, TRANSFORMADOR DE 30 KVA, ACCESORIOS ADECUADOS PARA FUNCIONAR. POZO EL SALTO

(24)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

CORTÍNEZ, COL. SAN ANTONIO (CAMINO VECINAL) M2. 34 CALLE RUÍZ CORTÍNEZ, COL. SAN ANTONIO CALLE DE ACCESO (CAMINO VECINAL) 72X10.75 774 M2 35 CALLE GUADALUPE CASA HABITACIÓN 38.70 M2 36 ATRÁS DE LA SEC. # 5 UNIDAD DEPORTIVA 5 HAS. 37 CARRETERA VILLA GARCIA -SN. RAFAEL DE OCAMPO.

CENTRO DE SALUD 1/2 HAS.

38 CALLE GUADALUPE #206, CALLE 633.00 MTS. 2 39 FINAL DE LA CALLE CONSTITUCIÓN AMPLIACIÓN DE PANTEÓN MPAL. EN 2 FRACCIONES 100 MTS 2., 2DA. FRAC. AL NORTE MIDE 70.87 MTS. AL SUR MIDE 69.61 MTS. AL ESTE MIDE 134.57 MTS. Y AL OESTE MIDE 155.65 MTS.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-18, Observación AF-16

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

El municipio realizó la contratación de financiamientos en el ejercicio 2007 con la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado por un importe de $3,469,799.00, de dicho monto solo quedó pendiente de pagar el contratado el día 17 de diciembre del mismo año, por $1,250,000.00 y que fue pactado con vencimiento el 31 de diciembre de 2008.

Cabe mencionar que en este rubro se presentó un incremento del 24.82% respecto del saldo al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente a la contratación de 2 préstamos con Banobras en el mes de febrero de 2007, sumando un total de $1,100,107.00 y al incremento de pasivos, observándose que el ente auditado no presentó ante la H. Legislatura del Estado el Programa de Financiamiento Anual correspondiente al ejercicio sujeto a revisión, para su aprobación, conocimiento y registro.

AF-07/54-026 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal actual que para efectos de contratación de Deuda Pública y otros financiamientos, observe lo establecido en la Ley de Deuda Pública para el Estado y Municipios de Zacatecas vigente, presentando su Programa de Financiamiento Anual dentro de su Presupuesto de Egresos, conforme lo señala el artículo 12 fracción I de dicha Ley, asimismo, cumplir con los demás requerimientos establecidos en dicho artículo. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-07/54-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que el ente auditado realice las acciones necesarias para cumplir lo establecido en la Ley de Deuda Pública para el Estado y Municipios de Zacatecas vigente, presentando su Programa de Financiamiento Anual dentro de su Presupuesto de Egresos, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-19, Observación AF- 17

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

Derivado de la revisión realizada a los pasivos y al seguimiento a la recomendación 06-54-016 realizadas en la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2006 se pudo observar que el municipio de Villa García, Zac., no ha dado cumplimiento a la recomendación realizada en el sentido de que programe y efectúe los pagos de las obligaciones contraídas, principalmente con el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Servicio de Administración Tributaria, ya que en el ejercicio sujeto a revisión se han contraído más obligaciones con las mismas y no se realizó ningún pago a las mencionadas dependencias, resultando un saldo al 31 de diciembre en la cuenta 2104-03-0003 I.M.S.S. de $537,444.92 y

AF-07/54-028 Recomendación

Se reitera la recomendación a la Administración Municipal actual en el sentido de que programe el pago de las Cuotas Obrero Patronales al I.M.S.S. y el entero de las retenciones del Impuesto sobre la Renta por Salarios, ya que esta observación será motivo de seguimiento en revisiones posteriores. Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-07/54-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que el ente auditado realice las acciones necesarias para

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en la cuenta 2104-03-0005 de Impuesto sobre la Renta por Salarios por $64,643.17, detallándose los saldos al final de cada administración en la siguiente tabla: CUEN TA NOMBRE DE LA CUENTA SALDO AL 31/01/200 7 15/09/ 2007 31/12/20 07 2104-03 PRESTACIONES SOCIALES 498,662.94 576,867.09 602,088.09 2104-03-0003 I.M.S.S. 462,970.48 520,449. 56 537,444.9 2 2104-03-0005 IMPUESTO SOBRE PRODUCTOS DEL TRABAJO 35,692.46 56,417.5 3 64,643.17

cumplir con sus obligaciones fiscales, corroborando que se programe el pago de las Cuotas Obrero Patronales al I.M.S.S. y el entero de las retenciones del Impuesto sobre la Renta por Salarios, e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-20, Observación AF- 18

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

Derivado del oficio no. 006/07 de Tesorería Municipal, suscrito por el C. Profr. Héctor Eduardo Ortíz Galván, de fecha 10 de octubre de 2007 y del análisis realizado a los elementos presentados como soporte de los pasivo, examinándose un total de $4,668,269.35 correspondientes a pasivos que presuntamente no registró la Administración 2004-2007 a la fecha de Entrega-Recepción y una vez realizado el estudio de los mismos se concluyó que se omitió el registro de $2,734,345.67, cabe señalar que de este importe $817,300.00 ya fueron pagados por la administración 2007-2010 debido a la exigencia y prioridad del pago, resultando de esta manera por realizar el registro de $1,917,045.67, de los cuales están conformados por $976,096.18 que son susceptibles de pago ya que pudo corroborarse su aplicación y comprobación al gasto, $80,791.25 no cuentan con el soporte documental correspondiente, sin embargo fueron asentados en el acta de Cabildo no. 42 celebrada en sesión extraordinaria el día 3 de septiembre de 2007 y $860,158.23 corresponde a obras y pagarés de los cuales no pudo comprobarse

AF-07/54-030 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

La Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, al C. Arturo Chavarría Cuevas, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de febrero al 15 de septiembre de 2007, por omitir el registro de pasivos por $2,734,345.67. Lo anterior con base en lo previsto en los artículos 96 fracción I y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5 fracciones I, III y XX de la Ley de Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

La Auditoria Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44

de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

comprobación y aplicación en beneficio del municipio se consideran susceptibles de registro y pago, los cuales se detallan a continuación: NO. FACTU RA PROVEEDOR FECHA PASIVO S SUCEP TIBLES DE REGIST RO ADEUDO CON PROVEEDORES

(OBRA PÚBLICA)

255 JESÚS MARES ORTIZ PAGO DE MAQ. PARA EXCAVACIONES Y RELLENO DE ALCANTARILLADO 13/09/20 07 85,072.0 0

256 JESÚS MARES ORTIZ REHABILIT CAMINO BENITO JUÁREZ FRAGUAS 3.1 KM 13/09/20 07 276,068. 00

258 JESÚS MARES ORTIZ REHABILIT CAMINO LA TACHO RANCHO NUEVO 3.2 KM 14/09/20 07 284,694. 00 0026 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIBRA, S.A.DE C.V. ALCANTARILLADO EN EL TEPEYAC 3ra ETAPA 381.46 M.L. 07/09/20 07 206,529. 00 27 07/09/20 07 113,513. 00 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIBRA, S.A.DE C.V. ALCANTARILLADO RANCHO DE LA CRUZ 3ra. ETAPA 302 M.L. SUBTOTAL 965,876 ACREEDORES DIVERSOS 04/10/20 07 10,220.1 8 PRO C. ADM T. RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE ZACATECAS, EN FUNCIÓN DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR EL C. RAÚL RUVALCABA OJEDA, POR LOS GASTOS DE CONSTRUCCIÓN REALIZADOS. SUBTOTAL 10,220.1 8 TOTAL 976,096. 18 manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-07/54-032 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la administración municipal 2004-2007, presente el soporte documental correspondiente al importe de $80,791.25, los cuales fueron asentados en el acta de Cabildo no. 42 celebrada en sesión extraordinaria el día 3 de septiembre de 2007 y aclare lo correspondiente a $860,158.23 concerniente a obras y pagarés de los cuales

SUBSISTE Y POR LO TANTO NO SOLVENTA En virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó aclaración ni documentación para la solventación de la misma, la acción a promover deriva en una Promoción

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

no pudo comprobarse la aplicación del gasto, mismos que se detallan a continuación:

NO. FACTUR A PROVEED OR FECH A PASIVOS SIN SOPORTE DOCUMENT AL PASIVOS QUE NO COMPROBARO N LA APLICACIÓN DEL RECURSO TOTAL PROVEEDORES (GASTO CORRIENTE) SIN DOC COMPROBATORIA 15,000.00 15,000.0 0 SIN DOC COMPROBATORIA 13,842.00 13,842.00 SIN DOC COMPROBATORIA 7,699.25 7,699.25 SIN DOC COMPROBATORIA 5,000.00 5,000.00 SIN DOC COMPROBATORIA 25,600.00 25,600.0 0 SUMA 67,141.25 0.00 67,141.25

ADEUDO CON PROVEEDORES

(OBRA PÚBLICA) 654 DEMOLICIÓN Y URBANIZACIÓN, S.A. DE C.V. RENTA DE EXCAVADORA HIDRAULICA CAT 330 -L 176.6472 HORAS LA FACTURA TIENE UN SELLO DE CANCELADO 03/09/2007 223,458.80 223,458.80 43 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIBRA S.A. C.V. 14/09/2007 70,591.26 70,591.26 42 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LIBRA S.A. C.V. 14/09/2007 39,713.89 39,713.89 CONVE NIO FRANCISCO RAMÍREZ RUVALCABA 06/08/2007 146,420.00 146,420.00 CONVE NIO SUSAR LIDER ELÉCTRICIO, S.A. DE C.V. 06/08/2007 109,100.00 109,100.00 CONVE NIO ROSA ANGÉLICA MACÍAS VILLALOBOS 25,874.2 8 25,874.2 8 SUMA 615,158. 23 615,158. 23 ACREEDORES DIVERSOS ARTURO ECHEVERRÍA HERNÁNDEZ 08/09/2007 11,000.00 11,000.00 GABRIELA ALTAMIRA VALDEZ 08/05/2007 5,000.00 5,000.00 J. GUADALUPE DÍAZ SANTOS 08/09/2007 15,000.0 0 15,000.0 0 SAMUEL GUERRERO SANTOS 08/09/2007 80,000.00 80,000.00 JUAN CARLOS GUERRERO 09/09/2007 40,000.00 40,000.00 para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(29)

INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

SUMA 13,650.00 245,000.00 258,650.00

TOTAL 80,791.25 860,158. 23

940,949. 48

(30)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE

EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ

COMO APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa García, Zacatecas, no presentó modificaciones a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2007.

En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2007 el municipio recaudó y recibió 17.78% más de lo presupuestado, observándose que los incrementos de orden relevante se presentaron en los rubros de Participaciones y Deuda Pública, asimismo se observó que los decrementos más importantes se presentaron en los rubros de Aprovechamientos y Otros Programas y Ramo 20; por lo que respecta al presupuesto de Egresos existe un sobreejercicio del 21.78%, registrándose desfases en todos los rubros a excepción de Otros Programas y Ramo 20, cabe mencionar que el concepto de Bienes Muebles e Inmuebles no fue presupuestado.

Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, observando que el incremento recibido y recaudado en los Ingresos es menor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo el análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, además de verificar en forma general la normatividad aplicable al municipio, sin embargo el municipio cobra por concepto de derechos y productos no contemplados en la citada Ley, dicha situación se encuentra observada y detallada en el apartado de Ingresos de este Informe de Resultados.

Resultado AF-21, Observación AF-19

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 al 31 de enero y 01 de febrero al 15 de septiembre de 2007).

Derivado del análisis y revisión de las Actas de Cabildo, se encontró que en la celebrada el 31 de enero de 2007 identificada con el número 30, se aprueban retomar las gestiones para que un Ejido le done al municipio un terreno para el panteón municipal, y que personal de la misma administración fabrique los blocks para la construcción del mismo.

AF-07/54-0033 Solicitud de Aclaración

Se solicita a la administración municipal 2004-2007, presentar a esta Entidad de Fiscalización para su debida revisión y revalidación, el contrato de donación de un terreno para el panteón municipal celebrado entre el municipio y el Ejido, escrituras del Bien Inmueble, inscripción el en Registro Público de la Propiedad, breve explicación de la situación de dicho terreno y su donación, así como la documentación o trámites que se generen de dicha donación. Lo anterior de conformidad con los artículos 17 fracción X, 18, 22 único párrafo, y 67 fracción III de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

SOLVENTA Y SE LE DARÁ SEGUIMIENTO

Resultado AF-22, Observación AF-20

Que corresponde a la administración 2004-2007 (Periodo del 01 de febrero al 15 de septiembre de

AF-07/54-034 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

La Auditoria Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y

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