FORMULACIÓN DEL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – PIGA PARA LA ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTOBAL
ANGELICA MARIA BARRERO RODRIGUEZ
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
PROYECTO CURRICULAR DE INGENIERIA AMBIENTAL BOGOTÁ D.C.
INFORME FINAL DE PASANTIA
FORMULACIÓN DEL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – PIGA PARA LA ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTOBAL
ANGELICA MARIA BARRERO RODRIGUEZ 20052180004
Director Interno FERNANDO SANCHEZ SANCHEZ
Director Externo JHON ANDRES MARTINEZ CALLEJAS
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
PROYECTO CURRICULAR DE INGENIERIA AMBIENTAL BOGOTÁ D.C.
Resumen
El Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA es un instrumento de planificación ambiental desarrollado por las instituciones del orden distrital como ejecutoras complementarias del Plan de Gestión Ambiental del distrito capital PGA, cuyo objetivo principal es garantizar la calidad ambiental, la ecoeficiencia y la armonía socio ambiental. La alcaldía local de San Cristóbal formula el PIGA, para dar cumplimiento a la normatividad legal ambiental vigente y establecer la estructura metodológica para la gestión ambiental que permita la consecución de los objetivos ambientales y la mejora del desempeño ambiental de esta entidad. A partir de la identificación y valoración de los impactos ambientales, se establecen como respuesta, los programas de ecoeficiencia como instrumentos rectores para el uso racional y eficiente del recurso hídrico y energético, el manejo integral de los residuos sólidos y la implementación de prácticas sostenibles como mecanismos para el control, mitigación y prevención de los impactos ambientales significativos, estos estructuran el plan de acción anual en materia ambiental. Dichos programas cuentan con indicadores de gestión que permiten la medición, el seguimiento y monitoreo del desempeño ambiental, permiten la toma de decisiones y propenden la orientación al logro y la mejora continua del sistema de gestión ambiental de la Alcaldía Local de San Cristóbal.
Palabras clave: PIGA, Ecoeficiencia, Gestión Ambiental, Impacto ambiental, Desempeño ambiental, planificación.
The Institutional Environmental Management Plan - PIGA is an environmental planning instrument developed by the institutions of district order as complementary implementing the Environmental Management Plan PGA of district capital, whose main aim is ensure the environmental quality, the eco-efficiency and social and environmental harmony . The Local Mayor of San Cristobal makes the PIGA, to comply with environmental legal regulations in force and to establish the methodological framework for environmental management that allows the achievement of environmental goals and improving the environmental performance of this entity. Starting from the identification and assessment of environmental impacts, are set in response, the eco-efficiency programs as guiding tools for the rational and efficient use of water and energy resources, the integrated management of solid waste and the implementation of sustainable practices as mechanisms for control, mitigation and prevention of significant environmental impacts, programs that structure the annual plan of action on environmental issues. These programs have performance indicators that allow measurement, follow up and monitoring of environmental performance, allowing to take decisions and tend achievement orientation and the continuous improvement of the environmental management system of the Local Mayor of San Cristobal.
Tabla de contenido
1. Planteamiento del problema... 10
2. Justificación ... 11
3. Objetivos ... 12
3.1. Objetivo general ... 12
3.2. Objetivos específicos ... 12
4. Marco teórico ... 13
4.1. Gestión ambiental ... 15
4.2. Plan de gestión ambiental (pga) ... 16
4.3. Plan institucional de gestión ambiental – piga ... 16
4.4. Comité de gestión ambiental ... 16
4.4.1. Concertación piga... 17
4.5. Impacto ambiental ... 17
4.5.1. Tipo de impacto ... 17
4.6. Medidas de compensación ... 18
4.7. Medidas de corrección ... 18
4.8. Medidas de mitigación ... 18
4.9. Medidas de prevención ... 18
4.10. Aspecto ambiental ... 18
4.11. Control operacional... 18
4.12. Desempeño ambiental ... 18
4.13. Planeación ambiental ... 19
4.14. Instrumentos operativos de planeación ambiental pga ... 19
4.14.1. Otros instrumentos de planeación ambiental ... 19
4.14.2. Principios ... 20
4.14.3. Objetivos ... 21
4.14.4. Estrategias ... 21
5. Marco normativo ... 21
6. Metodologia ... 26
6.1. Recolección de la información ... 26
6.3. Identificación de aspectos e impactos ambientales ... 28
6.4. Valoración del impacto ... 29
6.4.1. Identificación del recurso ... 29
6.4.2. Observaciones ... 29
6.4.3. Tipo de impacto ... 29
6.4.4. Importancia del impacto ... 30
6.4.4.1. Alcance ... 30
6.4.4.2. Probabilidad ... 30
6.4.4.3. Duración (d) ... 31
6.4.4.4. Recuperablidad ... 31
6.4.4.5. Cantidad (c) ... 31
6.4.4.6. Normatividad (n) ... 31
6.4.5. Rango de importancia ... 32
6.4.6. Significancia del impacto ambiental ... 32
6.5. Diseño de programas de gestión ambiental ... 32
6.6. Diagrama metodológico ... 33
7. Resultados y analisis ... 34
7.1. Descripción institucional ... 34
7.1.1. Funcionalidad alcaldía ... 34
7.1.2. Misión, visión y objetivos estratégicos ... 34
7.1.2.1. Misión ... 34
7.1.2.2. Visión ... 34
7.1.3. Objetivos estratégicos ... 34
7.1.4. Productos y servicios de la alcaldía local de san cristóbal ... 35
7.1.4.1. Gestión jurídica ... 36
7.1.4.2. Gestión administrativa y financiera ... 37
7.1.4.3. Gestión documental ... 38
7.1.4.4. Servicio al ciudadano ... 38
7.1.4.6. Área de comunicaciones ... 39
7.1.4.7. Área de tecnológia ... 39
7.1.4.8. Junta administradora local- jal ... 39
7.1.4.9. Unidad de mediación y conciliación (umc) ... 40
7.1.4.10. Inspecciones de policía ... 41
7.2. Ubicación alcaldía ... 42
7.2.1. Datos básicos ... 42
7.2.2. Datos demográficos... 42
7.2.3. Descripción de la localidad ... 44
7.2.4. Ubicación de la alcaldía local de san cristóbal ... 45
7.2.5. Linderos: ... 45
7.2.6. Sedes ... 45
7.2.7. Funcionarios, contratistas y personal de servicios ... 45
7.2.8. Horarios ... 46
7.2.9. Organigrama ... 46
7.3. Planificación ... 47
7.3.1. Identificación de aspectos e impactos ambientales ... 47
7.4. Condiciones ambientales del entorno ... 48
7.4.1. Características ambientales de la localidad cuarta de san cristóbal ... 48
7.4.2. Potencialidades ambientales ... 50
7.4.3. Procesos claves en material ambiental ... 50
7.4.4. Problemáticas ambientales. ... 50
7.5. Condiciones ambientales institucionales ... 52
7.6. Análisis de la gestión ambiental ... 55
7.7. Objetivos ambientales ... 55
7.7.1. Objetivo general ... 55
7.7.2. Objetivos específicos ... 55
7.8. Progamas de gestion ambiental ... 56
7.8.1. Programa de ahorro y uso eficiente del agua ... 57
7.8.3. Programa de gestión integral de residuos ... 61
7.8.4. Programa de implementación de prácticas sostenibles: mejoramiento de las condiciones ambientales internas ... 65
7.8.5. Programa de consumo sostenible ... 67
7.9. Plan de acción ... 72
7.10. Divulgación. ... 72
7.11. Comité piga ... 73
7.11.1. Gestor ambiental ... 73
8. Conclusiones ... 74
9. Recomendaciones ... 77
10. Bibliografía ... 79
INTRODUCCIÓN
La gestión ambiental es considerada un instrumento de planificación ambiental para el cumplimiento de los objetivos planteados en las políticas públicas que promueven la ecoeficiencia, la calidad ambiental, el desarrollo urbano, regional, etc, a que a partir de ella es posible integrar las acciones en toda la dimensión del componente ambiental en consideración a los impactos que las actividades antrópicas y los proyectos de desarrollo de las sociedades puedan generar. La gestión Ambiental articula desde el plan de gestión ambiental del distrito PGA 2008-2038 la planeación ambiental del territorio, empleando instrumentos como el plan de acción cuatrienal-PACA, los planes ambientales locales-PAL y los planes Institucionales de Gestión Ambiental-PIGA.
En el marco de la política de descentralización, la Alcaldía Local de San Cristóbal es una dependencia de la Secretaria Distrital de Gobierno que se encarga de la implementación de políticas públicas a través de la implementación de proyectos de inversión en concordancia con El plan de Desarrollo Distrital.
La Alcaldía local de San Cristóbal se encuentra localizada en Avenida 1 de Mayo No. 1 - 40 Sur. Su área de jurisdicción está constituida por 5 UPZ y una población de 488.407 habitantes. Como ente distrital esta debe dar cumplimiento a los requisitos normativos del subsistema de gestión ambiental en el marco del plan de Gestión Ambiental Distrital - PGA, desarrollando, implementando y manteniendo el Plan Institucional de Gestión Ambiental-PIGA, bajo la orientación y control de la Secretaria Distrital de Ambiente
Dentro de los objetivos de desarrollo hacia una ciudad competitiva y ambientalmente sostenible la Secretaria Distrital de Ambiente, ha ido evolucionando de acuerdo a las dinámicas cambiantes y necesidades del territorio y de cada una de las 92 entidades del distrito obligadas a formular, actualizar e implementar los Planes Institucionales de Gestión Ambiental, por ello recientemente replanteó mediante la Resolución 242 de 2014 los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA” anteriormente regulado por Decreto Distrital 456 de 2008; ante las modificaciones normativas presentadas se realizó la revisión y reformulación del documento PIGA como instrumento de planificación de la gestión ambiental en la Alcaldía Local de San Cristóbal, rediseñando las estrategias y programas ambientales, para lograr de tal modo el cumplimiento a los requerimientos legales, los objetivos ambientales y el principio de corresponsabilidad de las entidades distritales.
ambiental – Secretaria Distrital de Ambiente (SDA) para la construcción del instrumento de planeación ambiental.
El marco teórico se compone de los aspectos relevantes que dan origen y constituyen la gestión ambiental y el PIGA como instrumentos de planificación ambiental de las instituciones públicas del distrito capital, y que responden a los lineamientos y políticas ambientales relacionadas, así como el marco normativo que regula y dispone las directrices en los aspectos funcionales de las actividades desarrolladas por las organizaciones que allí son descritas.
Las condiciones ambientales del entorno son evaluadas a través del proceso de evaluación ambiental cuyo fin es la identificación y valoración de los impactos ambientales generados por el desarrollo de las actividades funcionales y anexas de la Alcaldía, de allí surge el proceso de análisis y priorización de impactos ambientales significativos, en consideración a ellos se efectuó el diseño de los programas de gestión ambiental orientados a la ecoeficiencia y la promoción de buenas prácticas ambientales.
Más adelante dentro de la formulación de cada uno de los programas establecidos por la normativa se construyeron las metas e indicadores de seguimiento que permiten el control y monitoreo de las actividades planificadas y permiten la medición cuantitativa del desempeño ambiental en las fases de implementación de dichos programas en concordancia con el plan de acción anual de la vigencia 2015, a partir del diagnóstico y priorización efectuado a través de la metodología definida por la SDA.
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA es un instrumento de planificación ambiental desarrollado por las instituciones del orden distrital como ejecutoras complementarias del Plan de Gestión ambiental del distrito capital PGA (2008 – 2038). Cuyo objetivo principal es garantizar la calidad ambiental, la ecoeficiencia y la armonía socio ambiental.
El distrito capital da inicio a la implementación de la política ambiental para las entidades distritales mediante la adopción del Decreto 061 de 2003 que establece los lineamientos y principios del Plan de Gestión Ambiental Distrital, posterior a ello en el año 2008 el decreto 456 del distrito capital reforma el PGA y complementa la guía para formulación e implementación del PIGA, a la que se le da alcance mediante la Resolución 242 de 2014 expedida por la Secretaria Distrital de Ambiente.
Pese al inicio en 2003 de los proceso de implementación de los instrumentos de planificación ambiental mediante el plan institucional de gestión ambiental en las entidades distritales, la Alcaldía Local de San Cristóbal no había logrado concertar el documento PIGA con la Secretaria Distrital de Ambiente lo que constituye incumplimiento normativo para dicha entidad, La dificultad frente a la concertación del instrumento de planificación PIGA, obedece al diseño y formulación del mismo, ya que no se articulaba conforme a las condiciones ambientales del entorno y no daba cumplimiento a los requisitos exigidos para ello por la autoridad ambiental, lo anterior debido a que la alcaldía local no contaba con personal capacitado y idóneos para tal fin, situación que dificulto el desarrollo de acciones técnicas como la identificación de impactos, el diseño de estrategias y la asignación presupuestal, ya que no se habían desarrollado y lo elaborado no respondía a los objetivos de ecoeficiencia definidos; Adicionalmente es posible evidenciar que la formulación e implementación del PIGA no se consideraba como relevante dentro de los procesos funcionales del ente distrital.
2. JUSTIFICACIÓN
La gestión ambiental debe ser entendida como una estrategia de prevención y resolución de las problemáticas ambientales y el mecanismo para mantener y potencializar las acciones encaminadas hacia la ecoeficiencia y el desarrollo sostenible y el cuidado de los recursos naturales. En el Distrito Capital está, enmarca los principios, objetivos y estrategias ambientales y se materializa a través de instrumentos de planeación ambiental, que varían en el tiempo y alcance en consideración a las necesidades propias del territorio, a través del denominado Plan de Gestión Ambiental PGA (2008-2038)
Dentro de los instrumentos de planeación ambiental el Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA, se constituye en la directriz institucional que integra las acciones de gestión encaminadas al análisis de la situación ambiental y el desarrollo de proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento legal, promuevan las buenas prácticas y reduzcan los costos ambientales de las 92 entidades del Distrito Capital. Como ente distrital y conforme al principio de corresponsabilidad establecido en el Decreto 456 de 2008, es prioritario que se efectúen todos los esfuerzos y acciones encaminadas al cumplimiento de las políticas públicas del plan de gestión ambiental del distrito a través de la formulación e implementación del plan institucional gestión ambiental para la Alcaldía Local De San Cristóbal y se concerté con la autoridad ambiental la pertinencia del mismo para la consecución de los objetivos planteados.
3. OBJETIVOS
3.1. OBJETIVO GENERAL
Formular el Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA de la Alcaldía Local de San Cristóbal en concordancia con los lineamientos establecidos por la Secretaría Distrital de Ambiente en la normatividad vigente para contribuir al mejoramiento de la gestión ambiental institucional.
3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Identificar y valorar los aspectos e impactos ambientales de la Alcaldía Local de San Cristóbal.
Diseñar programas de ecoeficiencia y gestión ambiental en concordancia con el PGA Definir metas e indicadores de los programas de gestión ambiental con el fin de realizar
seguimiento y control del desempeño ambiental de la entidad.
Establecer actividades para el control operacional, seguimiento y monitoreo del desempeño ambiental, la prevención, mitigación y corrección de los impactos ambientales significativos de la entidad.
Definir el plan de acción anual para el cumplimiento de cada una de las etapas del PIGA. Entrega de documento para poner a consideración de la autoridad ambiental la
4.
Marco Teórico
Antecedentes
La gestión ambiental en general se fundamenta en agendas internacionales previstas desde hace varias décadas, propiciadas tanto por diferentes estados como por organizaciones y movimientos ambientales. Podemos reseñar los últimos años de la década de los sesenta, cuando un grupo de intelectuales y científicos denominado Club de Roma, desarrolló una serie de elementos teóricos y consideraciones respecto del desarrollo versus la degradación de los recursos naturales, obteniendo como resultado el informe “Los límites del crecimiento”. También en los años sesenta se destacan los aportes de Rachel Carson, principalmente con su publicación “Primavera silenciosa”, en la que se advertía de los efectos perjudiciales de los pesticidas en el medio ambiente y se culpaba de la creciente contaminación a la industria química.
Posterior a esto se inició la consolidación de los “movimientos verdes” y la constante preocupación por los daños al medio ambiente, lo que se materializó en otras cumbres internacionales, como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre medio ambiente humano en Estocolmo en 1972, el “Informe Brundtland”, la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro en 1992, la segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre asentamientos humanos. Uno de los más recientes pronunciamientos, en el marco de las Naciones Unidas, es la Declaración del Milenio, que contempla el propósito de cumplir ocho objetivos de desarrollo, uno de los cuales corresponde a “Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente”. Todas estas iniciativas paulatinamente fueron generando que países como Colombia, consideraran el tema ambiental en sus escenarios de planificación territorial y en los instrumentos que los desarrollan, como los Planes de Desarrollo y los Planes de Ordenamiento Territorial. 1
Teniendo en cuenta los procesos de continuo cambio que sufre el territorio y los elementos que allí convergen (bióticos, abióticos, antrópicos), se hace necesario estudiar y analizar de manera integral en su interacción e interrelación. En este contexto, la dimensión ambiental juega un importante protagonismo, pues además de que los recursos naturales y el estado del ambiente en general, presentan comportamientos y condiciones particulares en periodos de tiempo específicos, dicho componente ambiental hace parte de las nociones básicas que se han venido decantando como la preocupación moderna por el futuro de la civilización: la sostenibilidad ambiental y la habitabilidad urbana2.
La planeación ambiental es un campo de estudio, que desde 1970 se ha ocupado de la administración colectiva de una sociedad determinada a lo largo de sus recursos que en definitiva incluye los de todo el planeta. El objetivo de la planeación ambiental es el de integrar
1 Plan de gestión ambiental del distrito PGA 2008-2038
la planeación del sector público con la problemática ambiental y proporcionar un marco de trabajo integral que facilite la toma de decisiones a fin de garantizar el desarrollo sostenible.
La planeación ambiental en el Distrito Capital integra los temas de gestión y uso del suelo, contaminación del aire, contaminación visual y auditiva, contaminación hídrica, estructura ecológica principal, zonas de riesgo no mitigable, protección de ecosistemas, desarrollo socioeconómico, transporte, infraestructura y desarrollo urbano regional entre otros, además de propender por la gestión ordenada, transparente, equitativa y eficaz de las relaciones existentes dentro y entre los diversos ecosistemas que integran la ciudad, en beneficio de sus componentes para el presente y futuro.3
En una ciudad como Bogotá, donde convergen dinámicas particulares de funcionamiento, basadas en actividades socioeconómicas que coexisten con una Estructura Ecológica Principal, se hace prioritario contar con un plan de gestión orientado a la sostenibilidad ambiental. Es importante entender la gestión ambiental como un proceso de corto, mediano y largo plazo, en el que se busca prevenir o resolver las problemáticas ambientales, así como mantener y fortalecer las potencialidades del territorio hacia un desarrollo sostenible para la ciudad y la región, propendiendo por el uso racional de los recursos y un ambiente saludable, seguro, diverso, incluyente y participativo.
Es un proceso en el que intervienen diferentes actores estratégicos, como la comunidad, las organizaciones y el Estado, a través de la formulación y adopción de políticas públicas, entendidas como la acción del Estado sobre los problemas socialmente percibidos a través de una o varias instituciones. Esta gestión ambiental se soporta en un plan que incluye los derroteros en torno al manejo de los recursos naturales y el medio ambiente en general, que considera sus condiciones actuales y las causas que las han generado y, a la vez, que sin pretender ser un documento prospectivo, tenga una proyección de largo plazo, donde más que considerar escenarios futuros per se, se parta de un enfoque preventivo, en el cual, a partir de evidenciar las actuales tendencias de crecimiento y desarrollo de la ciudad y su relación con el deterioro de ecosistemas estratégicos, se prevean las situaciones a afrontar y los respectivos mecanismos en el marco de una ciudad sostenible3, tanto con sus recursos naturales como con el desarrollo socioeconómico y cultural de sus habitantes, en este caso teniendo como horizonte el año 2038.
En este contexto, se hace necesario contar con un Plan de Gestión Ambiental que oriente los objetivos y estrategias ambientales hacia un desarrollo sostenible, y que permita además, articular interinstitucionalmente procesos de planeación y gestión ambiental, garantizando y fortaleciendo la corresponsabilidad y la participación ciudadana en la toma de decisiones.4
A partir del Decreto 456 de 2008, se conciben como instrumentos de planeación ambiental de mediano y corto plazo en el Distrito los Planes de Acción Cuatrienal Ambiental – PACA y los
Planes Institucionales de Gestión Ambiental – PIGA; instrumentos que deberán señalar las acciones de gestión ambiental a desarrollar por las entidades distritales para prevenir daños al medio ambiente y contribuir a mitigarlos, compensarlos, cuando estos se hayan producido, o para hacer uso eco eficiente y sostenible de los recursos; estos últimos, objetivo primordial de los PIGAS de las Entidades Distritales.
En este contexto, el PGA se constituye en el origen específico del PIGA, desde el cual cada una de las entidades distritales direcciona sus políticas ambientales con el objeto de aportar al cumplimiento de los objetivos de ecoeficiencia, primordialmente; o a los objetivos de calidad ambiental y de armonía socio-ambiental, según lo permitan sus acciones misionales.
De acuerdo a lo anterior, la Secretaría Distrital de Ambiente ejercerá control sobre el cumplimiento del compromiso de implementación del PIGA en las entidades del Distrito, y entidades gubernamentales del orden regional y nacional cuya jurisdicción este a cargo de la SDA y teniendo en cuenta el objetivo distrital de implementación de un sistema integrado de gestión, en su componente ambiental, brindará acompañamiento hacia la implementación de la norma NTC-ISO 14001, para aquellas entidades que evolucionen satisfactoriamente en la implementación del PIGA, y aquellas que se encuentren actualmente avanzando en esta dirección.
4.1. Gestión Ambiental
El concepto de Gestión Ambiental se refiere a las acciones que en forma consciente y dirigida a propósitos definidos, realice la sociedad para conservar, recuperar, mejorar, proteger o utilizar moderadamente el suelo y los recursos naturales, renovables o no, o para ocupar racionalmente un territorio transformándolo y adaptándolo de manera sostenible.5
Dado el carácter trasversal de la gestión ambiental, la multiplicidad de actores que participan en ella, y el enfoque público del sub portal uso de recursos, es importante definir qué es la gestión ambiental pública: “Conjunto de acciones que lleva a cabo un Estado, por medio de las instituciones especializadas, como parte de la articulación de un proceso de decisión política, en determinadas condiciones políticas, de eficacia y legitimidad, con el fin de lograr los objetivos ambientales incorporados en el proyecto o propósitos políticos propuestos, en un momento determinado”. Estas acciones ambientales hacen parte de toda la acción del Estado, es decir, dentro de los objetivos y propósitos nacionales se encuentran algunos que, o bien son puramente ambientales, o bien se incorporan en los objetivos y propósitos generales que han sido establecidos, y se desarrollan a través de diversas estrategias, mecanismos e instrumentos fijados por el Estado como parte de su conservación y búsqueda del desarrollo sostenible, y según el marco jurídico establecido para tal fin.6 A continuación se presenta la estructura de gestión ambiental sostenible.
5 COLOMBIA. MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE. Propuesta Organizacional Sistemas de Gestión Ambiental
Municipal (SIGAM). Bogotá D.C.: El Ministerio, 2002. 6 Ibid
Figura N° 1. Gestión Ambiental Sostenible
Fuente: SIGAM 2002
4.2. Plan de Gestión Ambiental (PGA)
El Plan de Gestión Ambiental es el instrumento de planeación de largo plazo de Bogotá D.C. en el área de su jurisdicción, que permite y orienta la gestión ambiental de todos los actores distritales con el propósito de que el proceso de desarrollo propenda por la sostenibilidad del territorio distrital y la región.7
4.3. Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA
Instrumento de planeación ambiental que parte de un análisis descriptivo e interpretativo de la situación ambiental de las sedes administrativas y operacionales, de su entorno inmediato, así como de la administración de equipamientos y vehículos de las entidades u organismos distritales, para concretar los proyectos y acciones ambientales en el marco de los programas del Plan Institucional de Gestión Ambiental, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos de ecoeficiencia del Plan de Gestión Ambiental (PGA) y de desarrollar las acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales relacionados con el uso eco eficiente de los recursos8.
4.4. Comité de Gestión Ambiental
Cada Entidad creará un comité interno con el fin de garantizar la efectiva, eficiente y eficaz formulación, concertación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA, el cual será coordinado por el Gestor Ambiental designado y los profesionales responsables de la implementación del PIGA. Éste podrá corresponder al Comité del Sistema Integrado de Gestión y conformarse por directivos, funcionarios o contratistas
pertenecientes a cada una de las áreas de la entidad.9
4.4.1.
Concertación PIGA
Una vez se surta el proceso de formulación, se tendrán cuatro (4) meses para que las entidades Distritales concerté el contenido de su documento PIGA con la Secretaría Distrital de Ambiente.10 A continuación se presenta la ruta crítica para la concertación del PIGA con la autoridad ambiental.
Figura 2. Ruta crítica de concertación piga – Resolución 242 de 2014.
4.5. Impacto ambiental
Es el cambio de un parámetro ambiental en un período específico y en un área definida, particular, actividad una de resultado como comparado con la situación que habría resultado si la actividad no se hubiera realizado11
4.5.1.
Tipo de impacto
9 RESOLUCION 242 DE 2014.
Se refiere al carácter beneficioso (positivo +) o perjudicial (negativo -) que pueda tener el impacto ambiental sobre el recurso o el ambiente.
Positivo (+): Mejora la calidad ambiental del recurso, de la entidad u organismo distrital y/o el entorno.
Negativo (-): Deteriora la calidad ambiental del recurso, de la entidad u organismo distrital y/o el entorno.12
4.6. Medidas de compensación
Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos.13
4.7. Medidas de Corrección
Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o actividad.14
4.8. Medidas de Mitigación
Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.15
4.9. Medidas de Prevención
Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que puedan generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente. 16
4.10. Aspecto Ambiental
Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el ambiente.17
4.11. Control Operacional
Prácticas, actividades o procedimientos que aseguran mantener un nivel permitido, la disminución o que se eviten los impactos ambientales ocasionados por los aspectos ambientales significativos.18
4.12. Desempeño Ambiental
Resultados medibles de la gestión que hace una entidad u organismo de sus aspectos ambientales.19
12 Ibid
13 DECRETO 2820 DE 2010 14 Ibid.
15 Ibid. 16 Ibid.
17 Instructivo Diligenciamiento de la Matriz de Identificación de aspectos y valoración de impactos ambientales.
4.13. Planeación ambiental
Son los componentes de la gestión ambiental, que conforme a sus alcances y características específicas, cumplen, se enmarcan y permiten materializar el Plan de Gestión Ambiental. Dentro de estos se encuentran los "instrumentos operativos de planeación ambiental", por un lado, y "otros instrumentos de planeación ambiental", como a continuación se hace referencia.
4.14.
Instrumentos operativos de planeación ambiental PGA
Son los instrumentos que operativizan e implementan de manera directa el Plan de Gestión Ambiental, a través de la formulación y seguimiento de planes de acción de corto plazo, cuyos principales responsables son las entidades distritales. Dentro de estos instrumentos se encuentran el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental - PACA, los Planes Ambientales Locales - PAL y los Planes Institucionales de Gestión Ambiental - PIGA.
Se caracterizan por no direccionarse a recursos naturales específicos (como los PMA o los POMCA), sino a escalas político-administrativas en general, como la ciudad, las localidades y las entidades distritales. Además, porque priorizan e incluyen la dimensión ambiental en los periodos de armonización de la administración distrital.
4.14.1.
Otros instrumentos de planeación ambiental
Son los instrumentos que, aunque como los demás, deben ceñirse a los lineamientos del PGA, no necesariamente lo materializan u operativizan de manera directa; no obstante, por ser de naturaleza ambiental o por tener componentes ambientales, sus acciones están enmarcadas en la gestión ambiental del Distrito Capital y, por ende, apuntan a la recuperación y conservación de los recursos naturales.
Algunos de estos instrumentos son los orientados a la ordenación o al manejo para la conservación y/o recuperación de áreas con valor ambiental o de recursos naturales específicos, como los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas - POMCA y los Planes de Manejo Ambiental - PMA. Por su parte, hay otros instrumentos que, sin ser exclusivamente de naturaleza ambiental, incluyen esta dimensión en su planteamiento y orientación, como el Plan de Ordenamiento Territorial - POT, el Plan de Desarrollo Distrital - PDD y los Planes de Desarrollo Local - PDL, entre otros.
Figura3. Estructura Plan de Gestión Ambiental
Fuente: Ambiente Bogotá. SDA. Planeación Ambiental
4.14.2.
Principios
La gestión ambiental del Distrito Capital, además de conformar objetivos y estrategias, se rige bajo un marco general que es transversal a todos los procesos, acciones y fenómenos que suceden en la cotidianidad del territorio y de los actores estratégicos que en éste convergen.
Los principios conforman los aspectos que se deben tener en cuenta no solo en la gestión y las políticas públicas en términos de la gobernabilidad, sino que a su vez enmarca comportamientos y acciones de corresponsabilidad, teniendo como premisa el concepto de sostenibilidad en el desarrollo cotidiano de la ciudad, las acciones colectivas y la participación ciudadana, y la inserción de la ciudad y la región en contextos y escalas superiores.
Estos principios son: Calidad ambiental para el desarrollo sostenible; Desarrollo sostenible como proyecto social y cultural; Preeminencia de lo público y lo colectivo; Ecoeficiencia de la función y la forma urbanas; Transformación positiva del territorio; Gestión ambiental urbano-regional; Liderazgo nacional y articulación global.
4.14.3.
Objetivos
El objetivo general de la gestión ambiental del Distrito Capital es propender por el uso racional de los recursos y un ambiente saludable, seguro, propicio, diverso, incluyente y participativo en su territorio para las generaciones presentes y futuras, actuando responsablemente con la región y el planeta.
En este contexto, se han planteado diecinueve (19) objetivos ambientales para la ciudad, los cuales a su vez se agrupan en tres grandes categorías:
Calidad ambiental (9) Ecoeficiencia (4)
Armonía socioambiental (6)
4.14.4.
Estrategias
Son los lineamientos que orientan la gestión ambiental en el Distrito Capital hacia el logro de los objetivos ambientales, a la vez que perfilan el método particular por el cual opta el Plan de Gestión Ambiental para desarrollarlos, de acuerdo a los instrumentos de planeación ambiental.
En este sentido el PGA cuenta con nueve (9) estrategias, a saber: Investigación; Información y comunicaciones; Educación ambiental; Participación; Fortalecimiento institucional; Sostenibilidad económica; Cooperación y coordinación interinstitucional; Control y vigilancia; Manejo físico y eco urbanismo. 20
5.
MARCO NORMATIVO
NORMA DISPOSICIONES
Constitución Política de Colombia
Consagra lo referente a los derechos colectivos y del ambiente, específicamente en su artículo 79 establece el derecho de todos los colombianos a gozar de un ambiente sano y el artículo 80 el cual le otorga al Estado la planificación para el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
NORMA DISPOSICIONES
Decreto Ley 2811 de 1974
El Código de los Recursos Naturales Consagra el derecho a un ambiente sano al determinar que “la Ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente (...)”.Este Código es la base para las concesiones y autorizaciones para el uso y el aprovechamiento de los recursos naturales y define los procedimientos generales para cada caso.
De la misma forma, en el Libro Primero, Parte IV sobre las normas de preservación ambiental, relativas a elementos ajenos a los recursos naturales en los siguientes artículos se establece:
En el Artículo 32 se determinan los requisitos y condiciones para la importación, fabricación, transporte, almacenamiento, comercialización, manejo, empleo y la disposición de sustancias y productos tóxicos o peligrosos.
El Artículo 34 trata sobre los residuos, basuras, desechos y desperdicios, se establecen las reglas con relación a los mismos.
Ley 9 de 1979
Código Sanitario Nacional Es un compendio de normas sanitarias relacionadas con la afectación de la salud humana y el medio ambiente. Esta Ley desarrolla parcialmente algunos de los más importantes aspectos relacionados con el manejo de los residuos, desde la definición del término hasta su tratamiento y algunas prohibiciones (Ver artículo 22 al 40).
Decreto 1594 de 1984
Decreto Ley Código Recursos Naturales (Decreto 2811 de 1974) Establece aspectos relacionados con el control de los efluentes líquidos. Adicionalmente, regula los procesos de sanciones relativas al incumplimiento de normas ambientales y el procedimiento para el trámite y obtención del permiso de vertimiento de residuos líquidos.
Ley 142 de 1994
NORMA DISPOSICIONES
Decreto 948 Del 5 de Junio de 1995
El presente decreto tiene por objeto definir el marco de las acciones y los mecanismos administrativos de que disponen las autoridades ambientales para mejorar y preservar la calidad del aire; y evitar y reducir el deterioro del medio ambiente, los recursos naturales renovables y la salud humana ocasionados por la emisión de contaminantes químicos y físicos al aire; a fin de mejorar la calidad de vida de la población y procurar su bienestar bajo el principio del desarrollo sostenible.
Ley 253 de 1996
Ley de aprobación en Colombia del Convenio de Basilea Controla el movimiento transfronterizo de los residuos peligrosos y prescribe la obligación general de eliminación de esta clase de residuos por parte de los países generadores. Esta Ley incluye obligaciones para el país tales como la reducción al mínimo de generación de residuos peligrosos, creación de establecimientos e instalaciones apropiadas para la eliminación de estos residuos y desarrollo normativo para la gestión de residuos peligrosos.
LEY 373 1997
Se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua Todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Se entiende por programa para el uso eficiente y ahorro de agua el conjunto de proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico
Decreto 3102 de 1997
En relación con la instalación de equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua. Todos los usuarios pertenecientes al sector oficial, están obligados a remplazar, antes del 1 de julio de 1999, los equipos, sistemas e implementos de alto consumo de agua, por los de bajo consumo.
Resolución No.1096 de 2000
NORMA DISPOSICIONES
peligrosos; identificando características generales y particulares de diseño, principios y criterios operacionales sobre la gestión aplicables a los generadores, transportadores, receptores y sistemas de almacenamiento en el marco de este reglamento.
Así mismo, se describen los métodos de análisis para determinar las características de inflamabilidad, corrosividad, reactividad de un determinado residuo y de toxicidad para lixiviados.
Ley 697 De 2001
Fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones. Declárese el Uso Racional y Eficiente de la Energía (URE) como un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía colombiana, la protección al consumidor y la promoción del uso de energías no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales.
Decreto 61 de 2003
Por el cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital El decreto presenta los principios rectores de la política ambiental Distrital, un esquema general de la gestión ambiental y las etapas del desarrollo de los escenarios parciales de gestión, además, muéstralas estrategias generales de gestión; las políticas específicas necesarias para los escenarios parciales de gestión, resalta la importancia de la armonización del Plan de Gestión Ambiental con los Planes de Desarrollo, da disposiciones generales sobre el Sistema Ambiental del Distrito Capital y su coordinación, aclara además los mecanismos de financiación del Plan y los mecanismos de revisión y ajuste.
Decreto 1505 de 2003
NORMA DISPOSICIONES
Acuerdo 114 de 2003
E Por el cual se impulsa en las entidades distritales, el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos, establece que todas las entidades del Distrito deberán implementar medidas para el manejo de residuos sólidos capacitando y concientizando a sus servidores. La Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos -UESP- será la encargada de coordinar y asesorar en el montaje del sistema.
Las entidades deberán iniciar la instrucción de sus servidores en el tema (sensibilización, capacitación, inducción, práctica y formación) y desde este mes los residuos sólidos deberán separarse en dos bolsas, una para material orgánico y otra con material inorgánico con potencial reciclable.
Resolución 132 de 2004 –UESP–.
Por Medio de la cual se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Bogotá D.C. - PGIRS. Define los objetivos, metas, programas, proyectos y actividades, definidos por el Distrito Capital para la prestación del servicio de aseo, basado en la política de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el cual se obliga a ejecutar durante un período determinado, basándose en un diagnóstico inicial, en su proyección hacia el futuro y en un Plan Financiero Viable para permita garantizar el mejoramiento continuo de la prestación del servicio de aseo, evaluado a través de la medición de resultados.
Decreto 400 de 2004 de Alcaldía Mayor de
Bogotá
Impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales. Señala el objeto y ámbito de aplicación, principios, coordinación y asesoramiento, promotores institucionales, contenido mínimo del plan de acción interno y disposición de aplicación inmediata.
Plan de Gestión Ambiental 2001 - 2009
El Plan decenal de Gestión Ambiental (2001-2009) Define y orienta la gestión ambiental del distrito capital. Es el marco de política ambiental del Distrito Capital. Es complementario del POT, específicamente en sus aspectos ambientales.
Acuerdo 333 de 2008
NORMA DISPOSICIONES
Decreto 456 de 2008
Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones; el cual establece en el Parágrafo 2 de su Artículo 10, que los Planes Institucionales de Gestión Ambiental – PIGA – de las entidades del Distrito Capital concretarán sus compromisos, establecidos en el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental, y las acciones externas e internas que desarrollarán para prevenir daños al medio ambiente y contribuir a mitigarlos o compensarlos cuando estos se hayan producido, o para hacer uso eco eficiente y sostenible de los recursos.
Decreto 243 de 2009
Por el cual se reglamenta la figura de Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 del 2008; que establece ésta figura en la Entidades del Distrito Capital con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades, y define sus condiciones y requisitos.
Decreto 652 de 2011
Por medio del cual se adopta la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales, establece que la NTD-SIG 001:2011 determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema Integrado de Gestión en las entidades y organismos distritales y agentes obligados.
Acuerdo 489 de 2012
Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo, Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012 – 2016, “Bogotá Humana”, plantea un eje denominado “Un territorio que enfrenta el Cambio Climático y se ordena alrededor del agua”
Fuente: Autor basado en normatividad Colombiana.
6. METODOLOGIA
La formulación del plan institucional de gestión ambiental PIGA se realizara en las siguientes fases:
Estudio de tipo descriptivo cuyo fin es identificar y establecer las condiciones ambientales en las que se desarrollan los procesos funcionales y anexos de la entidad. Se describieron las características más relevantes de la entidad en su estructura física y las condiciones del componente ambiental en su entorno, ubicación, potencialidades y aspectos vulnerables. La recopilación de información se realizó a través de observación en recorridos de reconocimiento de las diferentes áreas, revisión y análisis de bitácoras y registros de consumos, procedimientos e instructivos del sistema de gestión ambiental.
6.2. Descripción del área de estudio
La Alcaldía Local de San Cristóbal se encuentra ubicada en el barrio San Blas, en la Avenida Primero de Mayo No. 1 – 40, es una casona antigua, de una planta, donde alguna vez funcionó una escuela, esta ha sufrido remodelaciones esporádicas a lo largo de los años, está distribuida en cuatro secciones separadas unas de otras, en un predio con construcción en ladrillo prensado, sin vigas ni columnas y techos en teja de barro para la mayoría de las secciones.
Para realizar la descripción de las condiciones ambientales internas, se tomaron en cuenta los siguientes factores ambientales:
El agua es suministrada directamente por la empresa de acueducto y alcantarillado de Bogotá, garantizando una calidad de agua para el consumo humano. Los sistemas hidrosanitarios son funcionales y se encuentran operantes, no cuentan con sistemas de ahorro y control de consumo en los puntos de agua. Los vertimientos corresponden a los generados por el uso de redes hidrosanitarias, zonas de cafetería en las que se desarrollan labores de preparación, servido de bebidas y lavado de utensilios.
El consumo del recurso energético principalmente se efectúa por el uso para la iluminación de las instalaciones, uso aparatos eléctricos y electrónicos. La red eléctrica estructural requiere intervención ya que dichas instalaciones son antiguas, con el fin de evitar pérdidas en el sistema, asegurar su óptimo funcionamiento y disminuir el riesgo eléctrico por instalaciones obsoletas.
Ubicación Espacial Alcaldia Local de San Cristóbal – Google Eart
6.3. Identificación de aspectos e impactos ambientales
Análisis interpretativo de la situación ambiental y los procedimientos inherentes a las operaciones de la entidad, identificando las actividades y servicios que interactúan con el ambiente en diferentes escenarios y las sedes o dependencias donde se ejecutan, identificada la actividad que realiza el organismo distrital, se definió la Regularidad; entendida como la frecuencia de ocurrencia con que se presenta la actividad, está se clasifica según las siguientes características
Normal: Recurrente o frecuente Anormal: Poco frecuente
Emergencia: De forma impredecible
6.4. Valoración del Impacto
Procedimiento técnico que permite interpretar cuantitativamente a través de variables, atributos mismos del impacto ambiental así como el cumplimiento normativo en relación con el aspecto ambiental. Una vez identificados los aspectos e impactos ambientales generados, se priorizarán los impactos ambientales según:
6.4.1.
Identificación del recurso
De acuerdo a la metodología de evaluación de impactos ambientales, definida por la autoridad ambiental del Distrito capital, el recurso se entiende como el elemento o componente ambiental que interactúa con el aspecto ambiental generado por el organismo distrital y que puede presentar mejora o deterioro de acuerdo al impacto ambiental.
- AIRE - AGUA - SUELO
- FLORA Y FAUNA - AGUA Y SUELO - TODOS
6.4.2.
Observaciones
La entidad u organismo distrital describirá las consideraciones necesarias de la actividad, el aspecto ambiental, el recurso seleccionado o el área de influencia para dar mayor claridad y alcance al impacto ambiental.
6.4.3.
Tipo de impacto
La entidad u organismo distrital definirá el carácter beneficioso que pueda tener el impacto ambiental sobre el recurso o el ambiente, de la siguiente forma:
6.4.4.
Importancia del Impacto
La institución cuantificó a través de las variables, los atributos propios del impacto ambiental, así como el cumplimiento legal relacionado. Según la metodología definida por SDA la importancia del impacto se cuantifica en relación con:
o Influencia
o Posibilidad de ocurrencia
o Tiempo Permanencia del efecto
o Afectación o riesgo sobre el recurso
o Cumplimiento de la normatividad asociada
La importancia del impacto se cuantifica finalmente multiplicando los puntajes asignados a las variables determinadas como sigue:
(I = A*P*D*R*C*N) I = Importancia
A = Alcance P = Probabilidad D = Duración R = Recuperabilidad C = Cantidad N = Normatividad
A continuación se presentan los criterios de valoración significado escala de valor
6.4.4.1. ALCANCE (A) Se refiere al área de influencia del impacto en relación con el entorno donde se genera.
1(puntual): El Impacto queda confinado dentro del área donde se genera. 5(local): Trasciende los límites del área de influencia.
10(regional): Tiene consecuencias a nivel regional o trasciende los límites del Distrito.
6.4.4.2. PROBABILIDAD (P) Se refiere a la posibilidad que se dé el impacto y está relacionada con la "REGULARIDAD" (Normal, anormal o de emergencia).
5(media): Existe una posibilidad media de que suceda. 10(alta): Es muy posible que suceda en cualquier momento.
6.4.4.3.DURACIÓN (D) Se refiere al tiempo que permanecerá el efecto positivo o negativo del impacto en el ambiente.
1(breve): Alteración del recurso durante un lapso de tiempo muy pequeño
5(temporal): Alteración del recurso durante un lapso de tiempo moderado
10(permanente): Alteración del recurso permanente en el tiempo.
6.4.4.4. RECUPERABLIDAD (R) Se refiere a la posibilidad de reconstrucción, total o parcial del recurso afectado por el impacto.
1(reversible): Puede eliminarse el efecto por medio de actividades humanas tendientes a restablecer las condiciones originales del recurso.
5(recuperable): Se puede disminuir el efecto a través de medidas de control hasta un estándar determinado.
10(irrecuperable /irreversible): El/los recursos afectados no retornan a las condiciones originales a través de ningún medio.
6.4.4.5.CANTIDAD (C) Se refiere a la magnitud del impacto, es decir, la severidad con la que ocurrirá la afectación y/o riesgo sobre el recurso, esta deberá estar relacionada con la "REGULARIDAD" seleccionada.
1(baja): Alteración mínima del recurso. Existe bajo potencial de riesgo sobre el recurso o el ambiente. 5(moderada): Alteración moderada del recurso. Tiene un potencial de riesgo medio sobre el recurso o el ambiente.
10(alta): Alteración significativa del recurso. Tiene efectos importantes sobre el recurso o el ambiente.
6.4.4.6.NORMATIVIDAD (N) Hace referencia a la normatividad ambiental aplicable al aspecto y/o el impacto ambiental.
6.4.5.
Rango de Importancia
ALTA: > 125.000 a 1.000.000 Se deben establecer mecanismos de mejora, control y seguimiento. MODERADA: > 25000 a 125000 Se debe revisar el control operacional
BAJA: 1 a 25.000 Se debe hacer seguimiento al desempeño ambiental.
6.4.6.
Significancia del Impacto ambiental
Clasificación establecida por la SDA con el fin de interpretar de forma unificada la relevancia del impacto ambiental, de acuerdo a su valoración y el cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable. Dicha clasificación permite identificar los impactos ambientales en:
Significativo: Cuando la importancia resulta moderada, alta o no cumple con la normatividad No significativo: Cuando la importancia es baja.
De acuerdo a los resultados de la valoración del impacto ambiental se asignó el respectivo control operacional; medida de gestión o seguimiento requerido para la prevención, control, mitigación y remediación del impacto ambiental generado en las actividades funcionales y soporte de la entidad
6.5. Diseño de programas de gestión ambiental
6.6. Diagrama Metodológico
A continuación se presenta gráficamente el proceso metodológico llevado a cabo en el proceso de contrucción del Documento PIGA para la Alcaldía Local de San Cristóbal de acuerdo al análisis interpretativo de la situación ambiental y los procedimientos inherentes a las operaciones de la entidad.
Figura N° 4. Diagramación Metodología Construcción Documento PIGA
7. RESULTADOS Y ANALISIS
7.1. DESCRIPCIÓN INSTITUCIONAL
7.1.1. Funcionalidad Alcaldía
Corresponde al Alcalde Local como agente del Alcalde Mayor y Cabeza de la Localidad garantizar el buen funcionamiento de la entidad a su cargo, y la implementación de políticas públicas en el territorio en busca de mejorar las condiciones del territorio y sus habitantes por tanto, algunas las funciones que corresponden a una Alcaldía Local , pueden citarse las que dispone el Artículo 86 del Decreto 1421 de 1993:
Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos Distritales y locales y las decisiones de las autoridades Distritales
Coordinar la acción administrativa del Distrito en la localidad Velar por la tranquilidad y seguridad ciudadanas
Velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre desarrollo urbano, uso del suelo y reforma urbana.
Conceptuar ante el Secretario de Gobierno sobre expedición de permisos para la realización de juegos, rifas y espectáculos públicos en la localidad.
Ejercer de acuerdo con la ley, el control de precios, pesas y medidas y emprender las acciones necesarias para evitar o sancionar el acaparamiento y la especulación.
7.1.2. Misión, Visión y Objetivos Estratégicos
De acuerdo con la Resolución Nº 174 del 01 de abril de 2011 “Por medio de la cual se adopta el marco estratégico de la Secretaría Distrital de Gobierno y las políticas del Sistema Integrado de Gestión”. Se da a conocer el marco estratégico de la entidad, donde se relacionan la misión, visión y objetivos estratégicos, objetivos de calidad, la política de calidad, la política ambiental y los objetivos ambientales entre otros, a saber:
7.1.2.1. Misión
Somos la entidad cabeza del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia, responsable de formular, agenciar y evaluar las políticas públicas en materia de derechos humanos, convivencia, seguridad, acceso a la justicia, construcción de ciudadanía, gobernabilidad democrática y el fortalecimiento del desarrollo local, en beneficio de las personas en el Distrito Capital.
7.1.2.2. Visión
En el 2019 seremos un referente nacional e internacional en el desarrollo de una ciudad democrática, protectora y segura, que permite a las personas disfrutar una mejor calidad de vida.
a) Desarrollar competencias en el talento humano que permitan el mejoramiento continuo en todos los procesos de la entidad.
b) Diseñar e implementar herramientas que fortalezca a las alcaldías locales y garantice las acciones transectoriales necesarias para dar respuesta integrales a los territorios.
c) Consolidar la institucionalidad local como líder en los procesos de implementación, evaluación y control de las políticas públicas, el desarrollo territorial y la gestión social integral.
d) Diseñar e implementar un modelo de Inspección, Vigilancia y control, que de expuestas a las necesidades de la ciudad
e) Implementar el Plan Integral de Seguridad, a través de acciones de previsión, prevención y control, en el marco de la estrategia de gestión social integral en las 20 localidades, para hacer de Bogotá una ciudad protectora, segura y humana.
f) Desconcentrar el Sistema Distrital de Justicia, para facilitar el acceso a las personas.
g) Promover el ejercicio de los derechos humanos, a través del desarrollo de acciones afirmativas, la formación ciudadana, la equidad y la igualdad de oportunidades.
h) Desarrollar y difundir los mecanismos que le permitan a los ciudadanos incidir en la toma de decisiones, respecto de la formulación e implementación de políticas públicas y el control social a la gestión.
i) Diseñar y aplicar los instrumentos técnicos y protocolarios necesarios que permitan la generación, acceso y democratización de la información soporte para la toma de decisiones de la entidad.
j) Satisfacer las necesidades de los colaboradores de la entidad y de las personas que demandan nuestros servicios, en desarrollo de la misión institucional y en el marco de la política y objetivos de calidad.
7.1.4. Productos y Servicios de la Alcaldía local de San Cristóbal
La Alcaldía Local de San Cristóbal, es una dependencia de la Secretaría de Gobierno que se encarga de la acción administrativa de la localidad, convirtiéndose en el centro de contacto más cercano del ciudadano con la Administración Distrital, con el que se busca una mejor prestación de los servicios del Distrito, tienen como funciones:
Coordinar la gestión administrativa asignada a las Inspecciones de Policía, Casas de Justicia y al programa de Mediación y Conciliación
Las establecidas en el Decreto 1421 de 1993
Las demás que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a la naturaleza de las localidades
La Alcaldía Local es la autoridad encargada de hacer cumplir las normas sobre:
Licencias de construcción Uso de suelo
Control de ruido
Funcionamiento de establecimientos comerciales Tarifas de parqueaderos
Reparación de vías secundarías y tercerías
En la Alcaldía Local de San Cristóbal, se cuenta con dos grandes dependencias así:
Gestión del desarrollo local asociada a la inversión en servicios como salud, ambiente, educación, cultura, recreación y deportes, derechos humanos.
Convivencia y justicia en lo local.
7.1.4.1. Gestión Jurídica
Es Función de esta área apoyar al Alcalde Local en la organización y trámite de los asuntos de carácter jurídico de la localidad.
El área de Gestión Jurídica, se subdivide a su vez en dos grandes grupos
7.1.4.1.1. Asesoría Jurídica y normativa
Se encarga de todo lo relacionado con:
Ley de establecimientos de comercio Personerías jurídicas
7.1.4.1.2. Asesoría de Obras
Se encarga de los trámites que deben adelantar los residentes de la localidad tales como:
Licencias de construcción Licencias de ampliación
Modificación o demolición de obras y el cumplimiento de las anteriores
7.1.4.2. Gestión Administrativa y Financiera
Es Función de esta área apoyar al Alcalde Local en lo referente al manejo de recursos físicos y financieros de la localidad. El área de Gestión Administrativa y Financiera, se subdivide a su vez en dos grandes grupos
7.1.4.2.1. Área Desarrollo Local
Se encarga de todo lo relacionado con los recursos físicos y financieros para el desarrollo de las actividades competencia de la Alcaldía, como:
Estudios previos Procesos de contratación Cierre contable
Entrada y salida de almacén Reintegro y salida de bienes usados Salida por hurto
Toma física
7.1.4.2.2. Área Gestión de Desarrollo Local
Es función de esta área atender las necesidades de la comunidad a través de la entrega oportuna de bienes y servicios que se logran en el desarrollo de los proyectos de la localidad proceso de planeación que buscan la mayor racionalidad y eficiencia en la ejecución del gasto público y contribuir al control social y fortalecer la administración local, los productos y servicios generados en esta dependencia son:
Conformación del comité Local de Planeación Elaboración y aprobación del Plan de Desarrollo Local Ejecución del presupuesto local de gastos e inversión Formulación y aprobación de proyectos
7.1.4.3. Gestión Documental
Es función de esta área normalizar de forma sistemática las actividades de Producción, Recepción, Distribución, Trámite, Organización, Consulta, Conservación y Disposición Final de los documentos, de tal manera que oriente a la alcaldía para hacer eficiente el manejo de la documentación. El área de Gestión Documental, se subdivide a su vez en dos grandes grupos.
Área de Radicación y Correspondencia, es la encargada de recibir y despachar tanto la correspondencia interna y la externa; en esta se reciben toda la correspondencia y peticiones que hacen por escrito los ciudadanos y entidades distritales y privadas; se encarga de despachar la correspondencia enviada a la ciudadanía y a las demás entidades distritales y de las diferentes organizaciones.
Área de Archivo, es la encargada de la Recepción. Verificación y organización de documentos, el Préstamos y consulta de documentos del archivo intermedio de gestión de la alcaldía y de actualizar el cuadro de clasificación, valoración, las tablas de retención documental, inventarios y demás herramientas estándares requeridas para la gestión documental. Dicha dependencia está conformada por 4 personas.
7.1.4.4. Servicio al Ciudadano
Es función de esta oficina buscar un punto directo entre el ciudadano y la Secretaria de Gobierno encaminado a facilitar la información sobre la composición, funcionamiento, trámites y servicios de la entidad y, a procurar el cumplimiento de los derechos y la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos así como, el mejoramiento de las funciones y servicios que presta nuestra Entidad.
Los servicios y productos generados por esta dependencia son:
Orientar al Ciudadano que se acerque a solicitar información a esta oficina (misión, funciones, procedimientos, trámites y servicios de la entidad).
Recibir y registrar en el Software especializado en el área y en los respectivos formatos las solicitudes de información, las quejas, reclamos, y sugerencias, presentados por los ciudadanos por escrito, personal y telefónicamente.
Tramitar y resolver las solicitudes de información, quejas, reclamos y sugerencias. Es de aclarar que la función de “resolver” se aplica en la mayoría de casos como las solicitudes de información, pues en lo relacionado a las quejas y reclamos no es competencia de esta instancia resolverlo.
Recibir y tramitar las denuncias por corrupción de servidores públicos. Realizar periódicamente seguimiento a las quejas, reclamos y sugerencias.
7.1.4.5. Gestión Comunitaria
Es función de esta área atender a la población en situación de desplazamiento y coordinar las acciones del Comité Local de Atención de Emergencias y Desastres de la Localidad.
7.1.4.6. Área de Comunicaciones
Es función de esta área garantizar el buen uso de la imagen institucional y comunicaciones propiciando la difusión de proyectos desarrollados dentro de la localidad.
7.1.4.7. Área de tecnológia
Gestionar los recursos tecnológicos requeridos por la entidad para brindar las condiciones técnicas de seguridad y calidad en pro del cumplimiento de los objetivos de la alcaldía
7.1.4.8. Junta Administradora Local- JAL
La Junta Administradora Local (JAL) es una corporación pública de elección popular que se constituye en el máximo ente de representación política a nivel local. Las JAL son elegidas popularmente en cada localidad de Bogotá por períodos de 4 años y están integradas por 11 ediles. La figura de las localidades y las JAL fue creada en la Constitución Política de 1991 para fomentar la descentralización y fortalecer el poder local “con el fin de mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local” (Art. 318).
El Decreto-Ley 1421 de 1993, "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá" establece las siguientes funciones para las Juntas Administradoras Locales.
Adoptar el plan de desarrollo local en concordancia con el plan general de desarrollo económico y social de obras públicas y el plan general de ordenamiento físico del Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad.
Vigilar y controlar la prestación de los servicios distritales en su localidad y las inversiones que en ella se realicen con recursos públicos.
Presentar proyectos de inversión ante las autoridades nacionales y distritales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión.