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De las medidas adoptadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.-

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"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"

Huanuco, 28 de febrero de 2021

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° -2021-P-CSJHN-PJ

VISTOS: La Resolución Administrativa de la Presidencia del Consejo Ejecutivo N° 0023-2021-P-CE-PJ, de fecha 28 de febrero de 2021; las Resoluciones Administrativas de la Corte Superior de Justicia de Huánuco N° 0017-2021-P-CSJHN-PJ; N° 0036-2021-P- CSJHN-PJ y N° 0047-2021-P-CSJHN-PJ de fechas 16 de enero, 31 de enero y 14 de febrero de 2021, respectivamente; y,

CONSIDERANDO

Del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional

PRIMERO.- En principio, cabe indicar que el Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo Nº 023-2021-PCM, de fecha 13 de febrero del 2021, resolvió entre otros extremos, aprobar el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, estableciendo que el departamento de Huánuco, con excepción de la provincia de Huánuco, se encuentra en el nivel de alerta MUY ALTO, modificando las restricciones establecidas, horario de libre tránsito, actividades económicas, y reiterando las prácticas saludables y actividades necesarias para afrontar la emergencia sanitaria; precisándose claramente que solo la provincia de Huánuco se encuentra en el nivel de alerta EXTREMO.

SEGUNDO.- Posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, publicado el 26 de febrero de 2021, el Gobierno Central, en cuanto a los niveles de alerta, si bien ubicó nuevamente al departamento de Huánuco, con excepción de la provincia de Huánuco en el nivel de alerta muy alto, y la provincia de Huánuco en el nivel de alerta extremo; no obstante ello, dispuso nuevas medidas para combatir la propagación del COVID-19, entre ellas, nuevo horario de la inmovilización social obligatoria de las personas en su domicilio.

De las medidas adoptadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.- TERCERO.- Al respecto, cabe puntualizar que el máximo órgano de gobierno administrativo del Poder Judicial, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial, emitió diversas resoluciones, siendo que mediante Resolución Administrativa N°

390-2020-CE-PJ, de fecha 30 de diciembre de 2020, dispuso, entre otros extremos, lo siguiente: “Artículo Segundo: Continuar obligatoriamente con la priorización del trabajo remoto en el ámbito jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial hasta el 31 de julio de 2021; siempre y cuando las capacidades tecnológicas y logísticas lo permitan, concurriendo los trabajadores en forma presencial en los casos que el trabajo remoto no sea posible. El trabajo remoto, presencial o mixto se continuará realizando conforme al Texto Actualizado del Reglamento “Trabajo Remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000060-2021-P-CSJHN-PJ

Huanuco, 28 de Febrero del 2021

Firmado digitalmente por NINAQUISPE CHAVEZ Elmer Richard FAU 20159981216 soft

Presidente De La Csj De Huanuco Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 28.02.2021 18:00:59 -05:00

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Poder Judicial”, aprobado por la Gerencia General mediante Resolución Administrativa N° 000469-2020- GG-PJ”. Del mismo modo, estableció la jornada y horario de trabajo para el referido periodo y se dictaron medidas respecto al funcionamiento de los juzgados de paz de los Distritos Judiciales del país.

CUARTO.- Ahora bien, en atención a los referidos decretos supremos y al análisis de las estadísticas de la propagación del COVID-19 en el país, y adoptando las medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los usuarios del sistema judicial, garantizando la continuidad del servicio de justicia de modo diferenciado y tomando en cuenta la cuarentena focalizada establecida por el Poder Ejecutivo en función a los nuevos niveles de riesgo y al nuevo horario de inmovilización social obligatorio de las personas en su domicilio; es que la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 0023-2021-P-CE-PJ, de fecha 28 febrero de 2021, en atención al último decreto supremo y al análisis de las estadísticas de la propagación del COVID-19 en el país, entre otros aspectos, dispuso Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2021, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ; del mismo modo, dispuso, a partir del 01 al 31 de marzo del año en curso, que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país cumplan con aplicar ciertas medidas, siendo la más resaltante, mantener las dos modalidades de trabajo implementadas en el Poder Judicial, siendo estos, presencial interdiario y remoto; asimismo, dispuso el reinicio de los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos que se encontraban suspendidos por encontrarse en nivel de alerta extremo, según lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000014-2021-P-CE-PJ.

De las medidas para los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Sede central y Subsedes de la CSJHN.-

QUINTO.- Así pues, en el contexto que se describe en los considerandos anteriores de la presente resolución, esta Presidencia mediante Resoluciones Administrativas N° 00036-2021-P-CSJHN-PJ y N° 00047-2021-P-CSJHN-PJ, de fechas 31 de enero y 14 de febrero de 2021, respectivamente, resolvió adoptar diversas medidas en cuanto a la modalidades de trabajo de la sede central y subsedes de esta Corte Superior de Justicia, del reinicio de los plazos procesales y administrativos, entre otros.

SEXTO.- En esa orientación, y en atención al referido Decreto Supremo, a lo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, corresponde emitir la presente resolución administrativa, disponiendo que a partir del 1 al 31 de marzo de 2021, los órganos jurisdiccionales y administrativos que se encuentran ubicados en la provincia de Huánuco (nivel de alerta extremo), deben CONTINUAR las labores, como ya vienen haciéndolo las demás Subsedes de la CSJHN (nivel de alerta muy alto), empero ahora bajo los alcances

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del artículo segundo de la parte resolutiva de la Resolución Administrativa N° 0023- 2021-P-CE-PJ, de fecha 28 de febrero de 2021, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y con lo adicionalmente establecido por esta Presidencia en la presente resolución, como se detallará más adelante.

SÉPTIMO.- Por lo que, en suma, y, en atención, tanto al Decreto Supremo antes mencionado, a lo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y ante la necesidad de adoptar medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, personal jurisdiccional y administrativo, así como de los usuarios del sistema judicial, corresponde que este Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, emita la Resolución Administrativa correspondiente, ordenando el cumplimiento de las disposiciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fin de optimizar y salvaguardar la salud de los usuarios del sistema judicial y del personal que labora en el servicio de Administración de Justicia en el Distrito Judicial de Huánuco.

Por los considerandos expuestos y con las facultades conferidas en los numerales 1), 3), 4), 7) y 9) del artículo 90° del Decreto Supremo N° 017-93-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO a la Resolución Administrativa N° 000023-2021-P-CE-PJ, de fecha 28 de febrero de 2021, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que, a partir del 1 al 31 de marzo de 2021, el personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos de la provincia de Huánuco (como ya lo vienen haciendo las demás Subsedes de la CSJHN), CONTINÚEN efectuando sus labores, cumpliendo, ahora, las siguientes medidas:

- MANTENER las dos modalidad de trabajo implementadas en el Poder Judicial:

- El trabajo presencial interdiario de 08:00 a 13:00 horas. En horario corrido

- El trabajo remoto se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, el cual se realizará de acuerdo a la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 00129-2020- CE-PJ; el mismo que será coordinado con el jefe inmediato; debiendo continuar la programación de audiencias y toda actividad jurisdiccional que no implique el desplazamiento de jueces/zas y personal

- Todas las AUDIENCIAS deberán ser VIRTUALES, debiendo aplicarse la normativa impartida para tal efecto. No obstante, cuando no se cuente con las

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condiciones tecnológicas o de conectividad indispensable y ante casos de urgencia y emergencia; excepcionalmente, podrán realizarse de modo presencial, debiéndose dotar a los magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias y garantizar su traslado.

- Todas las NOTIFICACIONES deberán ser electrónicas a través del SINOE; pudiendo el personal encargado, realizar las notificaciones físicas que establece la ley, quienes deberán hacer uso de los equipos de protección asignados y cumplir con los protocolos sanitarios establecidos, al momento del diligenciamiento.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER, a los órganos jurisdiccionales y administrativos de la provincia de Huánuco, a partir del 1 de marzo de 2021, el REINICIO DE LOS PLAZOS PROCESALES Y ADMINISTRATIVOS, en los casos, debidamente comprobados, en los que los usuarios del sistema judicial, no pudieron acceder y/o efectuar de manera presencial o virtual alguna actividad procesal propia de la administración de justicia

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que, del 1 al 31 de marzo de 2021, el personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos de las demás Subsedes de la Corte Superior de Justicia, CONTINÚEN CUMPLIENDO las medidas establecidas en la Resolución Administrativa N° 00047-2021-P-CSJHN-PJ, de fecha 14 de febrero de 2021, emitida por esta Presidencia.

ARTÍCULO QUINTO: AUTORIZAR la expedición de “credenciales” al personal que excepcionalmente deban asistir a las sedes judiciales, de ser el caso.

ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR que la Gerencia de Administración Distrital ADOPTE Y DESPLIEGUE las siguientes medidas y/o acciones:

- Establecer las medidas sanitarias y de seguridad para efectos del retiro de expedientes, a fin de preservar la salud de jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo, especialmente de aquellos que se encuentran en condición de población vulnerable, a efectos de viabilizar la efectividad del Trabajo Remoto.

- Dotar a los magistrados/as y servidores/as de las medidas de bioseguridad necesarias; asimismo, garantizar el traslado del personal, según sea el caso y naturaleza de la labor que realizan, para efectos de viabilizar el trabajo remoto que corresponda.

ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, las Jefaturas de Unidades Administrativas, los/as Coordinadores/as de las diferentes áreas administrativas, Asesoría Legal y Administradores de los Módulos Penal, Familia y Laboral de ésta Corte Superior de Justicia, atiendan y desplieguen todas las acciones

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necesarias, a fin de dar estricto cumplimiento para la ejecución de la Resolución Administrativa N° 000023-2021-P-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

ARTÍCULO OCTAVO: COMUNÍQUESE a la OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA de esta Corte Superior, para que en su calidad de órgano de control, verifique el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000023-2021-P-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; debiendo proceder conforme a sus atribuciones.

ARTÍCULO NOVENO: DISPONER, que la Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, difunda por todos los medios incluyendo redes sociales, lo dispuesto en la presente resolución.

ARTÍCULO DÉCIMO: PÓNGASE la presente resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial; de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; la Gerencia General del Poder Judicial; Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Huánuco; Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; magistrados y personal jurisdiccional y administrativo de la CSJ de Huánuco vía correo electrónico; Oficina de Imagen Institucional para su difusión e interesados para los fines que corresponda.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENC/hpc

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