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ACTA NUMERO CUARENTA Y NUEVE.

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Academic year: 2022

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ACTA NUMERO CUARENTA Y NUEVE. Sesión Ordinaria, Soyapango a las diez horas del día doce de noviembre del año dos mil diecinueve. Reunidos en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de esta ciudad, LIC.JUAN PABLO ÁLVAREZ, Alcalde Municipal; LIC. LUIS ANTONIO BARRIENTOS VELASCO, Síndico Municipal;

BR. JOSÉ ANTONIO SIBRIAN LÓPEZ, 1º Regidor Propietario; MR. RAFAEL ARNULFO ORELLANA TORRES, 2º Regidor Propietario; MYR. LIC. MAURICIO ANTONIO LÓPEZ ESCOBAR, 4º Regidor Propietario; EST. SALVADOR ALEJANDRO RUANO NAJARRO, 5º Regidor Propietario; BR. OSVALDO ANTONIO VILLALTA LEMUS, 6º Regidor Propietario; LIC. JOSÉ MIGUEL ARÉVALO RIVERA, 7º Regidor Propietario; LIC. JOSÉ EDUARDO VALIENTE, 8º Regidor Propietario; LIC. CARLOS ARMANDO GARCÍA JÍMENEZ, 9º Regidor Propietario; EST. GABRIELA LISSETTE MEJÍA CERÓN, 10ª Regidora Propietaria;

SR. JULIAN ANTONIO DEL CID ORELLANA, 11º Regidor Propietario; BR. LUIS ERNESTO RIVAS GUEVARA, 12º Regidor Propietario; LIC. JOSÉ LUIS GÓMEZ MORÁN, 2º Regidor Suplente; EST.

JESSICA ARELY ROSALES RIVAS, 3ª Regidora Suplente; EST. LUIS RENÉ MANCÍA RODRÍGUEZ, 4º Regidor Suplente, los tres últimos asisten a esta sesión previa convocatoria con derecho a voz pero sin

votos, tal como lo estipula el artículo veinticinco del Código Municipal. En este acto se deja constancia la Concejal BR. DAMARIS EDUVINA MEDINA, 1ª Regidora Suplente, asume como Propietaria, en virtud de la ausencia de la Concejal SRA. TANIA XIOMARA ELÍAS ALVARADO, 3ª Regidora Propietaria, por encontrarse con incapacidad, según constancia del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). Y la asistencia de la Secretaria Municipal LICDA. GLORIA JENIFFER ROMERO ALFARO, para tratar la siguiente agenda: 1. Establecimiento del Quórum; 2.

Previo; 3 Informes: 4. Lectura de Acta Anterior. 5. Correspondencia. 6. Toma de acuerdos. PUNTO UNO: La sesión inicia cuando el Señor Alcalde Municipal, la declara abierta al comprobar la asistencia de los Miembros del Concejo Municipal, por lo que existe el quórum establecido por la Ley. PUNTO DOS: PREVIO: VECINOS RESIDENTES DE COLONIA SAN ISIDRO: exponen sus necesidades al pleno como reparación de calles, así como el bacheo en las mismas, con espacios públicos les brinden apoyo con tala y poda de los árboles en la colonia; además solicitan un marco para delimitar o señalizar la entrada a la colonia ya que no es calle principal, y el transporte público toma esa calle como si así lo fuera, se realizó gestiones con el MOP, el cual a resuelto favorablemente en cuanto a la señalización de la misma; por lo que el Concejo Municipal después de discutir con los residentes de la colonia San Isidro sus necesidades resuelven girar instrucciones a las siguientes unidades: PODU:

realización de inspección a las calles de la colonia, elaboración y presentación de informe con el recomendable respectivo al Concejo Municipal. Medio Ambiente y COEM: realización de inspección sobre tala y poda de árboles, elaboración y presentación de informe con el recomendable respectivo al Concejo Municipal. Unidad Jurídica:

Opinión jurídica sobre el apoyo con personal del CAM para restringir el acceso de transporte colectivo a la colonia y como lo expresa el VMT en su resolución xxxxxxxxxxxxx -11-2019. PUNTO TRES: Informes: 1. Comisión de Deporte, Arte y Cultura: APOYO A TORNEOS COMUNITARIOS: *miércoles 6 de noviembre: se hizo entrega de 1

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balón de fútbol al equipo que participa en torneo comunitario de urbanización El Matazano III. *jueves 7 de noviembre: la gerencia de cultura y deportes hizo entrega de balones y trofeos al comité de deportes de la comunidad La Paz para ser utilizados en torneo de fútbol comunitario de dicha comunidad. *viernes 9 de noviembre: la fundación FUSALMO recibió 50 medallas de la gerencia de cultura y deportes para llevar a cabo festival de patinaje con escuelas de esa disciplina deportiva. *lunes 11 de noviembre: la gerencia de cultura y deportes aperturo una nueva escuela municipal de judo ubicada en el complejo deportivo El Matazano III, la escuela deportiva beneficiará a niños niñas y jóvenes del sector.

DANZA MUNICIPAL: *domingo 10 de noviembre: el grupo de danza municipal Gold Secret participo en la 7ª gala del reality Estrellas del Baile obteniendo 49 puntos de calificación en esta ocasión nuestro grupo se encuentra nominado y solicita el apoyo de los votos a través de la aplicación TCS GO. BANDA MUNICIPAL: *sábado 9 de noviembre: la banda municipal Soyapango Marching Brass deleitó con sus piezas musicales el desfile de candidatas de la parroquia Santa María de América ubicada en la colonia Prados de Venecia. 2. Comisión de Participación Ciudadana: lunes 4

de noviembre se apoyó con el alumbrado público en la comunidad 16 de marzo, 4 de noviembre se auxilió

con apoyo a los bomberos en incendio en mercado central por la madrugada, martes 5 de noviembre se

realizó reunión con directivos en comunidad cacao I, miércoles 6 de noviembre se realiza campañas de

fumigación en comunidad brisa del sur II, jueves 7 de noviembre se realizó chapoda en complejo deportivo

reparto los Santos I, viernes 8 de noviembre se celebró la inauguración de casa comunal en comunidad

Villa Venecia, sábado 9 de noviembre se celebró el día del niño en comunidad Santa Rosa Meléndez,

domingo 10 de noviembre se apoyó en campaña de esterilización de gatos, domingo 10 de noviembre se

celebró la elección y juramentación de la Junta directiva de urbanización el limón, 10 de noviembre se

celebra la elección y juramentación de la Junta directiva de comunidad los 3 Ángeles. 3. Comisión de

Medio Ambiente y Gestión del Territorio: El martes 5 del presente mes el juez ambiental de Santa Tecla

realizó inspección en la bóveda ilegal en la quebrada del arenal obra realizada por el señor xxxxxxxxx, en

la residencial altos del cerro de este municipio. El día miércoles 6 del presente mes la comisión municipal

de medio ambiente realizó inspección a la empresa PARQUE INDUSTRIAL VERDE quien posee los

permisos ambientales correspondientes del Ministerio de Medio Ambiente debido a la clase de actividad

industrial que realiza no posea planta de tratamiento de aguas residuales por lo que se inspeccionó el

proceso del reciclaje desde la recepción hasta el empacado de los desechos sólidos para luego ser

exportados, se anexa el informe de dicha inspección. En la semana recién pasada la unidad de medio

ambiente realizó el proyecto de Vacaciones Recreativas en los centros escolares: Las Cañas, Los Alpes y

Daniel Cordón Salguero. Los días 6 y 7 del presente mes, participó personal de la gerencia de medio

ambiente en la capacitación Prácticas e Implementación de Políticas Planes y Programas de Desarrollo

Territorial la cual se llevó a cabo en el Hotel Sheraton. Se remite el informe de las actividades realizadas

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durante la semana pasada en el municipio por parte de la gerencia de medio ambiente. Lo que informamos para los efectos legales consiguientes. 4. Comisión Especial de Acceso a la Información Pública: la comisión municipal de acceso a la información pública en cumplimiento de instrucciones del Consejo Municipal en la reunión número 26 realizó una reunión de trabajo con todos los gerentes de la alcaldía en la gerencia general el día de ayer específicamente para tratar asuntos relacionados con la última evaluación que realizó el Instituto de Acceso a la Información Pública en la cual salimos reprobados, se hizo énfasis en los procedimientos en el portal de transparencia, en el manejo de archivos y en el cumplimiento a los requerimientos de los usuarios y la obligación de las dependencias de dar dicha información especialmente se le hizo ver que el que incumpla un procedimiento se le aplicarán sanciones que ya están establecidas por la ley correspondiente. El personal de la comisión de acceso a la información pública ha participado en seminarios y capacitaciones planificadas y programadas por el Instituto de Acceso a la Información Pública enfocada en conocer los alcances de la ley de procedimientos administrativos. El índice de la información reservada se está actualizando cada 6 meses se tiene un avance en la actualización del portal de transparencia municipal el cual se encuentra en un 95% de avance la comisión de acceso a la información pública está trabajando en coordinación con el encargado de archivo y la gerencia de planificación ordenamiento y desarrollo urbano para la designación idónea de un lugar adecuado para el funcionamiento del archivo general por lo que el instituto ya realizó inspecciones en ese sentido se anexa la documentación correspondiente al presente informe lo que informamos para los efectos legales consiguientes.

PUNTO CUATRO: La Secretaria Municipal Licda. Gloria Jeniffer Romero Alfaro, procede a dar lectura al acta de la Sesión Ordinaria anterior de fecha cinco de noviembre del año dos mil diecinueve, la que es aprobada en todas sus partes. PUNTO CINCO: La señora Secretaria Municipal procedió a leer la correspondencia la cual fue discutida, contestada y entregada al mismo para su correspondiente archivo. PUNTO SEIS: El Concejo Municipal, enterado de todo lo anterior y en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal, procede a emitir los Acuerdos siguientes:

ACUERDO NÚMERO UNO: Leído el memorándum de fecha 29 de octubre de 2019, presentado por la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales (UACI), solicita pago de factura N.º 0858 de Manejo Integral de Desechos Sólidos S.E.M. DE C.V. (MIDES), por el servicio de utilización del relleno sanitario, para el tratamiento y disposición final de 2,842.8578 DC-AM toneladas de desechos comunes municipales, correspondiente al período del 01 al 15 de octubre de 2019, por la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL ONCE 14/100 DOLARES ($66,011.14).

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

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1. Dar por recibido el memorándum presentado por la UACI.

2. Aprobar lo requerido por la UACI, a solicitud de la Gerencia de Desechos Sólidos de esta Municipalidad.

3. Se autoriza erogar de fondos propios, la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL ONCE 14/100 DOLARES ($66,011.14), que servirán para el pago de la factura de MIDES, correspondiente al período arriba mencionado, según lo detalla la factura respectiva.

4. El cheque se emitirá a nombre de S.E.M. DE C.V. (MIDES). El gasto se comprobará con factura debidamente legalizada, se aplicará a los códigos respectivos del Presupuesto Municipal Vigente.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DOS: Leído el memorándum de fecha 29 de octubre de 2019, presentado por el Gerente de Operaciones de esta Municipalidad, solicita erogación de fondos por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES ($350.00), en concepto de gastos funerarios, en caso de muerte de los padres, cónyuges o hijos de empleados, según beneficio de la Prestación Económica arriba detallada, establecida en el Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios para Empleados Municipales, prestación número Seis, el cual otorga el beneficio de TRESCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES ($350.00); y según lo prescrito en el Acuerdo No. 1, Acta No. 51 de fecha 28 de Octubre de 2017; según el siguiente detalle:

NOMBRE DEL EMPLEADO: No. DE DUI: NOMBRE FAMILIAR FALLECIDO:

Sr. Manuel de Jesús Cortez Montoya (Agente del CAM).

xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Por lo tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por el Gerente de Operaciones de esta Municipalidad.

2. Con base a lo establecido en el Acuerdo de Concejo anteriormente relacionado, Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios para Empleados Municipales y el Numeral 10 del Art. 59 de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, se aprueba y autoriza erogar de fondos propios la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA 00/100 DOLARES ($350.00), en concepto de gastos funerarios por el fallecimiento del padre, del empleado mencionado, gasto que será descrito en recibo respectivo.

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3. El cheque se emitirá a nombre del referido empleado. El gasto se comprobará con recibo debidamente legalizado, se aplicarán a los códigos correspondientes del Presupuesto Municipal Vigente.

4. Se instruye a la Gerencia de Operaciones y al Departamento de Recursos Humanos, para dar cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO TRES: Leída la correspondencia de fecha 30 de octubre de 2019, presentada por la Sra.

Fidelia del Rosario Melgar, Administradora del Mercado Las Margaritas de este Municipio, solicitando se le pueda dar en calidad de préstamo, y a la vez exonerar el pago para el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el fin de una celebración familiar, evento que se llevará a cabo el día 25 de enero del 2020, de 10:00 a.m. 8:00 p.m.; quedando como encargada del resguardo de dicha casa comunal, la suscrita.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibida la correspondencia, presentada por la Sra. Fidelia del Rosario Melgar, Administradora del Mercado Las Margaritas de este Municipio.

2. Aprobar el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el objeto de apoyar a la empleada antes mencionada, para la finalidad requerida, evento que se llevará a cabo en la fecha y horarios antes mencionados.

3. Autorizar exonerar a dicha empleada el pago por el uso de las instalaciones de la Casa Comunal relacionada, con base a lo establecido en el Art. 6 de la Ordenanza para Uso, Administración, Préstamo y Arrendamiento de la Casa Comunal de la Colonia Guadalupe.

4. Así mismo, se le recomienda a la Sra. Fidelia del Rosario Melgar, encargada del evento, que deberá realizar una visita de recepción en coordinación con esta Municipalidad previo al evento, para verificar de manera detallada las condiciones en las que es entregada, a fin de ser devueltos en las mismas condiciones. Si hubiese daño en las instalaciones o sus accesorios por negligencia o descuido en el uso, será responsable de la reparación o pago de los mismos por la solicitante.

5. Se instruye a la Gerencia de Cultura y Deportes, para que verifique la disponibilidad de la referida casa comunal y así coordine con la solicitante, para dar cumplimento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

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ACUERDO NÚMERO CUATRO: Leída la correspondencia presentada por la Sra. xxxxxxxx habitante de xxxxxxxxxxxxxxx, quien solicita se le pueda dar en calidad de préstamo, y a la vez exonerar el pago para el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el fin de una celebración familiar, evento que se llevará a cabo el día 25 de enero del 2020, de 10:00 a.m. 5:00 p.m.; Así mismo solicita apoyo con un bus, para trasladar a los invitados de la colonia a dicha casa comunal y viceversa; a la vez 100 sillas y 50 mesas; quedando como encargada del resguardo de dicha casa comunal, la suscrita.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibida la correspondencia, presentada por la Sra.xxxxxxxxxxxxx, habitante xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

2. Aprobar el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el objeto de apoyar a la solicitante antes mencionada, para la finalidad requerida, evento que se llevará a cabo en la fecha y horarios antes mencionados.

3. En cuanto a sillas, mesas, se prestarán según la disponibilidad en la Gerencia de Deportes y en relación al préstamo de un bus, se deniega tal petición, ya que en este momento no hay en disponibilidad.

4. Autorizar exonerar a dicha solicitante el pago por el uso de las instalaciones de la Casa Comunal relacionada, con base a lo establecido en el Art. 6 de la Ordenanza para Uso, Administración, Préstamo y Arrendamiento de la Casa Comunal de la Colonia Guadalupe.

5. Así mismo, se le recomienda a la Sra. xxxxxxxxxxxxxx, encargada del evento, que deberá realizar una visita de recepción en coordinación con esta Municipalidad previo al evento, para verificar de manera detallada las condiciones en las que es entregada, a fin de ser devueltos en las mismas condiciones. Si hubiese daño en las instalaciones o sus accesorios por negligencia o descuido en el uso, será responsable de la reparación o pago de los mismos por la solicitante.

6. Se instruye a la Gerencia de Cultura y Deportes, para que verifique la disponibilidad de la referida casa comunal y así coordine con la solicitante, para dar cumplimento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO CINCO: Leído el memorándum de fecha 31 de octubre de 2019, presentado por Prof.

Pedro Erasmo Zometa, Gerente de Fomento a la Cultura y Deporte de esta Municipalidad, mediante el cual solicita

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aprobación y autorización para la devolución de aranceles de COBRO DE ARRENDAMIENTO DE CASA COMUNAL DE LA COL. GUADALUPE, ya que para fecha 5 de enero de 2020, la Sra. xxxxxxxxxxxx, había reservado dicha casa comunal por un valor de $150.00, para una celebración familiar y que según nota anexa a este, la Sra. xxxxxx solicita se le haga la devolución, ya que no se llevará a cabo dicha celebración. Dicho cobro se realizó el día 11 de octubre de 2019 según el siguiente detalle:

Alquiler de Casa Comunal Col. Guadalupe $100.00

Deposito $50.00

TOTAL: $150.00

Anexa comprobante de pago y nota de justificación.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el expresado memorándum, presentado por el Gerente de Fomento a la Cultura y Deporte de esta Municipalidad.

2. En cuanto a lo informado se aprueba y autoriza se haga efectiva la devolución de aranceles de COBRO DE ARRENDAMIENTO DE CASA COMUNAL DE LA COL. GUADALUPE, por el valor de $150.00, a la Sra.

xxxxxxxxxxxxxxxxxx, debido a las razones arriba descritas.

3. Se autoriza erogar de fondos propios la cantidad de CIENTO CINCUENTA 00/100 DOLARES ($150.00), parta la devolución descrita en el numeral que antecede; el cheque se emitirá a nombre de la Sra.

xxxxxxxxxxxxxxxxxx. La devolución se comprobará con recibo debidamente legalizado, se aplicará a los códigos respectivos del Presupuesto Municipal Vigente.

4. Se instruye al Gerente de Cultura y deporte de esta Municipalidad, dé seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO SEIS: Leído el memorándum de fecha 31 de octubre de 2019, presentado por Prof.

Pedro Erasmo Zometa, Gerente de Fomento a la Cultura y Deporte de esta Municipalidad, mediante el cual solicita aprobación y autorización para la devolución de aranceles de COBRO DE ARRENDAMIENTO DE CASA COMUNAL DE LA COL. GUADALUPE, ya que para fecha 8 de diciembre de 2019, la Sra. xxxxxxxxxxxxxxxx, había reservado dicha casa comunal por un valor de $150.00, para una celebración familiar y que según nota anexa a este, la Sra.

xxxxxxxxxxxx solicita se le haga la devolución, ya que no se llevará a cabo dicha celebración. Dicho cobro se realizó el día 08 de agosto de 2019 según el siguiente detalle:

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Alquiler de Casa Comunal Col. Guadalupe $100.00

Deposito $50.00

TOTAL: $150.00

Anexa comprobante de pago y nota de justificación.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el expresado memorándum, presentado por el Gerente de Fomento a la Cultura y Deporte de esta Municipalidad.

2. En cuanto a lo informado se aprueba y autoriza se haga efectiva la devolución de aranceles de COBRO DE ARRENDAMIENTO DE CASA COMUNAL DE LA COL. GUADALUPE, por el valor de $150.00, a la Sra.

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, debido a las razones arriba descritas.

3. Se autoriza erogar de fondos propios la cantidad de CIENTO CINCUENTA 00/100 DOLARES ($150.00), parta la devolución descrita en el numeral que antecede; el cheque se emitirá a nombre de la Sra.

xxxxxxxxxxxxxxxxx. La devolución se comprobará con recibo debidamente legalizado, se aplicará a los códigos respectivos del Presupuesto Municipal Vigente.

4. Se instruye al Gerente de Cultura y deporte de esta Municipalidad, dé seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO SIETE: Visto el memorándum de fecha 04 de noviembre de 2019, presentado por la Jefa Interina del Departamento de Recursos Humanos de esta Municipalidad, referente a la entrega de Aguinaldo y Bono Navideño a los empleados y empleadas Municipales, correspondiente al año 2019, de conformidad al Manual del Sistema Retributivo y Fijación de Salarios para Empleados Municipales; en consecuencia, de ello detalla el valor a otorgar y con base a lo planteado por dicha jefa (ver anexo).

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por la Jefa Interina del Departamento de Recursos Humanos.

2. Aprobar y otorgar bono navideño por la cantidad de $150.00, a cada empleado y funcionario que labora en esta Alcaldía, el cual será entregado el día 11 del mes de diciembre de 2019, según lo establece el Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios.

3. Tendrán derecho al bono navideño el personal municipal, con base a lo siguiente: “Gozarán de estas prestaciones todos los empleados que estén amparados bajo la Ley de la Carrera Administrativa Municipal,

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incluyendo Funcionarios de elección popular, así como Gerentes, Jefes, personas contratadas bajo la modalidad de servicios profesionales, interinatos y de carácter eventual”, así: a) La prestación económica será entregada en un 100%, por aquellos Funcionarios, Empleados o personas contratadas bajo la modalidad de servicios profesionales que tengan más de seis meses de laborar en esta Municipalidad; b) Los Funcionarios, empleados o personas contratadas bajo la modalidad de servicios profesionales que tengan más de tres meses y menos de seis meses de laborar en la Municipalidad, tendrán derecho a la prestación económica en forma proporcional al tiempo laborado; c) Los empleados o personas contratados bajo la modalidad de Servicios Profesionales, Interinatos y de carácter eventual, tendrán derecho a la prestación económica en la forma siguiente: 1) El 100% del monto a otorgarse a los empleados amparados bajo la Ley de la Carrera Administrativa, siempre que los empleados tengan más de seis meses de laborar en la Municipalidad y bajo la modalidad antes mencionada; 2) Los empleados o personas que tengan menos de seis meses de laborar en la Municipalidad, tendrán derecho a la prestación económica en forma proporcional al tiempo laborado”.

4. Aprobar y autorizar la entrega del aguinaldo por la cantidad de $350.00, a cada uno de los Empleados y funcionarios, según lo establecido en la Ley, el cual será entregado el día 16 de diciembre de 2019.

5. Tendrán derecho al aguinaldo el personal Municipal, con base a lo siguiente: a) “Gozarán de esta prestación, todos los empleados que estén amparados bajo la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, incluyendo Funcionarios (Alcalde, Síndico y Secretaria Municipal), así como Gerentes y Jefaturas;

empleados contratados bajo la modalidad de servicios profesionales, Interinatos y de carácter eventual; y b) Los funcionarios o empleados que tengan menos de un año de laborar en la Municipalidad, gozarán de la prestación económica en forma proporcional al tiempo laborado.

6. Erogar de fondos propios el monto necesario, para hacer efectivo la entrega del Bono Navideño y Aguinaldo 2019.

7. Se instruye a la Jefa Interina de Recursos Humanos y al Tesorero Municipal, dar seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO OCHO: En la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Soyapango, Departamento de San Salvador, a las once horas con cinco minutos, del día doce de noviembre del año dos mil diecinueve. A sus antecedentes el escrito presentado por el señor xxxxxxxxxxxxxxx propietario del establecimiento comercial denominado FRUTAS Y VERDURAS RIVAS, haciendo uso de su derecho y expresa sus agravios y solicita se revoque la tasación de impuestos de mérito venida en apelación y que se le resuelva sobre los puntos planteados, se realice una nueva tasación, acorde a la realidad de la empresa, adjunta los siguientes documentos en copias simples: i) Balance Inicial, al uno de abril de dos mil diecinueve; ii) Aprobación de Crédito, del Banco Industrial, de

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fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis; iii) Tabla de amortización Teórica de préstamo, de fecha nueve de septiembre de dos mil dieciséis; iv) Recibo de pago a favor del Banco Industrial, de fecha dieciséis de abril de dos mil diecinueve, a nombre de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, y v) Testimonio de Escritura Pública de Préstamo Mercantil de fecha catorce de octubre de dos mil dieciséis. Por lo anterior este Concejo Resuelve:

1. Agréguese el escrito presentado por el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxx propietario del establecimiento comercial denominado FRUTAS Y VERDURAS RIVAS, junto con las copias simples: i) Balance Inicial, al uno de abril de dos mil diecinueve; ii) Aprobación de Crédito, del Banco Industrial, de fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis; iii) Tabla de amortización Teórica de préstamo, de fecha nueve de septiembre de dos mil dieciséis; iv) Recibo de pago a favor del Banco Industrial, de fecha dieciséis de abril de dos mil diecinueve, a nombre de xxxxxxxxxxxxx, y v) Testimonio de Escritura Pública de Préstamo Mercantil de fecha catorce de octubre de dos mil dieciséis. Se tiene por realizado el uso de sus derechos por la parte del apelante y evacuada la expresión de agravios.

2. Respecto al numeral dos del escrito, en la sentencia definitiva se proveerá conforme a derecho corresponda.

3. Tráigase el presente procedimiento administrativo para emitir la resolución final respectiva, sin más trámite ni diligencias.

Ref: 04-A.R.T-2019.

La votación del presente acuerdo queda unánime. NOTIFÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO NUEVE: Leído el memorándum de fecha 04 de noviembre de 2019, presentado por el Gerente de Alumbrado y Espacios Públicos de esta Institución, por medio del cual solicita autorización para la modificación del Acuerdo Municipal N° 14 del Acta N° 44 de fecha 02 de octubre de 2019, el cual hace referencia a la Carpeta Técnica denominada: “ILUMINACIÓN DE CANCHAS Y PARQUES DEL MUNICIPIO DE SOYAPANGO, SAN JOSÉ 2”, por un monto de $36,558.62, bajo la modalidad de ejecución por Administración; dicha modificación en el sentido que será bajo la modalidad de CONTRATACIÓN VÍA LIBRE GESTIÓN, dado que los suministros de lámparas a ser colocadas no se encuentran en plaza y deben ser importadas, por lo que el proyecto debe ejecutarse bajo la modalidad antes mencionada, con las características de suministros e instalación.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Tener por recibo el memorándum en mención, presentado por el Gerente de Alumbrado y Espacios Públicos de esta Institución.

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2. En cuanto a lo solicitado, se aprueba y autoriza la modificación del acuerdo antes mencionado, en el sentido de ejecutar la Carpeta Técnica en referencia bajo la modalidad de CONTRATACIÓN VÍA LIBRE GESTIÓN, debido a las razones antes expresadas.

3. El Acuerdo que se modifica, queda surtiendo efecto en lo demás de su contenido.

4. Se instruye a la gerencia solicitante, de seguimiento y cumplimiento a la presentes resolución.

La votación del presente acuerdo queda con nueve votos a favor y cinco abstenciones de los concejales: Lic. José Miguel Arévalo Rivera, Lic. José Eduardo Valiente, Lic. Carlos Armando García Jiménez, Sra. Gabriela Lissette Mejía Cerón. Razonamiento de la abstención. De acuerdo al art 1 de la LACAP “La presente Ley tiene por objeto establecer las normas básicas que regularan las acciones relativas a la planificación, adjudicación, contratación, seguimiento y liquidación de las adquisiciones de obras, bienes y servicios de cualquier naturaleza, que la Administración Púbica deba celebrar para la consecución de sus fines. Las adquisiciones y contrataciones de la Administración Púbica se regirán por principios y valores tales como: no discriminación, publicidad, libre competencia, igualdad, ética, transparencia, imparcialidad, probidad, centralización normativa y descentralización operativa, tal como están definidos en la Ley de Ética Gubernamental”.

Art 19 LACAP Art. 19.- El titular de la institución o la persona designada por éste, está en la obligación de dar seguimiento a la actuación de los subalternos y será responsable por la negligencia en que incurriere en la observancia de esta obligación. Si hubiere indicio de la comisión de algún delito por parte de los subalternos en el cumplimiento de sus funciones, deberá comunicarse de inmediato a la autoridad competente para no incurrir en responsabilidad por la omisión del aviso correspondiente. El Titular será responsable solidariamente por la actuación de sus subalternos en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley; asimismo, en su caso deberá iniciar los procedimientos e imponer las sanciones que la misma establece, sin perjuicio de deducir la responsabilidad penal si la hubiere. Los subalternos que tuvieren a su cargo los actos preparatorios de las adquisiciones y contrataciones, así como lo relacionado con la vigilancia de su ejecución y liquidación, responderán personalmente por las infracciones o delitos que ellos cometieren, en ocasión de los actos regulados en esta Ley.

Art 41 LACAP “Para efectuar cualquier tipo de contratación, la institución deberá establecer los requerimientos o características mínimas indispensables para el bien, obra o servicio que desea adquirir; así como identificar el perfil de ofertante o contratista que lo proveerá. Dichos instrumentos se denominarán: a) Términos de referencia: que establecerán las características de los servicios que la institución desea adquirir; b) Especificaciones técnicas: que establecerán los requisitos que deben reunir las obras o bienes que la Administración Pública solicita; c) Bases de Licitación: establecerán los criterios legales, financieros y técnicos que deberán cumplir los ofertantes y los bienes,

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obras y servicios que ofrecen a la Administración Pública; d) Bases de Concurso: establecerán los criterios a que se refiere el literal anterior para la contratación de consultorías; debiendo la Institución establecer con claridad si la consultoría es para personas naturales, jurídicas, o ambas indistintamente. Además, en el pleno del concejo municipal no se ha recibido ningún informe de la UACI que explique y describa los procesos que ha conllevado a dar la recomendación que establece el señor Luis Castillo Gerente de Alumbrado Público, así como el proceso a ejecutar. y Sr. Luis Ernesto Rivas Guevara. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DIEZ: Leído el memorándum de fecha 05 de noviembre de 2019, presentado por el Gerente General de esta Municipalidad, mediante el cual, remite consolidado de reporte de horas extras, en relación al pago del mes de octubre de 2019, el cual ha sido remitido por el departamento de Recursos Humanos de esta Municipalidad, quien es el encargado únicamente del cálculo en dinero del monto a pagar de las horas extras realizadas por los departamentos que son autorizados por el Concejo Municipal y Gerencia General, según el plan presentado mensualmente; dichas horas fueron laboradas por empleados de los departamentos de: Cementerios Municipales, Servicios Generales, CAM-Soyapango, Gerencia de Desechos Sólidos, todos de esta Municipalidad; por lo anterior solicita aprobación y autorización para el pago de 4,213 horas extras ejecutadas por los departamentos en mención, por el monto de $16,508.34.

Este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum y lo planteado por el Gerente General de esta Municipalidad.

2. Aprobando lo requerido por dicho funcionario, en consecuencia, se autoriza erogar la cantidad de DIECISÉIS MIL QUINIENTOS OCHO 34/100 DOLARES ($16,508.34) de Fondos Propios, para pagar las horas extras antes mencionadas, laboradas por personal de las dependencias de esta Institución, según detalle:

DEPARTAMENTO: JUSTIFICACIÓN: MES LABORADO TOTAL HORAS: MONTO:

CEMENTERIOS MUNICIPALES

Horas realizadas durante los fines de semana en inhumaciones excavación de fosas para servicios generales, mandamientos de pago, estados de cuenta y atención a usuarios de inhumaciones

octubre 2019 120 $538.59

SERVICIOS GENERALES

Horas realizadas en las Fiestas Patronales en: desfiles del comercio, lavado de Calle Cappler, vuelta ciclística, traslado de

personal y reparto de agua en camión Octubre 2019 120 $440.59

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cisterna.

CAM xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Octubre 2019 2,890 $10,751.96

DESECHOS SÓLIDOS

Horas realizadas los días domingos: 6, 13, 20 y 27 en la recolección de desechos en Centro de Soyapango y sus alrededores, supervisión de rutas, área de taller por rescate, reparaciones urgentes de equipo.

Octubre 2019 1,083 $4,777.20

TOTAL: 4,2134,213 $16,508.34$16,508.34

3. El gasto se comprobará con recibos debidamente legalizados, se aplicará al código respectivo del Presupuesto Municipal Vigente.

La votación del presente acuerdo queda unánime, a excepción que para las horas extras de la Gerencia de Operaciones (Servicios Generales), se abstienen los concejales: Lic. José Miguel Arévalo Rivera, Lic. José Eduardo Valiente, Lic. Carlos Armando García Jiménez, Sra. Gabriela Lissette Mejía Cerón y Br. Luis Ernesto Rivas Guevara.

COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO ONCE: En la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Soyapango, Departamento de San Salvador, a las veinte horas con treinta minutos, del día doce de noviembre del año dos mil diecinueve. A sus antecedentes el escrito presentado por el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien actúa en su carácter personal, evacua el traslado conferido, en la cual ofrece como prueba: Declaración de la propia parte; Se solicite un informe sobre la instalación de un portón; Acta de Inspección realizada por un Técnico de la Alcaldía Municipal; Se libre oficio al Vice Ministerio de Transporte respecto de la autorización de portón a la Junta Directiva de la Residencial las Arboledas II; Cuatro fotografías del portón instalado; Certificación del Registro de la Propiedad de donación a nombre de xxxxxxxxxxxxxxxxxx, de la cual presenta copia simple; a la vez solicita se revoque, la resolución emitida por el Delegado de la Contravencional, por lo anterior este Concejo Resuelve:

Agréguese el escrito presentado por el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, respecto de la Declaración o entrevista solicitada por el apelante, declarase impertinente en vista que corre agregada a folios uno, un escrito donde constan los hechos denunciados. Declarase impertinente el solicitar un informe al Departamento u Unidad de la Alcaldía Municipal, sobre la instalación de un portón, en razón que al presentar la denuncia el apelante solo solicito el movimiento total del portón, y guarda relación con el objeto con este proceso administrativo, la cual consta a folios

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uno; Respecto de la prueba propuesta de Acta de Inspección realizada por un Técnico de la Alcaldía Municipal, se tiene por admitida por estar agregada a folio treinta y siete; Declarase impertinente o inútil el librar oficio al Vice Ministerio de Transporte en relación de la autorización de portón a la Junta Directiva de la Residencial las Arboledas II, por no guarda relación con el objeto con este proceso administrativo, en vista que se ha denunciado al señor xxxxxxxxxx, y no a la Junta Directiva de la Residencial las Arboledas II; Se tiene por presentada cuatro fotografías;

No se tiene por presentada la Certificación del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, por haber presentado una copia simple del Testimonio de Escritura Pública de Donación a nombre del señor xxxxxxxxxxxxxx. La prueba admitida será valorada en la sentencia definitiva.

De lo solicitado de revocar la resolución emitida por el Delegado Contravencional, en la sentencia definitiva se proveerá conforme a derecho corresponda.

Tráigase el presente incidente de apelación para emitir la sentencia definitiva, sin más trámite ni diligencias.

Ref.: 02-RA-UC-19(LR)

La votación del presente acuerdo queda unánime. NOTIFÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DOCE: Leído el memorándum de fecha 06 de noviembre de 2019, presentado por el Jefe de la Unidad Jurídica de esta Municipalidad, que por Instrucciones de Concejo Municipal de la 47° Sesión Ordinaria, de fecha 25 de octubre del presente año, en referencia a Someter a consideración la Modificación al Manual del Sistema Retributivo, para establecer la entrega de una tarjeta de regalo, por un valor de $50.00 Dólares en el mes de Febrero.

Al respeto manifiesta, que actualmente la bonificación del mes de febrero fue reformada en el Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios para Empleados Municipales, por Acuerdo Municipal número dos, Acta número seis, de fecha trece de febrero del presente año, certificación extendida en fecha veinte de febrero del presente año por la Secretaria Municipal, en la cual quedo establecido que habiéndose realizado el proceso de la Licitación LPAMS002-2019, denominada Suministro de Tarjetas Electrónicas Canjeables por productos alimenticios de la canasta básica, para la Municipalidad de Soyapango, habiendo sido declarada desierta, generando la reforma al manual y quedo establecido en el apartado: Prestaciones Económicas, Prestación 2:

“Una bonificación en el mes de febrero, por un monto de $50.00, la que será establecida mediante acuerdo municipal, según disponibilidad financiera de la municipalidad, y de conformidad al Presupuesto Municipal Vigente, debiendo hacerse los descuentos de conformidad a la ley de Impuestos sobre la Renta, Procuraduría General de la República y otras Leyes relativas a la materia.”

Por lo que el suscrito es de la opinión: Que es factible el reformar el Manual en referencia, en el apartado:

Prestaciones Económicas, Prestación 2: Estableciendo la propuesta de reforma:

Primera opción de reforma:

Un certificado de regalo canjeable en supermercado por un monto de $50.00, que será entregado en el mes de

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febrero de cada año, lo cual será establecido mediante Acuerdo del Concejo Municipal. Según lo establecido en el presupuesto municipal vigente. En caso de declararse desierto el proceso de la Licitación para obtener el Suministro de Tarjetas Electrónicas Canjeables por productos alimenticios de la canasta básica y sea imposible la contratación directa de la obtención de Tarjetas Electrónicas, el Concejo podrá acordar la entrega del bono de $50.00 en efectivo, según disponibilidad financiera de la municipalidad, y de conformidad al Presupuesto Municipal Vigente, debiendo hacerse los descuentos de conformidad a la ley de Impuestos sobre la Renta, Procuraduría General de la República y otras Leyes relativas a la materia.

Segunda opción de reforma:

Un certificado de regalo canjeable en supermercado por un monto de $50.00, que será entregado en el mes de febrero de cada año, lo cual será establecido mediante Acuerdo del Concejo Municipal. Según lo establecido en el presupuesto municipal vigente.

Este Concejo Municipal después de deliberar lo expuesto por el jefe de la Unidad Jurídica, y en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y demás leyes de la República, ACUERDA:

1. Dar por recibido el expresado memorándum, presentado por el jefe de la Unidad Jurídica de esta Municipalidad.

2. De conformidad a las dos propuestas de reforma arriba detalladas por el Jefe de la Unidad Jurídica de esta Municipalidad, se aprueba y autorizar Reformar el Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios para Empleados Municipales, relativo a la segunda propuesta de reforma, la cual queda de la siguiente manera: Un certificado de regalo canjeable en supermercado por un monto de $50.00, que será entregado en el mes de febrero de cada año, lo cual será establecido mediante Acuerdo del Concejo Municipal. Según lo establecido en el presupuesto municipal vigente.

3. Se le instruye al jefe de la Unidad Jurídica ejecute la Reforma aprobada en el Manual del Sistema Retributivo y de Fijación de Salarios para Empleados Municipales, específicamente a las Prestaciones Económicas, Prestación 2.

4. Se le instruye a la Jefa Interina de Recursos Humanos, socialice la reforma aprobada, con todos los empleados y empleadas de esta Municipalidad, utilizando los canales de comunicación que considere idóneos para tal efecto.

5. Se instruye a las Jefaturas mencionadas en los numerales 3 y 4 de la presente resolución, dar seguimiento y cumplimiento a la presente resolución. Debiendo rendir informe al Concejo Municipal de todo lo actuado.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO TRECE: Leída la correspondencia de fecha 07 de noviembre de 2019, presentada por el empleado Amílcar Adonay López Pleitez, de la Unidad de Medio Ambiente, solicitando se le pueda dar en calidad

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de préstamo, y a la vez exonerar el pago para el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el fin de una celebración familiar, evento que se llevará a cabo el día 30 de noviembre del 2019, a las 3:00 p.m.; quedando como encargado del resguardo de dicha casa comunal, el suscrito.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibida la correspondencia, presentada por el empleado Amílcar Adonay López Pleitez, de la Unidad de Medio Ambiente.

2. Aprobar el uso del Salón de Usos Múltiples ubicado en Colonia Guadalupe (Casa Comunal); lo anterior con el objeto de apoyar al empleado antes mencionado, para la finalidad requerida, evento que se llevará a cabo en la fecha y horarios antes mencionados.

3. Autorizar exonerar a dicha empleada el pago por el uso de las instalaciones de la Casa Comunal relacionada, con base a lo establecido en el Art. 6 de la Ordenanza para Uso, Administración, Préstamo y Arrendamiento de la Casa Comunal de la Colonia Guadalupe.

4. Así mismo, se le recomienda al Sr. Amílcar Adonay López Pleitez, encargado del evento, que deberá realizar una visita de recepción en coordinación con esta Municipalidad previo al evento, para verificar de manera detallada las condiciones en las que es entregada, a fin de ser devueltos en las mismas condiciones. Si hubiese daño en las instalaciones o sus accesorios por negligencia o descuido en el uso, será responsable de la reparación o pago de los mismos por el solicitante.

5. Se instruye a la Gerencia de Cultura y Deportes, para que verifique la disponibilidad de la referida casa comunal y así coordine con el solicitante, para dar cumplimento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO CATORCE: Leído el memorándum de fecha doce de noviembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal, mediante el cual solicita se nombre al Lic. Luis Ernesto Carballo, jefe de la Unidad de Auditoría Interna, para que integre la Comisión de Integridad Municipal (CIM), del Proyecto Pro-Integridad Municipal de USAID; dicho nombramiento para el área de Rendición de Cuentas. Así mismo nombrar al Sr. Julio Cesar Sánchez Nerio, Promotor de Medio Ambiente, como Asistente/Registrador de Actas de la CIM, quien ha sido nombrado como Suplente para la referida comisión por la concejal Srita. Jessica Rosales. A la vez informa que el Lic. Pedro Acosta, Gerente de Panificación, Ordenamiento y Desarrollo Urbano de esta Institución, no podrá ser parte de la Comisión, debido a que tiene designado realizar proyectos en el Municipio de Soyapango, no obstante, cabe mencionar que solamente los concejales pueden designar suplentes, no los gerentes

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ni los jefes, por lo que el Arq. William Bernal, no puede ser parte de la comisión antes mencionada. También la suscrita hace mención que la Licda. Yesenia Guardado, Jefa de Desarrollo Económico, ya no será parte de la CIM, ya que en su lugar entra el Lic. Luis Ernesto Carballo.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el expresado memorándum, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal.

2. En cuanto a lo informado, se aprueba y autoriza nombrar al Lic. Luis Ernesto Carballo, jefe de la Unidad de Auditoría Interna, para que integre la Comisión de Integridad Municipal (CIM), del Proyecto Pro-Integridad Municipal de USAID; dicho nombramiento para el área de Rendición de Cuentas.

3. Se nombra al Sr. Julio Cesar Sánchez Nerio, Promotor de Medio Ambiente, como Asistente/Registrador de Actas de la CIM, quien ha sido nombrado como Suplente para la referida comisión por la concejal Srita.

Jessica Rosales.

4. Se deja constancia que Lic. Pedro Acosta, Gerente de Panificación, Ordenamiento y Desarrollo Urbano y la Licda. Yesenia Guardado, Jefa de Desarrollo Económico, ambos de esta Municipalidad, no podrán ser parte de la Comisión antes mencionada, debido a las razones arriba descritas.

5. Se instruye a la Lic. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal, de seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO QUINCE: Leído el memorándum de fecha 06 de noviembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal, mediante el cual solicita modificación del Acuerdo Municipal N.º 13 del Acta N.º 39 de fecha 11 de septiembre de 2019, el cual hace referencia textualmente a lo siguiente: “…

Leído el memorándum de fecha once de septiembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal de esta comuna, solicita conformar la Comisión de Ética, requerida por USAID, dicha comisión debe de estar integrada por dos personas, tomando en cuenta la LACAP; 2 propietarios y 2 suplentes; las personas que se elijan no deben tener ninguna sanción en su expediente laboral y cumplir con honorabilidad, ni debe ser miembro del Concejo…” Dicha modificación encaminada en el sentido siguiente: “…Leído el memorándum de fecha once de septiembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal de esta comuna, solicita conformar la Comisión de Ética Pública, requerida por el Tribunal de Ética Gubernamental y en apoyo con USAID, la mencionada comisión debe estar conformada según el Art. 26 de la Ley de Ética Gubernamental (LEG) por 6 personas, de ellos; 3 propietarios y 3 suplentes (1 propietario y 1 suplente nombrado por el TEG, 1 propietario y 1 suplente nombrado por la máxima autoridad de la municipalidad, 1 propietario y 1 suplente nombrado por los empleados municipales). Así mismo la suscrita solicita para completar la Comisión de Ética de la Municipalidad el nombramiento por parte del Concejo Municipal a los miembros que les corresponde y la

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delegación para realizar el proceso de elección de los Miembros por parte de los empleados municipales, siguiendo lo establecido en el Art. 33 del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental, mencionando además que los empleados municipales que participen como candidatos, deben cumplir con los requisitos del Art. 30 y estar contratados bajo la Ley de la Carrera Administrativa Municipal…” Además, la suscrita menciona que deberá de colocarse en el numeral 2 del referido Acuerdo a modificar, los nombres de la Jefa Interna de Recursos Humanos y del jefe de la Unidad Jurídica.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Tener por recibo el memorándum en mención, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal.

2. Aprobar y autorizar modificar el acuerdo No.13, asentado en Acta No.39, realizada el día 11 de septiembre de 2019, referente a la Conformación de la Comisión de Ética Pública, en el sentido que, se deja sin efecto lo que literalmente dice en el encabezado del mismo: “…Leído el memorándum de fecha once de septiembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal de esta comuna, solicita conformar la Comisión de Ética, requerida por USAID, dicha comisión debe de estar integrada por dos personas, tomando en cuenta la LACAP; 2 propietarios y 2 suplentes; las personas que se elijan no deben tener ninguna sanción en su expediente laboral y cumplir con honorabilidad, ni debe ser miembro del Concejo…”; en su lugar deberá de leerse: “…Leído el memorándum de fecha once de septiembre de 2019, presentado por la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal de esta comuna, solicita conformar la Comisión de Ética Pública, requerida por el Tribunal de Ética Gubernamental y en apoyo con USAID, la mencionada comisión debe estar conformada según el Art.

26 de la Ley de Ética Gubernamental (LEG) por 6 personas, de ellos; 3 propietarios y 3 suplentes (1 propietario y 1 suplente nombrado por el TEG, 1 propietario y 1 suplente nombrado por la máxima autoridad de la municipalidad, 1 propietario y 1 suplente nombrado por los empleados municipales).

Así mismo la suscrita solicita para completar la Comisión de Ética de la Municipalidad el nombramiento por parte del Concejo Municipal a los miembros que les corresponde y la delegación para realizar el proceso de elección de los Miembros por parte de los empleados municipales, siguiendo lo establecido en el Art. 33 del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental, mencionando además que los empleados municipales que participen como candidatos, deben cumplir con los requisitos del Art. 30 y estar contratados bajo la Ley de la Carrera Administrativa Municipal…”

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3. Asimismo, se modifica el numeral 2 del acuerdo arriba precitado, el cual literalmente establece: “…De conformidad a lo establecido en el Art. 31 Inc. 1° del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental, se dan por nombrados de parte del Tribunal de Ética Gubernamental por Ministerio de Ley, al Jefe o Jefa del Departamento de Recursos Humanos como miembro propietario y al Jefe de la Unidad Jurídica como miembro suplente de la referida comisión…”; en su lugar deberá de leerse: “… De conformidad a lo establecido en el Art. 31 Inc. 1° del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental, se dan por nombrados de parte del Tribunal de Ética Gubernamental por Ministerio de Ley, a la Jefa Interina del Departamento de Recursos Humanos, Licda. Claudia Raquel Platero Mineros, como miembro propietario y al Jefe de la Unidad Jurídica, Lic. Antonio Benjamín Rodríguez Quinteros, como miembro suplente de la referida comisión…”

4. El Acuerdo que se modifica, queda surtiendo efecto en lo demás de su contenido.

5. Se instruye a la Licda. Blanca Flores, Asesora del Despacho Municipal, dé seguimiento y cumplimiento a la presente resolución. Asimismo, deberá de notificar la misma a las instancias correspondientes.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DIECISÉIS: Leído el memorándum de fecha 28 de octubre de 2019, presentado por el Tesorero Municipal, mediante el cual solicita cierre definitivo de cuenta bancaria de proyecto ejecutado por esta Municipalidad, proyecto que ya cuenta con su respectiva Acta de Recepción Final; en dicha cuenta bancaria existe saldo, el cual deberá de ser reintegrado a la Cuenta de Ahorro No.1034-29809, fondo FODES 75%, a nombre de la Alcaldía Municipal de Soyapango. Los saldos han sido cuadrados tanto por la UACI como por el departamento de Contabilidad, de lo cual no hay nada pendiente de cancelar. El cierre de cuenta bancaria de dicho proyecto se detalla a continuación:

No. NOMBRE DEL PROYECTO: BANCO: No. DE CTA. SALDO SEGÚN CHEQUERA:

1

TECHADO Y MEJORA EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN COLONIA FLORENCIA

Banco Constelación xxxxxxxxxxx $5,116.37

TOTAL... $5,116.37

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Por lo tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum, presentado por el Tesorero Municipal.

2. Se autoriza al Tesorero Municipal, para que realice el respectivo proceso del cierre definitivo de la cuenta bancaria del proyecto ejecutado por esta Municipalidad, según cuadro arriba detallado.

3. El total de los fondos serán reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.1034-29809, fondo FODES 75% del Banco CONSTELACIÓN.

4. Se instruye a las jefaturas de Contabilidad, Tesorería y UACI, den seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DIECISIETE:

ACUERDO NÚMERO DIECISIETE: Leído el memorándum de fecha 28 de octubre de 2019, presentado por el Tesorero Municipal, mediante el cual solicita cierre definitivo de cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, proyectos que ya cuentan con su respectiva Acta de Recepción Final; en dichas cuentas bancarias existen saldos, los cuales deberán de ser reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.xxxxxxxxxxxx, fondo FODES 75%, a nombre de la Alcaldía Municipal de Soyapango. Los saldos han sido cuadrados tanto por la UACI como por el departamento de Contabilidad, de lo cual no hay nada pendiente de cancelar. El cierre de cuentas bancarias de dichos proyectos se detalla a continuación:

No. NOMBRE DEL PROYECTO: BANCO: No. DE CTA. SALDOS SEGÚN CHEQUERAS:

1 REPARACIÓN DE TRAMO DE PASAJE

H COLONIA GUADALUPE

Banco Hipotecario xxxxxxxxxxx $4,109.11

2

CONSTRUCCIÓN DE UN

CONTENEDOR DE BASURA EN REPARTO LA CAMPANERA

Banco Hipotecario xxxxxxxxxxxxxx

$541.96

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3 RECARPETEO DE TRAMO EN FINAL PASEO GENERAL BENJAMIN TRABANINO RESIDENCIAL ALTOS DEL CERRO

Banco Hipotecario xxxxxxxxxxxxxxxxx x

$393.49

TOTAL... $5,044.56

Por lo tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum, presentado por el Tesorero Municipal.

2. Se autoriza al Tesorero Municipal, para que realice el respectivo proceso del cierre definitivo de las cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, según cuadro arriba detallado.

3. El total de los fondos serán reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.1034-29809, fondo FODES 75% del Banco de América Central.

4. Se instruye a las jefaturas de Contabilidad, Tesorería y UACI, den seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DIECIOCHO:

ACUERDO NÚMERO DIECIOCHO: Leído el memorándum de fecha 28 de octubre de 2019, presentado por el Tesorero Municipal, mediante el cual solicita cierre definitivo de cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, proyectos que ya cuentan con su respectiva Acta de Recepción Final; en dichas cuentas bancarias existen saldos, los cuales deberán de ser reintegrados a la Cuenta de Ahorro No. xxxxxxxxx, fondo FODES 75%, a nombre de la Alcaldía Municipal de Soyapango. Los saldos han sido cuadrados tanto por la UACI como por el departamento de Contabilidad, de lo cual no hay nada pendiente de cancelar. El cierre de cuentas bancarias de dichos proyectos se detalla a continuación:

No. NOMBRE DEL PROYECTO: BANCO: No. DE CTA. SALDOS SEGÚN

CHEQUERAS:

SUMINISTRO DE VEHÍCULO TIPO CAMIÓN 3.01 DIESEL, CABINA SENCILLA, PARA EL DEPARTAMENTO

Scotibank xxxxxxxxxxx $6,114.59

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1 DE PLANIFICACIÓN, ORDENAMIENTO Y DESARROLLO URBANO DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOYAPANGO.

2

CONSTRUCCIÓN DE CONTENEDOR PARA BASURA EN CONDOMINIO ATONAL

Scotibank xxxxxxxxxxx $590.38

3 MATERIALES PARA LA REPARACIÓN

DE PASAJES EN COLONIA SAN ANTONIO CANTÓN EL LIMÓN

Scotibank xxxxxxxxxxxxxxxx $87.44

TOTAL... $6,792.41

Por lo tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum, presentado por el Tesorero Municipal.

2. Se autoriza al Tesorero Municipal, para que realice el respectivo proceso del cierre definitivo de las cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, según cuadro arriba detallado.

3. El total de los fondos serán reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.xxxxxxxxx, fondo FODES 75% del Banco de América Central.

4. Se instruye a las jefaturas de Contabilidad, Tesorería y UACI, den seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO DIECINUEVE:

ACUERDO NÚMERO DIECINUEVE: Leído el memorándum de fecha 28 de octubre de 2019, presentado por el Tesorero Municipal, mediante el cual solicita cierre definitivo de cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, proyectos que ya cuentan con su respectiva Acta de Recepción Final; en dichas cuentas bancarias existen saldos, los cuales deberán de ser reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.1034-29809, fondo FODES 75%, a nombre de la Alcaldía Municipal de Soyapango. Los saldos han sido cuadrados tanto por la UACI

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como por el departamento de Contabilidad, de lo cual no hay nada pendiente de cancelar. El cierre de cuentas bancarias de dichos proyectos se detalla a continuación:

No. NOMBRE DEL PROYECTO: BANCO: No. DE CTA. SALDOS SEGÚN

CHEQUERAS:

1

EDUCACIÓN Y SALUD CON INTERVENCIÓN Y EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PARA ERRADICAR

ENFERMEDADES DE

CHINKUNGUNYA, ZIKA Y DENGUE

Banco de América Central.

xxxxxxxxx $6,984.69

2

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS Y PILA DE AGUA POTABLE PARA LA POLICÍA NACIONAL CIVIL, PUESTO EN

GUAJE, SUBDELEGACIÓN

SOYAPANGO SUR

Banco de América Central.

xxxxxxxxxxxxxxx

$329.63

3 RECONSTRUCCIÓN DE MURETE AL

FINAL DEL PARQUEO 1 DE VENECIA 1

Banco de América Central.

xxxxxxxxxxxxxx $210.42

TOTAL... $7,524.74

Por lo tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum, presentado por el Tesorero Municipal.

2. Se autoriza al Tesorero Municipal, para que realice el respectivo proceso del cierre definitivo de las cuentas bancarias de proyectos ejecutados por esta Municipalidad, según cuadro arriba detallado.

3. El total de los fondos serán reintegrados a la Cuenta de Ahorro No.xxxxxxxxxxx, fondo FODES 75% del Banco de América Central.

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4. Se instruye a las jefaturas de Contabilidad, Tesorería y UACI, den seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO VEINTE: Leído el memorándum de fecha 07 de noviembre de 2019, presentado por la Jefa Interina del Departamento de Recursos Humanos de esta Municipalidad, solicita autorización para que sea incorporada empleada de esta Municipalidad, ya que por error involuntario de éste no fue agregada en el listado incorporado en el Acuerdo Municipal No.23, asentado en Acta No.47, celebrada el día 24 de octubre de 2019, referente al Nombramiento bajo Régimen de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, luego de realizada la respectiva evaluación de desempeño y su tiempo de prueba, cumple los requisitos para su puesto, según detalle:

NOMBRES: APELLIDOS: DEPARTAMENTO: TIPO DE

PLANILLA:

CARGO:

115 ERIKA BEATRIZ CASTILLO ORELLANA

DESARROLLO TERRITORIAL

INTERINO GESTOR (A)

COMUNITARIO (A)

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por la Jefa Interina del Departamento de Recursos Humanos de esta Municipalidad.

2. Se aprueba y autoriza ampliar en su contenido el Acuerdo Municipal No.23, asentado en Acta No.47, celebrada el día 24 de octubre de 2019; en el sentido que, se agrega en el listado del personal nombrado bajo el Régimen de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal a la empleada detallada en cuadro incorporado; en vista que por error involuntario del Departamento de Recursos Humanos no fue incluida en su oportunidad.

3. El acuerdo modificado queda surtiendo efecto en todo lo demás de su contenido.

4. Se instruye al Departamento de Recursos Humanos, dar seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda con nueve votos a favor y cinco abstenciones de los concejales: Lic. José Miguel Arévalo Rivera, Lic. José Eduardo Valiente, Lic. Carlos Armando García Jiménez, Sra. Gabriela Lissette Mejía

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Cerón y Sr. Luis Ernesto Rivas Guevara. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO VEINTIUNO: Leído el memorándum de fecha 08 de noviembre de 2019, presentado por la Gerencia de Medio Ambiente de esta Municipalidad, en cumplimiento a instrucción girada a la misma, referente a solicitud de Tala y Poda de árboles por la Asociación Comunal del Centro Urbano Amatepec de este Municipio, al respecto informa que durante inspección realizada se obtuvo que los árboles ubicados sobre la Avenida Los Pinos frente a los pasajes 5,6,7,8 y 9, los árboles a podar son 14 de las especies: 2 almendros de 18 y 20 cm, 3 mangos de 22,45 y 61 cm, 1 Maquilishuat de 33 cm, 2 cerezo de Belice de 29 y 32 cm, 1 Aceituno de 24 cm DAP, 1 Laurel de 70 cm DAP y los árboles a talar son 4 de las siguientes especies: 1 San Andrés de 40 cm, 1 Mangollano de 39 cm, 1 Casuarina de 44 cm y 1 Laurel de la India de 1 mt. DAP; en cumplimiento al Art. 8 Objetivos de la Poda: e) Evitar interferencia a estructuras de alto voltaje, así como prevenir la interrupción de los servicios de telefonía, electricidad o similares; Art. 10.- Criterios considerados para la Tala: c) Cuando levante el nivel de la acera, calle o alguna porción de inmueble que contenga construcción mixta; f) Cuando exista riesgo de desastre por el desplome de uno o varios ejemplares. Así mismo, observaron al momento de la inspección personal de la Finca Chantecuán, se encontraba talando el árbol de Casuarina, el cual ya había sido inspeccionado por la Prof. Zulma Rivera, Jefa de Educación Ambiental y Salvador Godínez, Administrador de dicha finca; Por lo que recomiendan otorgar el permiso de Poda y Tala de los árboles inspeccionados ya que ameritan que el Departamento de Alumbrado y Espacios Públicos, lo realice según el Art. 32 de la Ordenanza Forestal del Municipio de Soyapango, la cual establece: “En los casos que surja una emergencia por la amenaza de desplome de uno o varios ejemplares arbóreos dentro de una propiedad pública o privada, represente un riesgo eminente y el o los propietarios no puedan suplir los gastos por poda o tala para el caso de la propiedad privada, la municipalidad podrá intervenir dichos ejemplares arbóreos por medio del Departamento de Alumbrado y Espacios Públicos…..”.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por la Gerencia de Medio Ambiente de esta Municipalidad.

2. Se aprueba y autoriza otorgar el permiso de Poda y Tala de árboles arriba detallados, ubicados en la dirección antes citadas; lo anterior, de conformidad a lo establecido a los Artículos 8 y 10; Art. 32, todos de la Ordenanza Forestal del Municipio de Soyapango.

3. Se instruye a las Gerencias de Medio Ambiente y Alumbrado y Espacios Públicos, ambos de esta Municipalidad, para dar seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

(26)

La votación del presente acuerdo queda unánime. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO VEINTIDÓS: Leído el memorándum de fecha 08 de noviembre de 2019, presentado por el Gerente Financiero de esta Municipalidad, en cumplimiento al recomendable que le giran al mismo por medio de instrucción de las fechas y pagos que no debe exceder del presente año fiscal, para pagar las facturas a nombre del Sr. Baltazar de Jesús Bonilla, según detalle:

No. FACTURA: VALOR:

0093 $10,850.00

0094 $ 9,800.00

0095 $10,850.00

0096 $ 6,210.00

0097 $ 9,660.00

0099 $10,695.00

T O T A L ... $58,065.00

Las fechas de pago quedarían de la manera siguiente, es decir, se pagarían en tres cuotas:

FECHA DE PAGO: VALOR A CANCELAR:

15 de noviembre de 2019 $19,355.00 29 de noviembre de 2019 $19,355.00 09 de diciembre de 2019 $19,355.00

T O T A L ... $58,065.00

Este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por el Gerente Financiero de esta Municipalidad.

2. Aprobar las fechas de pago y el valor a cancelar presentada por el Gerente Financiero de esta Municipalidad, la cual cumple con la instrucción girada por este Concejo Municipal en el Acuerdo N° 11 de acta N ° 39 de fecha 11 de septiembre de 2019.

3. En consecuencia, de lo arriba planteado; se aprueba y autoriza erogar de fondos Propios, la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CINCO 00/100 DOLARES ($58,065.00), para pagar al Sr. Baltazar de Jesús Bonilla Bonilla, las facturas pendientes de pago detalladas en cuadro arriba incorporado. El monto

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descrito anteriormente será pagadero en tres cuotas, cada uno por la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 00/100 DOLARES ($19,355.00) en las fechas de pago presentadas por el Gerente Financiero de esta Municipalidad.

4. Los cheques se emitirán a nombre del Sr. xxxxxxxxxxxxxxxx, proveedor del servicio. El gasto se comprobará con facturas debidamente legalizadas, se aplicarán a los códigos respectivos del Presupuesto Municipal Vigente.

5. Se instruye al Tesorero de esta Municipalidad, realice el pago autorizado, con base a lo establecido en los numerales 1 y 2 del presenta Acuerdo.

6. Se instruye a la Gerencia Financiera de esta Institución, para que realice la respectiva reprogramación o reclasificación presupuestaria para tal fin; a la vez, dé seguimiento y cumplimiento a la presente resolución.

La votación del presente acuerdo queda con nueve votos a favor y cinco abstenciones de los concejales: Lic. José Miguel Arévalo Rivera, Lic. José Eduardo Valiente, Lic. Carlos Armando García Jiménez, Sra. Gabriela Lissette Mejía Cerón. Razonamiento de la abstención. Según abstención inicial emitida en acuerdo municipal en mención donde se le da origen a la instrucción al gerente financiero de proponer una propuesta de pagos. y Sr. Luis Ernesto Rivas Guevara. COMUNÍQUESE.

ACUERDO NÚMERO VEINTITRÉS: Leído el memorándum de fecha 11 de noviembre de 2019, presentado por la Gerencia de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Urbano de esta Municipalidad, en relación al proyecto Cambio de Cubierta de Techo y Cielo Falso en Edificio Principal del CDI María Auxiliadora, por un monto de

$24,782.65, con Fondos Fodes 75%, en el cual se nombró al personal responsable: Téc. Carlos Alfonso Ramírez Devany, como Administrador de Contrato y al Arq. Emerson Solórzano, como Supervisor; proyecto aprobado en Acuerdo Municipal No.22, asentado en Acta No.38, de fecha 06 de septiembre del presente año; al respecto solicita aprobar y autorizar se realice la siguiente modificación: 1) Se nombre al Arq. William Ernesto Guevara Bernal, como Administrador de Contrato del proyecto, en sustitución del Téc. Carlos Alfonso Ramírez Devany; 2) Se nombre al Ing.

Wilfredo Estupinián, como Supervisor, en sustitución del Arq. Emerson Solórzano. Lo anterior debido a que las personas que estaban nombradas, están sobrecargadas en sus funciones laborales. El acuerdo a modificar queda surtiendo efecto en lo demás de su contenido.

Por tanto, este Concejo ACUERDA:

1. Dar por recibido el memorándum presentado por la Gerencia de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo

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