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APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

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Academic year: 2022

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El aprendizaje a lo largo de la vida (ALV) surge de la preocupación creciente ante la crisis mundial de la educación y ante la necesidad de que las personas se mantengan activas en el proceso de formación y de educación, de crecimiento personal en definitiva, a lo largo de toda la vida. Por lo demás, en sociedades que evolucionan constantemente, se advierten ciertos desfases entre los sistemas educativos y los cambios sociales, científicos, tecnológicos, culturales... que se producen cada vez más rápidamente.

El aprendizaje a lo largo de la vida (ALV) surge de la preocupación creciente ante la crisis mundial de la educación y ante la necesidad de que las personas se mantengan activas en el proceso de formación y de educación, de crecimiento personal en definitiva, a lo largo de toda la vida. Por lo demás, en sociedades que evolucionan constantemente, se advierten ciertos desfases entre los sistemas educativos y los cambios sociales, científicos, tecnológicos, culturales... que se producen cada vez más rápidamente.

La educación y la formación a lo largo de la vida es la mejor manera de dar respuesta al reto del cambio. Dando por supuesto que una educación básica e inicial de calidad es una condición esencial para posteriores aprendizajes, se entiende la educación permanente como un proceso continuo que comienza en la etapa infantil y continúa, sin duda, en la edad adulta, incluso más allá de la jubilación, proceso que incluye todo el espectro del aprendizaje formal, no formal e informal, tal y como recomienda la Resolución del Consejo Europeo de 27 de junio de 2002.

La educación y la formación a lo largo de la vida es la mejor manera de dar respuesta al reto del cambio. Dando por supuesto que una educación básica e inicial de calidad es una condición esencial para posteriores aprendizajes, se entiende la educación permanente como un proceso continuo que comienza en la etapa infantil y continúa, sin duda, en la edad adulta, incluso más allá de la jubilación, proceso que incluye todo el espectro del aprendizaje formal, no formal e informal, tal y como recomienda la Resolución del Consejo Europeo de 27 de junio de 2002.

APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

Aprendizaje informal

Aprendizaje

formal Aprendizaje

no formal

Educación Personas Adultas

Ed. Básica personas adultas Presencial

Ed. Básica personas adultas a Distancia

Formación Profesional a Distancia

Bachillerato a Distancia

Mentor Ed. Infantil

Ed. Primaria Ed. Secundaria Formación Profesional Bachillerato

PCPI

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En nuestro país, el Ministerio de Educación, siguiendo las orientaciones de la Unión Europea con relación a la aplicación de políticas cuyo objetivo es conseguir “una sociedad europea dinámica y del conocimiento”, ha lanzado un Plan nacional de Aprendizaje a lo largo de la vida cuya referencia básica es

“una educación de calidad para todos y entre todos”. A través de diversos foros participativos dicho plan recoge las experiencias, opiniones y propuestas de todos los sectores implicados (ciudadanos y ciudadanas en general, profesorado, personas mayores, familias..., así como las correspondientes Administraciones públicas y las asociaciones e instituciones que les representan) con objeto de motivar y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida.

Al respecto, la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006 concreta los elementos más significativos en relación con el aprendizaje a lo largo de la vida. Así, la ley lo define y establece como una posibilidad que todas las personas deben tener con la finalidad de adquirir, completar y ampliar formación para el desarrollo personal y social. De esta manera, el sistema educativo tiene como principio básico propiciar la educación permanente y:

ƒ Preparar a los alumnos para aprender por sí mismos.

ƒ Facilitar a las personas adultas su incorporación a las distintas enseñanzas.

ƒ Favorecer la conciliación del aprendizaje con otras responsabilidades y actividades.

Además, la Ley encomienda promover ofertas flexibles de aprendizaje que permitan la adquisición de competencias básicas y la obtención de titulaciones a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo, además de propiciar que toda la población llegue alcanzar una formación de educación secundaria post-obligatoria o equivalente.

Por ello, las Administraciones públicas deberán facilitar la información y la orientación sobre ofertas de aprendizaje permanente, así como de las posibilidades de acceso a las actividades que conforman esa oferta.

Sin duda, fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida implica proporcionar a los jóvenes una educación completa que:

ƒ Abarque los conocimientos y las competencias básicas que resultan necesarias en la sociedad actual.

ƒ Permita desarrollar los valores que sustentan la práctica de la ciudadanía democrática, la vida en común y la cohesión social.

ƒ Estimule el deseo de seguir aprendiendo y de aprender por sí mismo.

Y también implica ofrecer la posibilidad de combinar la formación con la actividad laboral u otras actividades.

La LOE flexibiliza el sistema educativo permitiendo:

ƒ El tránsito de la formación al trabajo y viceversa.

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ƒ Que quienes abandonaron sus estudios de manera temprana puedan retomarlos y completarlos.

ƒ Que las personas adultas puedan continuar su aprendizaje en cualquier momento de su vida.

Y para ello:

ƒ Establece conexiones entre los distintos tipos de enseñanza, facilitando el paso de unas a otras.

ƒ Facilita ofertas formativas adaptadas a las necesidades e intereses de las personas.

ƒ Prevé que las personas adultas puedan validar la experiencia y el conocimiento adquiridos por vías no formales.

ƒ Plantea, como principio básico, la cooperación entre Administraciones y la posibilidad de delegación de competencias de servicios educativos en los municipios.

Los destinatarios de las actuaciones al respecto son:

ƒ Alumnado del sistema educativo y sus familias.

ƒ Jóvenes con fracaso escolar y jóvenes que abandonaron tempranamente el sistema educativo.

ƒ Personas adultas demandantes de cualificaciones y competencias básicas.

ƒ Personas con necesidades educativas, personas con discapacidades...

ƒ Minorías étnicas.

ƒ Inmigrantes.

ƒ Personas desempleadas que deseen incorporarse al mundo laboral.

ƒ Trabajadores y trabajadoras que necesiten nuevas o más cualificaciones, o que quieran promocionarse profesionalmente.

ƒ La sociedad en general.

Con respecto a la educación de personas adultas, el capítulo IX de la ley (“Educación de personas adultas”), establece los siguientes objetivos:

a. Adquirir una formación básica, ampliar y renovar sus conocimientos, habilidades y destrezas de modo permanente y facilitar el acceso a las distintas enseñanzas del sistema educativo.

b. Mejorar su cualificación profesional o adquirir una preparación para el ejercicio de otras profesiones.

c. Desarrollar sus capacidades personales, en los ámbitos expresivos, comunicativo, de relación interpersonal y de construcción del conocimiento.

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d. Desarrollar su capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica y hacer efectivo su derecho a la ciudadanía democrática.

e. Desarrollar programas que corrijan los riesgos de exclusión social, especialmente de sectores más desfavorecidos.

f. Responder adecuadamente a los desafíos que supone el envejecimiento progresivo de la población asegurando a las personas de mayor edad la oportunidad de incrementar y actualizar sus competencias.

g. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, así como analizar y valorar críticamente las desigualdades entre ellos.

Y para conseguir estos objetivos a través de la educación de personas adultas promueve las siguientes enseñanzas en el plano formal:

ƒ Enseñanzas Iniciales:

o Nivel I: a través de un currículo globalizado se trabajan competencias básicas en los ámbitos de la comunicación, la matemática, las nuevas tecnologías...

o Nivel II: en continuidad con el anterior y a través de un currículo organizado en tres ámbitos (comunicación, social y científico- tecnológico), se pretende igualmente dotar de conocimientos que permitan el acceso a la Educación Secundaria Obligatoria para Personas Adultas.

ƒ Educación Secundaria para Personas Adultas, cuyo currículo se organiza de forma modular en tres ámbitos (comunicación, científico- tecnológico y social) y dos niveles en cada uno de ellos, y pretende servir de plataforma de desarrollo a las competencias básicas de la educación obligatoria.

ƒ Formación profesional a distancia:

o Ciclos de Grado Medio.

o Ciclos de Grado Superior.

ƒ Bachillerato:

o Nocturno.

o A distancia.

Y en el plano formal:

ƒ “That´s English!”, on line, que permite obtener el Certificado oficial del Ciclo Elemental en idioma inglés.

ƒ Aulas Mentor (on line, a distancia):cursos y paquetes formativos que abordan las nuevas tecnologías, idiomas, ámbitos de desarrollo profesional, el desarrollo personal y la participación...

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ƒ En los centros de educación de personas adultas, de forma presencial:

español para extranjeros, enseñanzas para el desarrollo personal y la participación...

ƒ Otros.

Y, para facilitar el acceso a ciertas titulaciones y a nuevas enseñanzas se promueve normativa y actividades que ayuden a superar:

ƒ La prueba libre para la obtención del título de Educación Secundaria Obligatoria.

ƒ Las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación profesional de Grado Medio y de Grado Superior.

ƒ Las pruebas libres para la obtención del título de Grado Medio o Grado Superior de Formación profesional.

ƒ La prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

ƒ La futura prueba libre para la obtención del título de Bachillerato.

Referencias

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