LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 4 de marzo de 2020 089
SEGUNDA SECCIÓN INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 0788-A-2020 Acuerdo por el que se acepta la renuncia y en consecuencia se declara la terminación de la Patente y la Función Notarial del licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios como Notario Titular de la Notaría Pública número 121 del Estado de Chiapas.
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Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 0788-A-2020 Acuerdo por el que se acepta la renuncia y en consecuencia se declara la terminación de la Patente y la Función Notarial del licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios como Notario Titular de la Notaría Pública número 121 del Estado de Chiapas.
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Pub. No. 0789-A-2020 Acuerdo por el que se declara la terminación de la Patente y Función Notarial del licenciado César Francisco Morales Urioste, titular de la Notaría Pública número 100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas.
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SGG-ID-PO10406
PUBLICACIONES ESTATALES Publicación No. 0788-A-2020
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59 fracción XIII y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 2 fracción I, 8, 32, 90 fracción II, 96 y demás relativos de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas; y,
C o n s i d e r a n d o
Que la función notarial es el conjunto de acciones de orden público que garantizan el adecuado desempeño y la seguridad jurídica a los actos que se producen en las relaciones cotidianas entre las personas.
La Ley del Notariado para el Estado de Chiapas es el instrumento jurídico que regula el ejercicio de la función notarial, y en el que se proveen los mecanismos y procedimientos para crear Notarías, otorgar, modificar, revocar y dar por terminada las Patentes Notariales, así como los derechos y obligaciones que les asisten, además de establecer las formas en que éstos deben llevar a cabo su actuación.
En ese sentido, el artículo 8 del ordenamiento legal antes citado, establece que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado delega el ejercicio de la Función Notarial a profesionales del Derecho, en virtud de la Patente que para tal efecto les otorga, denominándolos Notarios, los cuales se encuentran investidos de fe pública para autentificar y dar forma a los instrumentos en los que se consignan actos o hechos jurídicos.
En tal virtud, mediante publicación número 2877-A-2011-C, de fecha 16 de marzo 2011, consignada en el Periódico Oficial número 287, Tercera Sección, Tomo III, el Ejecutivo del Estado expidió patente a favor del licenciado Juan Oscar Trinidad Palacios, como Notario Público número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas.
Con fecha 9 de octubre de 2013, mediante publicación número 276-1-A-2013, del Periódico Oficial número 061, Segunda Sección, Tomo III, se emitió el Acuerdo por el que se concede licencia al titular de la Notaría Pública Número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas, al licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios y se designó Notario Público Sustituto a la licenciada Delfina Dolores Navarro García.
Mediante escrito recibido en la Secretaría Técnica del C. Gobernador Constitucional del Estado, de fecha 12 de febrero de 2020, el licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios, Notario Público número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas, presentó su renuncia a la Patente de Titular de la Notaría Pública que venía desempeñando, lo que se encuentra ajustado a derecho
Chiapas. Con esa misma fecha, la licenciada Delfina Dolores Navarro García, presentó también renuncia como Notario Público Sustituto de esa misma Notaría Pública número 121 del Estado, quedando ambas patentes sin efectos.
Que en términos de lo establecido por el artículo 96 de la Ley citada con anterioridad, es facultad del Ejecutivo del Estado declarar la terminación de la función de un Notario.
Por los fundamentos y consideraciones anteriores, y en ejercicio de las facultades antes invocadas, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien emitir el siguiente:
Acuerdo por el que se acepta la renuncia y en consecuencia se declara la terminación de la Patente y la Función Notarial del licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios como Notario Titular
de la Notaría Pública número 121 del Estado de Chiapas
Primero.- Se acepta la renuncia del ejercicio de la función notarial del licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios, como titular de la Notaría Pública 121 del Estado de Chiapas, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas.
Segundo.- En términos del artículo 90 fracción II de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas, se declara la terminación de los efectos de la Patente Notarial y el ejercicio de la Función Notarial del licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios, como titular de la Notaría Pública 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas.
Tercero.- Como consecuencia de la renuncia presentada como Notaria Adjunta y Notario Público Sustituto de la Notaría Pública número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas, se da por terminado el ejercicio de la Función Notarial de la licenciada Delfina Dolores Navarro García.
Cuarto.- La Secretaría General de Gobierno, a través de la Dirección de Archivo General y Notarías del Estado, designará al Notario Público que habrá de continuar los asuntos que se encuentran pendientes de autorización definitiva en la Notaría Pública número 121 del Estado, de conformidad la Ley del Notariado del Estado de Chiapas y su Reglamento.
Quinto.- Por conducto de la Secretaría General de Gobierno, comuníquese el contenido del presente Acuerdo a los titulares de las Direcciones de Archivo General y Notarías del Estado, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, así como al Consejo Estatal de Notarios y Colegio Regional que corresponda; para los efectos legales conducentes.
Transitorios
Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
Artículo Segundo.- Para el cumplimiento del presente Acuerdo se abrogan lo siguiente:
a) Acuerdo por el que se crea la Notaría Pública número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas, y se expide la Patente como Titular de dicha Notaría Pública del Estado al Licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios; publicado en el Periódico Oficial número 287, Tercera Sección, Tomo III, de fecha 16 de marzo 2011, publicación número 2877-A-2011-C.
b) Acuerdo por el que se concede licencia al Titular de la Notaría Pública Número 121 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas, al Licenciado Juan Óscar Trinidad Palacios, y se designa Notario Público Sustituto, a la Licenciada Delfina Dolores Navarro García; publicado en el Periódico Oficial No. 061, Segunda Sección, Tomo III, de fecha 09 de octubre 2013, publicación número 276-1-A-2013.
Artículo Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo Cuarto.- La Secretaría General de Gobierno, en ejercicio de las atribuciones conferidas, proveerá lo conducente para el debido cumplimiento y efectos legales del presente Acuerdo.
Artículo Quinto.- En cumplimiento a lo establecido en los artículos 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, 96 de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas y 13 fracción III de la Ley Estatal del Periódico Oficial, publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial.
Dado en Palacio de Gobierno, Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veinte.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas. - Ismael Brito Mazariegos, Secretario General de Gobierno. – Rúbricas.
SGG-ID-PO10407
Publicación No. 0789-A-2020
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59, fracción XIII y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 2 fracción I, 8, 32, 90 fracción I, 96 y demás relativos de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas y,
C o n s i d e r a n d o
Que la función notarial es el conjunto de acciones de orden público que garantizan el adecuado desempeño y la seguridad jurídica a los actos que se producen en las relaciones cotidianas entre las personas.
La Ley del Notariado para el Estado de Chiapas es el instrumento jurídico que regula el ejercicio de la función notarial, y en el que se proveen los mecanismos y procedimientos para crear Notarías, otorgar, modificar, revocar y dar por terminada las Patentes Notariales, así como los derechos y obligaciones que les asisten, además de establecer las formas en que éstos deben llevar a cabo su actuación.
En ese sentido, el artículo 8 del ordenamiento legal antes citado, establece que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado delega el ejercicio de la Función Notarial a profesionales del Derecho, en virtud de la Patente que para tal efecto les otorga, denominándolos Notarios, los cuales se encuentran investidos de fe pública para autentificar y dar forma a los instrumentos en los que se consignan actos o hechos jurídicos.
En tal virtud, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, mediante publicación número 754-A-2008, consignada en el Periódico Oficial No. 089, Tomo III, de fecha 16 de abril de 2008, emitió Acuerdo por el que se otorga la Patente como Notario Público Titular de la Notaría Pública número 100 del Estado, al licenciado César Francisco Morales Urioste, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas.
Así mismo, mediante publicación número 3116-A-2018, de fecha 14 de noviembre de 2018, consignada en el Periódico Oficial No. 406, Tomo III, Tercera Sección, se emitió Acuerdo por el que se designa y se expide nombramiento a la licenciada Martha Rebeca Morales Ruiz, como Notario Adjunto de la Notaria Pública número 100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas, cuya titularidad está a cargo del licenciado Cesar Francisco Morales Urioste.
Que mediante escrito de fecha 4 de febrero de 2020, la licenciado Alejandra Cruz Toledo Zebadúa, Presidenta del Colegio de Notarios Región Costa del Estado de Chiapas, hace del conocimiento a la Dirección de Archivo General y Notarías del Estado, del fallecimiento del licenciado César Francisco Morales Urioste, quien hasta entonces se desempeñara como titular de la Notaría Pública número
100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas; en términos del artículo 93 de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas,
Derivado de lo anterior, y analizadas las disposiciones legales relacionadas al caso, con motivo del fallecimiento del titular de la Notaría número 100, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas, licenciado César Francisco Morales Urioste, y en términos de lo establecido en los artículos 90 fracción I, 96 y 151 de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien emitir el siguiente:
Acuerdo por el que se declara la terminación de la Patente y Función Notarial del licenciado César Francisco Morales Urioste, titular de la Notaría Pública número 100 del Estado, con
residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas
Primero.- Se declara la terminación de la Patente para el ejercicio de la Función Notarial del licenciado César Francisco Morales Urioste, como titular de la Notaría Pública número 100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas; otorgada mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial No. 089, Tomo III, de fecha 16 de Abril 2008, bajo el número de publicación número 754-A-2008; en términos de lo dispuesto por el artículo 90 fracción I de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas.
Segundo.- Se declara la terminación del ejercicio de la Función Notarial del Licenciado César Francisco Morales Urioste, como titular de la Notaría Pública número 100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas; en términos de lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas.
Tercero.- Se declara la terminación de la Patente y del ejercicio de la Función Notarial de la licenciada Martha Rebeca Morales Ruiz, como Notario Adjunto de la Notaría Pública 100 del Estado, con residencia en la ciudad de Tuxtla Chico, Chiapas; otorgada mediante Acuerdo publicado con fecha 14 de noviembre de 2018, bajo el número de publicación número 3116-A-2018, publicado en el Periódico Oficial No. 406, Tomo III, Tercera Sección; en términos de lo dispuesto por el artículo 116 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas.
Cuarto.- La Secretaría General de Gobierno, por conducto de la Dirección de Archivo General y Notarías del Estado, intervendrá y vigilará el proceso entrega-recepción del protocolo que estuviera a cargo del extinto licenciado César Francisco Morales Urioste, en términos de lo dispuesto en la Ley del Notariado del Estado de Chiapas y su Reglamento.
Quinto.- La Secretaría General de Gobierno, a través de la Dirección de Archivo General y Notarías del Estado, designará al Notario Público que habrá de continuar los asuntos que se encuentran pendientes de autorización definitiva en la Notaría Pública número 100 del Estado, de conformidad la Ley del Notariado del Estado de Chiapas y su Reglamento.
Sexto.- Por conducto de la Secretaría General de Gobierno, comuníquese el contenido del presente
Público de la Propiedad y de Comercio, así como al Consejo Estatal de Notarios y Colegio Regional que corresponda; para los efectos legales conducentes.
Transitorios
Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
Artículo Segundo.- La Secretaría General de Gobierno, en ejercicio de las atribuciones conferidas, proveerá lo conducente para el debido cumplimiento y efectos legales del presente Acuerdo.
Artículo Tercero.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a lo dispuesto en el presente Acuerdo.
Artículo Cuarto.- En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y 96 de la Ley del Notariado del Estado de Chiapas y 13 fracción III de la Ley Estatal del Periódico Oficial, publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial.
Dado en Palacio de Gobierno, Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los diez días del mes de febrero del año dos mil veinte.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas. - Ismael Brito Mazariegos, Secretario General de Gobierno. – Rúbricas.
PALACIO DE GOBIERNO, 2DO PISO AV. CENTRAL ORIENTE COLONIA CENTRO, C.P. 29000 TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS.
DIRECTORIO
ISMAEL BRITO MAZARIEGOS SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
MARÍA GUADALUPE SÁNCHEZ ZENTENO
COORDINADORA DE ASUNTOS JURÍDICOS DE GOBIERNO
MARÍA DE LOS ANGELES LÓPEZ RAMOS
JEFA DE LA UNIDAD DE LEGALIZACIÓN Y PUBLICACIONES OFICIALES
DOMICILIO:
TEL.: 961 613 21 56
MAIL: [email protected]
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