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Cód. 2017-06680

IV. Administración Local

AyuntAmientos

de LAngreo

ResoluCión. Bases específicas para la provisión por promoción interna de una plaza de inspector de Policía local.

BAses esPeCÍFiCAs PArA LA ProvisiÓn Por eL turno de PromoCiÓn internA de unA PLAZA de insPeCtor de LA PoLiCÍA Lo- CAL, de LA esCALA de AdministrACiÓn esPeCiAL, suBesCALA serviCios esPeCiALes, esCALA tÉCniCA, CLAse insPeCtor, Con

destino AL CuerPo de LA PoLiCÍA LoCAL deL AyuntAmiento de LAngreo

Bases generales de la presente convocatoria: se aplican las Bases generales de la convocatoria separada para la provisión pro el turno de promoción interna de las plazas establecidas en la oPe del Ayuntamiento de Langreo para el año 2017, que han sido aprobadas por resolución de la Concejala delegada de Personal publicadas en el BoPA.

1.—objeto de la convocatoria: se convoca a todas las personas interesadas en optar a la presente convocatoria para dotar como funcionario de carrera de la Plantilla, una plaza de inspector de la Policía Local, con destino al Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Langreo, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala: servicio especiales; escala técnica, Clase: inspector, grupo A, subgrupo A2, conforme se establece en el artículo 76 del real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regulador el estatuto Básico del empleado Público, incluida en la oferta Pública de empleo, oPe, del Ayuntamiento de Langreo para el año 2017.

el sistema de selección de los aspirantes presentados será el de Concurso-oposición por Promoción interna entre componentes del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Langreo que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases y acrediten una experiencia de, al menos, dos años como funcionario fijo.

2.—requisitos de los aspirantes: Los aspirantes, además de los requisitos establecidos en la Base tercera de las Ba- ses generales de la convocatoria separada para la provisión por el turno de promoción interna de plazas de la Plantilla del Ayuntamiento de Langreo, deberán reunir los siguientes:

2.1.—estar en posesión o en condiciones de obtener el título de grado o diplomatura universitaria, ingeniería técni- ca, Arquitectura técnica o equivalente.

Los aspirantes que hayan obtenido la titulación en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

2.2.—Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las funciones propias del cargo a desarrollar.

2.3.—estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de la clase B y A para el manejo de motocicletas.

3.—solicitudes, modelos, plazos y orden de actuación.

1.—se aplicará lo establecido en las Bases generales de la convocatoria separada para la provisión por el turno de Promoción interna de ésta plaza que han sido aprobadas por el Ayuntamiento de Langreo.

2.—Los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Langreo que deseen formar parte de la pre- sente convocatoria pública, presentarán su solicitud, conforme al modelo que se establece en el anexo i de la presente convocatoria que será entregado gratuitamente, junto con la demás documentación necesaria indicada en las Bases Generales y estas Bases Específicas.

3.—según el resultado del sorteo realizado por la secretaría de estado de Administraciones Públicas con fecha 24 de febrero de 2016, publicado en el Boe de fecha 26 de febrero, siguiente, el orden de actuación de los aspirantes se ini- ciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “H”, atendiendo a éstos efectos a la ordenación alfabética del listado de los aspirantes admitidos, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “H” el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “i”, y así sucesivamente.

4.—sistema selectivo: el sistema selectivo será el de Concurso-oposición por Promoción interna.

A) Fase de oposición: La fase de oposición, consistente en la realización de los tres ejercicios de carácter eliminatorio, que seguidamente se exponen:

A.1) Primer ejercicio: Prueba de conocimientos.

Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 150 preguntas tipo test que versarán sobre el contenido del programa (Anexo ii). este cuestionario estará compuesto por preguntas con un mínimo de tres respuestas alternativas, de las que sólo una será correcta, en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones deberá señalar aquella que estime más completa. el tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos.

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Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada respuesta acertada valdrá 0.10 puntos, la respuesta errónea se penalizará con 0,025 puntos y las no contestadas no contabilizarán. toda aquella respuesta que no se acomode al pro- cedimiento establecido por el tribunal y previamente comunicado a los opositores se considerará nula.

de entre los opositores que hayan obtenido, como mínimo, 5 puntos sólo pasarán a la siguiente prueba un número de opositores de acuerdo con el siguiente baremo:

— Por 1 plaza ofertada pasarán los opositores que hayan obtenido las 10 mejores notas

— Por 2 plazas ofertadas pasarán los opositores que hayan obtenido las 15 mejores notas

— Por 3 plazas ofertadas pasarán los opositores que hayan obtenido las 20 mejores notas

— Por 4 o más plazas ofertadas se incrementarán sobre 20 el resultado de multiplicar el número de plazas oferta- das por 2 (ej: 4 plazas= 20 + (4x2) = 28 mejores notas).

Quedarán eliminados todos aquellos opositores cuya nota esté por debajo de la obtenida por el último opositor se- leccionado según dicho baremo. en caso de empate en la última nota seleccionada según baremo, pasarán todos los opositores que tengan esa misma puntuación.

A.2) Prueba práctica: Consistirá en la resolución del supuesto o supuestos prácticos, establecidos por el tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionados con las funciones y tareas que tiene encomendadas el puesto de trabajo de inspector de la Policía Local en el ámbito del Ayuntamiento de Langreo.

el tiempo de realización del supuesto o supuestos prácticos, será determinado por el tribunal seleccionador inmedia- tamente antes de su comienzo.

El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

en la puntuación se apreciará especialmente el volumen y compresión de los conocimientos, la claridad de la expo- sición y la capacidad de síntesis.

A.3) elaboración y defensa de una memoria de actuación: La memoria deberá ser elaborada en presencia del tribunal seleccionador utilizando los textos legales y técnicos que el aspirante estime convenientes, siempre que no se trate de bibliografía específica para resolver supuestos prácticos o elaborar Memorias, Dictámenes, Propuestas, Informes, etc., a cuyo efecto la documentación de que disponga el aspirante será analizada previamente por el tribunal; el contenido de la misma versará sobre las tareas organizativas y de mando de personal que corresponde desempeñar al ocupante del puesto de inspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Langreo y en el tiempo que el tribunal determine.

una vez elaborada la memoria por el aspirante, será defendida oralmente ante el tribunal en sesión pública. el as- pirante no podrá utilizar ningún medio auxiliar, salvo la memoria, para su defensa. el tiempo máximo de exposición no podrá ser superior a los 40 minutos. tras la exposición el tribunal podrá realizar al aspirante las preguntas que tenga programadas, así como todas las aclaraciones y cuestiones que estime conveniente sobre el contenido de la exposición y el adecuado desempeño de las tareas organizativas y de mando del personal.

La puntuación máxima que podrá otorgar el tribunal por la elaboración y defensa de la memoria, no podrá sobrepasar los 10 puntos, siendo preciso obtener para superar la prueba un mínimo de 5 puntos.

A.4) Prueba de reconocimiento médico: Por el personal facultativo que se designe al efecto se realizará a los aspiran- tes que hayan superado las pruebas selectivas indicadas anteriormente, pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la comprobación de que el aspirante puede desempeñar a satisfacción todas las tareas y funciones de los puestos de trabajo a los que puede ser destinado, conforme a la rPt, un inspector de la Policía Local de Langreo. Los aspirantes serán calificados como apto o no apto.

B) Fase de Concurso: La fase de concurso consistirá la acreditación, en el momento de presentar la solicitud, con la aportación de la copia de la documentación correspondiente, los siguientes méritos:

B.1.—grado personal consolidado: se valorará el grado personal de Complemento de destino consolidado por el aspirante por el desempeño reglamentario de un puesto del trabajo ocupado por el funcionario solicitante, conforme a la siguiente escala:

nivel 16………. 1,10 puntos nivel 17………. 1,25 puntos nivel 18………. 1,40 puntos nivel 19………. 1,55 puntos nivel 20………. 1,70 puntos nivel 21………. 1,85 puntos nivel 22………. 2,00 puntos

B.2.—Por trabajos anteriormente desarrollados: se valorarán los trabajos desempeñados en el sector Público, en el mismo grupo de clasificación al del puesto de trabajo convocado y en la misma Escala y Subescala y nivel del Comple- mento de destino, a razón de 0,025 puntos por cada mes completo de experiencia debidamente acreditado mediante certificación del organismo o Administración Pública correspondiente.

La puntuación máxima de éste apartado no podrá superar los 2 puntos aplicando el baremo anterior.

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B.3.—Formación y docencia: sólo se valorarán, de conformidad con los criterios que siguen, aquellos cursos supe- rados o impartidos en centros oficiales y homologados que a juicio del Tribunal versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones del puesto convocado. el máximo de puntuación a otorgar en este apartado será de 3,5 puntos, con arreglo a los criterios que siguen:

B.3.1.—Certificaciones con validez temporal de la ESPPA:

Prácticas de tiro (validez 5 años) y Pruebas de aptitud física policial (validez anual):

— nivel i: 0,10 puntos.

— nivel ii: 0,20 puntos.

— nivel iii: 0,30 puntos.

— nivel iv: 0,40 puntos.

sólo se valorarán el nivel máximo alcanzado para Prácticas de tiro y el máximo para Pruebas de aptitud física policial, en período de validez temporal, por lo que la puntuación máxima posible en este apartado será de 0,80 puntos.

B.3.2.—Por haber superado cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones del puesto de trabajo convocado, en los que se haya expedido diploma o certificación de aprovechamiento, según el siguiente baremo:

— de 0 a 10 horas lectivas: 0,10 puntos.

— de 11 a 20 horas lectivas: 0,20 puntos.

— de 21 a 50 horas lectivas: 0,30 puntos.

— de 51 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos.

— más de 100 horas lectivas: 0,50 puntos.

Cuando por la superación de los cursos se hubiera obtenido un certificado de asistencia, la puntuación se verá redu- cida en un 50%.

B.3.3.—Por haber impartido cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones del puesto de trabajo convocado, según el siguiente baremo:

— Por cada 5 horas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto.

B.3.4.—titulaciones: se puntuará exclusivamente la titulación más alta de las presentadas, al margen de la aportada como requisito para acceso al puesto, conforme al siguiente:

— título universitario de grado, Licenciatura, diplomatura o equivalentes: 1 punto.

— Máster oficial universitario: 1,50 puntos.

— Doctorado oficial universitario: 2 puntos.

B.4.—Antigüedad: se computan los años de servicio como funcionario, acreditado por la administración en la que prestó servicio, computándose a tales efectos a razón de 0,30 por año completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos.

5.—Calificación final del proceso selectivo: La calificación final (CF) solo se aplicará a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición del proceso selectivo, y vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, más la obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate, siempre que afecte a aspirantes que tengan opciones a obtener la plaza fija convocada, se apli- caría lo establecido al efecto en las Bases generales realizando un nuevo ejercicio a los solos efectos de desempatar, y si este persiste, también con el resultado del ejercicio, el tribunal resolverá mediante un sorteo público.

Cuando el empate se produzca entre aspirantes que no tengan opción a obtener plaza fija, se resolverá por orden de mayor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición. de persistir el empate, éste se solventará a favor del aspirante de mayor edad, en primer lugar, y en segundo lugar, por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados de conformidad con el orden establecido por la letra que determine el último sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento Ge- neral de ingreso del Personal al servicio de la Administración general del estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del estado, aprobado por real decreto 364/1995, de 10 de marzo.

6.—Presentación de documentos: Además de la documentación señalada en la Base décima de las Bases generales de selección del Personal al servicio del Ayuntamiento de Langreo, el aspirante seleccionado deberá aportar:

— Fotocopia y original de la titulación exigida para poder participar en la presente convocatoria.

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en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación de la correspondiente con- validación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

7.—nombramiento de funcionario en prácticas:

1.—Por la Alcaldía-Presidencia se procederá a nombrar al aspirante propuesto funcionario en prácticas, que deberá realizar un período de prácticas con evaluación en el Cuerpo de la Policía Local de gijón o realizar un curso selectivo en la escuela de seguridad Pública del Principado de Asturias percibiendo durante el tiempo de realización del mismo con cargo al Ayuntamiento de Langreo las retribuciones establecidas para los funcionarios en prácticas.

2.—el nombramiento como funcionario de carrera en la categoría de inspector sólo podrá efectuarse una vez haya superado el período de prácticas o curso selectivo siendo éste un requisito ineludible para poder obtener la plaza de inspector.

8.—nombramiento y toma de posesión:

1.—Por la Alcaldía-Presidencia se procederá al nombramiento del funcionario de carrera propuesto por el tribunal y que haya superado las prácticas conforme a lo dispuesto en la Base siete, anterior. dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, BoPA, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Langreo y en la página web municipal www.langreo.as

2.—Publicado el nombramiento, la persona interesada tomará posesión en el plazo de un mes desde la publicación.

decaerá en su derecho por la inobservancia del plazo, excepto eventual solicitud y concesión de prórroga del mismo por causa justificada.

3.—Cuando el tribunal no pueda efectuar propuesta de nombramiento para la plaza que se convoca, por no haber concurrido los aspirantes o por no haber alcanzado la puntuación mínima exigible para superar las pruebas selectivas, elevará propuesta a la Alcaldía-Presidencia de que se declaren desiertas.

9.—Funciones del puesto de trabajo al que está previsto destinar inicialmente al aspirante:

Las especificadas en el “Manual de funciones” para el puesto de trabajo al que, conforme a lo establecido en la Rela- ción de Puestos de trabajo, pueda ser destinado un “inspector de la Policía Local”.

10.—Categoría del tribunal: Conforme a lo establecido en el artículo 30 del real decreto 462/2002, de 24 de mayo, Sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, el Tribunal Seleccionador se clasifica a los efectos legales pertinentes en la segunda categoría.

11.—derechos de examen: se establece en 50 euros que deberán ser abonados por los aspirantes para poder ser ad- mitidos a formar parte de lista definitiva de admitidos, o justificar la exención del pago de la indicada cantidad conforme a lo establecido en las Bases generales.

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ANEXO I

SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA DOTAR UNA PLAZA DE INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL, POR TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA

D..., mayor de edad, con DNI. nº...y con domicilio a efectos de notificaciones en C/...de,...Tfno.………

EXPONE

Que habiendo sido convocadas pruebas selectivas para la provisión por el Sistema de Concurso-Oposición por Promoción Interna, de UNA plaza de INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL,con destino inicial al puesto de Inspector, cuyas Bases Generales y Específicas han sido publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm..., de fecha...de...de 201..

MANIFIESTA

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base General Tercera y en las presentes Bases Específicas y declara expresamente su compromiso de utilizar armas en el ejercicio de sus tareas y manejar toda clase de vehículos para los que autoriza el permiso de conducir de la Clase B y A.

SOLICITA

Tenga por presentada la presente solicitud dentro del plazo concedido al efecto y sea admitido para tomar parte en la presente convocatoria.

En Langreo, a... de...de 201..

NOTA: Se adjuntan las fechas y documentos exigidos en las bases generales y base 2 de estas bases_______________________________________________________

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(firma)

SRA. CONCEJAL DELEGADA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE LANGREO

Anexo II

temArio de LA ConvoCAtoriA Por PromoCiÓn internA, PArA dotAr unA PLAZA de insPeCtor de LA PoLiCÍA LoCAL tema 1.—La Constitución española de 1978: Características generales y estructura. el título Preliminar. Los prin- cipios constitucionales: el estado social y democrático de derecho. valores superiores del ordenamiento jurídico. La reforma constitucional.

tema 2.—el título Primero de la Constitución: españoles y extranjeros; derechos fundamentales y libertades públi- cas; derechos y deberes de los ciudadanos; principios rectores de la política social y económica. garantías de las liber- tades y derechos fundamentales. suspensión de los derechos y libertades.

tema 3.—La organización territorial del estado en la Constitución: principios generales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.

tema 4.—La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. el estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

Órganos institucionales: Presidente, Consejo de gobierno y Junta general del Principado de Asturias.

tema 5.—La Administración local: entidades que comprende. el municipio: concepto y elementos. el término munici- pal: alteraciones de los términos municipales. La población municipal. el Padrón de habitantes.

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tema 6.—La organización municipal ordinaria. Órganos necesarios: Alcalde, tenientes de Alcalde, Pleno, Junta de gobierno. Órganos complementarios.

tema 7.—Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios. La cláusula de capacitación general.

tema 8.—Las Fuentes del derecho. el derecho comunitario. Las Leyes: clases. Los tratados internacionales. Las dis- posiciones normativas con fuerza de Ley. el reglamento.

tema 9.—La potestad reglamentaria de las entidades Locales. reglamentos. ordenanzas. Bandos.

tema 10.—el acto administrativo: concepto, elementos y clases.

Tema 11.—Eficacia del acto administrativo. Notificación y publicación. Invalidez del acto administrativo. Nulidad.

Anulabilidad. Principio de conservación del acto administrativo.

tema 12.—Los recursos en la vía administrativa. Clases de recursos administrativos. recurso contencioso-adminis- trativo. La revisión de oficio de los actos administrativos nulos y anulables. Límites de la revisión.

tema 13.—La responsabilidad patrimonial de la Administración. La responsabilidad de autoridades y personal al ser- vicio de las Administraciones Públicas.

tema 14.—el personal al servicio de las Corporaciones Locales: clases. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario. derechos y deberes. régimen disciplinario.

tema 15.Principios inspiradores de la Hacienda local. ingresos públicos: concepto y clases. impuestos, tasas y con- tribuciones especiales. el precio público.

tema 16.—el presupuesto municipal: estructura. Fases. Prórroga presupuestaria.

tema 17.—el mando. Concepto. Cualidades. reglas básicas para el ejercicio del mando. Características del mando.

tema 18.—Función del mando. estilos de mando. Funciones y responsabilidades.

Tema 19.—La toma de decisiones. El proceso de decisión. Poder y autoridad. Factores que influyen en la toma de decisiones.

Tema 20.—Técnicas de dirección de personal: concepto, funciones y responsabilidad. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial. reuniones de grupo. Formación, reciclaje y perfeccionamiento pro- fesional de los miembros del equipo.

tema 21.—responsabilidad en el ejercicio profesional. Principio de jerarquía y subordinación. relaciones interperso- nales. integridad e imparcialidad. Consideración ética de la dirección de personal.

tema 22.—deontología profesional. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. declara- ción del Consejo de europa sobre la policía. Principios básicos de actuación policial desde la perspectiva deontológica.

tema 23.—Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y cuerpos de seguridad: disposiciones generales. Prin- cipios básicos de actuación. disposiciones estatutarias comunes. Las funciones y competencias de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad. Las Policías Locales. La Policía Local y la colaboración recíproca con el resto de las Fuerzas y Cuerpos. Las Juntas Locales de seguridad.

tema 24.—La Ley orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección y seguridad Ciudadana. disposiciones generales.

Funciones de la Policía Local. Cacheos y registros corporales. Fundamentos jurídicos y desarrollo. Privación de libertad a efectos de identificación. Requisitos de carácter formal. La negativa a identificarse.

tema 25.—La Ley 7/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales del Principado de Asturias.

tema 26.—La Ley del Principado de Asturias 8/2002, 21 de octubre, de espectáculos Públicos y Actividades recrea- tivas y decretos de desarrollo.

tema 27.—La ordenanza municipal sobre ruidos y vibraciones. ordenanza municipal de Limpieza y recogida de residuos.

tema 28.—reglamento municipal de Autotaxi del Ayuntamiento de Langreo. ordenanza de instalación de terrazas en la vía pública.

tema 29.—ordenanza reguladora de la concesión de licencias. reglamento municipal de mercados y venta en mer- cadillos semanales.

tema 30.—La Ley del Principado de Asturias, 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral de en materia de drogas y bebidas alcohólicas.

tema 31.—La Ley del Principado de Asturias, 13/2002, de 23 de tenencia, protección y derechos de los animales.

tema 32.—La Ley 17/2015, de 9 julio, del sistema nacional de Protección Civil. Competencias municipales en materia de Protección Civil.

tema 33.—el real decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Los Planes de emergencia municipal.

tema 34.—el real decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

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Tema 35.—El Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. Definiciones.

Clasificación de las armas reglamentarias. Armas prohibidas. Armas de guerra. Guías de circulación. Medidas de segu- ridad en circulación y comercio. documentación de la titularidad de las armas. Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas de armas.

Tema 36.—Ley de Bases 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Segu- ridad vial.

tema 37.—el real decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido sobre trá- fico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Langreo.

tema 38.—el real decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba reglamento general de Circu- lación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el real decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

tema 39.—el real decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba reglamento general de Conductores.

Permisos de conducción: concepto y clases. requisitos para la obtención. Canjes de permisos. revisión periódica de los permisos de conducción. duplicados. Licencia de conducción.

tema 40.—el real decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba reglamento del seguro obliga- torio de responsabilidad Civil de los vehículos a motor.

tema 41.—el real decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba reglamento general de vehículos:

normas generales. matriculación de vehículos. documentación.

tema 42.—el transporte de mercancías peligrosas por carretera. regulación y control.

tema 43.—el transporte de viajeros. regulación y control. especial referencia al transporte escolar.

Tema 44.—El tacógrafo. Definición y uso.

Tema 45.—El procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El real decreto 320/1994, de 25 de febrero. infracciones y sanciones. medidas provisionales y responsabilidad.

Tema 46.—El accidente de tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes de tráfico. Elementos que intervie- nen. Las fases de la intervención policial en un accidente.

Tema 47.—La investigación de accidentes de tráfico. Obtención de datos. Análisis de un accidente. Métodos de inves- tigación. Actuación policial.

tema 48.—La inspección técnica de vehículos. Ámbito de aplicación. Frecuencia de las inspecciones. organismos encargados. La inspección técnica periódica. La actuación de los Agentes de Autoridad.

tema 49.—normas sobre bebidas alcohólicas; estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras substancias anó- malas, según lo establecido en el reglamento general de Circulación.

Tema 50.—Características básicas del tráfico. Conceptos de intensidad, velocidad y densidad.

tema 51.—Concepto general de capacidad y nivel de servicio.

Tema 52.—Estudio de tráfico y análisis de la demanda. Objetivo de los aforos y métodos.

Tema 53.—Ordenación y regulación de la circulación. Objetivos de la ordenación. Medidas específicas: supresión de giros, establecimientos de sentidos únicos, carga y descarga y glorietas.

tema 54.—La señalización vertical. Funciones, criterios generales para su implantación, visibilidad y situación. espe- cial referencia a la señalización de prioridad.

tema 55.—La señalización horizontal. Funciones, características físicas y tipos de marcas.

tema 56.—La regulación semafórica. elementos que componen un semáforo. el ciclo, fase, reparto y desfase. modos de funcionamiento de un cruce.

Tema 57.—Los planes de movilidad urbana sostenible. Definición. Medidas y actuaciones. Análisis de la movilidad urbana. maco político y legal. elementos metodológicos para la elaboración.

tema 58.—el Código Penal: de los delitos y faltas. Personas criminalmente responsables. Las Penas, sus clases y efectos.

tema 59.—el homicidio y sus formas. Las lesiones.

tema 60.—Los delitos contra la libertad. detenciones ilegales, secuestros, amenazas y coacciones.

tema 61.—Las torturas y otros delitos contra la integridad moral. La trata de seres humanos.

tema 62.—delitos contra la indemnidad sexual. Agresiones, abusos sexuales, abusos y agresiones sexuales a meno- res de dieciséis años, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual. Prostitución y corrupción de menores.

tema 63.—delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. delitos contra el honor: calumnias e injurias.

tema 64.—delitos contra el patrimonio y orden socioeconómico: hurto, robo, robo/hurto de uso de vehículo. delito de daños.

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tema 65.—delitos contra la seguridad vial y omisión del deber de socorro. La alcoholemia. Procedimientos penales y administrativos.

tema 66.—delitos contra la salud pública.

Tema 77.—De las falsedades: falsificación de documentos públicos, oficial y mercantil. De la falsificación de las tar- jetas de crédito, débito y cheques de viaje.

tema 68.—delitos contra la administración pública: prevaricación y otros comportamientos injustos, abandono del destino y la omisión del deber de perseguir delitos, desobediencia o denegación de auxilio, infidelidad en la custodia de documentos, y de la violación de secretos. Cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes.

tema 69.—delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

tema 70.—La Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. estructura, organización, y funcionamiento de los tribunales en el sistema judicial español. Jurisdicción y Competencia de los juzgados y tribunales penales. Los pro- cedimientos penales.

tema 72.—el Atestado Policial. su contenido y tratamiento.

tema 71.—La Ley de enjuiciamiento Criminal. Personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones que nacen de los delitos y faltas. La denuncia.

tema 72.—La policía judicial. La comprobación del delito y averiguación del delincuente. La inspección ocular. La protección de la escena. La actuación del Policía Local.

tema 73.—La detención. derechos y garantías del detenido. Procedimiento de habeas corpus. el derecho de Asisten- cia Letrada al detenido y el tratamiento de los detenidos y presos.

tema 74.—La entrada y registro en lugar cerrado, de libros y papeles y de la detención y apertura de la correspon- dencia escrita o telegráfica. Intervención de las comunicaciones telefónicas. Intervención de las comunicaciones posta- les. uso de la información obtenida por estos medios.

tema 75.—de los delitos relativos a la ordenación del territorio y urbanismo, la protección del patrimonio histórico y cultural y el medio ambiente.

Langreo, a 5 de junio de 2017.—La Concejala delegada de Personal.—Cód. 2017-06680.

Referencias

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