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Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid

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Número 89

17 de noviembre de 2016

X Legislatura

S U M A R I O

Página

1. TEXTOS APROBADOS

1.1 LEYES

─ Ley por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid. (Aprobada por el Pleno de la Asamblea, en sesión celebrada

el día 10 de noviembre de 2016). . . 10079-10102

1.3 RESOLUCIONES DE PLENO

─ Resolución núm. 94/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, previo debate de la Proposición No de Ley 55(X)/2015 RGEP.3998, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad para que: 1.- Homogenice los horarios de toda la red de Metro de Madrid; y 2.- Encargue al Consorcio Regional de Transportes un estudio de viabilidad económica y social que analice las distintas opciones existentes para garantizar a través de la red de transporte público la movilidad de la ciudadanía durante las veinticuatro horas del día, con desglose en todo caso de los costes y previsión de usuarios en las siguientes alternativas: Prestación del servicio las 24 horas del día los fines de semana. Prestación del servicio las 24 horas del día en festivos. Prestación del servicio las 24 horas durante los meses de verano. Y prestación del servicio las 24 horas durante todo

el año. . . 10102

─ Resolución núm. 95/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, previo debate de la Proposición No de Ley 199/2016 RGEP.10076, presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- Que el Gobierno de la Comunidad de Madrid organice

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un Plan de Rescate que permita la estabilidad y la continuidad laboral de los profesores no permanentes de las universidades públicas madrileñas mediante concursos públicos, dentro de sus competencias y con respeto de la autonomía universitaria, mediante la contemplación de una partida económica finalista y el incremento de la tasa de reposición; y 2.- Que el Gobierno de la Comunidad de Madrid colabore con el Gobierno de la Nación para que, mientras estén en vigor las tasas de reposición, las promociones entre plazas de una misma universidad no

computen en su cálculo. . . 10103

2. TEXTOS EN TRAMITACIÓN

2.1 PROYECTOS DE LEY

Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 17 de noviembre de 2016, por el que se califica y admite a trámite la redacción armónica al artículo 75 de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección integral contra la LGTBifobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual de la Comunidad de Madrid, y al artículo 56 de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y

no Discriminación de la Comunidad de Madrid. . . . 10103-10105

2.2 PROPOSICIONES DE LEY

─ PROP.L-11/2016 RGEP.8508. Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, por el que se toma en consideración la Proposición de Ley 11/2016 RGEP.8508, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, de atención a la salud bucodental y de creación del Programa de Atención Dental

Infantil-Comunidad de Madrid. . . 10105

─ PROP.L-13/2016 RGEP.9062. Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 14 de noviembre de 2016, por el que se desestima la solicitud de reconsideración formalizada por el Consejo de Gobierno y ratifica su anterior acuerdo de 24 de octubre de 2016, por el que no se admitió la manifestación del criterio del Gobierno desfavorable respecto de la toma en consideración y su no conformidad a la tramitación de la Proposición de Ley 13/2016 RGEP.9062, de Reforma de la Ley 4/1995, de 21 de marzo, de Creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de

Adultos. . . 10105

2.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

─ PNL-213/2016 RGEP.11313. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1. Asegurar la participación de la Comunidad de Madrid en la tramitación de los planes de calidad del aire que promuevan las Entidades Locales, incluido el municipio de Madrid, para lograr coherencia y coordinación entre la planificación autonómica y local. 2. Revisar la Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid (2013-2020) antes del 30 de junio de 2017. 3. Gratuidad del transporte público durante la activación del último escenario del Protocolo de Episodios de Alta Contaminación. 4. Reforzar los servicios de transporte público en jornadas de alta contaminación incrementando los recursos asignados en la totalidad de la red (Metro, Autobuses interurbanos, EMT, Metro Ligero y Cercanías). 5. Unificar los horarios del Metro manteniendo la misma

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cobertura horaria de servicio en la red general de Metro incluyendo la línea 9 TFM a Arganda y la estación de Pitis en la Línea 7. 6. Comunicación conjunta entre Gobierno Regional y municipios de la Comunidad de Madrid durante la activación del protocolo por alta contaminación. 7. Ejecutar la red de estaciones de recarga rápida de vehículos eléctricos de la Comunidad de Madrid planificada según el estudio realizado en el año 2015. 8. Armonizar las ventajas en la movilidad aplicables a los vehículos limpios en todos los municipios, tomando como referencia las medidas implantadas en Madrid: - Gratuidad del estacionamiento en zonas de estacionamiento regulado; - Bonificación en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica; - Bonificación en el estacionamiento, etc. 9. Promover una modificación del Impuesto de Matriculación por parte de la Administración del Estado. 10. Diseñar una estrategia de comunicación coordinada entre el Ayuntamiento de

Madrid y Comunidad de Madrid sobre aparcamientos disuasorios. ... 10106-10108

─ PNL-214/2016 RGEP.11370. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a la construcción, a la mayor brevedad posible, de un Instituto de Enseñanza Secundaria en La Garena, incluyéndolo en la dotación presupuestaria. Para su

tramitación ante la Comisión de Educación y Deporte. . . 10108-10111

─ PNL-215/2016 RGEP.11429. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que se proceda a construir una rotonda en superficie en la carretera M-301, de forma que permita la comunicación directa, ampliando los viales internos, entre el barrio de Perales del Río y el polígono industrial Los Olivos. Para su

tramitación ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. . . 10111-10112

─ PNL-216/2016 RGEP.11430. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que: - Se realicen los trabajos de auscultación que los técnicos competentes consideren apropiados, de los que se genere una planificación eficaz para un correcto mantenimiento de la carretera M-506. - Ejecutar el correspondiente mantenimiento correctivo para la eliminación de los Tramos de Concentración de

Accidentes. . . 10112-10114

─ PNL-217/2016 RGEP.11431. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que: - Se realicen los trabajos de auscultación que los técnicos competentes consideren apropiados, de los que se genere una planificación eficaz para un correcto mantenimiento de la carretera M-506. - Ejecutar el correspondiente mantenimiento correctivo para la eliminación de los Tramos de Concentración de Accidentes. Para su tramitación ante la Comisión de Transportes, Vivienda e

Infraestructuras. . . 10114-10116

2.6 INTERPELACIONES

─ I-32/2016 RGEP.11255. Del Diputado Sr. Delgado Orgaz, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: política General del Consejo de Gobierno sobre cooperación a

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2.7 PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

2.7.2 TRANSFORMACIÓN EN PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

Transformación de Peticiones de Información en Preguntas para Respuesta Escrita (artículos 49, 97 y 198 del Reglamento de la Asamblea)

─ PE-827/2016 RGEP.11304 (Transformada de PI-5004/2016 RGEP.11304). Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta quién o qué organismo ha elegido a los profesores tanto cuando la formación de las Policías Locales se desarrollaba en la Escuela de Madrid como posteriormente en

Ávila. . . 10117

2.7.4 RESPUESTA A PREGUNTAS FORMULADAS

─ PE-443/2016 RGEP.2006 (Transformada de PCOC-276/2016 RGEP.2006). De la Diputada Sra. de la Iglesia Vicente, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta si considera suficiente la oferta de plazas escolares en el distrito de Usera. . . . 10117

─ PE-744/2016 RGEP.8643. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si tiene la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos suscrito algún convenio de atención de los tutelados con el SAMUR

Social. . . 10117

─ PE-752/2016 RGEP.9089. Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si han conseguido el Gobierno Regional y el Consorcio Regional de Transportes que el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz abone los 4.602.675,35 euros que tenía pendientes a fecha 21-04-16 en concepto de aportación

al CRTM. . . 10117-10118

─ PE-774/2016 RGEP.9686 (Transformada de PI-4133/2016 RGEP.9686). De la Diputada Sra. Martínez Ten, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: explicación de la modificación presupuestaria correspondiente al subconcepto 22706 del Programa 232B de Actuaciones contra la Violencia de Género y Promoción de la

Igualdad de Oportunidades. . . . 10118

─ PE-775/2016 RGEP.9687 (Transformada de PI-4134/2016 RGEP.9687). De la Diputada Sra. Martínez Ten, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: explicación de la modificación presupuestaria correspondiente al subconcepto 22704 del Programa 232B de Actuaciones contra la Violencia de Género y Promoción de la

Igualdad de Oportunidades. . . . 10119

3. TEXTOS RECHAZADOS

3.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

─ PNL-15/2016 RGEP.834. Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, por el que se rechaza la Proposición No de Ley 15/2016 RGEP.834, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a dirigirse al Gobierno de España para: adoptar de forma inmediata las medidas

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necesarias para derogar la reforma laboral que el Partido Popular impuso en la anterior Legislatura. Abrir un proceso de diálogo social que, desde el acuerdo, culmine con la aprobación de un nuevo Estatuto de los Trabajadores que recupere su naturaleza originaria de carta de garantía de los derechos laborales. Incrementar el Salario Mínimo Interprofesional para 2016 al menos en un 5%, con el fin de recuperar su pérdida de poder adquisitivo y para que alcance, en el término de dos Legislaturas, el 60% del salario medio neto, cuantía que señala la Carta Social Europea como retribución mínima suficiente. Adoptar las medidas necesarias para recuperar el nivel de protección por desempleo que había en 2010. Y adoptar las medidas que permitan reestablecer el subsidio por desempleo para mayores de 52 años en las condiciones previamente existentes a las reformas de 2012 y 2013, especialmente en lo referente al umbral de renta, que se situará exclusivamente en el correspondiente a la persona beneficiaría y no en la unidad familiar, a la cotización a la Seguridad Social, que será el 125% de la base mínima, y a su duración, que se extenderá hasta que el beneficiario encuentre un nuevo puesto de trabajo o hasta el cumplimiento de la edad de acceso

ordinaria a la jubilación, salvo que optara por acceder a una edad inferior. . . . 10119-10120

─ PNL-176/2016 RGEP.8585. Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, por el que se rechaza la Proposición No de Ley 176/2016 RGEP.8585, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- Poner en marcha, antes de la finalización del 2016, gracias a la partida presupuestaria existente para la formación de nuevos públicos, una experiencia piloto en los institutos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Formación Profesional de Usera; 2.- Crear una mesa de trabajo de la Dirección General de Promoción Cultural de la Comunidad de Madrid junto con: Centro Dramático Nacional -Laboratorio Rivas Cheriff-, Sala Kubik, Joven Compañía, Ayuntamiento de Madrid, comunidad educativa de centros de secundaria obligatoria y centros de Formación Profesional de Usera para el diseño de un plan de empleo y formación a ejecutar en el año 2017; 3.- Diseñar y ejecutar una experiencia piloto con los Institutos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Formación Profesional públicos de Usera en el 2017, para incluir a los escolares en un plan de empleo y formación -dotado en presupuestos de 2017- en los distintos oficios de las artes escénicas: creación, dirección, interpretación, iluminación, sonido, promoción, edición de vídeos, entre otros; y 4.- Efectuar un compromiso de inversión en presupuestos 2017 para la finalización del Teatro Almendrales, del que es titular la Comunidad de Madrid. En particular, se propondrá un acuerdo para uso de la nave del Centro Dramático Nacional y de la sala Kubik, en tanto se termina el Teatro

Almendrales. . . 10120

─ PNL-206/2016 RGEP.10996. Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, por el que se rechaza la Proposición No de Ley 206/2016 RGEP.10996, presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- La creación de cuantos proyectos y procedimientos sean necesarios para la plena integración en nuestra sociedad de personas en situación administrativa irregular en colaboración con la sociedad civil; y 2.- Proponer al Gobierno de España el cierre y desmantelamiento del denominado CIE de Aluche, así

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5. ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

5.1 COMPARECENCIAS

5.1.2 COMPARECENCIAS ANTE LAS COMISIONES

─ C-1173/2016 RGEP.11216. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de una representante de la Asociación Madres Solteras por Elección ante la Comisión de Mujer, con el siguiente objeto: situación de las madres solas en la Comunidad de Madrid. (Por vía

art. 211 RAM). . . 10121

─ C-1174/2016 RGEP.11227. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Emma González Cantora, Presidenta de APPRECE-Madrid (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales), ante la Comisión de Educación y Deporte, con el siguiente objeto: situación y perspectivas de la enseñanza de Religión en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

211 RAM). . . 10121-10122

─ C-1175/2016 RGEP.11229. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Arancha Arroyo, representante de la Fundación Ángel Riviére, Organización para la atención integral a personas con Síndrome de Asperger y Trastornos del Espectro del Autismo (TEA) de alto funcionamiento, o persona en quien delegue, ante la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, con el siguiente objeto: situación actual y planes de futuro de la entidad, así como propuestas e iniciativas en la Comunidad de Madrid.

(Por vía art. 211 RAM). . . 10122

─ C-1177/2016 RGEP.11231. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Daniel Comín co-fundador de la Fundación Autismo Diario y editor de Autismo Diario, o persona en quien delegue, ante la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, con el siguiente objeto: situación actual y planes de futuro de la entidad, así como propuestas e

iniciativas en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 211 RAM). . . . 10122

─ C-1178/2016 RGEP.11232. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Álvaro Galán Floría, Presidente de ASPACE-Madrid, o persona en quien delegue, ante la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, con el siguiente objeto: situación actual y planes de futuro de la entidad, así como propuestas e iniciativas en la Comunidad de Madrid.

(Por vía art. 211 RAM). . . 10123

─ C-1179/2016 RGEP.11233. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Sifía Reyes, responsable de vida independiente en Fundación Aprocor, o persona en quien delegue, ante la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, con el siguiente objeto: situación e

iniciativas en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 211 RAM). . . . 10123

─ C-1181/2016 RGEP.11237. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Directora General de Comercio y Consumo ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: línea de financiación dirigida al pequeño comercio y al sector artesano de la

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─ C-1182/2016 RGEP.11307. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Rosario Marcos Sánchez, o persona en quien delegue, de la Plataforma Generando Red contra las Violencias Machistas, ante la Comisión de Mujer, con el siguiente objeto: diagnóstico de la Plataforma respecto de deficiencias de la Ley contra la Violencia de

Género de la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 211 RAM). . . 10124

─ C-1183/2016 RGEP.11311. Presentada por el Grupo Parlamentario Popular, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Emma María Rodríguez Blázquez, Responsable de la Sección Sindical de APPRECE (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales) en Madrid, ante la Comisión de Educación y Deporte, con el siguiente objeto: situación y perspectivas de la enseñanza

de Religión en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 211 RAM). . . 10124

─ C-1184/2016 RGEP.11337. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: análisis de las cenizas del vertedero de neumáticos de Valdemoro-Seseña, así como su

traslado y depósito definitivo. (Por vía art. 209 RAM). . . 10124-10125

─ C-1185/2016 RGEP.11338. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Sanidad ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: situación de la historia clínica electrónica en los

hospitales del Servicio Madrileño de Salud. (Por vía art. 209 RAM). . . 10125

─ C-1186/2016 RGEP.11360. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Director General de Transportes ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: seguimiento del cumplimento de la Resolución número 76/2016, del Pleno de la Asamblea de Madrid de fecha 14-07-16, dentro del ámbito de sus competencias. (Por

vía art. 210 RAM). . . . 10125

─ C-1187/2016 RGEP.11361. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Directora Gerente del Hospital Universitario Gregorio Marañón ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: criterios de contratación en las Áreas de Obras, mantenimiento e instalaciones de

dicho hospital. (Por vía art. 210 RAM). . . 10126

─ C-1188/2016 RGEP.11433. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Alfonso Fernández Maestre, Administrador de la empresa Análisis de Gestión de Desarrollos Urbanos, S.A., ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: gestión realizada por la citada empresa en base al contrato de consultoría y asistencia técnica para la gestión de las licitaciones públicas del PRISMA 2006-2007 firmado el 31-03-06 con la empresa "Arpegio Áreas de Promoción Empresarial, S.A.", hoy denominada "Nuevo Arpegio,

S.A.". (Por vía art. 75.3 RAM). . . 10126

─ C-1189/2016 RGEP.11434. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. María Dolores Nogal, responsable de asesoría jurídica de PRISMA, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: contratos adjudicados por la empresa pública "Arpegio Áreas de Promoción Empresarial", hoy denominada "Nuevo Arpegio", en el marco de los Convenios de Gestión de PRISMA 2006-2007 y PRISMA 2008-2011 ampliado hasta 2015. (Por vía art.

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─ C-1190/2016 RGEP.11435. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. María Mercedes Romero de Tejada, apoderada de Virton, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: contratos adjudicados por la empresa pública "Arpegio Áreas de Promoción Empresarial", hoy denominada "Nuevo Arpegio", en el marco de los Convenios de Gestión de PRISMA 2006-2007 y PRISMA 2008-2011 ampliado hasta 2015. (Por vía art.

75.3 RAM). . . 10127

─ C-1191/2016 RGEP.11436. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Pilar Roca, Directora de Asesoría Jurídica de Arpegio, posteriormente denominada Nuevo Arpegio, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: contratos adjudicados por la empresa pública "Arpegio Áreas de Promoción Empresarial", hoy denominada "Nuevo Arpegio", en el marco de los Convenios de Gestión de PRISMA 2006-2007 y PRISMA

2008-2011 ampliado hasta 2015. (Por vía art. 75.3 RAM). . . 10127

─ C-1192/2016 RGEP.11437. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Enrique Ruiz Escudero, Viceconsejero de Presidencia y Justicia, ante la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, con el siguiente objeto: pliegos desestimados por el Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid relativos a los expedientes denominados "Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales en la zona

Oeste y Este de la Comunidad de Madrid". (Por vía art. 210 RAM). . . 10128

5.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL

5.2.1 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN PLENO

─ PCOP-797/2016 RGEP.11454. Del Diputado Sr. Reyero Zubiri, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora la gestión de personal de

la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. . . 10128

─ PCOP-798/2016 RGEP.11456. Del Diputado Sr. Gabilondo Pujol, del GPS, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora los resultados de la política de ingresos de la Comunidad prevista por su Gobierno para

2016. . . 10129

─ PCOP-799/2016 RGEP.11457. Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: compromiso que mantiene la Agencia de la

Vivienda Social en materia de promoción de vivienda durante la presente Legislatura. . . 10129

─ PCOP-800/2016 RGEP.11458. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace sobre la situación actual del procedimiento de emisión de la tarjeta sanitaria individual a los recién nacidos en la

Comunidad de Madrid. . . 10129

─ PCOP-801/2016 RGEP.11459. Del Diputado Sr. Aguado Crespo, del GPCS, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora el periodo

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─ PCOP-802/2016 RGEP.11460. Del Diputado Sr. Aguado Crespo, del GPCS, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace de los primeros meses del acuerdo de la Comunidad de Madrid con Bankia para sacar al mercado del

alquiler viviendas vacías a precios asequibles. . . 10130

─ PCOP-804/2016 RGEP.11462. Del Diputado Sr. Aguado Crespo, del GPCS, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: compromiso de su Gobierno con la Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de

Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid. . . 10130

─ PCOP-805/2016 RGEP.11463. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno de las cantidades que deben abonarse durante el presente ejercicio para cumplir con los compromisos

de accesibilidad en el transporte público. . . . 10130-10131

─ PCOP-806/2016 RGEP.11464. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno de las cantidades que deben abonarse durante el presente ejercicio para cumplir con los compromisos

por "compensación a usuarios del transporte tarifa de equilibrio" con la EMT. . . 10131

─ PCOP-807/2016 RGEP.11465. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno de las cantidades que deben abonarse durante el presente ejercicio a la empresa concesionaria de la

carretera M-45. . . 10131

─ PCOP-808/2016 RGEP.11468. Del Diputado Sr. López Hernández, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: estrategia que tiene el Gobierno de la región para

reducir la dependencia energética en la Comunidad de Madrid. . . . 10131-10132

─ PCOP-809/2016 RGEP.11469. Del Diputado Sr. López Rodrigo, del GPPCM, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora la

rendición de cuentas de su Gobierno. . . 10132

─ PCOP-810/2016 RGEP.11473. Del Diputado Sr. Ossorio Crespo, del GPP, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: opinión que tiene su Gobierno sobre

la situación del sistema educativo madrileño. . . 10132

─ PCOP-811/2016 RGEP.11474. Del Diputado Sr. Ossorio Crespo, del GPP, a la Sra. Presidenta del Gobierno, con el siguiente objeto: opinión que tiene su Gobierno sobre la situación de la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en la

Comunidad de Madrid. . . 10132

─ PCOP-812/2016 RGEP.11475. De la Diputada Sra. Redondo Alcaide, del GPP, al Gobierno, con el siguiente objeto: actuaciones que está desarrollando el Gobierno Regional para que los madrileños conozcan el patrimonio de la Comunidad de

Madrid. . . 10133

─ PCOP-813/2016 RGEP.11476. Del Diputado Sr. del Olmo Flórez, del GPP, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno Regional sobre la

Mesa del Lobo celebrada recientemente. . . 10133

─ PCOP-814/2016 RGEP.11477. De la Diputada Sra. Camins Martínez, del GPP, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora el Gobierno Regional los resultados de la Evaluación Final del III Plan de Acción para Personas con

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10074

─ PCOP-815/2016 RGEP.11478. De la Diputada Sra. Ongil Cores, del GPP, al Gobierno, con el siguiente objeto: prioridades que plantea el V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica (PRICIT) para el periodo 2016-2020,

aprobado por el Gobierno Regional. . . 10133-10134

5.2.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN COMISIÓN

─ PCOC-725/2016 RGEP.11287. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: medidas que está llevando a cabo el Gobierno Regional respecto a la situación de la Vía Pecuaria Cordel del Butarrón, en San

Fernando de Henares. . . 10134

─ PCOC-726/2016 RGEP.11339. Del Diputado Sr. Freire Campo, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: causas del reciente derrumbe del

techo del sótano 1 del Servicio de Medicina Nuclear del Hospital U. 12 de Octubre. . . 10134-10135

─ PCOC-727/2016 RGEP.11340. Del Diputado Sr. Freire Campo, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: política que tiene el Gobierno sobre los CSUR (Centros, Servicios, Unidades de Referencia del SNS) en el Servicio

Madrileño de Salud. . . 10135

─ PCOC-728/2016 RGEP.11356. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: medidas que está llevando a cabo el Gobierno Regional respecto a la situación de la zona "Rancho Grande de Aranjuez", dentro del

soto de Legamarejo. . . 10135

─ PCOC-729/2016 RGEP.11357. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: valoración que hace del grado de ejecución del programa de incentivos para la contratación estable de jóvenes con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de implantación del sistema nacional de garantía

juvenil en la Comunidad de Madrid.. . . 10135-10136

─ PCOC-730/2016 RGEP.11358. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: valoración que hace del grado de ejecución del programa de incentivos para la contratación estable de jóvenes inscritos como beneficiarios en el

sistema nacional de garantía juvenil. . . 10136

─ PCOC-731/2016 RGEP.11359. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: valoración que hace del grado de ejecución del programa de incentivos para la contratación indefinida de personas desempleadas, en especial

mayores de 45 años y mujeres con especiales dificultades de inserción. . . 10136

─ PCOC-732/2016 RGEP.11362. De la Diputada Sra. Andaluz Andaluz, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Educación y Deporte, con el siguiente objeto: se pregunta cuándo tiene previsto su Consejería realizar las obras correspondientes de rehabilitación integral y ampliación en el CEIP Montelindo del municipio de Bustarviejo, cuya partida presupuestaria está contemplada en el Presupuesto de la

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10075

5.3 PETICIONES DE INFORMACIÓN

─ PI-4982/2016 RGEP.11235. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de pacientes procedentes de la lista de espera quirúrgica de los centros gestionados por el SERMAS derivados a hospitales concertados. Se solicita la información referida al año 2015, en formato electrónico de

hoja de cálculo, desglosada por hospitales y por servicios. . . 10137

─ PI-4983/2016 RGEP.11236. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de pacientes procedentes de la lista de espera quirúrgica de los centros gestionados por el SERMAS derivados a hospitales concertados. Se solicita la información referida al año 2014, en formato electrónico de

hoja de cálculo, desglosada por hospitales y por servicios. . . 10137

─ PI-4984/2016 RGEP.11257. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: criterios concretos que han sido tenidos en cuenta para fijar la "previsión de la asignación inicial como aportación autonómica" dentro del Programa de Inversión Regional 2016-2019 para el municipio de Torremocha, especificando los baremos y las fórmulas aritméticas utilizadas hasta obtener la cantidad final resultante. La información se remitirá preferentemente en soporte

digital. . . 10137

─ PI-4985/2016 RGEP.11267. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: detalle anual desde 2008 a 2015, en formato digital editable, de los puestos de trabajo ocupados por trabajadores o trabajadoras en el Canal de Isabel II y Canal de Isabel II Gestión, S.A. que hayan desempeñado en el pasado funciones de responsabilidad en puestos conocidos dentro del propio Canal como de “estructura” o “apoyo a estructura” (dichos puestos comprenden las siguientes denominaciones: Director/a, Subdirector/a, Jefe/a de Área y/o Departamento, Jefe/a de División y/o Coordinador/a, Ayudante de Jefe/a de División, Responsable, Adjunto, Staff, y Gestor) que a pesar de no seguir ocupando dichos puestos, continúan percibiendo en sus retribuciones desde al menos un 40% del "Complemento de destino" hasta el máximo permitido del 80%. Se solicita detalle de los puestos desempeñados en estos momentos, así como el importe de la

retribución anual bruta de cada uno de ellos. . . 10137-10138

─ PI-4986/2016 RGEP.11268. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: detalle anual del importe de los saldos de cuenta contable 430-CLIENTES por facturación de conceptos que constituyen la actividad de la sociedad (suministro de agua) que ha sido condonada por el Ente Público Canal de Isabel II y/o Canal de Isabel II Gestión, S.A. a entidades locales, organismos oficiales y grandes clientes entre los años 2008 a 2015, indicando la denominación de los

mismos, así como la cantidad condonada a cada uno de ellos. . . 10138

─ PI-4987/2016 RGEP.11269. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: detalle anual en formato digital editable de la evolución de los saldos de la cuenta contable 430-CLIENTES por facturación de los conceptos que constituyen la actividad de la Sociedad (suministro de agua) desde

2008 a 2015 del Ente Público Canal de Isabel II y/o Canal de Isabel II Gestión, S.A.. . . 10138

─ PI-4988/2016 RGEP.11288. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: acciones de mantenimiento, limpieza y desbroce de

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10076

─ PI-4989/2016 RGEP.11289. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: acciones de mantenimiento, limpieza y desbroce de

Vías Pecuarias llevadas a cabo en el año 2016. . . 10138

─ PI-4996/2016 RGEP.11296. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: formación dirigida a las Policías Locales que se ha

desarrollado con carácter presencial desde el año 2012 hasta la actualidad. . . 10138

─ PI-4997/2016 RGEP.11297. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: ante la falta del cumplimiento de la periodicidad fijada para la convocatoria y celebración de la Comisión Regional de Coordinación, se pregunta de

qué forma se realiza la Coordinación de las Policías Locales. . . 10138

─ PI-4998/2016 RGEP.11298. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: formación específica dirigida a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid que se ha desarrollado o se está desarrollando desde 2014 hasta la actualidad en materia legislativa en relación al nuevo Código Penal, las modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o la normativa de tráfico, en otras materias como delitos de odio, integrismo islámico, bandas juveniles, diversidad y multiculturalidad, que de una u otra forma afectan a la convivencia de los

ciudadanos de la Comunidad de Madrid. . . 10138-10139

─ PI-4999/2016 RGEP.11299. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta quién o qué organismo ha elaborado los programas de formación de las policías locales en los años en los que la formación se

seguía desarrollando desde la Academia de Madrid. . . . 10139

─ PI-5000/2016 RGEP.11300. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta quién o qué organismo diseña los programas

formativos online dirigidos a las Policías Locales. . . 10139

─ PI-5001/2016 RGEP.11301. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: ante la falta del cumplimiento de la periodicidad fijada para la convocatoria y celebración de la Comisión Regional de Coordinación, se pregunta quién o qué organismo ha informado de los reglamentos de policía aprobados por los

Ayuntamientos. . . . 10139

─ PI-5002/2016 RGEP.11302. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: ante la falta del cumplimiento de la periodicidad fijada para la convocatoria y celebración de la Comisión Regional de Coordinación, se pregunta quién o qué organismo ha tomado decisiones respecto a procesos de selección de los

policías. . . 10139

─ PI-5006/2016 RGEP.11306. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: ante la falta del cumplimiento de la periodicidad fijada para la convocatoria y celebración de la Comisión Regional de Coordinación, se pregunta quién o qué organismo ha respondido a los requerimientos de los Ayuntamientos

dirigidos a la Comisión Regional de Coordinación. . . 10139

─ PI-5007/2016 RGEP.11341. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de inscritos en el curso "Técnicas de Cartografía Social y Mapas Participativos para trabajar con jóvenes", dentro de los

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─ PI-5008/2016 RGEP.11342. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de inscritos en el curso "La Música como Herramienta de Intervención Social", dentro de los cursos de formación gratuitos que

se imparten en el Espacio Joven 14-30. . . 10139

─ PI-5009/2016 RGEP.11343. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de inscritos en el curso "Comunicación e Inteligencia Emocional", dentro de los cursos de formación gratuitos que se imparten

en el Espacio Joven 14-30. . . 10140

─ PI-5010/2016 RGEP.11344. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de inscritos en el curso "Diseño de Proyectos Formativos en Educación no Formal", dentro de los cursos de formación

gratuitos que se imparten en el Espacio Joven 14-30. . . 10140

─ PI-5011/2016 RGEP.11345. Del Diputado Sr. Freire Campo, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia de todo el expediente correspondiente al Acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado con fecha 28-06-16, por el que se aprueba el gasto plurianual correspondiente a la prórroga del contrato de gestión de servicios públicos de terapias respiratorias domiciliarias y otras técnicas de ventilación asistida de la Comunidad de Madrid "C.A. Terapias Respiratorias Domiciliarias 2011", suscrito con Oximesa, S.L., y U.T.E. Gasmedi 2000 SAU (actual Gasmedi S.L.U.) - Air Liquide

Medicinal S.L.U.), por un periodo de dos años y un importe de 52.263.233,66 euros. . . 10140

─ PI-5012/2016 RGEP.11346. Del Diputado Sr. Freire Campo, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia del estudio al que hace referencia el Consejero de Sanidad en la página 4 del Diario Médico (31 de octubre - 6 de noviembre de 2016),

según el cual le permitiría "prescindir de entre 3.500 y 4.000 camas de agudos". . . 10140

─ PI-5013/2016 RGEP.11347. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de jóvenes que completaron la totalidad del

Programa "Desafío 30/00". . . 10140

─ PI-5014/2016 RGEP.11348. Del Diputado Sr. Gómez-Chamorro Torres, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: informes remitidos a la Consejería de Sanidad por los Servicios Técnicos de Mantenimiento del Hospital Universitario 12 de Octubre, sobre las necesidades de mantenimiento, reparaciones y reformas del mencionado

Hospital durante los años 2014, 2015 y 2016. . . . 10140

─ PI-5021/2016 RGEP.11228. De la Mesa y Portavoces de la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, al Gobierno, con el siguiente objeto: el texto que ya se ha trabajado en el seno de la Mesa Técnica y Mesa

Política de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (Por vía del art. 70.1.a RAM). . . 10140

5.4

CONSTITUCIÓN,

COMPOSICIÓN Y

DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS Y

ÓRGANOS DE LA CÁMARA

Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 14 de noviembre de 2016, por el que toma conocimiento del escrito RGEP.11426/2016, del Portavoz del Grupo Parlamentario Popular, comunicando nueva composición de la Dirección de su Grupo

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10078

6. ACUERDOS, RESOLUCIONES Y

COMUNICACIONES DE LOS

ÓRGANOS DE

LA ASAMBLEA

6.6 DECLARACIONES INSTITUCIONALES

─ Declaración Institucional núm. 11/2016, aprobada por el Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 10 de noviembre de 2016, con motivo de la celebración, el día 11 de

(15)

10079

1.

T

EXTOS

A

PROBADOS

1.1

L

EYES

──── LEY POR LA QUE SE ORDENA EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DEL DEPORTE EN LA COMUNIDAD DE MADRID ────

El Pleno de la Asamblea de Madrid, en su sesión ordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2016, aprobó la Ley por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, tras la tramitación de la Proposición de Ley 9(X)/2015 RGEP.5227, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, y para conocimiento de los señores Diputados, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 10 de noviembre de 2016. La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

LEY POR LA QUE SE ORDENA EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DEL DEPORTE EN LA COMUNIDAD DE MADRID

PREÁMBULO

El artículo 43.3 de la Constitución Española, incluido dentro de los principios rectores de la política social y económica, reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos la tutela de la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios, y el fomento de la educación física y el deporte y de la adecuada utilización del ocio. Asimismo, el artículo 51 confiere a los poderes públicos la responsabilidad de garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. El mismo texto constitucional, en su artículo 36, somete al principio de reserva de ley el régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas.

La presente Ley de Profesiones del Deporte está basada en el Marco Europeo de Cualificaciones y en el Marco Español de Cualificaciones de la Educación Superior, como instrumento de referencia para comparar los niveles establecidos según los distintos criterios desde la perspectiva del aprendizaje continuo en el marco europeo.

El fundamento esencial de esta regulación, se enmarca en los artículos 35 y 36 de la Constitución Española que, si bien no son derechos fundamentales, sí gozan de una protección específica. En este sentido, el artículo 35 de la Constitución que establece: "Todos los españoles tienen [...] el derecho a la libre elección de profesión u oficio" tiene como consecuencia, entre otras, que cualquier limitación del mismo deba respetar, esencialmente, el principio de proporcionalidad, además de los demás principios que el Tribunal Constitucional exige para cualquier limitación de los derechos y deberes de los ciudadanos.

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10080

Esto implica que cualquier iniciativa tendente a realizar una regulación profesional supone la necesaria reserva de ley según ha reiterado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Tal y como señala en su Sentencia 42/1986: "compete al legislador, atendiendo a las exigencias del interés público y a los datos producidos por la vida social, considerar cuándo existe una profesión, cuándo ésta debe dejar de ser enteramente libre para pasar a ser profesión titulada (...). Por ello, dentro de las coordenadas que anteriormente se han mencionado, puede el legislador crear nuevas profesiones y regular su ejercicio teniendo en cuenta, como se ha dicho, que la regulación del ejercicio de una profesión titulada debe inspirarse en el criterio del interés público y tener como límite el respeto del contenido esencial de la libertad profesional".

Así la presente Ley, respeta los parámetros establecidos por el Tribunal Constitucional, pues manifiesta expresamente que su objetivo principal es proteger y mejorar la salud, la educación, la integridad física y la calidad de vida de los consumidores, usuarios o deportistas en una prestación de servicios deportivos, e impone especiales obligaciones cuando la seguridad de los destinatarios de los servicios puede verse especialmente comprometida.

Ese criterio del interés público encuentra todo su fundamento en el mandato constitucional del artículo 43 de la Constitución Española, donde tras reconocer el derecho a la protección de la salud, señala que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas, correspondiéndoles, igualmente, fomentar la educación física y el deporte.

Y, en cuanto al segundo criterio, relativo al respeto que se debe tener al contenido esencial de la libertad profesional, la presente Ley cumple con los criterios que ha ido determinando el Tribunal Supremo, en cuya clarificadora Sentencia 861/2005 señaló que "el legislador debe determinar cuándo una profesión u oficio debe ser profesión titulada y es el propio legislador, tal como estipula el artículo 36 de la Constitución, quien debe regular su ejercicio. Regulación esta que es libre -dentro de los parámetros constitucionales y, muy principalmente, con el obligado respeto a los derechos fundamentales-: esto es, la Constitución no establece ni en ese ni en ningún otro precepto un "contenido esencial" que vincule al legislador respecto a lo que deba ser el ejercicio de cada profesión. Pero, en todo caso, la regulación legal de profesiones [...] debe responder a un criterio restrictivo, en función del respeto al principio de libertad, que se plasma en este ámbito en la libertad de elección de profesión u oficio." Y concluye que: "la regulación del ejercicio de las profesiones tituladas (artículo 36 CE), comporta [...]: a) la existencia misma de una profesión titulada, es decir, de una profesión cuya posibilidad de ejercicio quede jurídicamente subordinada a la posesión de unos títulos concretos, b) los requisitos y títulos necesarios para su ejercicio y c) su contenido, o conjunto formal de las actividades que la integran." Por ello, la presente Ley determina con claridad las profesiones del deporte, así como los títulos académicos necesarios para el ejercicio de las mismas, atribuyendo a cada profesión su correspondiente ámbito funcional.

Finalmente, no olvida la presente Ley, el impacto que promueven las decisiones estatales a este respecto. Los intentos de promulgar una normativa a nivel nacional que regule el ejercicio de las profesiones del deporte, así como la aprobación por parte de otras Comunidades Autónomas de regulaciones propias en esta materia, motiva a prever un sistema de reconocimiento de títulos y competencias profesionales que permitan prestar esos mismos servicios en la Comunidad de Madrid.

II

Define la Ley las profesiones del deporte, precisando las funciones y actividades profesionales de cada una de ellas, explicitando los títulos académicos que son precisos para poder ejercer dichas

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10081

profesiones, requisito que se amplía en aquellos supuestos especiales que pueden revestir condiciones especiales de seguridad y establece obligaciones específicas.

Respetando los principios del Derecho de la Competencia, la Ley ordena el ejercicio de las profesiones del deporte reguladas a través de sociedades profesionales, así como el establecimiento de la obligación de poseer el oportuno seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los daños que se causen a terceros con ocasión de la prestación de los servicios profesionales.

Siguiendo el modelo de otras disposiciones legales, la presente Ley incorpora un catálogo de principios y deberes de actuación para el ejercicio de las profesiones del deporte. Tales principios y deberes son, como regla general, los propios y específicos de dichas profesiones quedando sometidas en todo lo restante al marco común del ejercicio profesional.

Finalmente, y como medida preventiva de la salud y de protección de los consumidores, usuarios y deportistas, la Ley regula la publicidad relativa a las personas y entidades que presten servicios en el ámbito de las actividades físicas y deportivas, restringiendo toda publicidad de actividades sobre las que no exista evidencia de sus efectos beneficiosos para la salud o no estén respaldados por pruebas técnicas o científicas acreditadas.

Todo cambio legislativo, y máxime aquellas leyes que disciplinan por primera vez el ejercicio de una profesión, plantean serios problemas de transición. Esta es una dificultad que se ha tratado de resolver a través del Derecho transitorio.

III

La presente Ley se compone de cinco títulos. El primero recoge disposiciones generales relacionadas con su finalidad, el ámbito funcional de aplicación, los derechos de los deportistas consumidores y usuarios de servicios deportivos, las obligaciones de los profesionales del deporte y los mecanismos para garantizar el cumplimiento de la Ley. El segundo título trata sobre las profesiones reguladas del deporte siendo éstas Monitora Deportiva/Monitor Deportivo, Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo, Preparadora Física/Preparador Físico, Directora Deportiva/ Director Deportivo y Profesora/Profesor de Educación Física, con indicación de las funciones que corresponden a cada una de ellas. El tercero versa sobre los requisitos para el ejercicio de la profesión ordenando como primera providencia: la titulación, como segunda: el reconocimiento de las competencias profesionales vinculadas a otra formación y a la experiencia profesional. El cuarto título contempla la prestación de servicios o actividades reservadas a profesiones reguladas del deporte establece, entre otras cuestiones, la necesidad de realizar una comunicación previa a la Administración, poseer un seguro de responsabilidad civil y regula la publicidad de los servicios deportivos. El quinto título está dedicado al régimen sancionador.

IV

La población de la Comunidad de Madrid es cada vez más activa en la práctica deportiva y la región cuenta con más instalaciones. A su vez, el deporte tiene un enorme potencial en la mejora de la salud y el bienestar, con implicaciones evidentes en la menor necesidad de atención médica y la generación de empleo. Además, esta norma no solo regula, sino que pretende ordenar, potenciar e impulsar el sector de la actividad física y el deporte y al propio sistema formativo y profesional. Por todo ello se hace necesario, a la vez que se mejora la concienciación en la práctica deportiva saludable, disponer de una legislación que ordene el sector ofreciendo garantías suficientes a los ciudadanos,

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10082

mejorando las capacidades y la confianza de ellos en actividades que deben ser seguras, sanas y formadoras de valores.

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto y finalidad.

1.- El objeto de la presente Ley es ordenar y regular los aspectos esenciales del ejercicio de determinadas profesiones del deporte, reconocer cuales son éstas, determinar las cualificaciones y titulaciones necesarias para ejercerlas y atribuir a cada profesión el ámbito funcional específico que le corresponde.

2.- La presente Ley tiene por finalidad velar por el derecho de las personas que solicitan la prestación de servicios deportivos a que los mismos se presten aplicando conocimientos específicos y técnicas propias de las ciencias de la actividad física y del deporte que fomenten una práctica deportiva saludable, evitando situaciones que puedan perjudicar la seguridad del consumidor, usuario o deportista o que puedan menoscabar la salud o la integridad física de los destinatarios de los servicios.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación.

1.- La presente Ley se aplica en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid a las actividades físicas y deportivas que se realicen en el marco de una prestación de servicios profesionales.

2.- A los efectos de esta Ley, el término deporte engloba todas las manifestaciones físicas y deportivas en las que para su ejecución se soliciten los servicios profesionales contemplados en esta Ley. En virtud de ello, el término deporte incluye a todas las actividades físicas y deportivas.

3.- Se regirán por su normativa específica las actividades profesionales relacionadas con: las actividades náutico-deportivas, el buceo profesional, las aeronáuticas, las actividades de salvamento y socorrismo profesional, el paracaidismo y las actividades deportivas que se basan en la conducción de aparatos o vehículos de motor, cuya práctica se encuentra sometida a la legislación sobre seguridad vial o navegación aérea, los guías de pesca así como aquellas actividades profesionales de especial riesgo que tengan normativa específica.

Asimismo, además de las señaladas en el párrafo anterior quedan fuera del ámbito de la presente Ley los árbitros y los jueces deportivos, que quedarán regulados por su ámbito competencial.

No obstante, sí serán de aplicación las obligaciones referidas en esta Ley, expuestas en el artículo 4.

4.- La Ley regula el ejercicio profesional por cuenta propia y ajena y es igualmente aplicable tanto si es a cambio de una retribución o en régimen de voluntariedad como si la profesión se ejerce en el sector público como en el privado, con independencia de la naturaleza de las entidades en donde se presten servicios profesionales.

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5.- Los requisitos de cualificación y titulación señalados en esta Ley serán exigibles cuando se ejerza la profesión en la Comunidad de Madrid. En el caso de las entidades o instituciones públicas, sólo serán de aplicación a las de ámbito autonómico o local en la Comunidad de Madrid.

Artículo 3.- Derechos de los deportistas, consumidores y usuarios de los servicios deportivos.

1.- Los consumidores, usuarios y deportistas, en la prestación de los servicios deportivos que reciban, tendrán los siguientes derechos:

a) A recibir unos servicios adecuados a las condiciones y necesidades personales de acuerdo con el estado de los conocimientos científicos de cada momento y con los niveles de calidad y seguridad que se establezcan.

b) Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad.

c) A disponer de información suficiente y comprensible de las actividades físico-deportivas que vayan a desarrollarse.

d) A recibir una prestación de servicios deportivos que no fomente prácticas deportivas que puedan resultar perjudiciales para la salud.

e) A que los profesionales de los servicios deportivos se identifiquen y a ser informados sobre su profesión y cualificación profesional.

f) A la igualdad de trato y oportunidades, independientemente de su identidad y orientación sexual, edad, capacidad funcional, cultura, etnia o religión.

g) A que en los contratos que celebren se reflejen los derechos de los deportistas, consumidores y usuarios de servicios deportivos, así como los deberes del personal que presta los servicios deportivos a los que se hace referencia en esta Ley.

2.- En todas aquellas instalaciones en las que se presten servicios deportivos será de obligado cumplimiento la exposición al público, en un lugar visible, de los derechos indicados en el punto 1 de este artículo. Asimismo, será de obligado cumplimiento lo determinado en el artículo 72 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

3.- En lo que respecta a los servicios públicos deportivos de ámbito municipal, se deberá cumplir lo previsto en el artículo 24.1 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y la presente Ley.

Artículo 4.- Obligaciones de los profesionales en el ejercicio de las profesiones reguladas del deporte.

Quienes realicen las funciones o actividades asignadas a las profesiones reguladas del deporte deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Estar en posesión de los requisitos habilitantes para el ejercicio de cada una de las profesiones que se regulan en la Ley.

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10084

b) Prestar unos servicios adecuados a las condiciones y necesidades personales de las personas destinatarias, de acuerdo con el estado de los conocimientos científicos de cada momento y con los niveles de calidad y seguridad que se establezcan en disposiciones específicas.

c) Velar por la salud de las personas destinatarias de sus servicios y colaborar en la erradicación de prácticas que sean nocivas para la salud de los consumidores, usuarios y deportistas.

d) Colaborar de forma activa en la prevención y control del uso de sustancias y fármacos o métodos prohibidos en la práctica del deporte. En particular se debe colaborar en la realización de cualquier control de dopaje y en el cumplimiento de todas las obligaciones previstas en la legislación antidopaje.

e) Respetar la personalidad, dignidad e intimidad de las personas destinatarias del servicio prestado.

f) Garantizar la igualdad de condiciones en la práctica deportiva independientemente de su sexo, edad, cultura o discapacidad.

g) Ofrecer a las personas destinatarias una información suficiente y comprensible de las actividades físico-deportivas que vayan a desarrollarse bajo su dirección o supervisión. h) Identificarse ante las personas destinatarias de los servicios e informar a los mismos de su profesión y titulación.

i) Colaborar activamente con cualesquiera otros profesionales que puedan ayudar a las personas destinatarias de la prestación de servicios a mejorar su rendimiento o su salud, en condiciones de seguridad.

j) Procurar un uso respetuoso del material deportivo y desarrollo de la actividad que reduzca al mínimo el impacto medioambiental y no cause daño al medio natural.

k) Difundir, cuando proceda, los valores de juego limpio que forman parte esencial del deporte.

l) Respetar y hacer respetar la labor de jueces y árbitros en las competiciones en las que se participe.

m) Ejercer la praxis profesional bajo la condición de que el deporte contribuye al desarrollo completo y armónico del ser humano, posibilita su formación integral y favorece mayor y mejor calidad de vida y bienestar social.

n) Promover condiciones que favorezcan la igualdad efectiva de las mujeres en el deporte y su incorporación a la práctica deportiva a todos los niveles, así como evitar todo acto de discriminación de cualquier naturaleza.

o) Promover el debido control médico de los deportistas mediante profesionales sanitarios. p) Ejercer la actividad profesional fomentando una práctica deportiva exenta de todo tipo de violencia, racismo o xenofobia.

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q) Promover el uso del medio natural para ejercer las actividades deportivas de manera sostenible y respetuosa.

r) Proteger a los deportistas, especialmente a los menores de edad, de toda explotación abusiva.

s) Rechazar cualquier tipo de retribución o gratificación de terceros que puedan condicionar los resultados de sus equipos y deportistas y las competiciones en las que participan.

t) Promover el uso de productos deportivos –calzado, ropa, material y equipamientos– en cuyo proceso de fabricación no se atente contra el medio natural. Cuando en el ejercicio profesional intervengan animales, deberá garantizarse su trato respetuoso y su cuidado. u) Comprometerse a la formación permanente para la actualización y perfeccionamiento de sus conocimientos en los nuevos avances científicos y tecnológicos de la disciplina de su profesión.

Artículo 5.- Mecanismos para garantizar el cumplimiento de esta Ley.

1.- La Dirección General con competencias en materia de deporte de la Comunidad de Madrid será la responsable de adoptar medidas de control e inspección necesarias para garantizar que los profesionales que impartan servicios deportivos en la Comunidad de Madrid cumplan con los requisitos y obligaciones exigidos para el ejercicio de la respectiva profesión.

2.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley constituye una infracción de la legislación de la Comunidad de Madrid y podrá dar lugar a la imposición de sanciones administrativas en los términos y condiciones establecidos en el Título V.

TÍTULO II

PROFESIONES REGULADAS DEL DEPORTE Y ÁMBITO FUNCIONAL GENERAL Artículo 6.- Profesiones reguladas del deporte.

1.- Tienen el carácter de profesiones reguladas del deporte las actividades que mediante la aplicación de conocimientos específicos y técnicas propias de las ciencias de la actividad física y del deporte, permiten que la actividad física y deportiva sea realizada de forma segura, adecuada, saludable y sin menoscabo de la salud e integridad física de los consumidores, usuarios y deportistas.

2.- Se reconocen como profesiones del deporte y se ordenan en la presente Ley las siguientes: Monitora Deportiva/Monitor Deportivo, Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo, Preparadora Física/Preparador Físico, Directora Deportiva/Director Deportivo y Profesora/Profesor de Educación Física.

3.- El ámbito funcional que la presente Ley atribuye a las profesiones reguladas del deporte, no faculta para ejercer funciones reservadas a las profesiones tituladas que se regulan en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Artículo 7.- Reserva de denominaciones.

1.- Las denominaciones de las profesiones reguladas en la presente Ley quedan reservadas a quienes reúnan los requisitos necesarios para poder ejercer dichas profesiones.

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2.- No podrán utilizarse otras denominaciones que, por su significado o por su similitud en castellano o en otros idiomas extranjeros, puedan inducir a error al identificar las actividades ofrecidas por quienes no dispongan de la cualificación y titulación exigible en cada caso.

Artículo 8.- Monitora Deportiva/Monitor Deportivo.

La Monitora Deportiva/Monitor Deportivo es todo aquel profesional del deporte que desempeña las actividades y funciones de iniciación e instrucción deportiva, guía, animación deportiva y acondicionamiento físico básico grupal, no enfocadas a la competición deportiva.

1.- La profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo queda estructurada en las siguientes áreas:

- Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Acondicionamiento Físico Básico. - Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Actividad Física Recreativa.

- Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Actividad Física Deportiva de Carácter Formativo.

2.- Corresponde a la Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Acondicionamiento Físico Básico realizar las funciones de:

a) Elaboración y ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico en grupo.

b) Vigilancia y orientación básica para la utilización elemental del equipamiento y maquinaria deportiva para la realización segura y adecuada en la ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico.

c) Asignación elemental y básica de rutinas grupales generales de ejercicios estandarizados y prediseñados previamente para la población en general en actividades de acondicionamiento físico básico.

3.- Corresponde a la Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Actividad Física Recreativa desempeñar las funciones de elaboración y ejecución de actividades de guía y animación deportiva.

4.- Corresponde a la Monitora Deportiva/Monitor Deportivo en Actividad Física Deportiva de Carácter Formativo realizar las funciones de instrucción e iniciación deportiva no enfocada a la competición, si bien en el caso de las competiciones dentro del deporte en edad escolar o eventos de carácter recreativo la Monitora Deportiva/Monitor Deportivo también podrá desarrollar su actividad profesional para estas competiciones o eventos.

5.- Estas funciones las podrán ejercer las monitoras deportivas/monitores deportivos siempre y cuando no se realicen con los colectivos de poblaciones especiales indicados en el artículo 10.3.c) de la presente Ley, excepto cuando no sean actividades ofertadas para personas o grupos de esas poblaciones ni cuando el número de participantes de personas de esas poblaciones especiales indicados en el artículo 10.3.c) exceda del 50% del total del grupo.

6.- La prestación de los servicios propios de la Monitora Deportiva/Monitor Deportivo requiere su presencia física en el desarrollo de sus funciones, exceptuando cuando sus servicios no sean solicitados por tratarse de práctica libre de la actividad físico-deportiva.

Referencias

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