Y estudiaremos: Y estudiaremos:
• El anlisis de la relacin laboral • El anlisis de la relacin laboral
en lo que respecta a: en lo que respecta a: −
−Las causas Las causas de mde modificacinodificacin del contrato de trabajo. del contrato de trabajo. −
−Las causas y efectoLas causas y efectos de sus de suspensispensinn y extincin del contrato de trabajo. y extincin del contrato de trabajo. −
−Los distintoLos distintos tipos de s tipos de despiddespidosos y sus consecuencias.
y sus consecuencias. −
−El sistema de clcuEl sistema de clculo de indemlo de indemnizacio- nizacio-nes y liquidacionizacio-nes en la extincin nes y liquidaciones en la extincin del contrato de trabajo.
del contrato de trabajo.
5
5
Unidad
Unidad
En esta unidad aprenderemos a: En esta unidad aprenderemos a: • Identificar las causas y efectos • Identificar las causas y efectos de la modificacin, suspensin de la modificacin, suspensin y ext
y extincin de la relacin laboral.incin de la relacin laboral. • Calcular indemnizaciones y liquidaciones • Calcular indemnizaciones y liquidaciones
para los distintos tipos de extincin para los distintos tipos de extincin del contrato de trabajo.
del contrato de trabajo.
Modificación, suspensión
Modificación, suspensión
y e
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5
5
1
1
. Modificación del contrato
. Modificación del contrato
de trabajo
de trabajo
El Estatuto de los Trabajadores recogeEl Estatuto de los Trabajadores recoge tres supuestos diferentes por los que el empresariotres supuestos diferentes por los que el empresario puede modificar un contrato de trabajo:
puede modificar un contrato de trabajo: movilidad funcional, movilidad geográfica y mo-movilidad funcional, movilidad geográfica y mo-dificación sustancial de las condiciones de trabajo.
dificación sustancial de las condiciones de trabajo.
1.
1.
1.
1.
Movilidad fu
Movilidad fu
ncional
ncional
El trabajador está obligado a realizar el trabajo convenido en el momento de ingreso en la El trabajador está obligado a realizar el trabajo convenido en el momento de ingreso en la empresa. El empresario puede modificar de manera unilateral las func
empresa. El empresario puede modificar de manera unilateral las funciones que venía desem-iones que venía desem-peñando el trabajador de forma habitual, produciéndose lo que se conoce como
peñando el trabajador de forma habitual, produciéndose lo que se conoce como movilidadmovilidad funcional
funcional (Tabla (Tabla 5.15.1).).
1.2. Movilidad geográfica
1.2. Movilidad geográfica
A.
A.
T
T
raslado defin
raslado defin
itivo
itivo
1.
1.¿Cuáles son los derechos de¿Cuáles son los derechos de un trabajador que realiza, un trabajador que realiza, por un periodo superior por un periodo superior a seis meses, durante un a seis meses, durante un año, funciones superiores año, funciones superiores a las del grupo profesional a las del grupo profesional que le corresponde? que le corresponde? Actividades Actividades Movilidad funcional Movilidad funcional
Dentro del mismo grupo
Dentro del mismo grupo profesionalprofesional
Para que se produzca esta
Para que se produzca esta movilidad no se exige causa alguna al empresario, ni existe movilidad no se exige causa alguna al empresario, ni existe límite temporal, siem-límite temporal,
siem-pre que no se vulneren los derechos fundamentales del trabajador ni su dignidad. El trabajador percibirá la
pre que no se vulneren los derechos fundamentales del trabajador ni su dignidad. El trabajador percibirá la
retribución correspondiente a las nuevas funciones que desempeñe, quedando en todo caso garantizada
retribución correspondiente a las nuevas funciones que desempeñe, quedando en todo caso garantizada
la retribución
la retribución que venía percibiendo.que venía percibiendo.
Fuera del grupo
Fuera del grupo profesionalprofesional
Exige justicación por
Exige justicación por
causas técnicas u
causas técnicas u organi-
organi-zativas y t
zativas y tiene una limita-iene una
limita-ción temporal.
ción temporal.
Funciones inferiores a las del grupo,
Funciones inferiores a las del grupo,o movilidad funcional descendente. El o movilidad funcional descendente. El
empresario solo podrá mantener estas funciones por el
empresario solo podrá mantener estas funciones por el tiempo imprescindible,tiempo imprescindible,
y se mantendrá el salario de
y se mantendrá el salario de origen. Los representantes de los trabajadoresorigen. Los representantes de los trabajadores
deberán ser informados.
deberán ser informados.
Funciones superiores a las del
Funciones superiores a las del grupo,grupo,o movilidad fo movilidad funcional ascendente.uncional ascendente.
Cuando se encomiend
Cuando se encomiende a los te a los trabajadores la realización de funciones superio-rabajadores la realización de funciones
superio-res a las
res a las del grupo profesional al que corresponden, estos tendrán derecho a:del grupo profesional al que corresponden, estos tendrán derecho a:
•
• Percibir el Percibir el salario correspondiente salario correspondiente a la categoría superior ma la categoría superior mientras dure laientras dure la
situación.
situación.
•
• Reclamar Reclamar que se cubra la que se cubra la vacante correspovacante correspondiente a ndiente a las funciones quelas funciones que
desempeña, de acuerdo con el sistema de
desempeña, de acuerdo con el sistema de ascensos aplicable en la ascensos aplicable en la empresa,empresa,
si la movilidad se produce por un periodo superior a seis meses durante un
si la movilidad se produce por un periodo superior a seis meses durante un
año u ocho meses durante dos años.
año u ocho meses durante dos años.
Tabla 5.1.
Tabla 5.1.Características de la movilidad funcional.Características de la movilidad funcional.
La movilidad geográfica consiste en el
La movilidad geográfica consiste en el trasladotrasladodel trabajadordel trabajador de forma definitiva,de forma definitiva,oo bien en el
bien en el desplazamiento temporaldesplazamiento temporaldel mismo a otro centro de trabajo de otra loca-del mismo a otro centro de trabajo de otra loca-lidad, de forma que este desplazamiento implique un cambio en el lugar de residencia lidad, de forma que este desplazamiento implique un cambio en el lugar de residencia habitual del trabajador; en ambos casos debe justificar
habitual del trabajador; en ambos casos debe justificarse por razones técnicas, organi-se por razones técnicas, organi-zativas, económicas o productivas.
zativas, económicas o productivas.
Se produce cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma Se produce cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma em-presa y ello exige su
presa y ello exige su cambio de residencia de forma definitiva,cambio de residencia de forma definitiva, o cuando el despla-o cuando el despla-zamiento excede de doce meses en un periodo de tres años. El traslado definitivo, a su zamiento excede de doce meses en un periodo de tres años. El traslado definitivo, a su vez, puede ser individual o colectivo.
5
5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
B. Desplazamiento temporal
B. Desplazamiento temporal
En este periodo el trabajador tiene
En este periodo el trabajador tiene derechoderecho a:a: •
• Conservar Conservar la la mismamismacategoría profesional y el mismo salario.categoría profesional y el mismo salario. •
• Cobrar Cobrar gastos gastos de de viajes viajes y y dietas.dietas. •
• Cuatro días Cuatro días de estancia de estancia en en su domicilio su domicilio de origen de origen por cada por cada tres meses tres meses de desplazamiento.de desplazamiento. •
• Cuando el Cuando el desplazdesplazamiento amiento sea superior sea superior a a tres meses, tres meses, el trabajador el trabajador deberá ser deberá ser informadoinformado al menos con cinco días de antelación.
al menos con cinco días de antelación.
En el contrato de trabajo puede pactarse la movilidad entre centros de trabajo, de acuerdo En el contrato de trabajo puede pactarse la movilidad entre centros de trabajo, de acuerdo con el párrafo uno del artículo 40 del ET.
con el párrafo uno del artículo 40 del ET.
Aceptar el
Aceptar el
tras-lado.
lado.La empresaLa empresa
deberá pagar los
deberá pagar los
gastos
gastos
ocasio-nados por el
nados por el
traslado del
traslado del
tra-bajador y de sus
bajador y de sus
familiares.
familiares.
Acudir al Juzgado de lo Social
Acudir al Juzgado de lo Social(sin(sin
perjuicio de la ejecutividad del traslado,
perjuicio de la ejecutividad del traslado,
es decir, el trabajador debe trasladarse).
es decir, el trabajador debe trasladarse).
Si el traslado es
Si el traslado es declarado injustificadodeclarado injustificado,,
el trabajador será reincorporado al centro
el trabajador será reincorporado al centro
de trabajo de origen; en caso de que el
de trabajo de origen; en caso de que el
empresario se niegue a su reincorporación
empresario se niegue a su reincorporación
se le indemnizará como si se
se le indemnizará como si se tratara de untratara de un
despido improcedente (
despido improcedente (TaTabla 5.3).bla 5.3).
Traslado individual: debe ser notificado con una antelación mínima de 30 días.
Traslado individual: debe ser notificado con una antelación mínima de 30 días.
Ante este
Ante este caso, el tracaso, el trabajador puede bajador puede optar entreoptar entre::
Extinguir el contrato.
Extinguir el contrato.
Tendrá derecho a recibir
Tendrá derecho a recibir
una indemnización de
una indemnización de
20 días de salario por
20 días de salario por
año trabajado,
año trabajado,
prorra-teándose por meses los
teándose por meses los
periodos inferiores al
periodos inferiores al
año, hasta un máximo
año, hasta un máximo
de doce mensualidades.
de doce mensualidades.
Fig. 5.1.
Fig. 5.1.Tipos de traslado definitivo.Tipos de traslado definitivo.
Requiere la apertura de un periodo previo de consultas con los representantes de los
Requiere la apertura de un periodo previo de consultas con los representantes de los
traba- jadores, no superi
jadores, no superior a quince días. Al igual que en los tror a quince días. Al igual que en los traslados individualesaslados individuales, también en este, también en este
caso los trabajadores deben ser notificados 30 días antes del traslado, y tienen las mismas
caso los trabajadores deben ser notificados 30 días antes del traslado, y tienen las mismas
opciones que en el caso de los traslados individuales. En los supuestos de ausencia de
opciones que en el caso de los traslados individuales. En los supuestos de ausencia de
repre-sentación legal de los trabajadores en la empresa, estos podrán atribuir su reprerepre-sentación,
sentación legal de los trabajadores en la empresa, estos podrán atribuir su representación,
para el periodo de consultas y la conclusión de un acuerdo, a una comisión designada.
para el periodo de consultas y la conclusión de un acuerdo, a una comisión designada.
Traslado colectivo: afecta a un grupo o a todos los trabajadores
Traslado colectivo: afecta a un grupo o a todos los trabajadores
de un centro de trabajo (Tabla 5.2).
de un centro de trabajo (Tabla 5.2).
Los desplazamientos temporales consisten en el
Los desplazamientos temporales consisten en el cambio temporal de centro de traba-cambio temporal de centro de traba- jo a una
jo a una población población distintadistinta a la residencia habitual del trabajador. El límite máximoa la residencia habitual del trabajador. El límite máximo de tiempo del desplazamiento es de doce meses en un periodo de tres años.
de tiempo del desplazamiento es de doce meses en un periodo de tres años.
Traslado colectivo
Traslado colectivo
Número de afectados
Número de afectados
Plantilla
Plantilla NúmeroNúmero
de trabajadores de trabajadores Menos Menos de 100 de 100 Mínimo 10Mínimo 10 Entre 100 Entre 100 y 299 y 299 Mínimo Mínimo 10 10 %% 3 3000 0 o o mmááss MMíínniimmo o 3300 Tabla 5.2.
Tabla 5.2.Número de afectados en unNúmero de afectados en un
traslado colectivo. traslado colectivo. Procedimiento para Procedimiento para calcular indemnizaciones calcular indemnizaciones 1.
1. Comprobar la antigüedaComprobar la antigüedad del traba-d del
traba- jador en la empresa.
jador en la empresa.
2.
2. Hallar el salario/día que cobra el Hallar el salario/día que cobra el
trabajador.
trabajador.
•
• Salario Salario díadía55salario anual salario anual
(incluyendo las pagas
(incluyendo las pagas
extraordi-narias) / 365 días.
narias) / 365 días.
3.
3. Comprobar el número de Comprobar el número de días dedías de
indemnización que le corresponden
indemnización que le corresponden
según el tipo de modicación o el
según el tipo de modicación o el
tipo de extinción que ha sufrido.
tipo de extinción que ha sufrido.
4.
4. Multiplicar el Multiplicar el salario diario por el salario diario por el
número de días de la indemnización
número de días de la indemnización
y por el número de años tr
y por el número de años trabajados.abajados.
5. Indemnización
5. Indemnización55salario diariosalario diario••
número de días de la
número de días de la indemnizaciónindemnización
•
•número de años trabajados.número de años trabajados.
Tabla 5.3.
Tabla 5.3.Procedimiento para calcularProcedimiento para calcular
indemnizaciones.
indemnizaciones.
Un trabajador ha recibido la orden de sustituir a un subalterno Un trabajador ha recibido la orden de sustituir a un subalterno por necesidade
por necesidades de la acs de la actividad productiva, ya que este no hatividad productiva, ya que este no ha acudido al trabajo por encontrarse indispuesto.
acudido al trabajo por encontrarse indispuesto. a)
a) ¿Puede el empresario ordenar a este trabajador que realice¿Puede el empresario ordenar a este trabajador que realice una función inferior a las de su grupo?
una función inferior a las de su grupo? b)
b) ¿Qué salario le corresponderá a este trabajador durante el ¿Qué salario le corresponderá a este trabajador durante el tiempo en que desarrolle las nuevas funciones?
tiempo en que desarrolle las nuevas funciones?
Solución Solución a)
a) Según el ET, es posible encomendar funciones inferioresSegún el ET, es posible encomendar funciones inferiores a las del grupo siempre que existan razones técnicas u a las del grupo siempre que existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen, y por el tiempo organizativas que lo justifiquen, y por el tiempo impres-cindible para su realización.
cindible para su realización. b)
b) ¿Debe mante¿Debe mantenérsele al trabajador lnérsele al trabajador la retribuca retribución de origen?ión de origen? Caso práctico 1 Caso práctico 1
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5
5
1.3. Modificaciones sustanciales de las condiciones
1.3. Modificaciones sustanciales de las condiciones
de trabajo
de trabajo
La empresa puede acordar la
La empresa puede acordar la modificacin de las modificacin de las condicioncondiciones sustanciales de es sustanciales de trabajo cuandotrabajo cuando existan
existan probadas razonesprobadas razoneseconmicas,econmicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justi-técnicas, organizativas o de producción que lo justi-fiquen. Estas modificaciones pueden ser individuales o colectivas.
fiquen. Estas modificaciones pueden ser individuales o colectivas.
A.
A.
Modificaciones in
Modificaciones individual
dividual
es
es
Deberán ser comunicadas con 15 días de preaviso. El trabajador podrá optar entre: Deberán ser comunicadas con 15 días de preaviso. El trabajador podrá optar entre: •
• Aceptar la modificación.Aceptar la modificación. •
• Impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social.Impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social.Si la sentencia considera la modi-Si la sentencia considera la modi-ficación injustificada, el trabajador deberá ser repuesto en sus condiciones anteriores. ficación injustificada, el trabajador deberá ser repuesto en sus condiciones anteriores. •
• Extinguir el contratoExtinguir el contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año traba-y percibir una indemnización de 20 días de salario por año traba- jado, con un
jado, con un máximo de nueve mensualidades, cuando la modificacmáximo de nueve mensualidades, cuando la modificación afecte al horario,ión afecte al horario, la jornada, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración y cuantía salarial la jornada, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración y cuantía salarial y las funciones cuando excedan de los límites del artículo 39, ET.
y las funciones cuando excedan de los límites del artículo 39, ET.
B.
B.
Modificaciones de
Modificaciones de carácter colectivo
carácter colectivo
La decisión debe ir precedida de un
La decisión debe ir precedida de un periodo de consulta,periodo de consulta, de al menosde al menos 15 días,15 días, con loscon los representantes de los trabajadores, pudiéndose reclamar en contra de esta decisión en representantes de los trabajadores, pudiéndose reclamar en contra de esta decisión en con-flicto colectivo o de forma individual. Debe afectar a un número de trabajadores igual que el flicto colectivo o de forma individual. Debe afectar a un número de trabajadores igual que el establecido para el traslado colectivo.
establecido para el traslado colectivo.
Si no se llega a un acuerdo la decisión empresarial surtirá efectos en los 7 días siguientes a Si no se llega a un acuerdo la decisión empresarial surtirá efectos en los 7 días siguientes a su notificación.
su notificación. 2.
2. Explica razonadamente laExplica razonadamente la diferencia entre traslado y diferencia entre traslado y desplazamiento.
desplazamiento.
Actividades Actividades
Se consideran
Se consideranmodificaciomodificaciones nes sustancialessustancialeslas que afectan a las siguientes materias:las que afectan a las siguientes materias: jornada de
jornada de trabajo, hortrabajo, horario, régario, régimen de timen de trabajo rabajo a turnoa turnos, sists, sistemas de emas de remuneración remuneración yy cuantía salar
cuantía salarial, sistemas de trabajo, rendimiento y funciones, cuando el cambio excedaial, sistemas de trabajo, rendimiento y funciones, cuando el cambio exceda los límites de la movilidad funcional.
los límites de la movilidad funcional.
Importante
Importante
Se considera que existen razones
Se considera que existen razones
económicas, técnicas,
económicas, técnicas,
organizati-vas o de producción para realizar
vas o de producción para realizar
modificaciones sustanciales de
modificaciones sustanciales de
las condiciones de trabajo las que
las condiciones de trabajo las que
estén relacionadas con la
estén relacionadas con la
compe-titividad, productividad u
titividad, productividad u
organi-zación o del tr
zación o del trabajo en la empresa.abajo en la empresa.
La empresa PESA, SA traslada a un trabajador, de forma definitiva, a una de sus filiales La empresa PESA, SA traslada a un trabajador, de forma definitiva, a una de sus filiales en otra ciudad. El citado trabajador tiene una antigüedad en la empresa de ocho años. en otra ciudad. El citado trabajador tiene una antigüedad en la empresa de ocho años. Sabiendo que cobra un salario mensual, incluido el prorrateo de las pagas Sabiendo que cobra un salario mensual, incluido el prorrateo de las pagas extraordina-rias,
rias, de 1 de 1 200 200 €, ¿qué opc€, ¿qué opciones tiene iones tiene el trabel trabajador?ajador? Solución
Solución a)
a) Aceptar el traslado. La empresa deberá pagar los gastos ocasionados.Aceptar el traslado. La empresa deberá pagar los gastos ocasionados. b)
b) Extinguir el contrato y cobrar la indemnización correspondiente (20 días por añoExtinguir el contrato y cobrar la indemnización correspondiente (20 días por año trabajado). En este caso cobraría:
trabajado). En este caso cobraría: 20
20 ••88 55160 días160 días
Salario diario
Salario diario 551 2001 200•• 12 / 36512 / 36555 39,45 €/día39,45 €/día
Indemnización
Indemnización 55 39,4539,45•• 160160556 312,32 €6 312,32 €
c)
c) Acudir al Juzgado de lo Social. Si el traslado es declarado injustificado, el traba-Acudir al Juzgado de lo Social. Si el traslado es declarado injustificado, el traba- jador se
jador se reincorpora reincorpora al centro al centro de trde trabajo de abajo de origen origen o es o es indemnizado pindemnizado por despor despidoido improcedente.
improcedente.
Caso práctico 2 Caso práctico 2
5
5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Indemnización por modificación sustancial de las condiciones de trabajo Indemnización por modificación sustancial de las condiciones de trabajo Un trabajador de la empresa PISA, SA, y con una
Un trabajador de la empresa PISA, SA, y con una antigüedad en la empresa desde el 1antigüedad en la empresa desde el 1 de enero de 2000, percibe las siguientes retribuciones mensuales:
de enero de 2000, percibe las siguientes retribuciones mensuales: • • Salario: Salario: 700,00 700,00 €.€. • • Antigüedad: Antigüedad: 150,00 150,00 €.€. • • Incentivos: Incentivos: 85,00 85,00 €.€. •
• Dos pagas Dos pagas extrextraordinarias al aordinarias al ao, ao, cada una cada una equivalente al equivalente al salario mensual msalario mensual más laás la antigüedad. Estas pagas las percibe en los meses de junio y diciembre.
antigüedad. Estas pagas las percibe en los meses de junio y diciembre. El trabajador tiene un horario de jornada continuada, desde las 7.30 a 15.30 h. El trabajador tiene un horario de jornada continuada, desde las 7.30 a 15.30 h.
El día 30 de agosto de 2012 la dirección de la empresa le comunica que se le modifica El día 30 de agosto de 2012 la dirección de la empresa le comunica que se le modifica su jornada de trabajo, y que a partir del día 1 de octubre de 2012 esta será de 8.00 a su jornada de trabajo, y que a partir del día 1 de octubre de 2012 esta será de 8.00 a 13.00 y de 17.00 a 20.00 h.
13.00 y de 17.00 a 20.00 h.
El trabajador no está de acuerdo con la decisión y solicita la rescisión de su contrato El trabajador no está de acuerdo con la decisión y solicita la rescisión de su contrato con fecha 30 de septiembre.
con fecha 30 de septiembre.
Calcula la indemnización que corresponde a este trabajador. Calcula la indemnización que corresponde a este trabajador. Solución
Solución a)
a) Salario diario:Salario diario:
Para obtener el salario diario se procede a calcular el salario anual y se divide entre Para obtener el salario diario se procede a calcular el salario anual y se divide entre 365 días. Por tanto:
365 días. Por tanto: • • Salario Salario 700,00700,00•• 121255 8 400,00 €.8 400,00 €. • • Antigüedad Antigüedad 150,00150,00•• 121255 1 800,00 €.1 800,00 €. • • Incentivos Incentivos 85,0085,00•• 121255 1 020,00 €.1 020,00 €. •
• Pagas Pagas extrextra a (700,00(700,0011150,00)150,00) ••22 55 1 700,00 €.1 700,00 €.
Total
Total ... ... 12 920,00 12 920,00 €.€. Salario diario
Salario diario55 12 12 920,00 / 920,00 / 36536555 35,40 €/día35,40 €/día b)
b) Días que le corresponden de indemnización:Días que le corresponden de indemnización:
Desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2011
Desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2011 5512 aos.12 aos. 12
12•• 202055 240 días le corresponden de indemnización240 días le corresponden de indemnización
Desde el 1 de enero de 2012 hasta el 30 de septiembre de 2012
Desde el 1 de enero de 2012 hasta el 30 de septiembre de 2012 55 9 meses.9 meses. Si a 12 meses le corresponde 20 días de indemnización, a 9 meses
Si a 12 meses le corresponde 20 días de indemnización, a 9 meses •• días de indemni-días de
indemni-zación: zación: x
x 5599 ••20 / 1220 / 1255 15 días de indemnización.15 días de indemnización.
240
240 11151555 255 días255 días
(No se supera el límite máximo establecido de 9 mensualidades, es decir, 270 días). (No se supera el límite máximo establecido de 9 mensualidades, es decir, 270 días). c)
c) La indemnización será, pues:La indemnización será, pues: 35,40 €/día
35,40 €/día••255 días255 días55 9 027 €9 027 €
Nota: esta indemnización no tiene ningún descuento, es decir, ni retenciones por IRPF Nota: esta indemnización no tiene ningún descuento, es decir, ni retenciones por IRPF ni por cotización a la Seguridad Social.
ni por cotización a la Seguridad Social.
Caso práctico 3 Caso práctico 3
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5
5
2. Suspensión del contrato de trabajo
2. Suspensión del contrato de trabajo
Cuando se produce la
Cuando se produce la suspensión del contrato de trabajo, cesan las obligaciones principalessuspensión del contrato de trabajo, cesan las obligaciones principales del mismo: el empresario no tiene la obligación de satisfacer el salario del trabajador y este del mismo: el empresario no tiene la obligación de satisfacer el salario del trabajador y este no le presta sus servicios. El trabajador conserva el derecho a volver a su puesto de trabajo no le presta sus servicios. El trabajador conserva el derecho a volver a su puesto de trabajo en las mismas o similares condiciones a las que tena anteriormente cuando desaparezca la en las mismas o similares condiciones a las que tena anteriormente cuando desaparezca la causa que motivó la suspensión.
causa que motivó la suspensión. Se entiende por
Se entiende por suspensión del contratosuspensión del contrato la interrupción temporal de la prestaciónla interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador.
laboral sin que quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador.
CD y CEO
CD y CEO
En la Zona educativa Sage del
En la Zona educativa Sage del
CD del alumno, puedes
CD del alumno, puedes
practi-car con la versión educativa de
car con la versión educativa de
NominaPlus, y consultar las
NominaPlus, y consultar las
simu-laciones desarrolladas en lo que
laciones desarrolladas en lo que
respecta a las modificaciones de
respecta a las modificaciones de
contrato (como en el Caso
contrato (como en el Caso prác-
prác-tico 3 que acabas de ver), o en
tico 3 que acabas de ver), o en
otros aspectos como la
otros aspectos como la
suspen-sión y
sión y cálculo de finiquitos, comocálculo de finiquitos, como
verás más adelante en el Caso
verás más adelante en el Caso
práctico 5).
práctico 5).
Causas de la
Causas de la suspensiósuspensiónn
Mutuo acuerdo entre las partes.
Mutuo acuerdo entre las partes.
Las consignadas válidamente en el
Las consignadas válidamente en el contrato.contrato.
Incapacidad temporal de los trabajadores.
Incapacidad temporal de los trabajadores.
Maternidad o paternidad. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante
Maternidad o paternidad. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactla lactancia natural de un menorancia natural de un menor
de nueve meses.
de nueve meses.Adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente o simple, siempre que suAdopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente o simple, siempre que su
duración no sea inferior a un
duración no sea inferior a unaño, de menores de seis años o de menores de edad que sean mayores deaño, de menores de seis años o de menores de edad que sean mayores de
seis años cuando se trate de
seis años cuando se trate de niños discapacitados.niños discapacitados.
Ejercicio de cargo pblico representativo.
Ejercicio de cargo pblico representativo.
Privación de libertad del tr
Privación de libertad del trabajador mientras no exista sentencia condenatoria. Cuando exista sen-abajador mientras no exista sentencia condenatoria. Cuando exista
sen-tencia condenatoria, el empresario puede proceder al despido del trabajador por faltas
tencia condenatoria, el empresario puede proceder al despido del trabajador por faltas reiteradas dereiteradas de
asistencia al trabajo.
asistencia al trabajo.
Suspensión de empleo y sueldo por ra
Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.zones disciplinarias.
Fuerza mayor temporal que imposibilite la prestación de
Fuerza mayor temporal que imposibilite la prestación de trabajo.trabajo.
Causas económicas,
Causas económicas,técnicas, organizativas o detécnicas, organizativas o deproducción. El empresarioproducción. El empresarioestá obligado a abrir unestá obligado a abrir un
periodo de consulta con los representantes de los tr
periodo de consulta con los representantes de los trabajadores y a comunicarlo a la autoridad laboral.abajadores y a comunicarlo a la autoridad laboral.
Excedencia forzosa.
Excedencia forzosa.
Por el ejercicio del derecho de huelga.
Por el ejercicio del derecho de huelga.
Cierre legal de la empresa.
Cierre legal de la empresa.
Por
Pordecisión de la tdecisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuenciarabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia
de ser vctima de violencia de
de ser vctima de violencia degénero.género.
Tabla 5.4.
Tabla 5.4. Causas de la suspensión del contrato de trabajo.Causas de la suspensión del contrato de trabajo.
3.
3.Explica razonadamente la diferencia entre laExplica razonadamente la diferencia entre la suspensión ysuspensión y la extinción del contrato de trabajo.
la extinción del contrato de trabajo. 4.
4. De los sDe los siguienteiguientes supuestos, identifica s supuestos, identifica aquellos que cons-aquellos que cons-tituyan causa de suspensión del contrato de trabajo: tituyan causa de suspensión del contrato de trabajo: •
• Cierre legal Cierre legal de la de la empresa.empresa. •
• Trabajador Trabajador privprivado ado de de su su libertlibertad.ad.
•
• TrabajaTrabajador que ha sido elegido alcador que ha sido elegido alcalde de su municipio ylde de su municipio y las funciones del cargo sean incompatibles con su las funciones del cargo sean incompatibles con su hora-rio de trabajo.
rio de trabajo. •
• Abandono Abandono del del trabajo.trabajo. •
• Trabajador Trabajador que ante que ante una movilidaduna movilidadgeográfica acepta lageográfica acepta la indemnización. indemnización. • Enfermedad. • Enfermedad. Actividades Actividades
5
5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Excedencia
Excedencia
Es una causa de
Es una causa de suspensión del contrato de trabajo (art. 46 TRLET) que puede tener lassuspensión del contrato de trabajo (art. 46 TRLET) que puede tener las siguientes modalidades:
siguientes modalidades: excedencia voluntaria, excedencia forzosa, excedencia por cui-excedencia voluntaria, excedencia forzosa, excedencia por cui-dado de hijos
dado de hijosyyexcedencia por cuidado de familiaresexcedencia por cuidado de familiares (Tabla 5.5).(Tabla 5.5). El parentesco de una persona respecto a otra se determina por el
El parentesco de una persona respecto a otra se determina por el número de generacionesnúmero de generaciones que las separa (Tabla 5.6).
que las separa (Tabla 5.6). Clases de
Clases de
excedencia
excedencia MMoottiivvoo DDuurraacciióónn SSiittuuaacciióón n ddeel l ttrraabbaajjaaddoor r
Voluntaria
Voluntaria Necesidad del Necesidad del trabajadortrabajador..
Desde cuatro Desde cuatro meses a meses a cinco años. cinco años. •
• Requiere un Requiere un año año dedeantigüedad paraantigüedad para
poder solicitarla.
poder solicitarla.
•
• No cNo computa a omputa a efectos de efectos de antigüedad.antigüedad.
•
• No hay No hay reserva del reserva del puesto de puesto de trabajo,trabajo,
pero sí derecho preferente a la
pero sí derecho preferente a la
incor-poración.
poración.
•
• Podrá vPodrá volver olver a ser a ser ejercido tranejercido transcu-
scu-rridos cuatro años desde la anterior
rridos cuatro años desde la anterior
excedencia.
excedencia.
Forzosa
Forzosa
Elección para cargo
Elección para cargo
público, representativo y
público, representativo y
cuyo desempeño
cuyo desempeño
imposibi-lite la asistencia al trabajo.
lite la asistencia al trabajo.
Durante el Durante el ejercicio ejercicio del cargo del cargo público. público. •
• Computa Computa a ea efectos de fectos de antigüedad.antigüedad.
•
• Hay Hay reserva del reserva del puesto de puesto de trabajo.trabajo.
Cuidado Cuidado de hijos de hijos Nacimiento, adopción y Nacimiento, adopción y acogimiento de un hijo. acogimiento de un hijo. Hasta Hasta tres años. tres años. •
• Reserva dReserva del el puesto puesto de de trabajotrabajo
durante un año. El segundo y tercer
durante un año. El segundo y tercer
año no hay reserva del puesto de
año no hay reserva del puesto de
trabajo, pero sí derecho preferente a
trabajo, pero sí derecho preferente a
la incorporación.
la incorporación.
•
• Computa Computa a efea efectos de ctos de antigüedad.antigüedad.
Cuidado de
Cuidado de
un familiar
un familiar
Familiar hasta segundo
Familiar hasta segundo
grado por anidad o
grado por anidad o
con-sanguinidad, que no pueda
sanguinidad, que no pueda
valerse por sí mismo y que
valerse por sí mismo y que
no desempeñe ninguna no desempeñe ninguna actividad retributiva. actividad retributiva. Hasta Hasta dos años. dos años. •
• Computa Computa a ea efectos de fectos de antigüedad.antigüedad.
•
• Durante eDurante el primer l primer año se año se reserva el reserva el
puesto de trabajo.
puesto de trabajo.
Tabla 5.5.
Tabla 5.5.Excedencias.Excedencias.
G
Grraaddoo TTiittuullaarr//ccóónnyyuuggee
1.º
1.º Padres, suegros, hijos,Padres, suegros, hijos,
yerno/nuera.
yerno/nuera.
2.º
2.º Abuelos, hermanos,Abuelos, hermanos,
cuñados, nietos.
cuñados, nietos.
3.º
3.º Bisabuelos, tíos, sobrinos,Bisabuelos, tíos, sobrinos,
bisnietos.
bisnietos.
4
4..ºº PPrriimmooss..
Tabla 5.6.
Tabla 5.6.Grados de parentesco.Grados de parentesco.
Un trabajador decide solicitar una excedencia para el cuidado de su madre, que está Un trabajador decide solicitar una excedencia para el cuidado de su madre, que está gravemente enferma.
gravemente enferma. a)
a) ¿Tiene derecho a solicitar la excedencia?¿Tiene derecho a solicitar la excedencia? b)
b) ¿Qué duración máxima podría tener?¿Qué duración máxima podría tener? c)
c) ¿Tendría derecho a percibir alguna retribución?¿Tendría derecho a percibir alguna retribución? Solución
Solución a)
a) Le correspondería el derecho a una excedencia para cuidado de familiares, puestoLe correspondería el derecho a una excedencia para cuidado de familiares, puesto que se trata de un familiar hasta segundo grado de consaguinidad.
que se trata de un familiar hasta segundo grado de consaguinidad. b)
b) La duración de lLa duración de la excedencia sería como máximo de a excedencia sería como máximo de 2 años. Una vez finalizada ten-2 años. Una vez finalizada ten-dría derecho a reincorporars
dría derecho a reincorporarse al mismo puesto de e al mismo puesto de trabajo que venía desempeñando.trabajo que venía desempeñando. c)
c) La excedencia es una causa de suspLa excedencia es una causa de suspensión del contrato de trabajo, con lo que cesanensión del contrato de trabajo, con lo que cesan las obligaciones principales que se derivan del contrato, como son las de trabajar las obligaciones principales que se derivan del contrato, como son las de trabajar y remunerar.
y remunerar.
Caso práctico 4
Caso práctico 4 ¿Sabías que…?¿Sabías que…?
Cada generación es un grado, y
Cada generación es un grado, y
la
la sucesión de gradossucesión de grados forma laforma la
línea de sucesión.
línea de sucesión.
La línea de sucesión puede ser
La línea de sucesión puede ser
recta o directa, formada por
recta o directa, formada por
per-sonas que ascienden o descienden
sonas que ascienden o descienden
unas de otras (abuelos, padres,
unas de otras (abuelos, padres,
hijos, nietos), o colateral,
hijos, nietos), o colateral,
forma-da por personas que proceden de
da por personas que proceden de
un mismo tronco común
un mismo tronco común
(herma-nos, tíos, sobrinos).
nos, tíos, sobrinos).
Además, esta línea de sucesión
Además, esta línea de sucesión
puede ser por
puede ser porconsanguinidad,consanguinidad,si sesi se
considera respecto a la
considera respecto a la propia fami-propia
fami-lia, y por
lia, y por afinidad,afinidad, cuando se hacecuando se hace
respecto a
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5
5
3. Extinción del contrato de trabajo
3. Extinción del contrato de trabajo
Las
Las causascausasde lade laextinción del contrato de trabajo se muestran en la Tabla 5.7:extinción del contrato de trabajo se muestran en la Tabla 5.7:
Cuando se extingue una relación laboral, el empresario debe comunicar a los trabajadores la Cuando se extingue una relación laboral, el empresario debe comunicar a los trabajadores la denuncia o preaviso de la extinción del contrato, y debe entregar una propuesta de denuncia o preaviso de la extinción del contrato, y debe entregar una propuesta de liquida-ción de las cantidades adeudadas: un documento conocido como
ción de las cantidades adeudadas: un documento conocido como finiquitofiniquito (Tabla 5.8).(Tabla 5.8). Una vez que el trabajador ha firmado el finiquito (puede solicitar para este acto l
Una vez que el trabajador ha firmado el finiquito (puede solicitar para este acto la presenciaa presencia de un representante de los trabajadores), se produce la extinción definitiva del contrato. de un representante de los trabajadores), se produce la extinción definitiva del contrato.
3.1. Extinción del contrato de trabajo por voluntad
3.1. Extinción del contrato de trabajo por voluntad
conjunta de empresario y trabajador
conjunta de empresario y trabajador
Esta causa de extinción supone la finalización de la relación laboral entre la empresa y el Esta causa de extinción supone la finalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador con la simple aceptación de las partes. Dentro de esta causa se engloban tres trabajador con la simple aceptación de las partes. Dentro de esta causa se engloban tres supuestos diferentes:
supuestos diferentes: •
• Mutuo acuerdo de las partes,Mutuo acuerdo de las partes,con petición de baja por parte del trcon petición de baja por parte del trabajador y aceptaciónabajador y aceptación del empresario. En este caso el trabajador no tendrá derecho a indemnización ni a la del empresario. En este caso el trabajador no tendrá derecho a indemnización ni a la percepción del desempleo.
percepción del desempleo. •
• Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto delPor expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.
contrato. Si el contrato tiene una duración superior a un año, la parte que formule laSi el contrato tiene una duración superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra par
denuncia está obligada a notificar a la otra parte la terminación del mismo con una ate la terminación del mismo con una anti- nti-cipación mínima de quince días, salvo que el convenio colec
cipación mínima de quince días, salvo que el convenio colectivo disponga algo diferente.tivo disponga algo diferente. •
• Por causas válidamente consignadas en el contrato,Por causas válidamente consignadas en el contrato,salvo que estas constituyan abusosalvo que estas constituyan abuso de derecho por parte del empresario.
de derecho por parte del empresario. La extinción del contrato de trabajo es la
La extinción del contrato de trabajo es la finalización de la relación laboral entre lafinalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador,
empresa y el trabajador, por la que desaparecen de forma definitiva las obligacionespor la que desaparecen de forma definitiva las obligaciones de ambas partes.
de ambas partes.
Por voluntad conjunta del
Por voluntad conjunta del
empresario
empresario
y el trabajador
y el trabajador
Mutuo acuerdo entre las partes.
Mutuo acuerdo entre las partes.
Causas consignadas válidamente en el
Causas consignadas válidamente en el contrato.contrato.
Expiración del tiempo convenido o realización de obra o serv
Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato.icio objeto del contrato.
Por voluntad
Por voluntad
del trabajador
del trabajador
Dimisión del
Dimisión del trabajadortrabajador..
Abandono.
Abandono.
Resolución por causas justas.
Resolución por causas justas.
Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empres
Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo los supuestos de fuerzario, salvo los supuestos de fuerza mayor.a mayor.
Por voluntad
Por voluntad
del empresario
del empresario
Despido disciplinario por incumplimiento grave y culpable del
Despido disciplinario por incumplimiento grave y culpable del trabajadortrabajador..
Despido por causas objetivas.
Despido por causas objetivas.
Despido colectivo y por f
Despido colectivo y por fuerza mayor.uerza mayor.
Por otras causas
Por otras causas
Muerte, incapacidad o jubilación del
Muerte, incapacidad o jubilación del trabajadortrabajador..
Muerte, incapacidad o jubilación del
Muerte, incapacidad o jubilación del empresario.empresario.
Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
Trabaja
Trabajadora víctima dora víctima de violencia de de violencia de género.género.
Tabla 5.7.
Tabla 5.7.Causas de la extinción del contrato de trabajo.Causas de la extinción del contrato de trabajo.
Finiquito Finiquito Conceptos Conceptos Días trabajados Días trabajados del mes del mes Pagas extraordinarias Pagas extraordinarias Vacaciones no Vacaciones no disfrutadas disfrutadas Indemnizaciones, Indemnizaciones, en su caso en su caso Preaviso, incumplido Preaviso, incumplido Retenciones Retenciones Cotización Cotización a la Seguridad Social a la Seguridad Social IRPF IRPF
Las indemnizaciones no tienen
Las indemnizaciones no tienen
retención si no superan los límites
retención si no superan los límites
establecidos legalmente, excepto
establecidos legalmente, excepto
la correspondiente a la
la correspondiente a la nalizaciónnalización
del contrato de obra y servicio y del
del contrato de obra y servicio y del
contrato eventual (que tributan en el
contrato eventual (que tributan en el
concepto de IRPF).
concepto de IRPF).
Tabla 5.8.
5
5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5.
5. ¿Tiene derecho a¿Tiene derecho a indemnizacin un trabajador que ha decindemnizacin un trabajador que ha decidido de mutuo acuerdoidido de mutuo acuerdo extinguir la relacin laboral? Razona la respuesta.
extinguir la relacin laboral? Razona la respuesta. 6.
6. Un trabajador presta sus serUn trabajador presta sus servicvicios en la empresa CESTA, SA desde el 1 ios en la empresa CESTA, SA desde el 1 de febrero dede febrero de 2012. El
2012. El día 15 de noviembre de 2012 comunica a la direccin de la empresa, a tra-día 15 de noviembre de 2012 comunica a la direccin de la empresa, a tra-vés de un preaviso escr
vés de un preaviso escrito, su voluntad de rescindir su relación laboral al fito, su voluntad de rescindir su relación laboral al finalizar lainalizar la jornada del
jornada del día 30 día 30 de noviembre dde noviembre de 201e 2012.2. ¿Es correcto el plazo de preaviso?
¿Es correcto el plazo de preaviso?
Actividades Actividades Juan Mediterráneo lleva prestando sus servicios en la
Juan Mediterráneo lleva prestando sus servicios en la socie-dad SEPA, SA desde el 1 de
dad SEPA, SA desde el 1 de enero de 2011enero de 2011, con un contrat, con un contrato deo de trabajo temporal por obra o servicio determinado, con trabajo temporal por obra o servicio determinado, con dura-ción hast
ción hasta el 31 de diciembre de 2012.a el 31 de diciembre de 2012.
Al recibir la nómina el día 31 de diciembre de 2012 se le Al recibir la nómina el día 31 de diciembre de 2012 se le comunica por escrito que desde ese mismo día queda comunica por escrito que desde ese mismo día queda extin-guida su relación laboral, presentándole la empresa el saldo guida su relación laboral, presentándole la empresa el saldo y finiquito.
y finiquito.
Juan no ha disfrutado de vacaciones, y percibe un salario Juan no ha disfrutado de vacaciones, y percibe un salario mensual de 800,00
mensual de 800,00 € y dos € y dos pagas expagas extraordinarias traordinarias (los meses(los meses de junio y
de junio y diciembre) de 800,00 diciembre) de 800,00 € cada € cada una.una. El IRPF es
El IRPF es del 10 del 10 %.%.
¿Qué saldo y finiquito le corresponde al trabajador? ¿Qué saldo y finiquito le corresponde al trabajador? Solucin
Solucin •
• Salario Salario del del mes mes en en curso:curso: Salario
Salario de dicde diciembre iembre ... . 800,00800,00 €.€. •
• Parte Parte proporcional proporcional de de pagas pagas extrextra:a: Paga ext
Paga extra diciembre ra diciembre ... ... 800,00 €.800,00 €. Paga extra junio 6/12
Paga extra junio 6/12•• 800 €800 €55... ... 400,00 €.400,00 €.
•
• Parte Parte proporcional proporcional de de vacaciones:vacaciones: Se abonan las cantidad
Se abonan las cantidades que cobra en un mes normal pores que cobra en un mes normal por aquellos conceptos que tienen carácter salarial, en este aquellos conceptos que tienen carácter salarial, en este caso ...
caso ... ... 800,00 800,00 €.€. •
• Indemnización Indemnización por finalización por finalización de de contrato: contrato: 8 8 días días porpor año de servicio, al celebrarse el contrato antes del día 31 año de servicio, al celebrarse el contrato antes del día 31 de diciembre d
de diciembre de 2011 (por 2 años, 16 días).e 2011 (por 2 años, 16 días).
Para calcular el salario/día del trabajador se Para calcular el salario/día del trabajador se conside-ran todos los conceptos que tienen carácter salarial, es ran todos los conceptos que tienen carácter salarial, es decir:
decir: Salario
Salario mes .mes ... ... 800,00 €.800,00 €. Prorrata pagas extra: 800
Prorrata pagas extra: 800 ••2/122/1255... .... 133,3133,33 €.3 €.
Total ... 933,33 €. Total ... 933,33 €. Salario/día: 933,33
Salario/día: 933,33•• 12/36512/36555... ... 30,68 €/día.30,68 €/día.
30,68 €
30,68 €•• 16 días16 días55... ... 490,490,96 96 €.€.
•
• Indemnización Indemnización por por no no haber haber notifnotificado icado el el despido en despido en el el momento oportuno, con 15 días de preaviso:
momento oportuno, con 15 días de preaviso: 30,68 30,68••151555... ... 460,20 €.460,20 €. Liquidación total Liquidación total ... 3 751,16 €... 3 751,16 €. (800 (80011 800800 11400400 11 800800 11490,96490,9611460,20)460,20) Descuentos: Descuentos: – – IRPF IRPF 10 10 % % s/ s/ 3 290,3 290,96 96 ... ... 329,329,10 10 €.€. – Seguridad Social – Seguridad Social BCC (800 BCC (800 11 133,33133,3311800) 800) 1 1 733,33733,33 4,7 4,7 % % s/ s/ 1 733,331 733,3355 81,47 €.81,47 €. 1,7 1,7 % % s/ s/ 1 733,31 733,333 55 29,47 €.29,47 €. Total ... 110,94 €. Total ... 110,94 €. Total descu
Total descuentos entos ... ... 440,04 440,04 €.€. •
• Líquido Líquido que que percibirá percibirá el el trabajador:trabajador: 3 751,16
3 751,1622 440,04440,0455 33311,12 €.311,12 €.
Caso práctico 5 Caso práctico 5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
5
5
3.2.
3.2.
Extinción del contrato por v
Extinción del contrato por v
oluntad del trabaja
oluntad del trabaja
dor
dor
El trabajador puede libremente extinguir por iniciativ
El trabajador puede libremente extinguir por iniciativa propia el contrato en los siguientesa propia el contrato en los siguientescasos:casos: •
• Dimisión.Dimisión. Es unaEs una extinción del contrato por voluntad del trabajador sinextinción del contrato por voluntad del trabajador sin que exista unaque exista una causa que lo justifique. Debe mediar el plazo de preaviso que señale el convenio causa que lo justifique. Debe mediar el plazo de preaviso que señale el convenio colecti-vo, contrato y, en su defecto, según costumbre del lugar (generalmente quince días). La vo, contrato y, en su defecto, según costumbre del lugar (generalmente quince días). La insuficiencia o falta de preaviso puede dar lugar a que se descuenten en el finiquito las insuficiencia o falta de preaviso puede dar lugar a que se descuenten en el finiquito las cantidades previstas en el convenio correspondiente. El trabajador que dimite no tiene cantidades previstas en el convenio correspondiente. El trabajador que dimite no tiene derecho a indemnización ni a percibir la prestación por desempleo.
derecho a indemnización ni a percibir la prestación por desempleo. •
• Abandono.Abandono. El trabajador abandona el trabajo con la intención de extinguir el contrato,El trabajador abandona el trabajo con la intención de extinguir el contrato, sin preaviso. En este caso el empresario puede reclamarle daños y perjuicios.
sin preaviso. En este caso el empresario puede reclamarle daños y perjuicios. •
• Resolución por causa justificada.Resolución por causa justificada.El trabajador puede solicitar la extincEl trabajador puede solicitar la extinción del contratoión del contrato argumentando el incumplimiento contractual del empresario cuando concurran algunas argumentando el incumplimiento contractual del empresario cuando concurran algunas de las siguientes causas:
de las siguientes causas: –
– Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajoModificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en per-que redunden en per- juicio de su for
juicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.mación profesional o en menoscabo de su dignidad. –
– Falta de pagoFalta de pagoo retrasos continuados en el abono del salario.o retrasos continuados en el abono del salario. –
– Cualquier otro incumplimiento grave por parte del empresario,Cualquier otro incumplimiento grave por parte del empresario, salvo los supues-salvo los supues-tos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en tos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en los supuestos de movilidad geográfica y
los supuestos de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condicionesmodificación sustancial de las condiciones de trabajo cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados. de trabajo cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados. En estos casos el trabajador tiene que solicitar la extinción de su relación laboral en En estos casos el trabajador tiene que solicitar la extinción de su relación laboral en el Juzgado de lo Social. Asimismo tiene derecho a una indemnización de 33 días de el Juzgado de lo Social. Asimismo tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.
salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.
3.3. Extinción del contrato por voluntad del
3.3. Extinción del contrato por voluntad del
empresario
empresario
Entre las causas de ex
Entre las causas de extinción de las relaciones labortinción de las relaciones laborales, el Estatuto de los Trabajadores con-ales, el Estatuto de los Trabajadores con-templa una serie de incumplimientos graves del trabajador, así como la concurrencia de causas templa una serie de incumplimientos graves del trabajador, así como la concurrencia de causas objetivas que imposibiliten la relación laboral, tanto individual como colectiva, o el desarrollo objetivas que imposibiliten la relación laboral, tanto individual como colectiva, o el desarrollo de la actividad empresarial. Estas situaciones dan lugar a los siguientes
de la actividad empresarial. Estas situaciones dan lugar a los siguientes tipostipos de despidos:de despidos:
A.
A.
Despido colecti
Despido colecti
vo
vo
El empresario que tenga la intención de realizar un despido colecti
El empresario que tenga la intención de realizar un despido colectivo deberá proceder a reali-vo deberá proceder a reali-zar la ex
zar la extinción de los contrtinción de los contratos según el procedimiento de regatos según el procedimiento de regulación de empleo (Fig. 5.2.)ulación de empleo (Fig. 5.2.).. Se abonará una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un límite de Se abonará una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un límite de 12 mensualidades.
12 mensualidades. Las causas
Las causas de despido colectivo son las de despido colectivo son las siguientessiguientes:: •
• Causas Causas económicas,económicas,cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situacióncuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. Se entenderá o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. Se entenderá que la disminución es persistente si, durante tres trimestres consecutivos, el nivel de que la disminución es persistente si, durante tres trimestres consecutivos, el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo tri-mestre del año anterior.
mestre del año anterior. •
• Causastécnicas,Causastécnicas,cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medioscuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.
o instrumentos de producción. •
• Causasorganizativas,Causasorganizativas, cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de loscuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción. sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción. •
• Causasproductivas,Causasproductivas, cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de loscuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
La extinción de los contratos de trabajo debe estar fundamentada en causas La extinción de los contratos de trabajo debe estar fundamentada en causas económi-cas, técnieconómi-cas, organizativas o de producción, derivadas de
cas, técnicas, organizativas o de producción, derivadas de causasdefuerzamayor causasdefuerzamayor queque imposibiliten definitivamente la continuidad de la empresa.
imposibiliten definitivamente la continuidad de la empresa.
Despidocolectivo
Despidocolectivo
Plantilla
Plantilla NúmeroNúmero
detrabajadores detrabajadores M Meennoos s dde e 110000 MMíínniimmo o 1100 E Ennttrre e 11000 0 y y 229999 MMíínniimmo o 110 0 %% 3 3000 0 o o mmááss MMíínniimmo o 3300 Tabla 5.9.
Tabla 5.9.Límites para considerarse elLímites para considerarse el
despido colectivo.
despido colectivo.
Importante
Importante
Mediante convenio colectivo o
Mediante convenio colectivo o
acuerdo alcanzado durante el
acuerdo alcanzado durante el
periodo de consultas en la
periodo de consultas en la
trami-tación del expediente regulatorio
tación del expediente regulatorio
de empleo se podrán
de empleo se podrán
estable-cer prioridades de
cer prioridades de permanenpermanenciacia
a favor de trabajadores de otros
a favor de trabajadores de otros
colectivos, tales como
colectivos, tales como
trabajado-res con cargas familiatrabajado-res, mayotrabajado-res
res con cargas familiares, mayores
de determinada edad o p
de determinada edad o personasersonas
con discapacidad.
5
5
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo
Fig. 5.2.
Fig. 5.2.Tramitación del expedTramitación del expediente de regulación de empleo.iente de regulación de empleo.
Periodo de consultas con los
Periodo de consultas con los
representante
representantes de s de los trabajadoreslos trabajadores
El empresario comunica
El empresario comunica
a la autoridad laboral el
a la autoridad laboral el resultadoresultado
del periodo de consultas
del periodo de consultas
Comunicación a los
Comunicación a los
representante
representantes de s de los trabajadoreslos trabajadores
de la apertura del periodo de
de la apertura del periodo de
consultas.
consultas.
Se dará traslado, a la autoridad
Se dará traslado, a la autoridad
laboral, de una copia del escrito de
laboral, de una copia del escrito de
apertura del periodo de consultas.
apertura del periodo de consultas.
ElEREdeberá
ElEREdeberáacompañarsedeacompañarsedeunamemoriunamemoriaa
explicativa
explicativadelascausasdedelascausasdeldespidocolectildespidocolectivo,vo,
asícomode
asícomodeloscriteriosloscriteriostenidosenctenidosencuentaparauentapara
la designación de los
la designación de los trabajadores afectadostrabajadores afectados
por la reforma, entre otros aspectos.
por la reforma, entre otros aspectos.
Duración no superior a 30 das
Duración no superior a 30 das
naturales o de 15 en empresas
naturales o de 15 en empresas
de menos de 50 trabajadores
de menos de 50 trabajadores
Deber de ambas partes
Deber de ambas partes de negociar de buena fede negociar de buena fe
Sin acuerdo
Sin acuerdo
Acuerdo
Acuerdo Traslada a la Autoridad laboral copia ntegraTraslada a la Autoridad laboral copia ntegradel acuerdodel acuerdo
La empresa remite a los representantes de los
La empresa remite a los representantes de los
trabajadores y a la autoridad laboral la decisión
trabajadores y a la autoridad laboral la decisión
final de despido colectivo que haya adoptado.
final de despido colectivo que haya adoptado.
B.
B.
Exti
Exti
nción del
nción del contrato por
contrato por causas objetivas
causas objetivas
Se puede producir cuando concurren
Se puede producir cuando concurren circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador ycircunstancias ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario.
del empresario.EstasEstas causascausasson:son: •
• LaLa ineptitudineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a sudel trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocacióncolocación efectiva en la empresa. Si se conoce esa ineptitud durante el periodo de prueba, no se efectiva en la empresa. Si se conoce esa ineptitud durante el periodo de prueba, no se puede alegar con posterioridad.
puede alegar con posterioridad. •
• LaLa falta de adaptaciónfalta de adaptación del trabajador a las modificacionesdel trabajador a las modificaciones técnicas operadas en sutécnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables. Previamente el empresario puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables. Previamente el empresario deberá ofrecer al trabajador un curso dirigido a facilitar la
deberá ofrecer al trabajador un curso dirigido a facilitar la adaptación a las modifica-adaptación a las modifica-ciones operadas. Durante la formación, el contrato de trabajo
ciones operadas. Durante la formación, el contrato de trabajo quedará en suspenso y el quedará en suspenso y el empresario abonará al trabajador el salario medio que viniera percibiendo. La
empresario abonará al trabajador el salario medio que viniera percibiendo. La extinciónextinción no
nopodrá ser acordada por el empresario hasta que hayan trpodrá ser acordada por el empresario hasta que hayan transcurrido, comoanscurrido, como mínimo, dosmínimo, dos meses desde que se introdujo la modificación o desde que finalizó la formación dirigida meses desde que se introdujo la modificación o desde que finalizó la formación dirigida a la adaptación.
a la adaptación. • Las
• Las amortizaciones de puestos de trabajoamortizaciones de puestos de trabajo por causas económicas,por causas económicas, técnicas, organi-técnicas, organi-zativas o de
zativas o deproducción, y enproducción, y en nmero inferior al establecido para el despido colectivo.nmero inferior al establecido para el despido colectivo. • Las
• Las faltas de asistencia,faltas de asistencia, an justifan justificadas pero intericadas pero intermitentes, que alcancen el 20 mitentes, que alcancen el 20 % de% de las jornadas
las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asis-hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asis-tencia en los
tencia en los doce meses anterdoce meses anteriores alcance el 5 iores alcance el 5 de las de las jornadas hábiles, o el jornadas hábiles, o el 25 25 en en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses hábiles.
cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses hábiles.
No se computarán como faltas de asistencia las ausencias debidas a huelga legal, No se computarán como faltas de asistencia las ausencias debidas a huelga legal, ejerci-cio de actividades de
cio de actividades de representación legal, accidente de trabajo, maternidad, licencias yrepresentación legal, accidente de trabajo, maternidad, licencias y vacaciones, ni enfermedad o accidente no laboral cuando la baja tenga una duración de vacaciones, ni enfermedad o accidente no laboral cuando la baja tenga una duración de más de 20
más de 20 días consecutivos, ni las bajas motivadas por causas derivadas de la violenciadías consecutivos, ni las bajas motivadas por causas derivadas de la violencia de
de género debidamente acreditadas, ni las faltas para recibir tratamientos de cáncer ogénero debidamente acreditadas, ni las faltas para recibir tratamientos de cáncer o enfermedad grave.
enfermedad grave. •
• Insuficiencia de Insuficiencia de consignacióconsignación n presupuepresupuestariastariapara lapara la ejecución de planes y programasejecución de planes y programas pblicos, es decir, en aquellas situaciones en que las cantidades asignadas se agoten pblicos, es decir, en aquellas situaciones en que las cantidades asignadas se agoten antes de su
antes de su finalización.finalización.
7
7..Accede a laAccede a la página webpágina web www.meyss.es
www.meyss.es y com-y com-prueba cuántos prueba cuántos expedien-tes de
tes deregulación de empleoregulación de empleo y
y nmero de trabajadoresnmero de trabajadores afectados ha habido en tu afectados ha habido en tu comunidad en el ltimo ao. comunidad en el ltimo ao.
Actividades Actividades