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CONVOCATORIA. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No

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(1)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, con domicilio fiscal en Av. Insurgentes Sur No. 1931, Col. Guadalupe Inn,

Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, México, D. F., con fundamento en lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 26 Fracción I, 26 bis Fracción III y 28 Fracción I de la Ley de Adquisicio nes,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, convoca a las personas morales de nacionalidad mexicana, que no se encuentren en los

supuestos de los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector Público, cuya actividad

comercial esté relacionada con la prestación de los servicios descritos en el anexo 1, para participar en la Licitación con plazos

recortados, citada al rubro, de conformidad con las siguientes:

BASES

1.

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS PARA EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.

1.1

SAE: Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

1.2

Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

1.3

Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

1.4

Proposiciones: Ofertas o Propuestas, que presenten los Licitantes para participar en la presente Licitación.

1.5

Proveedor: Persona moral con la que se formalice el Contrato derivado de la presente Licitación.

1.6

Licitante: Persona que participe en este procedimiento, interesada en presentar Proposición

1.7

Representante: Representante legal del Licitante.

1.8

Contrato: Documento legal en el que se establecen las condiciones y/o cláusulas relativas a la prestación del servicio.

1.9

OIC: Órgano Interno de Control en el SAE.

1.10

CPARM: Coordinación de Planeación de Adquisiciones y Recursos Materiales.

1.11

ATRMA: Administración Titular de Recursos Materiales.

1.12

Área de Adquisiciones: Área adscrita a la Administración Titular de Recursos Materiales del SAE.

1.13

Área Solicitante:

 Partida 1: Dirección Ejecutiva de recursos Humanos.

 Partidas 2: Coordinación de Planeación de Adquisiciones y Recursos Materiales

 Partidas 3: Dirección Ejecutiva de recursos Humanos.

 Partida 4: Coordinación de Control de Bienes.

2.

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

2.1

Descripción general:

PARTIDA DESCRIPCIÓN GENERAL UNIDAD

DE MEDIDA

CANTIDAD PRESUPUESTO (No incluye IVA)

MÍNIMO MÁXIMO

1

Servicios

institucional.

de

seguros

de

responsabilidad

Servicio

1

$8´000,000.00 $20´000,000.00

2

Servicios de seguros de Bienes patrimoniales.

Servicio

1

No aplica

3

Servicios de seguros de vida.

Servicio

1

$2,680,000.00 $6,700,000.00 4

Servicio de seguros para bienes en administración

y/o custodia.

No aplica

2.2 La descripción pormenorizada, requisitos para participación y el modelo de contrato se encuentran contenidos en el anexo

1 de la presente.

3.

NORMATIVIDAD APLICABLE:

3.1

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

3.2

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

3.3

Lineamientos para la Contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales a cargo de las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1994, complementados

en el Diario Oficial de la Federación del 19 de agosto de 1994, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

(únicamente partidas 1, 2 y 3).

3.4

Lineamientos que deberán observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los

procedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas publicados en el Diario Oficial de la

Federación el día 4 de agosto de 1997, (únicamente partidas 1, 2 y 3).

(2)

3.5

Lineamientos relativos a la contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas que realicen las Dependencias y

Entidades de la Administración Pública Federal emitidos por la Secretaría de la Función Pública, y publicados en el Diario

Oficial de la Federación el día 24 de octubre de 2003, (únicamente partidas 1, 2 y 3)

3.6

Demás disposiciones vigentes aplicables en la materia.

4.

INFORMACIÓN GENERAL

4.1

Ubicación del SAE y áreas:

4.1.1

Inmueble del SAE: Insurgentes Sur 1931, Col. Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F., C.P.

01020.

4.1.2

Dirección General de Inconformidades de la Secretaría de la Función Pública: Insurgentes Sur 1735, Col.

Guadalupe Inn, Del. Álvaro Obregón, C.P. 01020, México, D.F. Tel. 2000-3000

4.1.3

OIC, Inmueble del SAE, piso 3.

4.1.4

CPARM: inmueble del SAE, piso 1.

4.1.5

Sala de Juntas de la CPARM: inmueble del SAE, piso 1.

4.1.6

ATRMA: Inmueble del SAE, piso 1.

4.1.7

Área de Adquisiciones: Inmueble del SAE, piso 1.

4.1.8

Área solicitante; Inmueble del SAE, piso 10, Correo Electrónico [email protected].

4.2

Programa de actos y actividades:

ACTO O ACTIVIDAD FECHA HORA LUGAR

4.2.1 Acto de la primera junta de aclaraciones (Asistencia no obligatoria para los licitantes)

9 de diciembre de 2009 xx:00 horas. Sala de juntas de la Coordinación de Planeación de Adquisiciones y Recursos

Materiales

4.2.2 Revisión preliminar de documentación distinta a las Proposiciones (No obligatoria para los licitantes)

Un día hábil previo al acto de presentación de

Proposiciones.

10:00 a 13:00 horas. Área de adquisiciones.

15 de diciembre de 2009 De 9:00 a 9:45 horas.

4.2.3 Acto de presentación y apertura de Proposiciones (Asistencia obligatoria para los licitantes que presenten su Proposición en papel)

15 de diciembre de 2009 10:00 horas. Sala de juntas de la Coordinación de Planeación de Adquisiciones y Recursos

Materiales

4.2.4 Acto de fallo (Asistencia no obligatoria para los licitantes) 22 de diciembre de 2009 13:00 horas. Sala de juntas de la Coordinación de Planeación de Adquisiciones y Recursos

Materiales

4.2.5 Entrega de fotocopia y presentación de original para cotejo de los documentos con los que acredite su existencia legal y las facultades de su

representante. (Obligatorio para el o los licitantes adjudicados)

Previo a la formalización del contrato

De 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas. (días hábiles)

Área de adquisiciones

4.2.6 Entrega de acuse de solicitud de opinión enviada al SAT (Obligatorio para el o los licitantes adjudicados)

Previo a la formalización del contrato

De 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas. (días hábiles)

Área solicitante

4.2.7 Firma de contratos (Obligatorio para el o los licitantes adjudicados) Fecha limite 28 de Diciembre de 2009 Fecha límite.

De 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas. (días hábiles)

Área solicitante

4.3

Las actas de junta de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de Proposiciones, y de la junta pública en la que se

dé a conocer el fallo, serán firmadas por los licitantes que asistan. La falta de firma de alguno de ellos no les restará validez

o efectos a las mismas.

4.4

Al finalizar cada acto, se fijará un ejemplar del acta correspondiente en el pizarrón de informes, ubicado en el Área de

Adquisiciones del SAE, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas

actas en Compranet, para efectos de su notificación a los Licitantes que no hayan asistido. Este procedimiento sustituirá a

la notificación personal.

4.5

En los actos públicos de esta Licitación, podrán estar presentes los Licitantes cuyas Proposiciones hayan sido desechadas

durante el procedimiento de contratación, las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no

Gubernamentales, así como cualquier persona física que manifieste su interés de estar presente, en calidad de observador,

con la condición de que registren su asistencia y se abstengan de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.6

El uso de medios remotos de comunicación electrónica se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley y su

Reglamento, así como los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública. Por lo que los Licitantes que

decidan participar por dichos medios, aceptan:

(3)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

4.6.1

Que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.

4.6.2

Que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten, cuando estos se encuentren a su disposición

a través de Compranet.

4.6.3

Que será motivo de que la Secretaría de la Función Pública invalide su certificado digital, cuando haga mal uso de

la red privada de comunicaciones de Compranet.

4.7

Los Licitantes reconocen como propia y auténtica, la información que por medios remotos de comunicación electrónica

envíen a través de Compranet, y que a su vez, se distinga por el medio de identificación electrónica que les certifique la

Secretaría de la Función Pública. En dicha información quedarán comprendidas las propuestas técnica y económica; la

documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad requeridas por el SAE.

4.8

En su caso, los Licitantes deberán indicar por escrito la documentación correspondiente a sus Proposiciones, que de

conformidad con el artículo 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,

tenga el carácter de confidencial, reservada o comercial reservada, lo cual deberán indicar en cada documento. No tendrán

este carácter los documentos que conforme a la Ley se tengan que difundir por algún medio, durante o después de

concluido el presente procedimiento.

4.9

Las Proposiciones desechadas podrán ser devueltas a los Licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días

naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo; salvo que exista alguna inconformidad en

trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias

subsecuentes. Agotados dichos términos, el SAE podrá proceder a su devolución o destrucción.

4.10

En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del

licitante o Proveedor según sea el caso. Salvo que exista impedimento, la estipulación de que los derechos inherentes a la

propiedad intelectual, que se deriven de los servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones contratados,

invariablemente se constituirán a favor de la dependencia o de la entidad, según corresponda, en términos de las

disposiciones legales aplicables.

4.11

Las condiciones contenidas en la presente Convocatoria y en las Proposiciones de los Licitantes, no podrán ser

negociadas.

4.12

La información sobre este procedimiento de Licitación, se podrá solicitar directamente al Área de Adquisiciones o vía

telefónica al número 1719-1925, en un horario de 9:30 a 13:30 y de 15:30 a 17:30 horas de lunes a viernes.

5.

ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES: este acto se llevará, conforme a lo siguiente:

5.1

Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un

escrito, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando

en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante conforme a lo siguiente:

5.1.1

(Nombre de la persona que solicita aclaraciones) expreso mi interés en participar en la presente licitación, en representación del licitante cuyos datos generales se indican a continuación:

(Nombre del representante legal), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la Proposición en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de: (Persona Moral).

No. De Licitación: _________________________

1.- REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL LICITANTE: *

2.- DOMICILIO DEL LICITANTE: (Calle; Número Exterior e Interior; Colonia; Delegación o Municipio; Código Postal; Entidad Federativa)

3.- TELÉFONO: 4.-FAX: 5.-CORREO ELECTRÓNICO:

* * * *

6.- DATOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA:

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario: Número del notario: lugar del notario: 7.- REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA Y DATOS DE LA ESCRITURA EN LA QUE CONSTAN:

Descripción general de la reforma o modificación

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario:

Número del notario:

Lugar del notario:

Agregar las filas que sean necesarias

8.-DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL *

(4)

Nombre (s) Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Agregar las filas que sean necesarias

10- DATOS DEL REPRESENTANTE DEL LICITANTE Y DEL DOCUMENTO EN EL QUE LE FUERON OTORGADAS LAS FACULTADES Nombre Completo

(Representante)

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario: Número del notario: Lugar del notario: Protesto lo necesario Nombre y firma del Representante Legal

________________________________________ Firma de la persona que solicita aclaraciones.

5.1.2

Escrito independiente al del punto anterior, por medio del cual formulen sus preguntas, el cual deberá contener el

número de licitación, el nombre del Licitantes, y el nombre y firma de la persona que formula las preguntas, así

mismo las preguntas deberán estar numeradas, para lo cual se recomienda utilizar preferentemente el siguiente

formato:

Número de licitación: _______________________________ Nombre del Licitante:_______________________________

PREGUNTA 1: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX…..--- RESPUESTA: XXX…….--- --- PREGUNTA 2: XXXXXXX RESPUESTA: XXX…….--- --- PREGUNTA 3: XXXXXXX RESPUESTA: XXX…….--- --- Etc. _______________________________________________

Nombre y firma de la persona que solicita aclaraciones.

5.2

Las solicitudes de aclaración, las podrán enviar los interesados a través de Compranet o entregarlas personalmente en el

área de adquisiciones, en ambos casos, debiendo incluir la manifestación señalada en el punto 5.1.1, en los términos

procedentes, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora establecida para llevar a cabo el acto de junta de

aclaraciones. No se dará respuesta a las preguntas que no cumplan con lo anterior.

En el acto se dará lectura a las preguntas formuladas en tiempo y forma por los licitantes, así como a las respuestas de la

convocante, y en el transcurso del mismo, únicamente se aclararán dudas respecto de las respuestas dadas a conocer, para

lo cual los licitantes deberán indicar con claridad la duda sobre la respuesta y el número de pregunta correspondiente. En

caso de ser necesario, la convocante podrá señalar ulteriores juntas de aclaraciones y, consecuentemente si fuera necesario,

diferir el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.

6.

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, este acto se llevará, conforme a lo siguiente:

6.1

Revisión preliminar: La revisión preliminar de documentos distintos a la Proposición, solicitados en el punto 6.7 se

podrá llevar a cabo un día hábil previo a la celebración del acto de presentación y apertura de Proposiciones en el área de

adquisiciones de 10:00 a 13:00 horas, o el día de la celebración del mismo, conforme a lo señalado en el punto 4.2.2 de la

presente convocatoria.

6.2

Registro:

El registro de Licitantes se llevará a cabo desde una hora antes de la hora señalada para inicio del acto.

6.3

Para intervenir en este acto, los licitantes deberán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de

decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.

6.4

No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que

solamente entregue las Proposiciones, pero sólo podrá permanecer durante el desarrollo del acto con carácter de oyente.

(5)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

6.5

No se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador después de la hora señalada para el inicio del acto.

6.6

Entrega de Proposiciones: Deberá presentarse en un sobre cerrado en el que se indique el nombre del Licitante y número

de Licitación y contendrá los requisitos obligatorios establecidos en el anexo 1, apartado B), punto 3 de la presente

convocatoria, sin correcciones, tachaduras, raspaduras, ni enmendaduras, en idioma español y moneda nacional, firmadas

autógrafamente por el Licitante o su Representante, en la última hoja del documento que contenga su Proposición.

6.7

Entrega de documentos distintos a la Proposición: estos corresponden a los establecidos en los numerales del 6.7.1 al

6.7.3 de este punto y podrán entregarse, a elección del Licitante, dentro o fuera del sobre que contenga su Proposición.

6.7.1

Documento firmado con la Acreditación de personalidad del Licitante y de su Representante, que contenga la

información señalada en el formato siguiente; en caso de propuesta conjunta, por cada una de las personas que

formen parte de la propuesta conjunta:

“Formato para Acreditación de Personalidad”

(Nombre), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la Proposición en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de: (Persona Moral).

No. De Licitación: _________________________

1.- REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL LICITANTE: *

2.- DOMICILIO DEL LICITANTE: (Calle; Número Exterior e Interior; Colonia; Delegación o Municipio; Código Postal; Entidad Federativa)

3.- TELÉFONO: 4.-FAX: 5.-CORREO ELECTRÓNICO:

* * * *

6.- DATOS DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA:

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario: Número del notario: lugar del notario: 7.- REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA Y DATOS DE LA ESCRITURA EN LA QUE CONSTAN:

Descripción general de la reforma o modificación

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario:

Número del notario:

Lugar del notario:

8.-DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL *

9.- NOMBRE DE LOS SOCIOS:

Nombre (s) Apellido

Paterno:

Apellido Materno:

10- DATOS DEL REPRESENTANTE DEL LICITANTE Y DEL DOCUMENTO EN EL QUE LE FUERON OTORGADAS LAS FACULTADES Nombre Completo

(Representante)

Número de la escritura: Fecha de la escritura: Nombre del notario: Número del notario: Lugar del notario: Protesto lo necesario Firma

El formato anterior podrá ser reproducido por cada Licitante en el modo que estimen conveniente, debiendo

respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.

6.7.2

Copia de identificación con validez oficial del Licitante o su Representante, únicamente se aceptará pasaporte

vigente, credencial para votar, cédula profesional o cartilla del SMN.

6.7.3

Escrito firmado por el Licitante o su Representante, preferentemente en papel membretado, con las

manifestaciones que se indican del punto primero al quinto.

Proposición integrada por una sola persona:

PRIMERO: (Nombre del Representante Legal) en mi carácter de Representante Legal, manifiesto bajo protesta de decir verdad que

(Nombre del Licitante), no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60, de la Ley.

Sólo en caso de presentar Proposiciones conjuntas:

Deberán entregar una manifestación por cada persona moral que integre la Proposición conjunta, con el nombre y firma del representante legal correspondiente.

(El sustituir la palabra alguno por ninguno será motivo de desechamiento de la Proposición durante la revisión detallada).

SEGUNDO (Nombre del Representante Legal) en mi carácter de Representante Legal, manifiesto bajo protesta de decir verdad que los

servicios cotizados por (Nombre del Licitante), cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), las Normas Mexicanas (NMX) y a falta de éstas, las Normas Internacionales o, en su caso, las Normas de referencia, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 53, 55 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

(6)

TERCERO (Nombre del Representante Legal) en mi carácter de Representante Legal, manifiesto bajo protesta de decir verdad que

(Nombre del Licitante), es de nacionalidad mexicana.

Sólo en caso de presentar Proposiciones conjuntas:

Deberán entregar una manifestación por cada persona moral que integre la Proposición conjunta, con el nombre y firma del representante legal correspondiente.

CUARTO: (Nombre del Representante Legal) en mi carácter de Representante Legal, manifiesto bajo protesta de decir verdad que

(Nombre del Licitante), por sí mismo(a) o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los Servidores Públicos del SAE, induzcan o alteren las evaluaciones de las Proposiciones, el resultado del Procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

Sólo en caso de presentar Proposiciones conjuntas:

Deberán entregar una manifestación por cada persona moral que integre la Proposición conjunta, con el nombre y firma del representante legal correspondiente.

QUINTO: Escrito relativo al tamaño de la empresa, firmado por el representante legal, en los siguientes términos.

_________ de __________de ________ (1)

Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

P r e s e n t e.

Me refiero al procedimiento de licitación pública nacional 06812002-______-09, en el que mi representada, la empresa____________________ (2) ____________________ participa a través de la Proposición contenida en el sobre presentado en el acto correspondiente.

Sobre el particular declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector __ (3) __, cuenta con __ (4) __ empleados de planta registrados ante el IMSS y con __ (5) __ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de _______ (6) _______, obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa ___ (7) ___, atendiendo a lo siguiente.

Estratificación.

Tamaño (7) Sector (3) Rango de número de trabajadores (4) +(5) Rango de monto de ventas anuales (mdp) (6) Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95 Mediana

Comercio Desde 31 hasta 100

Desde $100.01 Hasta $250 235 Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 Hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%); El número de trabajadores será el que resulte de la

sumatoria de los puntos (4) y (5); El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe de ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es _________ (8)____.

A T E N T A M E N T E _________________ (9) ________________

INSTRUCTIVO

NUM: DESCRIPCIÓN

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Citar el nombre, razón social o denominación del Proveedor.

3 Indicar con letra el sector al que pertenece el Proveedor (Industria, Comercio o Servicios). 4 Anotar el número de trabajadores de planta inscritos por el Proveedor en el IMSS. 5 En su caso, anotar el número de personas subcontratadas por el Proveedor.

6 Señalar el rango del monto de las ventas anuales del Proveedor en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales.

7 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación. 8 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del Proveedor.

9 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

La falsedad en las manifestaciones referidas será sancionada en los términos de la LEY.

6.8

Los licitantes entregarán los sobres cerrados y en su caso la documentación distinta a sus Proposiciones a quien presida el

acto cuando éste se los requiera, por lo que no podrán incorporar documentos posteriormente; la apertura de los sobres

iniciará con las que en su caso se hayan recibido vía electrónica mismas que se imprimirán y enseguida se abrirán las

presentadas en papel en el propio acto, procediéndose a la revisión cuantitativa y de ser el caso, se informará sobre las que

hubieren omitido la presentación de alguno de los documentos o requisitos solicitados, asentándose en el acta

correspondiente los importes cotizados por partida y el total de la Proposición de cada Licitante.

(7)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

6.9

De entre los licitantes que hayan asistido, estos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público designado,

rubricarán la totalidad de las Proposiciones y documentación distinta a las mismas.

6.10

Los licitantes que deseen participar por medios remotos de comunicación electrónica, deberán presentar por esa vía los

requisitos obligatorios establecidos en el anexo 1, apartado B), punto 3 de la presente convocatoria, en idioma español, y

moneda nacional, así como la documentación distinta a su Proposición correspondiente al punto 6.7, sujetándose a lo

siguiente:

En las Proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma

autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.

Admitirán que se tendrán por no presentadas las Proposiciones y la demás documentación requeridas por el SAE,

cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por

cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

Deberán concluir el envío de sus Proposiciones técnica y económica, incluyendo la documentación distinta a éstas, a

más tardar una hora antes de la fecha y hora establecida en la convocatoria para el inicio del acto de presentación de

Proposiciones.

Preferentemente, deberán identificar cada una de las páginas que integren sus Proposiciones, con los datos siguientes:

Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y número de página; cuando ello técnicamente sea posible,

dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de

apertura de las propuestas.

En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de Proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de

la Secretaría de la Función Pública o de la convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas

enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las

condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta, del Acuerdo

por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica para el envío de

propuestas e inconformidades en las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal, así como la presentación de las inconformidades por la misma vía.

La Secretaría de la Función Pública podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se

haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en poder de la convocante.

6.11

La entrega de los documentos distintos a la Proposición, señalados en el punto 6.7, así como los requisitos técnicos y

económicos establecidos en el anexo 1, inciso B) punto 3, la podrán realizar los licitantes utilizando el formato que se

incluye a continuación:

“Formato para acuse de recibo de conformidad con lo establecido en el artículo 30 fracción I del Reglamento”

Referencia en Convocatoria Descripción del requisito (Para uso

exclusivo del SAE) Presenta no Punto 6.7 de la convocatoria

a) Acreditación de la personalidad del Licitante y de su Representante

b) Copia de identificación con validez oficial del Licitante o su Representante

c)

Escrito firmado por el Licitante o su Representante, preferentemente en papel membretado, con las manifestaciones que se indican en los puntos del primero al quinto.

Primero Manifestación respecto a los artículos 50 y 60, de la LEY.

Segundo Manifestación respecto a las normas.

Tercero Manifestación respecto a ser de nacionalidad mexicana.

Cuarto Manifestación de integridad.

Quinto Manifestación respecto a la estratificación (MIPYMES)

REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ANEXO 1, INCISO B), PUNTO 3

NUM: REQUISITO FORMA EN QUE DEBERÁN ACREDITAR EL REQUISITO (DOCUMENTOS A PRESENTAR)

(8)

_____________________________

Firma del Licitante o su representante

El formato anterior servirá a cada Licitante como constancia de entrega de la documentación relacionada en el mismo. Cabe señalar que los documentos y requisitos serán revisados en el acto cuantitativamente, por lo que no se deberá considerar que cumplen, hasta en tanto sean revisados cualitativamente por el Área de Adquisiciones y el área solicitante del SAE.

La falta de presentación del formato de acuse por parte de los licitantes, no será motivo para desechar su

Proposición

.

6.12

Proposiciones Conjuntas:

6.12.1

Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una Proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o

una nueva sociedad en caso de personas morales; para tales efectos, en la Proposición y en el Contrato se

establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigiría su

cumplimiento. En este supuesto, la Proposición deberá ser firmada por el representante común que para ese acto

haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por los medios de identificación

electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública, debiendo celebrar entre todas las personas que

integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con

precisión los aspectos siguientes:

Nombre, domicilio y R.F.C. de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras

públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales.

Nombre de los Representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de

las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

La designación de un Representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo

relacionado con la Proposición en el procedimiento de Licitación.

La descripción de las partes del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en

que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.

Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los

demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

El incumplimiento a los preceptos señalados, será motivo de descalificación.

6.13

Una vez recibidas las Proposiciones, no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes

dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.

7.

ACTO DE FALLO:

7.1

En este acto se dará lectura al fallo, conforme lo establece el artículo 37 de la Ley.

7.2

Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, los licitantes podrán inconformarse

en los términos del Titulo Sexto, Capitulo Primero de la Ley, ante la Dirección General de Inconformidades de la

Secretaría de la Función Pública, y/o ante el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el SAE, la cual

está facultada para conocer, tramitar y resolver las inconformidades.

8.

FIRMA DE CONTRATO: previo a la firma del contrato, el licitante adjudicado deberá cumplir con lo siguiente:

8.1

Entregar en el Área de Adquisiciones, según corresponda, fotocopia y presentar originales o copias certificadas para cotejo

de la documentación que se indica en los incisos del a) al f) de este punto, según sea el caso, con el fin de verificar la

información presentada en el formato de acreditación de personalidad, así como su manifestación respecto a las micro,

pequeñas y medianas empresas (Mipymes).

a)

Acta Constitutiva de la empresa Licitante y en su caso última modificación a la misma, debidamente inscritas en el

Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

c)

Cédula de Identificación Fiscal.

(9)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

e)

Poder Notarial, en el que se acredite la personalidad y facultades del Representante (únicamente personas morales).

f)

Fotocopia de la Declaración Anual del ejercicio anterior, y en caso de haber indicado algún número de empleados bajo

el régimen del Seguro Social, fotocopia de la liquidación ante dicho Instituto donde se acredite el pago efectuado ante

el IMSS.

8.2

Cumplido el punto anterior, deberá entregar en el Área Solicitante el acuse de recepción, con el que compruebe que

realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.17, de la resolución miscelánea fiscal para 2009, publicada en el

Diario Oficial de la Federación, el 29 de abril de 2009. Misma que se transcribe a continuación y que deberá ser enviada al

SAT dentro de los 3 días hábiles posteriores a la emisión del fallo.

“I.2.1.17. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF,

cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, se observará lo siguiente, según corresponda:

I. Por cada contrato, las dependencias y entidades citadas exigirán de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar la opinión sobre el cumplimento de obligaciones conforme a lo siguiente:

1. Presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT, en la opción “Mi portal” 2. Contar con clave CIEC

3. En la solicitud deberán incluir los siguientes requisitos: a. Nombre y dirección de la dependencia en la cual se licita. b. Nombre y RFC del representante legal, en su caso. c. Monto total del contrato.

d. Señalar si el contrato se trata de adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública. e. Número de licitación o concurso.

4. El contribuyente solicitante con el acto de registrar su solicitud en la página de Internet del SAT para efectos del artículo 32-D primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, manifieste bajo protesta de decir verdad que:

a) Han cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, la situación actual del registro es activo y localizado. b) Se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal que se

encuentre obligado.

c) Que no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior) y sus accesorios. Así como créditos fiscales determinados firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

d) Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.

e) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF. 5. En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes manifestará que se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla II.2.1.9.

II. La ALSC que corresponda al domicilio fiscal del Proveedor o prestador de servicios, emitirá opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales indicadas a través del portal de Internet del SAT, para los efectos de lo dispuesto por la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la LEY de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, según sea el caso, a más tardar en los 20 días siguientes a la recepción de la solicitud de opinión, salvo en los casos en que el contribuyente se hubiera comprometido a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar los créditos fiscales firmes que tengan a su cargo, supuesto en el cual la opinión se emitirá a más tardar en los 30 días siguientes a la de la solicitud de opinión. Dicha opinión se hará también del conocimiento de la Dependencia o entidad de que se trate.

III. En caso de detectar el incumplimiento de obligaciones fiscales a que se refiere esta regla o de la existencia de créditos fiscales determinados firmes o del incumplimiento de garantizar debidamente el interés fiscal, la ALSC mediante comunicado a través de la página del SAT notificará al contribuyente las omisiones detectadas y éste contará con 10 días para manifestar ante dicha ALSC lo que a su derecho convenga. La autoridad fiscal procederá a emitir la opinión correspondiente, conforme a lo siguiente:

a) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, comprueba el pago de los créditos, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o realiza la aclaración o pago de los créditos fiscales respectivos ante la Administración que le haya notificado las omisiones, una vez validado el cumplimiento, la autoridad fiscal, podrá emitir opinión en sentido favorable dentro del plazo de 20 días indicado en la fracción II de la presente regla.

b) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el primer párrafo de esta fracción, no atiende o no aclara las inconsistencias señaladas o en su caso si de la información o documentación presentada se detecta la persistencia del incumplimiento de las obligaciones fiscales, la autoridad fiscal emitirá opinión en sentido negativo, vencido el plazo de 10 días que se le otorgó.

c) Cuando el contribuyente manifieste su interés de celebrar convenio para pagar sus créditos fiscales determinados firmes, con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo, en los términos de lo señalado por la regla II.2.1.9., emitiendo la opinión dentro de los 30 días a que se refiere la fracción II de esta regla.

La opinión prevista en esta fracción, así como el documento al que se hace referencia en la fracción I, se emite para fines exclusivos del artículo 32-D del CFF, considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y los contribuyentes que no hubieran estado obligados a presentar, total o parcialmente, la declaración a que se refiere la fracción I, inciso b) de esta regla, así como los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones en la solicitud a que se refiere el primer párrafo de la citada fracción.

Para los efectos de esta regla, tratándose de créditos fiscales determinados firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales entre otros, si a la fecha de presentación de la solicitud a que se refiere la fracción I, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos.

b) Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.

c) Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

(10)

Es responsabilidad del contribuyente solicitante de la opinión, verificar mediante consulta en la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal”, la respuesta o la solicitud de información adicional que requiera la autoridad, a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio”.

Para lo anterior, los licitantes deberán cumplir con lo establecido en el Oficio Circular por el que se establece el

procedimiento que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las entidades

federativas que realicen contrataciones con recursos federales, previo a la formalización de los contratos o pedidos que

sean celebrados bajo el ámbito de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para verificar que los Proveedores o contratistas están al corriente en

sus obligaciones fiscales, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 19 de septiembre de 2008.

9.

REVISIÓN DETALLADA DE LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPOSICIONES Y CRITERIOS PARA

LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:

9.1

El análisis detallado de la documentación distinta a las Proposiciones la realizará la Coordinación de Planeación y

Adquisiciones de Recursos Materiales, a través del Área de Adquisiciones previo a la evaluación de Proposiciones,

verificando que dicha documentación cumpla con lo establecido en la presente convocatoria. Cualquier omisión o

modificación que altere el sentido de lo establecido originalmente, será motivo para desechar su Proposición.

9.2

La evaluación de las Proposiciones aceptadas, será realizada por el Área Solicitante, mediante el criterio binario,

conforme a lo establecido en el anexo 1 inciso B) de la presente convocatoria.

9.3

CAUSAS DE DESECHAMIENTO.

9.3.1

Serán desechadas las Proposiciones de los licitantes que durante el análisis detallado de la documentación distinta

a sus Proposiciones, no cumplan en los términos solicitados, o presenten cambios en la redacción que altere el

sentido de lo establecido originalmente.

9.3.2

Serán desechadas durante su evaluación, por el área solicitante del SAE, las Proposiciones que no cumplan en los

términos solicitados, con los requisitos clasificados como obligatorios, en el Anexo 1, apartado B), punto 3 de la

convocatoria.

9.3.3

Serán desechadas las Proposiciones de los licitantes a los que se les compruebe haber acordado con otro u otros

elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás

licitantes.

9.4

LICITACIÓN DESIERTA; Se declarará desierta la Licitación, cuando:

9.4.1

No se reciban Proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura.

9.4.2

La totalidad Proposiciones recibidas no reúnan los requisitos de las Bases de la Licitación.

9.4.3

No se cuente con Proposiciones cuyos precios resulten aceptables para el SAE.

9.5

LICITACIÓN CANCELADA:

Se podrá cancelar la Licitación, por caso fortuito, de fuerza mayor o cuando existan

circunstancias, debidamente justificadas.

10. INFRACCIONES Y SANCIONES:

10.1

Serán sancionados por la Secretaría de la Función Pública, los Licitantes o Proveedores, en términos de lo establecido en

los artículos 59 y 60 de la Ley.

11. “NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA

COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)” (OFICIO CIRCULAR NO. SACN/300/148/2003, DE

FECHA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2003)

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de Servidores Públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a Funcionarios Públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

 La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

(11)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

 Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

 Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.  Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición). Las responsabilidades del sector privado contemplan:

I. Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de Códigos de Conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a Servidores Públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

II. Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

III. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas Físicas o Morales (privados) y a los Servidores Públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a Servidores Públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los Servidores Públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los Servidores Públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal, sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo” 222

Cometen el delito de cohecho:

I. El Servidor Público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho, se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI

Cohecho a Servidores Públicos extranjeros “Artículo 222 bis”

Se impondrán las penas previstas en el Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona, ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un Servidor Público extranjero, o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un Servidor Público extranjero, o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público lleve a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un Servidor Público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por Servidor Público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el Poder Legislativo, Ejecutivo o Judicial o en un Órgano Público Autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresas pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este Artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el Artículo 11 del este Código, el Juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la Persona Moral."

Para los efectos e interpretación del presente instrumento, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los

Tribunales Federales de la Ciudad de México, D. F., renunciando al fuero que en razón de su domicilio presente o futuro les

corresponda.

México, D. F. a 7 de de 2009

Claudio Bonilla García

(12)

PARTIDA DESCRIPCIÓN GENERAL UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD PRESUPUESTO (No incluye IVA)

MÍNIMO MÁXIMO

1

Servicios de Seguros de Responsabilidad Institucional.

Servicio

1

$8´000,000.00 $20´000,000.00

A). DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA.

1. Requerimientos del servicio: Para la prestación del servicio los licitantes deberán considerar lo siguiente:

SEGURO DE RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE)

PRIMERA: ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO.

La Póliza deberá entregarse dentro de los 10 días calendario, siguientes a la fecha de inicio de la Vigencia

Los certificados individuales deberán entregarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha límite de inscripción, esta mención únicamente aplica para el endoso de la extensión de responsabilidad frente al estado.

COBERTURA APLICABLE ÚNICAMENTE A LA SECCIÓN I RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL SAE.

A) RESPONSABILIDAD PROFESIONAL

Sujeto a los límites, sub-límites, condiciones y exclusiones de esta Póliza, la Aseguradora pagará por cada uno de los Asegurados las Pérdidas que se deriven para éstos por cualquier Reclamación presentada por un Tercero en la que, al amparo o bajo los supuestos previstos en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, se impute o atribuya que el SAE o sus Servidores Públicos incurrieron en Actos u Omisiones no dolosos generadores de la responsabilidad cometidos o supuestamente cometidos con motivo o durante la prestación o desempeño de los Servicios del SAE; siempre que dicha Reclamación sea interpuesta por vez primera durante el período de Vigencia de la presente Póliza o durante el Periodo Adicional para Notificaciones.

Lo anterior en el entendido que el acto generador de la Reclamación debió ocurrir en o con posterioridad a la Fecha de Reconocimiento de Antigüedad pero antes de la expiración de la Vigencia

B) RESPONSABILIDAD CORPORATIVA DE GESTIÓN

Sujeto a los límites, sub-límites, condiciones y exclusiones de esta Póliza, la Aseguradora pagará las Pérdidas del SAE que se deriven de cualquier Reclamación presentada por un Tercero en la que, al amparo o bajo los supuestos previstos en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, se le impute al SAE una responsabilidad por Actos u Omisiones no dolosos generadores de la responsabilidad, cometidas o supuestamente cometidas por sus Servidores Públicos o Empleados del SAE, en ejercicio de sus deberes o actividades en la Administración, Gestión o Dirección del SAE, siempre que dicha Reclamación sea interpuesta por vez primera durante el período de Vigencia de la presente Póliza o durante el Periodo Adicional para Notificaciones.

Lo anterior en el entendido que el acto generador de la Reclamación debió ocurrir en o con posterioridad a la Fecha de Reconocimiento de Antigüedad pero antes de la expiración de la Vigencia

Queda entendido y acordado que cuando en la Reclamación correspondiente, el Tercero afectado exija la reparación del daño conjunta o solidaria o simultáneamente al SAE y al Empleado o Servidor Público, la cobertura aplicable será la provista en esta sección A.

Para los efectos de lo provisto en los dos párrafos anteriores y sólo en relación con las personas físicas involucradas y no en relación con el SAE, se incluirá como parte de la cobertura los Gastos de defensa y/o los Servicios de Asistencia Legal que resulten necesarios para la defensa de tales personas físicas en la Reclamación correspondiente.

COBERTURA APLICABLE ÚNICAMENTE A LA SECCIÓN II RESPONSABILIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS.

La Póliza básica deberá entregarse dentro de los 10 días calendario, siguientes a la fecha de inicio de Vigencia.

Los certificados Individuales deberán entregarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de solicitud escrita o correo electrónico.

A) Responsabilidad de Gestión a Terceros.

Sujeto a los límites, sub-límites, condiciones y exclusiones de esta Póliza, la Aseguradora pagará por cada uno de los Asegurados las Pérdidas que se deriven para éstos por cualquier Reclamación presentada por un Tercero en la que se les impute o atribuya la comisión de actos u omisiones no dolosos generadores de la responsabilidad derivados del ejercicio de su cargo en el SAE, siempre que dicha Reclamación sea interpuesta por vez primera durante el período de Vigencia de la presente Póliza o durante el Periodo Adicional para Notificaciones.

Lo anterior en el entendido que el acto generador de la Reclamación debió ocurrir en o con posterioridad a la Fecha de Reconocimiento de Antigüedad pero antes de la expiración de la Vigencia

Sujeto a los términos y condiciones de esta Póliza, la Aseguradora adelantará los Gastos de defensa que surjan de cualquier Reclamación, antes de la resolución definitiva.

Sujeto a las exclusiones correspondientes, esta cobertura sólo será aplicable cuando se reúnan los requisitos establecidos en la misma y no haya otra cobertura aplicable.

COBERTURA APLICABLE ÚNICAMENTE A LA SECCIÓN III FRAUDE DE EMPLEADOS.

(13)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA No. 06812002-015-09

A) Fidelidad de Empleados

Las Pérdidas de Dinero, Valores y otros Bienes, debidas directa y exclusivamente a actos deshonestos o fraudulentos de Empleados del Asegurado, dondequiera que se realicen, cometidos individualmente o en colusión con otras personas, con la manifiesta intención de:

a) producir perjuicios económicos al Asegurado y/o;

b) de obtener un Beneficio Indebido para sí mismo, o para cualquier otra persona u organización designada por él.

Queda entendido y acordado que en aquellos casos en que, resultando presumible que la Pérdida obedece a actos deshonestos o fraudulentos de Empleados del Asegurado, no sea posible precisar, identificar o demostrar concretamente quien(es) fue(ron) el(los) Empleado(s) causante(s) de la Pérdida, la Aseguradora aplicará la presente cobertura con el objeto de resarcir la Pérdida sujeta a los términos y limitaciones de la misma; sin embargo, para que proceda dicha indemnización el Asegurado deberá comprobar a la Aseguradora, haber presentado una denuncia penal ante las autoridades correspondientes y haber aportado como medios de prueba en dicho procedimiento, aquellos que resulten idóneos para determinar que la Pérdida reclamada es consecuencia de actos deshonestos o fraudulentos de los Empleados, aunque no se puedan identificar los mismos.

B) Falsificación o Alteración de Giros Postales y Billetes Falsificados.

Pérdidas resultantes de que el Asegurado, de buena fe y en el curso normal de sus operaciones, a cambio de mercancía, Dinero o servicios, acepte:

a) Giros Postales u Órdenes de Pago, o documentos similares, supuestamente emitidos por el correo o por una compañía especializada en transferencias de Dinero o expresos.

b) Dinero Falsificado, aun si se tratare de billetes o monedas extranjeras. C) Falsificación de documentos.

a) Pérdidas que sufra el Asegurado, de Dinero y Valores que se encuentren depositados al amparo de contratos de cuenta corriente, de inversión, de ahorro o similares, en bancos, sociedades de inversión o instituciones similares, como consecuencia de Falsificación o alteración dolosa de cheques, órdenes de pago u otros documentos similares, que resulten idóneos en los términos del contrato celebrado con dichas instituciones, para instruir u ordenar a la institución depositaria para que pague a nombre del Asegurado una suma determinada de Dinero. Esta cobertura incluye cualquier documento u orden de pago girados en nombre del Asegurado, en los que el nombre de la persona a quien deba hacerse el pago sea ficticio y el endoso en nombre de tal persona sea igualmente ficticio y cualquier documento u orden de pago de nómina, girados por el Asegurado, pagaderos a la orden de determinada persona y endosados por cualquier otra distinta a ella o de un beneficiario determinado sin la autorización del beneficiario original.

b) Pérdidas que sufra el Asegurado, por cualquier documento u orden de pago, obtenidos en una transacción real del Asegurado, librado o girado a la orden del Asegurado, pero entregados o recibidos por alguien que actuó suplantando o personificando otro, girados para ser pagados al suplantado o personificado y endosados por persona distinta a la persona suplantada.

Esta Sección cubre únicamente las Pérdidas que sean descubiertas durante la Vigencia de la Póliza.

Se considera que se produce Descubrimiento de Pérdidas en el momento en que:

1) Lleguen a conocimiento del Asegurado hechos que hagan pensar que se producirá alguna Pérdida cubierta por esta Sección, aunque en ese momento no se conozcan con precisión el importe o los detalles de la Pérdida.

2) Llegue al Asegurado la reclamación de un Tercero alegando que si se confirmara la exactitud de las circunstancias conocidas, se originaría una Pérdida de la cual sería responsable del Asegurado.

Sea detectada por el Asegurado y/o sus representantes, Empleados o aquellas personas que le presten servicios profesionales con motivo de los cuales tengan acceso a su contabilidad, registros de almacén, inventarios o cualquier otro medio, instrumento o mecanismo de control de la información relativa con sus activos, bienes, mercancías, ingresos, cuentas bancarias, etc. de la existencia de una Pérdida, daño, disminución o menoscabo de Dinero, Valores o Bienes.

SEGUNDA: DEFINICIONES APLICABLES PARA LAS SECCIONES I Y II:

Referencias

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