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Improsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C administrado por Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S. A.

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Improsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C administrado por

Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S. A. Estados financieros intermedios

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Improsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C administrado por

Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S. A.

Índice de contenido

Cuadro Página

Estado de activo neto A 3

Estado de resultados integral B 4

Estado de cambios en el activo neto C 5

Estado de flujos de efectivo D 6

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Improsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C administrado por

Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S. A. Notas a los estados financieros

Al 30 de setiembre de 2015, 2014 y al 30 de junio de 2015 (en colones costarricenses sin céntimos)

Nota 1. Constitución y operaciones

Improsa Fondo de Inversión no Diversificado Liquidez C (el Fondo), fue autorizado en el la Sesión No. 213-96 celebrada en abril de 1996 de la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL). Actualmente el Fondo es administrado por Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. (la Administradora).

El 7 de setiembre de 1996 mediante acuerdo de sesión No.222-96, artículo 7, de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Valores, hoy SUGEVAL, autorizó a Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S.A. (la Sociedad, anteriormente Gibraltar Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S.A.) para administrar fondos de inversión. El Fondo ha sido administrado por esta sociedad desde el pasado 25 de julio de 2014.

Las principales disposiciones que regulan las sociedades administradoras y sus fondos de inversión están contenidas en la Ley Reguladora del Mercado de Valores, No. 7732 y sus reformas, en el Código de Comercio y en la normativa emitida por la SUGEVAL, que es el ente regulador.

Un fondo de inversión es el patrimonio integrado por los aportes de personas físicas y jurídicas para la inversión en valores y otros activos autorizados por la SUGEVAL, los cuales son administrados por una sociedad de fondos de inversión por cuenta y riesgo de los que participan en el fondo. Los aportes en el fondo están documentados mediante certificados de títulos de participación. El objetivo del fondo es maximizar la plusvalía sobre el monto invertido por medio de los rendimientos generados.

Las principales características del Fondo son las siguientes:

 Es un fondo abierto financiero, denominado en colones costarricenses, orientado a personas físicas o jurídicas que requieran alternativas de inversión diversificadas, conformadas por una cartera de títulos valores de corto plazo, emitidos por el sector público y por el sector privado denominados principalmente en colones, inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de la SUGEVAL y admitidos a negociación en la Bolsa Nacional de Valores.

 El número de certificados de participación a emitir es ilimitado, tienen un valor nominal de un colón (¢1,00) y no tienen mercado secundario, sino que el propio fondo redime a quienes desean salir.

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 El patrimonio del Fondo es invertido por la Sociedad por cuenta y riesgo de los inversionistas principalmente en la adquisición de bienes inmuebles construidos y libres de derecho de usufructo, uso y habilitación. Los inmuebles deben estar en buen estado de conservación y podrán estar destinados a cualquier actividad pública o privada, industrial o comercial en la que se tenga la expectativa de generar alquileres o plusvalías y deben estar localizados en territorio costarricense.

 La Sociedad es responsable de aplicar las políticas de inversión contenidas en el Prospecto del Fondo y es solidariamente responsable ante los inversionistas por los daños y perjuicios ocasionados por sus directores, empleados o personas contratadas por ellos para prestar servicios al Fondo.

Nota 2. Diferencias más significativas en la base de presentación de estos estados financieros con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF, NIC)

Mediante circular C.N.S. 116-07 del 18 de diciembre de 2007, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero emitió una reforma al reglamento denominado “Normativa contable aplicable a las entidades supervisadas por la SUGEF, SUGEVAL y SUPEN y a los emisores no financieros”.

El objetivo de dicha normativa es regular la adopción y aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las interpretaciones correspondientes (interpretaciones SIC y CINIIF).

Posteriormente, mediante circular C.N.S. 413-10 del 11 de mayo de 2010, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero hizo una modificación a la “Normativa contable aplicable a las entidades supervisadas por la SUGEF, SUGEVAL, SUGEF y SUGESE y a los emisores no financieros”.

De acuerdo con dicho documento, las NIIF y sus interpretaciones son de aplicación por los entes supervisados, de conformidad con los textos vigentes al 1° de enero de 2008, con excepción de los tratamientos especiales aplicables a los entes supervisados y a los emisores no financieros. De acuerdo con dichos documentos, no se permite la adopción anticipada a las normas y se establecen los siguientes tratamientos especiales aplicables al Fondo:

NIC 7 - Estado de Flujos de Efectivo - El estado de flujos se debe de preparar por el método indirecto.

NIC 8 - Políticas Contables, Cambios en Estimaciones Contables y Errores- En cuanto a la corrección de errores fundamentales de períodos anteriores, los mismos deben efectuarse ajustando las utilidades acumuladas al inicio del período y se debe corregir la información retrospectiva para restaurar la comparabilidad, a menos que sea imposible llevar a cabo dicha comparación.

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Cuando se realice un ajuste a utilidades acumuladas al inicio como resultado de un error fundamental, la entidad debe remitir a la Superintendencia, con un plazo de tres días hábiles posteriores a la realización del ajuste, una nota donde explique la transacción realizada.

NIC 21 - Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera - Los entes supervisados deben presentar sus estados financieros en colones costarricenses, asimismo, para todos los efectos, la moneda funcional de los entes supervisados es el colón costarricense. Esta disposición aplica para todos los fondos administrados por las operadoras de pensiones y las sociedades administradoras de fondos de inversión, excepto los fondos denominados en moneda extranjera, los cuales presentarán sus estados financieros en esa moneda. Los entes supervisados deberán utilizar el tipo de cambio de compra de referencia del Banco Central de Costa Rica para el registro contable de la conversión de moneda extranjera a la moneda funcional. Al cierre de cada mes se utilizará el tipo de cambio de compra de referencia calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al último día de cada mes para el reconocimiento del ajuste por diferencial cambiario en las partidas monetarias en moneda extranjera.

NIC 34 - Información Financiera Intermedia - Los estados financieros deben cumplir con lo exigido por la NIC 1, excepto por lo indicado en lo que disponga la reglamentación de SUGEF con respecto a la presentación y revelación de los estados financieros.

NIC 37 - Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes Registrar una estimación por deterioro de los créditos, conforme al acuerdo SUGEF 1-05.  NIC 39 - Instrumentos Financieros; Reconocimiento y Medición – Las compras

y ventas de valores convencionales deben registrase utilizando el método de la fecha de liquidación.

De acuerdo con el tipo de entidad, los activos financieros deben ser clasificados como se indica a continuación:

- Carteras Mancomunadas - Las inversiones que conforman las carteras mancomunadas de los fondos de inversión, fondos de pensión y capitalización, y fideicomisos similares, deben clasificarse como disponibles para la venta.

- Inversiones Propias de los Entes Supervisados - Las inversiones en instrumentos financieros de los entes supervisados deben ser clasificadas en la categoría de disponibles para la venta.

Las inversiones propias en participaciones de fondos de inversión abiertos se deben clasificar como activos financieros negociables. Las inversiones propias en participaciones en fondos cerrados se deben clasificar como disponibles para la venta.

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Los supervisados por SUGEF y SUGEVAL pueden clasificar otras inversiones en instrumentos financieros mantenidos para negociar, siempre que exista manifestación expresa de su intención para negociarlos en no más de noventa días a partir de la fecha de adquisición.

La amortización de primas y descuentos debe realizarse por el método de la tasa de interés efectiva.

Las normas contables NIIF, SIC y CINIIF y sus modificaciones que entraron en vigencia a partir del 1º de enero de 2008 no han sido adoptados por el CONASIIF, por lo tanto no son aplicables a las entidades supervisadas por la SUGEF, SUGEVAL, SUPEN y SUGESE.

Nota 3. Bases de presentación y políticas contables

a) Base de presentación

Los estados financieros del Fondo se presentan con base en las disposiciones reglamentarias y normativas emitidas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y la SUGEVAL.

El CONASSIF ha establecido cuáles políticas contables deben ser utilizadas en los casos en que las normas incluyen tratamiento alternativo.

b) Políticas contables

Las políticas contables más importantes se resumen a continuación: b.1 Moneda y regulaciones cambiarias

El Fondo es especializado en la moneda, sin embargo puede invertir una parte de su cartera en una moneda distinta al colón costarricense, ya sea de títulos valores del sector público o privado. El fondo puede invertir en recompras con subyacente expresado en una moneda distinta a la de su liquidación. Los registros contables del Fondo se mantienen en colones costarricenses de acuerdo a lo establecido en el prospecto de inversión aprobado por la SUGEVAL.

b.2 Uso de estimaciones

La preparación de los estados financieros de acuerdo con disposiciones reglamentarias y normativas emitidas por el CONASSIF y la SUGEVAL requiere registrar estimaciones y supuestos que afectan los importes de ciertos activos y pasivos, así como la divulgación de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros, y los montos de los ingresos y gastos durante el período. Los resultados reales podrían diferir de esas estimaciones.

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b.3 Equivalentesde Efectivo

Se consideran como equivalente de efectivo todos los valores de deuda adquiridos, con un plazo de vencimiento de dos meses o menos.

b.4 Inversiones en instrumentos financieros

Corresponden a los valores cotizados en una bolsa de valores que son mantenidos para obtener rentabilidad por sus excedentes temporales de liquidez. El valor de estas inversiones se actualiza al valor razonable, para lo cual se toma como referencia el valor del mercado u otra metodología de valorización reconocida por la SUGEVAL. Por regulación, el Fondo determina el valor del costo amortizado de sus inversiones llevando a resultados la diferencia de comparar el valor de costo y el valor de costo amortizado. Las ganancias o pérdidas que surgen de la variación en el valor razonable y el costo amortizado son llevadas al activo neto a la cuenta “Ganancias (pérdidas) no realizadas por valuación de inversiones”, y son incluidas en la ganancia o pérdida neta del período hasta la venta del activo financiero, a su vencimiento, o cuando se de su recuperación monetaria, su renovación o hasta que se determine que el activo en cuestión ha sufrido un deterioro de valor.

La metodología descrita es aplicable a todos los títulos valores de deuda propiedad del Fondo cuyo plazo al vencimiento o remanente sea mayor a 180 días, de conformidad con el reglamento sobre Valoración de Instrumentos Financieros.

Los instrumentos de deuda de las carteras de los fondos de inversión de mercado de dinero, cuyo plazo al vencimiento o remanente de amortización, sea igual o menor a ciento ochenta días, no están sujetos a un proceso de valoración a precios de mercado.

En aquellos casos en que se adquieran títulos valores con un plazo mayor al indicado, el administrador debe distribuir bajo el método de interés efectivo, las ganancias o pérdidas, producto de la valoración a precios de mercado, desde el momento en que dejó de valorarse y hasta su vencimiento, de acuerdo a lo indicado en el reglamento sobre Valoración de Instrumentos Financieros.

b.5 Custodia de títulos valores

Los títulos valores de las inversiones del Fondo se encuentran depositados en la CEVAL a través de la cuenta de custodia a nombre del Fondo respectivo en Banco Nacional de Costa Rica.

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Los intereses sobre inversiones se reconocen diariamente con base en los saldos diarios y las tasas de interés pactadas individualmente.

b.7 Reconocimientode Gastos – Comisiones

El Fondo calcula y registra diariamente los costos que le corresponde asumir y calcula las comisiones de la sociedad administradora sobre el valor del activo neto administrado con base en los porcentajes establecidos en el prospecto del Fondo.

b.8 Títulos deParticipación

Los títulos de participación se acreditan por el monto de las entradas de nuevos inversionistas y se debitan por las redenciones de estos. Las compras de participaciones se transan al precio del título de participación del día en que se realizaron y las liquidaciones al precio del día que se solicitó la liquidación por el cliente.

b.9 UtilidadesDistribuidas

La asignación de rendimientos se realiza diariamente mediante la acreditación a los inversionistas de las participaciones del Fondo de acuerdo a su cartera activa.

b.10 Valorpor Unidad del Activo Neto

Se determina de acuerdo con el activo neto y la cantidad de participaciones en forma diaria.

b.11 Impuesto sobre la Renta

El impuesto sobre la renta incluye el impuesto corriente y el diferido. El impuesto sobre la renta corresponde al 5 % de las ganancias de capital obtenidas en la venta de títulos valores, ya que de acuerdo con el Artículo No.100 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, los rendimientos que reciban los fondos de inversión provenientes de la adquisición de títulos valores, que ya estén sujetos al impuesto único sobre intereses, o estén exentos de dicho impuesto, estarán exceptuados de cualquier otro atributo distinto del impuesto sobre la renta disponible. Los rendimientos provenientes de títulos valores u otros activos que no estén sujetos al impuesto único sobre intereses, quedarán sujetos a un impuesto único y definitivo del 5%. El pago de esos tributos deberá hacerse mensualmente mediante una declaración jurada.

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b.12 ImpuestoDiferido

El impuesto diferido se aplica para aquellas diferencias temporales entre el valor en libros de los activos y pasivos y los valores utilizados para efectos fiscales, utilizando la tasa de impuesto vigente (5%). Los activos por impuesto diferido se reconocen solo cuando existe una probabilidad razonable de su realización. El impuesto diferido es cargado o acreditado a la utilidad o pérdida neta, excepto cuando se relaciona con partidas cargadas o acreditadas directamente a los activos netos del fondo, en cuyo caso el impuesto diferido se netea con la partida respectiva del activo neto. El impuesto diferido por el efecto no realizado de la valoración de las inversiones se calcula solo sobre las ganancias, pues las pérdidas no son deducibles para efectos de impuestos.

Nota 4. Efectivo y equivalentes de efectivo

Al 30 de setiembre de 2015, 2014 y al 30 de junio de 2015, el efectivo se compone de la siguiente manera: Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015

Efectivo en las entidades de custodia ¢ 266.113.738 73.644.683 33.371.301 Total de efectivo ¢ 266.113.738 73.644.683 33.371.301 Con el propósito de presentación para el estado de flujos de efectivo, a continuación se presenta una conciliación del saldo de las disponibilidades e inversiones en instrumentos financieros del estado de activos netos y el efectivo y equivalentes de efectivo del estado de flujos de efectivo:

Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015

Efectivo en las entidades de custodia ¢ 266.113.738 73.644.683 33.371.301 Más: Inversiones a menos de 60 días 332.528.759 135.829.979 231.283.447 Efectivo y equivalentes en el estado

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Nota 5. Inversión en instrumentos financieros

La cartera de inversiones por instrumento y por sector al 30 de setiembre 2015, 2014 y al 30 de junio 2015 se detalla a continuación:

Inversiones

Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015

Monto % de la Cartera Monto % de la Cartera Monto % de la Cartera

Certificado de depósito a plazo macro título (cdp) 614.747.866 66% 335.098.987 45% 642.376.899 64%

Bono estabilización monetaria (bem) ¢ 99.904.836 13%

BCIE - Titulo de deuda (pbc13) 12.475.703 1% 12.525.516 1%

Certificado de inversión (ci) 165.201.614 18% 160.000.000 22% 240.000.956 24%

Título de propiedad cero cupón (tp0) 15.543.424 2%

Reportos tripartitos 140.300.315 15% 136.035.721 18% 106.269.757 11%

Sub-total 932.725.498 100% 746.582.968 100% 1.001.173.128 100%

Menos: Equivalentes de efectivo (332.528.759) (135.829.979) (231.283.447)

Total ¢ 600.196.739 610.752.989 769.889.681

Por Sector

Sector Público ¢ 687.535.443 74% 586.582.968 79% 668.646.657 67%

Sector Privado 245.190.055 26% 160.000.000 21 332.526.471 33%

Menos: Equivalentes de efectivo (332.528.759) (135.829.979) (231.283.447)

Total ¢ 600.196.739 100% 537.108.306 100% 769.889.681 100%

Las inversiones corresponden a títulos adquiridos por medio de un puesto de bolsa, los cuales se encuentran depositados en custodia en el Banco Nacional de Costa Rica. Los valores en fideicomiso por garantía de operaciones de reporto tripartito se encontraban depositados en la Central de Valores de la Bolsa Nacional de Valores, S.A.

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Nota 6. Gastos acumulados y cuentas por pagar

Al 30 de setiembre 2015 y al 30 de junio 2015, los gastos acumulados y cuentas por pagar se componen como se detalla a continuación:

Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015

Provisión para auditoria ¢ 465.783 232.325

Provisión de mercadeo 106.200

Impuesto por pagar 2.814 7.082

Otras cuentas por pagar 4.551

Total ¢ 574.797 4.551 239.407

Nota 7. Títulos de participación

Al 30 de setiembre 2015, 2014 y al 30 de junio de 2015, los títulos de participación del Fondo estaban constituidos como se detalla a continuación:

Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015 Títulos de participación en circulación ¢ 1.082.012.962 774.166.458 946.372.660 Valor de la participación 1,11353143 1,06566869 1,10240119 ¢ 1.204.855.446 825.004.956 1.043.282.347

Nota 8. Cuentas de orden

Al 30 de setiembre 2015, 2014 y al 30 de junio 2015, las cuentas de orden se detallan como sigue: Setiembre 2015 Setiembre 2014 Junio 2015 Compras a Plazo ¢ 560.244.109 Ventas a Plazo 136.035.721 Operaciones de recompra 141.306.049 106.277.817 Solicitudes de retiros 625.292 201.957 600.000 Total ¢ 141.931.341 696.481.787 106.877.817

Nota 9. Comisiones de administración

La comisión determinada para el Fondo corresponde hasta un 3% sobre el activo neto del Fondo. Los cargos se contabilizan en forma diaria y se pagan mensualmente. El monto pagado a la administradora en los períodos de nueve meses terminados al 30 de junio de 2015 y 2014, por este concepto fue de ¢12.513.003 y ¢8.433.281 respectivamente. La comisión promedio cobrada estos mismos periodos fue de de 1,25% sobre los activos netos.

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Nota 10. Gastos de operación

Para el periodo de nueve meses terminados al 30 de setiembre 2015 y 2014 esta cuenta se detalla como sigue:

2015 2014

Custodia de títulos ¢ 45.396 209.676

Calificadora de Riesgos 437.628 371.048

Auditoría Externa 1.159.383

Intereses sobre recompras 67.857

Primas sobre valores negociables en cartera 1.895.741 5.387.104

Otros gastos operativos 485.158 90.043

Total ¢ 4.091.163 6.057.871

Nota 11. Saldos y transacciones con partes relacionadas de la Sociedad Administradora Los saldos y las transacciones con partes relacionadas al 30 de setiembre 2015 se detallan a continuación:

Setiembre 2015

Setiembre 2014 Comisiones por pagar, Improsa

SAFI S.A. ¢ 65.945 4.551

Comisiones de administración,

Improsa SAFI S.A. ¢ 12.513.003 8.433.281

Nota 12. Exposición y control del riesgo de liquidez y mercado del fondo

Los participantes de los fondos son copropietarios de los títulos valores que los componen y su adquisición se realiza por cuenta y riesgo del inversionista. El incremento o disminución del valor de las participaciones dependerá del comportamiento de la cartera de títulos que conforman el fondo. Su valor puede subir o bajar producto de cambios en la situación del mercado financiero, por las políticas económicas, o por el grado de liquidez del sistema bursátil, entre otros factores. Estos cambios en el valor de los títulos afectará, como un todo, el valor diario del Fondo y de las participaciones en poder de los inversionistas.

Los riesgos definen algunas de las causas que pueden afectar la cartera del fondo y traducirse en pérdidas para el inversionista, por lo que es importante conocerlos, ya que sirven de orientación para evaluar el efecto que tendrán posibles eventos actuales y

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futuros en una inversión. Estos riesgos se discuten ampliamente en el prospecto del fondo y se resumen más adelante.

La Sociedad Administradora de Fondos de Inversión mantiene control sobre el riesgo de liquidez y de mercado, en apego a la normativa vigente que los entes reguladores han definido al efecto.

Riesgos no sistémicos

Son los riesgos ligados a las situaciones económicas y financieras de un emisor en particular. Dependen de las condiciones, funcionamiento, expectativas, resultados y otros factores particulares del emisor de títulos valores. Estos riesgos incluyen, por ejemplo, la posibilidad de que un emisor, cuyos títulos valores forma parte del Fondo, resulte incapaz de pagar los intereses y principal en la fecha y condiciones pactadas. Los riesgos no sistémicos pueden aminorarse mediante una apropiada diversificación de la cartera de valores.

a. Riesgo de Liquidez - Este riesgo incluye tanto el riesgo de no poder fondear los

activos en diferentes fechas, así como no poder liquidar activos a precios razonables en un tiempo adecuado. Es decir, es la pérdida potencial producto de la venta anticipada o forzosa de activos a descuento inusuales para hacer frente a sus obligaciones, o bien, por el hecho de que una posición no pueda ser oportunamente enajenada, adquirida o cubierta mediante el establecimiento de una posición contraria equivalente. Este tipo de riesgo se gestiona mediante el acceso a diferentes fuentes de fondeo, así como la administración de activos muy líquidos como parte de la estrategia para administrar el riesgo de liquidez.

Para la gestión de este riesgo se estableció en el Manual de Políticas y Procedimientos de la Gestión Integral de Riesgos el seguimiento a las condiciones de liquidez de los títulos valores y las posibilidades de financiamiento. Asimismo, se establecieron límites internos en el coeficiente mínimo de liquidez de un 10% del promedio simple del último mes del valor neto del fondo y el plazo promedio ponderado de vencimiento de la cartera será igual o menor a 90 días.

El siguiente esquema se presenta la concentración de los activos por plazos al 30 de setiembre 2015, 2014 y al 30 de junio 2015:

Setiembre 2015

Plazo de vencimiento Costo Porcentaje

1-30 días ₡ 140,300,314 12% 31-60 días 191,553,783 16% 61-90 días 230,175,941 19% 91-120 días 180,315,647 15% 121-180 días 190,379,812 16% Total inversiones 932.725.497 78%

Monto en efectivo del fondo 266.113.738 22%

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Setiembre 2014

Plazo de vencimiento Costo Porcentaje

1-30 días ₡ 290,940,557 35% 31-60 días 100,427,086 12% 61-90 días 0% 91-120 días 115,215,325 14% 121-180 días 240,000,000 29% Total inversiones 872.406.113 91%

Monto en efectivo del fondo 73.644.683 9%

Total 820.227.651 100%

Junio 2015

Plazo de vencimiento Costo Porcentaje

1-30 días ₡ 183.270.713 18% 31-60 días 45.012.733 4% 61-90 días 240.000.000 23% 91-120 días 113.061.553 11% 121-180 días 419.828.129 40% Total inversiones 1.001.173.128 97%

Monto en efectivo del fondo 33.371.301 3%

Total 1.034.544.429 100%

b. Riesgo de Volatilidad - Es el riesgo en el cual los valores están propensos a que sus

precios suban y bajen debido a condiciones del mercado o económicas, tales como la oferta y la demanda de éstos, las cuales modifican el valor de realización de los valores y se pueden traducir en pérdidas o ganancias extraordinarias para las carteras.

c. Riesgo por Variación en las Tasas de Interés - Este riesgo se origina porque las tasas de interés están en constante cambio y ni el fondo ni la sociedad administradora pueden garantizar una rentabilidad mínima o máxima, sino que el rendimiento de los fondos provendrá de la distribución proporcional entre los inversionistas del fondo.

La gestión del riesgo de tasa se realiza por medio del cumplimiento de la política y procedimiento establecido en el Manual de Riesgos que se realiza por medio del establecimiento de límites de duración modificada de cartera de títulos valores. Adicionalmente, se realizan análisis de sensibilidad por variaciones de las tasas de interés.

d. Riesgo por Insolvencia - Se presenta cuando el nivel de capital es insuficiente para cubrir las pérdidas no protegidas por las estimaciones, erosionando su base patrimonial. La determinación de las pérdidas estimadas se basa en la calidad y estructura de los activos de los intermediarios financieros, por lo tanto, el riesgo de solvencia incluye el riesgo de los activos. El incumplimiento de pago de las

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obligaciones por parte de un emisor podría generar pérdidas para el Fondo y sus participantes.

e. Riesgo de Crédito - El riesgo de crédito se presenta cuando se adquieren activos

cuya contraparte, a la hora de su vencimiento, sea incapaz de hacer frente a la obligación contraída. Para administrar este riesgo, el Comité de Inversiones en asesoría de la Unidad de Riesgos, establecen categorías de riesgo aceptado, los cuales están sujetos a revisión periódica.

Para la gestión del riesgo de crédito la entidad cuenta con una política de inversiones, en la cual se describen los emisores autorizados y los límites máximos de exposición permitidos, los cuales son fijados basados en el análisis crediticio del emisor que se someten a aprobación del Comité de Riesgos y de Comité de Inversiones.

Al 30 de setiembre 2015 y 2014, la cartera de inversiones propias de este fondo se mantuvo en valores cuya calificación de riesgo se ubicó en la escala de grado de inversión, de acuerdo a lo permitido en el prospecto.

f. Riesgo Cambiario - El riesgo cambiario se presenta cuando hay una afectación del

valor de las inversiones producto de la liquidación de éstas en una moneda diferente a la que originalmente está expresada. Para efectos de los fondos de inversión, se asume un riesgo de cambio al invertir con instrumentos con una moneda diferente a la del fondo.

Para la gestión de este riesgo se verifica el cumplimiento de la política del Fondo en cuanto a la distribución del portafolio según moneda no sobrepase el límite o restricción establecida. Además, los activos del fondo, como los flujos que recibe están expresados en una misma moneda, por lo que se mitiga el riesgo cambiario.

g. Riesgo Operativo - Es la pérdida potencial que se produce por fallas o deficiencias

en los procesos operativos, el personal, los sistemas de información, controles internos, infraestructura, así como el que se deriva de fraudes, incumplimiento de servicios, entre otros. Existen procesos internos dentro de la cadena de valor que están expuestos a tener fallas o deficiencias; dichos eventos pueden traducirse en pérdidas, de allí que la gestión del riesgo operativo permite identificar puntos críticos en donde la entidad es más vulnerable.

Para su medición y control del riesgo, se ha establecido una metodología de gestión cualitativa, en la cual se mapean los posibles riesgos (denominados riesgos inherentes), de acuerdo a una clasificación de eventos establecido en el Capítulo II del Acuerdo SGV-A-166, en el que se mapea los eventos de cada proceso crítico de la Sociedad, de acuerdo con un programa de trabajo entre la Unidad de Riesgos y los responsables de los procesos.

Una vez identificados los riesgos, se evalúan los controles implementados para su mitigación bajo una calificación estándar a fin de determinar los riesgos residuales. Estos se clasifican de acuerdo a su criticidad y se solicita a los responsables de esos

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procesos críticos, un plan de acción para aquellos calificados con un nivel de riesgo considerado elevado, con el objetivo de mitigar su exposición. El plan debe indicar las acciones, responsables y fechas para la ejecución de las acciones.

Riesgos sistémicos

Este tipo de riesgos no son posibles de diversificar a través de la inversión en distintos emisores, por cuanto no dependen de la capacidad del emisor para hacer frente a sus obligaciones financieras, sino que se encuentra en función de una serie de factores propios del manejo de la política económica del Gobierno. Se trata específicamente del efecto de:

a) Riesgo de Mercado - Es la pérdida potencial del valor de mercado de la cartera o

posición (trading) de instrumentos financieros, durante el tiempo transcurrido hasta que la posición se liquide; donde la pérdida es igual a la diferencia entre los valores de mercado inicial y final. La magnitud del riesgo de mercado depende del período de liquidación de la volatilidad de los mercados y de la liquidez de los mismos. Este riesgo es de carácter sistémico, por tanto, es propio al entorno, y afecta a todos los participantes de un mismo mercado, está en función de una serie de factores fuertemente ligado al desempeño económico del país.

Para la gestión del riesgo de mercado la entidad cuenta con políticas establecidas en el Manual de Riesgo en las cuales se describen los indicadores de seguimiento y límites máximos de exposición permitidos, según corresponda.

b) Políticas Fiscales - El Gobierno establece la política fiscal fijando los niveles de

impuestos y gastos. Ambas acciones de política monetaria tienen efectos potencialmente sobre los mercados financieros en general. Mediante los impuestos, el Gobierno retira dinero de la economía en su conjunto. Los aumentos en los impuestos tienen una influencia depresiva en el precio de los títulos, debido a que se tiene que utilizar el dinero para pagar impuestos en lugar de invertirlo en el mercado de valores.

La política fiscal opera en forma conjunta con la política monetaria en la administración global de la economía; lo cual, ambas políticas tienen efectos sobre las tasas de interés, la inflación y el déficit gubernamental. Las acciones del Gobierno en las áreas de política fiscal y monetaria, se encuentran entre los principales determinantes del movimiento del mercado bursátil.

c. Políticas Monetarias - Al fijar la política monetaria, el Banco Central de Costa Rica determina la tasa a la que debe crecer la oferta de dinero. Si existe demasiado dinero en relación con la cantidad de bienes disponibles, el resultado es la inflación. Por otra parte, si las existencias de dinero crecen despacio, los fondos serán insuficientes para respaldar una economía vigorosa. El aumento de las existencias de dinero tiende a aumentar el precio de los títulos que conforman la cartera y, con esto, se puede afectar negativamente el valor de la participación del Fondo. Estas variables

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son claves en el proceso de inversión, como por ejemplo la inflación esperada, la devaluación del colón en relación con el dólar estadounidense y las tasas de interés en moneda local.

Riesgos del inversionista

Los fondos de inversión presentan algunos riesgos que el inversionista debe conocer, la mayor parte de ellos derivados de la naturaleza misma del fondo y, específicamente, por la forma de retribuir los rendimientos.

En primer lugar, es importante enfatizar que la rentabilidad de la inversión en participaciones depende del posible diferencial que exista entre el valor al cual se suscribe o invierte en certificados de participación del Fondo y el valor de la participación al cual éstos se redimen.

El incremento o no del valor de las participaciones dependerá del comportamiento de la cartera de títulos que conforman el Fondo. Su valor puede subir o bajar producto de cambios en la situación del mercado financiero, por las políticas económicas, o por el grado de liquidez del sistema bursátil, entre otros factores. Estos cambios en el valor de los títulos afectará, como un todo, el valor diario del Fondo y de las participaciones en poder de los inversionistas.

Nota 13. Políticas de inversión

Composición de la Cartera - El fondo es del tipo financiero, es decir, invierte la

totalidad de sus activos en títulos o valores de índole financiera que, hasta en un 100% pueden ser de renta fija.

Su cartera activa estará compuesta básicamente por títulos valores inscritos en la Superintendencia General de Valores denominados en colones, emitidos por el sector público con garantía directa del Estado o por el Sector Privado con las siguientes calificaciones mínimas: Scr AA, Nivel Muy Bueno según la Sociedad Calificadora de Riesgo Centroamericana, S.A. y/o AA (cri), Alto según Fitch Costa Rica Calificadora de Riesgo, S.A. Sin embargo un porcentaje de la cartera podrá ser invertido en otros mercados del sector externo y en otras monedas distintas a la que está denominado el Fondo.

Criterios de Diversificación - Hasta un 20% de los recursos del fondo podrán estar

invertidos en otras monedas distintas a la que está denominado el fondo, ya sea de títulos valores del sector público o privado, del mercado local o extranjero.

El fondo podrá adquirir hasta otro 20% en reportos tripartitos con subyacente expresado en una moneda distinta a la de su liquidación.

El fondo podrá invertir hasta un 20% de su cartera en otros mercados organizados del sector externo. Los títulos que se adquieran deberán ubicarse dentro de la

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categoría de grado de inversión. De esta forma se podrán adquirir títulos valores emitidos por los sectores públicos y privado.

En obligaciones con terceros, el fondo podrá endeudarse ya sea mediante operaciones de recompra como vendedor a hoy o financiamiento bancario como máximo en un 10% de sus activos y en casos excepcionales de iliquidez en el mercado con la aprobación previa del Superintendente hasta por un 30% de los activos.

El Fondo podrá también invertir hasta un 25% de su cartera en participaciones de fondos de inversión de mercado de dinero. Estas inversiones en fondos de inversión respetarán las reglas de inversión especificadas en el prospecto para este Fondo. El Fondo podrá invertir hasta un 50% de su cartera en un mismo emisor del sector privado y hasta un 100% en emisores del Sector Público.

Un mínimo de 85% del total de activos del fondo, estará invertido en valores cuyos días al vencimiento no sean superiores a 360 días. Y un máximo de 15% podrá estar invertido en valores cuyos días al vencimiento no superen los 540 días. El plazo promedio de vencimiento de la cartera será igual o menor a 90 días.

El coeficiente mínimo de liquidez de cada fondo será definido por la sociedad administradora utilizando un modelo estadístico que permite medir la volatilidad de los activos del Fondo. Dicho modelo será establecido mediante acuerdo del Superintendente.

En el caso de reportos tripartitos como vendedor a plazo, se aplican los límites establecidos por emisor.

No se establece límite en la concentración en una misma emisión o valor. Nota 14. Período fiscal

El Fondo opera en el período fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Nota 15. Normas internacionales de información financiera emitidas

El CONASSIF ha establecido cuáles políticas contables deben ser utilizadas en los casos en que las normas incluyen tratamiento alternativo. Por otra parte, el CONASSIF establece la normativa contable de acuerdo con la versión de las NIIF que rige a partir del 1 de enero de 2008, habiendo existido cambios en las NIIF que han regido posteriormente.

Con fecha 4 de abril del 2013 se emite el C.N.S 1034/08 donde se establece que para el periodo que inicia el 1 de enero del 2014 se aplicarán las NIIF 2011 con excepción de los tratamientos especiales indicados en el capítulo II de la normativa aplicable a las entidades reguladas.

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La nueva NIC 1 entró en vigencia a partir de los periodos que comienzan en o después del 1 de enero de 2009.

Variación en el nombre de algunos estados financieros. La nueva NIC 1 utiliza el término “estado de posición financiera” en lugar del término balance general.

Se requiere que cuando haya ajustes y reclasificaciones cuando la entidad aplica retroactivamente un cambio en una política contable o ajusta o reclasifica cuentas en estados financieros ya presentados, se incluya un estado de posición financiera al inicio del periodo comparativo que se está presentando.

El formato de presentación de estados financieros es establecido por el regulador, lo que puede ser diferente a las opciones permitidas en las distintas NIIF y NIC.

NIIF 9: Instrumentos financieros

El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la información financiera sobre activos financieros de manera que presente información útil y relevante para los usuarios de los estados financieros de cara a la evaluación de los importes, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la entidad. La norma incluye tres capítulos referidos a reconocimiento y medición, deterioro en el valor de los activos financieros e instrumentos financieros de cobertura.

Esta Norma sustituye a la NIIF 9 de (2009), la NIIF 9 (2010) y la NIIF 9 (2013). Sin embargo, para los periodos anuales que comiencen antes del 1 de enero de 2018, una entidad puede optar por aplicar las versiones anteriores de la NIIF 9 en lugar de aplicar esta Norma, si, y solo si, la fecha correspondiente de la entidad de la aplicación inicial es anterior al 1 de febrero de 2015.

NIIF 15: Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes Norma Internacional de Información Financiera NIIF 15, Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes (NIIF 15), establece los principios de presentación de información útil a los usuarios de los estados financieros sobre la naturaleza, importe, calendario e incertidumbre de los ingresos de actividades ordinarias y flujos de efectivo que surgen de contratos de una entidad con sus clientes.

La NIIF 15 se aplicará a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2017. Se permite su aplicación anticipada.

La NIIF 15 deroga:

(a) la NIC 11 Contratos de Construcción;

(b) la NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias; (c) la CINIIF 13 Programas de Fidelización de Clientes; (d) la CINIIF 15 Acuerdos para la Construcción de Inmuebles;

(e) la CINIIF 18 Transferencias de Activos procedentes de Clientes; y (f) la SIC-31 Ingresos—Permutas de Servicios de Publicidad.

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Los ingresos de actividades ordinarias son un dato importante, para los usuarios de los estados financieros, al evaluar la situación y rendimiento financieros de una entidad. Sin embargo, los requerimientos anteriores de reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias en las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) diferían de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados de los Estados Unidos de América (PCGA de los EE.UU.) y ambos conjuntos de requerimientos necesitaban mejoras.

Los requerimientos de reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias de las NIIF previas proporcionaban guías limitadas y, por consiguiente, las dos principales Normas de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias, NIC 18 y NIC 11, podrían ser difíciles de aplicar en transacciones complejas. Además, la NIC 18 proporcionaba guías limitadas sobre muchos temas importantes de los ingresos de actividades ordinarias, tales como la contabilización de acuerdos con elementos múltiples.

Por el contrario, los PCGA de los EE.UU. comprendían conceptos amplios de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias, junto con numerosos requerimientos para sectores industriales o transacciones específicas, los cuales daban lugar, en algunas ocasiones, a una contabilización diferente para transacciones económicamente similares.

Por consiguiente, el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (IASB) y el emisor nacional de normas de los Estados Unidos, el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB), iniciaron un proyecto conjunto para clarificar los principios para el reconocimiento de los ingresos de actividades ordinarias y para desarrollar una norma común sobre ingresos de actividades ordinarias para las NIIF y los PCGA de los EE.UU. que:

(a) eliminara las incongruencias y debilidades de los requerimientos anteriores sobre ingresos de actividades ordinarias;

(b) proporcionara un marco más sólido para abordar los problemas de los ingresos de actividades ordinarias;

(c) mejorara la comparabilidad de las prácticas de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias entre entidades, sectores industriales, jurisdicciones y mercados de capitales;

(d) proporcionara información más útil a los usuarios de los estados financieros a través de requerimientos sobre información a revelar mejorados; y

(e) simplificara la preparación de los estados financieros, reduciendo el número de requerimientos a los que una entidad debe hacer referencia.

El principio básico de la NIIF 15 es que una entidad reconoce los ingresos de actividades ordinarias de forma que representen la transferencia de bienes o servicios comprometidos con los clientes a cambio de un importe que refleje la contraprestación a la cual la entidad espera tener derecho a cambio de dichos bienes o servicios. Una entidad reconoce los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con ese principio básico mediante la aplicación de las siguientes etapas:

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(a) Etapa 1: Identificar el contrato (o contratos) con el cliente—un contrato es un acuerdo entre dos o más partes que crea derechos y obligaciones exigibles. Los requerimientos de la NIIF 15 se aplican a cada contrato que haya sido acordado con un cliente y cumpla los criterios especificados. En algunos casos, la NIIF 15 requiere que una entidad combine contratos y los contabilice como uno solo. La NIIF 15 también proporciona requerimientos para la contabilización de las modificaciones de contratos.

(b) Etapa 2: Identificar las obligaciones de desempeño en el contrato—un contrato incluye compromisos de transferir bienes o servicios a un cliente. Si esos bienes o servicios son distintos, los compromisos son obligaciones de desempeño y se contabilizan por separado. Un bien o servicio es distinto si el cliente puede beneficiarse del bien o servicio en sí mismo o junto con otros recursos que están fácilmente disponibles para el cliente y el compromiso de la entidad de transferir el bien o servicio al cliente es identificable por separado de otros compromisos del contrato.

(c) Etapa 3: Determinar el precio de la transacción—el precio de la transacción es el importe de la contraprestación en un contrato al que una entidad espera tener derecho a cambio de la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con el cliente. El precio de la transacción puede ser un importe fijo de la contraprestación del cliente, pero puede, en ocasiones, incluir una contraprestación variable o en forma distinta al efectivo.

El precio de la transacción también se ajusta por los efectos de valor temporal del dinero si el contrato incluye un componente de financiación significativo, así como por cualquier contraprestación pagadera al cliente. Si la contraprestación es variable, una entidad estimará el importe de la contraprestación a la que tendrá derecho a cambio de los bienes o servicios comprometidos.

El importe estimado de la contraprestación variable se incluirá en el precio de la transacción solo en la medida en que sea altamente probable que no ocurra una reversión significativa del importe del ingreso de actividades ordinarias acumulado reconocido cuando se resuelva posteriormente la incertidumbre asociada con la contraprestación variable.

(d) Etapa 4: Asignar el precio de la transacción entre las obligaciones de desempeño del contrato—una entidad habitualmente asignará el precio de la transacción a cada obligación de desempeño sobre la base de los precios de venta independientes relativos de cada bien o servicio distinto comprometido en el contrato. Si un precio de venta no es observable de forma independiente, una entidad lo estimará. En algunas ocasiones, el precio de la transacción incluye un descuento o un importe variable de la contraprestación que se relaciona en su totalidad con una parte del contrato. Los requerimientos especifican cuándo una entidad asignará el descuento o contraprestación variable a una o más, pero no a todas, las obligaciones de desempeño (o bienes o servicios distintos) del contrato. (e) Etapa 5: Reconocer el ingreso de actividades ordinarias cuando (o a medida que) la entidad satisface una obligación de desempeño—una entidad reconocerá el ingreso de actividades ordinarias cuando (o a medida que) satisface una obligación

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de desempeño mediante la transferencia de un bien o servicio comprometido con el cliente (que es cuando el cliente obtiene el control de ese bien o servicio). El importe del ingreso de actividades ordinarias reconocido es el importe asignado a la obligación de desempeño satisfecha. Una obligación de desempeño puede satisfacerse en un momento determinado (lo que resulta habitual para compromisos de transferir bienes al cliente) o a lo largo del tiempo (habitualmente para compromisos de prestar servicios al cliente). Para obligaciones de desempeño que se satisfacen a lo largo del tiempo, una entidad reconocerá un ingreso de actividades ordinarias a lo largo del tiempo seleccionando un método apropiado para medir el progreso de la entidad hacia la satisfacción completa de esa obligación de desempeño.

NIIF 13: Medición del valor razonable

Esta norma es de aplicación en los periodos que comiencen en o después del 1 de enero de 2013. Esta NIIF define “valor razonable”, establece un solo marco conceptual en las NIIF para medir el valor razonable y requiere revelaciones sobre la medición del valor razonable. Esta NIIF aplica a otras NIIF que permiten la medición al valor razonable.

NIC 1: Presentación de estados financieros: Mejoras en la presentación de Otros resultados integrales

Esta norma es de aplicación en los periodos que comiencen en o después del 1 de julio del 2012. Los cambios que se han incluido en la NIC 1 son a párrafos específicos relacionados con la presentación de los Otros resultados integrales. Estos cambios requerirán que los Otros resultados integrales se presenten separando aquellos que no podrán ser reclasificados subsecuentemente al Estado de resultados y los que podrán ser reclasificados subsecuentemente al estado de resultado si se cumplen ciertas condiciones específicas.

IFRIC 21: Gravámenes

Esta Interpretación aborda la contabilización de un pasivo para pagar un gravamen si ese pasivo está dentro de la NIC 37. También aborda la contabilización de un pasivo para pagar un gravamen cuyo importe y vencimiento son ciertos.

Esta interpretación no trata la contabilización de los costos que surgen del reconocimiento de un pasivo para pagar un gravamen. Las entidades deberían aplicar otras Normas para decidir si el reconocimiento de un pasivo para pagar un gravamen da lugar a un activo o a un gasto.

El suceso que genera la obligación que da lugar a un pasivo para pagar un gravamen es la actividad que produce el pago del gravamen, en los términos señalados por la legislación. Por ejemplo, si la actividad que da lugar al pago de un gravamen es la generación de un ingreso de actividades ordinarias en el periodo presente y el cálculo de ese gravamen se basa en el ingreso de actividades ordinarias que tuvo lugar en un periodo anterior, el suceso que da origen a la

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obligación de ese gravamen es la generación de ingresos en el periodo presente. La generación de ingresos de actividades ordinarias en el periodo anterior es necesaria, pero no suficiente, para crear una obligación presente.

Una entidad no tiene una obligación implícita de pagar un gravamen que se generará por operar en un periodo futuro como consecuencia de que dicha entidad esté forzada económicamente a continuar operando en ese periodo futuro.

La preparación de los estados financieros según la hipótesis de negocio en marcha no implica que una entidad tenga una obligación presente de pagar un gravamen que se generará por operar en un periodo futuro.

El pasivo para pagar un gravamen se reconoce de forma progresiva si ocurre el suceso que da origen a la obligación a lo largo de un periodo de tiempo (es decir si la actividad que genera el pago del gravamen, en los términos señalados por la legislación, tiene lugar a lo largo de un periodo de tiempo).

Por ejemplo, si el suceso que da lugar a la obligación es la generación de un ingreso de actividades ordinarias a lo largo de un periodo de tiempo, el pasivo correspondiente se reconocerá a medida que la entidad produzca dicho ingreso. Una entidad aplicará esta Interpretación en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2014.

NIC 39: Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición.

Tratamiento de penalidades por pago anticipado de préstamos como íntimamente relacionado a un derivado implícito. Exención del alcance de esta norma en contratos para combinaciones de negocios.

Modificaciones a normas existentes:

Información a revelar sobre el importe recuperable de activos no financieros

Este documento establece modificaciones a la NIC 36, Deterioro del Valor de los Activos. Estas modificaciones proceden de las propuestas del Proyecto de Norma 2013/1, Información a Revelar sobre el Importe Recuperable de Activos no Financieros, y las correspondientes respuestas recibidas (Modificaciones Propuestas a la NIC 36) que se publicó en enero de 2013.

En mayo de 2013, se modificaron los párrafos 130 y 134, y el encabezamiento sobre el párrafo 138. Una entidad aplicará esas modificaciones de forma retroactiva a los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2014. Se permite su aplicación anticipada. Una entidad no aplicará esas modificaciones a periodos (incluyendo periodos comparativos) en los que no se aplique la NIIF 13.

Las modificaciones emitidas en este documento alinean los requerimientos de información a revelar de la NIC 36 con la intención original del IASB. Por la misma razón, el IASB también ha modificado la NIC 36 para requerir información adicional sobre la medición del valor razonable, cuando el importe recuperable de los activos que presentan deterioro de valor se basa en el valor razonable menos los

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costos de disposición, de forma congruente con los requerimientos de información a revelar para los activos que presentan deterioro de valor en los PCGA de los EE.UU.

Nota 16. Contingencias

Los registros contables del Fondo pueden ser revisados por la Dirección General de Tributación por los años 2014, 2013, 2012 y 2011 por lo que existe una posible contingencia por la aplicación de conceptos fiscales que pueden diferir de los que ha utilizado el Fondo para liquidar sus impuestos.

Nota 17. Hechos relevantes y subsecuentes

a. Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., de conformidad con lo dispuesto en la Resolución SGV-R-2942 del 30 de junio del 2014, de la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) fue autorizada para que, condicionado al cumplimiento de requisitos, sustituyera, en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a Interbolsa SAF, S.A., como sociedad administradora de los fondos de inversión que a continuación se detallan:

 Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Inmobiliario Dólares  Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Inmobiliario Dólares Dos  Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Inmobiliario Tres

 Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Inmobiliario FIO1  Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C

 Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez D

En línea con lo indicado, el proceso de cumplimiento de requisitos ante la SUGEVAL finalizó exitosamente, por lo cual el pasado jueves 24 de julio del 2014, Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, S.A., se convirtió oficialmente en la administradora de los fondos anteriormente indicados, a partir del 25 de julio de 2014.

b. Como consecuencia del evento descrito anteriormente, en publicación de comunicado de hecho relevante, la Sociedad Administradora informó al mercado de valores el pasado 31 de julio del 2014, el cambio de nombre del Fondo. El cual a partir de esa fecha dejaría de denominarse ¨Interbolsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C¨, para llamarse ¨Improsa Fondo de Inversión No Diversificado Liquidez C¨.

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