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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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BOLETIN OFICIAL Nº 9 5 3

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

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2da. Quincena de abril de 2016

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Secretario General Lic. Federico BEREZIUK

Secretario Legal y Técnico Dr. Ricardo J. M. RIVAS Subsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vázquez POL Secretario de Hacienda Cdor. Juan José MILETTA Subsecretario General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal

de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Dr. Gustavo César HIRSCH Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Federico José GARCIA Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Dr. Carlos PRASSEL Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: --- ---

DECRETOS: 975 a 1112 páginas 4 a 204

RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Inspección General):

336 a 377 páginas 205 a 210

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 105 a 147 páginas 211 a 219 RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Obras Particulares):

33 a 35 página 220

RESOLUCIONES SLyT (Rentas): 7 y 8 página 221

RESOLUCIONES S.I.C.: --- ---

RESOLUCIONES RR.HH.: 356 a 412 páginas 222 a 228 RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 282 a 304 páginas 229 a 231

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DECRETO 1040/16:

PUBLICADO EN EDICION EXTRA N° 983

(del 28 de abril de 2016)

---

DECRETO 1044/16:

PUBLICADO EN EDICION EXTRA N° 986

(del 05 de mayo de 2016)

---

DECRETO 1045/16:

PUBLICADO EN EDICION EXTRA N° 984

(del 28 de abril de 2016)

(4)

4

Ref.: Expte .Nro. 4593-C-2016.-

SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO

: 9 7 5

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 500/145/2016; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 273.534, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- Llámase a Licitación Privada Nro. 145/2016, para el “SERVICIO DE ************* ALQUILER DE TUBOS DE OXÍGENO – OXÍMETROS DE PULSO – CONCENTRADORES DE OXÍGENO – BIPAB – CPAP – RESERVORIOS PARA OXÍGENO Y ASPIRADOR DE SECRECIONES, DESDE EL 01 DE MAYO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016”.-

ARTICULO 2do.- El acto de apertura tendrá lugar el día 25 de Abril de 2016, a las ************** 10:00 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTICULO 3ro.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37, Objeto del Gasto 5. 1. 4. 08, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(5)

5

Ref.: Expte. Nro.

4441-C-2016.-SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2016.- DECRETO NUMERO

: 9 7 6

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/157/

2016; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 273.534, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 146/2016, para la ************* “REPAVIMENTACION DE CALZADAS ASFÁLTICAS MEDIANTE FRESADO, RECLAMADO Y RECONSTRUCCION DE CARPETA DE CONCRETO ASFÁLTICO, EN EL SECTOR COMPRENDIDO POR LAS CALLES: ROQUE SAENZ PEÑA, AV. MARQUEZ, AV. AVELINO ROLON, SARRATEA, URUGUAY Y RIO DE LA PLATA”.-

ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 26 de Abril de 2016, a las ************* 09:00 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24. 01, Objeto del Gasto 3. 3. 4, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(6)

6

Ref.: Expte. Nro.

4442-C-2016.-SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2016.-

DECRETO NUMERO

: 9 7 7

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600/158/ 201; y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 273.534, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 147/2016, para “MANO DE OBRA ************* PARA TRABAJOS COMPLEMENTARIOS DE EMERGENCIA Y/O DE

PREVENCION DE INUNDACIONES EN LA ZONA DENOMINADA LA CAVA Y ALEDAÑOS, PARTIDO DE SAN ISIDRO”.-

ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 26 de Abril de 2016, a las ************* 09:10 hs. en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, de San Isidro.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24, 02, Objeto del Gasto 3. 3. 6, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(7)

7 DECRETO NUMERO

: 9 7 8

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Ref.: Expte. Nro.

1596-C-2016.-SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.- DECRETO NUMERO:

9 7 9

VISTO el pedido de suministro Nro. 600/53/2016; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquél se efectuó el llamado a Licitación Pública Nro. 05/2016, mediante Decreto 555/2016;

QUE habiéndose realizado la apertura del Sobre Nro. 1, la Dirección General de Compras, en cumplimiento del Artículo Nro. 20.1 del Pliego de Bases y Condiciones, eleva el Expediente para la evaluación de las ofertas;

QUE, a fs. 2291 La Comisión Asesora para la Adjudicación de Licitaciones Públicas, desestima las ofertas que incumplen con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, quedando solo un oferente en condiciones de continuar con el proceso licitatorio;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Declárase desierto el llamado a Licitación Pública Nro. 05/2016, ************** por el “BACHEO CON CONCRETO ASFALTICO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”.-

ARTICULO 2do.- Procédase a la devolución de los sobres Nro. 2, a las empresas ************** cotizantes.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. Nro.

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NUMERO

: 9 8 0

VISTO el pedido de Adquisición Nro. 600/103/ 2016; y

Considerando:

QUE, el importe del servicio a efectuarse como

consecuencia de aquél, excede la suma de $ 820.597 por lo que, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Pública Nro. 13/2016, para el “BACHEO CON ************* HORMIGON ARMADO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE

SAN ISIDRO”, siendo el presupuesto oficial de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000,00).-

ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el 18 de Mayo de 2016, a las 10:00 ************* horas, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, San Isidro, siendo indispensable constituir domicilio especial dentro del Partido.-

ARTICULO 3º.- Déjase establecido el valor del Pliego en PESOS TREINTA MIL ************* ($ 30.000), el cual podrá ser consultado hasta el 13 de Mayo de 2016, los días hábiles de 08:00 a 13:30 horas, inclusive en la Dirección General de Compras.-

ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24. 01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 5º.- Por conducto de la Dirección de Prensa efectúense las correspondientes ************* publicaciones del presente llamado a licitación.-

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Ref.: Expte. Nro.

2748-C-2016.-//…

ARTICULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 4452-D-2016.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NUMERO:

981

VISTO la nota obrante a fojas 1 de la Dirección de Planeamiento y Comunicación Digital de San Isidro; y

Considerando:

QUE en la misma se solicita se declare de interés municipal la colocación de una baldosa recordatoria en memoria de Florencia María Villagra y Gustavo Alejandro Cabezas, estudiantes secundarios y vecinos de San Isidro, quienes fueron víctimas del terrorismo de estado durante la última dictadura militar;

QUE dicha conmemoración está impulsada por sus familiares, juntamente con integrantes del Colectivo Barrios por Memoria y Justicia Zona Norte y la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Zona Norte;

QUE la baldosa será colocada sobre la vereda de la Plaza 9 de Julio de la Ciudad de Martínez, el día 14 de mayo del corriente año;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, declarando de interés municipal el citado acontecimiento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Municipal la colocación de una baldosa recordatoria ************* en memoria de Florencia María Villagra y Gustavo Alejandro Cabezas, estudiantes secundarios y vecinos de San Isidro, quienes fueron víctimas del terrorismo de estado durante la última dictadura militar.-

ARTICULO 2°.- Déjase establecido que la colocación de la baldosa conmemorativa que ************* hace referencia el artículo precedente, se efectuará el día 14 de mayo del corriente año, en la Plaza 9 de Julio de la Ciudad de Martínez.-

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Ref.: Expte. N° 4452-D-2016.-

//…

ARTICULO 3°.- El presente decreto se dicta “ad referéndum” del Honorable Concejo ************* Deliberante.-

ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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Ref.: Expte. N° 4780-U-2016.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 8 2

VISTO la solicitud interpuesta por la entidad “Universidad Nacional Dr. Raúl Scalabrini Ortiz”, referente a su reconocimiento como entidad de bien público sin fines de lucro; y

Considerando:

QUE la peticionante se encuentra comprendida en las exigencias de las reglamentaciones vigentes;

QUE el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad, solicita el dictado del acto administrativo pertinente, dando su aprobación para el reconocimiento solicitada;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Reconócese como entidad de bien público sin fines de lucro, ************** a la entidad “Universidad Nacional Dr. Raúl Scalabrini Ortiz”, siendo su Rector Organizador el Dr. Roberto González DNI 16.807.347 y con domicilio en Prilidiano Pueyrredón nº 1068, de la Ciudad de Martinez, jurisdicción de este Partido.-

ARTICULO 2do.- Intervenga la Dirección de Relaciones Vecinales ONGs y Ceremonial. ************** Tome conocimiento la Dirección General de Rentas.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

DM

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(14)

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Ref.: Expte. N° 1736-R-2014. Cuerpo 2.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 8 3

QUE por Decreto Nº 2082 de fecha 02 de agosto de 2013, otorgado en el expediente Nº 3511/2013, se autorizó la construcción de nueve Unidades de Viviendas Unifamiliares Agrupadas, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 60, Parcelas 1a, 1b y 1c, ubicado en la calle J. B. de La Salle esquina Florencio Varela, de la ciudad de Beccar, jurisdicción de éste Partido; y

Considerando:

QUE las Oficinas Técnicas pertinentes verificaron por inspección, que la obra realizada ha superado en 0.44 metros la altura máxima reglamentaria, y autorizada en el Permiso de Construcción, otorgado por Expediente Nº 1736/14;

QUE a fojas 241 obra informe de la Dirección General de Ordenamiento Urbano en el sentido que, vista la presentación realizada por los interesados y el acuerdo convenido con los vecinos, desde el punto de vista urbano ambiental, la diferencia verificada no genera un impacto visual negativo sobre el entorno, entendiéndose que se trata de un ajuste de obra originado por la diferencia de niveles existentes en el predio, y la situación topográfica del sector;

QUE la diferencia de altura se encuadraría dentro del marco de lo dispuesto en el Artículo 1.1.2.6 del Código de Ordenamiento Urbano, por lo cual correspondería la modificación del Artículo 2º, Apartado A7, y la incorporación de un nuevo ítem en el Apartado B6 y el Apartado B7, en el Decreto Nº 2082/13;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 2º Apartado A7 del Decreto Nº 2082/2013, el que ************* quedará redactado de la siguiente manera:

“A7. Altura Máxima y Plano Límite: 8,94 metros, conforme a la propuesta presentada. El plano límite para tanques de agua y chimeneas será de 10,25 metros.

(15)

15

Ref.: Expte. N° 1736-R-2014. Cuerpo 2.-

//…

El nivel ± 0,00 a partir del cual se tomarán todas las alturas, se fijará conforme al artículo 1.2.1.10.3 del Código de Ordenamiento Urbano, en el nivel natural del terreno, en el lugar donde se implante el edificio (centro geométrico de la planta), equivalente a + 6,01 metros, de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Ordenamiento Urbano a fojas 222, según la propuesta presentada de fojas 220 debidamente corregida.

El tratamiento verde para azoteas y fachadas se ejecutará de acuerdo a la propuesta de fs. 225/237 del Expediente Nº 1736/14.

Los tanques de agua e instalaciones complementarias deberán retirarse de los ejes divisorios y planos de fachada y deberán recibir tratamiento arquitectónico a fin de integrarse armónicamente como parte del edificio, conforme lo establecido en el artículo 1.1.2.3 del Código de Ordenamiento Urbano.

Los requerimientos citados precedentemente deberán constar en los planos a presentar, según lo determinado por la Dirección General de Obras Particulares.”

ARTÍCULO 2º.- Incorporase en el Decreto Nº 2082/2013 un Ítem al final del Apartado ************* B6, y un Apartado B7, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“B6. Dar cumplimiento a los Decretos Nº 1617/14 y Nº 1618/14.

B7. Se deberá plantar un ejemplar de palmera, en la intersección de la Línea Municipal de la calle Florencio Varela con las vías del Ferrocarril, dentro de un macetero triangular, cuyos lados interiores no podrán contar con una medida menor a 1m x 1m x 1,41m.

Asimismo, y de acuerdo a la documentación presentada a fojas 236/237 del Expediente Nº 1736/14, como Anexo del Convenio realizado con los vecinos, se deberá efectuar la colocación de cercos vivos divisorios entre unidades, maceteros en muros divisorios, frentes y contrafrentes de terrazas, barrera forestal lindera a las vías del ferrocarril, arbustos colgantes desde azoteas, sobre frentes y contrafrentes, cubierta jardín sobre acceso y cerco vivo sobre ambos frentes.”

ARTICULO 3°.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones ************* del Decreto Nº 2082/2013.-

(16)

16

Ref.: Expte. N° 1736-R-2014. Cuerpo 2.-

///…

ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Subsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vazquez Pol

(17)

17

Ref.: Expte. N° 3574-S-2014.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO:

9 8 4

VISTO el contrato de locación obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar los mismos, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- REGISTRESE el contrato de locación celebrado entre la Municipalidad ************* de San Isidro y la Sra. Vanesa Carina Pérez –DNI 25.965.579- respecto del alquiler del inmueble sito en Padre Castiglia n° 1900 de la Ciudad de Boulogne, por el término de veinticuatro (24) meses contados a partir del 1° de abril de 2016, cuyo vencimiento operará indefectiblemente el día 31 de marzo de 2018, cuyo texto pasa a formar parte del presente.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

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Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(18)

18

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO ________________

__________

CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre la Sra. Vanesa Carina Pérez, D.N.I. 25.965.579, con domicilio real en la Avenida Centenario 543 de la localidad y Partido de San Isidro, representada en este acto por el Sr. Pedro Pérez Motos, D.N.I. 93.203.226, conforme poder especial otorgado por Escritura n° 40 de fecha 26/3/2014, pasado por ante la Escribana Apat, notaria titular del Registro de Escrituras Públicas n° 11, en adelante denominada “LA LOCADORA” por una parte y la Municipalidad de San Isidro, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada para este acto por la del Sr. Secretario Legal y Técnico, Dr. Ricardo J. M. Rivas, con domicilio en Av. Centenario N° 77, San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA” por la otra, se conviene en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a lo dispuesto en la materia por el Código Civil y Comercial y las cláusulas que a continuación se detallan:

PRIMERA: “LA LOCADORA” da en locación a “LA LOCATARIA”, quien acepta de conformidad, el inmueble ubicado en la calle Padre Castiglia n° 1900 de la localidad de Boulogne, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. “LA LOCATARIA” acepta el inmueble en las condiciones en que se encuentra y que dice conocer, obligándose a mantener y devolver el inmueble en las mismas buenas condiciones y a pagar el importe de los objetos que faltaren o estuvieren rotos y los deterioros ocasionados.

SEGUNDA: El presente contrato, se pacta por el término de VEINTICUATRO MESES (24) contados a partir del día 01 de ABRIL 2016, cuyo vencimiento ocurrirá indefectiblemente el día 31 de MARZO de 2018.

TERCERA: El precio de la locación asciende a la suma total de pesos doscientos treinta y dos mil novecientos noventa y dos ($232.992) pagaderos de la siguiente manera: la suma de pesos ocho mil cuatrocientos cuarenta y dos ($8.442) el primer año y la suma de pesos diez mil novecientos setenta y cuatro ($10.974) para el segundo año, pagaderos por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sta en la Av. Centenario Nro. 77, Piso primero, de la localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos

(19)

19

Aires. La falta de pago en término del alquiler hará generar al monto adeudado un interés punitorio del dos por ciento (2%) diario.

CUARTA: Las partes dejan debidamente aclarado que la determinación del canon locativo mensual y las formas de pago previstas, asimismo el contenido del presente, ha sido libremente convenido por ambas, bajo el marco de los principios emanados del artículo 961 del Código Civil y Comercial.

QUINTA: Todas las mejoras y/o modificaciones que “LA LOCATARIA” hiciere en el inmueble alquilado, deberán ser autorizadas por “LA LOCADORA” previamente por escrito. Las mejoras que “LA LOCATARIA” hiciere, de cualquier naturaleza que fuere, quedarán a beneficio de “LA LOCADORA” sin derecho a indemnización alguna a favor de “LA LOCATARIA”.

SEXTA: “LA LOCADORA” no se responsabiliza por los daños y perjuicios que pudiera sufrir “LA LOCATARIA” y/o terceros por accidentes, inundaciones, filtraciones o desprendimientos provenientes de roturas o desperfectos en caños, techos, cables, veredas, etc., o por cualquier accidente o daño o incendio de cualquier naturaleza que pudiera producirse en el bien locado, o en sus vecinos o linderos que lo afecten de cualquier manera, cualquiera sea la causa interna o externa, visible u oculta que las produzcan. Los daños que a terceros pudieran generarse por las causas antes indicadas quedarán a cargo exclusivo de “LA LOCATARIA”.

SÉPTIMA: El inmueble objeto de la locación, será utilizado por “LA LOCATARIA”, exclusivamente como oficinas públicas con o sin atención al público, de entes o dependencias del gobierno de la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO. Regirá una prohibición expresa de cambiar ese destino en forma total o parcial. “LA LOCATARIA” tiene prohibido bajo pena de desalojo: a) Subalquilar, ceder, vender ya sea parcial o totalmente, este contrato; b) Realizar actos contra la moral y las buenas costumbres; c) Depositar en el inmueble sustancias tóxicas, y/o peligrosas, y/o con malos olores; d) Impedir el ingreso de “EL LOCADOR” o a sus representantes debidamente autorizados, a la inspección del inmueble locado.

OCTAVA: “LA LOCATARIA” declara haber visitado el inmueble que loca y que lo recibe de total conformidad, en perfecto estado de uso y conservación, como así también en lo que respecta a los objetos muebles que se detallan a continuación y deberá proceder a su devolución en las mismas condiciones, salvo el desgaste producido por el buen uso y la

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20

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO ________________

__________

acción del tiempo, con todas sus instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas en buen funcionamiento, así como también las puertas exteriores e interiores, vidrios, llaves, herrajes, etc.

NOVENA: “LA LOCATARIA” restituirá a “LA LOCADORA”, el inmueble totalmente desocupado al término de la locación y si así no lo hiciere, “LA LOCATARIA” abonará a “LA LOCADORA”, por cada día de retención indebida del inmueble, una suma equivalente al 10% diario del alquiler vigente abonado en el último mes de locación, más el alquiler mensual vigente a esa fecha, no obstante lo cual “LA LOCADORA” podrá demandar el desalojo con más los daños y perjuicios.

DÉCIMA: “LA LOCATARIA” renuncia expresamente al beneficio conferido por el artículo 1218 del código civil que conoce, y faculta a “LA LOCADORA” para que ante la falta de pago de un solo mes de alquiler o cualquiera de las obligaciones asumidas en este acto, éste inicie la acción de desalojo del inmueble, con más el cobro de las sumas adeudadas y los daños y perjuicios ocasionados.

DÉCIMA PRIMERA: La mora se producirá en forma automática y de pleno derecho por el mero vencimiento de los plazos o el incumplimiento de las obligaciones sin necesidad de interpelación por alguna de las partes aquí firmantes.

DÉCIMA SEGUNDA: “LA LOCATARIA” podrá rescindir el presente contrato después de los seis (6) meses de vigencia del mismo, notificándose fehacientemente tal voluntad a “LA LOCADORA” con sesenta (60) días de anticipación. Si “LA LOCATARIA” hiciere uso de esta opción en el primer año de contrato, deberá abonar a “LA LOCADORA” una suma equivalente a un mes y medio de alquiler, y si ya hubiere transcurrido dicho lapso abonará el importe equivalente a un mes de alquiler.

DÉCIMA TERCERA: Queda a cargo de “LA LOCADORA” el pago del impuesto municipal correspondiente al Alumbrado, Barrido y Limpieza (A.B.L.), asimismo el pago del impuesto provincial (ARBA), y finalmente el pago del sellado contractual en su

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21

correspondiente proporción. El pago conveniente de los servicios de luz, gas y provisión de agua (AySA) serán a cargo de “LA LOCATARIA”.

DÉCIMA CUARTA: “LA LOCATARIA” entrega en este acto a “LA LOCADORA” la suma de pesos dieciséis mil ochocientos ochenta y cuatro ($16.884) en concepto de depósito y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente contrato, otorgándose por separado el correspondiente recibo. Este depósito no devengará interés alguno. Tampoco podrá ser imputado al pago de alquileres adeudados y será devuelto por “LA LOCADORA” a los sesenta (60) días de recibido de conformidad el bien locado y una vez que se haya cancelado cuanto “LA LOCATARIA” pudiera adeudar por consumo de luz, gas, teléfono, aguas, desperfectos, alquileres, gastos judiciales o extrajudiciales o por cualquier otro concepto que haya generado.

DÉCIMA QUINTA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al comienzo del presente contrato, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos a que hubiere lugar, sometiéndose a la competencia de los tribunales civiles y comerciales del departamento judicial de San Isidro.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro a los 4 días del mes de Abril del año 2016.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas

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22

Ref.: Expte. N° 13240-G-2009.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 8 5

VISTO la prórroga de contrato de locación obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- REGISTRESE la prórroga del contrato de locación celebrado con la ************* Sociedad Italiana de Socorros Mutuos y Cultural Dante Alighieri de San Isidro, respecto de la prórroga del contrato de locación del inmueble sito en Don Bosco n° 57 de la Ciudad de San Isidro, por el término de doce (12) meses, contados a partir del 1° de enero de 2016, hasta el 31 de diciembre de 2016, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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23

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO ________________

__________

PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos y Cultural Dante Alighieri de San Isidro, representada en este acto por su Presidente Sr. José Mario Calónico, DNI 93.699.413, con domicilio en la calle Martín y Omar N° 403, de San Isidro, en adelante denominada “LA LOCADORA” por una parte y por la otra la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Posse, DNI N° 16.345.447, cuya firma es refrendada para este acto por la del Sr. Secretario Legal y Técnico, Dr. Ricardo Rivas, con domicilio en Av. Centenario N° 77, San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en consideración:

QUE con fecha 14 de Febrero de 2013 “LAS PARTES” celebraron un contrato de locación en relación al inmueble sito en la calle Don Bosco 57 de la localidad y Partido de San Isidro.

QUE dicho contrato vencía indefectiblemente el día 31 de Diciembre de 2015.

Por lo expuesto “LAS PARTES” convienen

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación por el término de doce (12) meses, contados a partir del 1 de Enero de 2016 hasta el día 31 de Diciembre de 2016.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio total de la locación por dicho período en la suma de pesos doscientos treinta y un mil trescientos ($231.300), pagaderos de la siguiente manera. La suma de pesos doce mil seiscientos ($12.600) para los meses de Enero, Febrero y Marzo y la suma de pesos veintiún mil quinientos ($21.500) para los nueve meses restantes, pagaderos por adelantado y entre los días primero a décimo de cada mes, en la Tesorería de la Municipalidad de San Isidro, sito en Avenida Centenario 77, Piso Primero.

TERCERA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, “LAS PARTES” constituyen domicilios especiales en los indicados más arriba, donde se tendrán

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24

por válidas todas las notificaciones y emplazamientos a que hubiere lugar, sometiéndose a la competencia de los tribunales del departamento judicial de San Isidro.

CUARTA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 14/02/2013, en cuanto no sean modificados por el presente.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los 4 días del mes de Enero de 2016.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario de Legal y Técnico Dr. Ricardo Rivas

Sr. Mario Calónico, Presidente de la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos y Cultural Dante Alighieri de San Isidro

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Ref. Expte: Nº 7597-P-2015

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 8 6

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 1986/2015 a fojas 25, se dispuso instruir sumario administrativo al agente Mauricio Juan SOLAR DEL SOLAR (Legajo Nº 60.658), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1132/2016 obrante a fojas 32, y lo resuelto en Acta Nº 82/2016 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 33, surge que corresponde aplicar al citado agente una sanción correctiva consistente en un llamado de atención, conforme los artículos 67 inciso a) y 69 inciso 5) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850;

QUE, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Aplícase un llamado de atención al agente Mauricio Juan SOLAR DEL ************* SOLAR (Legajo Nº 60.658), conforme los artículos 67 inciso a) y 69 inciso 5) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 82/2016 de la Junta de Disciplina, obrante a fojas 33 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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26

Ref. Expte: Nº 13058-P-2015.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 8 7

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 3012/2015, a fojas 7, se dispuso instruir sumario administrativo al agente Jonatan Emmanuel AMALFI (Legajo Nº 65.954), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1134/2016 obrante a fojas 42, y lo resuelto en Acta Nº 84/2016 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 43, surge que por la falta imputada corresponde absolver al citado agente, conforme el artículo 81 inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850;

QUE, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Absuélvase al agente Jonatan Emmanuel AMALFI (Legajo Nº 65.954), ************* de conformidad con el artículo 81 inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 84/2016 de la Junta de Disciplina, obrante a fojas 43 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(27)

27

Ref. Expte: Nº 3023-S-2015

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 8 8

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 1068/2015 a fojas 27, se dispuso instruir sumario administrativo al agente Eduardo Antonio ZALAZAR (Legajo Nº 51.658), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1126/2015 obrante a fojas 66, y lo resuelto en Acta Nº 77/2015 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 69, surge que por la falta imputada corresponde absolver al citado agente, conforme el artículo 82 inciso b) de la Ley Nº 11.757;

QUE, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Absuélvase al agente Eduardo Antonio ZALAZAR (Legajo N° 51.658), ************* de conformidad con el artículo 82 inciso b) de la Ley N° 11.757 -Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires-, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 77/2015 de la Junta de Disciplina, a fojas 69 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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28

Ref. Expte: Nº 10732-P-2015

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 8 9

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 3086/2015 a fojas 41, se dispuso instruir sumario administrativo a la agente Andrea Mercedes ROJO (Legajo Nº 61.654), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1131/2015 obrante a fojas 52, y lo resuelto en Acta Nº 81/2015 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 53, surge que corresponde declarar la cesantía de la agente, conforme los artículos 67º inciso d) y 69º inciso 3) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850;

QUE, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Declárase cesante a partir de la notificación del presente Decreto, a la ************* agente Andrea Mercedes ROJO (Legajo Nº 61.654), conforme los artículos 67º inciso d) y 69º inciso 3) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 81/2015 de la Junta de Disciplina, a fojas 53 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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Ref. Expte: Nº 4822-M-2015

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 9 0

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 1286/2015 a fojas 10, se dispuso instruir sumario administrativo al agente Héctor José SERMEÑO ARIAS (Legajo Nº 63.925), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1128/2015 obrante a fojas 46, y lo resuelto en Acta Nº 78/2015 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 48, surge que por la falta imputada corresponde absolver al citado agente, conforme el artículo 82 inciso b) de la Ley Nº 11.757;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Absuélvase al agente Héctor José SERMEÑO ARIAS (Legajo ************* Nº 63.925), de conformidad con el artículo 82 inciso b) de la Ley Nº 11.757 -Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires-, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 78/2015 de la Junta de Disciplina, obrante a fojas 48 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

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30

Ref. Expte: Nº 3449-S-2015.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO

: 9 9 1

VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE, por Decreto Nº 1284/2015 a fojas 16, se dispuso instruir sumario administrativo al agente Roberto ZAPATA (Legajo Nº 13.131), a fin de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos mencionados en el presente cuerpo instrumental;

QUE, teniéndose en cuenta el estudio de las actuaciones, lo expuesto en la Conclusión Sumaria Nº 1130/2016 obrante a fojas 42, y lo resuelto en Acta Nº 80/2015 de la Junta de Disciplina de la Municipalidad de San Isidro de fojas 44, surge que corresponde aplicar al citado agente una sanción correctiva consistente en diez (10) días de suspensión, conforme los artículos 67º inciso c) y 68º inciso 2) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850;

QUE, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Aplícase diez (10) días de suspensión al agente Roberto ZAPATA ************* (Legajo Nº 13.131), conforme los artículos 67º inciso c) y 68º inciso 2) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza Nº 8850, y de acuerdo a lo expuesto en Acta Nº 80/2015 de la Junta de Disciplina, obrante a fojas 44 de estos actuados.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(31)

31

Ref.: Expte. Nº 14979-S-2016

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 9 2

VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, respecto de la Cuenta Corriente Nro. 720.251; y

Considerando:

QUE a fojas 1 del presente, el requirente manifiesta ser hijo del titular de la propiedad, quien se encuentra actualmente fallecido;

QUE habita el inmueble junto con su esposa, ambos con inconvenientes de salud;

QUE alega también que la propiedad se encuentra en estado de abandono, habiendo sufrido intromisiones por parte de malvivientes;

QUE el requirente alega pretender regularizar su situación por lo que abona a resultas del presente, el importe de la deuda de origen;

QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a disminuir el monto de los accesorios, cuando las causas lo justifiquen, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses por mora y el 100% ************* de la multa, generados en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 1991/5B al 2015/5A inclusive, de la Cuenta Corriente N° 720.251.-

ARTICULO 2º.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************* Rentas para su conocimiento.-

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32

Ref.: Expte. Nº 14979-S-2016

//…

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(33)

33

Ref. Expte. Nº 3809-R-2016.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 9 3

VISTO lo informado por el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne; y

Considerando:

QUE, el Doctor Jorge Alberto SARMIENTO (Legajo Nº 53.437), con actividad de Médico Cirujano, en dicho Hospital, solicita licencia especial sin goce de sueldo para ocupar cargo de mayor jerarquía, con la conformidad de la autoridad correspondiente;

QUE, procede en consecuencia proyectar el acto administrativo a fines de conceder la licencia solicitada, con reserva de cargo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Concédase licencia especial sin goce de sueldo -con reserva de cargo- ************* conforme el artículo 18º del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza 8850- al Doctor Jorge Alberto SARMIENTO (Legajo Nº 53.437) con la retribución de Profesional Hospital B de 24 hs (código 211) (J:1.1.1.01.06.000- C:29-O:1.1.1.09) y actividad de Médico Cirujano, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, con retroactividad al 4 de enero de 2016 y mientras dure su cargo de mayor jerarquía.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(34)

34

Ref. Expte. Nº 3807 -R-2016-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016 DECRETO NÚMERO:

9 9 4

VISTO lo informado a fojas 1; y Considerando:

QUE, se deberá incluir en los alcances del artículo 17º “Bonificación Función Personal Superior y Jerárquico” (18%) de la Ordenanza 8863, al agente Mariano Andrés BONINA (Legajo Nº 56.971) a partir del 1º de marzo de 2016;

QUE, procede en consecuencia a proyectar el acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- Inclúyese de los alcances del artículo 17º “Bonificación Función Personal ************* Superior y Jerárquico” (18%) de la Ordenanza 8863, al agente Mariano Andrés BONINA (Legajo Nº 56.971) a partir del 1º de marzo de 2016.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

(35)

35 DECRETO NÚMERO:

9 9 5

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36

Ref.: Expte. Nº 4535-D-2016.-

SAN ISIDRO, 20 de abril de 2016

DECRETO NÚMERO:

9 9 6

VISTO la nota obrante a fojas 1; y Considerando:

QUE, se hace necesario contar con una Coordinadora General en la Dirección General de Recursos Humanos, debido al cúmulo de tareas que se desarrolla en el Área de Despacho;

QUE, a tal fin se propone a la agente Ana María CASSANO (Legajo Nº 14624);

QUE, en virtud de ello, se deberá incluir a la mencionada agente en los alcances del artículo 16º de la Ordenanza N° 8863, con retroactividad al 1° de marzo de 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- Inclúyase en los alcances del Artículo 16° inciso d) -punto 2 de la ************* Ordenanza N° 8863,”Bonificación Coordinador General” –diferencia entre la Categoría 10 y la categoría 14 (J:1.1.1.01.01.000-C:01.03-O:1.1.1.05) a la agente Ana María CASSANO (Legajo N° 14.624), con retroactividad al 1º de marzo de 2016.-

ARTICULO 2º.- Mantiénese la inclusión en los alcances de los Artículos 15º y 17º ************* ambos de la Ordenanza Nº 8863, “Bonificación por Disposición Permanente” y “Bonificación Personal Superior Jerárquico” respectivamente.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General Licenciado Federico Bereziuk

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37

Ref.: Expte. Nro. 10614-L-2000 y Agreg.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.- DECRETO NÚMERO:

9 9 7

VISTO la presentación efectuada en autos por María del Carmen GALASSO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2014, 2015 y 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2014, 2015 y 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María del Carmen GALASSO, con domicilio en Tte. Gral. Lonardi Nº 1332 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 841.921.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

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38

Ref.: Expte. Nro. 726-M-2013.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

9 9 8

VISTO la presentación efectuada en autos por Raúl Hugo MASSE, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 100%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Raúl Hugo MASSE, con domicilio en Comodoro Rivadavia Nº 850 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 650.526.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

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39

Ref.: Expte. Nro. 680-P-1996 Cuerpo 2.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

9 9 9

VISTO la presentación efectuada en autos por María Paula PINO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 4D) Discapacidad, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 100%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Paula PINO, con domicilio en Ruta Acceso Norte Ramal Tigre Nº 471 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 780.360.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(40)

40

Ref.: Expte. Nro. 5069-A-1991 y Agreg.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.- DECRETO NÚMERO:

1 0 0 0

VISTO la presentación efectuada en autos por Sara BARNATHAN Vda. de ABECASIS, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 100%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Sara BARNATHAN Vda. de ABECASIS, con domicilio en Alsina Nº 71 – 2º “B” de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 211.943.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(41)

41

Ref.: Expte. Nro. 4790-C-2013.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 0 1

VISTO la presentación efectuada en autos por Federico CONRADS, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Federico CONRADS, con domicilio en Castro Barros Nº 1566 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 371.994.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(42)

42

Ref.: Expte. Nro. 774-G-2013.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 0 2

VISTO la presentación efectuada en autos por Antonio Ricardo GENNA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Antonio Ricardo GENNA, con domicilio en Joaquín V. González Nº 1626 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 571.085.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(43)

43

Ref.: Expte. Nro. 268-F-2013.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 0 3

VISTO la presentación efectuada en autos por Leopoldo FRANZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Leopoldo FRANZ, con domicilio en Cosme Argerich Nº 2022 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 521.431.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

(44)

44

Ref.: Expte. Nro. 4818-W-2013.-

SAN ISIDRO, 20 de Abril de 2016.-

DECRETO NÚMERO:

1 0 0 4

VISTO la presentación efectuada en autos por WYNNE Alicia, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

Que habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;

Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2016;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************* Generales en un 50%, año/s 2016, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a WYNNE Alicia, con domicilio en Azcuénaga Nº 2179 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 381.807.-

ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************* Tasas inmobiliarias.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

L.A.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta

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