“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
MINISTERIO DE DEFENSA
EJERCITO DEL PERÚ
COEDE
UNIDAD OPERATIVA 0750
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0017-2014 POR
SUBASTA INVERSA PRESENCIAL DERIVADA DE LA
LICITACIÓN PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA
PRESENCIAL N° 004-2014-EP/UO 0750
SUMINISTRO DE BIENES
“SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA EL PERSONAL DE LA
ENTIDAD”
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO
DE SELECCIÓN
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
CAPITULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 92º del Reglamento, en la
fecha señalada en el cronograma.
1.2 BASE LEGAL
Ley N° 30144, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el AF-2014.
Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado en adelante la Ley.
Decreto Supremo Nº 184-2009 que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
Decreto Supremo Nº 138-2012 que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD – Mayo 2009, aprobada por Resolución Nº 168-2009-OSCE/PRE.
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Ley N° 1086 - Ley de Promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, aprobado por el D.S. Nº 007-2008-TR.
Reg
lamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial.
Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD – Mayo 2009, aprobada por Resolución Nº
168-2009-OSCE/PRE.
1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de publicada la convocatoria en el SEACE y hasta un (1) día antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.
MUY IMPORTANTE:
Para participar en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.
1.4 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta del sobre de habilitación y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o
electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente
empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente
mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio,
incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante
legal o mandatario designado para dicho fin.
Las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado
debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple (Formato
N° 01). Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o
apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del
documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será
acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal (Formato N° 01), a
la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste. En
el caso de Consorcios, el representante Común deberá presentar la documentación
antes señalada, por cada una de los consorciados (persona natural y/o jurídica)
(Formato Nº 01).
En todos los casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular
propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la
Subasta Inversa durante el acto público.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el
orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus
propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se
le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la
presentación de la constancia de su registro como participante.
“Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni
conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan
presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos”.
1.5 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
a) Los postores deberán presentar por cada ítem al que se presentan el sobre que contenga la oferta económica.
b) La oferta económica se presentará en sobre cerrado y deberá indicar el precio o costo ofertado en nuevos soles, en función al valor referencial total establecido en las Bases,
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debiendo expresarse hasta con dos (2) decimales. La propuesta económica no podrá exceder el valor referencial total y deberá incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, certificaciones requeridas por la Entidad, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
1.6 EVALUACIÓN (Sobre de habilitación)
Se verificará que el sobre de habilitación contenga los documentos de presentación
obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las
presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán
admitidas.
1.7 EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el Valor Referencial, será devuelta por el Comité
Especial y se tendrá por no presentada.
1.8 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena
Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección
a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el
puntaje total obtenido por cada uno de los postores.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el
procedimiento establecido en las presentes Bases.
El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden
en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario
Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen
hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la
misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de
otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, Dicha presunción no admite
prueba en contrario.
1.9 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber
quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.
1.10 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de
haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido
tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición
de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1
Recurso de apelación
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo
del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebración del contrato.
El recurso de apelación se resolverá teniendo en cuenta el Art. 53 de la Ley de
Contrataciones del Estado, y el art. 104 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado.
La garantía por interposición del recurso de apelación deberá otorgarse a favor del
Organismo Superior de Contrataciones del Estado
– OSCE y de la Entidad, cuando
corresponda. Esta garantía será equivalente al tres por ciento (3%) del valor
referencial del proceso de selección o del ítem que se decida impugnar. En cualquier
caso, la garantía no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%) de una (1) UIT.
Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos
por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso,
podrán impugnarse ante el Tribunal.
2.2
Plazos de interposición del recurso de apelación
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de
haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe
interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado
conocimiento del acto que se desea impugnar.
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
CAPÍTULO III
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1
DE LOS CONTRATOS
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la
Buena Pro, y dentro del plazo de dos (02) días hábiles siguientes al consentimiento de
la Buena Pro, la Entidad deberá citar al postor ganador otorgándole un plazo no menor
de cinco (05) días ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá
presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la
documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro
del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del
Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o
debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por
medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona
jurídica, a través de su representante legal.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar
adicionalmente a los mencionados en las bases, los siguientes documentos:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Carta Fianza como Garantías de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la
propuesta (de ser el caso), cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la
ultima recepción de la prestación a cargo del contratista;
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
Los postores ganadores de la buena pro cuando se acojan al beneficio de la Ley
28015 Ley de formalización de la Micro y Pequeña Empresa con la finalidad de no
presentar garantía de fiel cumplimiento deberán presentar las dos últimas
declaraciones juradas anuales del impuesto a la renta y las dos últimas
declaraciones juradas de planilla de trabajadores con todos sus formatos; con la
finalidad de verificar si cumplen con lo establecido en la mencionada Ley.
Vigencia de poderes actualizada con una antigüedad máxima de 30 días. .
3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que
lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el Comité de Recepción y Conformidad de
Bienes dé la conformidad de la recepción de la última prestación a cargo del
contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las Cartas Fianzas presentadas como garantía deberán ser incondicionales,
solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad,
emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén
consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que
periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
3.4 DE LAS GARANTÍAS
3.4.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador deberá entregar a la Entidad Carta Fianza como garantía de
fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente
al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la
conformidad de la recepción de la última prestación a cargo del contratista.
3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del
veinte por ciento (20%) de aquel, para la suscripción del contrato, el postor
ganador deberá presentar una Carta Fianza adicional por el monto equivalente al
veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la
propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad
de la recepción de la última prestación a cargo del contratista.
3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el
artículo 164° del Reglamento.
3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del bien requerido
y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los
Artículos 165° al 168° del Reglamento, según corresponda.
3.7 PAGOS
La Entidad realizará el pago a favor del contratista por concepto de los bienes objeto
del contrato en forma periódica. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada
cada entrega a cargo del contratista cada mes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de
acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
De acuerdo con el Artículo 176º del Reglamento para efecto de pago, la
Entidad pagará las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la
oportunidad establecida en el contrato. Para tal efecto, el Comité de Recepción
y Conformidad de Bienes dará la conformidad de la recepción de los bienes, en
un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos
recibidos (entendiéndose después de toda la documentación sustentatoria),
para lo cual deberá contar con toda la documentación que se detalla a
continuación:
Acta de conformidad de bienes emitida por el Comité de Recepción y
Conformidad de Bienes.
Facturas originales y copias emitidas por el contratista.
Guía de remisión original y copia emitida por el contratista.
El pago lo realizara la OGECOE mediante su abono directo al CCI del
contratista.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de
intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde
la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.8
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en la presente
sección o en las Bases se regirán por la Ley de Contrataciones del Estado y su
Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : MINISTERIO DE DEFENSA – EJERCITO PERUANO
COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA - COEDE
RUC Nº : 20131369124
Domicilio legal : AV. ESCUELA MILITAR S/N - CHORRILLOS Teléfono/Fax: : 251-0236 (6033 / 6035)
Correo electrónico: : [email protected]
1.2 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y MODALIDAD:
El presente proceso de selección por ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA mediante la modalidad de Subasta Inversa Presencial, tiene por objeto contratar el “Suministro anual de alimentos para el personal de la Entidad” (COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO – COEDE), cuyas Especificaciones Técnicas se describen en las Fichas Técnicas aprobadas por el OSCE, acorde a lo establecido en el Capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
1.3
CODIGO DE ACUERDO AL LISTADO DE BIENES COMUNESCódigo Denominación Técnica Denominación comercial Requisito de Calidad Documento de Aprobación
5022110800133492 Arroz Superior ARROZ PILADO SUPERIOR
Primera Memorando N°
548-2014/DTN
5016150900278002 Azúcar Rubia AZÚCAR RUBIA DOMESTICA
Primera Memorando N°
517-2014/DTN
5013161200258887 Huevo HUEVO FRESCO DE GALLINA
Extra Resolución Nº
410-2012-OSCE/PRE
1.4 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO, CANTIDAD Y VALOR REFERENCIAL:
El Expediente de Contratación fue aprobado mediante Resolución
Nº 479 -2014 del 12
de Setiembre 2014 y cuenta con un valor referencial asciende a Novecientos Cincuenta
y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Seis con 10/100 nuevos soles (S/. 954,376.10)
,
incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del
bien, así como cualquier otro concepto de gastos que afecte el costo y traslado de los
bienes puestos en los almacenes de La Entidad. El valor referencial ha sido calculado al
mes de Setiembre 2014, de acuerdo al detalle siguiente:
Item Descripción U/m Cant. Precio
unitario Precio total
Valor ref. en números y letras
1 ARROZ PILADO
SUPERIOR KG 244,365.33 2.30 562,040.26
(Quinientos Sesenta y Dos Mil Cuarenta con 26/100 Nuevos Soles): 2 AZÚCAR RUBIA
DOMESTICA KG 121,157.89 1.90 230,199.99
(Doscientos Treinta Mil Ciento Noventa y Nueve
con 99/100 Nuevos Soles) 3 HUEVO FRESCO KG 34,496.89 4.70 162,135.85 (Ciento Sesenta y Dos
DE GALLINA Mil Ciento Treinta y Cinco con 85/100
Nuevos Soles)
VALOR MONETARIO DEL DECREMENTO MINIMO:
ITEM DESCRIPCION U/M CANT. PRECIO
UNT. PRECIO TOTAL DECREMENTO MINIMO VALOR MONETARIO DEL DECREMENTO MINIMO 1 ARROZ PILADO SUPERIOR KG 244,365.33 2.30 562,040.26 2% 11,240.00 2 AZÚCAR RUBIA DOMESTICA KG 121,157.89 1.9 230,199.99 2% 4,603.00 3 HUEVO FRESCO DE GALLINA KG 34,496.89 4.70 162,135.85 2% 3,342.00 IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Si el sistema de contratación es a precios unitarios deberá indicarse los precios unitarios referenciales del bien y/o bienes objeto de la convocatoria.
Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios: Ejército Peruano-Unidad Operativa 0750: COEDE, correspondiente al AF 2014 – AF-2015
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso de selección se realizará bajo el sistema de PRECIOS UNITARIOS, considerados en las fichas técnicas y de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
NO APLICABLE
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE LAS ENTREGAS
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calendario (cada una de las entregas), contabilizados a partir de la recepción de la respectiva orden de compra. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
CRONOGRAMA DE ENTREGA
- Dado que el requerimiento de la Entidad, esta supeditado a la captación mensual de nuevos efectivos de tropa, cuya información no puede conocerse con anticipación, por ser el Servicio Militar de carácter voluntario, no es posible a la Entidad establecer con exactitud las cantidades mensuales por adquirir, motivo por el cual se han establecido porcentajes aproximados de los internamientos, que pueden variar en función a lo mencionado anteriormente.
- Según el detalle siguiente:
NRO DESCRIPCION DEL
ARTICULO CANT
PORCENTAJES APROXIMADOS DE ENTREGA DE LOS BIENES ( 2014 - 2015)
TOTAL OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET
1 ARROZ SUPERIOR PILADO 244,365.33 10% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 10% 8% 8% 100% 2 AZÚCAR RUBIA DOMESTICA 121,157.89 10% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 10% 8% 8% 100% 3 HUEVOS FRESCOS DE GALLINA 34,496.89 10% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 8% 10% 8% 8% 100%
IMPORTANTE:
El cronograma debe señalar la periodicidad de las entregas, de acuerdo al objeto de la convocatoria (por ejemplo, puede establecerse fechas fijas o mensuales o quincenales o semanales).
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de la reproducción de las Bases es de Diez con 00/100 Nuevos Soles (S/. 10.00). previo pago en la cuenta Nº 000292036 del Banco de la Nación; dicho Boucher entregado de empoce deberá ser canjeado por una boleta de venta en el Departamento Generador de Recursos (DGR) del COEDE, sito en Av. Escuela Militar s/n - Chorrillos.
1.10. BASE LEGAL
- Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
- Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2014.
- Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Ley N° 29873 del 01 Junio 2012– Ley que modifica el DL Nº 1017 de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Decreto Supremo N° 138- 2012–EF del 07 de Agosto de 2012 que modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Directivas de OSCE
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28015 Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR,
- Directivas de OSCE.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria 19 de Setiembre del 2014
Registro de participantes Del: 22 de Setiembre del 2014 Al: 26 de Setiembre del 2014
Acto público de Presentación de Propuestas, puja y otorgamiento de buena pro.
29 de Setiembre del 2014
El acto público se realizará en la sala de acuerdos del Comando de Educación y Doctrina del Ejercito, ubicado en Av. Escuela Militar s/n - Chorrillos.
Hora: 11:00 am
2.2 DE LOS POSTORES:
2.2.1
2.2.1 Podrán presentarse como Postores al presente proceso de selección, las personas Naturales y Jurídicas constituidas de acuerdo a Ley, ya sea en forma individual o en Consorcio, que se hayan registrado en la Entidad.
2.2.2 Los Postores que se encuentren como participantes; así como los que no se encuentren inmersos en los Artículos 10º “Impedimentos para ser Postor y/o contratista”, 11º “Prohibición de Prácticas Restrictivas” y 36º “Ofertas en Consorcio” de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo observar lo dispuesto por la DIRECTIVA Nº 016-2012-OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del estado.
2.2.3 Para la convocatoria del presente proceso, la presentación en consorcio no implica crear una persona jurídica diferente; para ello será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio suscrito por cada uno de sus representantes legales si fuese el caso de personas jurídicas o directamente por los titulares si se trata de personas naturales (Anexo Nº 04).
2.2.4 Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide a que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distinto; debiendo cumplir cada consorciado con todos los requisitos y documentos exigidos en las bases.
2.2.5 Las partes del consorcio responderán solidariamente ante la Entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual en el consorcio durante el presente proceso de selección; o de su participación en conjunto en la ejecución del contrato derivado de este. Deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo
2.2.6 El contrato de consorcio se formaliza mediante documento privado con firmas legalizadas ante notario público por cada uno de los asociados, de sus apoderados o de sus representantes legales, según corresponda, designándose en dicho documento al representante o apoderado común.
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2.4.1 CONVOCATORIA:
La convocatoria del presente proceso de selección se efectuará a través de la publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), para lo cual se adjunta las Bases Administrativas, bajo sanción de nulidad conforme lo establece el artículo 92 del Reglamento terminando con la suscripción del contrato respectivo, perfeccionamiento de este, cancelación del proceso o cuando se deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro, si fuera el caso
2.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina del Negociado de Contrataciones del Departamento de Logística del Comando de Educación y Doctrina del Ejército - COEDE, sito en Av. Escuela Militar S/N del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
2.5. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en El acto público se realizará en la Sala de Acuerdos del Comando de Educación y Doctrina del Ejercito, ubicado en Av. Escuela Militar s/n del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de “NOTARIO” PÚBLICO.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, es uno solo y una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Para el Acto Público de presentación de Propuestas, las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste.
En ambos casos, en la carta poder, según modelo del FORMATO Nº 01, debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público.
2.4 INTRODUCCION AL ACTO PÚBLICO
Antes de dar inicio al acto público, el Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.
2.5 PRESENTACIÓN DE SOBRES DE HABILITACIÓN Y OFERTAS ECONÓMICAS
2.5.1 Al término de la absolución de las preguntas formuladas por los participantes, el Presidente llamará a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad que presenten sus dos (2) sobres.
2.5.2 El primer sobre, se denomina “SOBRE DE HABILITACION”, el cual contendrá la documentación que acredite, que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de selección y cumplir con el objeto de la contratación.
2.5.3 El segundo sobre, se denomina “SOBRE DE OFERTA ECONOMICA”
2.5.4 Las propuestas se presentarán en un original y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0017-2014 SIP DERIVADA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 0004-2014 EP/UO 0750, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: SOBRE DE HABILITACION. El sobre será rotulado:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
2.5.5 Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente.
2.5.6 Se presume que los bienes ofertados cumplen con las características exigidas en las fichas técnicas y con las condiciones previstas en las presentes Bases. Esta presunción no admite prueba en contrario.
2.6 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.6.1 SOBRE N° 1 – “SOBRE DE HABILITACION Señores
COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0017-2014 SUBASTA
INVERSA PRESENCIAL DERIVADA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N°
0004-2014 EP/UO 0750 SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
Denominación de la convocatoria: “
SUMINISTRO DE ALIMENTOS
PARA EL PERSONAL DE LA ENTIDAD”
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
ITEM Nº ….. (Item en el que participa)………
Señores
COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 0017-2014 SUBASTA
INVERSA PRESENCIAL DERIVADA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N°
0004-2014 EP/UO 0750 SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
Denominación de la convocatoria: “
SUMINISTRO DE ALIMENTOS
PARA EL PERSONAL DE LA ENTIDAD”
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECÓNOMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
Se presentará en un original y una (01) copia.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección. Anexo Nº 02., documento mediante el cual el postor garantice el cumplimiento de la calidad, cantidad, presentación, periodicidad y plazo de entrega de los bienes ofertados para un periodo de abastecimiento de doce (12) meses, según Ficha Técnica señaladas en las Bases, precisando además la marca y procedencia de los mismos.
c) Para el Arroz Pilado Superior deberá presentar Copia Simple de Registro Sanitario vigente del producto Arroz Pilado (debe corresponder al grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA a nombre del Titular del registro. Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Oficial al Plan HACCP, emitida por DIGESA, según RM N°449-2006- MINSA(*). Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual este inmerso al producto requerido (*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que establezca la norma especial….
d) Para la Azúcar Rubia se deberá presentar: Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Azúcar Rubia Domestica (debe corresponder al grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA a nombre del Titular del registro. Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Oficial al Plan HACCP, emitida por DIGESA, según RM N°449-2006- MINSA. Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual este inmerso al producto requerido.
e) Para el Huevo Fresco de Gallina, se deberá presentar para bienes importados; Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios y piensos otorgado por el SENASA, según el Art. 40° del D.S. N° 004-2011-AG y Declaración única de aduanas que acredite el ingresos legal del producto al país f) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
g) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
h) Declaración Jurada de que el postor cuenta con la autorización del fabricante, para ofertar sus productos en el presente proceso (si fuera el caso). Para todos los Item’s. i) Declaración Jurada simple mediante la cual se garantice que el postor cuenta con la
licencia de funcionamiento vigente de la planta procesadora del fabricante y de los almacenes del postor.
j) Declaración Jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5).
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión del sobre de habilitación, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento. Documentación de presentación facultativa:
Declaración Jurada de información empresarial (Formato 02).
Certificado de inscripción ó reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa REMYPE de ser el caso.
En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para personas con Discapacidad.
IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en el sobre de habilitación, la propuesta será descalificada.
2.6.2 SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA1
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios de cada ítem ofertado (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Los postores deberán presentar por cada ítem el sobre que contenga la oferta económica.
b) La oferta económica se presentará en sobre cerrado, según el Anexo Nº 07, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases, debiendo incluir el precio unitario de cada artículo. La oferta económica deberá incluir, todos los conceptos a que se refiere el Artículo 63º del Reglamento y no podrá exceder el valor referencial total, caso contrario será devuelta por el Comité Especial, teniéndola por no presentada de conformidad a lo establecido en el Artículo 33° del DL N° 1017.
c) Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para el proceso de selección.
d) El monto total de oferta económica y los subtotales que lo conforman, deberán ser expresada con dos decimales, en nuevos soles, incluido todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, certificaciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo de los
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
bienes, puestos en el Almacén de la Entidad, en consecuencia la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en el sobre de habilitación, la propuesta económica será descalificada.
2.7
APERTURA DE PROPUESTAS
2.7.1 Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento, se procederá a la descalificación de la propuesta.
2.7.2 Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
2.7.3 En caso existieran defectos de forma, como errores u omisiones en los documentos presentados que no alteren el alcance del sobre de habilitación, se procederá conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 68º del RLCE.
2.8 CLASIFICACION DE PROPUESTAS
2.8.1 Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%).
2.8.2 Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en al período de puja dos (2) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los dos (2) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.
2.8.3 En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.
2.8.4 En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.
2.9 PERIODO DE PUJA
2.9.1 Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, e invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja, realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
Los montos ofertados se anotarán en la pantalla, a través de un sistema informático, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
2.9.2 En el caso de haberse producido un empate en el monto de las propuestas económicas, el Comité Especial realizará el sorteo respectivo entre ellos para determinar el orden de los lances.
2.9.3 En caso que sólo existieran dos (02) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.
2.9.4 Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.
2.9.5 Si durante el período de puja no se respeta el decremento mínimo previsto en las bases, el Comité Especial debe indicarle al postor que su lance no es válido y que puede efectuar otro lance, siempre que no hayan transcurrido los tres (3) minutos. No cabe la rectificación de un lance válido, debiendo el Comité Especial sólo tomar en cuenta el primer lance realizado.
2.9.6 Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (03) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Una vez desistido el postor no podrá volver a efectuar lances en las rondas sucesivas. 2.9.7 El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo,
luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.
2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
2.10.1 Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido, incluyendo aquellos que no participaron de la puja. No se asignarán puntajes ni bonificaciones y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo.
2.10.2 Se dará el otorgamiento de la Buena Pro al postor que ofrezca el menor precio, verificando el Comité Especial que por lo menos haya dos (02) propuestas válidas, caso contrario el proceso se declarará desierto.
2.10.3 Solo en el caso que se haya otorgado un plazo para la subsanación del sobre de habilitación, se suspenderá el acto público hasta el día siguiente en que se venza el plazo concedido por el Comité Especial, fecha en la cual se reanudará el acto público. Si vencido el referido plazo, el postor no ha cumplido con efectuar la subsanación, el Comité Especial lo descalificará.
2.10.4 Se otorgará la buena pro al postor que haya ofrecido el precio más bajo. En caso de empate, el único supuesto de desempate es el sortero en el mismo acto público.
2.10.5 Asimismo, el Comité Especial al término del acto, según lo previsto en el calendario del proceso de selección determinará en el acta correspondiente el Otorgamiento de Buena Pro, indicando el orden en el que han sido calificados los postores, a través de un Cuadro Comparativo en el que se consignará el orden de prelación que han obtenido los postores participantes.
2.10.6 El Comité Especial notificará el otorgamiento de la Buena Pro el mismo día de su realización a través del SEACE, en la Sede de la Entidad o a los correos electrónicos de los postores, el mismo día de su realización, e incluirá el acta y el cuadro comparativo detallado con los resultados del otorgamiento de la Buena Pro.
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
2.10.7 Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso. Tratándose de ítems, el postor deberá identificar cuales son los ítems que impugnará.
2.11 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado para el presente proceso de selección expedida por el OSCE.
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
c) Fotostática de la Copia literal de Constitución de la Empresa con sus modificatorias y fotocopia legalizada de la Ficha Registral del poder del Representante de la Empresa, (en el caso de presentarse en consorcio, este deberá ser por cada uno de los consorciados).
d) Fotostática del Documento de Identidad Nacional del Representante Legal o apoderado. e) Fotostática del RUC actualizado del postor o de todos los componentes del Consorcio de
ser el caso.
f) Declaración Jurada del postor indicando el código de su Cuenta Interbancario (CCI), autorizando a la Entidad lo pagos a través del abono directo en su respectiva cuenta bancaria.
g) Copia de la licencia de funcionamiento vigente, de la planta procesadora del fabricante, y de los almacenes del postor, a fines de acreditar el giro del negocio. Para todos los ítems.
h) Constancia de acreditación del REMYPE del adjudicatario en caso opte por la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento en forma de retenciones MYPE. i) Estructura de Precios Unitarios.
j) Declaración Jurada para efectos de notificaciones durante la ejecución del contrato. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la Carta Fianza como Garantía de Fiel Cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
De acogerse a dicha alternativa, la persona natural o jurídica favorecida con la buena pro deberá presentar copia de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta del año anterior a la fecha de la convocatoria así como una Declaración Jurada de contar con el mínimo de personal establecido para ser considerado como micro o pequeña empresa de acuerdo a la normativa vigente.
GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de aquél, para la suscripción del contrato el postor deberá presentar una Carta Fianza como Garantía Adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución,
conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo. Adicionalmente, se solicita la presentación de la documentación tales como:
a) Copia de DNI del Representante Legal.
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.
e) Copia vigente de la licencia de funcionamiento.
2.12 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.
2.13 FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en PAGOS PERIÓDICOS.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad, emitida por el Comité de Recepción y Conformidad de bienes de la Entidad.
- Factura original y 01 copia.
- Guía de remisión original y 01 copia. - Orden de compra original.
2.14 PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
CAPÍTULO III
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
A. FINALIDAD PUBLICA
La finalidad pública del presente proceso de selección es contratar el suministro de alimentos
en las mejores condiciones de calidad y costos que permitan una adecuada alimentación
(desayuno, almuerzo y cena) al personal de Cadetes, Alumnos y Tropa del Comando de
Educación y Doctrina del Ejército
– COEDE, lo que permitirá un eficiente desempeño en el
cumplimiento de los objetivos institucionales asignados
.
B. FICHAS TECNICAS Y CONDICIONES ESPECIFICAS DEL PRODUCTO
Los items convocados deberán ser alimentos de reciente producción y/o fabricación, cuya
presentación deberá estar acorde a lo solicitado en las presentes Bases Administrativas, de
acuerdo a las Especificaciones Técnicas de los bienes requeridos por el COEDE, tal como lo
establece la respectiva Ficha Técnica aprobada por OSCE, que se detallan a continuación:
DESCRIPCION DE LOS PRODUCTOS:
ITEM Nº 01
ARROZ PILADO GRADO 2 - SUPERIOR
Clase:
Largo
Tipo de envase:
Sacos de polipropileno tejido transparente de 95 gr./envase, cerrado
con hilo pabilo a máquina en cinta encadenada 5 cm anterior y posterior del tramo cosido del
saco
Peso neto por envase:
50 kg.
Grado de calidad superior (10% granos quebrados).
FICHA TECNICA
APROBADA
CARACTERISTICAS GENERALES Características generales del bien
Denominación del Bien : ARROZ PILADO SUPERIOR
Denominación técnica : ARROZ PILADO GRADO 2 - SUPERIOR
Grupo/clase/familia/ítem : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Productos de legumbres y cereales/Cereales/Grano de arroz
Nombre del Bien en el catalogo del SEACE
: ARROZ PILADO SUPERIOR
Código : 5022110800133492
Unidades de medida : KILOGRAMO
Descripción general : Llamado también arroz blanco o elaborado, es el grano entero y quebrado procedente de cualquier variedad de la especie Oryza sativa L, al cual se le ha removido la cáscara, los embriones y el pericarpio o cutícula, en un procesamiento normal del arroz en cáscara (grano que la ha mantenido después de la trilla) que cumple con las especificaciones del grado superior.
Características generales de la Ficha
Versión : 1
Estado : Aprobada
Periodo para recibir sugerencias en el SEACE
: del 16/06/2014 al 26/06/2014 Fecha de publicación en el SEACE : 08/07/2014 00:14
FICHA TÉCNICA APROBADA
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : ARROZ PILADO SUPERIOR
Denominación técnica : ARROZ PILADO GRADO 2 - SUPERIOR
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripción General : Llamado también arroz blanco o elaborado, es el grano entero y quebrado procedente de cualquier variedad de la especie Oryza sativa L, al cual se le ha removido la cáscara, los embriones y el pericarpio o cutícula, en un procesamiento normal del arroz en cáscara (grano que la ha mantenido después de la trilla) que cumple con las especificaciones del grado superior.
CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO
Segmento/Familia/Clase/Commodity : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Productos de legumbres y cereales/ Cereales/ Grano de arroz
Ítem : Arroz pilado superior
Código : 5022110800133492
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN A. CARACTERÍSTICAS
De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto: Grado 2 con denominación comercial Superior, puede ser clasificado de acuerdo a su longitud del grano, según la NTP 205.011 como:
- Largo - Mediano - Corto
Por lo menos el 80% de los granos (en masa), están dentro de los límites de la clase a adquirir, y no más del 20% (en masa), son de mezcla con variedades de clases contrastantes.
Nota: La Entidad convocante deberá precisar la clase de arroz según el tamaño de grano de
arroz (largo o mediano o corto) requerido, según lo establecido en la Tabla I de la NTP 205.011. Pudiendo ser por ejemplo: arroz pilado superior largo, arroz pilado superior mediano, arroz pilado superior corto.
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad convocante al postor, en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:
- Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Arroz Pilado (debe corresponder al grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro (según literal c) del artículo 36 de la R.M. Nº 449-2006-MINSA).
“Suministro de Alimentos para el personal de la Entidad”
- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-MINSA . Dicha validación Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido, según el artículo 4 de la R.M. Nº 449-2006-MINSA.
Nota: Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la
culminación de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad convocante (según literal c) del artículo 36 de la R.M. Nº 449-2006-MINSA).
B.2. Atributos del bien
El Arroz Pilado Superior deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.
No deberá contener insectos o sus huevos; granos mohosos, germinados, picados, sucios; y, olores o sabores extraños, causados por agentes químicos, físicos o microbiológicos. Asimismo, deberá estar exento de ñelén y polvillo. (según NTP 205.011, CODEX STAN 198).
Deberá cumplir con lo siguiente:
ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA CALIDAD
Cumplir con lo indicado en el numeral
- Longitud 4.1 (Tabla 1) de la norma de la referencia, según la clase de Arroz
Pilado Superior a adquirir.
- Color Cumplir con lo indicado en el numeral
4.4 de la norma de la referencia.
- Olores y Cumplir con lo indicado en el numeral
NTP 205.011 CEREALES Y sabores: 4.7 de la norma de la referencia. MENESTRAS. Arroz pilado.
- Contenido Cumplir con lo indicado en el numeral
de humedad: 4.3 de la norma de la referencia.
Cumplir con lo indicado en numeral
- Sanidad y 4.2 de la norma de la referencia, para aspecto: el grado de calidad de Arroz Pilado
Superior.
*
En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria, Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA INOCUIDAD
R.M. Nº 591-2008/MINSA que aprueba la NTS Nº
Cumplir íntegramente con la totalidad MINSA/DIGESA-V.01. “Norma - Criterio de los criterios microbiológicos Sanitaria que establece los microbiológico establecidos para el Grupo V.1 criterios microbiológicos de
Granos secos. calidad sanitaria e inocuidad
para los alimentos y bebidas de
consumo humano”.
No deberá exceder los límites
- Límite máximos permisibles de plaguicidas
Máximo de fijados en la norma nacional o, en Artículo 15 del D.S. N° 004-2011-Residuos de ausencia de ésta, establecidos por el AG.
plaguicidas Codex Alimentarius que apliquen al
producto.
- Metales Cumplir con lo indicado en la norma
CODEX STAN 193.
Pesados de la referencia para arroz
C. CERTIFICACIÓN
Opcional.
La Entidad convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado Superior, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el literal “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI.
En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de acreditación, que confirme que el bien entregado: Arroz Pilado Superior, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el literal “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el INDECOPI.
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demande la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
C.1. Muestreo
Se realizará de acuerdo a lo establecido en la "NTP-ISO 24333 CEREALES Y PRODUCTOS DERIVADOS.Muestreo".
C.2. Ensayos
Para determinar los requisitos establecidos en esta Ficha Técnica, se utilizarán los métodos de ensayo que se indican en el numeral 6 de la NTP 205.011.