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Sistema Español de Ciencia y Tecnología

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Academic year: 2021

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Sistema Español de Ciencia y Tecnología

La gobernanza del sistema se configura a partir de la denominada Ley de la Ciencia, Ley 13/1986, de 14 de abril de 1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, por la que se establece el Plan Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico como instrumento para el fomento y la coordinación general de los programas de ayudas públicas que configuran la política nacional de ciencia y tecnología.

El SECYT está compuesto por todas las instituciones y organismos, dedicados a: • La generación de conocimiento mediante la investigación y el desarrollo. • La utilización del conocimiento en el ámbito productivo y social

Regido por el conjunto de normas y costumbres de uso que, en relación a estas materias, se aplican en la sociedad.

Este sistema puede ser estructurado en cuatro categorías en atención a la naturaleza, objetivos y funciones de cada una de las entidades que lo componen:

• Administraciones públicas, en sus diferentes niveles: aglutinan algunas de las principales entidades del sistema nacional, jugando un papel fundamental a través de las políticas de apoyo que afectan a todas las etapas de creación, difusión y uso del conocimiento con relación a la ciencia, la tecnología y su utilización por el tejido productivo.

• Sistema público de I+D+i: dentro del cual las entidades más representativas son la porción de las Universidades públicas con actividad en este ámbito, y los OPIS que se centran en la generación de conocimiento para la investigación y el desarrollo tecnológico. Estos organismos son los responsables de la mayor parte de la I+D pública que se lleva a cabo en España.

• Organizaciones de soporte a I+D+i: OTRIs, centros tecnológicos, parques CTs, fundaciones, organismos de promoción, financiación y evaluación, fundaciones universidad empresas, CIT, ICTs y organismos y agencias de fomento de la innovación.

• Empresas: son uno de los elementos fundamentales del sistema, ya que uno de los fines que persigue éste es servirlas, fortalecerlas y mejorar su capacidad y posición competidora.

En esta categoría se encuadran todas aquellas organizaciones mayoritariamente privadas y de carácter mercantil (en su mayoría sociedades anónimas o limitadas), es decir, con ánimo de lucro.

En términos relativos, su papel preponderante es la actividad productiva, desempeñando el papel de destinatarias de los servicios de innovación. Sin embargo, hay un conjunto de empresas, no contempladas en algunos modelos del SECYT, cuya actividad principal es proveer servicios de innovación. Tal es el caso de las ingenierías y consultorías. También forman parte de esta categoría los departamentos de I+D de empresas fabriles, pero que deciden independizarse jurídicamente para comercializar (a su casa matriz o en el mercado libre) los resultados tecnológicos de sus trabajos.

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Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT)

La Ley 13/1986 de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica- conocida como la Ley de la Ciencia-, y la numerosa regulación posterior que la desarrolla, encomienda a la CICYT:

• la elaboración de las directrices generales de la política de la Investigación Científica y Técnica, además

• establece que es el órgano responsable de la planificación, coordinación y seguimiento del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, asimismo establecido en dicha Ley, que constituye el instrumento básico de fomento, coordinación y planificación de la investigación científica y técnica.

La CICYT se reúne en dos comisiones: la Plenaria o Pleno (encargada de la naturaleza estratégica de la política española de I+D) y la Comisión Permanente (para la coordinación de las actividades de I+D+i financiadas a través del Programa de gasto dedicado a la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica de los Presupuestos Generales del Estado) y tiene dos órganos consultivos el Consejo General de la Ciencia y la Tecnología- creado para promover la coordinación general de la investigación científica y técnica con las comunidades autónomas- y el Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología- creado para promover la participación de la comunidad científica y de los/las agentes económicos y sociales en la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan Nacional.

En 2004 la Comisión Permanente creó un Comité de Apoyo y Seguimiento de la CICYT (CAS), para implementar las mejoras a corto plazo en la gestión de las políticas de I+D+i del Gobierno.

Tanto la presidencia del Consejo General y del Consejo Asesor, como el secretariado de la CICYT (pleno y permanente) están adscritos, actualmente, al Ministerio de Educación y Ciencia (Ministra y Secretario de Estado de Universidades e Investigación, respectivamente).

En el Sistema Español de Ciencia y Tecnología (SECYT) distinguen cuatro estructuras de actuación: sistema público de I+D+i, organizaciones de soporte a I+D+i, empresas y sociedad.

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A continuación mostramos los principales organismos e instituciones que configuran la gobernanza del sistema:

Los y las agentes del Sistema Español de Ciencia y Tecnología a quienes van destinadas las ayudas del Plan Nacional de I+D+i son:

Organismos públicos de I+D: organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril, y sus disposiciones de desarrollo.

Universidades: las universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001 (y en su reforma de abril de 2007) de Universidades. Las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D.

Otros centros públicos de I+D: organismos públicos con capacidad para realizar I+D, no regulados en la Ley 13/1986, o en disposiciones similares de las CC.AA. En esta categoría están comprendidos los centros de I+D con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados de la Administración del Estado, y los dependientes o vinculados de las administraciones públicas territoriales y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.

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Centros públicos y privados de I+D sin ánimo de lucro: entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D, incluidas las fundaciones de los/las agentes sociales (ej. sindicatos) que realicen actividades relacionadas con la I+D y los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sea mayoritariamente de las administraciones públicas.

Empresas: entidad, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que éste válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. Se integran en este concepto las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales. Dentro del concepto empresa se diferencian las pequeñas y medianas empresas (pymes) y, dentro de éstas, las micropymes.

Centros tecnológicos: persona jurídica, legalmente constituida sin fines lucrativos, que estatutariamente tenga por objeto contribuir, mediante el perfeccionamiento tecnológico y la gestión tecnológica, a la mejora de la competitividad de las empresas y que esté inscrita como centro de innovación y tecnología (CIT) en el registro regulado por el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, cuya propiedad u órgano de gobierno sea mayoritariamente de empresas del mismo ámbito de actividad que el centro y que no pertenezcan al mismo grupo empresarial.

Agrupaciones o asociaciones empresariales: comprenden la unión temporal de empresas (UTE), agrupaciones de interés económico formada por empresas o empresas con otras entidades (AIE), asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D para su sector.

Agrupaciones empresariales innovadoras (clusters innovadores) y plataformas tecnológicas: grupos constituidos por entidades independientes- empresas, pequeñas, medianas y grandes y organismos de investigación-, activas en sectores y regiones concretas, cuyo objetivo es estimular actividades innovadoras mediante el fomento de intensas relaciones mutuas y de la práctica de compartir instalaciones, intercambiar conocimientos especializados y contribuir con eficacia a la transferencia tecnológica, la creación de redes y la divulgación de información entre las empresas integrantes de la agrupación. De preferencia, los estados miembros deben hacer lo posible porque en la agrupación exista un equilibrio adecuado entre pymes y grandes empresas a fin de alcanzar una cierta masa crítica, en particular, mediante la especialización en ámbitos concretos de la I+D+i y atendiendo a las agrupaciones y plataformas ya existentes tanto en España como en la UE.

Organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica: incluye parques científicos y tecnológicos, OTRIs, CEIs y los centros de innovación y tecnología.

Atendiendo al encuadramiento comunitario para las ayudas de Estado, a continuación se ofrece la definición de los organismos de investigación y los intermediarios de innovación.

• Organismo de investigación: una entidad, tal como una universidad o instituto de investigación, con independencia de su condición jurídica (constituido con arreglo a Derecho público o privado), cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y difundir los resultados de las mismas mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia

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de tecnología; todos los beneficios se reinvertirán en esas actividades, la divulgación de sus resultados o la enseñanza; las empresas que puedan ejercer influencia en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no gozarán de acceso preferente a las capacidades de investigación de la entidad ni a los resultados de investigación que genere.

• Intermediarios de innovación: entidades u organizaciones cuya actividad principal es la de apoyar la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica fundamentalmente basadas en acciones de intermediación entre los organismos de investigación y las empresas.

La aceleración del cambio tecnológico y la presión de la globalización creciente, entre otras circunstancias del entorno están obligando al tejido empresarial a redefinir sus objetivos en orden a:

• Recurrir a la innovación tecnológica como instrumento de competitividad en todos los sectores.

• Crear nuevas empresas de base tecnológica.

• Incorporar las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) a sus procesos empresariales.

• Proteger su propiedad industrial e intelectual. • Recurrir a consultoras y servicios de ingeniería.

En este entorno, donde la innovación tecnológica es el principal mecanismo de competitividad, las empresas para culminar con éxito sus procesos innovadores deben: • Organizarse para la innovación: la innovación es el resultado de un trabajo en

equipo y multidisciplinar. Esto lleva a una reorganización interna de las empresas y a la cooperación con las entidades externas nacionales e internacionales (sistema público, proveedores, clientes, competidores/as) que complemente las capacidades propias.

• Incluir la tecnología en sus estrategias de búsqueda de competitividad: una medida de la calidad de las innovaciones es su contenido en tecnología propia, ya que conduce a mayores ventajas competitivas.

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