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Casos Practicos de Renta de 4 y 5 Categoria 2016

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RENTA DE 5TA CATEGORIA

CASO PRACTICO 2

Trabajador del Régimen General Laboral que percibe S/ 35,000.00 mensuales calcula la renta anual:

Desarrollo:

CASO PRACTICO 3 (CON RETENCIONES)

Veamos un ejemplo de una programadora junior que inició sus labores para una empresa desde el 2 de enero de 2016. Durante el 2016 percibe una remuneración ordinaria de S/ 6,000 mensuales más comisiones que ha percibido por ventas de software a medida en los meses de enero, S/ 450; febrero, S/ 200; marzo, S/ 100 y abril, 150.

Por ello, optan por aplicar retenciones de renta de quinta categoría sobre el promedio de las remuneraciones variables a partir de marzo como dispone la norma tributaria.

Entonces, ¿cómo se debe calcular las retenciones sobre

remuneraciones variables de los periodos de marzo y abril en el 2016 a la programadora junior? Como dato adicional, la

programadora no ha percibido ninguna suma extraordinaria a su remuneración ordinaria.

Si se realiza el cálculo de la retención de renta de quinta categoría en cada periodo mensual de marzo y abril del 2016 considerando

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previamente un promedio entre las remuneraciones percibidas del mes del cálculo más las dos remuneraciones de los meses inmediatos anteriores para determinar la remuneración bruta anual proyectada. Retención de marzo de 2016

Determinación del promedio sobre las remuneraciones pagadas en los meses de enero, febrero y marzo, así tenemos:

Enero: Remuneración ordinaria + Comisión = Remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 450 = S/ 6,450

Febrero: remuneración ordinaria + comisión = remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 200 = S/ 6,200

Marzo: remuneración ordinaria + comisión = remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 100 = S/ 6,100

Promedio de la remuneración

(S/ 6,450 + S/ 6,200 + S/ 6,100) ÷ 3 S/ 18,750 ÷ 3

S/ 6,250

La remuneración promedio para el periodo marzo-2016 se multiplica por 10.

S/ 6,250 x 10 = S/ 62,500

Las gratificaciones ordinarias de julio y diciembre se multiplican por 2. S/ 6,000 x 2 = S/ 12,000

Las remuneraciones ordinarias pagadas de enero-2016 y febrero-2016. S/ 6,450 + S/ 6,200 = S/ 12,650

Se determina la remuneración bruta anual proyectada, sumando todos los montos determinados.

S/ 62,500 + S/ 12,000 + S/ 12,650 = S/ 87,150

A la remuneración bruta proyectada se aplica la deducción de 7 UIT (7 x S/ 3,950 = S/ 27,650).

S/ 87,150 – S/ 27,650 = S/ 59,550

Al resultado de la deducción, se obtiene la renta neta anual proyectada, y sobre dicha base se aplica las tasas progresivas acumulativas (8%, 14%, 17%, 20% y 30%) para determinar el impuesto anual proyectado. S/ 19,750 x 8% = S/ 1,580

S/ 39,800 x 14% = S/ 5,572 S/ 59,550 = S/ 7,152

Ahora bien, el impuesto anual proyectado (como ‘impuesto anual determinado’) se divide entre 12 para determinar la retención de marzo-2016.

S/ 7,152 ÷ 12 = S/ 596

Te puede interesar: ¿Laboras para 2 empresas? Ojo al Impuesto a la Renta

Retención de abril de 2016

Determinación del promedio sobre las remuneraciones pagadas en los meses de febrero marzo y abril, así tenemos:

Febrero: remuneración ordinaria + comisión = remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 200 = S/ 6,200

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Marzo: remuneración ordinaria + comisión = remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 100 = S/ 6,100

Abril: remuneración ordinaria + comisión = remuneración pagada S/ 6,000 + S/ 150 = S/ 6,150

Promedio de la remuneración

(S/ 6,200 + S/ 6,100 + S/ 6,150) ÷ 3 S/ 18,450 ÷ 3

S/ 6,150

La remuneración promedio para el periodo abril-2016 se multiplica por 9. S/ 6,150 x 9 = S/ 55,350

Las gratificaciones ordinarias de julio y diciembre se multiplican por 2. S/ 6,000 x 2 = S/ 12,000

Las remuneraciones ordinarias pagadas de enero-2016, febrero-2016 y marzo-2016.

S/ 6,450 + S/ 6,200 + S/ 6,100 = S/ 18,750

Se determina la remuneración bruta anual proyectada, sumando todos los montos determinados.

S/ 55,350 + S/ 12,000 + S/ 18,750 = S/ 86,100

A la remuneración bruta proyectada se aplica la deducción de 7 UIT (7 x S/ 3,950 = S/ 27,650).

S/ 86,100 – S/ 27,650= S/ 58,450

Al resultado de la deducción, se obtiene la renta neta anual proyectada, y sobre dicha base se aplica las tasas progresivas acumulativas (8%, 14%, 17%, 20% y 30%) para determinar el impuesto anual proyectado. S/ 19,750 x 8% = S/ 1,580

S/ 38,700 x 14% = S/ 5,418 S/ 58,450 = S/ 6,998

En abril-2016, y para los periodos siguientes, se deduce la suma total de las retenciones efectuadas en los periodos o meses anteriores al mes en que se efectúa la retención. Para este caso, se deduce la suma de las retenciones anteriores.

Enero + Febrero + Marzo = Total de retenciones S/ 632.1 + S/ 591.3 + S/ 596 = S/ 1,821.2

Para determinar el ‘impuesto anual determinado’ se deduce o resta el total de las retenciones de los meses anteriores:

S/ 6,998 – S/ 1,821.20 = S/ 5,176.8

Ahora bien, el impuesto anual proyectado (como ‘impuesto anual determinado’) se divide entre 9 para determinar la retención de abril-2016.

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RENTA DE 4TA CATEGORIA

CASO PRACTICO N° 1

Miguel Torres presta servicio de vigilancia, el emite sus recibos por honorarios a las empresas que lo contratan, mensualmente emite por un monto de S/. 4,500. ¿Calcular el impuesto de 4ta categoría anual?

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RENTA DE 5TA CATEGORIA

CASO PRACTICO N° 1

Miguel Torres ingreso a laborar a la empresa Gigolos SAC el 01/01/2016 con un sueldo de S/. 2,800 mensuales. ¿Calcular la renta anual?

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