Re
vista de In
v
esti
g
ación Jurídica
RESU
En el
que s
contex
mayo
comp
«inter
hacer
sentid
el con
realid
PALA
Interp
SUM Introd
oscur
Interp
interp
3. Al
IV. A
∗ Mást
por la Facult del De
¿U
UMEN
presente trab
e trate de un
xto se encue
ritaria con b
rensión del
rpretar en con
lo mediante
do propio de
ntexto en qu
dad social en
ABRAS CLA
pretación jur
MARIO ducción. I. N
idad del tex
pretación de
pretación en
lgunos ejemp
A modo de co
ter en Especia a Universidad tad de Derech erecho Civil y
IN UN NUEVO
bajo la autor
n nuevo crite
entre restring
base en la l
amplio sign
ntexto» impl
la aplicació
las palabras
ue aquélla h
la que preten
AVE
rídica, criterio
Noción y de
xto normativ
e textos no
«contexto».
plos de interp
nclusión.
alización e Inv Católica San o de esta últim
Personas.
NTERPRETA O CRITERIO
ra esboza un
erio interpret
ido, únicame
legislación c
nificado que
licará no sólo
ón de los otr
de la dispos
hubiese sido
nde ser aplica
os hermenéu
efinición de
vo. II. Crite
ormativos en
2. Formas de
pretación en c
vestigación en nto Toribio de ma Casa de Es
ACIÓN EN O DE HERM
significado
tativo del De
ente, al criter
civil español
guarda tal
o interpretar s
ros criterios
sición legal (
dada (criter
ada (criterio
uticos e interp
interpretació
erios o elem
n «contexto
e interpretar
contexto.
n Derecho por e Mogrovejo. studios, así co
«CONTEXT MENÉUTIC
Romin
de «interpret
erecho, así c
rio sistemátic
la. Esta post
expresión, m
sistemáticam
hermenéutic
criterio litera
rio histórico)
sociológico)
pretación en c
ón jurídica:
mentos para
». 1. Conc
en contexto
r la Universid Coordinadora omo Profesora
TO»: CA JURÍDIC
na Viviana S
tación en con
como rechaza
co, tal como
tura es soste
misma que p
mente un texto
cos, es decir
al y teleológi
), así como
, entre otros,
contexto.
con referen
la interpre
ceptualización
con los crite
dad de Zarago a del Área de a de Teoría del
CA?
Santillán Sant
ntexto», desc
ando que el
pretende la d
enida a part
permite afirm
o legal, sino
, de acuerdo
ico), de acue
en correlato
según sea el
ncia a la cla
tación jurídi
n y definic
erios interpre
oza (España). A e Derecho Civ l Derecho y P
ta Cruz∗
cartando
término
doctrina
ir de la
mar que
también
o con el
erdo con
o con la
l caso.
aridad u
ica. III.
ción de
etativos.
Abogada vil de la
Principios Pá
gi
na
Intro
En el
varied
Algun
norma
sistem
El he
con e
Prelim
propio
realid
norma
tan so
términ
literal
Y pre
«inter
una d
criter
alcanc
de to
doctri
Tamb
emple
interp
herme
aplica
ducción
presente art
dad de signif
nos podrían
ativos, pero
mática.
cho de que l
el criterio si
minar del Có
o de sus pala
dad social (…
ativamente d
olo al criteri
no presupond
l, teleológico
ecisamente pa
rpretación en
denominación
rios hermené
ce conceptua
do texto no
ina en virtud
bién se brind
eados en el
pretación en
enéuticos, as
ación de tales
tículo se abo
ficados que p
pensar que
ya la doctrin
la doctrina m
istemático, t
ódigo Civil e
abras, en rel
…)”. Si bie
dicha termino
io sistemátic
dría también
o, lógico, hist
ara desarroll
n contexto»
n alternativa
éuticos comu
al de la interp
ormativo y n
del aforismo
dará una expl
desarrollo d
contexto b
sí como trat
s criterios.
orda el estudi
puede genera
se trata de
na mayoritar
mayoritaria h
tiene su orig
español, segú
lación con el
en el estilo
ología generó
co de la inte
el empleo d
tórico y socio
ar lo que aqu
una nueva fo
a para aludir
unes? Para d
pretación jur
no únicamen
o in claris no
licación de lo
de la labor
basada en la
tar las difere
io de la deno
ar el uso de
una nueva
ria se ha enc
haya tendido
gen en la re
ún el cual “l
l contexto, lo
de redacció
ó que la expr
erpretación,
e los demás
ológico.
uí se postula
forma de inte
r a las divers
darle respue
rídica como
nte del texto
on fit interpre
os criterios o
interpretativ
a necesidad
entes formas
ominada «in
su nomencla
y diferente
cargado de e
a identificar
edacción lite
las normas s
os antecedent
ón con que
resión «en co
en realidad
criterios inte
a, se formula
erpretación j
sas formas d
sta se ha de
actividad req
oscuro, com
etatio.
o elementos h
va, para lueg
de aplicac
s de interpr
nterpretación
atura hermen
forma de in
equipararla c
r la «interpre
eral del artí
se interpretar
tes históricos
el legislado
ontexto» se en
la propia fu
erpretativos, c
la siguiente
jurídica o se
de interpreta
e partir por
querida para
mo tradicion
hermenéutico
go proponer
ción de los
etar en cont
en contexto
néutica poco
nterpretar lo
con la interp
etación en co
culo 3.1 de
rán según el
s y legislativ
or español in
ntendiera res
uerza semán
como son: el
interrogante
e trata, más b
ción conform
la delimitac
encontrar el
nalmente sos
os comunes
r una defini
diferentes c
texto a parti
» por la
común.
s textos
retación
ontexto»
l Título
sentido
vos, y la
ntrodujo
stringida
ntica del
l criterio
e: ¿Es la
bien, de
me a los
ción del
l sentido
stuvo la
que son
ición de
criterios
ir de la
Pá
gi
na
2
I. N
d
La int
orient
de la
interp
del si
jurídi
Para
criteri
cuand
suele
texto
En co
norma
posib
pues
aplica
norma
antes
Inclus
siendo
unáni
clarid
mome
1
Cfr. Salama
2 Ibíde 3 Repr Migue aplica derech María
Noción y def del texto nor
terpretación j
tada a determ
actividad in
pretarse: ¿el t
ignificado d
ca.
la Teoría cl
io que deter
do sus términ
definirse a la
que de algun
ontraposición
ativo requier
ilitar su aplic
las disposici
a para resolve
ativa ya com
se ha efectua
so, nuestra j
o así que en l
ime en consid
dad en el text
ento de aplic
RODRÍGUEZ anca, 1993, p. 2
em.
resentada por M el. Introducció
ción de las no ho civil, Tiran . Introducción
finición de i rmativo
jurídica cons
minar el senti
nterpretativa,
texto legal c
de «interpret
ásica de la
rmina lo que
nos son claro
a interpretaci
na manera se
n con la pos
re ser interp
cación, preci
iones no son
er un caso co
mporta interpr
ado una lectu
jurisprudenci
la Casación N
derar que al i
to de la norm
car el derech
MOLINERO, 214.
Miguel Reale, ón al Derech ormas (I). La i nt lo Blanch, V n a la Teoría d
interpretació
stituye aquel
ido o signific
, desde antañ
laro o el tex
tación en co
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e debe interp
os o no plan
ión como “la
nos presenta
stura clásica,
pretado, pues
sando que la
n en sí misma
oncreto. Desd
retación, pue
ura del mism
ia nacional n
N° 2358-200
interpretar no
ma, puesto qu
ho; por más
Marcelino. Int
, Francisco Ca ho, Ediciones interpretación Valencia, 1993 de derecho, M
ón jurídica:
lla operación
cado de la no
ño existe un
to legal oscu
ontexto», se
ón1, el aforis
pretarse, y s
ntean duda s
a separación,
a oscuro”2.
otra parte d
s ese es el
a claridad u o
as claras o d
de tal arista,
esto que sólo
o destinada a
no se ha mo
06-Cusco se s
o estamos so
ue la interpret
que la norm
troducción a la
apilla, José Mo Pirámide, M ”, en Derecho 3, pp. 157, 15 arcial Pons, M
Con refere
n básica y pre
orma. Aunqu
na discusión
uro? Por ello
delimitará
smo latino in
según él no
sobre su sent
comprensión
de la doctrin
medio impre
oscuridad de
dudosas sino
determinar e
o se puede af
a la compren
ostrado ajen
sostuvo lo sig
lamente ante
tación de las
ma que va a
a Ciencia del D
oreso, Josep V adrid, 1989, p o Civil. Parte 58; MORESO, Madrid, 2004, p
encia a la cla
evia a la apli
ue queda clar
académica
o, como antes
el alcance d
n claris non
hace falta i
tido. Bajo es
n y explicaci
na3 sostiene
escindible p
una disposic
en relación
el sentido lite
firmar que su
sión de lo qu
na con relaci
guiente: “La
e una mera po
s normas siem
ser objeto d
Derecho, 2da.
Vilajosana, ent p. 229; CAPI General, Intro , José Juan y pp. 148, 149.
aridad u osc
icación del D
ro cuál es el o
acerca de qu
sala a la exp
de la interp
n fit interpre
interpretar la
sta línea con
ión del sentid
que todo en
ara compren
ción legal es r
con alguien
eral de la disp
u sentido es
ue quiere dec
ión a esta te
doctrina (…
osibilidad de
mpre está pre
de interpreta
ed., Librería C
tre otros. Cfr. ILLA, Franci oducción y fu VILAJOSAN
curidad
Derecho,
objetivo
ué debe
plicación
retación
etatio es
a norma
nceptual,
do de un
nunciado
nderlo y
relativa,
que las
posición
claro si
cir.
emática,
) es casi
falta de
esente al
ación no
Cervantes,
REALE, sco. “La entes del
NA, Josep Página
revist
adem
apreh
ella ex
Así la
comp
opera
signif
recon
de un
de par
La cl
interp
texto,
oscur
puede
textos
determ
Por e
interp
interp
limita
pueda
Cualq
con i
interp
4 Casa TORR p. 394 5 La po 6 Cfr. M 7 Cfr.
ta mayor com
ás, se cita
hensión de un
xige para ser
as cosas, si
rensión y ex
ación mental
ficado de la
nocida por el
na interpretac
rtida de la lab
aridad u osc
pretación. Po
, ya que, por
o, y, por otro
e resultar clar
s de las norm
minado cuan
ello, existe u
pretatio no
pretado», sin
ado por el tex
an cometerse
quier texto le
ndependenci
pretación jur
ación N° 2358 RES VÁSQUE 4.
ostura de este MORESO, Jo CAPILLA, Fr
mplicación pa
al tratadista
na norma y e
r entendida, s
la interpret
xplicación de
l que debe
disposición.
acto interpre
ción más rigu
bor del intérp
curidad de un
or el contrari
un lado, únic
o, porque pu
ro para unos
mas jurídicas
do se realice
una moderna
ha de ser
o como un l
xto de la nor
e actos de pur
gal o normat
ia de que pl
rídica ha de
8-2006-Cusco EZ, Aníbal. C autor aparece osé Juan y VIL rancisco. Ob. c
ara desentrañ
a italiano F
l ineludible t
son ya obra d
tación jurídic
el sentido de
realizarse
En el caso q
etativo, y ant
urosa, ya que
prete.
n texto lega
io, son ellas
camente desp
uede existir c
s puede resul
no son en sí
la actividad
a tendencia
literalmente
límite básico
rma a interpr
ro arbitrio en
tivo en gener
lantee dudas
e ser defini
, publicada en Código Civil. C
e citada en la C LAJOSANA, J
cit., p. 158.
ñar su signifi
Francesco M
trabajo de me
de la interpret
ca, como po
un texto nor
siempre par
que la norma
te el texto os
e su significa
l “no son cu
mismas fru
pués de inter
controversia a
tar oscuro pa
mismos clar
interpretativ
doctrinaria
traducido c
o en la esfer
retar7 como m
n el que bien p
ral, antes de s
s o controve
ida como a
n El Peruano Comentarios y
Casación N° 2 Josep María. O
icación y sen
Messineo, en
editación (m
tación”5.
ostula la doc
rmativo, resu
ra encontrar
a legal sea c
scuro, se pre
ado literal inm
ualidades int
to de la ads
rpretado un te
acerca de esa
ara otros”6. E
ros u oscuros
va.
para la cua
como «lo q
ra de actuaci
modo de evi
podría caer e
su aplicación
ersias. Desde
aquella oper
con fecha 2 y Jurisprudenc
358-2006-Cus Ob. cit., pp. 14
ntido”4. En es
cuyas pala
más o menos r
ctrina clásica
ulta entonces
r, precisame
lara, esa clar
esentará, así m
mediato sólo
trínsecas (…
cripción de
exto podrá d
as mismas ca
Esto refuerza
s, sino que es
al el aforism
que está cla
ión del intér
tar que en la
el aplicador d
n, requiere sie
e esta conce
ación intele
de octubre de cia, 6ta. ed., I sco. Cfr. Ibíde 48, 149.
sta misma se
abras “(…)
rápido y simp
a, es la sep
s que se trata
ente, ese ve
ridad sólo pu
mismo, la ne
o constituirá e
) que preced
un significad
decidirse si es
aracterísticas
a el hecho de
so sólo podrá
mo in claris
aro no nece
rprete, viéndo
a labor interp
del derecho.
empre interp
pción, por t
ectual dirigid
e 2007, compi IDEMSA, Lim em.
entencia,
la sola
ple) que
aración,
a de una
erdadero
uede ser
ecesidad
el punto
dan a la
do a un
s claro u
s: lo que
e que los
á quedar
non fit
esita ser
ose éste
pretativa
retación
tanto, la
da a la
ilada por ma, 2002,
Pá
gi
na
separa
o sign
o des
conoc
II. C
La int
debe
interp
orient
que se
tienen
Los e
variad
básico
otros
Savig
Otra p
lógico
trabaj
como
Desde
interp
semán
dificu
8 Esto instrum Derec GULL 9 ROD 10 Cfr. 11 Cfr.
ación, compr
nificado últim
scubrir el sen
cida tras la ap
Criterios o el
terpretación j
realizarse
pretativos han
tación percep
e sirve el inté
n como finali
elementos de
das, siendo l
os: gramatica
criterios par
gny; se trata d
parte de la do
o11. No obsta
jo, se hará r
son: literal o
e un sentido
pretación. La
ntico de la ex
ultada por la
os elementos o mentos» de l cho Civil espa LÓN, Antonio DRÍGUEZ MO
CAPILLA, F CASTÁN TO
rensión y exp
mo. La interp
ntido de la
plicación de u
lementos pa
jurídica com
atendiendo
n sido defini
ptiva para lle
érprete para
idad evitar qu
el proceso in
la taxonomía
al, histórico,
ra la interpre
de los criterio
octrina ha pre
ante, siendo d
eferencia a l
o gramatical,
o gramatical
a primera tar
xpresión lega
pluralidad o
o criterios inte os que el int añol, común y
. Instituciones OLINERO, Ma Francisco. Ob.
OBEÑAS, Jos
plicación de u
pretación no
norma oscur
un criterio in
ra la interpr
mo actividad d
a unos cr
idos como a
evar a cabo l
realizar su la
ue la interpre
nterpretativo
a de Savigny
sistemático
etación juríd
os teleológico
eferido reduc
de uno u otro
los seis crite
, teleológico,
l, la literalid
rea del intér
al, aunque qu
la complejid
erpretativos ta térprete se sir foral, tomo I s de Derecho C
arcelino. Ob. c cit., pp. 164, é. Ob. cit., p. 5
un texto norm
es una activi
ra, porque a
nterpretativo,
retación jur
dirigida a la d
riterios o e
aquellos “pun
la interpretac
abor y que la
etación quede
han sido cla
y la más trad
y lógico10. C
dica, pero sie
o y sistemáti
cir los cuatro
o modo, por l
erios o elem
, sistemático,
dad del text
rprete consis
ue cabe la po
dad de las ac
ambién son de rve para reali I, REUS, Mad Civil, vol. I/1, cit., p. 224. 165; CASTÁN 552.
mativo para d
idad que se h
aun la clarid
, que comúnm
ídica
determinació
elementos h
ntos de vista
ción”9. Son l
a dotan de cie
e a su total ar
asificados po
dicional. Est
Con el paso d
empre basad
co.
os elementos
o que respec
mentos interpr
, lógico, histó
to normativo
stirá, por tan
osibilidad de
cepciones o s
enominados p izar su labor. drid, 1998, pp 2da. ed., Tecn N TOBEÑAS,
desentrañar s
halle reservad
ad de la mi
mente será el
ón del sentido
hermenéutico
directivos q
os medios o
erta garantía
rbitrio y capr
or los autores
te autor enun
del tiempo se
os en los ele
clásicos a só
cta a la temáti
retativos ase
órico y socio
o es el punt
nto, en deter
que la tarea
sentidos de l
por la doctrina . Cfr. CASTÁ p. 551, 552; D
nos, Madrid, 1 , José.Ob. cit.
su verdadero
da sólo para
isma sólo pu
l literal o sem
o de todo tex
os8. Estos c
que sirven de
instrumento
de objetivida
richo.
s con fórmul
nció cuatro c
e han ido esb
ementos clás
ólo dos: el lit
ica planteada
entados actua
lógico.
to de partid
rminar el co
interpretativ
las palabras.
a como los «m ÁN TOBEÑA DÍEZ-PICAZO
1995, p. 97. ., p. 552.
o sentido
mostrar
uede ser
mántico.
to legal,
criterios
e guía y
os de los
ad, pues
las muy
criterios
bozando
sicos de
eral y el
a en este
almente,
da de la
ontenido
a se vea
Cuando
medios o AS, José. O, Luis y
Página
el sen
enton
verda
Por el
para
consti
impre
inmed
por ta
El cri
la dis
otras
en el
entre
legale
proce
En el
confo
de co
parám
norma
El cri
de cie
Los a
un he
el pri
orden
12 Cfr. 13 Cfr. 14 Cfr. Ob. ci
ntido del tex
nces se presen
adero signific
l criterio tele
su interpreta
ituye el obj
escindible cu
diatez con la
al vía, igualm
iterio sistemá
sposición o p
disposicione
caso de las r
las disposici
es diferentes,
esales13.
marco del e
orme a la Con
onformidad c
metro de la u
as de rango i
iterio lógico
ertas reglas d
argumentos q
cho regulado
mero), a ma
nado o perm
CAPILLA, F Ibídem, pp. 1 . DÍEZ-PICAZ it., pp. 231-234
xto legal no
nta la necesi
cado.
eológico se pr
ación, ya qu
jetivo de la
ando menos
a que pueda h
mente deberá
ático como p
proposición n
es, a fin de co
remisiones no
iones que fo
, como suce
elemento sist
nstitución14.
con la Consti
unidad del sis
inferior a la n
orienta la int
de la lógica f
que suelen ser
o coincide co
aiore ad min
itido expresa
Francisco. Ob. 168, 169.
ZO, Luis y GU 4.
pueda qued
idad de recur
resenta ante
ue el espíritu
a actividad i
la realización
hallarse el se
recurrirse a l
pauta para la
normativa m
onstruir una
ormativas; y,
orman parte d
de en el cas
temático tam
Aparece así
itución, pues
stema que ex
norma fundam
terpretación
formal, salvo
r utilizados a
on el de otro
nus (se tiene
amente), a m
cit., p. 172. ULLÓN, Anto
dar determina
rrir a los otr
el intérprete
u de la disp
interpretativa
n de una inte
entido de la n
los demás cri
interpretació
materia de int
norma jurídi
, por otro lad
de una ley, s
so de la inter
mbién encontr
la necesidad
s dado su ca
xige una coh
mental y ésta
a partir de la
o las que pre
a partir de est
no previsto,
por ordenad
minore ad m
onio. Ob. cit.,
ado con la a
ros criterios h
el deber de a
posición nor
a12. Para en
erpretación li
norma, de m
iterios interp
ón, presenta
terpretación
ica completa,
do, que la con
sino también
rconexión de
ramos la llam
d de interpret
arácter de nor
herencia tanto
a.
a ratio de la
escriban cont
te criterio, so
se aplica a é
do o permitid
maius (si no
, p. 101; ROD
aplicación de
hermenéutico
atender a la f
rmativa o ra
ncontrar la r
iteral, ya que
modo tal que s
retativos.
dos exigenci
deba ser pue
, lo que se pr
nexión sistem
n entre dispo
e las normas
mada interpr
tar todo el or
rma fundam
o formal com
norma, desta
tradicción y
on: el ad sim
éste la consec
do aquello q
se ordena o
DRÍGUEZ MO
e un criterio
os a fin de h
finalidad de l
atio legis es
ratio legis
ésta condici
si esto no es
ias. Por un la
esta en relac
resenta comú
mática no sól
osiciones de
s sustantivas
retación de la
rdenamiento
mental, aparec
mo material e
acando la ap
resultados ab
ile (si el supu
cuencia previ
que es menor
o permite lo
OLINERO, M
o literal,
hallar su
a norma
lo que
se hace
ionará la
posible
ado, que
ción con
únmente
lo opera
cuerpos
con las
a norma
jurídico
ce como
entre las
plicación
bsurdos.
uesto de
ista para
r que lo
menos,
Marcelino. Pá
gi
na
tampo
jurídi
Dado
forma
no es
respu
justo,
Asimi
de int
razón
releva
no de
acepta
interp
El ele
conco
orden
entre
esa co
De ac
histór
15 Cfr. 16 Cfr. 17 Cfr. la clau la Juri 18 Es e con la esta he la norm 19 Es u un cas y proc 20 Cfr.
oco lo demá
ca)15.
que se ha s
al, ello ha sid
s siempre un
esta inmedia
obligará al i
ismo, existe
terpretación l
n manifiesta:
ancia jurídica
eliberadamen
adas y habit
pretación a co
emento o crit
omitante con
namiento jurí
los múltiple
oherencia al m
cuerdo con e
ricos y legisl
DÍEZ-PICAZ Ibídem. . SANTILLÁN usura de servid
isprudencia, N extensiva cuan a ratio legis, es erramienta her ma. Cfr. TOR una herramien so en ésta, se e cesal civil de c RODRÍGUEZ
ás), y a pari
sostenido com
do objeto de
na lógica m
ata al problem
intérprete a p
una discusió
lógica o mec
sólo ante l
a no regulado
nte17. En tod
tualmente ut
ontrario o en
terio lógico, p
n el sistemá
ídico. Esta c
es preceptos
momento de
l criterio hist
ativos de la
ZO, Luis y GU N SANTA CR dumbres. Un c Nº 151, Año 1 ndo se amplía s decir, con la rmenéutica el RRES VÁSQU
nta de hermen entiende la exc carácter const
Z MOLINERO
i (cuando la
mo propio d
muchos cue
matemática16.
ma que pudi
preguntarse p
ón doctrinal s
canismos de
la ausencia
o, el intérpret
do caso, las r
tilizadas en
n sentido con
por tanto, ha
ático, en la
coherencia ló
que compon
buscar el sen
tórico, en alg
norma, a fin
ULLÓN, Anton RUZ, Romina
caso de integra 6, Gaceta Jurí
el significado a voluntad de l caso analizad UEZ, Aníbal. In
éutica jurídica clusión de otr itucional, Gac O, Marcelino.
a razón es la
del criterio ló
estionamiento
Si bien en
iera presentar
por qué el leg
sobre si los a
integración j
de norma j
te ha de recu
reglas del ra
la interpreta
ntrario19.
de entenders
medida en
ógica plantea
nen el orden
ntido del prec
gunos casos
n de conocer
nio.Ob. cit., p y PINEDA R ación jurídica ídica, Lima, A o de la palabra la ley que no do no aparece ntroducción a a que supone os. Cfr. MESI ceta Jurídica, L
Ob. cit., p. 22
a misma, idé
ógico el uso
os por consid
algunos cas
rse, la lógica
gislador previ
argumentos a
jurídica, ante
urídica para
urrir a esos m
azonamiento
ación, son la
se más como
que se exig
a la necesida
jurídico20, si
cepto que se
el intérprete
las condicion
p. 100. RÍOS, Ángel F
frente a las la Abril 2011, pp. a o palabras de
ha sido expres en el texto de l Derecho, 3ra la existencia d INAS MONTE Lima, 2010, p 28.
éntica debe
de los argu
derarse que l
sos esos arg
a jurídica, qu
ió un caso y n
antes señalad
e lo cual prim
a dar solució
mecanismos d
jurídico o d
a interpretaci
o un criterio d
ge una cohe
ad de una co
iendo tarea d
trate.
debe recurri
nes histórica
Fredy. “Aplica agunas del der
90-92. el texto legal p sada de maner e la ley, pero s a. ed., Idemsa, de una norma ERO, Federico . 28.
ser la conse
umentos de la
a lógica del
gumentos da
ue es la lógic
no el otro.
dos son meca
ma lo último
ón a un hec
de la lógica fo
de la lógica
ión extensiv
directivo nec
erencia lógic
oncordancia
del intérprete
ir a los antec
as concurrent
ación de la ana echo”, en Diá para hacerlas ra adecuada, p sí está en el es , Lima, 2006, a, y por la incl o.Jurispruden
ecuencia
a lógica
derecho
arán una
ca de lo
anismos
por una
cho con
ormal, y
jurídica
a18 y la
cesario y
ca en el
objetiva
e primar
cedentes
tes en el
alogía en álogo con
coincidir pues ante spíritu de
p. 616. lusión de
ncia civil Página
mome
tradic
dispo
norma
su aut
En es
adicio
objeti
El cri
en ate
ser to
eleme
una m
prude
la pos
aplica
No ex
lo que
del cr
De ot
no era
tenían
todos
lo req
no sie
21 Cfr. 22 DÍE 23 Ibíd 24 Cfr.
ento de elabo
cional de la i
siciones inte
a, una vez pr
tor pudo prev
e sentido, la
onal a la hor
ivo y suficien
iterio socioló
ención a la re
omado en co
ento sociológ
modificación
encia “porque
sibilidad de
ada.
xiste actualm
e sí hay certe
riterio literal,
tro lado, cabe
an elemento
n que estar u
los criterios
quiera, pues p
endo necesari
CAPILLA, F EZ-PICAZO, L dem.
Ibídem, p. 97
oración de la
interpretación
rpretadas, pe
romulgada, s
ver.
consideració
ra de precisa
nte por sí mis
ógico, por su
ealidad socia
onsideración
gico “a lo que
n o inaplica
e envuelve gr
adaptar el p
mente ordenac
eza es que la
que es el ele
e tener prese
s que podían
unidas para
s interpretativ
puede que és
io aplicar los
Francisco. Ob. Luis y GULLÓ 7.
a norma y lo
n jurídica re
ero no siemp
se objetiviza
ón de los ante
ar el signific
smo para det
u parte, es aq
al del tiempo
por el intérp
e obliga es a
ación de los
rave riesgo d
precepto de l
ción ni jerarq
a labor interp
emento prima
ente que si bi
n ser elegido
que la interp
vos como co
ste resulte cla
s demás crite
cit., p. 168. ÓN, Antonio. O
o que en ella
salta la trasc
pre se present
en el tiempo
ecedentes his
cado normati
erminar el se
quel punto de
o en que ha d
prete sobre t
a un ajuste de
s mismos”22,
de arbitraried
la norma ant
quía entre lo
pretativa nec
ario o punto
ien Savigny
os según gus
pretación ten
onjunto depen
aro con el so
rios.
Ob. cit., p. 99
a el legislado
cendencia de
ta imprescind
o desplegando
stóricos del te
ivo del prece
entido del tex
e vista direct
de ser aplicad
todo cuando
e la interpreta
, requiriéndo
dad el entrega
tigua a la re
os diferentes
cesariamente
de partida de
advertía que
to y volunta
nga éxito24, l
nderá de que
lo análisis lit
.
or quiso prec
e la compren
dible si se tie
o una efectiv
exto se prese
epto21, mas n
xto legal.
tivo que orie
da la norma.
o se trata de
ación de los
ose para su
ar al criterio s
alidad social
criterios her
deberá inici
e la interpreta
los criterios
ad, sino diver
la necesidad
e la interpreta
teral, o con é
ceptuar. Este
sión históric
ene en cuent
vidad que ni
enta como un
no como un
enta la interp
Este elemen
norma antig
preceptos, pe
u utilización
subjetivo del
l actual en q
rmenéuticos,
iar con la uti
ación.
s de la interp
rsas activida
de que se a
ación del tex
éste y el siste
criterio
ca de las
ta que la
siquiera
n criterio
criterio
retación
nto debe
guas. El
ero no a
mucha
l Juez”23
que será
pero de
ilización
retación
ades que
apliquen
xto legal
emático,
Pá
gi
na
La int
norma
en ba
haber
interp
dijo, l
criteri
Los c
medid
elabor
III. I
1. C
La int
realiz
lógico
deber
norma
La do
sistem
«cont
cuyo
en re
tiemp
aquél
25 Cfr. Tirant 26 Resp GULL “Efica
terpretación
ativo y, por t
ase a este crit
rse alcanzan
pretativos en
la interpretac
ios hasta enc
criterios o ele
da que perm
ración de su
Interpretació
Conceptualiz
terpretación j
zada en funció
o, histórico y
r de adaptar i
ativo al «con
octrina mayo
mática, tras c
texto» en el
tenor literal
elación con
po en que h
llas”. La term
. IGARTUA S t lo Blanch, Va paldada por D LÓN, Antonio acia y aplicació
literal en alg
tanto, que se
terio, el sent
ndo el senti
la medida qu
ción literal c
contrar el sen
ementos inte
mitirán conf
significado,
ón de textos
zación y def
jurídica es un
ón de unos c
y sociológico
incesantemen
ntexto».
ritaria26 sosti
considerar q
apartado pri
establece: “L
el contexto,
an de ser a
minología pro
SALAVERRÍA alencia, 1998, Díez-Picazo, G o. Ob. cit., p. 9
ón de la norm
gunos casos p
e está ante un
tido del prece
ido de la n
ue permitan
onstituirá só
ntido de la no
erpretativos t
figurar la de
según se ver
normativos
finición de «i
na actividad
criterios o ele
o. Y, en ese
nte el ordenam
iene que la in
que ésta es l
imero del art
Las normas s
los anteced
aplicadas, at
opuesta por e
A, Juan. “La i p. 230. Gullón, Francis
98; CAPILLA ma civil”, en M
puede ser su
n precepto cl
epto aún se p
norma, será
determinar s
lo el punto d
orma25.
tratados en e
enominada «
rá en el siguie
s en contexto
interpretaci
operativa re
ementos herm
ejercicio de
miento jurídi
nterpretación
la significac
tículo 3 del
se interpreta
dentes histór
tendiendo fu
el legislador
interpretación sco Capilla, Ja A, Francisco. O Manual de Dere
ficiente para
laro; pero, si
presenta dud
necesario
su significado
de partida, ex
este apartado
«interpretació
ente acápite.
o
ión en contex
querida para
menéuticos: e
su actividad
ico, surgiend
n en contexto
ción que el
Título Prelim
arán según el
ricos y legisl
undamentalm
español gene
n de la ley”, en acinto Gil, entr Ob. cit., p. 168 echo Civil I, M
a comprender
i pese a reali
doso o no bri
recurrir a l
o. En estos c
xigiéndose la
o son de sum
ón en conte
xto»
a todo texto n
el literal, teleo
d, el intérpret
do así el debe
o no es otra q
legislador qu
minar del Có
l sentido prop
lativos, y la
mente al espí
eró que en e
n Lecciones d re otros. Cfr. D 8, 169; GIL R Marcial Pons, M
r el sentido d
izar la interp
inda la segur
los demás c
casos, como
a aplicación
ma importanc
exto», así c
normativo y d
ológico, siste
te tiene, ade
er de adaptar
que la interp
uiso dar al
ódigo Civil e
opio de sus pa
realidad so
íritu y final
l ámbito doc
de Teoría del D
DÍEZ-PICAZO RODRÍGUEZ,
Madrid, 1995,
del texto
retación
ridad de
criterios
antes se
de otros
cia en la
como la
debe ser
emático,
más, un
el texto
retación
término
español,
alabras,
ocial del
lidad de
ctrinal la
Derecho, O, Luis y , Jacinto. , p. 97.
Página
expre
realid
Para
sistem
forma
dispo
los m
interro
Cuand
el con
que p
una n
predo
tiene u
Así, s
“entor
exten
histór
contex
signif
Como
éste n
tambi
caso q
otras
27 IGA 28 Cfr. 29 REO p. 309 30 Ibíd 31 Cfr. 32 BLÁ
esión context
dad el término
el profesor J
mático. En re
an sistema to
siciones que
mismos destin
ogante: ¿qué
do en el enu
ncepto «cont
pretende escla
nueva acepci
ominante con
un mayor y a
si se recurre a
rno lingüístic
sión, a su v
rico, cultural
xto proviene
fica “juntar, u
o puede vers
no debe qued
ién supondrá
que se trate, i
normas del
ARTUA SALA Ibídem. OYO GONZÁ 98.
dem. Ibídem. ÁNQUEZ, A.
to quedara
o no implicar
Juan Igartúa
alidad hay un
odas las dispo
regulan una
natarios, etc
é ha de entend
unciado anter
texto» se pre
arecerse es e
ión a «conte
n base en la le
amplio conte
al significado
co del cual d
vez, dicha ex
l o de cualq
e del vocabl
unir, encaden
se, el propio
dar reducido
á el empleo d
interpretar en
sistema (cr
AVERRÍA, Ju ÁLES, Carolin
Diccionario L
restringida a
ría sólo eso.
a, si bien “p
na variada li
osiciones pro
misma instit
.”27. Defend
derse por «co
rior se plante
esupone circu
el alcance de
xto». No ob
egislación civ
enido semánti
o común de l
depende el se
xpresión tam
quier otra ín
lo latino con
nar, relaciona
alcance sem
sólo a una in
de los otros c
n contexto ex
riterio sistem
an. Ob. cit., p na (Coord. edi
Latín-Español
al criterio s
Existen algu
or «contexto
sta de acepci
oducidas por
tución; form
diendo su po
ontexto»?28.
ea la interrog
unscrito en e
la noción «s
bstante esta p
vil española,
ico.
la palabra «c
entido y el va
mbién alude
ndole) en el
ntextus31, qu
ar unos asunt
mántico del t
nterpretación
criterios inter
xigirá la inter
mático y lógi
. 248. itorial). Gran
- A/J, Editoria
istemático d
unas críticas a
o» suele ente
iones para la
r una misma
an sistema to
osición el cit
gante ¿qué ha
el ámbito de
sistema», per
posición, com
cabe consid
contexto», se
alor de una p
al “entorno
cual se con
ue también e
tos con otros”
término «con
n sistemática
rpretativos. E
rpretación de
ico), la inter
Enciclopedia
al Ramón Sop
de la interpr
al respecto.
enderse norm
a palabra «sis
fuente; form
odas las disp
tado profeso
a de entender
el criterio sis
ro no es que
mo la defend
derar que la e
tiene que és
palabra, frase
físico o de
nsidera un h
es usado com
”32.
ntexto» perm
de las norm
Es por ello q
el texto legal
rpretación at
Espasa, Espa
pena, Barcelon
retación, cua
malmente el
stema». Por e
man sistema t
osiciones dir
r concluye c
rse por «con
stemático y l
se le esté as
dida por la d
expresión «co
sta hace refer
o fragmento
situación (p
hecho”30. As
mo contexo,
mite argumen
mas, ya que el
que, dependie
en conexión
tendiendo al
asa Calpe, Lim
na 1985, p. 430
ando en
criterio
ejemplo:
odas las
rigidas a
con una
ntexto»?,
lo único
ignando
doctrina
ontexto»
rencia al
o”29. Por
político,
imismo,
el cual
ntar que
l mismo
endo del
n con las
l propio
ma 2008,
0.
Pá
gi
na
sentid
de acu
del p
sociol
Por ta
intérp
entend
interp
caso.
2. F
Interp
norma
como
interp
de an
interp
eleme
De m
debe
conten
signif
legis.
Para u
impor
por el
33 Cfr. 635.
do de las pala
uerdo con la
recepto lega
lógico).
ales razones,
prete, de ad
diéndose «c
pretación con
Formas de in
pretar en con
ativo al «con
lo hace la
pretación con
nálisis. En ta
pretar un tex
entos hermen
manera apriorí
atenderse, en
nido semánt
ficado de la d
Esta es una
un mayor de
rtancia de su
l profesor Ja
. HERVADA,
abras del pre
a situación en
al de acuerd
cabe definir
daptar el tex
contexto» n
nforme al cri
nterpretar e
ntexto supon
ntexto» en es
doctrina pre
n los otros cri
al sentido, es
xto normativ
néuticos, que
ística, interpr
n principio, a
tico de la e
disposición,
forma de inte
esarrollo de e
u relación con
avier Hervada
, Javier. Lecci
ecepto y a su
n que la norm
do con la re
interpretació
xto normati
no sólo co
iterio literal,
en contexto c
ne una exige
a tarea por la
edominante,
iterios, según
ste sub apart
vo en contex
fueron mate
retar textos l
al propio sent
expresión leg
y ello es im
erpretar en co
esta primera
n uno de los
a. Se trata de
iones Propedé
u finalidad (c
ma fue promu
ealidad socia
ón en context
vo al «con
omo interpr
teleológico,
con los criter
encia para el
a búsqueda d
esto es, com
n lo exija en
tado está de
xto a partir d
eria de estudio
legales en co
tido de las pa
gal permite
mportante en c
ontexto en ap
forma de in
principios bá
el “sentido o
éuticas de Filo
criterio litera
ulgada (criter
al en la que
to como aque
ntexto» dura
etación sist
lógico, histó
rios interpre
l intérprete y
de su sentido,
mo criterio
cada caso co
dicado a pro
de la aplicac
o en un acáp
ntexto apunt
alabras de la
al intérprete
cuanto posib
plicación de
nterpretación
ásicos de la i
o finalidad de
osofía del Der
al y ratio leg
rio histórico)
pretende se
ella exigenci
nte la activ
temática, si
órico y socio
etativos
y ésta es la
, entendiendo
sistemático,
oncreto el tex
oyectar las d
ción de los
ite anterior.
ta a que en la
a norma, pues
e conocer de
bilita el cono
los criterios
en contexto
interpretació
el derecho”33
recho, EUNSA
gis), la interp
), y la interp
er aplicada
ia, que recae
vidad interpr
ino también
ológico, segú
de adaptar
o «contexto»
sino ademá
xto normativo
diferentes for
distintos cri
a labor interp
s la compren
e primera fu
ocimiento de
literal y teleo
o, cabe menc
ón jurídica es
3
, según el cu
A, Pamplona,
retación
retación
(criterio
sobre el
retativa,
n como
ún sea el
el texto
» no sólo
ás como
o objeto
rmas de
iterios o
pretativa
nsión del
uente el
la ratio
ológico.
cionar la
sgrimido
ual toda
1992, p. Página
norma
la estr
Decir
la luz
difund
según
tratan
interd
sistem
La int
en cu
situac
criteri
interp
exige
relaci
Interp
antece
histór
que e
concr
actual
En re
princi
orden
funció
que el
34 Cfr. 35 Cfr. 36 Cfr. 37 Cfr.
a tiene un se
ructura jurídi
r que el senti
z de toda la
dida de inte
n la cual la d
n de una de
dependencia.
mático y lógic
terpretación
enta la realid
ciones que el
io sociológic
pretación que
que el conte
ión con la rea
pretar textos
edes históric
ricas concurr
en ella el leg
reto suscitado
l36. Esta es la
elación con
ipios interpr
namiento jurí
ón de su dim
llo implique
Ibídem. Ibídem, p. 63 GIL RODRÍG
Ibídem, p. 63
entido más pl
ica en su con
ido más plen
estructura j
erpretación d
disposición n
eterminada m
Esta es la
co.
en contexto
dad social ex
l legislador n
co. Con rela
e es el de “r
enido normat
alidad social
legales en c
cos cuando l
rentes en el m
gislador quis
o. Esa retrosp
a forma de in
la interpret
retativos esg
ídico”37, por
mensión histó
que deba dej
34.
GUEZ, Jacinto 35.
leno que el q
njunto34.
no de un texto
jurídica, perm
de textos leg
normativa deb
materia, por
forma de i
implica, así m
istente al mo
no previó. Es
ación a este
relación entr
tivo de toda
en la que se
contexto tam
la labor lo a
momento de
so preceptuar
pectiva al ori
nterpretar en c
tación en «c
grimidos po
el cual la no
órica, esto es
jar de observ
o. Ob. cit., p. 9
que resulta d
o legal se en
mite aproxim
gales en con
be interpreta
r suponerse
interpretar e
mismo, la ne
omento de su
sta es la form
punto, para
re estructura
estructura ju
pretende apl
mbién compo
amerite, pue
la elaboració
r, para poder
igen de la no
contexto con
contexto his
or el profe
orma jurídica
, de acuerdo
varse la realid
98.
de su aislada
ncuentra cuan
marse inmed
ntexto. Esta e
arse en conex
entre ellos
n contexto
ecesidad de i
u aplicación,
ma de interpr
Hervada ex
jurídica y r
urídica deba s
icarlo.
orta que el in
es ello le pe
ón de la norm
r adaptarla d
orma debe po
n aplicación d
stórico», cab
sor Hervada
a algunas vec
con el conte
dad social en
consideració
ndo se realiza
diatamente a
es la interpr
xión con todo
una relació
con aplicaci
interpretar el
pues puede q
retar en cont
xiste otro pri
realidad socia
ser comprend
ntérprete deb
rmitirá cono
ma, así como
de modo má
onerse al serv
del criterio hi
be menciona
a: el de la
ces necesitará
exto en la qu
la que finalm
ón cuando se
a su interpre
la concepci
retación siste
os los precep
ón de coher
ión de los c
texto legal t
que deban af
texto con bas
incipio básic
al”35, por el
dido en funci
ba remontars
ocer las cond
o acercase me
ás eficiente a
vicio de la ap
istórico.
ar el último
a “historicid
á ser interpre
ue fue dada, p
mente será ap
e analiza
etación a
ión más
emática,
ptos que
rencia e
criterios
teniendo
frontarse
se en un
co de la
cual se
ión y en
se a los
diciones
ejor a lo
al hecho
plicación
de los
dad del
etada en
pero sin
plicada.
Pá
gi
na
No e
comp
criteri
interp
criteri
puede
los de
3. A
La in
herme
contex
comp
finalid
interp
circun
Para u
criteri
El art
territo
un cri
decir
el solo
realiz
utiliza
En otr
arren
sino l
solici
stá de más
render el se
io el sentid
pretativos en
ios en su con
e que éste re
emás.
Algunos ejem
terpretación
enéutico que
xto, por tant
onen el ord
dad, interpre
pretarlo tenie
nstancias par
una mejor ilu
ios interpreta
tículo 52 de l
orio de la Re
iterio literal,
es que todas
o hecho del n
za una interpr
ación de otro
ro caso, el ar
datario perm
la continuaci
te su devolu
recordar qu
entido del te
o del prece
la medida q
njunto, pues
sulte claro só
mplos de int
en contexto
e aplique el
to, consiste
denamiento,
etarlo de acu
endo en cuen
rticulares de c
ustración de
ativos, a cont
la Constitució
epública. (…
pues la clar
s las persona
nacimiento d
retación en c
o criterio inte
rtículo 1700
manece en el
ión del arren
ución, la cua
ue la interpr
exto normativ
epto aún apa
que permitan
ello depend
ólo con el an
terpretación
supone dife
l intérprete
en interpreta
interpretarlo
uerdo con el
nta la realidad
cada caso con
las formas d
tinuación alg
ón peruana e
…)”. Para com
ridad de su s
s nacidas en
dentro de la c
ontexto atend
erpretativo, pu
del Código C
l uso del bie
ndamiento, b
al puede ped
retación liter
vo, pero si
arece dudos
determinarlo
erá de que la
nálisis literal
en contexto
erentes forma
para encontr
ar el texto l
atendiendo
entorno hist
d social exist
ncreto.
de interpretar
gunos ejemplo
establece: “So
mprender el p
sentido se ha
territorio pe
circunscripció
diendo sólo a
ues el sentido
Civil peruano
en arrendado
bajo sus mism
dir en cualq
ral, en algun
pese a reali
o, deberá re
o. No es nec
a interpretac
l, o con éste
o
as de interpr
rar el sentid
egal en cone
al sentido
tórico en que
tente al mom
r en contexto
os.
on peruanos p
precepto cont
alla con pron
eruano adquie
ón territorial
al sentido de
o de la norm
o regula: “Ve
o, no se entie
mas estipula
quier momen
nos casos, s
zarse la inte
ecurrirse a
cesario que s
ión del texto
y el sistemá
retación depe
do de la no
exión con la
propio de s
e fue incorpo
mento de su a
o con aplicaci
por nacimien
tenido en dic
ntitud. Lo qu
eren la nacio
correspondie
las palabras
ma se desvela
encido el plaz
ende que hay
aciones, hasta
nto”. Esto pl
será suficien
erpretación c
los demás c
e apliquen to
o lo requiera,
ático, no nece
endiendo del
orma. Interpr
as otras norm
sus palabras
orado al siste
aplicación, se
ión de los di
nto los nacid
cha norma ba
ue esta norma
onalidad peru
ente. En este
, no requirién
desde el prin
zo del contra
y renovación
a que el arre
lantea un pr
nte para
con este
criterios
odos los
, ya que
esitando
criterio
retar en
mas que
y a su
ema y/o
egún las
iferentes
dos en el
asta con
a quiere
uana por
e caso se
ndose la
ncipio.
ato, si el
n tácita,
endador
roblema: Página
determ
Códig
feneci
conclu
conclu
ningu
Con u
que p
arrend
solicit
partic
arrend
adqui
calida
devol
Lo m
realiz
alcanc
parlam
posib
al ord
Un ca
efecto
perua
condi
atribu
espec
patrim
38 Cfr. 39 La alguno
minar si, en
go: “La pose
ido”), pues e
uido según e
uye al vencim
una de ellas”)
una interpret
por disposició
damiento, m
te la devolu
cularidades d
dador brinde
irir por ello e
ad de precar
lución del bie
menos común
zar la labor d
ce de la disp
mentarios38,
ilitándose as
denamiento ju
aso de interpr
os de deslind
ano39, en cua
icionada a qu
ución de de
ialmente en
moniales que
DÍEZ-PICAZ discusión doc os se trata de u
esta circuns
esión precar
el arrendatari
el artículo 16
miento del pl
).
ación sistem
ón del artícu
manteniendo t
ución del bie
de la realidad
e un tiempo m
este último l
rio depende
en arrendado
n, pero no ir
de interpretac
osición inter
a la misma e
í el conocim
urídico.
retación histó
dar qué tipo
anto dice: “(
ue nazca viv
erechos patri
lo relativo a
edaban suspe
ZO, Luis y GU ctrinal se plan una condición
tancia, el arr
ria es la que
io seguiría en
699 del mism
lazo establec
mática puede
ulo 1700, pes
tal poseedor
en. También
d social, en la
mayor a su a
a condición
ría del mom
.
rrealizable, e
ción de la no
rpretada, suel
exposición d
miento del con
órica como f
de condición
(…) La atri
vo”, se recurr
imoniales al
a los derecho
endidos hasta
ULLÓN, Anton ntea con relac
resolutoria, p
rendatario es
e se ejerce s
n posesión de
mo Código (“
cido por las p
concluirse qu
se al vencim
su condición
cabe una in
a que es com
arrendatario
de poseedor
mento en qu
es que el int
orma. En alg
le apelarse a
de motivos de
ntexto en que
forma de inte
n legal es la
ibución de d
re a los prec
l concebido
os sucesorios
a que se prod
nio. Ob. cit., p ción a la natur para otros es un
s poseedor p
sin título alg
el bien pese a
“El arrendam
partes, sin qu
ue no estamo
miento del co
n de arrenda
nterpretación
mún que luego
para que co
r precario. En
ue el arrend
térprete recu
gunos casos,
los anteproy
e la norma o
e ésta fue ela
erpretación e
a regulada po
derechos pat
cedentes histó
tuvo su o
del póstumo
dujera el nac
p. 99. raleza de la c na condición s
precario (artíc
guno o cuan
a que el arren
miento de du
ue sea neces
os ante un p
ontrato hay u
atario hasta q
sociológica
o del vencim
onsiga un nue
n todo caso,
dador formal
urra a un cri
para precisa
yectos, proye
o a sus antec
aborada y fin
en contexto s
or el artículo
trimoniales [
óricos, ya qu
origen en el
o, en donde
cimiento con
condición lega suspensiva.
culo 911 del
ndo el que t
ndamiento y
uración deter
sario aviso pr
oseedor prec
una continuac
que el arrend
si atendemo
miento del con
evo alojamie
la adquisició
lmente solic
iterio históri
ar mejor el se
ectos de ley,
cedentes legis
almente inco
e presenta cu
o 1 del Códig
[al concebid
ue el problem
l Derecho r
los efectos j
vida o la mu
al, pues mient
l mismo
tenía ha
a habría
rminada
revio de
cario, ya
ción del
dador le
os a las
ntrato el
ento, sin
ón de la
citara la
ico para
entido y
trabajos
slativos,
orporada
uando, a
go Civil
do] está
ma de la
romano,
urídicos
uerte de
tras para Pá
gi
na
quien
parali
este m
person
por el
IV. A
La int
explic
último
frente
non fi
interp
En el
criteri
para d
objeti
derech
sociol
La int
adapt
«cont
criteri
el tex
atend
mome
social
40 Cfr. españo
n o quienes
ización del fe
mecanismo j
nas que tenía
l nacimiento
A modo de c
terpretación
cación de un
o. La activid
e al texto osc
fit interpretat
pretativo.
ejercicio de
ios hermenéu
desvelar el se
ividad destin
ho más comu
lógico.
terpretación
ar el texto
texto» no sól
io literal, tele
xto normativ
iendo al sen
ento históric
l existente al
MARTÍNEZ ol”, en Comen
iban a ser t
fenómeno suc
jurídico busc
an en la here
del póstumo
conclusión
jurídica es a
n texto norm
dad interpreta
curo, como t
tio, pues incl
la labor inter
uticos, pues
entido de la n
nada a evitar
unes tenemo
en contexto
normativo
lo como inter
eológico, lóg
vo en conex
ntido propio
co en que fu
momento de
DE AGUIRR ntarios al Cód
titulares del
cesorio hasta
caba el cump
encia un dere
o; y, ii) la pro
aquella opera
mativo a efe
ativa es requ
tradicionalme
luso la clarid
rpretativa se
estos son los
norma jurídic
que la mism
s al literal o
se presenta c
al «context
rpretación si
gico, histórico
xión con las
de sus pala
ue incorporad
e su aplicació
RE Y ALDAZ digo Civil II, vo
derecho40. P
a el nacimien
plimiento de
echo de tal n
otección del m
ación intelec
ctos de dese
uerida para to
ente sostuvo
dad del texto
requiere la a
s medios o i
ca, los cuales
a se torne arb
gramatical, e
como aquella
to» durante
stemática, si
o y sociológi
s otras norm
abras y a su
do al sistem
ón.
, Carlos. “Com ol. 1, José Ma
Por ello, no
nto o la mue
e un doble o
naturaleza qu
mismo póstum
ctual dirigida
entrañar su v
odo tipo de
o la doctrina
sólo puede s
aplicación, ai
instrumentos
s confieren a
bitraria. Entr
el teleológico
a exigencia,
la activida
ino también c
ico, según se
mas del orde
u finalidad,
ma y/o interp
mentarios a lo aría Bosch, Bar
había, pues
erte del conce
objetivo: i) l
ue podía desa
mo.
a a la separac
verdadero se
disposición n
en virtud de
ser reconocid
islada o conju
de los que s
la interpreta
re los criterio
o, sistemático
que recae so
ad interpreta
como interpr
ea el caso. Co
enamiento ju
interpretarlo
retarlo atend
s artículos 29 rcelona, 2000
s, atribución
ebido. El em
la protección
aparecer o di
ción, compre
entido o sign
normativa y
el aforismo i
da en virtud
unta, de los d
se sirve el in
ación una gar
os interpretat
o, lógico, his
obre el intérp
ativa, entend
retación conf
onsiste en int
urídico, inter
de acuerdo
diendo a la
al 34 del Cód , pp. 269-270.
sino la
mpleo de
n de las
isminuir
ensión y
nificado
no sólo
in claris
del acto
diversos
ntérprete
rantía de
tivos del
stórico y
prete, de
diéndose
forme al
terpretar
rpretarlo
o con el
realidad
digo Civil .
Página
La «in
restrin
signif
contex
confo
nterpretación
nge sólo al
ficación que
xto es una
orme a los cri
n en contexto
criterio sis
el legislado
denominació
iterios herme
o» no es un n
temático, co
or español l
ón alternativ
enéuticos com
nuevo y dife
omo sostiene
le brindó al
va para alud
munes.
erente criterio
e la doctrin
l término «c
dir a las div
o de hermené
na predomina
contexto». L
versas forma
éutica jurídic
ante a parti
La interpreta
as de interp
ca, ni se
ir de la
ación en
retación
Pá
gi
na