COMITÉ NACIONAL DE LOS ESTANDARES SOCIALES Y AMBIENTALES REDD+
REGLAS PARA EL TRABAJO DEL COMITÉ NACIONAL DE LOS ESTÁNDARES
El Comité Nacional de los Estándares tiene por objeto tomar decisiones en relación a la interpretación nacional de los indicadores y dar seguimiento a la implementación de los estándares en el Ecuador. El comité está compuesto de 13 miembros representativos: 3 del gobierno, 5 de la sociedad civil y 5 de comunidades, pueblos y nacionalidades.
A continuación se presentan las reglas básicas para el funcionamiento del Comité Nacional de los Estándares (CNE).
1. Las funciones del Comité Nacional de los Estándares son:
a. Dar seguimiento a todo el proceso que llevará a cabo el país en torno a esta iniciativa, en particular a la implementación de los Estándares en el Ecuador.
b. Contribuir con la toma de decisiones respecto de la definición de los indicadores más aplicables para el país, considerando el trabajo de consulta que se ha desarrollado con organizaciones de la sociedad civil y comunidades, pueblos y nacionalidades y asegurando que no haya contraposición con el marco jurídico vigente, en relación con la aplicación de los estándares en el país, ni que genere vacíos legales con este marco jurídico. Para el efecto, se solicitará el pronunciamiento oficial de la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente.
c. Revisar la interpretación de los indicadores de manera que se cuente con una versión final acordada para su posterior aplicación en ejercicios piloto y luego en la Estrategia Nacional REDD+1.
d. Otras a ser definidas durante esta fase de trabajo ya sea por el comité nacional o el comité internacional de los Estándares REDD+.
1 Cuando se apruebe la Estrategia Nacional de Cambio Climático, probablemente será necesario reemplazar
“Estrategia Nacional REDD+”por “Programa Nacional REDD+”.
2. Miembros que conforman el Comité
a. El Comité Nacional de los Estándares está compuesto por trece miembros principales y sus delegados alternos, quienes asistan a las reuniones del Comité solo en caso de que el miembro principal no pueda participar.
b. Los miembros principales y sus delegados deben asegurar que haya coordinación con el fin de facilitar el seguimiento de los procesos entre las reuniones.
c. En caso de que un miembro principal o alterno deba ser reemplazado, es necesario notificar oficialmente y con anticipación al equipo facilitador de la iniciativa para dar a conocer al Comité sobre esos cambios y para que el equipo facilitador y la presidencia procedan al trabajo de inducción del nuevo miembro.
Nombre Organización Tipo de organización Grupo de interés Subsecretario de
Cambio Climático
MAE, Subsecretaria de Cambio Climático
Sector Público Sector Público
Tannya Lozada SENPLADES Sector Público Sector Público
Miguel Toscano Secretaria de Pueblos
Sector Público Sector Público
Nikolay Aguirre Universidad de Loja Sector Académico Sociedad Civil
Belén Páez CEDENMA ONG Sociedad Civil
Sigrid Vásconez ARA Ecuador ONG Sociedad Civil
Luis Fernando Jara PROFAFOR Sector Privado Sociedad Civil
Sebastián Cardenas Geojuvenil Jóvenes Sociedad Civil
Eustaquio Tuala Nueva Tondolique Comunidades, pueblos y nacionalidades
Comunidades, pueblos y nacionalidades
Luzmila Huatatoca Río Guacamayos Comunidades, pueblos y nacionalidades
Comunidades, pueblos y nacionalidades
Máximo Cuji CONFENIAE Comunidades, pueblos Comunidades, pueblos y
y nacionalidades nacionalidades
Nestor Quiñonez FECCHE Comunidades, pueblos
y nacionalidades
Comunidades, pueblos y nacionalidades
Faber Uvidia UNOCYPP Comunidades, pueblos
y nacionalidades
Comunidades, pueblos y nacionalidades
3. El proceso de toma de decisiones es el siguiente:
a. La toma de decisiones del Comité es el consenso.
b. El Comité Nacional trabaja en un ambiente amigable y cordial de tal manera que las discusiones permitan alcanzar la mejor decisión para la efectiva implementación de la iniciativa.
c. Se reconoce la existencia de “grupos de interés” en la estructura del Comité.
d. Únicamente si no se alcanza el consenso después de un debate amplio, se ha considerado un mecanismo alternativo para la toma de decisiones, al cual se recurrirá mediante una decisión por consenso. En este mecanismo, cada miembro del Comité dispone de un voto y la decisión final requiere de dos condiciones:
(1) Que haya mayoría absoluta en la votación
(2) Que lo que sugiera como decisión esa mayoría, también goce de mayoría al interior de cada grupo de interés.
Este mecanismo busca asegurar que la opinión de cada grupo de interés sea representada en la decisión final.
4. Modalidades de reuniones
a. La presidencia enviará las convocatorias a las reuniones del Comité con un mínimo de diez días calendario de anticipación a los miembros principales y a sus delegados.
Adicionalmente, el equipo facilitador comunicará a los miembros del grupo de interés
“Comunidades, pueblos y nacionalidades” por vía telefónica sobre la convocatoria a la reunión.
b. Los miembros del Comité se comprometen a confirmar su participación en las reuniones dentro del plazo especificado en la convocatoria.
c. Después de quince minutos de la hora especificada en la convocatoria para el inicio de la reunión, la presidencia constata el quórum (mayoría más uno de los miembros) para dar inicio a la reunión. En caso de no existir quórum, la reunión se posterga automáticamente por cuarenta y cinco minutos. Una vez transcurrido los cuarenta y cinco minutos, la presidencia del Comité da inicio a la reunión con los miembros presentes en ese momento.
d. Una vez instalado el Comité, las decisiones son ejecutables a partir del momento que han sido resueltas de acuerdo al proceso de toma de decisión.
e. Los miembros del Comité pueden plantear un punto para ser incluidos en la agenda, el cual debe ser sometido a aprobación del Comité al inicio de la reunión. El planteamiento de temas para la agenda se puede hacer mediante las siguientes modalidades:
1) En la reunión anterior.
2) En cualquier momento a través del equipo facilitador para que el tema sea puesto a consideración en la agenda de la próxima reunión.
3) Al inicio de la reunión, durante la revisión y aprobación de la agenda.
5. Vocería de los miembros del Comité Nacional de Estándares (CNE)
a. El MAE, en la figura de la Subsecretaría de Cambio Climático, preside el CNE y es el encargado de presentar los avances del Comité en otras instancias.
b. Pueden desarrollarse delegaciones específicas representativas de los tres grupos que conforman el Comité para representar las discusiones del CNE en otros órganos de acuerdo a las demandas específicas.
6. Manejo de información
a. Cada miembro ha sido seleccionado porque representa a un colectivo que presenta un interés en los temas abordados por la ENREDD+. Por este motivo, tiene la obligación de comunicar a sus bases/miembros, las discusiones y decisiones abordadas por el CNE.
b. Sin embargo, se reconoce la existencia de dos tipos de representación entre los miembros el Comité:
1) Miembros que representan a un colectivo
2) Miembros que representan a una sola institución2.
Lo anterior implica que la comunicación y reporte que los miembros del Comité deben hacer a la organización o colectivo que representa es diferente según el tipo de representación. Así, los miembros del Comité que representan a un colectivo deben asegurar la comunicación y reporte hacia ese colectivo; mientras que los miembros que representan a una sola institución deben asegurar la comunicación y reporte al menos a la institución al que representa, sin prejuicio de que puedan comunicar las discusiones y decisiones del Comité en otros espacios que estén a su disposición y que estén pertinentes.
c. Si se requiere dar a conocer la iniciativa fuera de sus bases, miembros e instituciones, se puede contar con el apoyo del equipo facilitador para el manejo de la información a ser presentada (por ejemplo, para la realización de una presentación o para proveer material oficial sobre la iniciativa).
d. El mecanismo de verificación del cumplimiento de la difusión de información serán actas de reuniones y/o asambleas comunitarias que se lleven a cabo en las respectivas instituciones/comunidades de cada miembro del CNE. Se sugiere usar los espacios existentes para realizar esa difusión. Estos documentos deben ser entregados al equipo facilitador durante las reuniones del CNE, en la medida que esas actividades de difusión han sido desarrolladas.
e. La información que se maneja en el CNE es de uso público aunque se pide a los representantes guardar reserva sobre la información generada en el proceso de diálogo interno previo a la toma de decisiones.
7. Principios para la rendición de cuentas
a. El CNE utiliza varios medios para demostrar el trabajo y los avances del mismo.
Entre ellos figuran las ayudas memorias de las reuniones de CNE que serán
publicadas en la página web del MAE
(www.ambiente.gob.ec/?q=node/924&page=0,2) en la cual se encuentra la información con los avances de la iniciativa en Ecuador. La información que los miembros tienen responsabilidad de difundir a sus redes/bases.
2 Según la composición actual del Comité, se reconoce que en este grupo están únicamente los miembros que representan al sector publico.
b. El CNE informará tanto la decisión adoptada como la justificación detrás de la decisión. En la medida de lo posible, el equipo facilitador informará a quienes emitieron los comentarios sobre la resolución final, bajo aprobación del Comité.
8. Rol del equipo facilitador en el funcionamiento del CNE
a. El equipo facilitador de esta iniciativa está conformado por representantes del MAE, Conservación Internacional Ecuador y CARE Ecuador. Sus roles principales son:
1) Asegurar que esta iniciativa cumpla con sus objetivos internacionales y nacionales,
2) Apoyar al CNE en el cumplimiento de su misión de liderar la interpretación e implementación de los Estándares en el Ecuador
b. Elaborar documentos e insumos técnicos, entre otros memorias, que apoyen la toma de decisiones y discusiones en el CNE