PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE PLAGAS DEL MUNICIPIO DE BECERRIL DE LA SIERRA (MADRID).
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente pliego es fijar las bases mínimas para la prestación del servicio de prevención y control de plagas, mediante la Desinsectación, Desratización y Desinfección (DDD) en el Municipio de Becerril de la Sierra (Madrid) con arreglo a las Condiciones Técnicas que se especifican.
Este servicio incluye la realización de un plan integral de control de plagas, entendiendo como tal la estrategia dirigida a mantener la población de especies potencialmente nocivas por debajo del umbral de tolerancia, minimizando el uso de biocidas.
2. JUSTIFICACIÓN.
Algunas especies animales suponen un problema para la Salud Pública y el bienestar de la población al estar implicadas, directa o indirectamente, en la propagación de ciertas enfermedades transmisibles, siendo las actividades de DDD, desde el punto de vista sanitario, esenciales para controlar estas poblaciones de artrópodos, así como de roedores con incidencia negativa en la población.
Estas plagas aparecen en la red de alcantarillado público, zonas verdes, jardines, solares, zonas abandonadas.., por ser lugares que reúnen las condiciones idóneas para su asentamiento;
teniendo en cuenta la imposibilidad de erradicar por completo estas plagas, el objetivo del control de plagas urbanas es la mejora del bienestar de los residentes urbanos, la reducción de las enfermedades transmisibles y el mantenimiento de ambientes sanos.
Para el cumplimiento de estos fines es imprescindible llevar a cabo la contratación de un servicio de control de plagas, necesario para mantener la salud pública en el municipio.
Los tratamientos de control de plagas son realizados por empresas autorizadas por las Comunidades Autónomas.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, atribuye a los Ayuntamientos las responsabilidad de control del medio ambiente.
3. ÁMBITO DE ACTUACIÓN.
El control integrado de plagas se realizará en todo el término Municipal de Becerril de la Sierra (Madrid), donde se incluyen el casco urbano, urbanizaciones, así como las dependencias y los locales de titularidad municipal. Asimismo se incluirán automáticamente todas aquellas instalaciones o infraestructuras municipales que se vayan creando durante la vigencia del presente contrato.
Los trabajos se llevarán a cabo en las siguientes zonas:
- Lugares de dominio público:
• Red de alcantarillado general del término municipal - Dependencias Municipales
• Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, 1
• Casita de Niños, C/ Cáceres, 3
• Nave Municipal, Av. José Antonio, 95
• Centro Cultural, C/ Real, 4
• Centro Municipal de Actividades Cristo del Buen Consejo, Av. José Antonio, 43-45
• Gimnasio, (entrada independiente) del Cristo del Buen Consejo, en Av. José Antonio, 43-45
• Policía Local, Plaza de la Constitución, 9
• Garaje del Ayuntamiento, mismo edificio que el Ayuntamiento, entrada por la C/ Bilbao
• Perrera Municipal, Av. José Antonio, 95
• Antiguo Matadero Municipal, C/ Calzada, s/n
• Museo etnográfico, Av. Calvo Sotelo, 13 - Centros Docentes:
• Colegio Público Juan Ramón Jiménez, Gimnasio y Edificio Anexo de la E.S.O., Paseo de San Sebastián, 23
- Instalaciones Deportivas:
• Polideportivo y Piscina Municipal, C/ Solosprados, s/n
4. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La prestación del servicio de prevención y control de plagas objeto del contrato se ajustará a lo dispuesto en estas Condiciones Técnicas, así como a las normas y legislación vigentes que le sean de aplicación. Las condiciones Técnicas incluidas en este pliego son las mínimas admisibles, pudiéndose incluir todo lo que mejore la calidad de los servicios.
La prestación de este servicio incluirá:
4.1. DIAGNÓSTICO DE SITUACIÓN.
En el diagnóstico de situación se hará referencia al menos a los siguientes puntos:
- Descripción de las características del municipio y análisis de la situación del municipio.
- Identificación de las especies a combatir: artrópodos, roedores, insectos.
- Identificación de los puntos críticos y/o otros factores de riesgo.
- Factores ambientales que originen o favorezcan la proliferación de las mismas.
- Priorización de actuaciones.
- Propuestas de actuación distintas a los tratamientos químicos.
- Conclusiones.
- Cualquier otro punto que se considere de interés.
4.2. PLAN DE ACTUACIÓN.
Se elaborará un PLAN DE ACTUACIÓN que recoja las medidas y estrategias de actuación necesarias para mantener la población de especies nocivas por debajo del nivel de tolerancia, quedando resumido en un documento técnico inicial.
Este plan deberá incluir:
- Medidas y estrategias de control.
- Calendario de actuaciones.
- Evaluación del servicio.
4.3. BIOCIDAS.
El adjudicatario deberá aportar a su cargo los biocidas necesarios para la realización del servicio, y se ajustarán a los siguientes requisitos:
- Estar inscritos y autorizados en el Registro de Biocidas del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para el uso al que se destinan.
- La formulación del preparado será elegida en función de: la máxima eficacia y seguridad posibles frente al tipo de vector a combatir y zona en la que se prevé utilizar; selectividad para la especie diana; menor toxicidad para la especie humana y especies no diana.
- Se seleccionará la técnica de aplicación del producto con menor impacto ambiental, dando prioridad a los tratamientos localizados, de manera que se maximice su efectividad y evite el riego de deriva y de diseminación no controlada.
- En la aplicación del tratamiento se tendrá en cuenta: el momento de mayor vulnerabilidad de la especie diana; plazo de seguridad del biocida; la actividad y uso de las instalaciones de modo que en ningún momento se ponga en peligro la salud de las personas y en ningún caso afectará al funcionamiento de los servicios.
- La gestión y eliminación de los residuos generados será responsabilidad de la empresa adjudicataria, y se realizará de acuerdo a la normativa vigente sobre éstos.
- Una vez realizado el tratamiento la empresa estará obligada a:
1. Emitir un certificado acreditativo del tratamiento realizado que incluya como mínimo los siguientes datos:
• Datos de la empresa adjudicataria: razón social; domicilio, CIF/NIF.
• Datos del contratante.
• Área/s tratadas: nombre; dirección.
• Fecha de prestación del servicio.
• Tipo de servicio: vigilancia, tratamiento biocida.
• Especies detectadas, ubicación.
• Medidas a adoptar.
• Productos utilizados: área tratada, tipo de biocida, nombre comercial, número de inscripción en el registro de biocidas, materia activa, dosificación, plazo de seguridad, método de aplicación.
• Nombre y firma del responsable técnico.
2. Emitir informe de incidencias, si las hubiera.
3. Emitir un informe con recomendaciones y pautas a seguir para evitar la propagación de vectores y limitar los factores que favorecen su desarrollo.
De cada uno de estos documentos se entregará una copia al Ayuntamiento.
4.4. MEDIOS MATERIALES Y HUMANOS.
La empresa adjudicataria deberá mantener, durante todo el tiempo de duración del contrato, los medios materiales y humanos necesarios para realizar todos aquellos servicios que puedan surgir por la aparición de nuevos focos y por los partes de denuncias.
El personal necesario para realizar los trabajos de desratización, desinsectación y desinfección dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo.
El personal aplicador y el responsable técnico cumplirán con lo dispuesto en el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
4.5. FRECUENCIA MÍNIMA DE LOS TRATAMIENTOS.
Las actividades a realizar por la empresa adjudicataria del servicio de prevención y control de plagas, serán en cada momento, las necesarias para controlar los vectores (insectos, artrópodos, roedores) que puedan constituir un riesgo para la salud pública, presentando una planificación anual de las mismas, que incluirán las siguientes actuaciones mínimas con la periodicidad siguiente:
- Desratización de la red general de alcantarillado: 12 tratamientos anuales de choque y/o mantenimiento.
- Desinsectación de la red general de alcantarillado: 6 tratamientos anuales de choque y/o mantenimiento (generalmente entre mayo y octubre).
- Desratización y Desinsectación en los siguientes centros y dependencias municipales: 2 tratamientos anuales de choque y/o mantenimiento.
• Colegio Público Juan Ramón Jiménez, Gimnasio y Edificio Anexo de la E.S.O.
• Ayuntamiento
• Nave Municipal
• Centro Cultural
• Centro Municipal de Actividades Cristo del Buen Consejo
• Gimnasio
• Policía Local
• Polideportivo
• Garaje del Ayuntamiento
• Perrera Municipal
• Museo etnográfico
- Desratización, desinsectación y desinfección del antiguo matadero municipal, un tratamiento anual preventivo.
- Desratización, desinsectación y desinfección en la piscina municipal: un tratamiento anual preventivo en aseos, vestuarios, cuarto de depuradora y botiquín.
- Atención permanente de avisos relacionados con los anteriores servicios: la actuación se realizará en un plazo máximo de 24 horas para los casos urgentes y de una semana para el resto. Se atenderán los avisos comunicados desde los Servicios Técnicos Municipales que pudieran surgir en el municipio, sin límite de atención, y sin coste añadido.
- Asistencia técnica por personal cualificado en materia de profilaxis ambiental, diagnóstico fitosanitario, prevención y control de legionelosis.
- Entrega de toda la documentación necesaria para solicitar y/o justificar subvenciones.
En ningún caso, las actuaciones que se realicen causarán molestias ni perturbaciones en el funcionamiento de los servicios, ni en el desarrollo normal de la actividad del municipio.
Los servicios de salud ambiental se ajustarán en primer lugar a la normativa técnico- sanitaria vigente y en segundo lugar a la Norma UNE 171210:2008 Calidad ambiental en interiores. Buenas prácticas en los planes de Desinfección, Desinsectación y Desratización, hasta que sea de aplicación la nueva Norma UNE-EN 16636:2015 para servicios de gestión de plagas.
Todas las actividades a realizar, recogidas en el servicio de prevención y control de plagas, se informarán con antelación al Ayuntamiento.
5. GARANTÍA DEL SERVICIO.
La empresa adjudicataria efectuará todos los trabajos que se requieran según lo estipulado en el presente pliego, de forma que quede asegurada la eficacia del servicio de control de plagas en el municipio y en los edificios e instalaciones municipales incluidas en el mismo.
La empresa adjudicataria garantizará la efectividad de los servicios realizados, así como la veracidad de los productos utilizados en cada servicio, siendo responsable de su utilización y de las consecuencias que pudiera originar la utilización de otros productos diferentes a los indicados.
6. COMIENZO Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato tendrá una duración de cuatro años contado a partir del día siguiente a la formalización del mismo, prorrogable anualmente con un periodo máximo total, prorrogas incluidas, de 6 años.
7. PRESUPUESTO DE CONTRATACIÓN.
El presupuesto anual para la contratación del servicio de prevención y control de plagas en el municipio de Becerril de la Sierra (Madrid) asciende a la cantidad anual de CINCO MIL DOSCIENTOS EUROS (5.200,00€) con el IVA incluido.
8. DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación:
- La empresa acreditará estar autorizada en la Comunidad de Madrid (Orden 700/2010, de 29 de diciembre, por la que se crea el Registro de Establecimientos y Servicios de Biocidas) u otra Comunidad Autónoma, para realizar actividades biocidas.
- Relación de recursos materiales y de personal de que disponga para realizar el servicio en el municipio de Becerril de la Sierra (Madrid).
- Acreditación que justifique que el personal aplicador y el responsable técnico cumplen con lo dispuesto en el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
- Relación de los productos a emplear en la realización del servicio en la que figure: tipo de biocida; nombre comercial; materia activa y %; número de registro; método de aplicación; tipo de instalación en el que se va a usar; dosis aplicada del producto (%); plazo de seguridad.
- Declaración expresa de NO utilizar productos clasificados como TÓXICOS O MUY TÓXICOS según la normativa vigente.
- Documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Se detallarán los medios de prevención y protección disponibles tanto para su personal como para la población en general.
- Compromiso expreso de la eficacia de los tratamientos y declaración de responsabilidad ante posibles accidentes o intoxicaciones, exonerando de ellos al Ayuntamiento.
- Documento acreditativo de cumplimiento de la normativa vigente referida a la producción, gestión y eliminación de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
- Seguro de responsabilidad civil.
9. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Los licitadores deberán aportar una Memoria Técnica detallada sobre la ejecución del servicio de prevención y control de plagas que incluya la información indicada en epígrafes anteriores y con carácter mínimo:
- Procedimiento de actuación para la realización del diagnóstico de situación.
- Propuesta del Plan de Actuación.
- Protocolos, estrategias y cronogramas de inspecciones/tratamientos.
- Descripción de los sistemas de evaluación.
-Compromiso de cumplimiento estricto de la legislación relativa al empleo de biocidas.
- Compromiso de cumplimiento estricto de la normativa relativa a la formación y cualificación profesional del personal.
- Propuesta de la empresa en materia de divulgación y educación sanitarias para concienciar a la ciudadanía en la colaboración en la mejora del medio ambiente urbano y de la lucha frente a roedores, insectos, y otros vectores.