ESCVELA
E S P A N 2 L A
EXPOSICIONES ESCOLARES
La escuela parroquial de San Sebastián, de Estepa (Sevilla), ha clau- surado el curso con una exposición de trabajos escolares orientada a exaltar la obra del recientemente fallecido amigo de los niños Walt Disney.
LEYENDO LA PRENSA
En estos tiempos tan azarosos que vivimos, la lectura de la Prensa dia- ria deja, por lo general, un poso de amargura. Junto a pensamientos que confortan el ánimo, a 'informa- ciones de destacados actos huma- nos, que son ejemplares y suponen estímulo para los lectores, aparecen noticias que revelan la malicia hu- mana. Guerras, revoluciones, injus- ticias. La Prensa no crea estas si- tuaciones y cumple con su deber informativo dándolas a conocer, aunque a los mismos periodistas y a los lectores nos cause esa pena a que nos referíamos al principio.
No hace muchos días leíamos en la sección de sucesos de la Prensa madrileña una noticia que, además de pena, nos causó extraordinario asombro.
Se trata de que en la barriada de Palomeras, de la capital de Es- paña, fue sorprendido un ladrón cuando robaba en la taquilla de un cine. El agente de la autoridad que lo sorprendió quiso detenerlo y al intentarlo se le escapó y huyó sal- tando unas tapias. Para evitar la huida el agente hizo varios dispa- ros al aire, poniendo en conmoción a la barriada, cuyos vecinos encon- traron al ladrón aterrorizado por los disparos en una de las calles del barrio. Según la información que comentamos no se daba el nombre,
del ladrón por ser menor de edad.
¡Tenía doce años! En la informa- ción, y para constancia de su celo profesional, figuraba el nombre y
los dos apellidos del sereno.
Salvo que este atento vigilante padezca de la vista no se compren- de fácilmente que si estuvo tan cer- ca de él como para sorprenderlo no se diera cuenta de que se trata- ba de un niño, ya que a los doce años, por muy ¿esarrollado que es- té, la apariencia infantil es incon- (Continúa en la pág. 1203.)
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EN ESTE NUMERO:
I Las preguntas de estos días, página 1190.
Maestros provisionales, pági- na 1191.
Formación de actitudes so- [ cíales, por Manuel Várela Sia- . ba, pág. 119L
Disposiciones oficiales.
Aprobados en el segundo ejercicio de las oposiciones a, inspecciones, pág. 1203.
Otras noticias.
Año XXVII • Números 1 555-56
Madrid, 21 julio 1967
Director José Salazar Salvador Edir,on¡jii Bkscueía Española. S. A.
Redacción ? administración:
Mayor, 4 — Teléfono '¿'¿'¿ 67 64 i-'ien.sH Castellana, c. tiuque, 'i
)eposito legal: M. 187 - 1958 Por la festividad del 18 de Julio, el presente número equi- vale a los dos que habitual- mente publicamos los miérco- les y viernes de cada semana.
Por Agustín SERRANO DE HARO Vacaciones. Descanso. ¡Pues a descansar! Y no será sosegado ni reparador el descanso si seguimos dando vueltas y revueltas a los te- mas de siempre: concursos, oposi- ciones, Mutualidad, ley de Funcio- narios, etc.
Para distraer de ellos, yo voy a contar unas anécdotas que acaso a algunos hagan sonreír y a otros ofrezcan una leccioncilla sin com- plicaciones.
Ahí va la primera:
Tengo yo un buen amigo que pa- rece que nació para orador.
Era todavía un muchacho cuan- do se celebró en su pueblo un acto' solemne al que concurrió un per- sonaje de Madrid.
Mi amigo habló en el acto. Y lo grande para él fue que el persona- je habló tras él y comenzó dicien- do: «Después de escuchar a este nuevo Castelar de Andalucía...»
¡Santo Dios! Nada menos que Castelar... Y esto en labios de una personalidad de Madrid...
Fue pasando el tiempo. Y la di-, chosa comparación seguía, como una musiquilla deliciosa, pegada a los oídos de mi amigo.
Un buen día, al personaje de mi anécdota lo hicieron ministro. Mi amigo se alegró en el alma, porque ya tenía un admirador ministro...
¡Ahí es nada! ¡Como para reven- tar de orgullo y de gozo!
Fueron rodando las cosas y los días, y el «Castelar de Andalucía»
necesitó un favor cilio que pensó po- dría hacerle «su admirador».
Vino a Madrid, consiguió —no sin dificultades— la audiencia, y cuan-, do se encontró ante el ministro le espetó, ante todo, ¡no faltaba más!:
—Usted recordará que en tal fe- (Continúa en la pág. 1202.)
1190 21 d e j u l i o d e 1 9 6 7
LAS PREGUNTA 5 DE ESTOS DÍAS
MAESTROS PARA ESCUELAS DE PATRONATO
En el presente número ofre- cemos a nuestros lectores las resoluciones de la Dirección General de Enseñanza Prima- ria, de 30 de junio y 4 de j u l o , r e s p e t i v a m e n t e , por las que se nombran maestros para es- cuelas depen d i e n t e s de los Consejos Primarios que se in- dican, así como para las del P a t r o n a t o del Servicio Escolar de Alimentación y Transporte.
OPOSICIONES AL CUERPO DE DIRECTORES
No podemos calcular cuándo se a n u n c i a r á n nuevas oposiciones a directores escolares, a u n q u e no creemos sea próxima, ya que aca- ban de celebrarse ia& convocadas en el a ñ o 1964, más las restringi- das de directores de graduada, y quedan muchos directores exceden- tes por no haber plaza para ellos.
Las normas que establece el Re- glamento de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 17 de mayo) son totalmente distintas de las an- teriores y será necesario esperar ia convocatoria para conocer los nue- vos cuestionarios que se dicten.
NORMAS PARA LA PROVISIÓN DE
ESCUELAS
E n la sección de disposiciones oficiales del presente número pu- blicamos un decreto de 6 de julio sobre provisión de e s c u d a r nacio- nales, por el que .odas las vacan- tes de Enseñanza Primaria o di- recciones escolares t u r n a d a s ac- t u a l m e n t e a provisión por oposi- ción o concurso-oposición de :ual- quier modalidad y las que e r lo sucesivo se produzcan, se provee- r á n en los concursos d e traslados especiales correspondientes, agre- gándose a las vacantes a ellos Je s - tinadas, en t a n t o no deban apli- carse los nuevos reglamentos para cubrirlas.
En el mismo decreto se establece que las escuelas de régimen ordi- n a r i o vacantes en localidades con censo inferior a los dos mil habi- t a n t e s podrán ser cubiertas direc- t a m e n t e en propiedad definitiva con maestros aprobados en las opo- siciones a ingreso en el Magisterio pendientes de colocación definitiva.
Estas escuelas podrán ser solicita- d a s por los maestros a quienes in- teresen, que deberán enviar su so- licitud a la Dirección General de Enseñanza P r i m a r i a antes del 15 de agosto, acompaña-ido a :a mis- m a una hoja de servicio certifica- da, formulando expresamente el compromiso de servir dichas es- cuelas d u r a n t e un tiempo mínimo
de seis cursos consecutivos.
\ LEVAS CONDICIONES PARA LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA
DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES
El decreto-ley de 13 de julio, vi- gente desde el 15 del mismo íes, modifica el artículo 39 de la .3y de Funcionarios Civiles y las dis- posiciones concordantes con este artículo. En su consecuencia, y «le acuerdo con lo establecido en el mismo, para los maestros, que >
nen su jubilación forzosa a los se- t e n t a años de edad, podrá solici- tar la jubilación voluntaria cuan- do tengan cumplidos sesenta y cin- co años o cuenten con c u a r e n t a años de servicios. Entendemos e queda vigente lo establecido en es- t a ley y en • la de pasivos de 4 de mayo de 1965, al m a n t e n e r la oin- cidencia de la edad con los servi- cios, por lo que corresponderá el 80 por 100 de pensión a los que cuenten con más de sesenta y . ' i- co años de edad y cuarenta de ser- vicios, y sólo el 60 por 100 de pen- sión a los que puedan acreditar t a n sólo una de las condiciones señala- das.
A LOS QUE PIDEN IMPRESOS
Con el fin d e evitar gastos de reembolso y retrasos en los envíos, rogamos que aquellas personas que solicitan impresos de hoja de ser- vicios, instancias para los concur- sill.s. diligencias para los cursos d e Plumaria, modelos oficiales de solicitud de ingreso en un centro e s t a t a l de Enseñanza Primarla, etcétera, envíen el importe de los mismos en sellos de correos y so- bre franqueado con la direcc* i correspondiente para su inmediata remisión. E s t o pueden hacerlo siempre que él número de impre- sos puedan ser remitidos en una c a r t a , ya que cuando sean numero- f"™ e remitirán por correo certi- ficado.
PLAZO PARA SOLICITAR BECAS Y LICENCIAS
POR ESTUDIOS
Como reiteradamen t e venimos anunciando, el plazo para solici- t a r becas y licencias por estudios universitarios t e r m i n a r á el próxi- mo dia 31 del actual.
Recordamos que las normas pa- r a la solicitud d e licencias se r u - bricaron en la página l i l i del nú- mero 1.549-50, d e fecha 28 de ju- nio.
LA CONFIRMACIÓN DE DESTI- NOS DEL CONCURSO GENERAL
DE TRASLADOS
E n la sección de provisión de escuelas se está trabajando activa- m e n t e para resolver a la mayor bre- vedad las reclamaciones presenta- d a s en la adjudicación provisional de destinos del concurso general de traslados. Esperamos que la orden correspondiente se publique en el
«Boletín Oficial del Estado» en los últimos días del presente mes o, como m u y t a r d e , en los primeros
de agosto. Nosotros la daremos a conocer en c u a n t o podamos.
LA COLOCACIÓN DE LOS PROVISIONALES
Es de esperar que cuando se ele- ven a definitivas las adjudicaciones del concurso general de traslados se publiquen por el Ministerio las n o r m a s necesarias para la coloca- ción de los maestros provisionales que por no haber alcanzado desti- no en propiedad definitiva v resul- t a r desplazados deben elegir nueva vacante para el próximo curso. Esta vacante tendrán que elegirla en la misma provincia, en otra distinta o en la de origen, si hay escuelas y se autoriza por la Dirección Ge- neral, como se hizo el año pasado.
Los provisionales que no sean des- plazados continuarán en sus desti- nos.
NECROLÓGICA
El pasado dia 17 falleció en Al- mería, a los ochenta y cuatro años de edad, el catedrático de escue- la normal, jubilado, don Antonio Relimo Jiménez, después de ha- ber recibido los S a r t o s S a c r a m e n - tos y la bendición de Su S a n t i d a d .
En su larga permanencia en Al- m e n a , desde su promoción en la Escuela Superior del Magisterio, ge- neraciones de maestros le deben su preparación y el espíritu que lo- gró infiltrarles en el servicio d e una educación cristiana y españo- la. Fue director de las escuelas nor- males en distintas ocasiones, comi- sario-director de la Escuela de Ar- tes y Oficios, desempeñando con acierto distintos puestos políticos en la Diputación Provincial y e n el Ayuntamiento de Almería.
Desempeñó cátedras de Humani- dades en el Seminario de Almería, y orador elocuente, intervino en innumerables actos culturales que se organizaban por cualquier enti- dad de esta naturaleza.
Descanse en paz el insigne pro- fesor y caballero cristiano. Envia- mos nuestro pésame a su viuda, do- ñ a Rafaela Fernández, catedrática jubilada de escuelas normales, y a sus hijas doña Rosa, inspectora- jefe de Enseñanza Primaria de .1- mería; doña Inés, también inspec- tora, y d o ñ a Francisca, directora escolar.
AVISO IMPORTANTE
Con motivo de las vacacio- nes de personal en esta empre- sa, q u e d a n disminuido* los efectivos en todas tas seccio- nes, especialmente en las de información y consultas.
Rogamos a nuestros suserip- tores que en estos meses de ve- rano reduzcan sus peticiones tan sólo a temas urgentes y con tiempo suficiente p i r a que el normal retraso con que han '* ser contestadas no les oca- sione perjuicio.
La Redacción
E s c u e l a E s p a ñ o l » 1191
MAESTROS PROVISIONALES
Dada la lentitud con que se resuelven l o s concursos de traslados, es inevitable que al finalizar caia uno quede buen número de maestros de nuevo ingreso pendientes de coloca- ción por no existir disponibles entre las plazas anunciadas plazas para su colocación defi- nitiva. Este fenómeno se pro- ducirá siempre al finaliz r un concurro de traslados en tanto no se modifiquen los sistemas que hoy se empL-an para resol-
verlos, y por consiguiente, cada año, al número de opositores recen ingresados se sumarán los que continúan con carác- ter provisional, pero han sido de plazados de las escuelas que servían por concursantes con mejores méritos.
Unos y otros, provisionales desplazados y opositores recién ingresa ios, tienen que e l e g i r nuevos destinos, pero como no guarda re!a:ión el núm ro de opo itores aprobados en una provincia con el de vacantes producidas en el propio con- curso de t astados o reserva- das a o r o s turnos de provisión, se impone el traslado de los aspirantes a provincias dis- tintas de las de su interés.
Esta es la causa por la que en las últimas pro vi iones de destinos a opositores se les ha- ya P m u t i l o solicitar en pro- vincia distinta a aquelli en que obtuvieran su p imer í.esti- no provisional, aunque estable- ciendo como conrlicián previa que hubiesen sido desplazados.
Entendemos que como estos nombramientos se hacen por un sistema descentr lizado, no existiría g r a v e inc nven'en'e en autorizar este t-a lado de provincias a todos los oposito- res hayan sido o no desplaza- dos.
Entendemos que el perjuicio adminis'rativo es mín'mo y el ento pee mien'o que se produz- ca con motivo del retraso al iniciar las actividades docentes no mayor que el que se produ- ce en tanto se reciben las in- fo macones provinciales sobre nombramientos efectuados y plazas a cubrir.
Todas las facilidades que puedan darse con este motivo nun°a nos parecerán excesivas.
Téngase en cuenta que una consecuencia n a t u a l de la len- titud con que se resuelven los concursos es que aún queden muchos opositores de 1964 que a l^s tres años después de rea- lizada Iti oposición no han lo- grado encontrar su destino.
FORMACIÓN DE ACTITUDES SOCIALES
Por Manuel VÁRELA SIABA ¡i
El niño es la gran incógnita del maestro. Incógnita no sólo en sí, al estudiarle en sus aptitudes, desarrollo y deficiencias, sino en su gran va- riabilidad de unos a otros y en las diversas actitudes que adquiere en su interacción psico-social.
La actitud es fenómeno de vital importancia en el quehacer pedagó- gico, y su formación constituye uno de los aspectos más importantes de la motivación escolar. Es, desde luego, una disposición que se adquiere para responder de una manera determinada, y con cierta consistencia emotiva, a un estímulo o grupo de estímulos. Se especifican por su con- tenido (sociales, estéticas, religiosas, etc.), por su signo (de apertura o de clausura) y por su intensidad y estabilidad.
Se originan ya en la más tierna infancia, debido al estado de depen- dencia e invalidez en que el niño nace, y se van consolidando o modifi- cando a lo largo de toda la vida
Los adultos al ayudar al niño, lo hacen siempre desde un determina- do patrón cultural, ya sea éste el de un europeo, el de un africano o el de un indio navajo, pongamos por ejemplo. Este patrón cultural limita siempre y presenta dificultades a la satisfacción de sus necesidades (no puede comer cuando quiera, ni lo que quiera, ni como quiera; sucede igual con la bebida, el vestido, limpieza, movimientos, etc.); por eso sur- gen conflictos en su personalidad incipiente.
Todo parece indicar que cuando el niño nace, para él el mundo es un caos de formas, colores, impresiones endógenas, apetitos, etc., sin estar ordenados en forma de mundo externo ni conexionados con un «yo».
Pronto empieza a ordenarlo, a conexionarlo y —como dice Piaget— a im- pregnarlo de afectividad, con valencias apetitivas positivas o negativas.
Primero parece percatarse de su mundo exterior, luego de su mundo in- terior. Todas estas impresiones y modo de ser, satisfechas sus necesida- des, van bosquejando un estado de alerta, de inquietud y alarma o bien configuran un mundo protector, sosegado y tranquilo. Aparecen así las primeras actitudes, o actitudes radicales, llamadas de esta manera por ser como las raíces de otras nuevas que de ellas se generarán.
Estudios llevados a cabo por Boas y Goldman en la tribu india de los kwakiult ponen de relieve cómo el trato inhumano que dan a los ni- ños (hambre, castigos, abandono, etc.) está íntimamente unido con la actitud sumamente agresiva que presentan de adultos, formando la so- ciedad más violenta y dura que se conoce. Margarita Mead, por su par- te, en la tribu de Nueva Guinea de los arapesh, pudo comprobar cómo las formas benignas, comprensivas y afectuosas de tratar al niño desde su nacimiento daban lugar a una sociedad cooperadora, agradable, amis- tosa y sensible a las necesidades de los demás, en tanto que la violen- cia, agresividad, ind;sciplina y competición de los mundugumur y el tra- to duro a que sometían a los niños daba unos resultados parecidos a los de la tribu kwakiult.
Spitz, comparando dos grupos de niños, uno criado en un orfanato, con toda clase de atenciones físicas y médicas, pero sin ninguna o escasa relación personal con radie, y otro en la casa-cuna de una prisión de mujeres, con cierto abandono en su tratamiento físico y médico, pero con contactos unipersonales y afectivos con sus madres, llegó a la con- clusión de que los primeros señalaban sobre los segundos un retraso en el desarrollo de la conducta, con depresión, retraimiento, falta de ale- gría y una marcada inferioridad en los resultados de la aplicación 'de los «tests» de Hetzer y Bühler para el comportamiento sensorio-motor.
En los primeros meses de la vida, el contacto con los mayores parece que produce como una especie de troquelado en la conducta que difícil- mente se borra después. Los numerosos casos de niños-lobos conocidos
(el salvaje de Aveyron, las niñas de Midnapore, Raspar Hauser, etc.) nos prueban este aserto, y dentro de la esfera animal, los experimentos rea- lizados con ansarinos que siguen ál experimentador en vez de a sus pa- dres, pájaros diversos que siguen a otras especies, patitos criados por gallinas, etc., hablan de la indudable fuerza de este troquelado.
La conclusión que de todo lo que antecede se deduce es que el niño necesita para su desarrollo armónico, normal y humano que la adecuada protección afectiva (satisfacción de necesidades) se dé a través de la protección afectiva de sus idóneos padres, cosa que la sociedad debe faci- litar al máximo. Sólo así no iniciará la concepción de su mundo con matiz hostil, y los sentimientos de seguridad, simnatía y autonomía crea- rán en él la predisposición general paia responder a las situaciones vita- les de una manera fundamentalmente directa y resolutiva. En otras pa- labras: crearán la radical actitud de apertura.
LEY DE EDUCACIÓN PRIMARIA
TEXTO REFUNDIDO POR DECRETO DE 2 DE FEBRERO DE 1967
EDITORIAL ESCUELA ESPAÑOLA
D I S P O S I C I O N E S O F I C I A L E S
Nombramientos para escuelas de Palronafn *
Tormas para la provisión de escuelas nacionales.-Nuevas condiciones para la jubilación voluntaria de los
funcionarios civiles
Boletín W Oficial
ttwisrtkio
DÉeoocáctoN
NACIÚMÉIJUEVES 20 DE JULIO DE 1967
Se nombran maestros para escuelas dependientes de los Consejos Primarios que se indican
30 JUNIO. R DE LA D.
Vistas las propuestas que elevan varios Consejos:
Escolares Primarios de nombramiento de maestros pa ra escuelas dependientes de los miamos:
Teniendo en cuenta que se ajustan a lo dispuesto por la legislación vigente,
Esta Dirección General ha resuelto nombrar, cor carácter definitivo cera las escuelas que se citan, a los siguientes maestros:
Doña María Asunción Bañón Hidalgo, maestra de nuevo ingreso provisiona; de la provincia de Alicante, para la unidad de niña creada por orden ministe- rial de 2 de febrero de 1967 en Peña de las Águilas
(Alicante), del 'atronato Diocesano.
Doña María Dolores Marque? cid, de nuevo ingre- so 1965, provisional de la provinci de Badajoz, para la mixta creada por orden ministerial de 29 de abril de 1967, del Patronato de la finca «Sarteneja-Rueda Chica» (Badajoz).
Don Antonio Borras Salas, de Manresa (Barcelo- na), para la unidad de niños creada por orden minis- terial de 13 de noviembre de 1953 en la m'sma lo- calidad, del Patronato de la Orden Hospitalaria de los Hermanos de San Juan de Dios, sanatorio, en la vacante por jubilación de don Ignacio Canturri Pa- llares.
Don Juan José Litrán Ferrón. director por oposi- ción del grupo escolar de Ubrique (Cádiz), para la plaza dp director sin curso creada por orden ministe- rial de 12 de julio de 1966 en el colegio nacional Nuestra Señora de Europa, de Algeciras-barrio Los Pastores (Cádiz;, del Patronato del Campo de Gi- braltar.
Doña Maria Concepción Ara Laborda y doña An- tonia García de los Favos v Bobadilla. ambas exce- dentes, para unidades de niñas de la graduada crea- da por orden ministerial de 25 de octubre de 1966 en Las Mesas (Cuenca), del Patronato de la Congrega- ción de Religiosas de la Sagrada Familia de Burdeos, previo que estas dos maestras hayan solicitado y ob- tenido el reingreso en el servicio activo de la ense- ñanza.
Doña Paula Rodríguez Termenón, de Jaén (capi- tal), para la unidad de niñas del grupo escolar de Baza (Granada), del Patronato de la Congregación de Religiosas del Divino Maestro, en la vacante por excedencia de doña Isabel Herrera Carceller, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña Mari" Julia Melchor Sáez, parvulista de Tu- delilla (Leeroño), para la unidad de párvulos del co- legio nacional creado por orden ministerial de 30 de agosto de 1966 en Logroño (capital), del Patronato de San Bernabé, en la vacante por jubilación de do- ña Amelia Ruiz López
Doña María Jesús Salazar Fernández, de Vigo (Pon- tevedra1 para la unidad de niñas riel grupo escolar de Madrid (capital) del Patronato de la Congrega- ción de Religiosas del Divino Maestro, en la vacante de doña Maria Pilar Penín Outomuro, como religiosa profesa de la misma Congregación
Doña María de la O Julia Rodríguez Pazos, de Sa- lamanca (capital), para la unidad de niñas creada_
por orden ministerial de 25 de marzo de 1960 en el co- legio--nac-©nal de Madrid (capital), del Patronato de la Congregación de Religiosa? Misioneras del Divino Maestro, en la vacante por fallecimiento de doña Elia Bouzo Fernández, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña Mar.a del Carmen Martín Barrientos, parvu- lista de Salamanca, para ^a unidad de párvulos del grupo escolar de niñas del colegio nacional Zumala- cárregui, de Madrid (capital), del Patronato de San José de calasanz —Consejo Superior de Investigacio- nes Cientificas—, en la vacante por jubilación de do- ña María Oroz Pérez.
Doña María del Carmen Medina Gil-Gallardo, del poblado de absoición'de Fuencarral, de Madrid (capi- tal), pa-ra la unidad de niñas creada por orden minis- terial de 22 de julio de 1966 en el poblado de absor- ción de Vallecas. de Madrid (capital), del Patronato de la Delegación Nacional de la Sección Femenina de F. E. T. y de las J. O. N S.
Doña María bolores Ruiz jurado, de Granada (ca- pital), para la unidad de niñas del colegio nacional de Málaga (capital), Patronato de la Congregación de Religiosas Misioneras del Divine Maestro, en la vacante de doña María del carmen Feijoo Montene- gro, como religiosa profesa de la misma- Congre-
gación. ^ Doña Elisa Martínez del Moral, de la campaña de
alfabetización de la provincia de Murcia, doña Ana Gómez Rodríguez, de Baños de Fortuna (Murcia);
doña Teresa Vela Arcis, de nuevo ingreso provisional de la provincia de Murcia; don Francisco Alcaraz Prior, de Almadies (Granada), don Juan Escudero Baños, de nuevo ingreso 1964 provisional de la pro- vincia de Murcia, y don Juan Antonio Orenes Tovar, de nuevo ingreso 1966 provisional de la provincia de Murcia. ; ara las unidades de niñas y de niños crea- das por orden ministerial de i2 de junio de 1967 en Las Lumbreras Monteagudo (Murcia), del Patronato Juan XXIII.
Doña Clotilde Serrano de Haro y Medialdea, de Málaga (capital), para la unidad de niñas del cole- gio nacional de .lurcia (capital), del Patronato de la Congregación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la vacante de doña María Díaz López, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Don Fortunato Ameave Santamaría, de Eibar (Gui- púzcoa), para la unidad de niños creada por orden ministerial de 9 de abril de 1963 en el seminario-pre- paratoria ue Pamplona (Navarra), del Patronato Dio- cesano, en la vacante por jubilación de don Joaquín Casanova Box Teniendo en cuenta lo dispuesto por orden ministerial de 9 de octubre de 1967 («Boletín Oficial» de 25 de noviembre).
Doña María del Carmen García-Rodeja y Fernan- dez, procedente de Madrid (capital), para una uni- dad de niñas del colegio nacional creado por orden ministerial de 30 de agosto de 1966 en Orense . (ca- pital), del Patronato de la Congregación de Religio- sas Misioneras del Divino Maestro, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña María Dolores Ballesteros Mancheño, parvu- lista, procedente de Paracuellos (Madrid) para la unidad de párvulos creada por orden ministerial de 26 de noviembre de 1963 en la guardería infantil y jardin maternal San José, de Madr:1 (fipital), del Patronato Obra de Auxilio Social, en la vacante de doña Maria Dolores Alcaraz Sánchez.
Daña Carmen Gurrea González, excedente, para la unidad de niñas creada por orden mi-isterial de 5 de agosto de 1966 en la graduada de Madrid (capital), barrio Gran San Días, calle de Fotografía, 3 y 6, del Patronato de la Congregación de Religiosas de la Sa- grada Familia de Burdeos, como religiosa profesa de la misma Congregación, previo haber obtenido el reingreso en el servicio activo de la enseñanza.
E s c u e l a E s p a ñ o l a 1193 Doña María del Pilar Centeno Pérez, procedente
de Torres de Cotillas (Murcia), para la unidad de ni- ñas del colegio nacional de Orense (capital), del Pa-
tronato de la Congregación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la vacante de doña María de) Carmen Cabo Alonso, que dejó al pasar a desempe- ñar la dirección sin curso del mismo colegio nació nal, ex religiosa de la Congregación.
Doña María de los Angeles de Luis Ramírez, de Torres de Cotillas (Murcia), para la unidad de niñas del grupo escolar de Palencia (capital), del Patrona- to de la Congregación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la vacante de doña Amparo Ede-
rra Pérez, como religiosa profesa de la misma Con- gregación.
Doña Mercedes Puentes Blanco, de Baza (Grana- da), para la unidad de niñas del grupo escolar de VI- go (Pontevedra), del Patronato de la Congregación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la va- cante de doña María Jesús Salazar Fernández, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña Benilde concepción Rodríguez Losada, de Ma- drid (capital), para la unidad de ninas creada por or- den ministerial de 22 de julio de 1966 en Salamanca
(capital), del Patronato de la Congregación de Re- ligiosas Misioneras del Divino Maestro, como religio- sa profesa de la misma Congregación.
Doña Elvira Rodríguez Pérez, de Orense (capital), para la unidad de niñas del colegio nacional de Sa.- lamanca (capital), del Patronato de la congregación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la vacante de doña Josefina Pernánde y Fernández, que dejó al pasar a desempeñar la dirección sin cur- so en este mismo colegio nacional como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña Rosa Caballero Matéu, parvulista de Onte- niente (Valencia), para la unidad de párvulos crea- da por orden ministerial de 18 de agosto de 1965 en la agrupación de El Grao-Gandía (Valencia), del Pa- tronato de la Fundación María Angeles Suárez de Calderón, en la vacante por excedencia de doña Ma- nuela Marqués Martínez.
Doña María Sacramento Hernandis Perales, parvu- lista, procedente de Torrente (Valencia), para la uni- dad de párvulos creada por orden ministerial de 25 de octubre de 1966 en Valencia (capital), del patro- nato San Antonio María Claret.
Doña Mercedes Pórtela Sabariz, excedente, para la unidad de niñas creada por orden ministerial de 22 de julio de 1966 en Bérriz (Vizcaya), del Patronato Vera Cruz, de la Congregación de Religiosas Misio- neras Mercedarias. como religiosa profesa de la mis- ma Congregación, previo haber solicitado y obtenido el reingreso en e] servicio activo de la enseñanza.
Don Almiro Galindo Sánchez, de nuevo ingreso 1966, provisional de la provincia de Vizcaya, para una unidad de niños creada por orden ministerial de 30 de agosto de 1966 en la graduada de la parroquia de
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San Pedro, de Munguía (Vizcaya), del Patronato Dio- cesano.
Don Julio Camarero Pérez, de Eibar (Guipúzcoa), para la unidad de niños creade por orden ministeria.' de 30 de agosto de 1962 en la graduada de Portuga iete-Abachalo (Vizcaya), del Patronat. Sociedad Es- pañola de Construcciones Babcok & Wilcox, en la vacante de don José García Pimentel.
Doña Alicia Rodríguez González, de Cobreros (Za- ñora), para la mixta creada por orden ministerial 1e 8 de junio de 1966 en Ribadelago de Franco-Ga iende (Zamora), del Patronato Hidroeléctrica Mon-
•íabril, S. A.
Doña María Gloria Lezcano Estébanez, parvulista de Hornillos de Cerrato (Palencia), para la unidad de párvulos creada por orden ministerial de 12 de
\ julio de 1966 en el jardín maternal de Vitoria (Ala- va), del Patronato Obra de Auxilio Social.
Doña María del Carmen Núñez Barreiro, de Logro- ño (capital), para la unidad de niñas del grupo es- colar de Vitoria (Álava), del Patronato de la Congre- gación de Religiosas Misioneras del Divino Maestro, en la vacante de doña Francisca Hernández Ramos, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña Margarita del Río San Vicente, de Lugo (ca- pital), para la unidac de niñas del grupo escolar de Santiago de Compostela (La Coruña), del Patronato de le Congregación de Religiosas Misioneras del Di- vino Maestro, en la vacante de doña Purificación Hermida Cachalvite, como religiosa profesa de la mis- ma Congregación.
Doña Ofelia Cruz Hernández, de Jaén <;capital), para la unidad de niñas del grupo escolar de Grana- da (capital), del Patronato de la Congregación de Religiosas misioneras del Divino Maestro, en la va- cante de doña María Dolores Ruis? Jurado, como re- ligiosa profesa de la misma Congregación.
Doña María Rosa Corcuera Zubiaaa dé Orense (ca- pital), para la unidad de niñas de Jaén ¡capítol), del Patronato de la Congregación de Religiosas Misione ras del Divino Maestro, en la vacante de doña Pau- la Rodríguez Termenón, como religiosa profesa de la misma Congregación.
Doña María del carmen Herranz Vizcaíno y doña María Expectación Ramos Pérez, ambas excedentes, para las unidades de niñas creadas por orden minis- terial de 30 de agosto de 1966 en la agrupación de Logroño (capital), del Patronato Pío Instituto de Hi- jas de María Religiosas Escolapias, como religiosas profesas de la misma Congregación y previo haber solicitado y obtenido el reingreso en el servicio activo de la enseñanza.
Doña María Antonia Rubal Marina, parvulista de Otur-Luarca (Oviedo), para . . unidad de párvulos creada por orden ministerial de 13 de julio de 1965 en el jardín maternal de Foz (Lugo), del Patronato de la Obra de Auxilio Social.
Doña María del Carmen Martínez Fernández, par- vulista de Tordesillas (Valladolid), para la unidad de párvulos creada por orden ministerial de 21 de di- ciembre de 1962 en el Jardín maten >i y guardería infantil de Lugo (capital), del Patronato Obra de Au- xilio Social, en la vacante de doña María Concepción Celeiro Ruiz.
Doña María de los Angeles Machín Sánchez y do- ña María del carmen Pérez y Pérez, ambas reingre- sadas en el servicio activo de la enseñanza, para uni- dades de niñas creadas por orden ministerial de 26 de julio de 1965 en Madrid (capital), avenida de Bur- gos, 2 (Chamartín). del Patronato de la Congrega- ción de Religiosas del Sagrado Corazón, acogiéndose a los beneficios otorgados por el decreto número 1.352, de 16 de iulio de 1959 («B O.» de 1 de agosto).
Doña Guillermina Bastida Afanador, de nuevo in- greso provisional de la provincia de Madrid, para una unidad de niñas creada por orden ministerial de 26 de julio de 1965 en Madrid (capital), avenida de Bur- gos, 2 (Chamartín), del Patronato de la Congrega- ción de Religiosas del Sagrado Corazón acogiéndose a los beneficios otorgados por el decreto número 1.352 de 16 de julio de 1959 («B O.» de 1 de agosto)
Doña Mana Isabel Petisco Lucas, excedente para la unidad de niñas creada por orden ministerial de 30 de diciembre de 1965 en Madrid (capital), aveni.
1194 21 d e j u l i o d e 1 9 6 7 de de Burgos, 2 (Chamartín), del Patronato de la
Congregación de Religiosas del Sagrado Corazón, aco- giéndose a los beneficios otorgados por el decreto nú- mero 1.352, de 16 de julio de 1959 («B. O.» de 1 de agosto), previo haber obtenido el reingreso en el ser- vicio activo de la enseñanza.
Don Dimas Pablo Sánchez Plaza, director del gru- po escolar General Sanjurjo, de Madrid (capital), para la plaza de director sin curso creada por orden ministerial de 3 de agosto de 1966 en el colegio na- cional de Madrid (capital), barrio de La Ventilla, del Patronato Padre Piquer, de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.
Don Mariano Domínguez Gózalo, de nuevo Ingreso 1964, provisional de la provincia de Madrid y licen- ciado en Derecho, para una unidad de niños en la agrupación escolar creada por orden ministerial de 22 de junio de 1966. en Orcasitas-Villaverde (Madrid), del Patronato Juan XXIII.
Doña María de los Angeles Martínez y Martínez, de Villacañas (Toledo), y doña Julia Rodríguez Tarriño, de Yuncler de la Sagra, de la misma provincia, y que figura en la relación de seleccionadas en el concurso- oposición a plazas en localidades de censo superior a diez mil habitantes, para unidades de niñas creadas por orden ministerial de 8 de agosto de 1966 en la graduada de Vallecas (Madrid), parroquia de San Eulogio, del Patronato Diocesano.
Doña Elisa Alonso Granados, parvulista de Colme- nar de Oreja (Madrid), para la unidad de párvulos creada por orden ministerial de 8 de agosto de 1966 en la parroquia de San Eulogio, de Vallecas (Ma- drid), del Patronato Diocesano.
Doña María del Carmen Gándara Martínez, de Tuy (Pontevedra), y con procedencia de escuela de localidad de censo superior a diez mil habitantes, pa- r a la plaza de maestra creada por orden ministerial de 29 de septiembre de 1960 en el Hogar Rosalía de Castro, de Vigo, de la misma provincia, del Patro- nato Obra de Auxilio Social, en la vacante de doña Manuela Elisa Suárez Medal.
Don José Moreno Bueno, de la campaña de alfabe- tización de la provincia de Sevilla, para la unidad de niños creada por orden ministerial de 8 de abril de 1959 en la graduada de cortijo de Cuarto-Bellavis- ta, de la misma provincia, del Patronato de la Dipu- tación Provincial, en la vacante de don Manuel Gál- vez Perea.
Doña María Elena Barcos Corvinos, de San Miguel- Ubeda (Jaén), para la escuela de Orientación Agrí- cola, unidad de niñas, creada por orden ministerial de 16 de mayo de 1959 en Santa Anastasia-Ejea de los Caballeros (Zaragoza), Instituto Nacional de Co- lonización, Ministerio de Agricultura, en la vacante por excedencia de doña Pilar Victoria López Abadía
Doña Antonia Oliver Parres, de Cañadas de Don Ciro (Alicante), y don Francisco Selles Aznar, de la campaña de alfabetización de la provincia de Ali- cante, para las unidades de niñas y de niños crea- das por orden ministerial de 29 de abril de 1967 en barrio de Segorb-Jijona, de la misma provincia, del Patronato de la Cooperativa de Viviendas de la Sa- grada Familia.
Doña María Magdalena Irissarry García, de nuevo Ingreso 1964, provisional de la provincia de Badajoz, para la escuela mixta creada por orden ministerial de 5 de agosto de 1966 en El Carbajo-Jerez de los Caba- lleros, de la misma provincia, Patronato.
Don José Luis Mateos Fernández, de la campaña de alfabetización de la provincia de Cádiz, para la unidad de niños creada por orden ministerial de 29 de abril de 1967 en Arsenal de La Carraca-San Fer- nando (Cádiz), del Patronato de la Jefatura de Ins- trucción del Ministerio de Marina.
Don Ángel Alfonso José Delgado y Sánchez-Moi'e- no, de Almadenejos (Ciudad Real), y que figura en la relación de seleccionados en el concurso-oposición a plazas en localidades de censo superior a diez mil habitantes, para la unidad de niños del grupo esco- lar de Almadén, de la misma provincia del Patrona- to Minas de Almadén y Arrayanes, en la vacante de don José Carreras Carreras.
Doña Antonia Causo Sánchez, de Las Ensanchas [(Ciudad Real), para la mixta creada por orden mi-
nisterial de 10 de diciembre de 1966, del Patronato de la finca «El Carrasquillo-Torrenueva», de la mis- ma provincia.
Don Florentino Sánchez Cid, de Navalpino (Ciudad Real), y en posesión del título de licenciado en Fi- losofía y Letras, sección de Pedagogía, para la uni- dad de niños del grupo escolar de Ciudad Real (ca- pital), del Patronato Hermano Gárate, Compañía de Jesús, en la vacante por jubilación de don Lino Des- dentado Parrilla.
Doña María del Carmen Abren Hervás, de nuevo ingreso 1964, provisional de la provincia de Córdoba, pare la mixta creada por orden ministerial de 8 de junio de 1966 en Céspedes-Hornachuelos, de la misma provincia, Orientación Agrícola, Instituto Nacional de Colonización, Ministerio de Agricultura.
Doña María del Carmen Moyano Ortiz, de nuevo ingreso provisional de le provincia de Córdoba, para la escuela de Orientación Agrícola, unidad de niñas, creada por orden ministerial de 29 de abril de 1967 en Cordobilla-Puente Genil (Córdoba). Instituto Na- cional de Colonización, Ministerio de Agricultura.
Doña Ana María Gómez Pugnaire, parvulista de Ba- za (Granada), para la unidad de párvulos creada por orden ministerial de 30 de agosto de 1966 en el grupo escolar El Doncel, de Granada (capital), Pa- tronato de la Delegación Nacional de Juventudes.
Don Clemente Linares capel, de Águilas (Murcia), y don Ángel Santisteban del Hoyo, de Granada (ca- pital), para las dos unidades de niños creadas por orden ministerial de 30 de agosto de 1966 en el grupo escolar El Doncel, de Granada (capital), del Patro- nato de la Delegación Nacional de Juventudes.
Don Juan Bautista Pérez Buendía, de Los Palacios y Villafranea (Sevilla), para la unidad de niños crea- da por orden ministerial de 26 de abril de 1949 en la parroquia de San Pedro, de Huelva (capital), del Pa- tronato Diocesano, en la vacante por jubilación de don Juan Arroyo Ferreira.
Don Francisco Moreno Biedma, de Marchena (Sevi- lla), para la unidad de niños creada por orden minis- terial de 30 de agosto de 1966 en la parroquia de Nuestra Señora del Rosario de Fátima, calle de Al- calá, 292, Madrid (capital), del Patronato Diocesano.
Doña Marina Caeiro Porto, excedente, para la uni- dad de niñas creada por orden ministerial de 19 de noviembre de 1966 en la graduada Nuestra Señora de las Mercedes, de Tarragona (capital), del Patro- nato de la Congregación de Religiosas Hijas de la Candad de San Vicente de Paúl, como religiosa pro- fesa de la misma Congregación, previo haber solicita- do y obtenido el reingreso en el servicio activo de la enseñanza.
Doña María Josefa Camarzana Nieves, de nuevo ingreso 1963, provisional de la provincia de Tarrago- na, para una unidad de niñas creada por orden mU nisterial de 19 de noviembre de 1966 en la graduada Nuestra Señora de las Mercedes, de Tarragona (ca- pital), del patronato de la Congregación de Religio- sas Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, co- mo religiosa profesa de la misma Congregación.
Don Isidro Espinos Pérez, de Redován (Alicante), para la unidad de niños creada por orden ministe- rial de 29 de abril de 1967 en la parroquia de San Juan Bautista, de playa de San Juan (Alicante), del Patronato Diocesano.
Doña María Paz Garcimartín Bravo, de nuevo In- greso provisional de la provincia de Segovia, para la unidad de niñas creada por orden ministerial de 29
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Por ISABEL GALLEGO DE GORRIA Precio: 40 pesetas
Publicado por:
ED1TOK1AL ESCUELA ESPAÑOLA, S. A.
E s c u e l a í s p a ñ J 1 a 1195 de mayo de 1967 en El Ramellat-Campello (Alican-
te), del Patronato Bonny S. A.
Don Valentín Vicente Alonso, de Carmona (Sevi- lla) y don Arcadio Mas Mirabet, de Albi (Lérida), y que figura en la relaciói de seleccionados en el con- curso-oposición a plazas en localidades de censo su- perior a diez mil habitantes, para las unidades de ni- ños del colegio nacional de Mataré (Barcelona), del Patronato Caja de Ahorros y Monte de Piedad en las vacantes de don Eduardo Holgado Sabaté y don Aníbal San Román VUlaescuerna, respectivamente.
Los maestros nombrados percibirán los haberes que por su situación les correspondan y emolumentos le- gales, quedando sujetos en cuanto a la toma de po- sesión a lo que se dispone en el artículo 49 del vigen- te Estatuto del Magisterio. Los que hubiesen obtenido destino en virtud del concurso general de traslados, previamente se posesionarán y cesarán en la escuela obtenida por dicho medio de provj >ión y después se posesionarán de la del Patronato, considerándose aquéllas y en todos los casos las de procedencia como vacantes definitivas a todos los efectos. Los que se encuentren excedentes, para posesionarse de la escue- la del Patronato se requiere que tengan solicitado y concedido el reingreso en el servicio activo de la en- señanza.
Las respectivas Delegaciones Administrativas del Departamento darán traslado de la presente resolu- ción a los Consejos Escolares Primarios correspon- dientes y a los interesados.
Madrid 30 de junio de 1967.—El director general, P. A., A. Edo Quintana.
(«B. O. del M. de E. y C.» de 20 de julio.) JUEVES 20 DE JULIO DE 1967
Se nombran maestros para escuelas del Consejo Es- colar Primario del Patronato del Servicio Escolar de
Alimentación y Transporte B, DE LA D.-4 JULIO.
Vista la propuesta que eleva el Consejo Escolar primarlo del Patronato del Servicio Escolar de Ali- mentación y Transporte de Escuelas de Educación en Alimentación y Nutrición, de nombramiento de maestros para plazas dependientes del mismo;
Teniendo en cuenta que se ajusta a lo dispuesto por la legislación vigente, y de acuerdo con lo pre- ceptuado por las resoluciones de este Dirección Ge- neral de 13 de marzo de 1967 («B O. del E.» de 7 de abril y «B. O.» del Departamento de 6 del mismo) y de 18 de abril de 1967 («B. O. del E.» de 2 de mayo y «B. O.» del Departamento de 15 del mismo),
Esta Dirección General ha resuelto nombrar, con carácter definitivo, para las plazas que se cita, a los siguientes maestros nacionales:
l.° Doña Consuelo López Nomdedéu, procedente de Castellón, para la plaza creada por orden ministe- rial de 17 de abril de 1967 en Madrid (capital).
2.o Doña Leonor Felipo Domingo, de Abeleda-Jun- quera de Ambia (Orense), para la creada por orden ministerial de 24 de julio de 1962 en Pamplona (Na- varra), en la vacante por excedencia de don Rafael Gurrea Induraín. Teniendo en cuenta lo dispuesto por orden de 9 de octubre de 1967 («B. O.» de 25 de noviembre).
3.° Don Juan Rebollo Waflar de Huelva, para lt.
creada por orden ministerial de 24 de julio de 1962 en la mism^ capital.
4° Don Luis Viciano Lloréns, de Azuebas (Caste- llón), para la creada por orden ministerial de 24 de julio de 1962 en Castellón (capital), en la vacante de doña Consuelo López Nomdedéu.
5.° Don Ramón N. Romero Asensi, de El üañuelo- Priego (Córdoba), para la creada por orden ministe- rial de 24 de julio de 1962 en Cádiz (capital).
6.« Don Feliciano Antonio Romera Martínez, de Guadalajara, para la creada por orden ministerial de 24 de julio de 1962 en Las Palmas, en la vacante por excedencia de don Rafael Rivero Vega.
Los maestros nombrados percibirán los haberes que por su situación les correspondan y emolumentos le- gales, quedando sujetos, en cuanto a la toma de po- sesión, a lo que se dispone en el artículo 49 del ví-
rente Estatuto del Magisterio, considerándose sus es- cuelas de procedencia como vacantes definitivas en
il de agosto próximo.
Madrid, 4 de julio de 1967.
El director general, P. D„ Gratiniano Nieto.
(«B. O. del M. de E. y C.» de 20 de julio.):
3 S f e BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
GACETA DE MADRID
LUNES 17 DE JULIO DE 1967
Decreto 1.557/1967 de 6 de julio, sobre provisión de escuelas nacionales
Las modificaciones introducidas en el articulo 86 de la ley de Enseñanza Primaria han de re-
percutir en el régimen de provisión de las escuelas nacionales, y en tanto se ultiman los reglamentos co- rrespondientes, conviene al servicio de las vacantes turnadas a oposiciones que no habrán de celebrarse o experimentaran honda transformación, se provean desde ahora en los concursos de traslados de la espe- cialidad para evitar que estén servidas interinamente o con carácter provisional y en beneficio también los propios maestros.
Resulta también de imperiosa necesidad, tanto pa- ra la buena marcha del servicio como en interés de los afectados, llegar a la colocación en propiedad defini- tiva de cuantos opositores de diversas promociones se hallan aún sirviendo escuela con carácter provisional En su virtud, a propuesta del ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de minis- tros en su reunión del día 23 de junio de 1967,
D I S P O N G O :
Artículo primero. _ Todas las vacantes de escuelas nacionales de Enseñanza Primaria o Direcciones Esco- lares turnadas actualmente a provisión por oposición o concurso-oposición de cualquier modalidad y las que en lo sucesivo se produzcan y correspondiesen a tales turnos, en tanto no deban aplicarse los nuevos regla- mentos para cubrirlas, se proveerán en los concursos de traslados especiales correspondientes, agregándose a las vacantes a ellos destinadas.
Articulo segundo.—Las escuelas de régimen ordinario vacantes en localidades con censo de hasta dos mil habitantes, podrán ser cubiertas directamente en pro- piedad definitiva con maestros aprobados en las oposi- ciones a ingreso en el Magisterio pendientes de colo- cación definitiva, sin que sea preciso su anuncio previo al concurso general de traslados.
Artículo tercera—Las escuelas vacantes comprendi- das en el artículo anterior podrán ser solicitadas por los maestros a quienes interesen, que enviarán a la Dirección General de Enseñanza Primaria antes del 15 de agosto su solicitud, acompañada de hoja de servicios certificada, formulando expresamente el compromiso de servir dichas escuelas durante un tiempo mínimo de seis cursos consecutivos.
Artículo cuarto.—Quedan derogadas todas las dispo- siciones que se opongan al presente decreto, que entra- rá en vigor el mismo día de su publicación en el «Bo- letín Oficial del Estado», aplicándose incluso a los con- cursos en tramitación.
Así lo dispongo por el presente decreto, dado en Ma- drid a 6 de julio de 1967.—FRANCISCO FRANCO.—El ministro de Educación y Ciencia, MANUEL LORA TA- MAYO.
(«B. O. del E.» de 17 de julio.) LUNES 7 7 DE~ JULIO DE 1967~~
Resolución del Ayuntamiento de Barcelona referente al concurso libre para proveer dieciséis plazas de pro- fesor especial de Escuelas de Enseñanza Primaria
(cultura general)
En el concurso libre para proveer dieciséis plaza»
de profesor especial de Escuelas de Enseñanza Pri-
1196 * 1 d e J n l l o d e 196T m a ñ a (cultura general) h a sido formulada la siguien-
te relación de admitidos y excluidos:
A d m i t i d o s D.a Concepción Arricivita Talavera.
D.a Montserrat Balsells Farré.
D.a Josefina Borbonet Oodina, D.a Francisca Burgueño Ortigosa, D.a Antonia Carbonell Serra.
D.a Natividad Castro Montes.
D.a María Cerro Barbancho.
D.a María Teresa Ciurana Gimeno, D.a Juana Irene Concellón Martínez.
D.a Mercedes Cortés Dones.
D.a Felicidad Cuartero Fomiés.
D.a Rosa Fisas Seco.
D.a María Farré Profitós.
D. Luis García Alonso.
D.a María Gelabert Girart.
D.a Angela Gironella Gratacós.
D.a Alba Ipiña Túnel.
D.a María Rosa Ipiña Túnel. \ D. Germán Iturrate Pons.
D. Bartolomé López Martínez.
p .a María Pilar Millári Navarro.
D. José María Montcusí Rossell.
D.a María de las Mercedes Monteys Bayón.
D.a Ramona Morera Vendrell.
D.a María Palmira Mosó Capellades. . , D.a María de los Dolores Olivé Valles,
D. Luis Pastor Sandino.
D.a María de la Concepción Pinol Aguadé.
D. Jorge Ramírez Vallhonrat.
D.a Carmen Roma Aguilar.
D.a Elena Sabater Pi.
D.a Mercedes Sanz Anadón.
D.a Rosa María Segura Josepli.
D.a Carmen Serentill Gili.
D.a Francisca Serras Puig.
D. Juan Suñé Reig.
D.a Gloria Tomás Masgrau.
D.a Ana María Ventosa de Barnola.
D.a Mercedes Ventosa de Barnola.
D.a Pilar Ventura Pesquer.
D.a Montserrat Vilanova Servia.
E x c l u í d o s
D.a Pilar Morentín Torner (por no reunir el requisi- to de la letra b) de la base segunda).
D.a Dolores Olivé Tolosa (por no reunir el requisito de la letra b) de la base segunda).
D, Andrés Orrego Torremocha (por no reunir el re- quisito de la letra b) de la base segunda).
El Tribunal calificador ha quedado constituido en la siguiente forma:
Presidente: Don José Luis de Sicart Quer, delega- do de Servicios de Cultura.
Secretario: El de la Corporación, don Juan Ignacio Bermejo y Girones.
Vocales: Don Jorge Xifrá Heras, representante del Profesorado Oficial del Estado; don Ángel César Gil Rodríguez, y como suplente, don Pedro Lluch Capde- vila, representantes de la Dirección General de Ad- ministración Local, y doña María Gracia Pont Carre- ras, directora de Escuelas de Enseñanza Primaria.
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en la base séptima de la convocatoria y en los ar- tículos séptimo y octavo del Reglamento sobre régi- men general de oposiciones y concursos de los fun- cionarios públicos de 10 de mayo de 1957.
Barcelona, 4 de julio de 1967.—El secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.—3.949-A.
("B. O. del E." de 17 de Julio.) SÁBADO 15 DE JULIO DE 1967
Se anuncia concurso para la provisión de treinta pla- zas de maestros nacionales, cuya clasificación entre maestros y maestras se determinará oportunamente, vacantes en el Servicio de Enseñanza de la Provincia
de Sahara
, 22 JUNIO.—R. DE LA D. G. DE P. Y P. A.
Vacantes en el Servicio de Enseñanza de la Pro- .^vincia de Sahara treinta plazas de maestros naciona-
les, cuya clasificación entre maestros y maestras se determinará oportunamente, se anuncia su provisión a concurso entre maestros ,v maestras nacionales per- tenecientes al Escalafón del Magisterio Nacional en situación de actividad que no hayan cumplido la edad de cuarenta años el día en que termine el plazo de presentación de instancias, en el caso de que hayan de ser destinados por primera vez a aquella Adminis- tración.
Cada una de las expresadas plazas está dotada en el presupuesto de la provincia con los emolumentos anuales siguientes: sueldo, trienios, pagas extraordi- narias y complementos que corresponda a' funciona- rio por su Cuerpo, la asignación de residencia corres- pondiente y la ayuda familiar a que tengan derecho.
Las instancias, en las que se hará constar el estado civil del interesado y, en su caso, número de hijos, deberán dirigirse al excelentísimo señor director ge- neral de Plazas y Provincias Africanas —Presidencia del Gobierno—, por conducto de la Dirección General de Enseñanza Primaria, que cursara tan sólo las de aquellos solicitantes que considere destinables.
El plazo de presentación de instancia, será de trein- ta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el "Boletín Ofi- cial del Estado", y la toma de posesión tendrá lugar el día 1 de octubre del año en curso, fecha de inicia- ción del curso escolar en la provincia, y estarán acom- pañadas de los documentos siguientes:
a) Hoja de servicios calificada o documento equi- valente.
b) Certificación académica, en la que se hará cons- tar las calificaciones obtenidas en las asignaturas de la carrera.
c) Certificación de nacimiento, legalizada si está expedida fuera de la jurisdicción de Madrid.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer lesiones tuberculosas de carácter evolutivo, sean o no bacilíferas, así como de no presentar des- viación acentuada de la normalidad psíquica de tipo caracterológico o temperamental.
e) Certificado de conducta con informe de aptitud expedido por el jefe del que dependa el aspirante.
f) Dos fotografías tamaño carnet.
g) Cuantos documentos estimen oportuno aportar en justificación de los méritos que aleguen.
El hecho de acudir al concurso representa, en su caso, la obligación de desempeñar la vacante por una campaña mínima de veinte meces, teniendo derecho al disfrute de las vacaciones de verano en la forma que determinan las disposiciones legales vigentes, per- cibiendo íntegramente sus emolumentos.
Los gastos de viaje de incorporación y regreso, asi como los de las vacaciones de verano, serán de cuen- ta del Estado, tanto para los que resulten designa- dos como para los familiares a su cargo con sujeción además a lo preceptuado en las disposiciones legales al efecto.
La Presidencia del Gobierno, apreciando libremen- te los méritos y circunstancian que concurran en los solicitantes, podrá designar a cualquiera de ellos, siem- pre que cumpla las condiciones exigidas en el pre- sente concurso, o bien declararlo desiorto, si lo esti- ma conveniente.
Madrid, 22 de junio de 1967— El director general, José Díaz de Villegas.—Conforme, Luis Carrero.
("B. O. del E." de 15 de julio.);
VIERNES 14 DE JULIO DE 1967
Oecretoiley 8/1967, de 13 de julio, sobre cese volun- tario en el servicio activo a la Administración Las condiciones mínimas para que un funcionario del Estado pudiera solicitar su cese por jubilación se determinaron con carácter general en la ley de Fun- cionarios de 22 de julio de 1918 (base octava), que exigía cuarenta años de servicios efectivos o sesenta y cinco años de edad, condiciones que vinieron ri- giendo hasta la vigencia de la ley Articulada de Fun- cionarios y de otras posteriores que siguen sus cri- terios.
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1197 cía adquirida durante el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de estas normas aconseja revisar las condiciones mencionadas, a fin de evitar de in- mediato que al amparo de los nuevos derechos pasivos puedan en breve tiempo multiplicarse en exceso las jubilaciones voluntarias y ocasionar sus peticionarios, además de graves trastornos en la actividad de la Ad- ministración Pública, un notorio aumento en el gasto de clases pasivas.
De otra parte, resulta anómalo que quien volunta- riamente se ha separado del servicio de la Adminis- tración, obteniendo pensión de retiro o jubilación, pueda percibir cualquier clase de emolumentos por el desempeño de funciones o servicios en otros orga- nismos dependientes del Estado o íntimamente relacio- nados con él, lo que aconseja establecer una situación de incompatibilidad de percepciones que evite aque- lla anomalía.
En su virtud, a propuesta del Consejo de ministros en su reunión de] día 23 de junio de 1967 y en uso de la autorización que me confiere el artículo 13 de la ley Constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las leyes Fundamentales del Reino aprobados por decreto de 20 de abril de 1967, y oída la comisión a que se refiere el apartado I del articuló 12 de la ci- tada ley. dispongo:
Artículo 1.° Procederá la jubilación voluntaria a instancia del funcionario civil de la Administración del Estado en todas sus ramas que habiendo cumpli- do sesenta años de edad le falten cinco años o menos para su jubilación forzosa por edad en el Cuerpo a que pertenezca o cuando reúna cuarenta años de ser- vicios efectivos a la Administración.
Ait. 2." Quedan modificadas, en los términos que expresa el artículo anterior, la ley de Funcionarios de la Administración Civil de 7 de febrero de 1964, artículo 33, 3; la ley U/1966, de 18 de marzo, artícu- lo 19, y los demás preceptos de las mismas concor- dantes, así como todas las disposiciones legales, cual- quiera que sea su rango, reguladora del derecho a solicitar la jubilación voluntaria por los funcionarios civiles de la Administración del Estado.
Art. 3.° Las exigencias de edad y años de servicios previstas en las leyes reguladoras de los derechos pa- sivos de tos referidos funcionarios que obtengan la jubilación voluntaria se ajustarán igualmente a lo que
en este decreto-ley se establece, surtiendo así las efec- tos que en ellas se determinan, según concurran o se dé solamente una de las circunstancias señaladas en el artículo 1.°.
Art. 4.° Será incompatible el percibo de haberes que sean consecuencia del cese voluntario en el ser- vicio activo de los funcionarios de todas las rampü de la Administración Civil, de La Militar y de la de Jus- ticia, con el abono de sueldos, gratificaciones u otros cualesquiera devengos activos satisfechos con cargo a los presupuestos del Estado, provincia, municipio, or- ganismos autónomos y servicios administrativos sin personalidad jurídica distinta de la del Estado, a los que se refieren los apartados a) y b) del número 2 del artículo 1." de la ley de 26 de diciembre de 1958;
Rente, instituto Nacional de Previsión, Banco de Es- paña y demás Bancos y entidades de crédito oficial.
Art. 5." Este decreto-ley, de] cual se dará cuenta inmediata a las Cortes, entrará en vigor el dia de su publicación.
Las solicitudes de jubilación voluntaria pendientes de resolución se acordarán con arreglo a lo estableci- do en la legislación anterior.
Así lo dispongo por e] presente decreto-ley, dado en Madrid, a 13 de julio de 1967 —FRANCISCO FRAN- CO. El ministro subsecretario de la Presidencia del Gobierno. Luis Carrero Blanco,
("B. O. del E." de 14 de julio.) MARTES 18 DE JULIO DE 1987
Corrección de erratas del decreto 1557 bis/1967 de 6 de iulio. sobre provisión de escuelas nacionales Padecido error en la numeración del mencionado decreto, publicado en el "Boletín Oficial del Estado"
número 169, de fecha 17 de julio de 1967, página 10099,
1198 21 d e j u l i o d e 1 9 6 7 se rectifica el mismo en el sentido de que su nume-
ración, a todos los efectos, debe considerarse como la de "1.557 bis". . „
("B. O. del E." de 18 de julio.) VIERNES 14 DE JULIO DE 1967
fie anuncia convocatoria para cubrir p'azas vacantes en escuelas-hogar de esta provincia
6 JULIO.—R, DE LA I. DE E. P. DE C,
Habiendo sido creadas en las escuelas-hogar de esta provincia plazas de maestro, maestras y directorías, cu- yo Consejo Escolar Primario está presidido por esta Jefatura de Inspección, pueden ser solicitados dichos destinos en un plazo de treinta días naturales, conta- dos a partir del siguiente a la publicación de la pre- sente convocatoria en el «B. O. del E.».
Relación de las citados vacantes Baena.—Una de directora y una de maestra.
Castro del Río. La Villa,—-Dos de maestros y seis de maestras.
Córdoba.—Una de maestra.
Espiel.—Dos de maestras.
Montilla— Una de maestra.
Mon toro.—Dos de maestras.
Palma del Río.—Una de maestra.
Priego úo Córdoba.—Dos de maestras.
Puente Genil— Una de directora y tres de maestras.
Rute.—Cuatro de maestr.-s.
Los peticionarios, que tendrán que Í propietarios definitivos o provisionales, presentarán sus instan- cias en la Inspección Provincial de Enseñanza Prima- ria. Se requerirá como base imprescindible para ser tenida en cuenta la petición estar en servicio activo, carecer de nota desfavorable en su expediente y no padecer enfermedad crónica o defecto fisico que im- pidan la vida normal del internado.
Los solicitantes acompañarán: 1) Hoja de servicios.
2) Certificado de las notas obtenidas en los estudios realizados. 3) Declaración jurada de los méritos es- peciales que consideren poseer, de los cuales podrán solicitarse pruebas documentales si se estimara opor- tuno. 4) "Curriculum vitae".
Las peticiones de destino en las escuelas-hogar su- pone la aceptación de un horario no delimitado, per- noctar en la misma, así como todo lo preceptuado en el decreto de 7 de julio de 1965 ("B. O. del E." de 13 de agosto) y de las normas contenidas en el Re- glamento y disposiciones que regulan el funciona- miento de la escuela-hogar.
Córdoba, 6 de julio de 1967.—El inspector jefe.
("B. O. del E." de 14 de julio.) LUNES 8 DE JUNIO DE 1967
Se dan normas sobre concesión de becas, préstamos y ayudas á escolares para el curso 1967-68 12 ABRIL.—R. DE LA D.
Conforme a lo dispuesto en la norma décima de la o,"den ministerial de 1 de febrero de 1967, por la que se reglamenta la concesión de becas, préstamos y ayu- das a escolares para el curso 1967-68,
Esta Comisaría General ha resuelto establecer las siguientes instrucciones:
I. SELECCIÓN DE CANDIDATOS
Los candidatos habrán de acreditar su necesidad económica y aprovechamiento académico según los si- guientes criterios:
1. Valoración del rendimiento académico 1.1. De los candidatos que hayan de iniciar estudios medios. Cualquiera que sea la ayuda solicitada, se so- meterán a las pruebas que las Delegaciones Provincia- les de Protección Escolar organizarán de acuerdo con las instrucciones que reciban de esta Comisaría.
Antes de tales pruebas, las Inspecciones de Ense- ñanza Primaria harán una preselección de candidatos,
eliminando aquellos que según sus propias alegaciones, el informe de las Juntas municipales de enseñanza y el de los maestros no revelen suficiente aprovecha- miento en los estudios primarios.
Los candidatos preseleccionados se someterán inex- cusablemente a tales pruebas, cuya calificación será el único elemento de juicio que se tendrá en cuenta para la selección.
Las Delegaciones de Protección Escolar conviene que realicen estas pruebas en el mayor número posible de localidades para evitar la desamMentación de los as- pirantes.
Los candidatos podrán presentarse a las pruebas de selección que se celebren en la localidad del domici- lio familiar, o más próxima a ella, aunque el centro docente elegido pertenezca a provincia distinta. En este caso, los Servicios de Protección Escolar de la provincia en que realicen el examen notificarán a los de la provincia del centro docente elegido las califi- caciones obtenidas y remitirán los expedientes.
Los escolares que actualmente siguen cursillos de preparación y adaptación organizados por las Dele- gaciones de Protección Escolar, acreditarán su apro- vechamiento en las pruebas especiales que se les ha- gan a finales de junio, debiendo reservarse los crédi- tos necesarios para atender a estos escolares.
1.2. De los candidatos que hayan de continuar es- tudios medios, especiales o superiores. La valoración de su rendimiento académico, cuando soliciten pró- rroga de la ayuda, se hará sobre las calificaciones ob- tenidas en el próximo junio, y cuando soliciten nueva adjudicación, sobre la media de las calificaciones del último año cursado y las de junio próximo. A dichas calificaciones se aplicarán los baremos siguientes:
1.2.1. Para enseñanzas medias y especiales.
Escala genérica de equivalencias de las calificacio- nes cuando no conste su puntuación:
No presentado o suspenso: cero puntos.
Aprobado: cinco puntos.
Natable: siete puntos.
Sobresaliente: nueve puntos.
Matrícula de honor: 10 puntos.
a) Bachillerato general elemental. — Calificación media mínima para prórroga o nueva adjudicación:
seis puntos.
b) Bachillerato general superior.—Calificación me- dia mínima para prórroga o nueva adjudicación: siete puntos.
Las calificaciones de los alumnos que se examinen en un mismo año académico de las asignaturas co- rrespondientes a dos o más cursos deben ser valora- das especialmente por el respectivo Jurado, atendien- do al esfuerzo realizado.
Se valorarán todas las asignaturas, excepto la Edu- cación Física.
Las reválidas de grado elemental y superior serán estimadas para los alumnos que presenten puntuacio- nes de esta clase, aumentando la calificación media que le corresponda en un coeficiente de 0,50, en el caso de que la calificación sea inferior a siete puntos, y en un coeficiente de uno, desde siete puntos en ade- lante.
c) Magisterio.—Calificación media mínima: cinco puntos.
Para hallar la calificación media deben ser consi- deradas todas las asignaturas como fundamentales.
Los alumnos que no tengan realizado el ingreso en las escuelas del Magisterio pueden ser seleccionados, en principio, pero la adjudicación definitiva de la ayuda no se realizará si no acreditan, dentro de ¡os cinco días siguientes a la publicación de las califica- ciones, haber superado dicha prueba. Transcurrido este plazo, cualquiera que sea el resultado de los exámenes, quedará sin efecto la selección provisio- nal (apartado d) de la norma sexta de la orden mi- nisterial de 1 de febrero de 1967).
d) Peritaje mercantil.—Calificación media míni- ma: seis puntos.
e) Bachillerato laboral (elemental y superior).—
Calificación media mínima: 5,25 puntos.
Modalidad administrativa.—Calificación media mí- nima: 6,50 puntos.
f) Formación profesional industrial.—Calificación media mínima: 5,25 puntos.