Plan de acción
para el manejo y protección del
acuífero de Parrita,
Pacífico Central de
Costa Rica
Elaborado mediante un proceso participativo
con actores sociales del cantón de Parrita
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
Dirección de Investigación y Gestión Hídrica
Unidad de Gestión Hídrica
Noviembre 2015
Actores que formaron parte de la construcción del Plan de Acción para el Manejo y Protección del Acuífero de Parrita
Sector público:
SENARA- Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento MAG- Ministerio de Agricultura y Ganadería
AyA- Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados MIDEPLAN- Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
MINAE-DA: Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía Ministerio Salud
SINAC- Sistema Nacional de Áreas de Conservación ICT- Instituto Costarricense de Turismo
MEP- Ministerio de Educación Pública
CNE- Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias ICE- Instituto Costarricense de Electricidad
Municipalidad de Parrita Sector privado: PALMATICA, Aserradero de Surubres, Apartotel La Isla, COOPEAGROPAL, Productores de arroz, COOPEPARRITA, CONARROZ, Finca La Ligia, COOPECALIFORNIA. Hotel Beso del Viento Clandestino Beach Resort
COOPEANDE COOPEPARRITA
Sector comunal: ASADA Vasconia ASADA Playón
ASADA San Isidro (Rey y Playón Sur) ASADA Surubres
ASADA La Chirraca ASADA Lourdes ASADA Las Vegas
ASADA La Loma ADI La Loma ADI Palo Seco ADI Reformadores
Asociación para el Desarrollo y Progreso de Palo Seco. CoopeLoma
COOMCUPA
Comunidad el INVU, La Guaria, Comité Local de Emergencia Pueblo Nuevo
Comité pro Asociación Valladolit Comité Los Sueños Comunidad Esterillos Comunidad Playón Sur
Comunidad Valladolit Comunidad Playón Comunidad San Rafael Norte
Comunidad Pueblo Nuevo Comunidad Surubres
¿De qué se trata?
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) en la formulación del Programa para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico (PROGIRH) diseñado en el 2004, con la participación de expertos internacionales y nacionales y funcionarios del IICA y BCIE, se propuso una estrategia para lograr el manejo y protección del recurso hídrico subterráneo. A esta propuesta se le denomino PLANES DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS ACUIFEROS (PAS).
Para la formulación de los PAS, se plantea la necesidad de contar con los resultados de los estudios hidrogeológicos, de manera que se tenga una propuesta técnica de manejo de los acuíferos, para proponer la definición e implementación de los mecanismos técnicos legales, para asegurar un manejo sostenible de los acuíferos y asegurar el desarrollo social, económico y ambiental de las zonas, a través de mecanismos de participación ciudadana, los cuales, el SENARA los asume como la estrategia fundamental para cumplir con la protección y manejo de los acuíferos.
El SENARA realizó en el 2012 un estudio técnico del acuífero de Parrita llamado Caracterización hidrogeológica, hidrogeoquímica e isotópica del acuífero Parrita, Pacífico Central de Costa Rica. Adicionalmente, SENARA generó en el 2015 un documento con medidas técnicas que propone para el acuífero de Parrita, llamado Propuesta de Plan de Aprovechamiento Sostenible (PAS) del acuífero Parrita. Estos documentos son de gran importancia para el cantón porque el acuífero es la principal fuente de abastecimiento de agua -actual y futura- tanto para la población, como para el desarrollo de las actividades socioproductivas.
FIGURA 1. ALGUNAS HERRAMIENTAS PARA LA PLANIFICACIÓN GENERADAS EN EL ESTUDIO HIDROGEOLÓGICO REALIZADO POR SENARA.
¿Quiénes participaron en el proceso?
Participaron representantes de casi 50 entidades: la Municipalidad, las instituciones públicas, el sector comunal (ASADAS, Asociaciones de Desarrollo, líderes comunales) y empresas privadas del sector productivo, agroindustrial y turístico, que pueden incidir con sus acciones en la protección o afectación del recurso hídrico.
¿
Cómo se construyó el proceso?
El proceso de construcción del Plan de Acción para el manejo y protección del acuífero de Parrita tuvo 3 fases importantes:
• Fase de Formulación
Se desarrollaron 3 talleres, con una duración de 2 días cada taller y una participación total de 95 personas. Estos talleres tenían tres objetivos definidos:
1) Capacitar sobre conceptos técnicos hidrogeológicos y concientizar sobre la importancia de los recursos hídricos y su manejo.
2) Presentar los estudios hidrogeológicos, así como, las medidas técnicas de manejo y monitoreo identificadas por SENARA.
3) Elaborar mediante un proceso participativo las propuestas del plan de acción para el manejo y protección del acuífero de Parrita.
• Fase de Sistematización
Esta fase se desarrolló en dos momentos:
a) Un proceso sistematización de la información recopilada de los talleres de formulación, el cual fue realizado por el SENARA y el equipo consultor. Esto incluyó: transcripción, documentación, análisis, unificación, verificación, sistematización de información y construcción de los productos resultantes.
b) Posteriormente, se efectuó un taller con el objetivo de presentar, revisar y ajustar los productos generados. En este taller de sistematización participaron 34 representantes de los diferentes sectores con una duración de un día. A partir del trabajo del taller se generaron los productos finales del proceso.
• Fase de Socialización.
Esta fase consiste en dos talleres (réplicas con actores diferentes), en los cuales se presentó el trabajo realizado en las fases de formulación y sistematización, así como la versión final los productos que resultaron del proceso participativo realizado.
Para esta fase se convocó a todos los actores que participaron en las fases de formulación y sistematización y además se invitó a actores considerados clave para la implementación del PAS Parrita como son, tomadores de decisión locales, a nivel de las instituciones y ministerios del Gobierno que tienen competencia nacional en la gestión hídrica. Esto debido a que se quiere evitar que tanto el PAS como la matriz sean herramientas de gestión hídrica aisladas al contexto y labor realizada por los actores desde su visión operativa.
¿Qué resultados se obtuvieron?
Los productos finales obtenidos luego de este proceso son:
1)Mapeo Participativo de actividades y problemas relacionados con el acuífero Parrita. Es el resultado de los diferentes trabajos realizados en grupos durante los talleres de formulación, sobre la situación del acuífero de Parrita.
2) Plan de Aprovechamiento Sostenible. Es un documento que resume acciones a implementar para dar solución a los problemas relacionados con el acuífero de Parrita.
3) Matriz de Protección del Acuífero Parrita y sus Zonas de recarga. Es un conjunto de regulaciones de las diferentes actividades humanas con el fin de proteger el acuífero de Parrita. Está acompañado de un mapa de zonificación hidrogeológica del acuífero.
Estos productos se incluyen más adelante en este folleto y se detallan a continuación.
FIGURA 4.TRABAJO EN GRUPO DURANTE EL TALLER DE SISTEMATIZACIÓN
FIGURA 3. MAPEO PARTICIPATIVO REALIZADO DURANTE LOS TALLERES DE FORMULACIÓN
• Mapeo Participativo de la problemática y actividades relacionadas con el acuífero de Parrita:
Durante los talleres de formulación, los grupos realizaron un ejercicio llamado Mapeo Participativo, en el cual ubicaron en un mapa las actividades socio productivas y se identificó la problemática o situaciones relacionadas con el acuífero, fuentes de abastecimiento y sitios de interés. De los 13 mapas resultantes, en la fase de sistematización se realizó una unificación de la información en un único mapa. Este mapa (figura 8) está respaldado por una tabla complementaria que detalla la información generada durante el ejercicio para cada zona de vulnerabilidad del acuífero y con base en la cual se generaron los textos que acompañan el mapa.
• Plan de Aprovechamiento Sostenible para Parrita (PAS)
Las medidas propuestas por los participantes de los talleres de formulación fueron sistematizadas,
organizándolas en 5 ejes temáticos o líneas estratégicas, los cuales a su vez están detallados en proyectos y resultados esperados. Los ejes temáticos son:
1. Zonificación y ordenamiento territorial.
2. Protección y regulación de las fuentes de abastecimiento público.
3. Control de residuos líquidos y sólidos. 4. Producción agropecuaria sostenible. 5. Implementación del PAS.
Cada eje contempla proyectos clasificados según aspectos o fases relevantes:
• Diagnóstico de la situación actual. • Capacitación y concientización. • Diseño y ejecución
• Seguimiento y socialización.
La tabla completa del Plan se encuentra en la Figura 9.
• Matriz de Protección de acuífero de Parrita y sus zonas de recarga
Parrita tiene en vigencia una matriz con regulaciones para el uso del suelo, elaborada por SENARA para el cantón de Poásy que es de aplicación obligatoria en todo el país. La aplicación de esta matriz ha generado en los últimos años un impacto en las actividades productivas, por lo que surgió como necesidad la revisión y ajustes de la Matriz de Poás, que tome en cuenta la realidad socioeconómica de Parrita y por lo tanto sea más acorde con la visión del desarrollo sostenible para este cantón. En este proceso, el SENARA analizó los insumos e inquietudes planteados durante los talleres de formulación y elaboró una propuesta de matriz
para Parrita, la cual fue presentada en el taller de sistematización, en donde fue revisada y ajustada, con la participación de los actores participantes. La versión resultante de la Matriz de Protección está en la figuras 10, 11, 12 y 13.
La Matriz de Protección del acuífero Parrita está organizada en 3 secciones: a) Regulaciones para las Actividades Urbanísticas, Condominales y Turísticas, b) Regulaciones para las actividades Agropecuarias, c) Regulaciones para las actividades Industriales y Comerciales.
Algunas consideraciones que se incluyeron en la matriz modificada son:
Diferenciar las regulaciones para actividades existentes de las regulaciones para actividad nuevas,
así como para zonas urbanas y zonas rurales.
Permitir un desarrollo costero de bajo impacto, con regulaciones necesarias para proteger el acuífero.
Definir porcentajes de cobertura y densidades más acordes con la realidad de Parrita, pero que aseguran una protección a la cantidad de agua y calidad del agua del acuífero.
Permitir mayores coberturas y densidades cuando las actividades que se desarrollen cuenten con medidas tecnológicas que disminuyen los impactos sobre el acuífero.
Definir regulaciones para las zonas de recarga del acuífero. Adicionalmente, con base en el estudio
hidrogeológico realizado por SENARA, se elaboró un mapa, el cual define las zonas de recarga y vulnerabilidad del acuífero. Este mapa es un complemento para la Matriz, pues permite saber la zonificación para aplicar las regulaciones estipuladas por la matriz, según se observa en la figura 9.
¿
Qué sigue?
Después de este proceso, Parrita cuenta con tres productos importantes que le ayudarán en la planificación del territorio de manera que haya un aprovechamiento sostenible del acuífero del cantón. Para ello requiere el compromiso de sus actores y dar seguimiento mediante la organización y creación de un organismo de ejecución que lidere la implementación del PAS, y a su vez sirva de fiscalización en la implementación de la matriz para Parrita.
FIGURA 5. TRABAJO EN EQUIPO DURANTE LOS TALLERES
FIGURA 6. EXPOSICIONES DEL TRABAJO EN GRUPOS REALIZADOS DURANTE LOS TALLERES
Implementación y seguimiento
Si bien es cierto en este proceso se están generando herramientas importantes para el aprovechamiento sostenible del acuífero de Parrita, la trascendencia y éxito de esta gestión dependerá en gran medida del seguimiento que brinden los diferentes actores. Para este reto es importante pautar unos principios que deben preverse:
• Acompañamiento político de las diferentes instituciones que tienen competencia en el cantón sobre la gestión hídrica (vinculación del PAS y la Matriz).
• Prever la incorporación de presupuesto en las instituciones para la ejecución de los diferentes proyectos que plantea el PAS.
• Garantizar presupuesto para operación del organismo ejecutor y de seguimiento del PAS. • Capacitar y sensibilizar a los miembros del organismo ejecutor y de seguimiento del PAS.
Lo que se busca es superar la problemática nacional ligada a la ausencia de mecanismos de participación en las instituciones. Este tipo de espacios abre camino a esa gestión, de manera que se puedan visualizar los aportes de los diferentes actores, y además considerarlos como actores responsables en la implementación de los proyectos y sus diferentes acciones.
FIGURA 7.PARTICIPANTES DEL TALLER DE FORMULACIÓN DEL 3 Y 4 DE SETIEMBRE
Glosario
Acuífero: Formación o formaciones geo-lógicas capaces de almacenar y transmitir agua en cantidades aprovechables.
ADI: Asociación de Desarrollo Integral
Área de descarga: Pueden ser de dos tipos: natural (cuando el nivel de agua subterránea intercepta la superficie en forma de humedales, manantiales, flujo base y otros ecosistemas) y artificial (pozos o método mecánico).
ASADA: Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios. Ente que administra un acueducto rural.
COOMCUPA: Cooperativa de Servicios Múltiples y Manejo de la Cuenca del Río Parrita
Cuenca hidrogeológica: Se refiere a la cuenca de aguas subterráneas, que puede o no coincidir con la cuenca hidrográfica.
Hidrogeología: es la ciencia que estudia el origen y la formación de las aguas subterráneas, las formas de almacenamiento, movimiento, régimen y reservas, su interacción con los suelos y rocas, y sus propiedades (físicas, químicas, bacteriológicas y radiactivas); así como las condiciones que determinan las medidas de su aprovechamiento, regulación y evacuación.
Infiltración: Movimiento lento (gravedad) del agua a través del suelo-roca (zona no saturada) hasta el nivel de aguas subterráneas.
PAS: Plan de Aprovechamiento Sostenible del Acuífero.
Recarga de un acuífero: Cantidad de agua infiltra y llega al acuífero.
Riesgo de contaminación del acuífero: se entiende como la probabilidad o posibilidad de que una carga contaminante ingrese al acuífero. El riesgo está en función de 2 factores: las características del acuífero (vulnerabilidad) y de la presencia e intensidad de las cargas contaminantes que generan las actividades antrópicas en el territorio (amenaza).
Vulnerabilidad de acuíferos: Se define como la susceptibilidad natural que presenta un acuífero a la contaminación y esta ́ determinada por las características intrínsecas del mismo.
FIGURA 9. PLAN DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE PARA EL ACUÍFERO DE PARRITA (PAS)
PROBLEMÁTICA EJES TEMÁTICOS / LÍNEASESTRATÉGICAS METAS FASES PROYECTOS ACTORES INVOLUCRADOS RESULTADOS ESPERADOS
Desarticulación en la implementación de las regulaciones territoriales de Parrita
y desvinculación con su realidad socioeconómica.
1- Zonificación y ordenamiento
territorial
Implementación regulaciones territoriales de Parrita acorde con la situación socioambiental del cantón (actividades humanas vrs la gestión
ambiental).
Diagnóstico de la situación actual.
Elaborar y/o actualizar los planes reguladores requeridos para Parrita
(Plan Regulador Cantonal y Plan Regulador Costero)
Municipalidad, SENARA, ICT, INVU, CNE, SETENA, MAG, MIDEPLAN, MIVAH,
SINAC, IGN
Plan regulador Cantonal actualizado y en ejecución.
Plan regulador costero actualizado y en ejecución.
Definir densidad máxima permitida para el desarrollo de actividades humanas, acorde con la realidad socioeconómica de Parrita y la
protección del acuífero.
Municipalidad, SENARA, MIVAH, MIDEPLAN, CNE,
INDER, INVU
Un estudio realizado de la capacidad de carga del acuífero.
Análisis realizado de la delimitación del tamaño mínimo de lotes, de acuerdo a las características
socioeconómicas de los habitantes del cantón.
Levantamiento de uso del suelo en el acuífero y de cargas contaminantes Levantamiento topográfico, de uso de suelo actual, geológico e
hidrogeológico a detalle en la zona de extrema vulnerabilidad.
Capacitación y concientización
Capacitar a personas implicadas en el proceso de planificación y
ordenamiento territorial.
Municipalidad, INA, Universidades, IFAM
Funcionarios del sector público vinculados con la planificación y gestión del acuífero capacitados en temas de planificación y ordenamiento territorial.
Líderes comunales y gestores del recurso hídrico capacitados en los lineamientos que definen los planes reguladores.
PLAN DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE PARA EL ACUÍFERO DE PARRITA (PAS)
PROBLEMÁTICA LINEAS ESTRATÉGICAS EJES TEMÁTICOS / METAS FASES PROYECTOS ACTORES INVOLUCRADOS RESULTADOS ESPERADOS
Fuentes de aprovechamiento en exposición por falta de zonas de cobertura, que afecta la cantidad
y calidad de las fuentes
2- Protección y regulación de las
fuentes de abastecimiento.
Disponer de fuentes de agua protegidas y en conservación, de tal manera que se cuente con este recurso en calidad y cantidad suficiente para el abastecimiento de las actividades humanas sin
poner en riesgo la disponibilidad futura.
Diseño y ejecución
Aplicación y manejo de las zonas de protección a fuentes
de agua según la legislación vigente.
Municipalidad, AyA, MINAE, DNA, SENARA, ICE,
SETENA, MS, INDER, MIDEPLAN
Zonas de alta recarga con mejoras en la infiltración, mediante el uso de actividades, tecnologías y diseños. Mecanismos de fiscalización, que velen por las zonas de protección de acuerdo a la legislación
Seguimiento y socialización
Diseñar y ejecutar un plan de monitoreo de la calidad y
cantidad de fuentes de abastecimiento público.
SENARA, AYA, ASADAS, Sector privado, comunidades, CFIA
5 Pozos con mediciones de niveles pertenecientes a la red de monitoreo, para la construcción del modelo hidrogeológico del acuífero Pozos de abastecimiento público, monitoreados con caudalímetros y sensores de niveles.
Pozos en zonas de protección, donde se promuevan actividades que sean amigables con el ambiente o
destinadas para la conservación del recurso hídrico.
Diseñar un programa de socialización sobre la importancia de las áreas de protección de las fuentes de
agua.
Municipalidad, MINAE, INDER, SENARA, AYA, ASADAS, Sector privado,
comunidades
Población informada sobre los rangos de protección y medidas de
contención empresa-comunidad-institución (Ej: pago por servicios ambientales).
Unión cantonal de ASADAS-AyA capacitadas para una mejor gestión. Fuentes de agua y zonas estratégicas protegidas por las acciones de conservación
Un plan de educación ambiental diseñado y ejecutado.
Población con información en cuanto a la definición de las áreas de protección de las fuentes de agua.
PLAN DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE PARA EL ACUÍFERO DE PARRITA (PAS)
PROBLEMÁTICA EJES TEMÁTICOS / LINEASESTRATÉGICAS METAS FASES PROYECTOS ACTORES INVOLUCRADOS RESULTADOS ESPERADOS
Manejo inadecuado de las aguas residuales y residuos sólidos, sin
sistemas eficientes para el control de los mismas
3- Control de residuos líquidos y
sólidos
Manejar adecuada y sanitariamente los residuos sólidos y líquidos del cantón con la finalidad de que los efluentes no sean una amenaza para
el acuífero Diagnóstico de la situación actual. Identificación de comunidades más problemáticas en manejo de aguas.
ASADAS, AYA, Municipalidad, MS, Comunidad, sector privado,
MEP, INA, Universidades
Comunidades con problemas en manejo de aguas con plan de gestión ambiental ejecutado.
Capacitación y concientización.
Concientizar a miembros de ASADAS, Asociaciones y/o
Cooperativas sobre la regulación y control de
vertidos.
ASADAS, AYA, Municipalidad, MS, Comunidad, sector privado,
MEP, INA, Universidades
Funcionarios públicos y privados y
representantes comunales capacitados en materia legal materia legal sobre los diferentes procesos de vertidos. Programa de educación ambiental
implementado sobre el aprovechamiento y clasificación de residuos (Centro de acopio, artesanías).
Diseño y ejecución Implementar sistemas de tratamiento de aguas residuales.
ASADAS, AYA, Municipalidad, MS, Comunidad, sector privado,
MEP, INA, Universidades, INDER, MIDEPLAN, CFIA
Mayor disposición de sistemas individuales de tratamiento de aguas residuales, según valoraciones técnicas.
Sistema de alcantarillado sanitario para Isla Palo Seco.
Más lugares con sistema de tratamiento de aguas residuales.
Seguimiento y socialización
Ejecución y seguimiento de los planes de Manejo Integral de
Residuos Sólidos.
Municipalidad, MS, INDER, MIDEPLAN, Comunidad, sector
privado, MIDEPLAN, INDER
Organizaciones comunitarias
concientizadas en manejo y disposición de aguas residuales y manejo de residuos. Organizaciones comunales y empresas locales capacitadas en temas de gestión de residuos e informadas sobre la operación del centro de acopio municipal existente.
Ejecutar el Plan comunal de manejo de residuos de la
Municipalidad.
Municipalidad, MS, INDER, MIDEPLAN, Comunidad, sector
privado, MIDEPLAN, INDER
Plan operacional de control y vigilancia sobre la operación de las plantas de tratamiento.
Ríos y quebradas con menos riesgo a contaminantes por desechos sólidos y líquidos.
Control de los vertidos peligrosos producto de actividades comerciales, industriales y/o peligrosos.
PLAN DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE PARA EL ACUÍFERO DE PARRITA (PAS)
PROBLEMÁTICA EJES TEMÁTICOS / LINEASESTRATÉGICAS METAS FASES PROYECTOS ACTORES INVOLUCRADOS RESULTADOS ESPERADOS
Afectación al acuífero por los procesos agroproductivos e industriales 4- Producción agropecuaria y sostenible Desarrollo de actividades agropecuarias sostenibles, que
permita la disponibilidad de agua en cuanto a su calidad y
cantidad.
Diagnóstico de la situación actual.
Compilar información existente sobre el tamaño y actividad agropecuaria de las parcelas
actualmente, y con ello proponer un manejo adecuado del uso de tierra, cultivo y disponibilidad de agua para riego en Parrita.
MINAE, MAG, DNA, Administración y Concejo
Municipal
Registro de concesiones del MINAE
actualizado. Mediante verificación de campo de los pozos y nacientes. (Coordenadas de ubicación y caudales concesionados y usados).
Inventario de las diferentes actividades productivas y cuantificación de la demanda de agua consumida.
Realizar estudios técnicos para valorar la viabilidad técnica y ambiental comunal de riego.
SENARA, Municipalidad, DNA, INDER, MAG,
MIDEPLAN
Proyectos comunales de aprovechamiento de material de descarte de actividades
agropecuarias.
Capacitación y concientización.
Implementar mejores prácticas en la gestión productiva
Oficina de la mujer de la Municipalidad, ONG'S, MAG, MS, INA, UCR,ITC,
UNA y sector privado
Sector productivo capacitado en buenas prácticas agrícolas.
Analizar mecanismos de aprovechamiento de las fincas en función de la conservación y
protección del recurso hídrico.
MINAE, FONAFIFO, CAC, INDER
Productores concientizados en los rangos de protección de fuentes de agua (humedales, nacientes, quebradas, ríos y pozos) y solicitar esta información a las instituciones
relacionadas correspondientes.
Productores involucrados en el PAS como mecanismo para garantizar la conservación de las fuentes de agua.
Diseño y ejecución Promover la creación y utilización de técnicas de producción limpia.
MAG, ICE, MS, Municipalidad, sector
privado
Productores utilizando biodigestores. Plan de comunicación sobre las fechas y horarios de fumigación y aplicación de químicos.
PLAN DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE PARA EL ACUÍFERO DE PARRITA (PAS)
PROBLEMÁTICA EJES TEMÁTICOS / LINEASESTRATÉGICAS METAS FASES PROYECTOS ACTORES INVOLUCRADOS RESULTADOS ESPERADOS
Afectación al acuífero por los procesos agroproductivos e industriales 4- Producción agropecuaria y sostenible Desarrollo de actividades agropecuarias sostenibles, que
permita la disponibilidad de agua en cuanto a su calidad y
cantidad.
Diseño y ejecución
Promover la creación y utilización de
técnicas de producción limpia. MAG, ICE, MS, Municipalidad, sector privado
Manuales de Buenas Prácticas Agrícolas divulgados de las actividades productivas que no disponían.
Más productores utilizando sustancias y agroquímicos autorizados en actividades agrícolas específicas y reducción del impacto negativo para la calidad del agua de los pozos de abastecimiento dentro de los tubos de flujo.
Realizar una campaña para el aprovechamiento del recurso bajo la figura de la concesión, para todos los
pozos que se encuentran en uso de manera irregular en uso agrícola.
SENARA, DNA, MS, sector privado
Registro de los pozos perforados en el Archivo Nacional de pozos del SENARA, mediante un proceso de amnistía
Seguimiento y socialización
Control y monitoreo de las actividades socioproductivas que generan algún tipo
de descarga o residuos.
Sector productivo, MS, MAG, INDER
Agroindustrias con mejor control de las descargas de aguas residuales.
Mejores prácticas de la actividad ganadera en zonas de extrema y alta vulnerabilidad. Extracción de cauces controlada de acuerdo con los planes de explotación presentados a la dirección de geología y minas.
Población con conocimiento de las áreas de protección de las fuentes de agua.
Fiscalizar los procesos de aplicación de agroquímicos de los diferentes productores (uso de agroquímicos amigables con el ambiente, utilizar equipos que mejoran la aplicación de los
productos).
MAG, MS, sector privado, INDER, Universidades, INA
Actividad productiva extensiva controlada y supervisada.
Prácticas de pesca en ríos y desembocaduras controladas y fiscalizadas.
Desarticulación de los actores implicados para
dar seguimiento e implementar el PAS
Parrita
5- Implementación del PAS
Creación de una comisión para la Gestión de los Recursos Hídricos, la cual debe llevar a
cabo la construcción, seguimiento y control de los
PAS.
Creación de un organismo de la cuenca baja del río
Parrita. Crear un grupo motor que de seguimiento a la creación de un organismo de cuenca
para proteger el acuífero de Parrita
SENARA, Municipalidad, sector privado, sector comunal, INDER, MIDEPLAN, DNA, AYA,
ICE, ICT, MS, INA, MEP, Universidades
Actores de la zona con liderazgo implicados en el proceso de creación del organismo de cuenca.
Apoyo del gobierno en el proceso de seguimiento del PAS.
PAS en implementación con apoyo de MIDEPLAN, INDER, Municipalidad, SENARA y otros actores clave.
Operación de un organismo de la cuenca baja del río
Parrita.
Población involucrada en la implementación del PAS mediante grupos de trabajo
PAS en ejecución: metas e indicadores de seguimiento para cada uno de los proyectos, asambleas de seguimiento e información.
FIGURA 11.MATRIZDEPROTECCIÓNDELACUIFEROPARRITAYSUSZONASDERECARGA
-ACTIVIDADESURBANISTICAS,CONDOMINALES, TURISTICAS-CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA TIPO DE ACTIVIDAD REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 1/2
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A V UL NE RA BI LI DA D E XT RE MA Actividades nuevas
Se permite el establecimiento de actividades urbanísticas, condominales y turísticas de baja cobertura (hasta 20% y puede aumentar a un 40% con medidas tecnológicas), si cuenta con 1) red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público, o 2) si cuenta con sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos. No se permite tanque séptico.
En estas no se permite la explotación del acuífero por medio de pozos perforados.
La actividad debe abastecerse por medio de pozos o fuentes superficiales externas a la zona.
Se permite la ejecución de otras obras relacionadas a la actividad urbanística, condominales y turísticas, siempre que las mismas sean de bajo impacto y baja cobertura, que por su naturaleza no impacte el recurso hídrico.
Actividades existentes
Para las actividades urbanísticas, condominales y turísticas se permiten la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen la cobertura, la densidad y el uso del suelo. La actividad existente debe implementar las medidas necesarias para la eliminación de las aguas servidas 1) por medio de sistema de tratamiento de aguas residuales, que tenga capacidad suficiente, cumpla con el reglamento de vertidos y este avalado por el MSalud, o 2) que cuente con red pública de alcantarillado sanitario con sistema de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público.
Para las actividades existentes que se abastecen por medio de pozos perforados, no se permite el aumento en los caudales concesionados para el funcionamiento de la actividad..
Las actividades existentes que se abastecen por medio de pozos artesanales pueden continuar con su uso conforme con lo dispuesto en la ley de Aguas.
V UL NE RAB IL ID AD AL TA Actividades nuevas
Es posible baja densidad de población con el uso de tanques sépticos. Se puede aumentar la densidad si 1) se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público, o 2) se cuenta con sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 20% y puede aumentar hasta el 40% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización.
En zonas urbanas definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 40% y puede aumentar hasta el 60% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
MATRIZDEPROTECCIÓNDELACUIFEROPARRITAYSUSZONASDERECARGA
-ACTIVIDADESURBANISTICAS,CONDOMINALES,TURISTICAS-
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA TIPO DE ACTIVIDAD REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 2/2
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL IDA D M EDI A Actividades nuevas
Es posible media densidad de población con el uso de tanques sépticos. Puede aumentar la densidad si 1) se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público, o 2) se cuenta con sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 30% y puede aumentar hasta el 50% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización.
En zonas urbanas definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 50% y puede aumentar hasta el 70% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
Actividades existentes Se permite la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen la cobertura, la densidad por encima de los valores establecidos para actividades nuevas en vulnerabilidad media.
VU LN ER AB ILI DA D BAJ
A Actividades nuevas Es posible alta densidad de población con el uso de sistemas adecuados para el manejo y eliminación de aguas servidas Actividades existentes No hay regulaciones
RE CA RG A A CUÍ FE RA AL TA R EC AR GA Actividades nuevas
Es posible baja densidad de población con el uso de tanques sépticos.
Se puede aumentar la densidad 1) se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público, o 2) si cuenta sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 20% y puede aumentar hasta el 40% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización.
En zonas urbanas definida por la Municipalidad en coordinación con el INVUel área de impermeabilización no debe exceder del 40% y puede aumentar hasta el 60% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente. Actividades existentes Actividades urbanísticas, condominales y turísticas, se permite la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen la cobertura, la densidad por encima de los valores establecidos para actividades nuevas en recarga alta.
M ED IA R EC AR GA Actividades nuevas
Es posible media densidad de población con el uso de tanques sépticos.
Puede aumentar la densidad 1) si se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público o 2) sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 30% y puede aumentar hasta el 50% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización.
En zonas urbanas definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 50% y puede aumentar hasta el 70% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
FIGURA 12. MATRIZ DE PROTECCIÓN DEL ACUIFERO PARRITA Y SUS ZONAS DE RECARGA
- ACTIVIDADES AGROPECUARIAS
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 1/1
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL IDA D EX TR EMA
Se permite el desarrollo de actividades agropecuarias, siempre que no se utilicen sustancias de alta toxicidad
Es posible obras relacionadas con la actividad agropecuaria de bajo impacto y baja cobertura, que por su naturaleza no impacte el recurso hídrico
Deben utilizar buenas prácticas agrícolas e implementar las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo al ambiente, recomendadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Salud, para el manejo adecuado de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola.
En estas no se permite la explotación del acuífero por medio de pozos perforados. La actividad debe abastecerse por medio de pozos o fuentes superficiales externas a la zona.
VU LN ER AB IL IDA D AL TA
Se permite el desarrollo de actividades agropecuarias, siempre que no se utilicen sustancias clasificadas como alto impacto y medio impacto con alta toxicidad.
Deben utilizar buenas prácticas agrícolas e implementar las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo al ambiente, recomendadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Salud, para el manejo adecuado de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola. Se deben aplicar los planes de manejo de residuos según las normas del Ministerio de Salud.
Las actividades agropecuarias deben aplicar las zonas de protección de los pozos de abastecimiento público.
VU LN ER AB IL IDA D ME DI
A Se permite el desarrollo de actividades agropecuarias, siempre que no se utilicen sustancias clasificadas como alto impacto.
Deben utilizar buenas prácticas agrícolas e implementar las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo al ambiente, recomendadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Salud, para el manejo adecuado de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola. Se deben aplicar los planes de manejo de residuos según las normas del Ministerio de Salud. VU LN ER AB ILI DA D BAJ A
Es posible actividades de bajo, medio y alto impacto
RE CA RG A A CUI FE RA RE CAR GA A LT
A Se permite el desarrollo de actividades agropecuarias, siempre que no se utilicen sustancias clasificadas como alta toxicidad.
Deben utilizar buenas prácticas agrícolas e implementar las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo al ambiente, recomendadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Salud, para el manejo adecuado de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola.
RE
CAR
GA
ME
DI
A Se permiten actividades agropecuarias y siempre que estas sean bajo y medio impacto.
Deben utilizar buenas prácticas agrícolas e implementar las medidas necesarias para minimizar el impacto negativo al ambiente, recomendadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Salud, para el manejo adecuado de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola.
FIGURA 13. MATRIZ DE PROTECCIÓN DEL ACUIFERO PARRITA Y SUS ZONAS DE RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA ACTIVIDAD TIPO DE REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 1/1
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL IDA D EX TR EMA Actividades nuevas
Es posible el establecimiento de actividades comerciales de bajo impacto y baja cobertura (hasta de 20% y puede aumentar a un 40% con medidas tecnológicas) y debe contar con 1) red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público, o 2) sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos.
Se permite la ejecución de otras obras relacionadas a la actividad comercial, siempre que las mismas sean de bajo impacto y baja cobertura, que por su naturaleza no impacte el recurso hídrico.
No se permiten actividades industriales.
En estas no se permite la explotación del acuífero por medio de pozos perforados. La actividad debe abastecerse por medio de pozos o fuentes superficiales externas a la zona.
Actividades existentes
No se permiten actividades que produzcan, utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad. Se permiten la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen, el nivel de impacto, la cobertura y la densidad.
Actividades de medio impacto que requieren renovación de licencias y autorizaciones, deben presentar estudio hidrogeológico con el fin de valorar el estado actual del sitio al SENARA.
- Si el sitio presenta contaminación de suelos producto de la actividad, se debe ordenar la paralización de la actividad y condicionar la continuación de la misma a la finalización del proceso de descontaminación de los suelos y la implementación de medidas tecnológicas para la prevención de la contaminación del suelo y aguas
- Si el sitio presenta contaminación de suelos y aguas producto de la actividad, se debe proceder al cierre y remediación de sitio.
Debe contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de grasas y aceites). Debe realizar la eliminación de las aguas servidas por medio de 1) sistema de tratamiento de aguas residuales, que tenga capacidad suficiente, cumpla con el reglamento de vertidos y este avalado por el MSalud, o 2) por medio de red pública de alcantarillado sanitario que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público
Las actividades de medio impacto que cuenten con tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento), para el monitoreo bimensual de aguas, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Las
características de monitoreo (ubicación, cantidad y tipo de análisis) deben ser presentadas al SENARA para su evaluación y esta deberá avalar o solicitar modificaciones a la propuesta, dependiendo de la características del sitio, la actividad y el área intervenida. Los informes de monitoreo deben ser remitidas anualmente al Ministerio de Salud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos bimensuales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
En caso de requerirse adecuación de obras (ya sea por sustitución tanques, remediación de sitio, remodelación), entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica (época lluviosa), debe existir una distancia vertical de más de 5.0 metros y poseer sistema de contención secundaria según el decreto 37757-S. Para las actividades existentes que se abastecen por medio de pozos perforados, no se permite el aumento en los caudales concesionados para el funcionamiento de la actividad. Las actividades existentes que se abastecen por medio de pozos artesanales pueden continuar con su uso conforme con lo dispuesto en la ley de Aguas.
MATRIZ
DE
PROTECCIÓN
DEL
ACUIFERO
PARRITA
Y
SUS
ZONAS
DE
RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA TIPO DE ACTIVIDAD REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 2/6
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL IDA D AL TA Actividades nuevas
No se permiten actividades industriales o comerciales de alto impacto.
Las actividades de medio impacto que utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad, deben realizar estudios hidrogeológicos detallados, los cuales deben ser avalados por el SENARA. Para estos casos, la evaluación de vulnerabilidad debe ser específica en función al diseño de sitio propuesto, considerando como punto de análisis el nivel base de la(s) fuente(s) contaminante(s).
Es posible baja densidad de población con el uso de tanques sépticos. Puede aumentar la densidad 1) si se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público o 2) con sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la
capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 20% y puede aumentar hasta el 40% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización. En zonas urbanas, comerciales e industriales definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 40% y puede aumentar hasta el 60% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
Las actividades de medio impacto, debe contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de grasas y aceites). Si la vulnerabilidad específica es alta entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros.
Las actividades de medio impacto que van a requerir de tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo trimestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Las características de monitoreo (ubicación, cantidad y tipo de análisis) deben ser presentadas al SENARA para su evaluación y esta deberá avalar o solicitar modificaciones a la propuesta, dependiendo de la características del sitio, la actividad y el área intervenida. Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos trimestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S. D8
Actividades existentes
Actividades de medio y alto impacto que requieran de la renovación de licencias y autorizaciones y que poseen tanques subterráneos con productos tóxicos deben presentar estudio hidrogeológico para la evaluación de sitio para la valoración del estado de suelos y aguas subterráneas.Si el sitio presenta contaminación (alta toxicidad) de suelos y aguas producto de la actividad, se debe condicionar la continuación de la actividad a: 1) En caso de afectación total: la actividad puede reactivarse cuando se finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y la implementación de medidas tecnológicas para prevenir la contaminación de suelos y aguas.2) En caso de afectación parcial: cierre del área afectada hasta que finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y continuación de la actividad en las áreas no afectadas condicionado a que se implementen medidas tecnológicas para asegurar que se mantenga la calidad de dichas áreas. Se permiten la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen el nivel de impacto, la cobertura y la densidad por encima de los valores establecidos en vulnerabilidad alta para actividades nuevas.Las actividades de alto y medio impacto deben contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de aceites, etc.). Si generan efluentes en el proceso deben utilizar 1) sistema de tratamiento de aguas residuales, que tenga capacidad suficiente, cumpla con el reglamento de vertidos y este avalado por el MSalud, o 2) red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público .Las actividades de medio y alto impacto que cuenten con tanques de almacenamiento subterráneo deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo trimestral de aguas, realizado por un laboratorio habilitado (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud, siempre que estos no evidencien contaminación. Si se detecta contaminación debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el
reglamento 37757-S. En caso de requerirse adecuación de obras (ya sea por sustitución tanques, remediación de sitio, remodelación), entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica (época lluviosa), debe existir una distancia vertical de más de 5.0 metros y poseer sistema de contención secundaria según el decreto 37757-S.
MATRIZ
DE
PROTECCIÓN
DEL
ACUIFERO
PARRITA
Y
SUS
ZONAS
DE
RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA ACTIVIDAD TIPO DE REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 3/6
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL ID AD M ED IA Actividades nuevas
Las actividades de alto impacto que utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad, deben presentar al SENARA estudios hidrogeológicos detallados, los cuales deben ser avalados por el SENARA. Para estos casos, la evaluación de vulnerabilidad debe ser específica en función al diseño de sitio propuesto, considerando como punto de análisis el nivel base de la(s) fuente(s) contaminante(s).
Es posibles actividades de media densidad de población con el uso de tanques sépticos. Puede aumentar la densidad 1) si se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público o 2) sistema de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 30% y puede aumentar hasta el 50% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización. En zonas urbanas, comerciales e industriales definida por la definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 40% y puede aumentar hasta el 60% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
Las actividades de alto impacto, deben contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de grasas y aceites). Si la vulnerabilidad específica es alta entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros.
Las actividades de alto impacto que requieren de tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos semestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Las actividades de alto impacto que generen efluentes en el proceso deben utilizar planta de tratamiento o red pública de alcantarillado sanitario.
Actividades existentes
Actividades de alto impacto que requieren renovación de licencias y autorizaciones y que poseen tanques subterráneos con productos tóxicos deben presentar estudio hidrogeológico para la evaluación de sitio.
Si el sitio presenta contaminación de suelos y aguas producto de la actividad, se debe condicionar la continuación de la actividad a:
1) En caso de afectación total: la actividad puede reactivarse cuando se finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y la implementación de medidas tecnológicas para prevenir la contaminación de suelos y aguas.
2) En caso de afectación parcial: cierre del área afectada hasta que finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y continuación de la actividad en las áreas no afectadas condicionado a que se implementen medidas tecnológicas para asegurar que se mantenga la calidad de dichas áreas.
Se permite la ejecución de mejoras o ampliación cuando estas no modifiquen el nivel de impacto, la cobertura y la densidad, por encima de los valores establecidos para actividades nuevas en vulnerabilidad media.
Las actividades de alto impacto deben contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de aceites, etc.). Si generan efluentes en el proceso deben utilizar 1) sistema planta de tratamiento de aguas residuales, que tenga capacidad suficiente, cumpla con el reglamento de vertidos y este avalado por el MSalud, o 2) red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público .
Las actividades de alto impacto que cuenten con tanques de almacenamiento subterráneo deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud, siempre que estos no evidencien contaminación. Si se detecta contaminación debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Las actividades de alto impacto deben contar con planta de tratamiento o red pública de alcantarillado sanitario para el manejo de efluentes. En caso de requerirse adecuación de obras (ya sea por sustitución tanques, remediación de sitio, remodelación, etc.), entre el nivel inferior de la fuente de contaminación (obra adecuada) y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5.0 metros y poseer sistema de contención secundaria según el decreto 37757-S.
MATRIZ
DE
PROTECCIÓN
DEL
ACUIFERO
PARRITA
Y
SUS
ZONAS
DE
RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA ACTIVIDAD TIPO DE REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 4/6
VU LN ER AB IL ID AD A CU ÍF ER A VU LN ER AB IL IDA D BA JA Actividades nuevas
Es posibles actividades de bajo, medio y alto impacto.
Las actividades de alto impacto que utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad, deben presentar al SENARA estudios hidrogeológicos detallados, los cuales deben ser avalados por el SENARA.
Para estos casos, la evaluación de vulnerabilidad debe ser específica en función al diseño de sitio propuesto, considerando como punto de análisis el nivel base de la(s) fuente(s) contaminante(s).
Para las actividades de alto impacto, entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros. Las actividades de alto impacto que van a requerir de tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos semestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Actividades existentes
Actividades de alto impacto que poseen tanques subterráneos con productos tóxicos deben presentar estudio hidrogeológico para la evaluación de sitio, para la valoración del estado de suelos y aguas subterráneas,
Si el sitio presenta contaminación de suelos y aguas producto de la actividad, se debe condicionar la continuación de la actividad a:
1) En caso de afectación total: la actividad puede reactivarse cuando se finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y la implementación de medidas tecnológicas para prevenir la contaminación de suelos y aguas.
2) En caso de afectación parcial: cierre del área afectada hasta que finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y continuación de la actividad en las áreas no afectadas condicionado a que se implementen medidas tecnológicas para asegurar que se mantenga la calidad de dichas áreas.
Para las actividades de alto impacto, entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros. Las actividades de alto impacto que utilicen tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos semestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
MATRIZ
DE
PROTECCIÓN
DEL
ACUIFERO
PARRITA
Y
SUS
ZONAS
DE
RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA ACTIVIDAD TIPO DE REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 5/6
RE CAR G A AC UÍ FE RA RE CAR GA AL TA Actividades nuevas
No se permiten actividades de alto impacto.
Las actividades de medio impacto que utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad, deben realizar estudios hidrogeológicos detallados, los cuales deben ser avalados por el SENARA. Para estos casos, la evaluación debe ser específica en función al diseño de sitio propuesto, considerando como punto de análisis el nivel base de la(s) fuente(s) contaminante(s).
Debe contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de grasas y aceites). Si la vulnerabilidad específica es alta entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros.
Es posible baja densidad de población con el uso de tanques sépticos. Puede aumentar la densidad 1) si se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público o 2) sistema planta de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU no debe exceder del 20% y puede aumentar hasta el 40% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización. En zonas urbanas, comerciales e industriales definida por la Municipalidad en coordinación con el INVU el área de impermeabilización no debe exceder del 40% y puede aumentar hasta el 60% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
Las actividades de medio impacto que van a requerir de tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo trimestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Las características de monitoreo (ubicación, cantidad y tipo de análisis) deben ser presentadas al SENARA para su evaluación y esta deberá avalar o solicitar modificaciones a la propuesta, dependiendo de la características del sitio, la actividad y el área intervenida. Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos trimestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Actividades existentes
Actividades de medio y alto impacto que requieran de la renovación de licencias y autorizaciones y que poseen tanques subterráneos con productos tóxicos deben presentar estudio hidrogeológico para la evaluación de sitio para la valoración del estado de suelos y aguas subterráneas.
Si el sitio presenta contaminación (alta toxicidad) de suelos y aguas producto de la actividad, se debe condicionar la continuación de la actividad a:
1) En caso de afectación total: la actividad puede reactivarse cuando se finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y la implementación de medidas tecnológicas para prevenir la contaminación de suelos y aguas.
2) En caso de afectación parcial: cierre del área afectada hasta que finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y continuación de la actividad en las áreas no afectadas condicionado a que se implementen medidas tecnológicas para asegurar que se mantenga la calidad de dichas áreas.
Se permiten la ejecución de mejoras cuando estas no modifiquen el nivel de impacto, la cobertura y la densidad por encima de los valores establecidos en recarga alta para actividades nuevas.
Deben contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de aceites, etc.). Las actividades de medio y alto impacto que genere efluentes en el proceso deben utilizar planta de tratamiento o red pública de alcantarillado sanitario.
Las actividades de alto y medio impacto deben contar con la infraestructura y las medidas de control necesarias para evitar el riesgo de contaminación de suelos y aguas (manejo de excretas, aguas servidas y efluentes, manejo y almacenamiento de productos, trampas de aceites, etc.). Si generan efluentes en el proceso deben utilizar 1) sistema planta de tratamiento de aguas residuales, que tenga capacidad suficiente, cumpla con el reglamento de vertidos y este avalado por el MSalud, o 2) red pública de alcantarillado sanitario con planta de tratamiento que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público .
Las actividades de medio y alto impacto que cuenten con tanques de almacenamiento subterráneo deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo trimestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud, siempre que estos no evidencien contaminación. Si se detecta contaminación debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
En caso de requerirse adecuación de obras (ya sea por sustitución tanques, remediación de sitio, remodelación), entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica (época lluviosa), debe existir una distancia vertical de más de 5.0 metros y poseer sistema de contención secundaria según el decreto 37757-S.
MATRIZ
DE
PROTECCIÓN
DEL
ACUIFERO
PARRITA
Y
SUS
ZONAS
DE
RECARGA
- ACTIVIDADES INDUSTRIAL Y COMERCIAL
CONDICIÓN
HIDROGEOLÓGICA ACTIVIDAD TIPO DE REGULACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO 6/6
RE CA RGA A CU ÍF ER A RE CAR GA M ED IA Actividades nuevas
Las actividades de alto impacto que utilicen, almacenen o descarguen sustancias de alta toxicidad, deben presentar al SENARA estudios hidrogeológicos detallados, los cuales deben ser avalados por el SENARA. Para estos casos, la evaluación debe ser específica en función al diseño de sitio propuesto, considerando como punto de análisis el nivel base de la(s) fuente(s) contaminante(s).
Las actividades de alto impacto que generen efluentes en el proceso deben utilizar planta de tratamiento o red pública de alcantarillado sanitario. Para las actividades de alto impacto, entre el nivel inferior de la fuente de contaminación y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5 metros.
Las actividades de alto impacto que requieren de tanques de almacenamiento deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud. En caso de que se detecte contaminación en los muestreos semestrales, se debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Es posibles actividades industriales y comerciales de media densidad de población con el uso de tanques sépticos. Puede aumentar la densidad si se cuenta con red pública de alcantarillado sanitario que tenga suficiente capacidad de recolección y distribución avalado por el administrador del servicio público o planta de tratamiento de aguas residuales que tenga capacidad suficiente y avalado por el MSalud, que cumpla con el reglamento de vertidos y sin sobrepasar el límite establecido en el Plan Regulador y conforme a la capacidad de la planta.
El área de impermeabilización por hectárea en zona rural no debe exceder del 30% y puede aumentar hasta el 50% con medidas tecnológicas que compensen el volumen de recarga perdida por la impermeabilización. En zonas urbanas e industriales el área de impermeabilización puede aumentar hasta en un 20% de los valores antes indicados, siempre y cuando no sobrepase el máximo establecido en el plan regulador vigente.
Actividades existentes
Para actividades que requieren renovación de licencias y autorizaciones, se permiten la ejecución de mejoras o ampliación cuando estas no modifiquen el nivel de impacto, la cobertura y la densidad, por encima de los valores establecidos para actividades nuevas en recarga media.
Actividades de medio y alto impacto que poseen tanques subterráneos con productos tóxicos deben presentar estudio hidrogeológico para la evaluación de sitio, para la valoración del estado de suelos y aguas subterráneas,
Si el sitio presenta contaminación de suelos y aguas producto de la actividad, se debe condicionar la continuación de la actividad a:
1) En caso de afectación total: la actividad puede reactivarse cuando se finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y la implementación de medidas tecnológicas para prevenir la contaminación de suelos y aguas.
2) En caso de afectación parcial: cierre del área afectada hasta que finalice el proceso de descontaminación de las aguas y suelos, y continuación de la actividad en las áreas no afectadas condicionado a que se implementen medidas tecnológicas para asegurar que se mantenga la calidad de dichas áreas.
Las actividades de alto impacto que cuenten con tanques de almacenamiento subterráneo deben instalar al menos 2 piezómetros (aguas arriba y abajo del sitio de almacenamiento) para el monitoreo semestral de aguas y suelos, realizado por un laboratorio habilitado por el MSalud (monitoreo según las características de la fuente potencial contaminación). Debe realizar la entrega de informes de análisis de monitoreo químico anuales al MSalud, siempre que estos no evidencien contaminación. Si se detecta contaminación debe notificar al Ministerio de Salud e iniciar la remediación de sitio, conforme lo indica el reglamento 37757-S.
Las actividades de alto impacto deben contar con planta de tratamiento o red pública de alcantarillado sanitario para el manejo de efluentes. En caso de requerirse adecuación de obras (ya sea por sustitución tanques, remediación de sitio, remodelación, etc.), entre el nivel inferior de la fuente de contaminación (obra adecuada) y el nivel freático en su condición más crítica debe existir una distancia vertical de más de 5.0 metros y poseer sistema de contención secundaria según el decreto 37757-S.