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Reparación en víctimas de abuso sexual infantil en Colombia

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Reparación en Víctimas de Abuso Sexual Infantil en Colombia

Yeimi Julieth Castelblanco Vanegas- [email protected]

Laura Catalina Pérez Cáceres- [email protected]

Especialización en Psicología Jurídica y Forense -Universidad Santo Tomás seccional Tunja.

Resumen

El presente artículo de revisión pretende hacer una descripción de los mecanismos, leyes y procesos que se ejecutan en pro de reparar integralmente a la población infantil que ha sido víctima de abuso sexual, resaltando que dicha problemática es una de las que más se ha

incrementado en el contexto colombiano desde el año 2013 como se evidencia en los informes de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Dado lo anterior, se hace necesario abordar las

herramientas establecidas por el marco legislativo y jurisprudencial colombiano al momento de restablecer los derechos de este grupo etario, resaltando que estos gozan de una especial

protección tanto en el ámbito internacional como en nuestro Estado Social de Derecho según la sentencia T 260-12.

Para cumplir con los objetivos señalados se delimitó un estudio de tipo cuantitativo con diseño descriptivo donde se realizó una revisión documental mediante la cual se concreta que el abuso sexual en Colombia entendido como una problemática que atenta el desarrollo integral de la infancia cuenta con sanciones legales drásticas desde los ámbitos civil y penal; sin embargo, no se establecen parámetros que definan procesos de reparación en los que se involucre activamente tanto a la víctima como al agresor.

Palabras clave: Abuso sexual, reparación integral, víctima.

ABSTRACT

The present review article pretends make a description of mechanism, laws and processes that may execute in favor of repair integrally the children population, whom has been victim of sexual abuse, standing out that such problem is one of the most that have been increased in the colombian context since the year 2013, as evidenced in the reports of Legal Medicine and Forensic Science. Given the above, it is may necessary to approach the set tools by the colombian legislative and jurisprudential framework at time to restore the rights of this age group, standing out that them enjoy a special protection, both internationally and in our Rule of Law, according the sentence T 260-12.

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understood as a problem that undermines the integral development of childhood has drastic legal sanctions from the civil and criminal fields; however, no parameters are established that define reparation processes in which both the victim and the aggressor are actively involved.

Keywords: sexual abuse, integral reparation, victim.

Introducción

El abuso sexual infantil es definido en la ley 1146 de 2007 como: Todo acto o

comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o

cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de

indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor. (p.1).

La violencia sexual descrita desde el informe de Medicina Legal y Ciencias Forenses del

año 2015 evidencia que en Colombia incrementó dicha problemática en un 6,7% (1.416 casos) a

partir del año 2013, revelando la vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes,

especialmente al interior de la familia.

En Colombia las nuevas disposiciones legales impactan positivamente y operan en pro de

disminuir los índices de violencia sexual, enfocándose en sentencias más drásticas a la espera de

un efecto ejemplarizante que ayude a mitigar la problemática y genere temor en los que quieran

incurrir en tal delito. Sin embargo, se evidencia carencia en la formulación de normatividad ya

que no se establece un proceso de reparación integral a niños, niñas y adolescentes; siendo este

concepto enmarcado específicamente a las víctimas de violencia sexual que se identifican desde

el conflicto armado (Uribe, 2010).

Atendiendo a la problemática planteada, se establece como finalidad describir el proceso

de reparación a víctimas de abuso sexual infantil en Colombia desde el marco jurídico existente

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que promueven la reparación integral en niños y niñas víctimas de violencia sexual, identificar

cuál es el proceso de reparación integral en este grupo poblacional y analizar de qué manera se

da aplicabilidad a dicho proceso.

Método

De acuerdo con la naturaleza de la información del estudio, se realizó un ejercicio

investigativo de tipo cuantitativo, atendiendo a que como lo plantea Monje (2011) este tipo de

investigación se ejecuta como un proceso sistemático y ordenado que se lleva a cabo siguiendo

determinados pasos, teniendo una estructura lógica y definiendo estrategias que permitan la

obtención de respuestas concretas a los problemas de indagación propuestos.

Se definió un diseño descriptivo con revisión documental ya que como se plantea desde

la teoría, este se caracteriza por buscar y especificar las propiedades, características y los perfiles

de personas, grupos, comunidades, procesos, objetos o cualquier otro fenómeno que se someta a

un análisis (Hernández, Fernández & Baptista, 2010). Así mismo desde la realización de este

estudio se busca describir el proceso de reparación a víctimas de abuso sexual infantil en

Colombia.

Métodos de recolección de información

La recolección de información se ejecutó a través de la búsqueda bibliográfica, teniendo

en cuenta fuentes primarias en cuanto a la revisión de revistas como: Gastrohnup,

prolegómenos, redalyc y scielo de acuerdo con la temática de estudio, donde estas fueran

publicaciones originales de estudios científicos e información veraz y reciente, que servirán de

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electrónicas a través del centro de recursos para el aprendizaje y la investigación (CRAI), de

igual forma fuentes terciarias relacionadas con la revisión de sentencia de corte específicamente

la T-260/12.

Así mismo, en este estudio se plantearon los siguientes criterios de inclusión y exclusión:

Criterios de inclusión:

 Rango de edad de 0 a 10 años.

 Revisión y selección documental desde el año 2000 al 2018 relacionado con la temática

de reparación de abuso sexual infantil, donde se abordaron 17 estudios.

 Legislación del contexto colombiano.

Criterios de Exclusión:

 Estudios anteriores del año 2000.

 Se excluyeron documentos que no tuviesen como participantes del estudio población

infantil.

Métodos de análisis de la información.

El análisis de la información se realizó a partir de la búsqueda bibliográfica, teniendo en

cuenta fuentes primarias, secundarias y terciarias, una vez seleccionadas estas fuentes se

elaborará una estrategia de búsqueda en base de datos CRAI con relación a palabras y conceptos

claves de esta manera identificando estudios relevantes a través de la clasificación por año,

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estos tengan validez y pertinencia en cuanto a la temática de estudio, dado lo descrito se procedió

a dar una organización de la información recolectada y a la redacción del documento teniendo

claridad, concisión, precisión, sencillez y naturalidad.

Resultados y Discusión

Para plasmar los resultados del estudio de investigación, posterior a realizar un proceso

exhaustivo de exclusión, se analizaron 19 documentos dentro de los que se definen 2 leyes

colombianas, 1 informe de medicina legal y ciencias forenses, 1 sentencia de la corte y 15

artículos de investigación.

Dando claridad a lo anterior, en el presente apartado se describen los resultados y

discusión del estudio realizado, a través de tres categorías que se explicaran a continuación,

precisando que la reparación de víctimas de violencia sexual infantil en Colombia es una de las

problemáticas que cobijan tanto el sistema judicial como a las víctimas.

Dimensión teórica

Al respecto Cepeda & Ramírez (2016) exponen: En los últimos 6 años los delitos contra

la libertad, la integridad y la formación sexual han representado el 29% de modificaciones del

Código Penal, reformas que se plasman en el aumento de penas entre el 33.3% y el 16.6%, estos

incrementos se adicionan a la ya existente ley 1098 de 2006, que establece el aumento de la pena

hasta el doble cuando la conducta lesiona a un menor de 14 años, y la eliminación de beneficios

y mecanismos sustitutivos. (p. 4)

Dado lo anterior, se vio pertinente establecer un estudio en el que se describa el proceso

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literatura se establecen cambios desde el sistema judicial enfocados en el incremento de penas

para prevenir la problemática y no se estipulan herramientas que favorezcan a las víctimas en su

proceso de reparación.

Mecanismos judiciales

Ahora bien, al abordar la reparación desde los mecanismos judiciales existentes para

prevenirla, se define desde el código penal como:

Artículo 94. Reparación del daño. La conducta punible origina obligación de reparar los

daños materiales y morales causados con ocasión de aquella.

Artículo 95. Titulares de la acción civil. Las personas naturales, o sus sucesores, las

jurídicas perjudicadas directamente por la conducta punible tienen derecho a la acción

indemnizatoria correspondiente, la cual se ejercerá en la forma señalada por el Código de

Procedimiento Penal.

El actor popular tendrá la titularidad de la acción civil cuando se trate de lesión directa de

bienes jurídicos colectivos.

Artículo 96. Obligados a indemnizar. Los daños causados con la infracción deben ser

reparados por los penalmente responsables, en forma solidaria, y por los que, conforme a la ley

sustancial, están obligados a responder.

Artículo 97. Indemnización por daños. En relación con el daño derivado de la conducta

punible el juez podrá señalar como indemnización, una suma equivalente, en moneda nacional,

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Esta tasación se hará teniendo en cuenta factores como la naturaleza de la conducta y la

magnitud del daño causado.

Los daños materiales deben probarse en el proceso. (Ley 549, 2000).

Aplicabilidad al proceso de reparación

Poniendo en consideración los apartados anteriores, se define la reparación del daño

como una acción civil dentro de un proceso penal que puede encabezar la persona víctima, así

pues, siendo los infantes el objeto de descripción en el presente estudio, se podría presumir desde

la ley que un niño o niña víctima de violencia sexual podrá ser indemnizado económicamente

para ser reparado integralmente.

Ahora bien, siendo un infante el que se va a indemnizar, se debe evaluar si el dinero

repara aspectos emocionales y/o psicológicos ya que como Lago & Céspedes (2006) plantean:

El grado de alteración sufrida por un niño víctima de abuso sexual depende de factores

como, tipo de acto sexual, frecuencia y duración, intensidad de violencia utilizada,

relación con el agresor, edad de la víctima, número de agresores, efectos de la denuncia,

agresión institucional. La presencia de estas situaciones está relacionada con la

antigüedad del maltrato, generando en los casos agudos trastornos emocionales con

implicaciones en el desempeño en los diferentes contextos, principalmente en el

educacional y de aprendizaje. Además, modifica las relaciones sociales. En los casos

recurrentes y de larga data pueden ocurrir trastornos mentales como depresión, suicidio,

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En relación a lo mencionado Márquez (2010) estipula que el reconocimiento

escalonado de los derechos de las víctimas refiere la necesidad de establecer mecanismos

procesales que permitan su cumplimiento en el marco del proceso penal ya que de esta manera se

establece dentro del sistema penal acusatorio una etapa para exigir la reparación, como lo puede

ser el incidente de reparación integral; dado lo anterior existen tres criterios de reparación como

lo son: contenido del derecho a la reparación que refiere que las víctimas deben tener una

concepción amplia, es decir que sus pretensiones no solo se agotan en la reparación económica,

sino que tengan derecho a ser tratadas con dignidad, a participar en las decisiones que los afecten

y obtener la reparación integral de sus derechos.

Teniendo en cuenta lo descrito por Márquez se evidencia que, si bien existen mecanismos

procesales para la reparación integral a las víctimas de violencia sexual, estos no cuentan con

características de eficacia ni validez, ya que el sistema se centra en realizar una reparación de

tipo económica y no se tienen en cuenta variables como las psicológicas, sociales, familiares,

educativas, entre otras. Por lo anterior, se hace necesario que las victimas tengan una

participación activa dentro del proceso atendiendo que son las principales afectadas y son las

únicas que podrían establecer la forma en la que desean ser reparadas y así disminuir la

incidencia de consecuencias negativas a corto, mediano o largo plazo.

En el mismo sentido, Uribe (2010) plantea que desde el contexto colombiano se han

forjado nuevas leyes contra delitos sexuales, sin embargo, el objetivo de estas ha sido endurecer

las sanciones para quien incurra en prácticas sexuales contra niños, niñas y adolescentes, velando

además por el debido proceso de los infantes. Es importante señalar, que en dicho proceso se dan

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los hechos, estas últimas se limitan a las decisiones y servicios que los actores judiciales y

administrativos puedan proveer dentro del marco de restablecimiento de derechos.

En el mismo sentido, Cepeda & Ramírez (2016) son enfáticos en relatar que esto es una

problemática que va en aumento, donde a pesar de que está dada la ley y hay expedición de

normas con el fin de sancionar delitos sexuales y atender a las víctimas de violencia sexual, aún

no se cumplen sus objetivos sin que se ponga de presente la reparación integral del daño causado

por violencia sexual, si bien según las posturas de este autor se plantea que:

Hay un vacío en la implementación de la justicia restaurativa, representada en las

dificultades que tienen las víctimas para encontrar una ruta adecuada y de calidad de atención

para presentar las denuncias y recibir atención médico-legal, el desconocimiento de sus derechos

sexuales y reproductivos, la desconfianza generalizada en el sistema de justicia, las prácticas

indebidas en la interacción juez-fiscal-víctima, la exigua asignación de defensores públicos y

fiscales, y la falta de formación especializada de los funcionarios judiciales para el conocimiento

de los delitos sexuales, hechos que configuran procesos de revictimización. (Cepeda & Ramírez,

2016, p. 1)

Por otra parte Mcglynn, Westmarland & Godden (2012) refirieron que lo concerniente

con la reparación debe ser el conjunto de acciones que se orientan a proporcionar a la víctima la

atención y asistencia requerida desde lo médico, psicológico, social y jurídico, esta postura la

comparte Márquez (2010) refiriendo que, siendo la reparación un derecho integral del daño, y

teniendo una dimensión individual este abarca todos los daños y perjuicios sufridos por la

víctima, y comprende la adopción de medidas individuales relativas al derecho a la restitución, la

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En concordancia con lo anterior se evidencia la importancia de generar modificaciones

importantes desde el sistema judicial donde se logre una reparación integral en la víctima y no

solamente se quede en el aumento de penas como cumplimiento a una medida judicial, sino por

el contrario se realice una reparación efectiva en los sujetos con las garantías necesarias para que

se les repare en todas sus dimensiones.

Atendiendo a lo mencionado, se hace importante diseñar estudios de investigación en los

que se delimiten y describan los mecanismos de justicia existentes, las modificaciones en la

normatividad, tipo de atención y componentes de reparación que se implementan para prevenir y

atender esta problemática. Esto, con el fin de hacer un análisis valorativo de los resultados,

impacto y eficacia que tiene el sistema judicial a la hora de atender y garantizar el

restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidad colombiana que

han sido víctimas de abuso sexual.

Conclusiones

Hacia un análisis particular y teniendo en cuenta la literatura revisada, se puede concluir

que, si bien existe legislación frente a la reparación integral de las víctimas de violencia sexual

infantil, está particularmente no se realiza de una manera integral, es decir vinculando aspectos

como lo familiar, social y psicológico, sino que muchas veces esta reparación va centrada en

factores como lo económico.

Una vez revisada la literatura se considera que a las víctimas de abuso sexual infantil se

les debe dar una participación activa en torno a la reparación, no es viable limitarse en fijar

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que incluirá efectos positivos y duraderos a corto, mediano y largo plazo en todas las

dimensiones de vida.

Ahora bien, se considera importante involucrar al victimario de manera activa en los

procesos de reparación generando compromisos efectivos de no repetición, para lograrlo, se

establece la importancia de generar estrategias psicológicas con estándares de calidad.

En un estado donde los derechos de los niños priman por encima de los demás, se puede

inferir que la legislación vigente cuenta con vacíos normativos en los que cabría cuestionarse el

tipo de reparación que se le da a los niños víctimas de abuso sexual, partiendo de la necesidad de

crear estrategias en las que se le atienda integralmente sin confundir una compensación

económica con la reparación de un posible daño psíquico y emocional en el que se también pudo

dar ruptura de la relación social e individual.

La normatividad vigente en el contexto colombiano se ha enfocado en prevenir la

incidencia de delitos sexuales a través de la prolongación de penas privativas de la libertad,

mismas que se fundan para generar estados de antelación ante las conductas punibles, sin

embargo, por las cifras descritas en distintos informes de Medicina Legal y Ciencias Forenses se

puede deducir que no han tenido impacto alguno y la problemática sigue incrementando.

Entendiendo la reparación desde el derecho penal como una acción indemnizatoria, cabe

señalar que la misma no podría ser integrada directamente al infante afectado, por lo tanto, los

padres serán beneficiarios del daño causado a un niño que posiblemente resulte afectado en su

(12)

En Colombia se hace necesario reevaluar y modificar el proceso de reparación que se da

a las víctimas de abuso sexual infantil, para esto se deben diseñar estudios que evalúen,

describan o diseñen proceso de reparación y no repetición de acuerdo con las necesidades

expresadas por el grupo poblacional afectado.

Si bien, desde el sistema legislativo se han dado mejoras para endurecer las sanciones

penales, se debe hacer énfasis en la necesidad de mejorar las garantías en restablecimiento de

derechos de la población infantil, por lo tanto es viable que desde autoridades administrativas

hasta judiciales tengan acceso a equipos interdisciplinarios que brinden la atención psicosocial

necesaria y pertinente para cada caso, aclarando que a pesar de que la normatividad lo exige, en

el territorio nacional no cumplen con dichos parámetros y los profesionales integrados cuentan

con cargas laborales extenuantes, mismas que exigen demanda atencional enmarcada por

cantidad de atenciones y no por calidad que se oferta.

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