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Bogotá, Colombia COPYRIGHT

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Bogotá, Colombia

COPYRIGHT 2012

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PREÁMBULO

El reto de todo piloto además de volar, es el de hacer parte o crear una aerolínea por pequeña que sea, tal como lo hemos visto en la historia de la aviación comercial en el mundo. Por ende

,

Servicios Aéreos Virtuales de Colombia, cercana a ésta filosofía de vida, promulga las normas que le darán orden y claridad a todos los pilotos que hagan parte de la Aerolínea.

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TITULO I

VALORES CORPORATIVOS

Art. 1º-Profesionalización de pilotos. A través de cursos, conferencias, prácticas

de vuelo, dotación de herramientas y equipos.

Art. 2º-Evaluación, Control y Seguimiento. Por medio de la aplicación de

pruebas de conocimientos y seguimiento de sus avances.

Art. 3º-Agilidad en los servicios. Por medio de respuestas prontas y oportunas

para facilitar la realización de sus actividades como pilotos.

Art. 4º-Respeto, Calidez y Fraternidad. Dentro de un ambiente serio y cordial,

que permita y estimule el compartir experiencias y conocimientos entre los pilotos de la Aerolínea.

Art. 5º-Compromiso de doble vía. Por medio de la reciprocidad en las acciones

de forma que todos participen y puedan enriquecerse unos con otros.

Art. 6º-Innovación de estrategias, equipos y servicios. Teniendo una actitud

abierta al cambio y al mejoramiento de las cosas cotidianas y del entorno empresarial, para tener mejores equipos y herramientas que le permitan al piloto ser mejor y más destacado.

TITULO II

MISION Y VISION CORPORATIVA

Art. 7º-MISIÓN. Promover la profesionalización de los pilotos que se vinculen,

generando alta satisfacción al compartir sus experiencias dentro de una estructura organizacional a la altura del sector del transporte aéreo de pasajeros, ganando admiración y respeto dentro de la comunidad internacional de pilotos.

Art. 8º-VISIÓN 2012. Mantenerse dentro de las 30 primeras aerolíneas virtuales

del mundo, utilizando los más modernos equipos de aviones al mando de pilotos experimentados y con los más altos niveles de profesionalismo.

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TITULO III

DE LOS ASPIRANTES

CAPITULO I

NACIONALIDAD

Art. 9º- Ser Colombiano de nacimiento o tener la ciudadanía Colombiana.

CAPITULO II

EXTRANJEROS

Art. 10- Los extranjeros que hagan parte de tendrán los mismos

beneficios que los ciudadanos Colombianos. CAPITULO III

CALIDADES DEL PILOTO ASPIRANTE

Art. 11- Ser mayor de18 años y estar estudiando o haber terminado una carrera

(cualquiera que esta sea); se dará prioridad a las carreras relacionadas con aviación. Igualmente podrá estar estudiando en una Escuela de Aviación real o virtual, sin tener en cuenta la edad en este caso.

Art. 12- Ser una persona íntegra, seria y amable, con alto nivel de compromiso,

calidad de servicio, solidario, con expectativas y metas claras en el tiempo.

Art. 13- Ser una persona con sentido de pertenencia, caracterizado por sus

deseos de aprender y/o compartir conocimientos. Inteligente, práctico y cordial, dispuesto a recibir y ejecutar ordenes de sus superiores. Ordenado y cumplidor de tareas y/o trabajos. Dispuesto a hacer carrera como piloto en la Aerolínea.

TITULO IV

PROCESO DE ADMISIÓN

Art. 14- El aspirante deberá pasar con altos resultados las tres fases que tiene el

proceso de admisión y deberá entregar con la solicitud, una foto tamaño cédula y una fotocopia legible de su documento de identidad. La primera etapa es la

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entrevista, la cual será presentada ante el Presidente de la Aerolínea y el Jefe de Pilotos; se aprobará con más de 85 puntos ésta primera etapa.

Art. 15- Después de las entrevistas, deberá presentar varios exámenes de

conocimientos, orales o escritos y que se realizarán en línea, previa coordinación con el Staff de . Estos exámenes se aprobarán con un puntaje superior o igual a un 80%.

Art. 16- En la tercera fase del proceso, el aspirante realizará un vuelo de chequeo

o prueba, el cual se habilitará con el visto bueno del Staff de la compañía. Se pasará con un puntaje igual o superior al 85%. Se tendrán varios tipos de vuelos de chequeo, dependiendo de la formación y/o experiencia del piloto aspirante. Los vuelos de chequeo, deberán ser registrados únicamente con la Caja Negra suministrada, con el apoyo del programa FLTREC9. Deberán tomarse fotos de las diferentes etapas y fases del vuelo desde la cabina y en el exterior, para aportar otras constancias del mismo vuelo-examen.

Art. 17-Una vez finalizado este proceso, el candidato será notificado si es o no

aceptado y de ser positivo, quedará habilitado para iniciar los entrenamientos de acuerdo a un plan de trabajo establecido por el Jefe de Pilotos de la respectiva categoría y podrá participar en las reunión semanal de pilotos, los días establecidos para esas reuniones. En caso negativo, se le darán las recomendaciones y sugerencias para una futura nueva presentación si es el caso.

TITULO V

DEBERES DEL PILOTO

Art. 18- Mantener un correcto comportamiento tanto en vuelo como en tierra,

procurando dar el mejor ejemplo a los demás.

Art. 19-En las fases de Entrenamiento no requiere hacer uso de las

comunicaciones con los controladores de IVAO o VATSIM, ya que estos procedimientos puede generar malestar entre los controladores de las respectivas dependencias. En los vuelos comerciales es mandatorio realizarlos con el apoyo de los Controladores de Tráfico Aéreo (CTA).

Art. 20- El piloto deberá realizar una rutina diaria antes de realizar un vuelo y

para ello deberá:

A) Revisar y ajustar el plan de vuelo.

B) Tener a la mano la lista de chequeo del avión.

C) Alistar las cartas de navegación que va a requerir en el vuelo. D) Verificar la hora ZULU autorizada para el vuelo.

E) Verificar el METAR del aeropuerto de origen y de destino F) Establecer y activar las radio-ayudas y recursos disponibles.

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G) Verificar su enlace a IVAO o VATSIM para el control ATC.

H) Grabar los vuelos de chequeo o entrenamiento con la caja negra. I) Verificar y activar el programa cliente, del administrador.

Art. 21- Durante el vuelo:

A) Realizar el chequeo cruzado regularmente. B) Verificar el clima del aeropuerto de destino. C) Verificar las condiciones del alterno.

Art. 22-Para el aterrizaje:

A) Revisar la lista de chequeo y demás procedimientos para el aterrizaje.

B) Verificar el clima y prever cual será la pista de aterrizaje de acuerdo al

METAR.

C) Verificar las cartas del aeropuerto y las llegadas normalizadas, si las tiene

el aeropuerto.

D) Indague condiciones de rumbo y velocidad del viento a la hora de iniciar final y antes de aterrizar.

Art. 23- El uso del correo interno de a través del administrador,

es únicamente para comunicaciones internas de los pilotos y el Staff y por lo tanto se prohíbe cualquier uso de SPAM o correos cadena; el lenguaje en estos debe ser moderado, respetuoso y cordial. No se autoriza de ninguna forma de ofertas de venta de productos o servicios por estos canales. Quien lo intenten, podrán ser suspendidos de forma automática y puesto en tierra hasta por 30 días. La reincidencia en esta conducta sería causal del retiro definitivo de la Aerolínea.

Art. 24-Durante los entrenamientos, los pilotos pueden preguntar a sus

instructores todos los temas relacionados con su entrenamiento; así mismo queda prohibido preguntar al instructor cualquier cosa relacionada con el chequeo estando en él.

Art. 25- En caso de dudas o mal entendidos sobre alguna pregunta, en alguno de

los exámenes, ésta podrá ser analizada y corregida por el Staff de la Aerolínea de ser el caso.

Art. 26- Cuando el avión de un piloto esté en Mantenimiento, su piloto podrá elegir

un avión de una categoría inferior a la actual, previa autorización del Presidente o su Jefe de Pilotos, para realizar un vuelo mientras tanto o solicitar el traslado de otra aeronave para realizar un itinerario desde dicho aeropuerto.

Art. 27- El aeropuerto DIDIER FERNANDEZ es de uso exclusivo de la Aerolínea,

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suspensión de la Aerolínea. Igual las cartas del aeropuerto y los diseños de las pinturas de los aviones o su logosímbolo.

Art. 28- El piloto deberá presentarse en el administrador media hora antes de la

hora de salida del itinerario, para preparar su vuelo.

Art. 29- Siempre se deberá volar con cartas de navegación y demás recursos de

ayuda para la navegación segura (GPS, MAPAS, ETC…).

Art. 30- Si hace copia en algún examen y el instructor se da cuenta, este

informará a las directivas y se tomarán los correctivos necesarios, desde suspensión o retiro de la Aerolínea.

Art. 31- Asistir en lo posible, a la reunión anual de aniversario en la ciudad de

Bogotá o en la que se establezca por las directivas en Colombia.

TITULO VI

DERECHOS DEL PILOTO

Art. 32- A Recibir la instrucción adecuada para realizar los vuelos de

entrenamiento.

Art. 33- Participar en los vuelos de crucero programados por los Jefes de Pilotos Art. 34- Recibir asesoría en toda clase de duda que le presente respecto de la

Aerolínea.

Art. 35- Aportar, sugerir e invitar a utilizar programas y/o asistir a eventos que

conduzcan a mejorar los aspectos generales de Colombia, así mismo elaborar propuestas que tengan como fin, el bien común de la Aerolínea.

Art. 36- Al reconocimiento ante los demás pilotos de sus logros y crecimiento en

la compañía por medio de menciones, diplomas o certificados firmados por el Presidente de la Aerolínea y el Jefe de Pilotos, durante las reuniones de aniversario.

Art. 37- A ser escuchado, valorado y respetado sin distinción alguna.

Art. 38- A Crecer dentro de la empresa y aspirar a cargos administrativos,

mostrando siempre el sentido de pertenencia y procurando el desarrollo y beneficio de Colombia.

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Art. 39- A Presentar peticiones respetuosas al Staff Administrativo y Técnico de la

Compañía, por motivos de interés general o particular y obtener pronta respuesta.

Art. 40- A reconocer que las prioridades familiares, laborales y/o académicas, van

primero que las relacionadas con la Aerolínea.

Art. 41- Participar en las reuniones semanales de pilotos programadas por skype

o medio similar, los días jueves después de las 8:30 pm.

TITULO VII

SANCIONES AL PILOTO

CAPITULO I

LLAMADOS DE ATENCIÓN

Art. 42- Por negligencia en alguno de sus deberes como piloto sin que este lo

haga de forma reiterada.

Art. 43- Por no contestar los emails o mensajes que le sean enviados por los

Jefes de Pilotos o de otras dependencias, sin justa causa.

Art. 44- Por propiciar actos de debate no constructivos al beneficio de

Colombia.

Art. 45- Por el incumplimiento a las responsabilidades relacionadas con cargos

Administrativos.

CAPITULO II

SUSPENSION DE LA VINCULACION

Art. 46- Son causales de terminación del vínculo como piloto con justa causa, las

siguientes:

A) El injustificado y reiterado incumplimiento de los deberes como piloto B) El pertenecer a otra Aerolínea

C) No volar por un término de tres (3) meses ininterrumpidos, sin justa causa. D) Realizar indebida publicidad de la Aerolínea, HECHO que afecte el buen

nombre de esta.

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TITULO VIII

DEL PRESIDENTE

Art. 47- El Presidente o CEO de Colombia simboliza la unidad de la

Aerolínea y está obligado a garantizar y hacer respetar los derechos y deberes de todos aquellos que hagan parte de la Compañía.

Art. 48- Corresponde al Presidente de la Aerolínea, como jefe supremo y máxima

autoridad de la Aerolínea:

A) Nombrar cargos administrativos

B) Dirigir las relaciones a nivel nacional e internacional y actuar como

representante legal ante eventos, conferencias y demás actividades.

C) Conservar el orden interno de Colombia ejerciendo la potestad en

sus valores y reglamento.

D) Aprobar las propuestas que conlleven al beneficio de SAV Colombia.

E) Presentar informes semanales a través de la lista de correos o solicitarlos al

Staff o a los pilotos directamente.

F) Delegar funciones.

G) Conferir grados a los pilotos en la celebración del aniversario. H) Conceder permisos previa notificación para vuelos chárter. I) Velar por la economía y desarrollo de la Aerolínea.

J) Velar por la actualización de los datos de pilotos, rutas y demás información

en el sitio de Internet de Colombia.

K) Participar en las entrevistas a los pilotos aspirantes interesados en formar

parte de la Aerolínea.

L) Realizar y/o participar en los procesos de selección y chequeo de los pilotos

que están aspirando ingresar a la compañía y a los que ya hacen parte de ella.

M) Revisar y dar su concepto a la caja negra de los vuelos de entrenamiento. N) Dirigir en lo posible las reuniones de los jueves.

O) Contestar emails y mensajes que le sean enviados directamente.

P) Realizar los trámites correspondientes para la compra y/o venta de

aeronaves.

Q) Verificar que los datos de los pilotos estén actualizados en el administrador. R) Hacer la convocatoria para cursos de aeronaves.

S) Diseñar y/o revisar los vuelos de entrenamiento.

T) Realizar reuniones extraordinarias con el Staff Administrativo pertinentes a

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U) Proporcionar de forma directa o por intermedio de los Jefes de Pilotos, el

conocimiento y las guías a los pilotos en caso que se requiera.

V) Mantener contacto permanente con el Staff, los Jefes y los pilotos.

W) Velar por un adecuado y permanente programa de mantenimiento a las

aeronaves.

TITULO IX

FUNCION ADMINISTRATIVA

Art. 49- La función administrativa de Colombia está al servicio de los

intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia e imparcialidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Los Jefes de Pilotos, el Jefe de Rutas y Mantenimiento, deben coordinar sus actividades para el adecuado cumplimiento de los fines de la Aerolínea.

CAPITULO I

JEDE DE PILOTOS

Art. 50- Los Jefes de Pilotos serán nombrados por el Presidente de

Colombia y tendrán los mismos deberes y obligaciones de los pilotos de la Aerolínea.

Art.51- Son funciones de los Jefes de Pilotos:

A) Realizar entrevistas a los pilotos interesados en formar parte de la

Aerolínea.

B) Realizar eventos evaluativos a los pilotos que están en proceso de ingresar

a la compañía y a los que ya hacen parte de ella.

C) Revisar la caja negra de los vuelos de entrenamiento D) Mantener contacto permanente con los pilotos

E) Proporcionar conocimiento y guiar al piloto en caso que lo requiera. F) Proponer los vuelos de entrenamiento.

G) Contestar emails y mensajes que le sean enviados directamente.

H) Conceder autorización previa notificación al CEO, para la realización de

vuelos chárter.

I) Realizar reuniones extraordinarias con el Staff Administrativo, pertinentes a

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J) Proponer vuelos de crucero y elaborar planes de vuelo

K) Realizar vuelos de prueba a las aeronaves que estén en proceso de

compra. Dichos vuelos se manejarán como vuelos de entrenamiento.

L) Coordinar las labores de mantenimiento de las aeronaves.

M) Asesorar al Presidente en asuntos técnicos, administrativos o financieros,

cuando así lo requiera.

N) Conferir y proponer grados a los pilotos en el aniversario anual de

Colombia.

PARAGRAFO: El Jefe de Pilotos hará las veces de Jede de Mantenimiento al

igual que el CEO y el Jefe de Rutas y en todo caso ningún avión podrá estar por debajo del 99.0% No se hará la notificación al piloto de que su avión ha sido enviado a mantenimiento.

CAPITULO II

JEFE DE RUTAS

Art. 52- Se volara únicamente en las rutas establecidas por la Aerolínea; el Jefe

de Rutas es la única persona autorizada para modificar o adicionar alguna ruta, previa autorización de las directivas; además tendrá los mismos deberes y obligaciones que todos los pilotos de Colombia.

Art. 53- Son funciones del Jefe de Rutas: A) Establecer la viabilidad de la Ruta.

B) Tener en cuenta la zona horaria para cada itinerario. C) Establecer el tipo de avión para la Ruta asignada. D) Establecer el número de vuelo del itinerario. E) Programar la hora de salida y llegada del vuelo. F) Sugerir la ruta para el itinerario.

G) Establecer los vuelos para cada tipo de avión, que tenga la categoría de

nacional o internacional.

H) Realizar cubrimientos estratégicos a nivel mundial en cuanto a Rutas. I) Mantener contacto con los pilotos

J) Realizar labores de mantenimiento a las aeronaves cuando se le solicite. K) Participar en reuniones extraordinarias con el Staff Administrativo

pertinentes a casos concretos de carácter prioritario.

L) Establecer las categorías de aviones según, tipo A, tipo B, tipo C y tipo D M) Establecer los días de vuelo y tarifas.

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Art. 54- los vuelos chárter se programarán así:

A) Se deberá informar con 24 horas de anticipación y presentar plan de vuelo

al Jefe de Rutas, Jefe de Pilotos y CEO de la Aerolínea.

B) Una vez aprobada la ruta, ésta se montará en el administrador y el piloto

tendrá 24 horas para realizarla, si pasado este tiempo no se ha realizado el vuelo, la ruta será borrada del administrador.

C) Una vez realizado el vuelo el piloto deberá presentar su respectivo PIREP.

TITULO X

ASCENSOS

Art. 55- Los ascensos hacen parte del proceso de la carrera que cada piloto va

forjando en la Aerolínea; estos ascensos estarán bajo la responsabilidad del Presidente de Colombia y deberá tener en cuenta las horas voladas y el tiempo en dicha aeronave y siete (7) factores más.

Art. 56- se llevará un control de cada piloto en cuanto a sus horas de vuelo y

tiempo en la aeronave para ser más equitativo y justo. Los llamados a curso deberán tener en cuenta, los siguientes criterios…

1. horas de vuelo en la aeronave (criterio básico) 2. chequeo de conocimientos y compromiso 3. promedio calificación administrador 4. consumos de combustibles

5. precisión de aterrizajes medidos en pies minuto 6. visto bueno del Jefe de Pilotos de la categoría 7. Resultados de los chequeos de conocimientos 8. Y requerimientos y oportunidades de la Aerolínea

Para llegar a la nueva aeronave, las horas mínimas voladas en la inferior categoría de aeronave son para:

DASH 8 90 Fokker 28 122 Fokker 100 164 Embraer 195 221 Serie A320 299 30%-70%

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13 Boeing 737-800 404 Boeing 757-200 545 Boeing 767-300 735 Boeing 777-300ER 993 TITULO XI REGIMEN ESPECIAL

Art. 57- Los asuntos no contemplados en este reglamento se analizarán de

manera especial por el Presidente y los Jefes de Pilotos.

Art. 58- Vigencia. El presente reglamento tiene vigencia a partir de la fecha de

publicación.

Firmado en Bogotá, Colombia, a los 14 días del mes de Octubre de 2011

Cm Santiago Izquierdo I. CEO SAV Colombia

Revisado y aprobado en encuentro de pilotos

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