ANEXO 6
ESTUDIO PREVIO Y DE NECESIDAD PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.5.2 del Decreto 734 de 2012, en concordancia con el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, la Subdirección del Centro de Comercio, Industria y Turismo del SENA Regional Córdoba, requiere contratar la Compra que se describe a continuación:
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER:
En el Centro de Comercio, Industria y Turismo del SENA Regional Córdoba se requiere contratar a titulo de compraventa la compra de Materiales de Formación Profesional para los Cursos de Refrigeración del Programa Jóvenes Rurales Emprendedores del Centro de Comercio, Industria y Turismo de Cordoba. Que los elementos descritos se encuentran incluidos en el plan de Compras del Centro de Comercio, Industria y Turismo de Córdoba, para la vigencia del 2012, acorde a constancia anexa. Así mismo no hay existencias suficientes de los elementos que figuran en las solicitudes, según certificación del Almacén Regional. Los Materiales de formación solicitados son importantes para las prácticas de los alumnos y garantizar el aprendizaje teórico práctico de los bloques modulares que conforma las especialidades de formación que se imparten en el Centro, en la especialidad de Refrigeración del Programa Jóvenes Rurales Emprendedores.
Por lo anterior, la Subdirectora del Centro de Comercio, Industria y Turismo del SENA Regional Córdoba, considera que la mejor forma y la más conveniente para satisfacer esta necesidad es celebrando un contrato de compraventa, inferior al 10% de la Menor Cuantía, Se seguirá lo establecido en el Manual de Contratación de conformidad con lo dispuesto en el Art. 94 de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 734 de 2012.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR:
2.1. Objeto: CONTRATAR A TITULO DE COMPRA VENTA LA COMPRA DE MATERIALES DE
FORMACIÓN PROFESIONAL PARA LOS CURSOS DE REFRIGERACIÓN DEL PROGRAMA JÓVENES RURALES EMPRENDEDORES DEL CENTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE CORDOBA.
2.2.- Obligaciones especificas:
a. PARA EL CONTRATISTA
1.- Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.
2.- Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA.
3.- Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta y la solicitud de cotización los cuales hacen parte vinculante del contrato.
4.- El contratista se compromete a entregar los productos, debidamente empacado, sellado y marcado, dentro de los dos (2) días siguientes a la solicitud de los mismos por parte del personal autorizado. 5.-. El contratista deberá estar en capacidad de entregar el 100% de los elementos que se encuentran en el punto 3 de este documento.
6.- Todos los productos y/o bienes que se requieran para la óptima prestación del servicio por parte del contratista, deberán estar vigentes y ser de primera calidad, libres de defectos, vencimientos e imperfecciones y cumplir con las especificaciones técnicas.
7.- El contratista deberá entregar los productos de la mejor calidad.
8.- Reemplazar los bienes, productos o elementos que resulten defectuosos o de mala calidad. Igualmente deberá restituir a su costa, sin que implique modificación al plazo de entrega, los bienes, productos o elementos defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Si el CONTRATISTA no restituye los bienes, productos o elementos defectuosos dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.
9.- Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.
10.- El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.
11.- Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar estar a paz y salvo actualizado cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
12.- El transporte, cargue, descargue y entrega de los bienes, productos o elementos requeridos por el SENA, serán asumidos por el CONTRATISTA.
13.- El riesgo y propiedad de los bienes, productos o elementos serán asumidos por parte del CONTRATISTA hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.
14.- El SENA podrá cambiar de acuerdo a sus necesidades las fechas, sitios, horario y frecuencia que haya establecido para las entregas y el proveedor se obliga al suministro de conformidad con dichos cambios. Previamente y con 24 horas de anticipación el SENA notificara por escrito o telefónicamente los cambios mencionados.
15.- Constituir a su costa las garantías de cumplimiento si así lo dispone el SENA.
16
.- Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual.1.- Disponer para la ejecución del contrato el presupuesto pertinente y aprobado para la compra de los elementos que hacen parte del presente proceso contractual.
2.- Designar la persona responsable para que ejerza el seguimiento y control del contrato quien certificara la buena ejecución del mismo como requisito para el pago.
3.- Pagar al contratista el valor y forma de pago acordado.
4.- Estudiar y aprobar la Garantía Única en caso de que sea necesaria. 5.- Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual.
6.- Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual y de los fines del mismo. 2.3.- Lugar de ejecución o sitio de entrega de los bienes: El SENA requerirá la entrega de los bienes objeto del contrato en el Almacén de la Regional Córdoba del Sena, entre calles 24 y 27 avenida Circunvalar.
2.4.- Forma de pago: El SENA realizará un único pago contra entrega una vez recibido la totalidad de los elementos a entera satisfacción de la entidad, previa certificación del supervisor del contrato y presentación de la factura con el cumplimiento de los requisitos de ley y debidamente soportada con la correspondiente certificación de pago de aportes a la Seguridad Social Integral y parafiscales de conformidad con la ley 789 de 2002. Según lo señalado en el Art. 19 de la Ley 1150 de 2007, EL SENA respetará el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. No obstante, si las facturas no han sido correctamente elaboradas o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación alguna por parte del SENA.
3.- CONDICIONES TECNICAS EXIGIDAS:
La adquisición se efectuará conforme a las cantidades y especificaciones detalladas y clasificadas a continuación:
ITEM DESCRIPCION ELEMENTO CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
1 REFRIGERACION R22 DE 30 LIB 4 UND.
2 REFRIGERANTE R 134 GRADO DE 30 LIB 3 UND.
3 UNIDAD HERMETICA REFRIGERACION 1/6 HP (119v) (LOV/MEDION PRESSURE 4 UND.
4 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 14 120 MTS
5 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 16 120 MTS
6 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 12 120 MTS
7 CONECTORES DE COBRE PLANOS HEMBRA PARA EQUIPOS ELECTROMECANICOS 120 UND.
8 CAPACITOR PERMANENTE DE 50 - 55 MUF 18 UND.
9 CAPACITOR PERMANENTE DE 60 MUF 18 UND.
10 CAPACITOR PERMANENTE DE 40 - 45 MUF 18 UND.
12 CAPACITOR PERMANENTE DE 20 - 25 MUF 12 UND.
13 CAPACITOR PERMANENTE DE ARRANQUE 10 MUF 56 UND.
14 CAPACITOR PERMANENTE 56 UND.
15 CAPACITOR DE ARRANQUE E DE 150 - 200 MUF 18 UND.
16 CAPACITOR DE ARRANQUE 250 MUF MUF 12 UND.
17 RELE PIC UNIVERSAL (CAFÉ) (REFRIGERACION) 18 UND.
18 RESISTENCIA PIC UNIVERSAL REFRIGERACION 18 UND.
19 TERMOSTATO PARA REFRIGERADOR DOMESTICO 18 UND.
20 TERMOSTATO PARA FUENTE DE AGUA DOMESTICO 18 UND.
21 INTERRUPTOR BIMETALICO DE NEVERA NO-FROST (GENERICO) 18 UND. 22 RESISTENCIA PARA DESCONGELACION DE NEVERA NO-FROST 18 UND.
23 TIMER UNIVERSAL PARA NEVERA NO-FROS 18 UND.
24 INTERRUPTOR ON- OF DE CODILLO 15 AMP 18 UND.
25 JUEGO DE MANOMETROS PARA REFRIGERACION ALTA Y BAJA PRESION CON MANGUERA 3 UND.
26 ROLLO DE CINTA AISLANTE 13 UND.
27 BALLETILLAS (PANOLA) 36 UND.
28 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 1/2 36 MTS
29 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 3/8 18 MTS
30 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 1/4 18 MTS
31 CAPILAR DER COBRE PARA AIRE ACONDICIONADO 18 MTS
32 CAPILAR DE COBRE PARA NEVERA 18 UND.
33 PIPETA DE BUTANO MAPP PARA SOLDADURA 12 KG.
34 SOLDADURA DE PLATA 12 LD
35 FUNDENTE UNIVERSAL 13 LD
36 FUNDENTE PARA SOLDADURA DE PLATA 18 LD
37 CEPILLO METALICO DE MADERA 18 UND.
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto disponible para desarrollar el objeto de la presente modalidad de selección es de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE. ($49.107.440), incluido el IVA. Según Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 20912 del 25 de Mayo de 2012.
La propuesta que supere el presupuesto disponible para contratar será rechazada.
4.1.- Plazo de ejecución del Contrato: El plazo de ejecución del Contrato será de Un (1) Mes contado a partir de la legalización del contrato.
5. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
El objeto que se pretende contratar corresponde a contratar a titulo de compra venta la compra de Materiales de Formación Profesional para los Cursos de Refrigeración del Programa Jóvenes Rurales Emprendedores del Centro de Comercio, Industria y Turismo de Cordoba, inferior al 10% de la Menor Cuantía, Se seguirá lo establecido en el Manual de Contratación de conformidad con lo dispuesto en el Art. 94 de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 734 de 2012.
6. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: Para establecer el valor del contrato a celebrar y/o valor estimado del proceso de selección se optó por lo siguiente:
El análisis de mercado se realizó a través de Precotizaciones solicitadas a proveedores de la ciudad de Montería, estableciendo expresamente que ni la formulación de la solicitud, ni la presentación de la cotización generan compromiso u obligación por parte del SENA, pues no corresponden a un procedimiento de selección. El estudio realizado arrojo los siguientes valores:
CUADRO COMPARATIVO DE ESTUDIO DE MERCADO PARA LA COMPRA DE MATERIALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA LOS CURSOS DE REFRIGERACIÓN DEL PROGRAMA JOVENES RURALES
PROVEEDOR TECNOLOGIADIESEL IGLU REFRIGERAR EAT
ITEM DESCRIPCION ELEMENTO CANT.
UNIDAD DE MEDIDA VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO VALOR TOTAL IVA INCLUIDO VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO VALOR TOTAL IVA INCLUIDO 1 REFRIGERACION R22 DE 30 LIB 4 UND. $ 440.800 $ 1.763.200 $ 417.600 $ 1.670.400 2 REFRIGERANTE R 134
GRADO DE 30 LIB 3 UND.
$ 649.600 $ 1.948.800 $ 626.400 $ 1.879.200 3 UNIDAD HERMETICA REFRIGERACION 1/6 HP (119v) (LOV/MEDION PRESSURE 4 UND. $ 452.400 $ 1.809.600 $ 440.800 $ 1.763.200 4 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 14 120 MTS $ 13.920 $ 1.670.400 $ 13.920 $ 1.670.400 5 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 16 120 MTS $ 9.280 $ 1.113.600 $ 9.280 $ 1.113.600 6 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 12 120 MTS $ 5.800 $ 696.000 $ 5.800 $ 696.000 7 CONECTORES DE
COBRE PLANOS HEMBRA PARA EQUIPOS ELECTROMECANICOS 120 UND. $ 3.480 $ 417.600 $ 3.480 $ 417.600 8 CAPACITOR PERMANENTE DE 50 - 55 MUF 18 UND. $ 116.000 $ 2.088.000 $ 104.400 $ 1.879.200 9 CAPACITOR
PERMANENTE DE 60 MUF 18 UND. $ 92.800 $ 1.670.400 $ 81.200 $ 1.461.600
10 CAPACITOR PERMANENTE DE 40 - 45 MUF 18 UND. $ 69.600 $ 1.252.800 $ 63.800 $ 1.148.400 11 CAPACITOR PERMANENTE DE 30 - 35 MUF 18 UND. $ 69.600 $ 1.252.800 $ 58.000 $ 1.044.000 12 CAPACITOR PERMANENTE DE 20 - 25 MUF 12 UND. $ 63.800 $ 765.600 $ 55.680 $ 668.160 13 CAPACITOR PERMANENTE DE
ARRANQUE 10 MUF 56 UND.
$ 46.400 $ 2.598.400 $ 40.600 $ 2.273.600 14 CAPACITOR PERMANENTE 56 UND. $ 20.880 $ 1.169.280 $ 20.880 $ 1.169.280
15 CAPACITOR DE ARRANQUE E DE 150 - 200 MUF 18 UND. $ 104.400 $ 1.879.200 $ 92.800 $ 1.670.400 16 CAPACITOR DE ARRANQUE 250 MUF MUF 12 UND. $ 104.400 $ 1.252.800 $ 92.800 $ 1.113.600 17
RELE PIC UNIVERSAL (CAFÉ) (REFRIGERACION) 18 UND. $ 63.800 $ 1.148.400 $ 58.000 $ 1.044.000 18 RESISTENCIA PIC UNIVERSAL REFRIGERACION 18 UND. $ 139.200 $ 2.505.600 $ 127.600 $ 2.296.800 19 TERMOSTATO PARA REFRIGERADOR DOMESTICO 18 UND. $ 139.200 $ 2.505.600 $ 127.600 $ 2.296.800 20 TERMOSTATO PARA FUENTE DE AGUA DOMESTICO 18 UND. $ 104.400 $ 1.879.200 $ 104.400 $ 1.879.200 21 INTERRUPTOR BIMETALICO DE NEVERA
NO-FROST (GENERICO) 18 UND.
$ 116.000 $ 2.088.000
$ 116.000 $ 2.088.000
22
RESISTENCIA PARA DESCONGELACION DE
NEVERA NO-FROST 18 UND.
$ 174.000 $ 3.132.000
$ 174.000 $ 3.132.000
23
TIMER UNIVERSAL PARA
NEVERA NO-FROS 18 UND.
$ 104.400 $ 1.879.200
$ 81.200 $ 1.461.600
24
INTERRUPTOR ON- OF
DE CODILLO 15 AMP 18 UND.
$ 92.800 $ 1.670.400 $ 92.800 $ 1.670.400 25 JUEGO DE MANOMETROS PARA REFRIGERACION ALTA Y BAJA PRESION CON
MANGUERA 3 UND. $ 464.000 $ 1.392.000 $ 348.000 $ 1.044.000 26 ROLLO DE CINTA AISLANTE 13 UND. $ 29.000 $ 377.000 $ 29.000 $ 377.000
27 BALLETILLAS (PANOLA) 36 UND. $ 7.540 $ 271.440 $ 7.540 $ 271.440
28 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 1/2 36 MTS $ 23.200 $ 835.200 $ 23.200 $ 835.200 29 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 3/8 18 MTS $ 22.040 $ 396.720 $ 22.040 $ 396.720 30 TUBERIA DE COBRE PARA REFRIGERACION 1/4 18 MTS $ 9.860 $ 177.480 $ 9.860 $ 177.480 31
CAPILAR DER COBRE PARA AIRE ACONDICIONADO 18 MTS $ 55.680 $ 1.002.240 $ 55.680 $ 1.002.240 32 CAPILAR DE COBRE
PARA NEVERA 18 UND.
$ 46.400 $ 835.200
$ 46.400 $ 835.200
33
PIPETA DE BUTANO
MAPP PARA SOLDADURA 12 KG.
$ 58.000 $ 696.000
34 SOLDADURA DE PLATA 12 LD $ 58.000 $ 696.000 $ 58.000 $ 696.000 35 FUNDENTE UNIVERSAL 13 LD $ 92.800 $ 1.206.400 $ 69.600 $ 904.800 36 FUNDENTE PARA SOLDADURA DE PLATA 18 LD $ 92.800 $ 1.670.400 $ 69.600 $ 1.252.800 37 CEPILLO METALICO DE MADERA 18 UND. $ 69.600 $ 1.252.800 $ 69.600 $ 1.252.800 SUBTOTALES $ 50.965.760 $ 47.249.120
RESUMEN CUADRO COMPARATIVO PARA LA COMPRA DE MATERIALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA LOS CURSOS DE REFRIGERACIÓN DEL PROGRAMA JOVENES RURALES
ITEM DESCRIPCION ELEMENTO CANT.
UNIDAD DE MEDIDA
VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO
VALOR TOTAL IVA INCLUIDO
1 REFRIGERACION R22 DE 30 LIB 4 UND. $ 429.200 $ 1.716.800
2 REFRIGERANTE R 134 GRADO DE 30 LIB 3 UND. $ 638.000 $ 1.914.000
3 UNIDAD HERMETICA REFRIGERACION
1/6 HP (119v) (LOV/MEDION PRESSURE 4 UND. $ 446.600 $ 1.786.400
4 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 14 120 MTS $ 13.920 $ 1.670.400
5 CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 16 120 MTS $ 9.280 $ 1.113.600
6
CABLE ELECTRICO VEHICULAR NO. 12 120 MTS $ 5.800 $ 696.000
7
CONECTORES DE COBRE PLANOS HEMBRA PARA EQUIPOS
ELECTROMECANICOS 120 UND. $ 3.480 $ 417.600
8 CAPACITOR PERMANENTE DE 50 - 55
MUF 18 UND. $ 110.200 $ 1.983.600
9
CAPACITOR PERMANENTE DE 60 MUF 18 UND. $ 87.000 $ 1.566.000
10 CAPACITOR PERMANENTE DE 40 - 45 MUF 18 UND. $ 66.700 $ 1.200.600 11 CAPACITOR PERMANENTE DE 30 - 35 MUF 18 UND. $ 63.800 $ 1.148.400 12 CAPACITOR PERMANENTE DE 20 - 25 MUF 12 UND. $ 59.740 $ 716.880 13 CAPACITOR PERMANENTE DE
ARRANQUE 10 MUF 56 UND. $ 43.500 $ 2.436.000
14 CAPACITOR PERMANENTE 56 UND. $ 20.880 $ 1.169.280
15
CAPACITOR DE ARRANQUE E DE 150 -
200 MUF 18 UND. $ 98.600 $ 1.774.800
16
CAPACITOR DE ARRANQUE 250 MUF
MUF 12 UND. $ 98.600 $ 1.183.200
17
RELE PIC UNIVERSAL (CAFÉ)
(REFRIGERACION) 18 UND. $ 60.900 $ 1.096.200
18
RESISTENCIA PIC UNIVERSAL
REFRIGERACION 18 UND. $ 133.400 $ 2.401.200
19
TERMOSTATO PARA REFRIGERADOR
DOMESTICO 18 UND. $ 133.400 $ 2.401.200
20
TERMOSTATO PARA FUENTE DE AGUA
DOMESTICO 18 UND. $ 104.400 $ 1.879.200
21
INTERRUPTOR BIMETALICO DE NEVERA
22
RESISTENCIA PARA DESCONGELACION
DE NEVERA NO-FROST 18 UND. $ 174.000 $ 3.132.000
23
TIMER UNIVERSAL PARA NEVERA
NO-FROS 18 UND. $ 92.800 $ 1.670.400
24
INTERRUPTOR ON- OF DE CODILLO 15
AMP 18 UND. $ 92.800 $ 1.670.400
25
JUEGO DE MANOMETROS PARA
REFRIGERACION ALTA Y BAJA PRESION
CON MANGUERA 3 UND. $ 406.000 $ 1.218.000
26 ROLLO DE CINTA AISLANTE 13 UND. $ 29.000 $ 377.000
27 BALLETILLAS (PANOLA) 36 UND. $ 7.540 $ 271.440
28
TUBERIA DE COBRE PARA
REFRIGERACION 1/2 36 MTS $ 23.200 $ 835.200
29
TUBERIA DE COBRE PARA
REFRIGERACION 3/8 18 MTS $ 22.040 $ 396.720
30
TUBERIA DE COBRE PARA
REFRIGERACION 1/4 18 MTS $ 9.860 $ 177.480
31
CAPILAR DER COBRE PARA AIRE
ACONDICIONADO 18 MTS $ 55.680 $ 1.002.240
32 CAPILAR DE COBRE PARA NEVERA 18 UND. $ 46.400 $ 835.200
33
PIPETA DE BUTANO MAPP PARA
SOLDADURA 12 KG. $ 58.000 $ 696.000
34 SOLDADURA DE PLATA 12 LD $ 58.000 $ 696.000
35 FUNDENTE UNIVERSAL 13 LD $ 81.200 $ 1.055.600
36 FUNDENTE PARA SOLDADURA DE PLATA 18 LD $ 81.200 $ 1.461.600
37 CEPILLO METALICO DE MADERA 18 UND. $ 69.600 $ 1.252.800
TOTAL $ 49.107.440
El presupuesto disponible para desarrollar el objeto de la presente modalidad de selección es de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE. ($49.107.440), incluido el IVA. Según Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 20912 del 25 de Mayo de 2012.
6.1. Aspectos que se debe tener en cuenta para la Fijación de Precios de la propuesta:
El PROPONENTE deberá presentar su oferta por el sistema de precios unitarios, conforme al cual en dicho precio se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos que se generan por la contratación. El valor del contrato será la suma de los productos que resulten de multiplicar el precio unitario por la totalidad de los bienes contratados por el SENA. Bajo este sistema de precios, el VENDEDOR es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos.
El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad o a las regulaciones que para tal efecto expida el Gobierno Nacional y estén debidamente acreditados.
El SENA efectuará al VENDEDOR las retenciones que, en materia de impuestos tenga establecida la Ley.
Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho el VENDEDOR deberán ser tramitadas por éste ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del SENA o costo para ella.
Con relación al IVA, el PROPONENTE deberá discriminar en la cotización este impuesto, en los ítems en los que se causa. En caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el CONTRATISTA deberá asumir el costo del impuesto.
7. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE PARA LA ENTIDAD:
La oferta más favorable para la entidad, (Los factores de la selección de la oferta son teniendo en cuenta precios y que se cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en el presente documento, dadas las necesidades de la compra que se requiere), será la que presente el menor precio. Sólo serán revisados los requisitos habilitantes del oferente que haya presentado el precio más bajo. En caso de que este proponente no cumpla con los requisitos habilitantes o no subsane en la oportunidad señalada, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente.
8.ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTIAS
Como requisito previo a la ejecución del contrato, y dentro del término señalado en la presente Invitación, el CONTRATISTA deberá constituir a su costa y a favor del SENA, una garantía de cumplimiento, en los términos señalados en el artículo 5.1.3 del Decreto 734 de 2012 para amparar el cumplimiento de las obligaciones surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos:
De cumplimiento: El cumplimiento general del contrato, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del mismo, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. Al monto de esta garantía se imputará el valor de las multas y la cláusula penal, y se repondrá si por este motivo se disminuyere o agotare.
De Calidad de los Elementos: Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato, cuatro (4) meses más, para garantizar la calidad de los elementos para el caso de suministro.
En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Titulo V del Decreto 734 de Abril 13 de 2012. Plazo de otorgamiento de la garantía: tres (3) días hábiles siguientes al registro presupuestal del contrato. En caso de prórroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de las garantías. EL CONTRATISTA se compromete a modificar las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la firma del acta.
9. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD:
El contratista mantendrá indemne al SENA contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, durante la ejecución del objeto y de las obligaciones del Contrato.
En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra el SENA por asuntos que según el Contrato sean de responsabilidad del contratista, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne al SENA y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto.
El SENA, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista a su vez reconocerá los costos que éstos le ocasionen al SENA, sin que la responsabilidad del contratista se atenúe por este reconocimiento, ni por el hecho que el SENA en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contra tales reclamos, demandas o acciones legales.
Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista no asume debida y oportunamente la defensa del SENA éste podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista, quien pagará todos los gastos en que la entidad incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, el SENA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista, por razón de los servicios motivo del Contrato o a utilizar cualquier otro medio legal.
10. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato estará a cargo de un funcionario designado por la Subdirectora del Centro de Comercio, Industria y Turismo de Córdoba, quien la ejercerá de conformidad a lo establecido en la Resolución 965 de 2012.
11. PLAN DE COMPRAS: Los elementos que hacen parte del presente proceso de selección se encuentran contemplados en el plan de compras vigencia 2012.
Dada en Montería el 05 de Junio de 2012.
Original firmado por: CLARA HELENA GENES BITAR
Subdirectora del centro de Comercio, Industria y Turismo de Córdoba Elaboro: YVergara