• No se han encontrado resultados

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES"

Copied!
196
0
0

Texto completo

(1)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS

DELEGACIONES ESTATALES

(2)

Con fundamento a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Orgánica

de la Administración Pública Federal; 14 y 17 fracción III del

Reglamento Interior de este Organo Administrativo Desconcentrado,

he tenido a bien expedir el:

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS

DELEGACIONES

LIC. CARLOS ROJAS VERTIZ MALDONADO

(3)

INDICE

PAGINA

I. CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL SECTOR

AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA 5

II. PRESENTACION 7

III. MARCO LEGAL 9

IV. OBJETIVO GENERAL 15

V. PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO, POLITICAS Y

DIAGRAMAS DE FLUJO 17

1. EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES. (CERTIFICADO

ISO:9001-2000) 18

2. SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL.

(CERTIFICADO ISO:9001-2000) 27

3. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE

EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

36

4. SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O

COMUNERO. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 43

5. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR

SUCESION. (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

51

6. SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y DE

VIGENCIA DE DERECHOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 60

7. PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y

TITULACION DE SOLARES URBANOS, CON ALCANCE A LA EXPEDICION DE TITULOS Y CERTIFICADOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

68

8. SOLICITUD DE EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS DE

DOCUMENTOS AGRARIOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 77

9. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA

ELECCION, O REMOCION Y REORGANIZACION DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACION Y VIGILANCIA DEL EJIDO O DE LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

(4)

10. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL REGLAMENTO INTERNO DEL EJIDO O EL ESTATUTO COMUNAL DE LA COMUNIDAD Y SUS MODIFICACIONES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

91

11. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LOS

DIVERSOS ACUERDOS DEL EJIDO O LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

99

12. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL

RECONOCIMIENTO DE AVECINDADOS. (EJIDO Y COMUNIDAD). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

107

13. SOLICITUD DE EXPEDICION DE TITULOS DE PROPIEDAD DERIVADOS

DE LA ADOPCION DE DOMINIO PLENO SOBRE PARCELAS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

113

14. SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ASIENTOS REGISTRALES.

(CERTIFICADO ISO:9001-2000) 121

15. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA

DELIMITACION, DESTINO Y ASIGNACION DE LAS TIERRAS EJIDALES COMUNALES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

130

16. SOLICITUD DE REPOSICION DE CERTIFICADOS PARCELARIOS DE

DERECHOS SOBRE TIERRAS DE USO COMUN Y TITULOS DE PROPIEDAD DE ORIGEN PARCELARIO Y DE SOLAR URBANO. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

140

17. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE DIVERSOS CONTRATOS CELEBRADOS

POR EJIDATARIOS O COMUNEROS, (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 148

18. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE ENAJENACION DE DERECHOS, SOBRE

TIERRAS DE USO COMUN. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 155

19. INSCRIPCION DE RESOLUCIONES JUDICIALES ADMINISTRATIVAS Y

SENTENCIAS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 163

20. CONSULTA DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO AGRARIO EN

DELEGACIONES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 169

21. COMITE DE EVALUACION OPERATIVA. 175

22. APLICACION DE ENCUESTAS DE SATISFACCION DEL USUARIO. 181

23. DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS. 187

(5)

CODIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL

SECTOR AGRARIO, MISION, VISION Y POLITICA

(6)

Código de Conducta de los Servidores Públicos del Sector Agrario.

Los Servidores Públicos del Registro Agrario Nacional, han asumido una posición Etica, para abatir, prevenir y erradicar los niveles de corrupción, ante el entorno que los rodea, reafirmando la convicción de servicio a la comunidad agraria, logrando con esto presentar una nueva imagen de lo que es la Administración Pública Federal, para recuperar la confianza y credibilidad del ciudadano, inspirados en la Misión, Visión y Política de éste Órgano Desconcentrado:

Misión

Llevar el control de la tenencia de la tierra y de los derechos constituidos respecto a la propiedad rústica y de las figuras asociativas, a través de la función registral y de su publicidad; resguardo documental, asistencia técnica y catastral, para garantizar la seguridad jurídica y el carácter público de la información, en beneficio de los sujetos de derecho agrario y demás solicitantes de los servicios

Visión

Ser una institución altamente confiable y eficiente en el otorgamiento de la certeza jurídica a los sujetos de derecho agrario, que apoye los procesos económicos y organizativos en el medio rural.

Política

Los servicios regístrales de asistencia técnica, catastrales, resguardo documental y de publicidad, a cargo del Registro Agrario Nacional, se proporcionan de conformidad a la normatividad aplicable, de manera eficaz, oportuna, expedita, transparente y por personal competente y comprometido.

(7)
(8)

PRESENTACION

El Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales ha sido elaborado, por la Dirección General de Delegaciones en coordinación con las Direcciones Generales del RAN., con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 18 fracción VI del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional, así mismo para hacer más eficientes las actividades que realizan las Delegaciones Estatales.

El presente Manual de Procedimientos tiene como propósito fundamental, servir como un instrumento de apoyo jurídico-administrativo para las Unidades Administrativas de Oficinas Centrales y Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, al ofrecer en forma sistemática los pasos a seguir, las instancias que participan y el marco legal que fundamenta su actuación, para el desarrollo adecuado de las actividades propias de las atribuciones de las Delegaciones Estatales, tomando en cuenta los procedimientos que ya han sido certificados bajo la norma ISO-9000, con la cual se brinda mayor transparencia, eficiencia y confiabilidad, en el servicio o trámite que se atiende, así como el proceso interno que materializa el servicio o trámite de que se trate, además de estar equiparados con los servicios o trámites registrados ante COFEMER.

Es importante mencionar que en este documento, se tiene especial cuidado en la instrumentación de las normas que son aplicables a cada uno de los procedimientos los cuales se encuentran certificados y se toman en consideración las acciones de Simplificación Administrativa.

Como todo proceso dinámico, los procedimientos que son materia de este manual son revisados y actualizados permanentemente para incorporar al mismo las modificaciones que puedan registrarse en el marco normativo aplicable.

Dichos procedimientos son de observancia obligatoria en las Unidades Administrativas del Registro Agrario Nacional y tienen por objeto establecer las políticas de carácter general que deberán seguirse en las Delegaciones Estatales, siendo sus titulares los responsables de su difusión y estricto cumplimiento.

(9)
(10)

MARCO LEGAL

CONSTITUCION

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

LEYES

Ley Federal del Reforma Agraria

“En términos de su articulo Tercero Transitorio sigue aplicándose respecto de los asuntos que encuentran en trámite en materia de ampliación o dotación de tierras, bosques y aguas, creación de nuevos centros de población, restitución, reconocimiento y titulación de bienes comunales”. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Ley de Fomento Agropecuario

Aplicable en los términos de lo dispuesto en el articulo Sexto Transitorio de la Ley Agraria, que la deroga, a excepción de las disposiciones que rigen el Fideicomiso de Riesgo Compartido (F.I.R.C.O.).

Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente Ley Agraria

Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios Ley de Aguas Nacionales

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Ley General de Asentamientos Humanos

Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

REGLAMENTOS

Decreto que abroga diversas disposiciones aplicables en materia federal y para el Distrito Federal.

(11)

Aplicable en términos de lo dispuesto en el articulo Sexto Transitorio de la Ley Agraria, que derogo la Ley de Fomento Agropecuario a excepción de las disposiciones que rigen el fideicomiso de Riesgo Compartido (F.I.R.C.O.)

Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos

Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales

Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria

Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria

Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional

Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Reglamento de la Ley Agraria para fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal

DECRETOS

Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, como Organismo Público Descentralizado de carácter técnico y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, ampliando sus atribuciones y redefiniendo sus objetivos.

Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargode los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.

Decreto que regula el Programa de Apoyo directos al Campo denominado PROCAMPO

(12)

ACUERDOS

Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.

Acuerdo que establece los distritos para la impartición de la Justicia Agraria, fija el número y la competencia territorial de los tribunales unitarios

Acuerdo por el que se establecen Reglas Generales sobre el ISR de los Trabajadores sujetos a las leyes del Seguro Social y del INFONAVIT.

Acuerdo por el que se crea la Comisión Nacional de Desarrollo Integral y Justicia Social para los Pueblos Indígenas

Acuerdo por el que se establecen Reglas Generales sobre el ISR de los Trabajadores sujetos a las leyes del Seguro Social y del INFONAVIT.

Acuerdo mediante el cual se crea el Comité Sectorial de Información Agraria Acuerdo por el que se constituye el Consejo Nacional Consultivo del Sector Agrario Acuerdo de adscripción de las Unidades Administrativas de la Procuraduría Agraria

Acuerdo de adscripción de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria

Acuerdo por el que se modifica la estructura orgánica de las representaciones regionales, especiales y estatales de la Secretaria de la Reforma Agraria, las que se adscriben a la Oficialia Mayor.

Acuerdo por el que se delegan en los Titulares de las Representaciones Regionales, especiales y estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en las oficinas de dichas representaciones

Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en las Unidades de Asuntos Jurídicos de las representaciones regionales y especiales de la Secretaría de la Reforma Agraria

Acuerdo por el que se delegan facultades a las representaciones regionales y especiales y al Director General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria.

Acuerdo que establece los lineamientos generales para la aplicación del Programa de Ahorro de Energía en inmuebles de la Administración Pública Federal.

Acuerdo que autoriza la emisión de títulos de propiedad sobre terrenos nacionales con firmas digitalizadas del Secretario de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural.

(13)

CIRCULARES Y OFICIOS

Circular que contiene las normas que deberán ser observadas por Delegaciones y Núcleos agrarios para el aprovechamiento de recursos no renovables, determinar el fondo común, sus depósitos y manejos.

Normas para la Administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Publica Federal.

Oficio-circular No.001 de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria mediante el cual da a conocer los lineamientos y normas que regulan el Ejercicio de las asignaciones autorizadas. Oficio-circular por el que se dan a conocer los lineamientos por los que se establece un mecanismo de información con base en indicadores de gestión conforme a los cuales las representaciones, delegaciones, y oficinas con que cuentan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República en el exterior, deberán reportar sus erogaciones, actividades y el cumplimiento de los programas a su cargo.

Acuerdo que tiene por objeto fijar los montos máximos de rentas que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades de la Administración Pública Federal podrán pactar, durante el ejercicio

fiscal 2007 en los contratos de arrendamiento que celebren en su carácter de arrendatarias para

continuar con la ocupación de inmuebles arrendados, así como establecer los parámetros y condiciones para la contratación de nuevos arrendamientos.

DOCUMENTOS NORMATIVOS ADMINISTRATIVOS

Normas técnicas para la delimitación de las tierras al interior del ejido.

Normas técnicas para la localización, deslinde y fraccionamiento de las zonas de urbanización de ejidos y comunidades, de su ampliación y de sus reservas de crecimiento.

Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar

Manual de Organización General de la Procuraduría Agraria.

Manual de Organización General de la Secretaría de la Reforma Agraria. Manual de Organización General del Registro Agrario Nacional

(14)

OTRAS DISPOSICIONES

Condicionas Generales de Trabajo de la Secretaría de la Reforma Agraria. Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural.

Aviso mediante el cual se da a conocer a los interesados que la documentación original para el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal que obraba en la Secretaría de la Reforma Agraria podrá ser consultada en el Registro Agrario Nacional.

(15)
(16)

OBJETIVO GENERAL

El presente Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, tiene por objeto establecer políticas de carácter general y específico que deberán observarse en relación con el proceso jurídico aplicable en la materia, además de servir como una herramienta de apoyo administrativo a los funcionarios y empleados involucrados en las funciones conferidas en el Manual de Organización, sujetos a este proceso, tanto en Oficinas Centrales como en las Delegaciones Estatales.

(17)

PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO,

POLITICAS Y DIAGRAMAS DE FLUJO

(18)

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES

(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

(19)

OBJETIVO

“Establecer por el Director en Jefe las políticas para llevar a cabo el proceso de Evaluación Mensual Programática de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, correspondiendo a la Dirección General de Delegaciones, coordinar, supervisar y evaluar su cumplimiento, a través de la Dirección de Evaluación Operativa”

(20)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar lo establecido en los artículos 3°, 18 y 24 fracción V del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.

(21)

POLITICAS

a) La Dirección General de Delegaciones a través de la Dirección de Evaluación Operativa será la responsable de vigilar y aplicar las políticas y funciones del Modelo de Evaluación Mensual a las Delegaciones, así como liberar la evaluación.

b) Las Delegaciones Estatales serán las encargadas de enviar y proveer la información de la evaluación a la Dirección General de Delegaciones.

c) Las Delegaciones Estatales tienen el 2º lunes de cada mes para requisitar los formatos electrónicos ubicados en la Dirección General de Delegaciones,

http://delegaciones.ran.gob.mx, conforme a las políticas establecidos.

d) La Dirección General de Delegaciones será la encargada de dar a conocer los resultados de la evaluación, al Director en Jefe, a los Directores Generales y a las Delegaciones Estatales, indicando la ruta de localización en Intranet de los resultados de la evaluación.

e) El Director en Jefe y el Director General de Delegaciones serán los encargados de extender mensualmente un reconocimiento a los primeros 5 lugares y de igual forma exhortar a los 5 últimos lugares a mejorar.

f) Las Delegaciones Estatales serán responsables de integrar el Comité de Evaluación Operativa que será el eje para el procedimiento de evaluación.

(22)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (Certificado ISO: 9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Delegaciones Estatales 1 Requisita el 2° lunes de cada mes los formatos electrónicos

ubicados en la página de la Dirección General de Delegaciones, conforme a los lineamientos establecidos en el Modelo de Evaluación del ejercicio correspondiente.

Subdirección de Programación y Evaluación

2 Recaba de las Direcciones Generales los avances del POA y los

entrega a la Dirección General de Delegaciones para que sea turnada a la Dirección de Evaluación Operativa.

Departamento de Seguimiento y Evaluación

3 Obtiene los datos del Sistema de Control de Gestión (SICOGE) y

elabora el reporte de acuerdo al Modelo de Evaluación y lo deposita en la ruta de red correspondiente.

Dirección General de Delegaciones

4 Obtiene la información de los Programas Especiales, genera

reportes de acuerdo al Modelo de Evaluación y los deposita en la ruta de red correspondiente.

Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Operación

5 Integra los reportes en el formato de evaluación, procesa la

información, genera el Reporte de Evaluación y lo envía a la Dirección de Evaluación Operativa.

Dirección de Evaluación Operativa

6 Revisa el Reporte de Evaluación.

¿Existen observaciones?

7 Si - Regresa reporte a la Subdirección de Seguimiento y

Evaluación de Proyectos de Operación (ver actividad No.5).

8 No – Autoriza o libera la evaluación mediante su firma y envía a

la Dirección General de Delegaciones para su Vo.Bo. Director General de

Delegaciones

9 Firma con su Vo.Bo. una vez que la Evaluación cumple

satisfactoriamente, y devuelve a la Dirección de Evaluación Operativa, con observaciones y recomendaciones para la Delegaciones.

(23)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (Certificado ISO: 9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Dirección de Evaluación

Operativa 10 Coloca dicha evaluación en la ruta de red correspondiente, así

como las observaciones y recomendaciones del Director General de Delegaciones.

Dirección General de Delegaciones

11 Difunde, mediante oficio, a las Delegaciones la ruta en donde se

localizan los resultados de la evaluación.

12 Notifica los resultados de la evaluación al Director en Jefe y a los

Directores Generales Director en Jefe y Director

General de Delegaciones

13 Extienden mensualmente en conjunto un reconocimiento a los

primeros 5 lugares y de igual forma exhorta a los 5 últimos lugares a mejorar.

Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyecto de Operación.

14 Realiza seguimiento a las observaciones y recomendaciones de

su competencia, apoyados en el Programa de Supervisión.

(24)

DIAGRAMA DE FLUJO

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

DELEGACIONES ESTATALES SUBDIRECCION DE PROGRAMACIÓN Y EVALUACION DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES A 1 2 RECABA DE LAS DIRECCIONES GENERALES LOS AVANCES DEL POA Y LOS ENTREGA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA QUE SEA TURNADA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA

REQUISITA EL 2° LUNES DE CADA MES LOS FORMATOS ELECTRONICOS UBICADOS EN LA PAGINA DE LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE EVALUACION DEL EJERCICIO CORRESPONDIENTE.

OBTIENE LOS DATOS DEL SISTEMA DE CONTROL DE GESTION (SICOGE) Y ELABORA EL REPORTE DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LO DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE 4 3 OBTIENE LA INFORMACION DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES, GENERA REPORTES DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LOS DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE. INICIO

(25)

DIAGRAMA DE FLUJO

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES

A

5 6 REVISA EL REPORTE DE EVALUACION

INTEGRA LOS REPORTES EN EL FORMATO DE EVALUACION, PROCESA LA INFORMACION, GENERA EL REPORTE DE EVALUACION Y LO ENVIA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. 9 7 ¿EXISTEN OBSERVACIONES? SI NO REGRESA REPORTE A LA SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION AUTORIZA O LIBERA LA EVALUACION MEDIASNTE SU FIRMA Y ENVIA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA SU Vo.Bo. 8

FIRMA CON SU VO. BO UNA VEZ QUE LA EVALUACION CUMPLE SATISFACTORIAMENTE Y DEVUELVE A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA, CON OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES PARA LAS DELEGACIONES.

(26)

DIAGRAMA DE FLUJO

EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA

DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES

DIRECTOR EN JEFE Y DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES

SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE

OPERACION

10 COLOCA DICHA EVALUACION EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE, ASI COMO LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES. DIFUNDE, MEDIANTE OFICIO, A LAS DELEGACIONES LA RUTA EN DONDE SE LOCALIZAN LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION. 11 13 14 FIN 12 NOTIFICA LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION AL DIRECTOR EN JEFE Y A LOS DIRECTORES GENERALES REALIZA SEGUIMIENTO A LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DE SU COMPETENCIA, APOYADOS EN EL PROGRAMA DE SUPERVISION. EXTIENDE MENSUALMENTE EN CONJUNTO UN RECONOCIMIENTO A LOS PRIMEROS 5 LUGARES Y DE IGUAL FORMA EXHORTA A LOS 5 ULTIMOS LUGARES A MEJORAR.

(27)

SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A

USUARIOS RANTEL

(28)

OBJETIVO

Corresponde al Director en Jefe establecer las políticas para la administración de la línea telefónica RANTEL, que el Registro Agrario Nacional pone a disposición de la ciudadanía para atender, informar y orientar a los usuarios, desde cualquier parte de la República Mexicana, sobre los servicios que ofrece.

(29)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar lo dispuesto por los artículos 6° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 148 y 151 de la Ley Agraria en Vigor; y los Artículos 5° y 97 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional.

(30)

POLITICAS

La Dirección General de Delegaciones será la responsable de elaborar y aplicar el presente procedimiento para informar y orientar al usuario respecto de los servicios que presta el RAN y en la información particular que este requiera se asignara el personal de apoyo necesario para esa Dirección.

a) La Dirección de Evaluación Operativa será la encargada de que la información proporcionada por el usuario vía telefónica sea capturada en el Sistema de RANTEL.

b) Proporcionar la información requerida al usuario y posteriormente registra el seguimiento o actuación.

c) Elaborar el “reporte Mensual RANTEL”, por Delegación y por tipo de llamada a más tardar el día 5 del mes siguiente; así como el “Reporte de Estándares de Servicio”.

(31)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO PARA EL SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Usuario 1 Llama al 01-800-800-726-835, solicitando información sobre los

servicios que ofrece el Registro Agrario Nacional o información sobre un trámite en particular.

Dirección General de Delegaciones

2 Atiende y registra la llamada.

3 Orienta si el usuario solicita información sobre los servicios que

ofrece el Registro Agrario Nacional y registra en la pantalla RANTEL PRINCIPAL.

4 Solicita los datos de identificación del servicio si el usuario

requiere información sobre un trámite en particular, para conocer el status del trámite que requiere.

Usuario 5 Proporciona los datos de identificación del trámite del cual desea

información Dirección General de

Delegaciones

6 Captura los datos en la pantalla RANTEL PRINCIPAL para

conocer el status del trámite e indica al usuario que vuelva a llamar más tarde, mientras se realiza la investigación, este tiempo depende de la información solicitada.

7 Llama a la Delegación Estatal al Jefe de Área de Atención al

Público o al área responsable de los trámites dependientes de la Subdelegación Técnica y solicita el status requerido por el usuario.

Subdelegación Técnica 8 Investiga sobre el status solicitado e informa a la Dirección

General de Delegaciones. Dirección General de

Delegaciones

9 Recibe la información solicitada y registra en el Sistema de

Almacenamiento de Datos y Seguimiento, la información está disponible para cuando el usuarios vuelva a llamar.

(32)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO PROCEDIMIENTO

SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Dirección General de Delegaciones

11 Proporciona la información requerida al usuario y posteriormente

registra el seguimiento o actuación. Dirección General de

Delegaciones

12 Elabora el Reporte mensual por Delegación y por tipo de

llamada, al finalizar cada mes (a más tardar el día 5, del mes siguiente) y lo entrega a la Dirección de Evaluación Operativa.

13 Elabora, mensualmente, el “Reporte de Estándares de Servicio”

para evaluar el desempeño del proceso.

(33)

DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

USUARIO DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES

A

1

2

ATIENDE Y REGISTRA LA LLAMADA. LLAMA AL 01-800-800-726-835,

SOLICITANDO INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL O INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR.

ORIENTA SI EL USUARIO SOLICITA INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, Y REGISTRA EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL.

SOLICITA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL SERVICIO SI EL USUARIO REQUIERE INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE QUE REQUIERE.

3

4

INICIO

5

PROPORCIONA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL TRAMITE DEL CUAL DESEA INFORMACION

(34)

DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES SUBDELEGACION TECNICA USUARIO

B

6 CAPTURA LOS DATOS EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE E INDICA AL USUARIO QUE VUELVA A LLAMAR MAS TARDE, MIENTRAS SE REALIZA LA INVESTIGACION, ESTE TIEMPO DEPENDE DE LA INFORMACION SOLICITADA.

LLAMA A LA DELEGACION ESTATAL AL JEFE DE AREA DE ATENCION AL PUBLICO O AL AREA RESPONSABLE DE LOS TRAMITES DEPENDIENTES DE LA SUBDELEGACION TECNICA Y SOLICITA EL STATUS REQUERIDO POR EL USUARIO. 7 A 8 RECIBE LA INFORMACION SOLICITADA Y REGISTRA EN EL SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE DATOS Y SEGUIMIENTO, LA INFORMACION ESTA DISPONIBLE PARA CUANDO EL USUARIOS VUELVA A LLAMAR.

LLAMA PARA CONOCER LA RESPUESTA A SU PETICION DE TRAMITE

9

10 INVESTIGA SOBRE EL STATUS

SOLICITADO E INFORMA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES.

(35)

DIAGRAMA DE FLUJO SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES

11

ELABORA EL REPORTE MENSUAL POR DELEGACION Y POR TIPO DE LLAMADA, AL FINALIZAR CADA MES (A MAS TARDAR EL DIA 5, DEL MES SIGUIENTE), Y LO ENTREGA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. PROPORCIONA LA INFORMACION REQUERIDA AL USUARIO Y POSTERIORMENTE REGISTRA EL SEGUIMIENTO O ACTUACION. B 12 FIN ELABORA, MENSUALMENTE, EL “REPORTE DE ESTANDARES DE SERVICIO” ASI MISMO PARA EVALUAR EL DESEMPEÑO DEL PROCESO

(36)

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE

SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO

(DEPOSITO DE LISTA)

(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

(37)

OBJETIVO

Resguardar e inscribir el documento a través del cual el ejidatario o comunero en un acto personalísimo y en entera libertad designa a quien debe sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad agraria.

(38)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar lo establecido en los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la federación el 26/02/1992; y los artículos 25 fracción V, 84, 85 y 88 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.

(39)

POLITICAS

La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de derechos, Certificado de Derechos Agrarios y/o Certificados Parcelarios, Resolución Judicial o Administrativa y/o Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Registro Agrario Nacional, con el que acredite los derechos como ejidatario o comunero e identificación oficial. b) Cuando la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al

usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.

c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la Calificación Registral, en sentido positivo o negativo en cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.

d) Será facultad del Ejidatario o Comunero designar a la persona que deba sucederle en sus derechos agrarios y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario.

e) La Lista de Sucesión se podrá elaborar ante el registrador, quien verificará la autenticidad de la firma y la huella digital del ejidatario.

(40)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000).

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de

atención al público Subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna No. Folio y No. de

solicitud

y turna al registrador.

Subdelegación de Registro 3 Recibe y el registrador revisa la vigencia de los derechos del

ejidatario en el SDI, en el SIRAN o el padrón de ejidatarios ¿Existe Vigencia de Derechos?

4 No - Elabora oficio de negación, se le hace del conocimiento al

usuario que no tiene derechos vigentes y se procede a la devolución de la documentación al usuario. (pasa a la actividad No.8)

5 Si - Registra en el SIRAN asignando No. de sobre, el registrador

se entrevista con el usuario para formalizar el deposito de lista de sucesión recabando firma y huella del ejidatario y firma del registrador, se cierra el sobre en presencia del ejidatario, se firma el sobre por el ejidatario con su huella, firma del registrador fecha y hora de recepción y se emite constancia de sucesión, revisa y firma el registrador.

¿Existe alguna inconsistencia?

6 Si - Registrar en el RC-8.0-CIC-17 “ Registro de Producto No

Conforme” (regresa a la Actividad No. 5).

7 No - Entrega al usuario y el sobre se guarda en la bóveda de la

Delegación.

Usuario 8 Recibe oficio de negación o constancia de sucesión

(41)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO

SOLICITUD EN ORIGINAL INICIO SICOGE, SIRAN RECIBE Y EL REGISTRADOR REVISA LA VIGENCIA DE LOS DERECHOS DEL EJIDATARIO EN EL SDI, EN EL SIRAN O EL PADRON DE EJIDATARIOS SDI, SIRAN OFICIO DE NEGACION ELABORA OFICIO DE NEGACION, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO, AL USUARIO QUE NO TIENE DERECHOS VIGENTES Y SE PROCEDE A LA DEVOLUCION DE LA DOCUMENTACION AL USUARIO. 1 RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No. FOLIO Y No. DE SOLICITUD Y TURNA AL REGISTRADOR. LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO SUBDELEGACION TECNICA ¿EXISTE VIGENCIA DE DERECHOS? A SI NO

1

2

3

4

(42)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCEOSRES POR EJIDATARIO/COMUNERO

(DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO

A

CONSTANCIA DEPOSITO DE LISTA SIRAN ¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA? REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME ENTREGA AL USUARIO Y EL SOBRE SE GUARDA EN LA BOVEDA DE LA DELEGACION NO SI 1

5

6

7

8

FIN REGISTRA EN EL SIRAN

ASIGNANDO No. DE SOBRE, EL REGISTRADOR SE ENTREVISTA CON EL USUARIO PARA FORMALIZAR EL DEPOSITO DE LISTA DE SUCESION RECABANDO FIRMA Y HUELLA DEL EJIDATARIO Y FIRMA DEL REGISTRADOR, SE CIERRA EL SOBRE EN PRESENCIA DEL EJIDATARIO, SE FIRMA EL SOBRE POR EL EJIDATARIO CON SU HUELLA, FIRMA DEL REGISTRADOR Y SE EMITE CONSTANCIA DE SUCESION, REVISA Y FIRMA EL REGISTRADOR

BOVEDA

RECIBE OFICIO DE NEGACION O CONSTANCIA DE SUCESION

(43)

SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE

EJIDATARIO O COMUNERO

(44)

OBJETIVO

Otorgar certeza jurídica a petición de quien acredite tener interés jurídico y demás que hubiere tenido el ejidatario o comunero fallecido, y ante la presencia de por lo menos dos testigos, el Registro Agrario Nacional proceda a la apertura del sobre y expida la constancia que proceda para acreditar los derechos del sucesor.

(45)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y Artículos 86 y 87 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.

(46)

POLITICAS

La Dirección General de Delegaciones será responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del Titular del Derecho, identificación oficial del solicitante, documento por el cual acredite tener interés jurídico en la sucesión y dos testigos con identificación oficial.

b) Si la solicitud es presentada incompleta o le falta algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.

c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.

d) El trámite será de resolución inmediata. El registrador ante la presencia del interesado y de por lo menos de dos testigos de asistencia, abrirá el sobre e informará el nombre de la persona designada.

e) Si existiera aviso de fedatario público sobré una Lista de Sucesión, el registrador solicitará copia de ella, en cuyo caso, será valida la fecha posterior y, previo cumplimiento de las formalidades a que se refiere el Articulo 86 del Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional.

(47)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de

atención al público subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 2 Recibe al usuario y a sus dos testigos, le solicita acredite su

interés jurídico y documentación necesaria, asigna No. de folio y No. de solicitud y turna a la Subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que exista el depósito de la lista

de sucesores. ¿Existe sobre?

4 No - Levanta acta administrativa de apertura firma solicitante,

los dos testigos y el registrador y se entrega al usuario.(Pasa

actividad 9).

5 Si - Obtiene sobre de la bóveda procede a la apertura de la

lista de sucesión, levanta testimonio (acta) de la apertura, elabora constancia (oficio) de respuesta se firma da estatus en el SIRAN, en el padrón de ejidatarios y el control de aperturas, revisa y entrega constancia al usuario y guarda el expedientillo en la bóveda, el registrador también puede dar alta y baja en el SIRAN.

¿Existe alguna inconsistencia?

6 Si - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No

Conforme”. ( regresa a la actividad No. 5)

Subdelegación Técnica 7 No - Recibe el expediente para alta y baja en el SIRAN y

devuelve el expediente a la Subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 8 Recibe el registrador expediente o acta administrativa de

apertura y lo guarda en la bóveda.

Usuario 9 Recibe documentos relativos a la apertura u oficio de

respuesta negativa.

(48)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO

SOLICITUD EN ORIGINAL INICIO SICOGE , SIRAN RECIBE EL REGISTRADOR Y REVISA QUE EXISTA EL DEPOSITO DE LA LISTA DE SUCESORES

LEVANTA ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA FIRMA SOLICITANTE, LOS DOS TESTIGOS Y EL REGISTRADOR Y SE ENTREGA AL USUARIO (VER ACTIVIDAD NO.9)

1

RECIBE AL USUARIO Y A SUS DOS TESTIGOS, LE SOLICITA ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y DOCUMENTACION NECESARIA, ASIGNA NO. DE FOLIO Y NO. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO. LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA) ¿EXISTE SOBRE? A SI NO

1

2

3

4

(49)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA

CONTROL DE APERTURAS

A

PADRON DE EJIDATARIOS ACTA SIRAN REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 “REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME NO SI

5

6

7

B SIRAN

RECIBE EXPEDIENTE PARA ALTA Y BAJA EN EL SIRAN Y DEVUELVE EL EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO

¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA?

OBTIENE SOBRE DE LA BOVEDA PROCEDE A LA APERTURA DE LA LISTA DE SUCESION, LEVANTA TESTIMONIO (ACTA) DE LA APERTURA, ELABORA CONSTANCIA (OFICIO) DE RESPUESTA FIRMA DA ESTATUS EN EL SIRAN, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS Y EL CONTROL DE APERTURAS, REVISA Y ENTREGA CONSTANCIA AL USUARIO Y GUARDA EL EXPEDIENTILLO EN LA BOVEDA, EL REGISTRADOR TAMBIEN PUEDE DAR ALTA Y BAJA EN EL SIRAN

(50)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO

B RECIBE EL REGISTRADOR EXPEDIENTE O ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA Y LO GUARDA EN LA BOVEDA 1

9

8

FIN BOVEDA RECIBE DOCUMENTOS RELATIVOS A LA APERTURA U OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA

(51)

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS

POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS)

(52)

OBJETIVO

Realizar e inscribir el traslado de derechos de cuando a la muerte del titular del derecho el Registro Agrario Nacional a petición quien acredite ser el sucesor preferente y expedir a su favor la constancia o certificado parcelario.

(53)

FUNDAMENTO LEGAL

Observar y aplicar los artículos 17,18 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y los artículos 25 fracción II inciso n), 36 fracción V del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.

(54)

POLITICAS

a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

b) La solicitud deberá por escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del titular del derecho, Acta de Nacimiento o Matrimonio del sucesor, Constancia de Sucesión o Apertura de Lista en su caso, Certificado Parcelario y/o uso común e identificación oficial del sucesor.

c) En caso de que la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención. d) Será responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o

negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.

e) Cumplir con la ultima voluntad del extinto ejidatario, registra a petición de quien acredite legalmente conforme a la Ley Agraria ser Sucesor Preferente el Traslado de Derecho que perteneció al fallecido titular.

(55)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Usuario 1 El usuario llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de

Atención al Público. Subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna no folio, no. de solicitud, turna

a la subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que el promovente acredite su interés

jurídico de ser el sucesor preferente en el SDI, SIRAN, en el expediente general del PROCEDE, en el padrón de ejidatarios, en la lista de sucesión y en el libro de registro de enajenaciones y trasmisiones y revisa que existan los certificados parcelarios a nombre del finado. ¿Es el sucesor preferente?

4 No.- elabora oficio de respuesta negativa o se previene acuerdo y se

turna a la Subdelegación Técnica (pasa a la actividad 12). Si - ¿Existe certificado parcelario?

5 No - existen los certificados se revisa en el ADDAT que parcela es y

que tenga derechos de uso común, se solicita expediente individual, se procede a generar el complemento del finado y se íntegra al expediente.

6 Si - califica el expediente, da de baja en el SIRAN los documentos

anteriores e inscribe a quien acredite ser el sucesor preferente, cancela certificados y turna mediante oficio a la Subdelegación Administrativa. Subdelegación

Administrativa

7 Solicita al Departamento de Titulación y Catastro Rural los preimpresos

correspondientes e imprime los nuevos certificados. ¿Están correctos los certificados?

Subdelegación de Registro 8 No - registrar en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No Conforme”

(pasa a la actividad No. 7).

Si los Certificados originales sufren deterioro o tienen defectos, errores materiales y/o de concepto se deberá aplicar el procedimiento “Destrucción de Documentos Inservibles y Cancelados”.

(56)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Subdelegación Administrativa 9 Si - los certificados son los correctos, turna los nuevos certificados

mediante oficio al Departamento de Titulación y Catastro Rural. Subdelegación Técnica

Departamento de Titulación y Catastro Rural

10 Recibe documentación, imprime planos de los certificados, rubrica,

turna al Subdelegado Técnico para rubrica y se elabora registro interno para la entrega de documentos y envía al Delegado para su firma.

Oficina del Delegado 11 Recibe, firma oficio y certificado y los turna a la Subdelegación

Técnica.

Subdelegación Técnica 12 Recibe oficio de respuesta, certificado de transmisión por sucesión

u oficio de respuesta negativa da de baja la cédula, pone folio y sello y se entrega al usuario y guarda el expediente en la bóveda

Usuario 13 Recibe oficio de respuesta, Certificado de Transmisión por

Sucesión u oficio de respuesta negativa.

(57)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

USUARIO SUBDELEGACION TECNICA

SUBDELEGACION DE REGISTRO

SOLICITUD EN ORIGINAL

OFICIO RESPUESTA

RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No FOLIO , No. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE

REGISTRO

2

LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION , EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA)

1

INICIO

RECIBE EL REGISTRADOR, REVISA QUE EL PROMOVENTE ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y SER EL SUCESOR PREFERENTE EN EL SDI, SIRAN, EN EL EXPEDIENTE GENERAL DEL PROCEDE, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS, EN LA LISTA DE SUCESION YEN EL LIBRO DE REGISTRO DE ENAJENACIONES Y TRANSMISIONES Y REVISA QUE EXISTAN LOS CERTIFICADOS

PARCELARIOS A NOMBRE DEL FINADO

¿ES EL SUCESOR PREFERENTE ?

CALIFICA EL EXPEDIENTE, DA DE BAJA EN EL SIRAN LOS DOCUMENTOS ANTERIORES E INSCRIBE

A QUIEN ACREDITE SER SUCESOR PREFERENTE, CANCELA CERTIFICADOS Y TURNA MEDIANTE OFICIO A LA SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA

3 5 NO SI ELABORA OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA O SE PREVIENE ACUERDO Y SE TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA 6 4 SIRAN SICOGE, SIRAN SDI, SIRAN

EXISTEN LOS CERTIFICADOS SE REVISA EN EL ADDAT QUE PARCELA ES Y QUE TENGA DERECHOS DE USO COMUN, SE SOLICITA EXP.

INDIVIDUAL SE PROCEDE A GENERAR EL COMPLEMENTO DEL FINADO Y SE INTREGRA

EXPEDIENTE NO ¿EXISTE CERTIFICADO ? PARCELARIO? A 1

(58)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDLEGACION ADMINISTRATIVA SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO

CERT. PARCELARIO CERTIFICADO PARCELARIO OFICIO 10

RECIBE DOCUMENTACION, IMPRIME PLANOS DE LOS CERTIFICADOS, RUBRICA, TURNA AL SUBDELEAGDO TECNICO PARA RUBRICA; SE ELABORA REGISTRO INTERNO PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS Y ENVIA

AL DELEGADO PARA SU FIRMA SOLICITA AL DEPARTAMENTO DE

TITULACION Y CATASTRO LOS PREIMPRESOS CORRESPONDIENTES E

IMPRIME LOS CERTIFICADOS

7

TURNA LOS NUEVOS CERTIFICADOS MEDIANTE OFICIO AL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y

CATASTRO 9 ¿ESTAN CORRECTOS LOS CERTIFICADOS? SI NO

REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 "REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME" SI LOS CERTIFICADOS ORIGINALES SUFREN DETERIORO O TIENEN DEFECTOS, ERRORES MATERIALES Y/O DE CONCEPTO SE DEBERA PLICAR

EL PROCEDIMIENTO "DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS"

8

1

(59)

DIAGRAMA DE FLUJO SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

OFICINA DEL DELEGADO SUBDELEGACION TECNICA USUARIO

RECIBE OFICIO DE RESPUESTA, CERTIFICADO DE TRANSMISION POR SUCESION U OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA DA DE BAJA LA CEDULA, PONE FOLIO Y SELLO Y SE ENTREGA AL USUARIO Y GUARDA EL EXPEDIENTE EN

LA BOVEDA

RECIBE OFICIO DE RESPUESTA, CERTIFICADO DE TRANSMISION POR SUCESION U OFICIO DE RESPUESTA

NEGATIVA

FIN

11

12 13

RECIBE Y FIRMA OFICIO Y CERTIFICADO Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA SICOGE BOVEDA A 2

(60)

SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE

INSCRIPCION Y DE VIGENCIA DE DERECHOS

(61)

OBJETIVO

El Registrador Integral en ejercicio de la fe pública registral, haga constar los Derechos que derivan de actos y documentos inscritos en el Registro Agrario Nacional relativos a la propiedad ejidal o comunal, los relacionados con su organización social y económica, así como a Terrenos Nacionales certificados de inafectabilidad agrícola y ganadera, Títulos de Colonos, Sociedades Rurales, Sociedades Mercantiles o Civiles propietarios de tierras agrícolas, ganaderas o forestales.

(62)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar lo establecido por los artículos 150 y 151 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/04/1992, y los artículos 5 y 97 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09/04/1997.

(63)

POLITICAS

a) La Dirección General de Delegaciones será responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

b) La solicitud debe presentarse por escrito libre anexando el comprobante de pago de Derechos, copia del acta de defunción (en caso de fallecimiento) e identificación oficial.

c) En caso de que la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención. d) El Registro Agrario Nacional hará plena existencia de un hecho, un derecho o calidad de una

persona de acuerdo a la Ley Agraria, basado en los asientos que obran en el Registro Agrario Nacional mismos que de forma veraz sabe y le constan al servidor público que mediante un acto jurídico y de acuerdo a las facultades conferidas a este por ministerio de ley da fe. en documento expedido.

e) Las constancias que se emitan, deben ser suscritas por el Jefe de Departamento de Registro y Asientos Jurídicos, y en ausencia de este, por el Delegado.

f) Cualquier constancia que se emita directamente por el Delegado conforme a lo expuesto anteriormente debe verificarse por el Subdelegado de Registro con apoyo del personal a su cargo, que la información registral de la Dirección General de Registro, sea la misma que posea la Delegación Estatal que corresponda.

(64)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de

atención al público Subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 2 Recibe, asigna número de folio, número de solicitud y turna ala

Subdelegación de Registro para el registrador.

Subdelegación de Registro 3 Recibe la Información e investiga en el SDI, SIRAN, en el ADDAT y

en el padrón de Derechos Agrarios la Vigencia de los Derechos y los Sucesores Registrados.

¿Existen Derechos?

4 No - Elabora contestación negativa, se rubrica y se turna al

Delegado o en su caso firma el Registrador y turna la Subdelegación Técnica (pasa a la actividad No.8 o No.10 Según corresponda)

5 Si - Elabora Constancia de Vigencia de Derecho y Oficio de entrega,

revisa y rubrica, se recaban rubricas. ¿Existe alguna inconsistencia?

6 Si - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No

Conforme” (regresa a la actividad No.5).

7 No - Turna constancia, oficio de entrega o contestación a la Oficina

del Delegado para firma ò en su caso firma el Registrador y turna ala Subdelegación Técnica (pasa ala activad No.10).

Oficina del Delegado 8 Recibe constancia, oficio de entrega o contestación, revisa y firma y

la turna a la Subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 9 Recibe constancia o contestación y la turna a la Subdelegación

(65)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Subdelegación Técnica 10 Recibe constancia o contestación se sella y da No. de oficio y se

entrega al usuario.

Usuario 11 Recibe constancia o contestación

(66)

DIAGRAMA DE FLUJO

SOLICITUDDE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS

(CERTIFICADO ISO:9001-2000)

USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO

2

1

SCOGE SIRAN

3

SOLICITUD LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION, EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA)

RECIBE, ASIGNA No. DE FOLIO, No. DE SOLICITUD Y LO TURNA ALA SUBDELEGACION DE REGISTRO PARA EL REGISTRADOR

RECIBE LA INFORMACION E INVESTIGA EN EL SDI, SIRAN, EN EL ADDAT Y EN EL PADRON DE DERECHOS AGRARIOS LA VIGENCIA DE LOS DERECHOS Y LOS SUCESORES REGISTRADOS. ¿EXISTEN DERECHOS? NO SI

4

5

INICIO SDI CONSTESTACION ELABORA CONTESTACION NEGATIVA, SE RUBRICA Y SE TURNA AL DELEGADO O EN SU CASO FIRMA EL REGISTRADOR Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA (PASA A LA ACTIVIDAD NO.8 O NO. 10 SEGUN CORRESPONDA).

A 1

CONSTANCIAS

ELABORA CONSTANCIA DE VIGENCIA DE DERECHO Y OFICIO

DE ENTREGA, REVISA Y

RUBRICA, SE RECABAN RUBRICAS,

(67)

DIAGRAMA DE FLUJO

SOLICITUDDE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS

(CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDELEGACION DE REGISTRO OFICINA DEL DELEGADO SUBDELEGACION TECNICA USUARIO

NO SI

6

10

7

FIN

8

RECIBE CONSTANCIA, OFICIO DE ENTREGA O CONTESTACION, REVISA Y FIRMA Y LA TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO A REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 “REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME”

11

¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA 1 RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION SE SELLA Y DA NO. DE OFICIO Y SE ENTREGA AL SOLICITANTE RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION Y LA TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA PARA FOLIO Y SELLO

9

1 2 3 TURNA CONSTANCIA, OFICIO DE ENTREGA O CONTESTACION A LA OFICINA DEL DELEGADO PARA FIRMA Ò EN SU CASO FIRMA EL REGISTRADOR Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA (PASA ACTIVIDAD NO.10)

(68)

PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y

TITULACION DE SOLARES URBANOS, CON ALCANCE A LA

EXPEDICION DE TITULOS Y CERTIFICADOS

(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)

(69)

OBJETIVO

Dar certidumbre jurídica a la tenencia de la tierra a través de la entrega de certificados parcelarios y/o certificados de derechos de uso común, o ambos según el caso, así como de los títulos de solares a favor de los individuos con derechos que integran los núcleos agrarios que así lo aprueben y soliciten.

(70)

FUNDAMENTO LEGAL

Observar y aplicar lo establecido por los artículo 56 de la Ley Agraria y Reglamento de la Ley Agraria en Materia de la Certificación de Derechos Ejidales y Titulaciòn de Solares.

(71)

POLITICAS

a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

b) Se debe presentar la siguiente documentación:

• Solicitud

• Actas de Asamblea “Convocatoria (s)” y en su caso acta de no verificativo

• Carpeta básica 1) Resolución Presidencial, 2) Acta de Posición y Deslinde, 3)

Plano Definitivo.

• Acta de conformidad de linderos, en caso Vo.Bo. del municipio.

• Copia del acta de elección del órgano ejidal.

• Planos tipo “A” ,

• Expedientes individuales 1) Acta de nacimiento o constancia de identidad, 2)

Identificación oficial, 3) Constancia de posesión de solar, 4) Plano tipo “B” .

• Plano de área parcelada

• Medios magnéticos.

c) Si el expediente presentado esta incompleto se debe notificar a la Procuraduría Agraria. d) La revisión de los requisitos se realiza en el momento que el usuario presenta su solicitud y se

atienden todas las dudas, quedando como registro la solicitud presentada. En este proceso una de las entradas es por parte de la Procuraduría Agraria (PA), por lo que antes de ingresar la solicitud formalmente se somete a una revisión previa entre la PA y el RAN, una vez pasada esta etapa comienza el proceso formal en el RAN y su ingreso formal a través de la Unidad de Atención al Público.

(72)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Procuraduría Agraria 1 Entrega expediente procede, en la ventanilla de Atención

al Público Subdelegación Técnica. Subdelegación Técnica

Departamento de Titulación y Catastro Rural

2 Recibe expediente coteja y valida documentación que este

completa, libera acuse de recibo.

3 Asigna No. de folio y No de solicitud.

4 Codifica y organiza expediente y registra en el sistema de

captura F02 – ampliado.

5 Elabora y/o validan cédulas individuales de parcelas y

solares, se identifican y se asignan claves únicas catastrales y emite dictamen técnico, se turna expediente a la Subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 6 Recibe y turna al registrador y califica expediente.

¿La calificación Positiva o Negativa?

7 Negativa – Emite calificación (-)o acuerdo de prevención a

la Subdelegación. Técnica. (pasa a la actividad No.16).

8 Positiva – Emite calificación (+), se califica el ADDAT y

expedientes individuales y se realiza la inscripción, se requisitán cédulas de datos, se turna expediente a la Subdelegación Administrativa.

Subdelegación Administrativa 9 Imprime folio de la inscripción elabora certificados

parcelarios y/o uso común y títulos de solares urbanos, los revisa elabora oficio y los turna con oficio al registrador. ¿Los certificados y títulos están correctos?

(73)

DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

PROCEDIMIENTO

PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

AREA Y/O PUESTO ACTIV.

NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

Subdelegación de Registro 10 No - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto

No Conforme” (pasa a la actividad No. 9). Si los certificados o títulos originales sufren deterioro o tienen defectos, errores materiales y/o de concepto se debe aplicar el procedimiento “Destrucción de Documentos Inservibles y Cancelados”.

11 Si - Recibe y elabora oficio de respuesta, rubrica y se turna

al Departamento. de Titulación y Catastro Rural para impresión de planos y revisión.

Departamento de Titulación y Catastro Rural

12 Recibe expedientes individuales para cotejo de certificados

imprime planos en certificados y/o títulos y se turnan a la Subdelegación de Registro.

Subdelegación de Registro 13 Recibe el Registrador los documentos para su rubrica y

turna a la Subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 14 Recibe certificados y títulos revisa, rubrica y turna a la

oficina del Delegado para firma.

Oficina del Delegado 15 Recibe certificados y títulos firma y turna a la

Subdelegación Técnica.

Subdelegación Técnica 16 Recibe los certificados para su guarda en bóveda, los

títulos los envía a la dirección de Registro Público de la Propiedad y de Catastro del Gobierno del Estado para su inscripción y posteriormente guarda en bóveda, también recibe la calificación negativa o acuerdo de prevención para entregar a la Procuraduría Agraria.

Procuraduría Agraria 17 Recibe calificación negativa o acuerdo de prevención.

(74)

DIAGRAMA DE FLUJO PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

PROCURADURIA AGRARIA DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO RURAL SUBDELEGACION DE REGISTRO

CEDULAS DICTAMEN TECNICO

CALIFICACION EXPEDIENTE

CEDULAS DE DATOS

ASIGNA No. DE FOLIO Y No DE SOLICITUD

2

ENTREGA EXPEDIENTE PROCEDE, EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO

(SUBDELEGACION TECNICA) PARA EL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y

CATASTRO RURAL

1

INICIO

CODIFICA Y ORGANIZA EXPEDIENTE Y REGISTRA EN EL SISTEMA F02 - AMPLIADO ¿CALIFICACION POSITIVA O NEGATIVA ? 3 5 6 NEGATIVA POSITIVA

RECIBE LA Y TURNA AL REGISTRADOR Y CALIFICA EXPEDIENTE

7

SCPP

EMITE CALIFICACION POSITIVA, SE CALIFICA EL ADDAT Y EXPEDIENTES INDIVIDUALES Y SE REALIZA LA INSCRIPCION, SE REQUISITAN CEDULAS DE DATOS, SE

TURNA EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA

8

ELABORA Y/O VALIDA CEDULAS INDIVIDUALES DE PARCELAS Y SOLARES, SE IDENTIFICAN Y SE ASIGNAN CLAVES UNICAS CATASTRALES Y EMITE DICTAMEN TECNICO, SE TURNA EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION DE

REGISTRO

EMITE CALIFICACION NEGATIVA O ACUERDO DE PREVENCION A

LA SUB DEL TECNICA

4

SICOGE, SIRAN

RECIBE EXPEDIENTE COTEJA Y VALIDA DOCUMENTACION QUE ESTE COMPLETA,

LIBERA ACUSE DE RECIBO

A

(75)

DIAGRAMA DE FLUJO PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA SUBDELEGACION TECNICA

SUBDELEGACION DE REGISTRO DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO RURAL

9

4

RECIBE EXPEDIENTES INDIVIDUALES PARA COTEJO DE CERTIFICADOS EL AREA DE CATASTRO

IMPRIME PLANOS EN CERTIFICADOS Y/O TITULOS Y SE TURNAN AL SUBDELEGADO TECNICO PARA SU RUBRICA Y DESPUES A LA SUBDELEGACION DE

REGISTRO

RECIBE REGISTRADOR DOCUMENTOS PARA SU RUBRICA Y TURNA A LA SUBDELEGACION

TECNICA

11

RECIBE CERTIFICADOS Y TITULOS REVISA, RUBRICA Y TURNA AL

DELEGADO PARA FIRMA

14 13

IMPRIME FOLIO DE LA INSCRIPCION ELABORA CERTIFICADOS PARCELARIOS Y/O

USO COMUN Y TITULOS DE SOLARES URBANOS, LOS REVISA ELABORA OFICIO Y LOS TURNA CON OFICIO AL REGISTRADOR

¿LOS CERTIFICADOS Y TITULOS ESTAN CORRECTOS? SI NO

RECIBE Y ELABORA OFICIO DE RESPUESTA, RUBRICA Y SE

TURNA AL DEPTO. DE TITULACION Y CATASTRO RURAL

PARA IMPRESION DE PLANOS Y REVISION

12

REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 "REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME" SI LOS CERTIFICADOS

O TITULOS ORIGINALES SUFREN DETERIORO O TIENEN DEFECTOS,ERRORES MATERIALES Y/O DE CONCEPTO SE DEBE APLICAR EL PROCEDIMIENTO "DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y

CANCELADOS"

1

10

(76)

DIAGRAMA DE FLUJO PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)

OFICINA DEL DELEGADO PROCURADURIA AGRARIA

SUBDLEGACION TECNICA

15

RECIBE CERTIFICADOS Y TITULOS FIRMA Y TURNA A LA SUBDELEGACIÓN TECNICA.

RECIBE LOS CERTIFICADOS PARA SU GUARDA EN BOVEDA, LOS TITULOS LOS ENVIA A LA DIRECCION DE REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE

CATASTRO DEL GOBIERNO DEL ESTADO PARA SU INSCRIPCION Y POSTERIORMENTE GUARDA EN BOVEDA, TAMBIEN RECIBE LA CALIFICACION

NEGATIVA O ACUERDO DE PREVENCION PARA ENTREGAR A LA PROCURADURIA AGRARIA

16

A

FIN RECIBE CALIFICACION NEGATIVA O

ACUERDO DE PREVENCION

BOVEDA

17

(77)

SOLICITUD DE EXPEDICION DE COPIAS

CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS AGRARIOS

(78)

OBJETIVO

Expedir copias certificadas de todos aquellos documentos registrados y resguardados en el Archivo General Agrario.

(79)

FUNDAMENTO JURIDICO

Observar y aplicar lo establecido por los artículos 151 del Titulo Octavo de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992; el Articulo 20 fracción VI; y el artículo 97, segundo párrafo del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial el 09/04/1997.

(80)

POLITICAS

a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.

b) La solicitud debe presentarse por escrito libre, anexando el pago de derechos e identificación oficial.

c) Si la solicitud presentada, le falta algún dato, se debe indicar al usuario los datos mínimos requeridos para atención de su solicitud.

d) El Departamento de Titulación y Catastro Rural es responsable de la integración de los documentos a certificar, del sello de certificación y de los sellos de seguridad.

Referencias

Documento similar

o Si dispone en su establecimiento de alguna silla de ruedas Jazz S50 o 708D cuyo nº de serie figura en el anexo 1 de esta nota informativa, consulte la nota de aviso de la

Hemos visto cómo el asturiano Peter the Fable describía la vida en Bilbao como «quieta y pacífica», utilizando una fórmula largamente usada desde el siglo Xvi para significar

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

¿Tenemos a nuestro alcance en Prevención herramientas basadas en este tipo de tecnologías?... TIC’S EN

Un examen detenido del artículo 149, i, que enumera las compe- tencias exclusivas del Estado, nos enseña la diversa terminología que se emplea para referirse a aquellos supuestos en

Ésta es una constatación que no se puede obviar en la reflexión sobre la reforma del sistema competencial: la combinación entre un sistema de atri- bución mediante

La combinación, de acuerdo con el SEG, de ambos estudios, validez y fiabilidad (esto es, el estudio de los criterios de realidad en la declaración), verificada la

El Gobierno del Primer ministro, por su parte, funcionaría de la siguiente mane- ra (67): posibilidad de introducir las primarias en los partidos; nombramiento del candidato a