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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO CONSIDERANDO

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SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR

DIRECCIÓN DISTRITAL DE QUITO

CONSIDERANDO

ANTECEDENTES:

Que, mediante Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV, de fecha 10 de junio de 2014,

firmada por quien suscribe, se realizó la notificación del proceso previo a subasta “DERECHO DE PROPIEDAD”, en la cual se puso en conocimiento del público en general el detalle de las mercancías que se encuentran Abandonadas en el Destacamento de Yahuarcocha. Destacamento de Amazonas, Destacamento de la Mañosca y la Bodega de EMSA (Antiguo Aeropuerto).

Que, el extracto de Notificación de la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV, de fecha 10

de junio de 2014, fue publicada en el Portal Oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) www.aduana.gob.ec y en los Diarios Expreso y El Telégrafo los días lunes 4 de agosto, miércoles 13 y viernes 22 de agosto de 2014.

Que, en la Providencia mencionada en el párrafo anterior, se otorgó un plazo de (20) veinte días

hábiles siguientes a la tercera Publicación, a fin de que las personas que se crean con derecho respecto de la mercadería detallada, se acerquen a la Dirección Distrital de Quito, con sus respectivos documentos que lo acrediten en legal y debida forma, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 4 de la Resolución Nro. 0252, suscrita por el Econ. Santiago León de fecha 06 de mayo de 2011, que indica: “...Artículo 4.- Corresponderá al administrado que se crea con derecho a la mercancía, de acuerdo con el artículo precedente, probar la propiedad de la mercancía que reclame, presentando ante la Dirección Distrital respectiva, la documentación de soporte que deberá cumplir con todos los requisitos legales para su validez...”, plazo que culminó el día viernes 19 de septiembre de 2014.

Que, mediante Memorando Nro. SENAE- DDQ-2014-1191-M, de fecha 24 de septiembre de

2014, firmada por quien suscribe, se solicitó a la Dirección de Secretaría General UIO y a la Dirección de Asesoría Jurídica UIO, lo siguiente: “...en un plazo de 48 HORAS, se sirvan informar si alguien ha reclamado propiedad de las mercancías abandonadas en el Depósito Temporal: EMSA Quito, Destacamento de Yahuarcocha, Destacamento de Amazonas y Destacamento de la Mañosca de la Unidad de Vigilancia Aduanera, incluidas en los siguientes Extractos: 1.1. PRIMER EXTRACTO DE NOTIFICACION en la primera publicación,1.2. SEGUNDO EXTRACTO DE NOTIFICACIONen la segunda publicación y1.3. TERCER EXTRACTO DE NOTIFICACION en la tercera publicación, respectivamente, que se encuentran adjuntos y que guardan relación con la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV de fecha 10 de Junio del 2014, firmada por quien suscribe, publicada en los Diarios El Telégrafo y El Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13 de Agosto y Viernes 22 de Agosto del 2014 y en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menu: "Publicación de Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link: http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp”.

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2014, suscrito por la Econ. Charito Del Cisne Diaz Sánchez - Directora De Secretaría General UIO, informa: “...Al respecto informo a Usted, que una vez verificada la información en el Sistema de Gestión Documental Quipux, no se obtuvo ningún resultado de documentación ingresada por la ventanilla de Secretaria General que tenga como referencia la Providencia Nro.

SENAE-DDQ-2014-1597-PV publicada en los Diarios El Telégrafo y El Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13 de Agosto y Viernes 22 de Agosto del 2014 y en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menu: "Publicación de Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:

http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp, verificación realizada hasta la presente fecha...”.

Que, mediante Memorando Nro. SENAE-DJJQ-2014-0743-M, de fecha 26 de septiembre de

2014, suscrito por el Dr. Ángel Giovanni Páez Medina – Director de Asesoría Jurídica UIO, informa: “...Al respecto informo a Usted, que una vez verificada la información en las bases de Datos que reposan en esta Dirección, no se registra Reclamo Administrativo ni Juicio de Impugnación alguno que mantenga relación con la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV ni las Mercancías allí detalladas, mismas que fueron publicada en los Diarios El Telégrafo y El Expreso, los días; Lunes 4 de Agosto, Miércoles 13 de Agosto y Viernes 22 de Agosto del 2014 y en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menu: "Publicación de Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:

http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp, verificación realizada hasta la presente fecha”.

Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2014-1077-M, de fecha 09 de octubre de 2014,

suscrito por el Sr. John Edward Palomeque Marin – Inspector 2, informa: “...En relación al Memorando Nro. SENAE-UVAQ-2014-1956-M, de fecha, 9 de octubre de 2014, suscrito por el señor Ing. Hernan Solís, cumplo en informar que NO existe hasta el momento persona que se haya presentado como propietario/s de las respectivas mercaderías que se encuentra en las Bodegas de la Base Operativa de Yahuarcocha, luego de haberse cumplido los plazos determinados...”.

Que, mediante Resolución Nro. SENAE-DDQ-2014-0583-RE, de fecha 02 de octubre de 2014,

firmada por quien suscribe, dispone: “...LA TOMA DE PROPIEDAD de las mercancías que se encuentran Abandonadas en el Destacamento de Yahuarcocha, Destacamento de Amazonas, Destacamento de la Mañosca y la Bodega de EMSA (Antiguo Aeropuerto), mencionadas en el extracto adjunto a la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2014-1597-PV, publicadas en el Portal Oficial Web del SENAE www.aduana.gob.ec, Menu: "Publicaciónde Mercancías", Opción: "Distrito Quito", en el Link:

http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_publicacion_mecancias.jsp y en los diarios El Expreso y El Telégrafo los días lunes 04, miércoles 13 y viernes 22 de Agosto del 2014, para disponer de ellas conforme la disposición Transitoria Undécima del COPCI y la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE...”.

Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2015-0333-M, de fecha 19 de marzo de 2015,

suscrito por el funcionario Ing. Eduardo Rea Marín – Técnico Operador de la Jefatura de Control de Zona Primaria UIO, remite el Informe Pericial Nro. JCZQ-IT-(i)-2015-316 correspondiente al

Grupo 20, de las mercancías de la Disposición Transitoria Undécima, que se encuentran en La

Bodega de EMSA QUITO, incluidas en la publicación antes mencionada.

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Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2015-0968-M, de fecha 21 de julio de 2015,

suscrito por el funcionario Ing. Marcelo Ramos– Técnico Operador de la Jefatura de Control de Zona Primaria UIO, remite el Informe Pericial Nro. JCZQ-IT-(i)-2015-0570 correspondiente al

Grupo 27, de las mercancías de la Disposición Transitoria Undécima, que se encuentran en La

Bodega de EMSA QUITO, incluidas en la publicación antes mencionada.

Que, mediante Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2015-1017-M, de fecha 29 de julio de 2015,

suscrito por el funcionario Sr. José Montalvo– Técnico Operador de la Jefatura de Control de Zona Primaria UIO, remite el Informe Pericial Nro. JCZQ-IT-(i)-2015-582 correspondiente al Grupo

29, de las mercancías de la Disposición Transitoria Undécima, que se encuentran en La Bodega de EMSA QUITO, incluidas en la publicación antes mencionada.

Que, revisado el listado de los Informes Periciales Nros. JCZQ-IT-(i)-2015-316 correspondiente

al Grupo 20, Nro. JCZQ-IT-(i)-2015-0570 correspondiente al Grupo 27 y Nro.

JCZQ-IT-(i)-2015-582 correspondiente al Grupo 29, se constata que existen mercancías con un

destino recomendado de SUBASTA, pero en virtud de tratarse de mercancía con tecnología Obsoleta, de poco interés para llevar a cabo la Subasta y en concordancia con el Artículo 13 de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de septiembre del 2013, que dispone: "

Artículo 13: Las Direcciones Distritales podrán agrupar en lotes para subasta, las mercancías respecto de las cuales nadie hubiere demostrado tener derecho alguno, consistentes en artículos importados individualmente o en pequeñas cantidades y de poco valor, como aquellos ingresados bajo regímenes de excepción, siempre que éstas guarden relación entre sí por su funcionalidad y que la cuantía del lote justifique económicamente el inicio de un proceso de subasta. Si esto no fuera posible, estas mercancías serán destinadas a la adjudicación gratuita.", se dispone realizar la Convocatoria Pública para Adjudicación Gratuita.

Que, revisado el listado de los Informes Periciales Nros. JCZQ-IT-(i)-2015-316 correspondiente

al Grupo 20, Nro. JCZQ-IT-(i)-2015-0570 correspondiente al Grupo 27 y Nro.

JCZQ-IT-(i)-2015-582 correspondiente al Grupo 29, se constata que existe mercancía que puede

ser adjudicada.

Que, con Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV, de fecha 01 de septiembre de 2015,

firmada por quien suscribe, se realizó la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA

PRESENTACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE MERCANCÍAS dirigido a las entidades del

sector público (excepto empresas públicas) e instituciones privadas de asistencia social, beneficencia, educación, e investigación sin fines de lucro, manifestándoles que habiendo transcurrido los plazos, para que los interesados ejerzan los recursos que la ley le asiste, la situación legal de las mercancías se encuentran en firme, por lo que ordena dar cumplimiento al Procedimiento Previo establecido en el Art. 251 del Capítulo XII Subasta Pública, Adjudicación Gratuita, del Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, siempre que se cumpla con lo determinado en el Articulo 252 ibídem, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 203 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Asimismo, se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Codificación del Reglamento Para la Aplicación de la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la Producción, comercio e inversiones, expedida mediante la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de septiembre de 2013, suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, misma que fue publicada otorgando un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, que inició desde el día jueves 03 de

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septiembre hasta el día miércoles 16 de septiembre de 2015, en el portal electrónico oficial del

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador www.aduana.gob.ec, en el Link http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_adjudica.jsp#, Menú “Distrito Quito” - Opción “Convocatoria a Requerimiento”.

Que, con Memorando Nro. SENAE-JCZQ-2015-1298-M, de fecha 17 de septiembre de 2015,

suscrito por la Lcda. Renata Andrade - Jefe de Zona Primaria, se solicitó a la Dirección de Secretaría General UIO, lo siguiente: “solicito a usted se sirva informar a nuestro Despacho si ha recibido solicitudes de REQUERIMIENTOS DE MERCANCIAS PARA ADJUDICACIÓN GRATUITA, que guarde relación con la Convocatoria realizada mediante Providencia Nro.SENAE-DDQ-2015-2664-PV, de fecha 01 de septiembre de 2015, publicada en el portal electrónico oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador www.aduana.gob.ec, el día miércoles 02 de septiembre de 2015, en el Link

http://www.aduana.gob.ec/contents/popup/pop_adjudica.jsp#, Menú “Distrito Quito” – Opción “Convocatoria a Requerimiento”, otorgando un plazo de diez (10) días hábiles, mismo que inició el día jueves 03 de septiembre de 2015 y culminó el día miércoles 16 de septiembre de 2015…”

Que, con Memorando Nro. SENAE-DSGQ-2015-0579-M, de fecha 17 de septiembre de 2015,

suscrito por el Ing.Carlos Vivero – Jefe de Documentación y Archivo, manifiesta: “...Al respecto, debo informar a usted, que verificada la información registrada en el Sistema de Gestión Documental QUIPUX se obtuvo los siguientes resultados...”.

FECHA DE INGRESOHORA NRO. INGRESO PROVIDENCIA NRO. DE OFICIO ENTIDAD

07/09/2015 8:52:00 SENAE-JDAR-2015-3977-E

SENAE-DDQ-2015-2664-PV

S/N Fundación Tierra Nueva

10/09/2015 11:38:11SENAE-DSGG-2015-26519-E S/N Fundación es Justo y Necesario

11/09/2015 11:54:29SENAE-DSGQ-2015-5974-E MSP-CGAF-2015-0345-O Ministerio de Salud Pública

16/09/2015 - - MIES-CGAF-DA-2015-0287-OMinisterio de Inclusión Económica y Social

07/09/2015 11:49:23SENAE-DSGQ-2015-5725-E S/N Fundación Operación Sonrisa

BASE LEGAL:

Que, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, contiene el Libro V, Titulo II de la Facilitación Aduanera para el Comercio de lo Sustantivo Aduanero, el mismo que contempla,

“...DISPOSICIONES TRAN SITORIAS: UNDÉCIMA.- Los bienes y las mercancías que se encuentren almacenados, bajo custodia de la Corporación Aduanera Ecuatoriana o en bodegas alquiladas por ésta, por cualquier motivo, serán sometidas a un proceso de inventario y avalúo por parte de la Institución, excepto si ya existe avalúo pericial dentro del proceso judicial, caso en el cual éste será el avalúo del bien...”.

Que, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, contiene el Libro V, Titulo II de la Facilitación Aduanera para el Comercio de lo Sustantivo Aduanero, en su Artículo 203 dispone: “Art. 203.- De la Adjudicación Gratuita.- Procede la adjudicación gratuita de las mercancías que se encuentren en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaradas en decomiso administrativo o judicial, aún de aquellas respecto de las cuales se hubiere iniciado un proceso de subasta pública, dentro de los términos y las disposiciones contenidas en el presente Código, su reglamento y demás normas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a favor de organismos y empresas del sector público, incluida la administración aduanera, cuando éstas así lo requieran para el cumplimiento de sus fines. Las mercancías de prohibida importación solo

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podrán donarse a instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse.

Adicionalmente, procede la adjudicación gratuita a favor de las instituciones de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que las requieran para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo a su objeto social, en los casos y con las condiciones que se prevean en el Reglamento al presente Código”.

Que, el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en su Artículo 252, dispone: “Art.

252.-Adjudicación gratuita.- La adjudicación

gratuita será otorgada por el Director Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador de la respectiva jurisdicción, considerando como beneficiarios a personas jurídicas públicas o privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que se encuentren debidamente registradas en el Ministerio responsable de la política social del Estado. La adjudicación de las mercancías se realizará en función del objeto social de cada institución. Su procedimiento y requisitos serán determinados por la Directora o Director del Servicio Nacional de Aduanas

Que, la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0339-RE de fecha 06 de septiembre de 2013, suscrita por el Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo - Director General, y reformada mediante la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0449-RE, de fecha 17 de julio de 2014; la cual contiene la Codificación del Reglamento para la Aplicación de la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, señala:

“...Artículo 1.- Las mercancías que se encuentren bajo custodia de la administración aduanera que hayan ingresado por cualquier motivo a bodegas del actual Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o de sus concesionarias, o se haya dispuesto su custodia en bodegas alquiladas por esta, o hayan sido declaradas en abandono o decomiso hasta el 28 de diciembre del 2010 deberán ser sometidas a un proceso de inventario y avalúo por parte de cada una de las direcciones distritales en su respectiva jurisdicción. En caso de que ya exista un avalúo pericial respecto de mercancías que se encuentran dentro de un proceso judicial, este se considerará el avalúo del bien”.

“...Artículo 4.- () Si nadie demostrare tener derecho sobre la mercancía, el Director Distrital de la respectiva jurisdicción o su delegado, emitirá un acto administrativo tomando la propiedad de la mercancía a nombre del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a efectos de que ésta siga los procedimientos previstos en la presente resolución. Este acto administrativo será publicado en la página web institucional, al menos durante veinte días hábiles, sin que por ello se deba detener el procedimiento aplicable a la mercancía. En todo caso, la disposición de las mercancías que realice el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, conforme la Disposición Transitoria Undécima del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y el presente reglamento, no generará derecho alguno a favor del administrado que no haya comparecido y justificado tal derecho dentro del término previsto en el artículo precedente...”.

“...Artículo 6.- Para la aplicación del presente reglamento, se consideran como mercancías no aptas para ser subastadas las siguientes: Mercancías de prohibida importación. Mercancías que vulneren derechos de propiedad intelectual. Mercancías no aptas para el consumo humano. Mercancías que carezcan de documentos de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio. () Las mercancías que vulneren derechos de propiedad

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intelectual y las que carezcan de documentos de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, respecto de las cuales nadie hubiese demostrado tener derecho alguno, serán puestas a disposición de los organismos del sector público para su adjudicación gratuita, respetando las excepciones y condiciones previstas en la presente resolución. Las mercancías de prohibida importación, respecto de las cuales nadie hubiese demostrado tener derecho alguno, serán obligatoriamente destruidas, con excepción de las prendas de vestir y de los vehículos que se hallen en estado funcional. () Todas las mercancías que estén desprovistas de documentos de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, podrán ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades del sector público como instituciones privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro. En ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines ()”.

"...Artículo 9.- En los procesos de adjudicación gratuita de mercancías se dará prioridad a las entidades del sector público. Si ninguna entidad pública hiciere un requerimiento justificado de acuerdo a sus fines institucionales, se considerarán los requerimientos efectuados por entidades privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que las requieran para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo a su objeto social...".

“...Artículo 13: Las Direcciones Distritales podrán agrupar en lotes para subasta, las mercancías respecto de las cuales nadie hubiere demostrado tener derecho alguno, consistentes en artículos importados individualmente o en pequeñas cantidades y de poco valor, como aquellos ingresados bajo regímenes de excepción, siempre que éstas guarden relación entre sí por su funcionalidad y que la cuantía del lote justifique económicamente el inicio de un proceso de subasta. Si esto no fuera posible, estas mercancías serán destinadas a la adjudicación gratuita.”

Artículo 36.- Las entidades públicas y las privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro, podrán participar en procesos de adjudicación gratuita de las mercancías objeto de la presente resolución. Las entidades privadas requerirán previamente ser calificadas y registradas ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.”

“...Artículo 40.- La Dirección Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador correspondiente, sentará el acta mediante la cual adjudicará las mercancías de forma gratuita”.

Art. 41.-El acta final del procedimiento con la declaratoria del beneficiario, será publicado en el portal web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. La entidad pública o privada beneficiaria tendrá el plazo de quince días hábiles para retirar la mercancía. A las mercancías que ordinariamente se les requieran documentos que acrediten el cumplimiento de restricciones técnicas al comercio, para el presente proceso de adjudicación gratuita, no se les exigirá dicho requisito. Por lo que este tipo de mercancías podrán ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades públicas como privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro. En ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino únicamente al cumplimiento de sus fines”.

REQUERIMIENTOS INGRESADOS:

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07 de septiembre de 2015, suscrito por la Msc Francisco Gloria Dávila Directora Ejecutiva de la Fundación “Tierra Nueva” manifiesta lo siguiente: “solicitar la adjudicación gratuita de Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV

Que, con Oficio Nro. SN ingresado con Documento Nro SENAE-DSGQ-2015-26519-E, de fecha 10 de septiembre de 2015, suscrito por el Sr. Antonio Lamota representante de la Fundación “Es

Justo y Necesario” manifiesta lo siguiente: “acepte la petición de ADJUDICACIÓN GRATUITA de la Mercancía descrita en la providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV

Que, con Oficio Nro. MSP-CGAF-2015-0345-O, ingresado con Documento Nro. SENAE-DSGQ-2015-5974-E, de fecha 11 de septiembre de 2015, suscrito por el Eco. César Augusto Calderón Coordinador General Administrativo Financiero Ministerio De Salud Pública manifiesta lo siguiente: “En referencia a la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV, en el cual se comunica a las instituciones públicas y privadas acerca de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA RUQUERIMIENTO DE MERCANCIAS, me permito poner a Usted, en conocimiento el detalle adjunto requerido por esta Cartera de Estado en base a las necesidades a fines con la Institución, para que disponga la entrega de los bienes

Que, con Oficio Nro. MIES-CGAF-DA-2015-0287-O, de fecha 16 de septiembre de 2015, suscrito por la Eco. Tatiana Segarra Yunda Directora Administrativa Ministerio De Inclusión

Económica Y Social manifiesta lo siguiente: “solicito se considere la presente petición a favor del MINISTERIO DE INCLUSION ECONÓMICA Y SOCIAL, dentro del proceso de CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA PRESENTACIÓN DE REUQERIMIENTOS DE MERCANCIAS DIRIGIDO A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (EXCEPTO EMPRESAS PÚBLICAS) E INSTITUCIONES PRIVADAS DE ASISTENCIA SOCIAL, BENEFICENCIA, EDUCACIÓN, E INVESTIGACIÓN SIN FINES DE LUCRO, convocado públicamente con la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV

Que, con Oficio Nro. FOSE-0228-15, ingresado con Documento Nro.

SENAE-DSGQ-2015-5725-E, de fecha 07 de septiembre de 2015, suscrito por el Sr. Francisco Punina Director Ejecutivo de la Fundación “Operación Sonrisa” manifiesta lo siguiente: “la posibilidad de obtener la donación de los artículos que están publicados en la Providencia Nro. SENAE-DDQ-2015-2664-PV

COMPETENCIA

En virtud de lo expuesto, la Dirección Distrital de Quito, en uso de las atribuciones contempladas en el Art. 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones que dispone: “Art.

218.- Competencias de las Direcciones Distritales.- La servidora o el servidor a cargo de las direcciones distritales tendrá las siguientes atribuciones: a. Cumplir y hacer cumplir esta normativa, sus reglamentos, y demás normas relativas al Comercio Exterior.”, i. Declarar el decomiso administrativo y aceptar el abandono expreso de las mercancías y adjudicarlas cuando proceda, conforme lo previsto en este Código y su reglamento, r. Las demás que establezca la ley, así como las que delegue la Directora o Director General mediante resolución", en concordancia con lo establecido en el artículo 204 ibídem, que dispone: “...Art. 203.- De la Adjudicación

Gratuita.- “() Las mercancías de prohibida importación solo podrán donarse a instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse ()” y el articulo 252 del Reglamento al Título II del Libro V del COPCI, que dispone:

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Adjudicación gratuita.- “() Procede la adjudicación gratuita en los siguientes casos: b) Las mercancías de prohibida importación únicamente a favor de instituciones públicas, siempre que sirvan específicamente para las actividades institucionales, o destruirse...”

RESUELVE:

PRIMERO: Autorizar la ADJUDICACIÓN GRATUITA, a favor del Ministerio de Salud Pública “MSP” a través de la Magister Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, de las

mercancías que se encuentran en la BODEGA DE EMSA-QUITO – GRUPO 20, ubicada en Quito, consistentes en 4 BULTOS, QUE CONTIENEN IMPLEMENTOS MEDICOS

DESCRITOS A CONTINUACIÓN:

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Nro. GRUPO ORDEN BODEGACONSIGNATARIOGUIA HIJA DESCRIPCION MARCA MODELO SERIE ORIGEN EMBALAJE OTRAS CARACTERISTICASCANT. UND DE MEDIDA CONDICION DEL PRODUCTO (BUENO, REGULAR, MALO ) ESTADO (NUEVO, USADO) VALOR UNIT. VALOR TOTAL PARTIDA ARANCELARIA DESTINO RECOMENDADO (ADJUDICACION, DESTRUCCION ) SOLICITANTE

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BRAUN NK712T ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 15 $

15,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

14G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG

PLATILLO TIBIAL

CEMENTADO BRAUN NN078K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 15G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

INSERTO PE

ASIMETRICO BRAUN NH471 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 20 $ 20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 16G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG COMPONENTE FEMORAL IZQUIERDO CEMENTADO

BRAUN NN003K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 5 $

5,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 17G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

SUPERFICIE DE

DESLIZAMIENTO BRAUN NN121 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 5 $

5,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 18G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

SUPERFICIE DE

DESLIZAMIENTO BRAUN NN120 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 3 CAJA BUENO NUEVO 5 $

15,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 19G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG INSERTO PE ASIMETRICO BRAUN NH474 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $ 10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

20G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG

COMPONENTE FEMORAL IZQUIERDO CEMENTADO

BRAUN NN163K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 21G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

CESPACE PEEK

IMPLANTE 5 BRAUN FJ405P ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 22G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

CESPACE PEEK

IMPLANTE 5 BRAUN FJ406P ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 23G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG CARBON STEEL HOJASDE BISTURI BRAUN BB520 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 CAJA X 100 BUENO NUEVO 10 $ 10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 24G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

CARBON STEEL HOJAS

DE BISTURI BRAUN BB515 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 7 CAJA X 100 BUENO NUEVO 10 $ 70,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 25G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG HOJA DE SIERRA DES.RAP.ACTION 90/23/1,27MM

BRAUN GE246SU ALEMANIACARTON CADUCA EN 2019 9 UND BUENO NUEVO 10 $

90,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 26G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG CASPAR PLACA SERVICAL TITANIO 28MM

BRAUN FG428T ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 27G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

S4 BARRA DE

CONEXIÓN BRAUN SW677T ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 28G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

S4 BARRA DE

CONEXIÓN BRAUN SW682T ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 20 $

20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 29G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG

CASPAR ENVOLVENTE TORNILLO BICORTAL 3,5 X16MM

BRAUN LB456T ALEMANIACARTON S/F 4 UND BUENO NUEVO 10 $ 40,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

30G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG

S4 TORNILLO

POLIAXIAL 7,0X40MMBRAUN SW784T ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 31G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG S4 BARRA DE CONEXIÓN BRAUN SW667T ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 20 $ 20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

32G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG

SUPERFICIE DE DESLIZAMIENTO CON TORNILLO

BRAUN NN523 ALEMANIACARTON S/F 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 33G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG VASTAGO DE ENDOPROTESIS DE CADERA NO CEMENTADO

BRAUN NC280T ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 4 CAJA BUENO NUEVO 15 $

60,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

34G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG COTILO NO CEMENTADO BRAUN NH050T ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 2 CAJA BUENO NUEVO 10 $ 20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 35G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

COTILO NO

CEMENTADO BRAUN NH052T ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 36G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

PLATILLO TIBIAL

CEMENTADO BRAUN NN073K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 6 CAJA BUENO NUEVO 10 $ 60,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 37G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG VASTAGO DE ENDOPROTESIS DE CADERA NO CEMENTADO

BRAUN NC280T ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 15 $

15,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 38G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG ORTHOPILOT MARCAD PASIVOS DESECH. ESTERIL

BRAUN FS616 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016

CAJA X12 1 CAJA BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 39G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG PLATILLO TIBIAL CEMENTADO BRAUN NN071K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 4 CAJA BUENO NUEVO 15 $ 60,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 40G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG COTILO DE CERAMICA BRAUN NH103D ALEMANIACARTON CADUCA EN 2022 2 CAJA BUENO NUEVO 10 $

20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 41G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG COTILO DE CERAMICA BRAUN NH102D ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 2 CAJA BUENO NUEVO 10 $

20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 42G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG CABEZA METALICA BRAUN NK433K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 2 CAJA BUENO NUEVO 15 $

30,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 43G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG CABEZA DE CERAMICA BRAUN NK562D ALEMANIACARTON CADUCA EN 2022 2 CAJA BUENO NUEVO 10 $

20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 44G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG OBTURADOR BRAUN NN261K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 3 CAJA BUENO NUEVO 8 $ 24,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 45G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG COMPONENTE FEMORAL IZQUIERDO CEMENTADO

BRAUN NN004K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 15 $

15,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 46G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG COMPONENTE FEMORAL IZQUIERDO CEMENTADO

BRAUN NN014K ALEMANIACARTON CADUCA EN 2021 1 CAJA BUENO NUEVO 15 $

15,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 47G 20 1648 CAJA CARTON NO MANIFESTADA SG SUPERFICIE DE DESLIZAMIENTO CON TORNILLO

BRAUN NN512 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 48G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

COTILO DE PE

ASIMETRICO BRAUN NH473 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 2 UND BUENO NUEVO 10 $

20,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 49G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG COTILO DE PE BRAUN NH192 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 50G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG COTILO CEMENTADOBRAUN NK856 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP 51G 20 1648 CAJA CARTON NO

MANIFESTADA SG

SUPERFICIE DE

DESLIZAMIENTO BRAUN NN141 ALEMANIACARTON CADUCA EN 2016 1 UND BUENO NUEVO 10 $

10,00 9021900000 ADJUDICACIONMSP

CANTIDAD BULTOS VALOR

(10)

SEGUNDO: Se otorga al Ministerio de Salud Pública “MSP” a través de la Magister Carina

Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, un plazo máximo de quince días (15) hábiles para el retiro de las mercancías, prorrogables por 15 días adicionales a solicitud del MSP, debidamente motivada, a través de su máxima autoridad, según lo indicado en el Artículo 16 de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2012-0238-RE de fecha 03 de julio de 2012, suscrita por el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Econ. Pedro Xavier Cárdenas Moncayo.

TERCERO: Realizada la adjudicación gratuita conforme lo previsto en el Art. 203 del Código

Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el Director de Control Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito y/o su delegado, procederá a la entrega de la mercancía antes descrita al Ministerio de Salud Pública “MSP” a través de la Magister Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública y/o su Delegado (a), dejando el detalle de todas las mercancías objeto de adjudicación gratuita materia del presente acto administrativo, en la respectiva acta de entrega y recepción .

CUARTO: Realizada la adjudicación gratuita, el delegado de la Dirección de Control Zona

Primaria de la Dirección Distrital de Quito, en un plazo de 72 horas posteriores al cumplimiento de la misma, deberá entregar a esta Dirección, el informe, fotografías y demás documentos que la acrediten.

QUINTO: Es total responsabilidad del Ministerio de Salud Pública “MSP”, el uso de las

mercancías adjudicadas gratuitamente, amparadas en esta Resolución. Teniendo en cuenta que éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines. Concluída la entrega de los bienes adjudicados a través de la presente Resolución el Ministerio de Salud Pública “MSP, deberá remitir el informe del destino de la mercancía adjudicada gratuitamente, con las respectivas fotografías.

SEXTO: De la presente Resolución conozca el Ministerio de Salud Pública “MSP, la Dirección

General, la Subdirección General de Operaciones, la Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos, la Dirección de Comunicación de la Dirección General; la Dirección de Control de Zona Primaria, la Dirección de Despacho, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Distrital de Quito, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.- De la notificación referida en este numeral, encárguese la Dirección de Secretaría General de la Dirección Distrital de Quito.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.

Dado y firmado en el despacho de la Dirección Distrital de Quito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Documento firmado electrónicamente

Ing. Andrés Esteban Servigon López

(11)

Referencias:

- SENAE-DDQ-2015-2664-PV Anexos:

- 1.0 SENAE-DDQ-2014-1597-PV - PUBLICACIÓN MASIVA DERECHO DE PROPIEDAD.pdf - 1.1 EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN.pdf

- 1.2 EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN.pdf - 1.3 EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN.pdf

- 1.4 anexo_publicaciÓn_en_web_senae_-_quito ( Corregido).pdf

- 2. EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf - 3. EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf - 4. EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL TELÉGRAFO.pdf - 5. EXTRACTO PRIMERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf - 6. EXTRACTO SEGUNDA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf - 7. EXTRACTO TERCERA NOTIFICACIÓN - DIARIO EL EXPRESO.pdf

- 8. SENAE-DDQ-2014-1191-M - CONSULTA A SECRETARIA Y JURIDICO SOBRE RECLAMOS INGRESADOS.pdf

- 9. SENAE-DSGQ-2014-0534-M - RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL UIO.pdf - 10. SENAE-DJJQ-2014-0743-M - RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN DE JURÍDICO.pdf

- 11. SENAE-UVAQ-2014-1956-M CONSULTA A UVA.pdf

- 12. SENAE-JCZQ-2014-1077-M - RESPUESTA DE UVA A CONSULTA DE RECLAMO.pdf

- 13. SENAE-DDQ-2014-0583-RE - TOMA DE PROPIEDAD DE LAS MERCANCÍAS TRANSITORIA UNDÉCIMA.pdf

- 14. senae-jczq-2015-0333-m_firmado Mmeorando G 20.pdf - 15. informe_de_peritaje_nro_2015-316 g 20.pdf

- 17. memorando_no._senae-jczq-2015-0968-m Mmeorando de Peritaje G27 (1).pdf - 18. memorando_no._senae-jczq-2015-0570-m Informe de Peritaje G27 (2).pdf - 20. SENAE-JCZQ-2015-1017-M MEMORANDO PERITAJE GRUPO 29.pdf - 22. informe_de_peritaje__nro_jczq-it_(i)-2015-582_grupo_29.pdf

- 23. SENAE-DDQ-2015-2664-PV PROVIDENCIA REQUERIMIENTOS.pdf - 24. senae-jczq-2015-1298-m CONSULTA DE SOLICITUDES INGRESADAS.pdf - 25. senae-dsgq-2015-0579-m RESPUESTA SOLICITUDES INGRESADAS.pdf - 26. Solicitud fundacion_tierra_nueva_3977.pdf

- 27. Fundación es Justo y necesario senae-dsgg-2015-26519-e1.pdf - 28. SENAE-DDQ-2015-0237-E MINISTERIO DE SALUD.pdf - 29. SENAE-DDQ-2015-0238-E MIES.pdf

- 30. seane-dsgq-2015-5725 Operación Sonrisa.pdf

- MERCANCIA PARA ADJUDICACION a favor MSP G 20.xls Copia:

Señor Economista

Pedro Xavier Cárdenas Moncayo Director General

Economista

Fabián Arturo Soriano Idrovo Subdirector General de Operaciones Señorita Abogada

Amada Ingeborg Velásquez Jijon Asesor 2

Ingeniera

Grace Ivonne Rodríguez Barcos

Directora Nacional de Capitales y Servicios Administrativos Señora Licenciada

(12)

Directora de Comunicación Señor Doctor

Ángel Giovanni Paez Medina Director de Asesoría Jurídica UIO Señor Licenciado

Luis Alfonso Calero Escobar

Director (E) de la Dirección de Control Zona Primaria de la Dirección Distrital de Quito Señor Economista

Charito Del Cisne Diaz Sánchez Directora de Secretaria General Quito Señora Licenciada

Renata Anabella Andrade Piedra Jefe de Procesos Aduaneros(E) Señorita Ingeniera

Priscila Rocío Mena Yépez Técnico Operador Señor

Giovanny Marcelo Cordova Morales Analista Informático 2

Señor Economista

César Augusto Calderón Villota

Coordinador General Administrativo Financiero MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Señora Ingeniera

Liliana Elizabeth Paredes Mancheno

Directora Nacional Administrativa, Encargada MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Señor Arquitecto

Alexander Lafebre Quirola

Subsecretario Nacional de Garantía de la Calidad de los Servicios de Salud MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

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