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RESUELVE: Primero. Objeto y ámbito de aplicación

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Resolución de 16 de julio de 2008, de la Dirección General de Política Educativa, por la

que se autoriza el Programa de Refuerzo Educativo y su aplicación experimental en

Centros de Educación de Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón

para el curso 2008-2009.

El

Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril,

establece, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia

compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades,

que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y

educativa, su programación, inspección y evaluación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollen.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 19.1 recoge que en la etapa

de primaria se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención

individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de

mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades. De igual forma, en su

artículo 26.5, establece que corresponde a las Administraciones educativas regular soluciones

específicas en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria para la atención de aquellos

alumnos que manifiestan dificultades especiales de aprendizaje cualquiera que sea su causa.

La Orden de 9 de mayo de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que

se aprueba el currículo de la Educación primaria y la Educación secundaria obligatoria y se

autoriza su aplicación en los centros de la Comunidad autónoma de Aragón, determina que el

carácter obligatorio y las características del alumnado de esta etapa requieren una intensificación

en la atención a la diversidad que dé respuesta, en general, a todos los estudiantes, y en

particular, al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, mediante la adecuada

intervención durante su permanencia en el sistema educativo.

Asimismo, el artículo 4.1 de la citada Orden establece que uno de los pilares básicos sobre los

que se asienta la aplicación y desarrollo del currículo de la Comunidad autónoma de Aragón es la

atención a la diversidad de todo el alumnado, a fin de dar respuesta a sus necesidades

educativas considerando sus intereses, motivaciones y capacidades para el aprendizaje en un

entorno normalizado. En este sentido, los artículos 14 y 15, incluido en el Título III, referido a la

Atención a la diversidad, dispone que, para el alumnado menor de dieciséis años que presente

un elevado desfase curricular y dificultades de aprendizaje, podrá aplicarse el Programa de

aprendizaje básico en grupo reducido, con la finalidad de facilitar la adquisición de las

competencias básicas necesarias para proseguir su proceso educativo a lo largo de la etapa.

La Resolución de 11 de abril de 2007, de la Secretaría General de Educación, dispone la

publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de marzo de 2007 sobre la financiación

del Plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica de Educación. En aplicación de dicha

disposición, el programa de aprendizaje básico al que hace referencia la presente Resolución se

incluye dentro de las actuaciones que contempla este Plan de apoyo y, en particular, dentro del

punto 3 del Anexo referido a programas de mejora del éxito escolar. Dichos programas pretenden

apoyar la aplicación de las medidas recogidas en la Ley Orgánica de Educación que se orientan

a incrementar el número de alumnos que progresan adecuadamente a lo largo de su

escolarización.

El Decreto 29/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto

151/2004, de 8 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de

Educación, Cultura y Deporte, en su artículo 1.1, atribuye al mismo la planificación, implantación,

desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón. Asimismo, en su artículo 20.1g),

atribuye a la Dirección General de Política Educativa el impulso y coordinación de las enseñanzas

(2)

de régimen general a las que se refieren las leyes educativas vigentes, así como su desarrollo

curricular sin perjuicio de las competencias que corresponden a otros órganos del Departamento.

En virtud de la facultad que le confiere la disposición final primera de la Orden de 9 de mayo de

2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la

Educación secundaria obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la

Comunidad autónoma de Aragón, la Dirección General de Política Educativa

RESUELVE:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación

La presente Resolución tiene por objeto autorizar la aplicación experimental del Programa de

refuerzo educativo en centros de educación primaria y secundaria de la Comunidad autónoma de

Aragón, que se especifican en el Anexo I.

Segundo. Aspectos organizativos

El Programa de Refuerzo Educativo se desarrollará de acuerdo con la Orden de 27 de junio de

2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se dictan normas para su

funcionamiento, publicada en la página web del Departamento.

Tercero. Seguimiento y evaluación

1. Los centros participantes en el programa realizarán una memoria específica sobre el

desarrollo y evaluación del proyecto que deberá incorporarse a la Memoria Anual, tal y como

se recoge en el apartado Quinto.12 de la citada Orden, y que contendrá, como mínimo, el

grado de cumplimiento de los objetivos previstos y una valoración de las actividades

desarrolladas.

2. De igual forma, los centros educativos participantes cumplimentarán los informes que les sean

requeridos por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte al objeto de realizar el

seguimiento y la evaluación de los procesos y los resultados de esta actuación.

3. La Inspección de Educación hará un especial seguimiento de este programa. Así, teniendo en

cuenta el proceso de supervisión y asesoramiento de los centros y una vez estudiadas las

memorias realizadas por los centros participantes, emitirá un informe que refleje la valoración

del desarrollo del Programa. Dicho informe será remitido a la Dirección General de Política

Educativa antes del 30 de julio de cada curso escolar.

4. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a lo largo del proceso de aplicación

experimental, realizará el oportuno seguimiento del Programa de Refuerzo Educativo, lo que

permitirá, junto con los informes emitidos por los centros y la Inspección de Educación,

introducir las modificaciones que se estimen adecuadas para su mejor desarrollo.

Cuarto. Revocación

1. La Dirección General de Política Educativa podrá revocar la autorización concedida a los

centros en los siguientes casos:

(3)

2. En ambos supuestos, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte garantizará que los

alumnos culminen el programa una vez comenzado.

Quinto. Información a la comunidad educativa

Las direcciones de los centros educativos transmitirán la información sobre el contenido de estas

instrucciones a los distintos sectores de la comunidad educativa

.

Sexto. Extensión del programa

A propuesta de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, la Dirección General

de Política Educativa podrá autorizar la incorporación de nuevos centros a este programa en

cursos escolares sucesivos.

Séptimo. Instrucciones para su aplicación

Los Directores de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte

dictarán las instrucciones pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en esta Resolución y

darán traslado de la misma a los centros correspondientes.

Zaragoza, 16 de julio de 2008

LA DIRECTORA GENERAL

DE POLÍTICA EDUCATIVA

Fdo.: Carmen Martínez Urtasun

SRES. DIRECTORES DE LOS SERVICIOS PROVINCIALES DE EDUCACIÓN, CULTURA Y

DEPORTE.

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Anexo I

Centros autorizados por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para desarrollar

con carácter experimental el Programa de Refuerzo Educativo

Curso 2006/2007

PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO

HUESCA HUESCA IES SIERRA DE GUARA TERUEL ALCORISA IES DAMIAN FORMENT ZARAGOZA ZARAGOZA CEIP ZALFONADA

Curso 2007/2008

PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO

HUESCA AYERBE CEIP RAMÓN Y CAJAL TERUEL CALANDA CEIP VIRGEN DEL PILAR TERUEL MONREAL DEL CAMPO CEIP NTRA. SRA. DEL PILAR TERUEL UTRILLAS CEIP VILLA DE UTRILLAS TERUEL ALBARRACÍN SECC. IES STA. EMERENCIANA ZARAGOZA LA ALMUNIA DE DÑA.

GODINA

CEIP PRIMO DE RIVERA ZARAGOZA CALATAYUD CEIP BALTASAR GRACIÁN ZARAGOZA CALATAYUD CEIP SALVADOR MINGUIJÓN ZARAGOZA CASPE CEIP ALEJO LORÉN

ZARAGOZA EJEA DE LOS CABALLEROS CEIP RECTOR MAMES ESPERABE ZARAGOZA MOVERA CEIP JUAN PABLO BONET

Curso 2008/2009

PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO

HUESCA HUESCA CEIP SAN VICENTE

TERUEL ANDORRA CEIP MANUEL FRANCO ROYO TERUEL ESCUCHA CEIP ANTONIO GARGALLO MOYA TERUEL MORA DE RUBIELOS IES GÚDAR JAVALAMBRE

(5)

ANEXO II – FICHA

Programa de Refuerzo Educativo

Datos del Centro:

Nombre del Centro: ___________________________________________Código_____________

Dirección: _____________________________________________________________________

Localidad:_______________________ CP:___________ Provincia:___________________

Teléfono:____________________ Fax:_________________ E-mail________________________

Web: _________________________________________________________________________

Datos del Coordinador

Nombre y apellidos ______________________________________________________________

DNI____________________

E-mail_________________________________________________________________________

DATOS ALUMNOS

Centro

Programa

Curso

Nº Grupos

Alumnos

Grupos

Alumnos

Días semana

de refuerzo

Nº Horas

1º ESO

2º ESO

5º Educación Primaria

6º Educación Primaria

DATOS PERSONALES

Profesorado

Nombre y apellidos

Cuerpo docente

Nª Registro

Personal

DNI

Coordinador

Profesor_1

Profesor_2

Profesor_3

Profesor_4

Profesor_5

Profesor_6

HORARIO

SEMANAL

NÚMERO DE HORAS

Profesorado

Período

meses

Nº semanas

Lectivas No lectivas Septiemb/Diciembre Enero/Marzo Abril/Junio

Coordinador

Profesor_1

Profesor_2

Profesor_3

Profesor_4

Profesor_5

Profesor_6

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ANEXO III

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:

a) Características socioeducativas de los alumnos, mediante informe que incluya los niveles de competencia curricular.

b) Principios pedagógicos, metodológicos y de organización en los que se basa el programa. c) Criterios de organización y agrupamiento del alumnado.

d) Programación didáctica y horario semanal para impartirla.

e) Concreción de las medidas específicas de atención a este alumnado en el Plan de Acción Tutorial.

f) Criterios y procedimientos de evaluación del proyecto.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

(con desglose del importe. Caso de no tener espacio

suficiente, adjuntar hoja de desglose)

OBSERVACIONES

En _____________________, a ____ de _________________________ de 200_____

EL DIRECTOR/A

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