P
P
a
a
c
c
t
t
o
o
d
d
e
e
l
l
P
P
o
o
d
d
e
e
r
r
P
P
ú
ú
b
b
l
l
i
i
c
c
o
o
N
N
a
a
c
c
i
i
o
o
n
n
a
a
l
l
p
p
o
o
r
r
l
l
a
a
S
S
e
e
g
g
u
u
r
r
i
i
d
d
a
a
d
d
y
y
l
l
a
a
V
V
i
i
d
d
a
a
Propuesta presentada por el Diputado Carlos Tablante en la Sesión Especial de la Asamblea Nacional
Sobre Seguridad y Violencia
Caracas, 07 de agosto de 2001
Diputado
Carlos Tablante
P
P
a
a
c
c
t
t
o
o
d
d
e
e
l
l
P
P
o
o
d
d
e
e
r
r
P
P
ú
ú
b
b
l
l
i
i
c
c
o
o
N
N
a
a
c
c
i
i
o
o
n
n
a
a
l
l
p
p
o
o
r
r
l
l
a
a
S
S
e
e
g
g
u
u
r
r
i
i
d
d
a
a
d
d
y
y
l
l
a
a
V
V
i
i
d
d
a
a
Acuerdo del Poder Público Nacional
de la República Bolivariana de Venezuela
Considerando:
Que el día martes 07 de agosto del año en curso, con fundamento en el acuerdo de la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional efectuada el pasado 26 de julio, se realizó en el Palacio Legislativo la Sesión Especial con un punto único en la agenda: “La Inseguridad y la violencia en Venezuela”
Considerando:
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 2° expresa; “Venezuela se constituye en un Estado democráticos y social de Derecho y de Justicia que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, y en general la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Considerando
Que los Órganos del Poder Público tienen sus funciones propias, que no lo eximen de colaborar entre sí en la realización de los fines del Estado
Considerando
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 19 obliga al Estado a garantizar a toda persona conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Y en este sentido obliga a los órganos del Poder Público a respetarlos y garantizarlos.
Considerando:
Que el Texto Constitucional contiene un amplio articulado de carácter progresista sobre Derechos Humanos, cuyos postulados estamos obligados a respetar y hacer cumplir.
Considerando:
Que la Constitución de la República de Venezuela en su artículo 55 consagra que toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana, regulados por la Ley.
Considerando:
Que la democracia protagónica y participativa representa el equilibrio necesario entre los derechos y los deberes ciudadanos, por lo cual todos los venezolanos y venezolanas tienen el deber de actuar con tolerancia y solidaridad en la promoción y defensa de los derechos humanos, base de la convivencia y la paz social.
Considerando
Que la superación de la situación de inseguridad y violencia es una de las necesidades más sentidas por la ciudadanía, lo que demanda la inmediata atención de las instituciones de los Poderes Públicos y de la Sociedad, en todos los ámbitos territoriales: Nacional, Estadal, Municipal, Parroquial y Comunidades.
Considerando
Que es perentoria la instrumentación de una política de prevención social integral para generar corresponsabilidad, cooperación y acercamiento entre la ciudadanía, las comunidades y los cuerpos de seguridad hacia el logro de comportamientos de tolerancia, solidaridad y convivencia social.
Se acuerda:
PRIMERO:
El Ejecutivo Nacional, representado en esta sesión especial de la Asamblea Nacional por el Ministro del Interior y Justicia, se compromete a:
1. Agilizar el proceso para la aprobación de las Leyes que en materia de Seguridad contempla la Ley que Autoriza al Presidente de la República a Dictar Decretos con Fuerza de Ley en las Materias que se Deleguen (conocida como Habilitante), entre las cuales figuran:
a. Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana, necesaria para cooperación reciproca y coordinación de los órganos de seguridad ciudadana.
b. Ley para la organización, competencia y funcionamiento de los órganos de investigación penal, conforme a las disposiciones de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del Código Orgánico Procesal Penal
c. Dictar medidas que permitan incorporar nuevas tecnologías que garanticen un sistema de identificación seguro, eficiente y coordinado, para los nacionales y para extranjeros que se encuentren dentro o fuera del país.
2. Cumplir un plan de reestructuración de los Cuerpos Policiales, atendiendo a:
a. Un Sistema de Evaluación de los actuales efectivos, sin distingo de jerarquía.
b. Sistema eficaz de selección para el ingreso a la carrera policial.
c. Aplicación de un sistema de mejoramiento y actualización profesional.
d. Adaptación de un Régimen Disciplinario Interno de los Cuerpos Policiales.
e. Mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de los efectivos policiales.
3. Establecimiento de un Sistema Nacional de Inteligencia, adscrito al Ministerio del Interior y Justicia, dirigido a instaurar una Base de datos confiables y oportunos, alimentada permanentemente por los Cuerpos de Seguridad del Estado y al servicio de todos los niveles territoriales de gobierno.
4. Ejecución de un Programa Nacional de Desarme, coordinado por el Ministerio del Interior y Justicia y la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFAN) que permita:
a. Renovación de los portes de arma, con el fin de cotejar los existentes con la Base de Datos Policiales, para lo cual se dará un plazo a los portadores de treinta (30) días hábiles. Vencido el lapso de renovación,, todos los portes no actualizados son ilegales..
b. Operaciones de desarme por parte de los Cuerpos Policiales y la Guardia Nacional, de acuerdo a una zonificación especial.
c. Operación de control de inventarios en las armerías.
5. Realización de una Reunión Nacional sobre Seguridad, con la participación de los Gobernadores y Alcaldes de los municipios donde existan policías municipales, a objeto de acordar medidas para:
a. Confeccionar los “mapas de delitos” y a partir de éstos, elaborar los “mapas policiales”
b. Dar a conocer el Plan Nacional de reorganización de las policías, Plan de Desarme y del Sistema Nacional de Inteligencia, con el propósito de alcanzar una coordinación eficaz.
c. Acordar la dotación de equipos informáticos en las dependencias policiales estadales y municipales, para ser incorporados a la red nacional y permitir una respuesta inmediata en los casos de comisión de delitos y de operaciones policiales preventivas.
d. Definir con precisión las acciones y áreas de competencia de cada una de las policías. Asimismo, delimitar los entes coordinadores en el ámbito de los estados y municipios, evitando conducta individualistas o grupales en la lucha contra el delito.
e. Programa de capacitación policial sobre derechos humanos.
f. Dirigir la actuación de las policías municipales a la atención de necesidades locales, que permitan sembrar los valores de la
tolerancia y la convivencia social, mediante la incorporación de las comunidades a Programas de Atención Preventiva en Seguridad, que incluyan difusión de medidas de seguridad y acciones de acercamiento entre las policías y la ciudadanía.
g. Promover en los Municipios la creación de Casas de Participación Ciudadana, dirigidas a promover la justicia de paz, la instauración de mecanismos de resolución de conflictos y ensayos de penas alternativas de trabajo comunitario, con la participación conjunta de vecinos, jueces de paz y policías municipales. Igualmente, estas casas se encargarán de la promoción de derechos civiles y humanos, educación cívica y los valores de la convivencia.
h. Fortalecimiento Institucional de las Prefecturas y Jefaturas Civiles, para el desarrollo de:
• Programas de prevención, detección y atención de la violencia intrafamiliar.
• Programas de prevención, detección y atención de la violencia juvenil, con fundamento en la Ley Orgánica de Protección a la Niñez y a la Adolescencia.
6. Establecimiento de un solo Sistema de Seguridad de Emergencia Telefónica (SSET) dotado de un único número y de una central común, con funcionamiento las 24 horas, capaz de recibir llamadas desde cualquier aparato telefónico y de entrar en contacto inmediato con el Cuerpo de Seguridad a quien le corresponda actuar, independientemente del ámbito territorial de competencia.
7. Reorganización del Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre (SETRA) y adscribirlo al Ministerio de Relaciones Interiores y de Justicia, con la finalidad de corregir ineficiencias y cotejar su Base de Datos con los Registros de Identificación, Registros y Notarías y el Sistema Nacional de Inteligencia.
8. Modernizar, mediante equipos, informáticos, la Base de datos de las Notarías y Registros.
9. Llevar a consideración del Consejo de Ministros la necesidad de diseñar y desarrollar un Plan Nacional de Prevención Social Integral que permita ampliar, organizar y cumplir los programas de carácter social y económico, colocando el acento en el mejoramiento de la calidad de vida de la población. , y que en el proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2002 se le asignen los recursos necesarios para su ejecución.
10. Revisión inmediata de la ejecución los Convenios suscritos por la República con organismos multilaterales para la Reforma del Sistema de Justicia Penal, en materia de Seguridad y Convivencia Ciudadana y modernización de las Notarias y Registros, dado que el incumplimiento puede acarrear sanciones para Venezuela.
SEGUNDO:
La Asamblea Nacional, representada por su presidente, se compromete a:
1. Dar urgencia legislativa, conforme al Reglamento Interior y de Debates, a los proyectos de Ley relacionados con la materia de Seguridad Ciudadana, entre las cuales figuran:
a) Reforma Parcial de Código Orgánico Procesal Penal (COPP) y de otras leyes que comprendan beneficios procesales penales, las cuales, en determinados casos, colocan en situación de indefensión a las víctimas.
b) Ley Base del Cuerpo de Policía Nacional Dirigida a establecer: Un Sistema de profesionalización de los cuerpos policiales del país. Definición de las áreas de competencia de las policías en los ámbitos nacional, regional y municipal. Estructura general de la Carrera Policial. Disposición transitoria para someter a reorganización, reestructuración y depuración a los Cuerpos Policiales.
c) Ley Orgánica del Poder Ciudadano. (Aprobada en primera discusión). Debe incluir una disposición transitoria para iniciar de manera urgente la reorganización y reestructuración del Ministerio Público.
d) Ley sobre armas y explosivos, en concordancia con el artículo 324 de la Constitución.
e) Nuevo Código Penal. Un paso sustancial por ser el instrumento legal que define la política de Estado frente al crimen.
f) Reforma de la Ley Orgánica sobre Sustancias
Estupefacientes y Psicotrópicas,
g) Ley para la creación del Fondo Nacional de Prevención del
delito.
h) Ley contra la corrupción y el crimen organizado i) Ley Antisecuestros y contra la extorsión.
j) Legislación especial sobre la franja de seguridad de las
fronteras,
k) Código de convivencia. Solución de conflictos en las
comunidades y justicia de paz.
l) Ley de protección del Testigo. m) Ley sobre Delitos Informáticos
2. Impulsar un Acuerdo Parlamentario Nacional por la Seguridad Ciudadana y la Vida que incluya:
a. El compromiso de los grupos parlamentarios a realizar acciones con las
autoridades nacionales, estadales y municipales y grupos sociales, con el propósito de alcanzar una participación social más activa e impedir que la delincuencia se adueñe de los espacios ciudadanos. }
b. Apoyo a la Defensoría del Pueblo y a las ONG’s para el desarrollo de un
Plan Nacional en defensa de los derechos humanos
3. Convocatoria trimestrales a Sesiones Especiales sobre Seguridad, que permitan ir evaluando los alcances, objetivos y metas cumplidas mediante la ejecución de los proyectos, planes y programas sobre Seguridad Ciudadana ..
4. Convocatoria bimestral a mesas de diálogo, con el fin de darle cauces de participación a las organizaciones de la sociedad civil, para que expongan su visión, así como las fortalezas y debilidades, sobre la política de Seguridad Ciudadana.
TERCERO:
El Tribunal Supremo de Justicia, representado en esta Sesión Especial de la Asamblea Nacional por su presidente, se compromete a:
a. Acelerar los procesos necesarios para que los tribunales de Control funcionen las 24 horas del día y se ejecute la instalación de los Tribunales de Menores, en cumplimientos a las disposiciones de la Ley Orgánica de Protección a la Niñez y a la Adolescencia
b. Presentar a la Asamblea Nacional, en un tiempo perentorio, los anteproyectos de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y Ley del Sistema de Justicia.
c. Acelerar el proceso de reorganización del Sistema de Administración de Justicia y los concursos de ingresos para jueces
CUARTO:
La Fiscalía General de la República y la Defensoría del Pueblo, órganos del Poder Ciudadano, representadas en esta sesión especial, respectivamente, por el Fiscal General de la República y el Defensor del Pueblo, se comprometen a:
a. Presentar a la Asamblea Nacional, en un plazo perentorio, el Anteproyecto de Ley del Ministerio Público.
b. Dotar al Ministerio Publico de personal capacitado en materia operativa, suficiente para atender y resolver la demanda de casos y asuntos sometidos a conocimiento de la Fiscalía.
c. Realizar Programas de Evaluación y de Mejoramiento Profesional
d. para los Fiscales del Ministerio Público, en materia jurídica y en lo relativo al ámbito criminalístico.
e. Clasificación de los Fiscales del Ministerio Público y sus actividades según los siguientes criterios:
Según la modalidad procesal
d.1) Fiscales para conocer y seguir hasta su conclusión los juicios iniciados por procedimientos abreviados (casos de delitos flagrantes)
d.2) Fiscales para conocer y seguir hasta su culminación los procesos iniciados conforme al procedimiento ordinario.
Según la materia
d.3) Fiscales encargados de conocer delitos ordinarios (salvo delitos contra la propiedad).
d.4) Fiscales encargados de conocer la materia de ilícitos tributarios y aduanales.
d.5) Fiscales especializados en materia de delitos de salvaguarda del patrimonio público.
d.6) Fiscales especializados en materia ambiental.
d.7) Fiscales especializados en materia de delitos económicos, financieros y electrónicos, autorales y de marca, y delitos ordinarios contra la propiedad.
d.7) Fiscales especializados en materia de sustancias estupefacientes y psicotrópicos.
d.8) Fiscales especializados en delitos de secuestros y extorsión.
f. Realización de una auditoria de todas las causas y expedientes en conocimiento de la Fiscalía, para que se provea su urgente tramitación y resolución.
g. Realizar los tramites necesarios para la creación de una Base de Datos que permita conocer oportunamente los antecedentes o trayectoria procesal de imputados.
h. Revisión y tramitación de las causas y averiguaciones seguidas a funcionarios del Ministerio Público, con relación a irregularidades cometidas en el ejercicio de sus funciones, con especial atención a las causas relativas al ejercicio de terrorismo fiscal, abuso de autoridad, complicidad en la comisión u ocultamiento de delitos o colaboración con la impunidad, negligencia, entre otras.
i. Realizar, a través de la Defensoría del Pueblo, un programa educativo de divulgación de los derechos humanos y la solución pacífica de conflictos, que permita movilizar la participación ciudadana en contra de la violencia
QUINTO:
Los representantes del Poder Público Nacional exhortan a las gobernaciones, alcaldías y juntas parroquiales del país a promover el contenido de la Ley Orgánica de Protección a la Niñez y a la Adolescencia, de manera que se puedan desarrollar todos los programas necesarios de prevención social integral y de rehabilitación, con especial énfasis en los planes dirigidos a jóvenes involucrados en delitos.
SEXTO
Los representantes de los Poderes Públicos, presentes en la Sesión Especial de la Asamblea Nacional, manifiestan su convicción de que la fuerza de la ley es la única vía para combatir las manifestaciones delictivas, razón por la cual rechazan cualquier pretensión o hecho que deforme los valores y principios de los órganos del Estado.