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Derecho Administrativo III

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Academic year: 2021

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Derecho

Administrativo III

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DERECHO ADMINISTRATIVO III

1.EQUIPO DOCENTE

Dr. D. Jesús Ángel Fuentetaja Pastor, Profesor Titular

Dr. D. Juan José Montero Pascual, Profesor Contratado Doctor.

Dr. D. Jesús Ángel Fuentetaja Pastor Jueves 10:30 – 13:30 91 398 6127

Dr. D. Juan José Montero Pascual Miércoles 10:30 – 13:30 91 398 6127

Dr. D. Mariano Bacigalupo Sagesse Jueves 10:30 – 13:30 91 398 6127

2.OBJETIVOS GENERALES DE LA ASIGNATURA

La parte correspondiente al Derecho administrativo III (nuevo plan) estudia los contratos que celebra la Administración, la expropiación forzosa, la responsabilidad administrativa y el régimen jurídico de los empleados públicos.

3.BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

Para la asignatura, el manual aconsejado es el del Prof. R. PARADA VÁZQUEZ: Derecho Administrativo, última edición, tanto el tomo I (“Parte general”, última edición, para el estudio de los contratos administrativos, expropiación forzosa y responsabilidad administrativa) como el tomo II (“Organización y empleo público”, última edición, para el estudio del empleo público).

Evidentemente también es preciso que el alumno maneje, consulte y se familiarice con la legislación en vigor, a través de cualquiera de los repertorios de leyes administrativas compendiados por diversas editoriales privadas (Aranzadi, Colex, Marcial, Tecnos o Civitas).

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4.BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

La anterior recomendación sobre la bibliografía básica no debe entenderse en ningún caso como una inducción a la idea de que esta asignatura no pueda prepararse a través de otras obras de Derecho Administrativo, que las hay y de magnífica factura. Entre otros, son excelentes obras:

– E. GARCÍA DE ENTERRÍA Y T.R.FERNÁNDEZ, Curso de Derecho Administrativo, Civitas. – J. A. SANTAMARÍA PASTOR, Principios de Derecho Administrativo, Iustel (Madrid). M. SÁNCHER MORÓN, Derecho Administrativo. Parte General, Tecnos.

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También se aconseja la lectura regular de la Revista de Administración Pública (RAP), que edita el Centro de Estudios Constitucionales y de la Revista Española de Derecho Administrativo, (REDA), de la Editorial Civitas, así como la Revista de Estudios de

la Administración Local y Autonómica y Documentación Administrativa editadas ambas por el Instituto Nacional de Administración

Pública.

5.EVALUACIÓN

Los exámenes de nuestra asignatura consistirán en la respuesta a cinco preguntas, de las cuales dos podrán ser formuladas en forma de supuesto práctico. La duración será de hora y media y el espacio tasado, pero suficiente. Como habrá tiempo y espacio suficiente para contestarlas en la misma hoja de examen, se recomienda que antes de hacerlo en el papel oficial, el examinando ordene las ideas y reflexione sobre los puntos o cuestiones fundamentales que comprenden las preguntas en un papel borrador, que no se admitirá para su corrección.

Ahora bien, en el marco de una reorganización sistemática de los contenidos de Derecho Administrativo, algunas partes que originariamente se encontraban radicadas en Derecho Administrativo II (Contratos administrativos, Expropiación

Forzosa y Responsabilidad administrativa) han terminado por situarse en la presenta asignatura de Derecho Administrativo III.

Por otra parte, junto a esos contenidos anteriormente referidos, la asignatura se completa con la temática relativa al Empleo Público. Dado que el contenido de la nueva asignatura de Derecho Administrativo III responde a una sistematización y reordenación de los contenidos de la materia de Derecho Administrativo entre los cuatro cursos existentes actualmente en la carrera, los alumnos que aprobaron la asignatura de Derecho Administrativo II (Plan

Nuevo) en el curso 2003/2004 o aquellos a quienes se les ha convalidado Derecho Administrativo I del Plan Antiguo (cursado en la UNED) por Derecho Administrativo I y Derecho Administrativo II del Plan Nuevo no se

deberán examinar nuevamente de los temas relativos a contratos administrativos, expropiación forzosa y responsabilidad administrativa. Sólo estos alumnos (insistimos, los que aprobaron la asignatura Derecho Administrativo II Plan Nuevo en el curso 2003/2004 o a quienes se ha convalidado Derecho Administrativo I del Plan Antiguo de la UNED por Derecho Administrativo I y II del Plan Nuevo) se deberán examinar, exclusivamente, de la Tercera Parte de la materia, correspondiente al Empleo Público. Es importante, pues, que cada alumno se asegure en qué curso académico aprobó el Derecho Administrativo II (Plan Nuevo), pues aquel alumno que se examine sólo de la Tercera Parte de la asignatura sin haber aprobado el Derecho Administrativo II (Plan Nuevo) el curso 2003/2004 o el Derecho Administrativo I del Plan Antiguo, tras la debida comprobación y comparación con las Actas, será considerado no apto por no haberse examinado de la totalidad del programa que le correspondía.

Por tanto, los alumnos que aprobaron la asignatura Derecho Administrativo II Plan Nuevo en el curso 2003/2004 y los que aprobaron Derecho Administrativo I Plan Antiguo sólo deberán contestar las preguntas relativas al temario de “Empleo Público”, dejando en blanco las preguntas sobre contratos administrativos, expropiación forzosa y responsabilidad, pues de esta materia ya se examinaron en el curso 2003/2004 del Plan Nuevo o en Derecho Administrativo I del Plan Antiguo. La idea es, pues, que quienes ya se examinaron de contratos administrativos, expropiación o responsabilidad administrativo y superaron dichos exámenes en asignaturas anteriores (tanto del Plan Nuevo como del Plan Antiguo), por razones de justicia, no deban examinarse de nuevo.

Tal regla no se aplicará, en cambio, a quienes no hubiesen superado tales contenidos temáticos (Derecho Administrativo I del Plan Antiguo) en la UNED y accedan directamente a Derecho Administrativo III por convalidación de cursos anteriores realizados en Universidades diferentes a la UNED.

Durante la celebración del examen se podrá utilizar el programa de la asignatura, sin ningún tipo de comentario o añadido.

No se exige la cumplimentación de trabajos o prácticas al margen de las pruebas presenciales. El alumno puede presentarse en cualquiera de las dos semanas de exámenes de febrero, pero, en ningún caso, puede examinarse en ambas, pues ello implicaría la calificación automática de No apto.

El criterio general de evaluación es la respuesta correcta a las cinco preguntas, pues todas tienen idéntico valor. Se tendrá en cuenta el rigor conceptual, la claridad en la redacción y la precisión léxica. Dado el tipo de examen, es imprescindible contestar directamente a lo que se pregunta, no siendo necesario ni conveniente (dada la limitación del espacio) comenzar con

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introducciones o presentaciones del contexto de lo que se pregunta. Se ruega encarecidamente cuidar la legibilidad y la presentación del ejercicio, pues ello facilita la corrección por dejar clara la respuesta a la cuestión planteada. No obstante la valoración global que se hace, la falta de respuesta o una respuesta muy deficiente a dos de las preguntas no permitirá

alcanzar la calificación de “apto” en la prueba.

Los exámenes de reserva, extranjero y de diciembre constarán, en cambio, de tres preguntas de desarrollo, sin límite de espacio.

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6. REVISIÓN DE EXÁMENES

REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN

6.1. NORMATIVA DE REVISIÓN DE CALIFICACIONES DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Aprobada por el Consejo de Departamento de Derecho Administrativo el 18 de abril de 2012, BICI nº 29 de 7 de mayo de 2012)

En desarrollo de las “Normas de Revisión de Exámenes”, establecidas por el Consejo de Gobierno de la UNED el 29 de junio de 2010, el Departamento de Derecho Administrativo aprueba la siguiente Normativa de Revisión de Calificaciones para las asignaturas cuya docencia le corresponde:

Artículo 1. Objeto.

1. La presente normativa tiene por objeto la regulación del procedimiento de revisión de las calificaciones otorgadas por los equipos docentes del Departamento de Derecho Administrativo a los exámenes de las asignaturas adscritas al mismo y realizados en las pruebas presenciales.

2. Quedan excluidas de este procedimiento las impugnaciones relativas a los enunciados y contenidos de las preguntas del examen.

3. En el marco del procedimiento de revisión de calificaciones no se atenderán solicitudes de explicaciones de contenidos de las asignaturas, ni peticiones de aclaraciones adicionales a la corrección de los exámenes, ni a las contestaciones de revisiones.

Artículo 2. Medio de presentación de escritos de revisión.

1. Las solicitudes de revisión de calificaciones al profesor responsable de la corrección del examen y las reclamaciones a la Comisión de Reclamaciones del Departamento se presentarán única y exclusivamente de forma telemática a través de la dirección de correo electrónico específica que, en cada asignatura, se creará exclusivamente para tal propósito.

2. El profesor que haya corregido el examen contestará las solicitudes de revisión utilizando la misma dirección de correo electrónico.

Artículo 3. Plazo de presentación de solicitud de revisión de examen.

1. La solicitud de revisión de examen deberá hacerse en el plazo de 7 días naturales, contados a partir del día de la publicación de la calificación en la Secretaría Virtual de la UNED (SIRA e Internet).

2.La solicitud de revisión deberá incluir todos los elementos que permitan la identificación del alumno: Nombre, apellidos, NIF; y la localización del examen: Tipo de estudios (Grado, Licenciatura), Plan de estudios, Centro Asociado en el que se realizó, semana o fecha de realización, etc.

Artículo 4. Motivación.

Las solicitudes de revisión de calificaciones y las reclamaciones ante la Comisión de Reclamaciones del Departamento deberán expresar, sobre la base de las contestaciones recogidas en el examen y el contenido exacto que recogen los materiales docentes, las razones que justificarían otra calificación. Las solicitudes de revisión y las reclamaciones a la Comisión de Reclamaciones del Departamento que carezcan de motivación no serán admitidas.

Artículo 5. Resolución de la solicitud de revisión.

El profesor responsable de la revisión deberá contestar a la solicitud de revisión de forma motivada y ajustándose a los criterios académicos de corrección establecidos por el equipo docente.

Artículo 6. Comisión de Reclamaciones del Departamento.

1. Contra las resoluciones de las solicitudes de revisión podrá presentarse reclamación ante la Comisión de Reclamaciones del Departamento.

2. La reclamación deberá presentarse dentro del plazo de los 5 días naturales siguientes a la contestación de la primera revisión a través del correo electrónico.

3.La Comisión de Reclamaciones del Departamento estará integrada por tres profesores titulares y uno suplente, designados en cada Curso Académico por el Director del Departamento.

4.Si uno de los miembros de la Comisión de Reclamaciones fuese el profesor responsable de la contestación de la solicitud de revisión, será sustituido por el miembro suplente.

5. Si el estudiante, en su solicitud a la Comisión de Reclamaciones del Departamento, pidiera la participación de la representación de estudiantes, se solicitará, por medios telemáticos, informe a dicha representación. Este informe no podrá entrar en la valoración técnica y académica de los contenidos del examen. A todos los efectos, este informe constituirá el voto del representante de alumnos en la Comisión.

6. Las resoluciones de la Comisión de Revisión del Departamento serán notificadas por correo certificado con acuse de recibo a los interesados.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.

Las presentes normas serán de aplicación a partir del Curso Académico 2012/2013.

6.2. Instrucciones prácticas para la presentación de los escritos de revisión y de reclamación.

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Cuide la motivación de sus escritos, explicando, sobre la base de las contestaciones recogidas en el examen que usted realizó, por qué son correctas una vez contrastadas con el material de estudio (leyes, manual, etc.). No serán tenidas en cuenta motivaciones del tipo:

- “salí contento del examen”,

- “he contestado según lo recogido en los libros o en las leyes” (sin que especifique, concrete y recoja lo que se dice en esos libros o leyes y contraste con lo recogido en el examen realizado)

- “he contestado igual que un compañero que ha obtenido mejor nota” B) Correo electrónico al que dirigir los escritos.

El correo electrónico de la asignatura, a efectos de presentación de escritos de revisión y de reclamaciones ante la Comisión del Departamento, es:

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7. PROGRAMA DE LA ASIGNATURA. DERECHO ADMINISTRATIVO III

PLAN NUEVO

PRIMERA PARTE. LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

TEMA I.- LA CONTRATACIÓN DE LOS ENTES PÚBLICOS. CUESTIONES GENERALES

1. PODER PÚBLICO Y TÉCNICA CONVENCIONAL. EVOLUCIÓN HISTÓRICA 2. ELEMENTOS DIFERENCIALES CON LA CONTRATACIÓN PRIVADA

3. LA EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

4. ÁMBITO SUBJETIVO DE APLICACIÓN DE LA LEY 30/2007, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. 5. EL ÁMBITO OBJETIVO. NEGOCIOS Y CONTRATOS EXCLUIDOS

6. CLASES O DELIMITACIÓN DE LOS TIPOS CONTRACTUALES EN EL SECTOR PÚBLICO

TEMA II.- RÉGIMEN BÁSICO DE LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

1. LEGITIMACIÓN DE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL PÚBLICA 2. LAS PARTES

3. ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL CONTRATO: OBJETO, CAUSA, FORMA, DURACIÓN 4. EL PRECIO Y EL VALOR DE LOS CONTRATOS

5. LAS GARANTÍAS

6. LA INVALIDEZ EN LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 7. LA CONFLICTIVIDAD DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

TEMA III.- PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS

1. EXPEDIENTE DE PREPARACIÓN DE LOS CONTRATOS. LOS PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES. LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.

2. LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN

3. SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 4. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y OFERTAS TEMERARIAS.

5. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

6. LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. DOCUMENTO ADMINISTRATIVO O NOTARIAL.

TEMA IV.- LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL

1. LA DISTINCIÓN ENTRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS Y CIVILES

2. ORÍGENES Y PANORÁMICA COMPARATISTA SOBRE LA DIVISIÓN DE LOS CONTRATOS EN ADMINISTRATIVOS Y CIVILES

3. LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS COMO CONTRATOS CIVILES DEFORMADOS POR EL PRIVILEGIO DE DECISIÓN EJECUTORIA

4. LAS PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN

5. LA EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

6. LA COMPENSACIÓN AL RÉGIMEN DE PRIVILEGIOS DE LA ADMINISTRACIÓN. EL DERECHO AL EQUILIBRIO ECONÓMICO

7. CESIÓN DE LOS CONTRATOS, SUBCONTRATACIÓN Y PAGOS A SUBCONTRATISTAS Y PROVEEDORES

TEMA V.- LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS TÍPICOS

1. LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS TÍPICOS

2. EL CONTRATO DE OBRA: CONCEPTO Y CLASES DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA 3. EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA. CONCEPTO.

4. EL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO PUBLICO. CONCEPTO Y MODALIDADES. 5. EL CONTRATO DE SUMINISTROS. CONCEPTO.

6. CONTRATOS DE SERVICIOS. CONCEPTO.

7. CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR PRIVADO.

SEGUNDAPARTE: LAGARANTÍAPATRIMONIALDELADMINISTRADO

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1. GARANTÍA PATRIMONIAL Y ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE EXTINCIÓN DE DERECHOS. SUS FORMAS.-

2. SIGNIFICADO Y ALCANCE CONSTITUCIONAL DEL DERECHO DE PROPIEDAD.- 3. EXPROPIACIÓN Y FIGURAS AFINES: LIMITACIONES Y SERVIDUMBRES.-

4. ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO.-

5. LA LEY SINGULAR COMO TÉCNICA DE ELIMINACIÓN DE LA GARANTÍA EXPROPIATORIA.- 6. CONCEPTO Y OBJETO DE LA EXPROPIACIÓN.-

7. LOS SUJETOS DE LA EXPROPIACIÓN FORZOSA.-

8. LA CAUSA DE LA EXPROPIACIÓN FORZOSA. EL REQUISITO DE LA DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO O SOCIAL.-

9. EL REQUISITO DE LA NECESIDAD DE OCUPACIÓN.-

10. EL JUSTO PRECIO. NATURALEZA Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.- 11. LOS PROCEDIMIENTOS DE DETERMINACIÓN DEL JUSTIPRECIO.

12. EL PAGO DEL PRECIO Y LAS RESPONSABILIDADES POR DEMORA. INTERESES Y RETASACIÓN.- 13. LA OCUPACIÓN DE LOS BIENES EXPROPIADOS. MOMENTO DE TRANSFERENCIA DE LA

PROPIEDAD.-

14. LA EXPROPIACIÓN URGENTE.- 15. LA REVERSIÓN EXPROPIATORIA.- 16. GARANTÍAS JURISDICCIONALES.- 17. LAS EXPROPIACIONES ESPECIALES.-

18. LA EXPROPIACIÓN POR RAZONES DE DEFENSA NACIONAL. LA REQUISA MILITAR.- 19. INDEMNIZACIÓN POR OCUPACION TEMPORAL.

TEMA VII. LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN.

1. DE LA NEGACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN.— 2. FUNDAMENTO Y ORIGINALIDAD DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. LA SUSTITUCIÓN

DE LA NOCIÓN DE CULPA POR LA DE LESIÓN.— 3. LOS PRESUPUESTOS BÁSICOS DE LA IMPUTACIÓN.

4. LA LESIÓN: DAÑOS RESARCIBLES Y CONCEPTOS INDEMNIZATORIOS.— 5. LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD.—

6. SUJETOS PERJUDICADOS. EXTENSIÓN DE LA REPARACIÓN Y SU VALORACIÓN.— 7. PLAZO DE RECLAMACIÓN Y PROCEDIMIENTO.

8. LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA.— 9. LA RESPONSABILIDAD POR ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.—

10. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ACTOS O NORMAS DEL PODER LEGISLATIVO.

TERCERAPARTE:ELEMPLEOPÚBLICO.

TEMA VIII: DE LOS ORÍGENES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA AL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEO PÚBLICO.

1. INTRODUCCIÓN.—

2. EL ORIGEN DEL MODELO FUNCIONARIAL. EL CORPORATIVISMO DE SERVICIO.— 3. LA OPOSICIÓN DEL ESTADO LIBERAL AL FUNCIONARIADO PERMANENTE.— 4. LA IMPLANTACIÓN DE LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS.—

5. LOS ESTATUTOS GENERALES.—

6. LA CONTAMINACIÓN ANGLOSAJONA: LA LEY DE BASES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE 1964 Y

TEXTO ARTICULADO DE 7 DE FEBRERO DE 1964.—

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TEMA IX: EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO 1. FINES Y ALCANCE DE LA REFORMA.

2. MÁS SINDICALISMO Y EMPLEO PÚBLICO LABORAL.

3. LA REINTRODUCCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE PERSONAL. 4. EL DIRECTIVO.

5. LA CARRERA HORIZONTAL. LA CARRERA DE LOS INMÓVILES. 6. LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO.

7. EN BUSCA DE UNA IMAGEN CORPORATIVA: ÉTICA Y DEONTOLOGÍA.

8. RECOGIENDO VELAS: EL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA

GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD.

TEMA X: CLASES DE EMPLEADOS PÚBLICOS.

1. CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN. POR LA CLASE DE CUERPO O ESCALA DE PERTENENCIA. 2. LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA.

3. LOS FUNCIONARIOS INTERINOS. 4. PERSONAL LABORAL.

5. PERSONAL EVENTUAL. 6. LOS DIRECTIVOS.

7. EL PERSONAL DE LOS ENTES LOCALES.

TEMA XI: LA ADMINISTRACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO. 1. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS.

2. LA COORDINACIÓN.

3. LA GESTIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO ESTATAL.

4. LA COGESTIÓN SINDICAL. LOS SINDICATOS DE FUNCIONARIOS. 5. LA EVOLUCIÓN DEL SINDICALISMO FUNCIONARIAL.

6. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA. MESAS DE NEGOCIACIÓN Y MATERIAS NEGOCIABLES. 7. PACTOS Y ACUERDOS SINDICALES.

8. PARTICIPACIÓN SINDICAL EN LA GESTIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO, DELEGADOS Y JUNTAS DE

PERSONAL.

9. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO. PLANES Y REGISTROS DE PERSONAL. 10. LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO.

11. LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.

12. PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO Y MOVILIDAD.

TEMA XII:ADQUISICIÓN, SITUACIONES Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE EMPLEADO PÚBLICO 1. EL PRINCIPIO DE MÉRITO Y CAPACIDAD.

2. EL PROCESO SELECTIVO.

3. REQUISITOS DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA. 4. SITUACIONES ADMINISTRATIVAS.

5. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN FUNCIONARIAL. TEMA XIII: LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS.

1. NATURALEZA DE LA RELACIÓN FUNCIONARIAL, SITUACIÓN ESTATUTARIA Y DERECHOS ADQUIRIDOS.

2. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS.

3. INAMOVILIDAD EN LA CONDICIÓN FUNCIONARIAL E INESTABILIDAD EN EL PUESTO DE TRABAJO. PLANES DE EMPLEO, REASIGNACIÓN DE EFECTIVOS Y MOVILIDAD.

4. EL SISTEMA RETRIBUTIVO: EVOLUCIÓN Y REGULACIÓN ACTUAL.

5. PERMISOS Y VACACIONES.

6. SEGURIDAD SOCIAL DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.

7. DERECHOS COLECTIVOS. DERECHO DE REUNIÓN.

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TEMA XIV: ÉTICA, DEBERES E INCOMPATIBILIDADES.

1. DEBERES, ÉTICA FUNCIONARIAL Y CÓDIGOS DE CONDUCTA. 2. LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.

3. POLÍTICA Y EMPLEADOS PÚBLICOS. 4. LAS INCOMPATIBILIDADES.

TEMA XV: LA RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. 1. CLASES DE RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS

PÚBLICOS.

2. RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS FUNCIONARIOS. 3. RESPONSABILIDAD CIVIL.

4. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA: FALTAS; SANCIONES; PROCEDIMIENTO; EXTINCIÓN DE LA

RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA.

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9. DERECHOS COLECTIVOS DE LOS FUNCIONARIOS. EL DERECHO DE REUNIÓN.

10. EL DERECHO DE HUELGA.

TEMA XV: ÉTICA, DEBERES E INCOMPATIBILIDADES.

1. DEBERES, ÉTICA FUNCIONARIAL Y CÓDIGOS DE CONDUCTA. 2. LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS.

3. POLÍTICA Y EMPLEADOS PÚBLICOS. 4. LAS INCOMPATIBILIDADES.

TEMA XVI: LA RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. 1. CLASES DE RESPONSABILIDAD DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. 2. RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS FUNCIONARIOS.

3. RESPONSABILIDAD CIVIL.

4. RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA: FALTAS; SANCIONES; PROCEDIMIENTO; EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA.

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