• M A R Z O 2 0 1 4 •
A N Á L I S I S D E R I E S G O S P L A N
E S P E C I A L D E C A M B I O D E
U S O E N A V E N I D A F E D E R I C O
S I L V A , 1 2 4
B E N A V E N T E ( Z A M O R A )
P R O M O T O R : G O N Z A L O D I E Z V I L L A R
Firmado digitalmente por
ENTIDAD C2R
CONSULTORA SL - CIF
B49123466 - NOMBRE
ANDRES GARCIA CARLOS -
NIF 45687257B
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reconocimiento (DN):
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B49123466 - NOMBRE
ANDRES GARCIA CARLOS -
NIF 45687257B
Fecha: 2014.03.13 17:21:48
+01'00'
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ANÁLISIS DE RIESGOS
PLAN ESPECIAL PARA CAMBIO
DE USO EN AVDA. FEDERICO SILVA Nº124 DE BENAVENTE (ZAMORA)
PETICIONARIO:
D. GONZALO DÍEZ VILLAR con NIF: 71419571V REDACTOR DEL PROYECTO:
C2R CONSULTORA SL FECHA:
2 C2R CONSULTORA S.L.
INDICE GENERAL
1. INTRODUCCIÓN 2. ANÁLISIS DE RIESGOS
2.1. RIESGOS NATURALES
2.1.1. RIESGO POR INUNDACIÓN 2.1.2. RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES 2.1.3. RIESGO POR DESLIZAMIENTOS DE TERRENO 2.2. RIESGOS TECNOLÓGICOS
2.2.1. RIESGO POR TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS 2.2.2. RIESGO DE ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN ESTABLECIMIENTOS SEVESO O EN OTRO TIPO
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1. INTRODUCCIÓN
En relación con la tramitación del PLAN ESPECIAL PARA CAMBIO DE USO EN AVDA. FEDERICO SILVA Nº124 DE
BENAVENTE (ZAMORA), la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, en su informe emitido con fecha 24 de
febrero de 2014, requiere un análisis de riesgos de la zona a actuar, que comprenda tanto los riesgos naturales como los tecnológicos.
El citado informe de la Agencia de Protección Civil, Observaciones a la documentación remitida en relación al PLAN
ESPECIAL PARA CAMBIO DE USO EN AVDA. FEDERICO SILVA Nº124 de Benavente (Zamora), cita textualmente:
“Deberá hacerse un análisis de riesgos sobre las zonas que se pretende actuar, en el que se incluyan tanto los riesgos naturales como los tecnológicos. Entre los riesgos naturales deben tenerse en cuenta el de inundaciones, el de incendios forestales y deslizamientos de terreno y entre los riesgos tecnológicos, el derivado de la existencia de establecimientos que almacenan sustancias químicas y el derivado del transporte de mercancías peligrosas… igualmente deberán indicase las medidas adoptadas, en su caso, para evitar situaciones de riesgo para las personas, los bienes y el medio ambiente. En caso de ausencia de riesgo se hará constar tal circunstancia.”
Se denomina riesgo ambiental a la posibilidad de que se produzca un daño o catástrofe en el medio ambiente debido a un fenómeno natural o a una acción humana.
La actividad económica y la residencia de la población pueden crear situaciones de riesgo o someter a las poblaciones a riesgos, al aumentar su exposición.
Para evitar o reducir los riesgos e incorporar la influencia de estos a la planificación y ocupación del territorio, es necesaria la evaluación de la peligrosidad y del riesgo.
Los problemas derivados de la interacción naturaleza/hombre hacen necesario el planteamiento de actuaciones adecuadas para conseguir un equilibrio entre las condiciones naturales y la ocupación del territorio, incorporando los métodos de prevención y mitigación de riesgos a la planificación. Estas actuaciones deben partir del conocimiento de los procesos naturales y peculiaridades tecnológicas.
La incorporación del enfoque preventivo en las políticas de gestión de los riesgos ambientales exige la consideración de los mismos ya desde la determinación de los usos del suelo. Normativas sectoriales como las de protección civil insisten en la necesidad de que los instrumentos de ordenación del territorio y planeamiento urbano intervengan en la definición y prevención de estos riesgos.
2. ANÁLISIS DE RIESGOS
2.1| RIESGOS NATURALES
Basándose en el informe emitido por la Agencia de Protección Civil citado anteriormente, se determina que la zona de estudio se encuentra en el municipio de BENAVENTE, siendo éste afectado por los siguientes riesgos/peligrosidades naturales:
- Riesgo por Inundación.
Nivel de Peligrosidad: A Riesgo Poblacional: ALTO - Riesgo de Incendios Forestales.
Riesgo Local: MODERADO Índice de Peligrosidad: BAJO - Riesgo por Deslizamientos de Terreno.
Riesgo: NULO
2.1.1. RIESGO POR INUNDACIÓN.
La inundación es un fenómeno que se produce cuando los cursos fluviales son incapaces de drenar toda el agua que llega a sus cuencas. Las inundaciones, poseen gran capacidad destructiva y mayor trascendencia económica.
4 C2R CONSULTORA S.L. Se trata de un fenómeno estrechamente ligado con la capacidad de drenaje del terreno, por ello las precipitaciones bruscas extraordinarias, muy superiores al promedio, provocan caudales extremos o crecidas que causan el desbordamiento del cauce, originando la inundación de terrenos, lo que puede infligir daños a personas, bienes o medio ambiente.
•Caracterización del riesgo poblacional:
En el ANEXO V de “Clasificación de Núcleos de Población Función Riesgo Poblacional”, actualizado en septiembre de 2012, del INUNCYL, Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, publicado en BOCYL de fecha 3 de marzo de 2010, cataloga el municipio de Benavente con Riesgo Poblacional ALTO y nivel de peligrosidad A, dado que su población era de 18.675 hab. a fecha año 2006, censo usado por la publicación INUNCYL.
2.1.2. RIESGO DE INCENDIOS FORESTALES.
El Plan Forestal de Castilla y León, aprobado por el decreto 55/2002, de 11 de Abril, señala que cada año se producen en la Comunidad cerca de 2.000 incendios, que destruyen una media de 5.300 hectáreas de superficie arbolada, y 23.000 hectáreas matorrales. León y Zamora son las provincias donde el problema de los incendios presenta mayor incidencia tanto en número (60%), como en daños ocasionados, que se sitúan en torno al 80 %.
Por otra parte, el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castillla y León (INFOCAL),de la Consejería de Medio Ambiente, incluye una zonificación del riesgo local, categorizando cada uno de los municipios de la Comunidad en valores “Muy Alto”, “Alto”, “Moderado”, “Bajo” y “Muy Bajo”, tanto de riesgo como de peligrosidad frente a los incendios forestales.
•Caracterización del riesgo:
INDICE DE PELIGROSIDAD: BAJO
5 INDICE DE VULNERABILIDAD: MUY BAJO
Gráfico nº2.Fuente: DG del Medio Natural.
INDICE DE FRECUENCIA: MODERADO
6 C2R CONSULTORA S.L. INDICE DE CAUSALIDAD: ALTO
Gráfico nº4.Fuente: DG del Medio Natural.
RIESGO LOCAL: MODERADO
7 RIESGO POTENCIAL: MODERADO
Gráfico nº6.Fuente: DG del Medio Natural.
Como se puede observar en los gráficos anteriores según el INFOCAL 2013, el municipio de Benavente, aparece caracterizado con un valor BAJO respecto al índice de peligrosidad y MODERADO respecto al Riesgo Local, tratándose de un municipio en el que sus características territoriales y los aprovechamientos agropecuarios y forestales que en él se desarrollan no comportan gran relevancia respecto a este tipo de fenómenos.
•Normativa sectorial:
Con carácter general se tendrán en cuenta las disposiciones presentadas en el Decreto 274/1999, de 28 de Octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), el Decreto 105/1998, de 4 de Junio, por el que se declaran “Zonas de Peligro” de Incendios Forestales, el Decreto 63/1985 de 27 de Junio de normas sobre prevención y extinción de incendios forestales y la ORDEN FYM/478/2012, de 22 de junio, por la que se fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León, se establecen normas sobre el uso del fuego y se fijan medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales.
“Se declara como época de peligro alto de incendios forestales en Castilla y León la comprendida entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. Asimismo, se podrán declarar otras épocas de peligro a lo largo del año, cuando las circunstancias meteorológicas lo aconsejen.” (ORDEN FYM/478/2012)
De acuerdo con la Orden MAM/851/2010 los terrenos objeto de estudio, no tienen consideración de Monte, y con ello no se encuentran declarados como Zonas de Alto Riesgo de Incendio.
La Junta de Castilla y León, en la ORDEN FYM/335/2013, de 9 de mayo, determina el riesgo potencial, el número de guardias y el régimen de exenciones para el personal que ha de participar en el Operativo de Lucha contra Incendios Forestales de Castilla y León.
Así, el municipio de Benavente y su zona cuenta con 181 agentes medioambientales y forestales y 0 celadores, y asignando a dicha zona un Riesgo potencial III MODERADO.
8 C2R CONSULTORA S.L.
•Medidas de Protección:
Junto con la normativa y con carácter preventivo, a fin de evitar posibles incendios en las proximidades, se tendrán en cuenta las siguientes medidas:
-Según ORDEN FYM/478/2012, de 22 de Junio:
1. Los Organismos, Entidades Locales, Entidades concesionarias y particulares deberán tomar las medidas de seguridad oportunas con respecto a la limpieza de cunetas y zonas de servidumbre de caminos, carreteras y vías férreas, que transcurran por zonas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente orden, así como evitar la acumulación de residuos, matorral leñoso y vegetación seca alrededor de edificaciones emplazadas en los montes que sean de su propiedad o dependencia, y de las fajas de terreno ocupadas por líneas eléctricas.
Asimismo, deberán mantenerse los caminos y pistas de los montes libres de obstáculos que impidan el paso y la maniobra de los vehículos del Operativo de lucha contra incendios forestales.
2. Los rematantes de aprovechamientos forestales, deberán mantener limpios de vegetación los parques de clasificación, cargaderos y zonas de carga intermedia y una faja perimetral de anchura suficiente en cada caso. Los productos se apilarán en cargaderos, distanciando entre sí un mínimo de 10 metros las pilas de madera, leña o corcho, y 25 metros los barriles de resina.
3. Como medida de seguridad en caso de incendio forestal que ponga en peligro núcleos urbanos, las Entidades Locales mantendrán actualizado un plano de delimitación del terreno urbano con los diversos núcleos y urbanizaciones existentes, los viales y los hidrantes en su término municipal para facilitárselos al Director Técnico de Extinción.
4. La regulación del uso del fuego al aire libre en los terrenos clasificados como suelo urbano o urbanizable en el instrumento de planeamiento urbanístico se efectuará por los Ayuntamientos, de forma que evite el riesgo de incendio forestal para el monte colindante.
Cuando se trate de utilización de fuego para eliminación de restos fuera de la Época de Peligro Alto de incendios, en los terrenos clasificados como suelo urbano o urbanizable por el instrumento de planeamiento urbanístico y situados a menos de 400 metros de monte, la autorización que, en su caso, pueda emitirse por parte del Ayuntamiento, deberá recoger como mínimo las medidas preventivas establecidas como condiciones a), c), d), e) f), g) y h) de la solicitud de quema en monte o a menos de 400 m del mismo.
5. Los Ayuntamientos adoptarán medidas adecuadas para garantizar la inexistencia de quema en los vertederos de su término municipal y controlarán el cumplimiento de las medidas de seguridad de tales instalaciones.
6. Las viviendas, edificaciones, urbanizaciones, instalaciones aisladas, zonas ajardinadas, instalaciones de carácter industrial, deportivo o recreativo, campings, ubicados en el ámbito de aplicación de la presente orden deberán estar dotadas de una franja perimetral de seguridad de 25 metros de anchura mínima, libre de residuos y vegetación seca, y con la masa arbórea y arbustiva aclarada.
El cumplimiento de este deber recaerá sobre las personas, entidades y/o Administraciones que resulten obligadas para realizar estas actuaciones conforme a la legislación vigente.
7. La extinción de los incendios forestales se realizará conforme a lo establecido en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL) y demás normativa sectorial.
-Además se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006 de 11 de Marzo, que establece en su art.11 las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI) y sobre la intervención de bomberos respecto al entorno de la edificación.
2.1.3. RIESGO POR DESLIZAMIENTOS DEL TERRENO.
Los movimientos de ladera pueden definirse como movimientos gravitacionales de masas de suelos y/o rocas que afectan a las laderas naturales. Son los procesos erosivos más extendidos, provocando la destrucción de vertientes en cualquier región climática y afectando a todo tipo de materiales y morfología.
Entre las áreas más propensas a la inestabilidad están las zonas montañosas y escarpadas, zonas de relieve con procesos erosivos y de meteorización intensos, laderas de valles fluviales, zonas con materiales blandos y sueltos, macizos rocosos arcillosos y alterables, zonas sísmicas, zonas de precipitación elevada, etc. Las laderas pueden estar formadas por afloramientos rocosos o suelos, incluyendo éstos últimos los derrubios y coluviones sobre sustrato rocoso.
9 Los movimientos de ladera, con frecuencia englobados bajo el término general de deslizamientos, se deben al desequilibrio entre las fuerzas internas y externas que actúan sobre el terreno, de tal forma que las fuerzas desestabilizadoras superan a las fuerzas estabilizadoras o resistentes.
Además de las causas naturales, como las precipitaciones y la acción erosiva de los ríos, las actividades humanas pueden provocar movimientos de ladera. Las grandes excavaciones y obras lineales, las voladuras y las construcciones de embalses y escombreras sobre laderas pueden dar lugar al desarrollo de inestabilidades con resultados desastrosos y cuantiosas pérdidas económicas.
Los movimientos de ladera, por su gran extensión y frecuencia, constituyen un riesgo geológico importante, afectando a edificaciones, vías de comunicación, conducciones de abastecimiento, cauces y embalses, etc. y, ocasionalmente, a poblaciones. Los movimientos de gran magnitud (decenas o cientos de millones de metros cúbicos) son muy poco frecuentes, aunque la superficie terrestre está llena de signos que denotan su ocurrencia en el pasado, posiblemente asociada a épocas climáticas húmedas y lluviosas o a actividad tectónica.
Uno de los principales de movimientos de ladera son los deslizamientos.
Los deslizamientos son movimientos de masas de suelo o roca que deslizan sobre una o varias superficies de rotura netas al superarse la resistencia al corte de estos planos; la masa generalmente se desplaza en conjunto, comportándose como una unidad en su recorrido; la velocidad puede ser muy variable, pero suelen ser procesos rápidos y alcanzar grandes proporciones (varios millones de metros cúbicos).
•Caracterización del riesgo:
No existe riesgo por deslizamiento de terreno en el área objeto de estudio.
2.2| RIESGOS TECNOLÓGICOS:
La zona de estudio se encuentra en el municipio de BENAVENTE, siendo éste afectado por los siguientes riesgos/peligrosidades tecnológicos:
- Riesgo por transporte de mercancías peligrosas: 1. Transporte por carretera:
Riesgo: MEDIO 2. Transporte por ferrocarril:
Riesgo: NULO
- Riesgo por almacenamiento de sustancias peligrosas: Riesgo: MUY BAJO
2.2.1. RIESGO POR TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS 2.2.1.1. Transporte por carretera:
El transporte de mercancías peligrosas entraña un riesgo adicional al transporte normal, como consecuencia directa de la carga que transporta o ha transportado, por lo que requiere un tratamiento específico, teniendo en cuenta los efectos de los accidentes en los que se ven implicadas materias peligrosas.
Se puede decir que el transporte de mercancías peligrosas tiene dos tipo de riesgos: uno debido al hecho de circular por vías que comparten con otros vehículos, y dos, el riesgo derivado de la mercancía transportada.
Se consideran mercancías peligrosas todas aquellas que, en caso de ocurrir un accidente durante su transporte, pudieran suponer riesgos definidos por su naturaleza química (incendio, explosión, elevada temperatura, corrosividad, toxicidad, radiactividad) para la población, los bienes y el medio ambiente.
Sus condiciones de transporte requieren de una regulación especial y específica, que incluya la correcta identificación del vehículo y la clase de peligro de la mercancía; en el caso de cisternas, éstas han de contar con un código numérico que identifique el peligro que puede suponer la mercancía peligrosa transportada.
Para reducir el riesgo asociado a esta actividad se establecen medidas de prevención y protección.
•Medidas de Prevención:
-Reglamentos Internacionales y Nacionales. Incluye las medidas relativas a infraestructuras, tales como la construcción de variantes y circunvalaciones a núcleos urbanos.
10 C2R CONSULTORA S.L. -Formación del personal transportista.
-Normas complementarias de las empresas del sector.
•Medidas de Protección:
-Notificación de accidentes.
-Coordinación de la actuación por parte de las autoridades competentes.
-Planes especiales de Protección Civil de emergencia para el transporte de mercancías peligrosas.
•Normativa Sectorial:
Como integrante del territorio de Castilla y León, al municipio de Benavente le sería de aplicación el Plan Especial de Protección Civil ante emergencias por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (MPCyL), actualizado en Agosto 2008, cuyo objetivo es coordinar la acción de los distintos servicios y administraciones de emergencia.
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Gráfico nº7. Fuente: Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
•Caracterización del riesgo:
Como se puede observar el gráfico adjunto RIMP (Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas), de la Dirección General de Tráfico, en su publicación del año 2013, en el T.M. de Benavente, discurren 3 autovías catalogadas dentro del RIMP, la A6, la A66 y la A52, ninguna de ellas se encuentra dentro de las 10 carreteras más significativas respecto al riesgo de mercancías peligrosas, de modo que se cataloga el riesgo como MEDIO.
2.2.1.2. Transporte por ferrocarril:
Respecto al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, la materia está regulada por el RD 41272011, DE 20 de Abril, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y normativa concurrente.
•Caracterización del riesgo:
En el T.M. de Benavente no se ha identificado ninguna red de ferrocarril, por lo tanto el riesgo es NULO.
2.2.2. RIESGO DE ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS EN ESTABLECIMIENTOS SEVESO O EN OTRO TIPO
Existen numerosos objetos, materiales y productos, de los que nos servimos en nuestra actividad cotidiana, que contribuyen a mejorar nuestra calidad de vida y nos permiten disfrutar de ventajas, servicios y comodidades. Todo ello, gracias al avance de la tecnología.
Sin embargo, para su obtención y fabricación se necesitan procesos industriales que requieren el empleo de sustancias y condiciones peligrosas.
Utensilios de material plástico, materiales empleados en la construcción y aislamiento de edificios, combustibles, fármacos, e incluso las fibras de los tejidos que nos aíslan del frío y la humedad son, entre otros, productos que requieren para su fabricación el uso y manipulación de sustancias peligrosas y el empleo de procesos industriales que entrañan un riesgo.
12 C2R CONSULTORA S.L. Estas actividades, por simples que sean, comportan un cierto riesgo. Es decir, existe la posibilidad de producirse accidentes que ocasionen importantes daños. La cuantificación de ese riesgo dependerá de la probabilidad de que suceda un accidente y de la magnitud del daño que éste sea capaz de generar.
•Normativa Sectorial:
La Directiva Comunitarias Seveso, ha sido incorporada a nuestro marco jurídico mediante el R.D. 1254/1999, de 16 de Julio, por el que se aprueban medidas de control de riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y modificado mediante el R.D. 119/2005, de 4 de febrero.
Tabla nº1. Fuente: JCYL.
Respecto a instalaciones sujetas a la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, figuran en la actualidad en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR) las siguientes empresas inscritas en el municipio de Benavente:
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Tabla nº3. Fuente: MAGRAMA
•Caracterización del riesgo:
En el municipio de Benavente, no existen industrias asociadas a actividades industriales potencialmente peligrosas de Nivel Superior, actualizado a Enero de 2014 en Benavente.
Respecto a instalaciones sujetas a la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, figuran en la actualidad en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR) las siguientes empresas inscritas en el municipio de Benavente son 2.
Se concluye que el riesgo por almacenamiento de sustancias peligrosas es MUY BAJO.
Benavente, Marzo de 2014
Por C2R CONSULTORA, S.L.
Fdo: Carlos Andrés García Fdo: Carmen Andrés García Ingeniero de Caminos Coleg.: 24.841 Ingeniero de Caminos Coleg.: 30.082