MEMORIA DE ACTIVIDADES, ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
(memoria general) Nombre comercial: Titularidad: NIF: Don/a , NIF como titular/responsable sanitario del centro/servicio1- DECLARO la realización de las siguientes ACTIVIDADES SANITARIAS en el centro/servicio
Consulta (entrevista clínica, exploración o procedimientos terapéuticos no invasivos)
Punción (venopunción, punción seca, esclerosis de varices, acupuntura u otras)
Cirugía (mínimamente invasiva, menor, mayor ambulatoria o mayor con ingreso)
Uso de material reutilizable en cirugía o procedimientos invasivos (endoscopias)
Uso de anestésicos locales o sedación (oral, inhalatoria o intravenosa )
Fármacos especiales (estupefacientes, psicotrópicos, fármacos de uso hospitalario (toxina botulínica), vacunas u otros)
Diagnóstico por imagen con radiaciones ionizantes
2- DECLARO los siguientes puntos sobre la ESTRUCTURA del centro/servicio Áreas presentes en el centro Recepción
Sala de espera Sala de consulta Box de exploración Aseos
Otros (especificar) Instalaciones / Dependencias Propiedad del titular
Arrendada por el titular
Cedidas por centro sanitario autorizado Integradas en organización no sanitaria
3- DECLARO la disponibilidad de los siguientes EQUIPAMIENTOS SANITARIOS en el centro/servicio
Equipamientos específicos asociados a las actividades sanitarias (1)
Identificación Contrato de mantenimiento (2) (se precisa por ficha técnica)
-4- DECLARO los siguientes puntos sobre el FUNCIONAMIENTO del centro/servicio
Funcionamiento del centro Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
Centro: Mañana
Funcionamiento de las ofertas asistenciales (3) Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do Unidad 1: Mañana Tarde Unidad 2: Mañana Tarde Unidad 3: Mañana Tarde Unidad 4: Mañana Tarde Unidad 5: Mañana Tarde
Designación del responsable sanitario del centro
Nombre y apellidos NIF
5- DECLARO los siguientes puntos sobre la PUBLICIDAD SANITARIA emitida por el centro/servicio (solo aplicable a centros autorizados previamente)
En la placa identificativa del centro
consta: (4) Nombre comercial Ofertas sanitarias autorizadas
Número del registro de la autorización En la publicidad emitida consta: (5) Número del registro de la autorización Los mensajes difundidos por los
medios se conservan durante seis meses tras la campaña: (6)
Sí No
Los mensajes publicitarios se ajustan
al autorizado: (7) Sí No
Se cumplen los siguientes criterios en la difusión de los mensajes
publicitarios: (8)
Mensajes claros (no inducen al error) Veraces (no suscitan expectativas irreales)
(1) (Electroterapia, endoscopia, LÁSER, lámpara de infrarrojos, ecógrafo, equipo de RCP, nevera con termómetro …)
(2) Artículo 4.4. del Real decreto 1591/2009, de 16 de octubre, que regula los productos sanitarios.
(3) Anexo II.a.6.2. del Decreto 12/2009, de 8 de enero , por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
(4) Anexo IIa.1. del Decreto 12/2009, de 8 de enero, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
(5) Artículo 3 del Decreto 12/2009, de 8 de enero, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
(6) Artículo 4 del Decreto 97/1998, de 20 de marzo, que regula la publicidad sanitaria. (7) Artículo 6 del Real decreto 1907/1996, de 2 de agosto, de publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicio con pretendida finalidad sanitaria. (8) Artículo 3. del Decreto 97/1998, de 20 de marzo , que regula la publicidad sanitaria.
GUÍA DE APLICACIÓN. INTRODUCCIÓN
El diseño de este documento trata de facilitar, a los titulares de los centros, los trámites de autorización ordenando los datos que, posteriormente, la inspección de servicios sanitarios debe evaluar para garantizar el cumplimiento de los derechos sanitarios de la población.
MEMORIA DE ACTIVIDADES, ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO (memoria general)
Esta memoria recoge la información relevante para poder establecer el nivel de complejidad de la actividad sanitaria que se va a dispensar, así como anticipar el riesgo durante el ejercicio de ésta en los futuros usuarios.
En este punto se recuerda al titular su deber de mantener adecuadamente informada a la administración notificando cualquier modificación que pueda afectar al funcionamiento de la actividad sanitaria (artículo 3.c. del Decreto 12/2009, de 8 de enero, que regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios).
1. ACTIVIDADES
En este apartado, el titular o responsable sanitario deberá declarar los distintos tipos de actividades que se van a realizar en las instalaciones a autorizar. Esto permite iniciar la valoración del riesgo global del centro/servicio determinando los requisitos que van a ser valorados:
Consulta : Titulación del profesional, colegiación profesional, seguro de responsabilidad civil, vinculación con el centro y horario de permanencia en el centro.
Punción : Profesional capacitado, acreditación de formación específica, acreditación de la gestión de los residuos con el envío a Salud Pública del plan de gestión intracentro de acuerdo con el anexo III del Decreto 38/2015, de 26
Cirugía : Clarificar actividad con la memoria correspondiente: “MEMORIA DE CIRUGÍA MENOR”.
Uso de material reutilizable : Clarificar actividad con la memoria correspondiente: “MEMORIA DE DESINFECCIÓN DE ESTERILIZACIÓN DEL MATERIAL REUTILIZABLE (memoria de esterilización)”.
Sedación : Clarificar actividad con la memoria correspondiente: “MEMORIA DE SEDACIÓN Y ANESTESIA”.
Fármacos especiales : Vinculación con oficina o servicio de farmacia, autorización por Salud Pública como punto de vacunación
Diagnóstico por imagen : Identificar los aparatos empleados en el apartado correspondiente de esta memoria: “Declaración del equipo sanitario disponible en el centro”. Si existen radiaciones ionizantes será preciso clarificar la actividad con la memoria correspondiente: “MEMORIA DE INSTALACIÓN RADIOLÓGICA”.
PRP : Identificar el aparato empleado en el apartado correspondiente de esta memoria: “Declaración del equipo sanitario disponible en el centro”. Deberá ser con técnica cerrada.
Implante de células o tejidos de origen humano : Registro de las actividades realizadas, consentimientos informados específicos, sistema de custodia y recogida de la información (rastreabilidad).
Otras : Deberá especificar la actividad cuando no esté recogida en los apartados anteriores.
ESTRUCTURA
En este apartado, el titular debe enumerar los distintos tipos de espacios con los que cuenta el centro. Permite conocer las condiciones mínimas exigidas por la normativa: El anexo II.4. del Decreto 12/2009, exige tres áreas diferenciadas (área de recepción y espera, área clínica de consulta y área de aseos integrados en el centro)
3. EQUIPAMIENTOS SANITARIOS
(Si no es suficiente el espacio destinado a recoger la declaración de los equipos sanitarios podrá aportar nueva documentación utilizando el modelo “LISTADO DE EQUIPAMIENTOS SANITARIOS”)
(Los equipos relacionados con las radiaciones ionizantes, la esterilización, la sedación y cirugía se comunicarán en sus memorias específicas.)
En este apartado, el titular deber identificar los distintos equipos sanitarios y accesorios de los que dispone el centro (electroterapia, endoscopia, LÁSER, lámpara de infrarrojos, ecógrafo, equipo de RCP, nevera con termómetro, etc). Facilitará y agilizará las comprobaciones que serán hechas por la administración por exigencia del Real decreto legislativo 1/2015, del 24 julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios:
Disposición de un marcado CE.
Disposición de las instrucciones en un idioma del territorio nacional. Existencia de un responsable técnico.
Mantenimiento de un registro del mantenimiento, incidentes y averías. Uso previsto por el fabricante.
Uso por personal cualificado/adiestrado. Uso en las condiciones exigidas.
4.FUNCIONAMIENTO
(Si no es suficiente el espacio destinado a recoger la declaración del horario de funcionamiento del centro y de las unidades asistenciales podrá aportar nueva documentación utilizando el modelo “HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS OFERTAS ASISTENCIALES”)
Deberá constar designado un responsable sanitario en el centro.
Se exigirá la presencia en el centro de un profesional sanitario vinculado al centro que posea titulación capacitante para la atención que van a prestar. Deben acreditar sus funciones y dedicación horaria.
5.PUBLICIDAD
En este apartado, que incluye la publicidad sanitaria del centro y todos los mensajes con pretendida finalidad sanitaria que emita por cualquiera medio, recuerda a los titulares las diferentes obligaciones, que serán objeto de comprobación por la administración por el estipulado en el artículo 3 del Decreto 12/2009, el artículo 4 del Decreto 97/1998 y el artículo 6 del Real decreto 1907/1996:
Exhibir, en un lugar bien visible para el público el documento que acredita la autorización, con su oferta asistencial.
Consignar, en su publicidad, el número del registro otorgado por la autoridad sanitaria.
Los mensajes publicitados deben ajustarse al autorizado.
Los mensajes publicitarios no deben ni inducir al error ni suscitar expectativas irreales.