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EL SEÑORÍO DE CAZORLA EN LA BAJA EDAD MEDIA

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ESTUDIOS

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BAJA EDAD MEDIA

María del Mar García Guzmán

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© María del Mar García Guzmán

© HUM- 165: Patrimonio, Cultura y Ciencias Medievales www. librosepccm.com

www. epccm.es/net/org

Diseño de cubierta: Juan Abellán Pérez

Motivo de cubierta: Vista de l castillo de La Iruela (Jaén) Maquetación: Juan Abellán Pérez

ISBN: 978-84-96191-05-2

Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transfor-mación de esta obra sólo puede realizarse con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley.

Diríjase cedro (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.

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Página

IntroduccIón ... 9

conquIstayevolucIóndel adelantamIento de cazorlaenlosprImerossIglosdedomInIo crIstIano ... 15

Úbeday cazorlaenlabajaedadmedIa: enfrentamIentosporelcontroldelespacIoenel alto guadalquIvIr ... 29

Introducción ... 29

Los problemas de términos desde sus inicios hasta 1404 ... 30

Úbeda-Quesada y Cazorla durante el reinado de Juan II ... 38

pleItoyexcomunIcIónporcuestIonesde térmInosentre Úbeday cazorla (sIgloxv) ... 57

Introducción ... 57

Origen del enfretamiento entre Úbeda y Cazorla .. 58

Pleitos entre los arzobispos de Toledo y Úbeda .... 60

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Apéndice documental ... 67

sIstemadefensIvodelasvIllsdeallende del adelantamIentode cazorlasegÚnlas fuentesdocumentalesbajomedIevales ... 73

Iznatoraf y villas de Allende ... 73

El sistema defensivo de las Villa de Allende ... 76

régImenmunIcIpalenel adelantamIento de cazorla (1231-1546) ... 95

Introducción ... 95

Los concejos del Adelantamiento de Cazorla ... 96

Evolución del régimen municipal en el siglo XV .... 99

uncuadernIllodecuentasdelconcejode cazorla (1427-1428) ... 123

Introducción ... 123

Ingresos y gastos del concejo de Cazorla durante el año 1427-1428 ... 128

Ingresos ... 129

Gastos ... 131

1. Salario de los oficiales del concejo ... 131

2.- Gastos de defensa ... 135

3. Obras públicas y gastos extraordinarios ... 138

unasordenanzasdelasIerrade cazorla (1552) ... 143

losorígenesdelseñoríode santo tomé (jaém) enla baja edad medIa ... 167

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deunlInajejIennense: los díazde quesada ... 185

El señorío de Cazorla a finales del siglo XIII ... 185 La pérdida de Quesada y don Pedro Díaz de Toledo . 188 La torre e iglesia de Santo Tomé, patronato de los

Díaz de Quesada ... 193 Apéndice documental ... 206 laguerrade granadaenlasprobanzasdehIdalguía:

los amadorde lezcano, hIdalgosde cazorlay

quesada ... 209

Introducción ... 209 El memorial de los hidalgos y las ejecutorias

de hidalguía ... 210 Los Amador de Lezcano ... 214 La guerra de Granada ... 225

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El Adelantamiento de Cazorla, tema de mi tesis doctoral, ha sido, desde el ya lejano 1983, y es una de mis líneas de investigación. El motivo de esta dedicación es bien sencillo, la documentación consultada para la elaboración de la tesis doctoral y que publicó la Universidad de Cádiz, con el titulo El Adelantamiento de Cazorla

en la Baja Edad. Un señorío eclesiástico en la frontera castellana,

procedía, en su gran mayoría, de los archivos de la catedral de Toledo, ya que fueron las pruebas documental que la Iglesia Primada utilizó en el largo pleito para recuperar el Adelantamiento de Cazorla; por tanto a través de estos documentos, los arzobispos de Toledo demostraron la posesión del señorío desde su donación por Fernando III, el ejercicio de la jurisdicción, la plena capacidad para designar a sus adelantado, el gobierno de sus hombres y tierras, en definitiva que fueron los señores del Adelantamiento sin ningún tipo de trabas. Toda esta rica información me permitió el estudio del señorío desde un plano de la institución; pero algunos documentos dejaban ver una realidad muy distinta, más viva y con más matices, de las tierras que

a el arçobispo en la frontera, la curiosidad por saber como vivían sus

gentes, de donde procedían, que les llevó a asentarse en unas tierras de frontera, donde lo cotidiano era la vecindad con el Reino nazarí de Granada con todo lo que ello implicaba, qué papel jugaron los arzobispos y sus adelantados en la conflictiva vida política de la Baja Edad. La búsqueda de respuestas a todas estas interrogantes me ha llevado durante estos años a una paciente labor de recopilación de datos y noticias, de investigación en archivos nacionales o nobiliarios.

Los resultados de esta labor investigadora se han ido publicando en diversas revistas universitarias y actas de congresos, pero siendo

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lectores y teniendo cuenta, sobre todo, el interés que suscita la historia local, todo ello me ha llevado a plantearme su publicación en un nuevo libro sobre el Adelantamiento de Cazorla, dividido en tres bloques:

En el primero de ellos se aborda el estudio de la conquista de estas tierras del Alto Guadalquivir durante el reinado de Fernando III y la formación del señorío, analizándose las primeras medidas adoptadas por los arzobispos de Toledo para asegurar la defensa del territorio; pero, a pesar de ellas, durante la minoría de Fernando IV los granadinos consiguieron conquistar Quesada, hasta entonces villa principal del señorío, su reincorporación al poder castellano y su posterior donación a Úbeda, obligó a los prelados a reorganizar el señorío, desde el siglo XIV será gobernado por un adelantado. Así mismo, en esas fechas el señorío tiene una sólida organización interna, en base a dos villas, Cazorla e Iznatoraf, pero sobre los concejos y sus oficiales se impone la autoridad del adelantado, representante directo del arzobispo de Toledo; con la implantación de estas estructuras el señorío jiennense será conocido como Adelantamiento de Cazorla.

Pero los arzobispos de Toledo tuvieron una activa participación en la agitada vida política castellana, circunstancia que tenía su inmediato reflejo en el señorío, no solo porque sus milicias participasen en las empresas militares de su señor, sino porque la conflictividad política se va extendiendo a todos los territorios de la Corona de Castilla; el Reino de Jaén no es ajeno a esta situación y su expresión más evidente es la aparición de los bandos nobiliarios en las principales ciudades; en esta dinámica las alianzas políticas de los arzobispos y de sus adelantados en muchas ocasiones diferían de las de sus vecinos, de manera que los viejos problemas de términos, surgidos a raíz de la donación de Quesada a Úbeda, enmascaran intereses de índole política o económica. La Iglesia de Toledo en defensa de sus intereses utilizó todos los medios a su alcance, incluyendo la excomunión y el entredicho, sanciones eclesiásticas aplicadas en diferentes ocasiones desde el pontificado de don Pedro Tenorio.

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la concesión de un fuero y la constitución del concejo fue el punto de partida del régimen municipal en las villas del señorío que irá evolucionando merced a las normas que van promulgando los señores del Adelantamiento; a lo largo del periodo bajomedieval se observa como van surgiendo en todas las villas unas pequeñas elites que contando con el apoyo, generalmente, del adelantado, intentan acaparar los oficios concejiles, que según la normativa foral debían ser sorteados anualmente entre los caballeros de cuantía. Las disposiciones de los arzobispos de Toledo oscilaron a favor o en contra de esta tendencia, aunque, generalmente, trataron de mantener el sistema electivo para favorecer la caballería de cuantía, vital en un señorío de frontera. En el siglo XVI la situación cambia significativamente, ya que la desaparición del reino nazarí de Granada que marcó el declive de los caballeros de alarde, aunque en el Adelantamiento los arzobispos mantuvieron vigentes las obligaciones militares de los cuantiosos, pero al mismo tiempo en las villas del señorío se había modificado el sistema de designación de los oficios concejiles, unos continúan siendo sorteados mientras que otros son de nombramiento señorial, arzobispo o adelantado, en este último caso recaen siempre en un limitado número de familias, cuyos miembros a lo largo de la centuria van consiguiendo la ejecutoria de hidalguía.

Este segundo apartado se completa con dos trabajos, uno de ellos basado en un cuadernillo de cuentas del concejo de Cazorla, 1427-1428, su importancia estriba en que es el único conocido hasta la fecha y además ofrece, a través de los ingresos y gastos del concejo, una visión muy significativa de cómo una villa de frontera dedicaba una partida muy importante de sus ingresos a mantener el sistema de vigilancia de sus términos frente al reino de Granada. En el otro se estudia el aprovechamiento económico de la Sierra de Cazorla, importante fuente de riqueza del señorío, por parte de los concejos y vecinos de Cazorla y La Iruela y también por los adelantados, tanto el arrendamiento de los pastos como la explotación maderera constituían una saneada fuente de ingresos,

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promulgar unas ordenanzas, encaminadas a proteger y conservar la riqueza natural de la Sierra de Cazorla.

En último bloque, compuesto, así mismo, por tres trabajos, se aborda el estudio del nacimiento en el siglo XIV de un pequeño núcleo de población en el alfoz de Cazorla, Santo Tomé, surgido a raíz de la donación efectuada por el arzobispo de Toledo don Gonzalo Díaz Palomeque a favor de su hermano Pedro Díaz de Toledo, a la propiedad de la tierra se le añadiría la construcción de una torre y el derecho de patronato de la iglesia del lugar, todos estos elementos presagiaban que Santo Tomé se convertiría en un señorío de los descendientes de Pedro Díaz de Toledo, pero los arzobispos de Toledo, en especial don Pedro Tenorio, trataron de evitar esta enajenación y limitaron considerablemente los derechos de los Díaz de Quesada e incluso en algunos momentos no se les permitió percibir las rentas de la heredad. Esta situación, cambiante, según las circunstancias políticas se mantuvo a lo largo de la Baja Edad Media. Por otra parte, el lugar de Santo Tomé estuvo ligado a los Díaz de Quesada, uno de los linajes más destacados de la nobleza del Reino de Jaén, descendientes de Pedro Díaz de Toledo, por lo que otro de los trabajos de este bloque se dedica al estudio de este personaje y su llegada a tierras jiennense, al serle encomendado el gobierno del señorío, primero por su tío don Gonzalo García Gudiel y luego por su hermano don Gonzalo Díaz Palomeque, en estos años Pedro Díaz de Toledo fue formando un patrimonio y estableciendo vínculos familiares y políticos, que le permitieron establecerse de manera definitiva en el Reino de Jaén, una vez que abandonó el gobierno del Adelantamiento, tras el fallecimiento de su hermano, el arzobispo de Toledo. Finalmente, se incluye en este apartado el estudio de un linaje de hidalgos, originario de Guipúzcoa, Amador de Lezcano; Pedro López Amador llegó a tierras jiennense en los primeros decenios del siglo XIV, afincándose en Quesada, villa que había pasado a la jurisdicción de Úbeda, atraído, sin duda, por las oportunidades que ofrecía a las gentes de armas la cercanía al

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aristocracia ubetense participaron de lleno en los avatares de la vida en la frontera y también en el complejo entramado de la lucha de bandos, aunque a raíz del fallecimiento de Hernando Amador, dos de sus hijos Diego y Hernando se afincaron en el Adelantamiento de Cazorla. La trayectoria de este linaje es un ejemplo claro de cómo se fueron asentando en el señorío de Cazorla gentes de armas y cómo estas familias fueron desempeñando oficios en los gobiernos municipales o en la administración del señorío por nombramiento de los arzobispos o adelantados, sin olvidar el ejercicio de las armas, hasta constituir la oligarquía local hasta que finalmente obtuvieron la ejecutoria de hidalguía que sancionaba su pertenencia a la nobleza. En los estudios sobre la nobleza del Reino de Jaén siempre se pone de manifiesto la importancia y fuerza que tuvieron los hidalgos en las ciudades jiennense, pero su presencia en tierras de señorío es desconocida y de ahí estriba la peculiaridad que presenta el Adelantamiento y muy particularmente la villa de Cazorla, que contó entre sus vecinos, desde fecha tempranas, con un número considerable de hidalgos.

Creo, expuestas las razones de mi interés por la historia del Ade-lantamiento de Cazorla, que es necesario expresar mi sincero agra-decimiento a las instituciones y personas que han hecho posible que algunos de mis trabajos de investigación vieran la luz, especialmente al Excelentísimo Ayuntamiento de Cazorla, interesado siempre en difundir el rico pasado histórico de las tierras que configuraron el Adelantamiento, por su generosidad al ofrecerse a contribuir a la edición de este nuevo libro y de otros de mis trabajos, y, como no, a don Juan Antonio Bueno Cuadros, cronista oficial de la villa y direc-tor del Anuario del Adelantamiento, profundo conocedor de la histo-ria de su tierra y siempre dispuesto a resolverme cualquier duda, y, sobre todo, por su amistad.

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DE CAZORLA EN LOS PRIMEROS SIGLOS DE DOMINIO CRISTIANO(*)

Con anterioridad a las campañas de Fernando III en Anda-lucía, algunas plazas del Alto Guadalquivir habían estado temporalmente en poder cristiano. Ante el debilitamiento del poder almorávide, Alfonso VII de Castilla y León planteó en 1147 la conquista de Almería, con tando con la ayuda de Ramón Berenguer IV y de genoveses y pisa nos. Esta empresa, cuyo objetivo era el control de un puerto de gran interés en el comercio con el Norte de África, necesitaba de un pasi llo que permitiera la defensa de Almería; en el avance cristiano se con quista Quesada1. La presencia cristiana fue

efímera, pues en 1157 los almohades habían reconquistado todos los lugares tomados por Alfonso VII en Andalucía.

La definitiva llegada de los castellanos al Alto Guadalquivir tiene lugar tras las Navas de Tolosa, 1212, que significó el derrumbamien­ to del poder almohade y sentó las bases para las futuras conquistas de Fernando III. Aprovechando la difícil situación de al-Andalus, marca-da por las luchas internas, en las Cortes de Carrión (1224) se acordó la intervención en Andalucía, dirigida hacia el Alto Guadalquivir, des-tacando el ataque a Quesada y a los castillos cercanos; en esta empre sa participó don Rodrigo Jiménez de Rada, arzobispo de Toledo. Ante la

(*) Pub.- en Hispania, al-Andalus y Castilla. Jornadas del Alto Guadalquivir, Jaén, 1998, pp. 265-279.

(1) Ibn abI zar, Rawd al-Qirtas, Valencia, 1964, p. 150. Primera Crónica General. Ed. R.Menendez Pidal, Madrid, 1956, pp. 660-661.

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imposibilidad de consolidar las conquistas, las murallas de la villa fueron destruidas y sus campos arrasados2.

En los años siguientes se va afianzando la presencia castellana en la Alta Andalucía, conquistándose entre otros lugares lznatoraf3 que

años más tarde se integraría en el señorío de los prelados toledanos. Los problemas internos ocasionados por la unión de Castilla y León, 1230, ralentizaron las empresas militares de Femando III, dele gando éstas en don Rodrigo Jiménez de Rada; así el 30 de enero de 12314, el rey donaba al primado Quesada y Toya; este privilegio

supo ne el nacimiento del Adelantamiento.

Cotejando diversas Crónicas5 podemos conocer la situación de la

villa; aunque arrasada en 1224, debido a su valor estratégico, volvió a ser reconstruida y poblada de nuevo, por lo que don Rodrigo tuvo que llevar a cabo su conquista y prueba de ello es que contó con la ayuda de la Santa Sede. Gregorio IX expidió dos bulas, concediendo los beneficios espirituales que reportaba la Cruzada a aquellos que par­ ticipasen en las empresas militares del Arzobispo6.

En la primavera de 1231, el ejército estaba preparado y comen zaba la conquista del Adelantamiento. Las Crónicas nos dan una exten-sa relación de villas y castillos que cayeron en poder cristiano, cuyos (2) j. de m. carrIazo, Colección Diplomática de Quesada, Jaén, 1975, pp.

XLII-XLV. j. eslava galán: “La campaña de Quesada”, en Feria y Fiesta de Quesada, Quesada, 1989.

(3) Junto a lznatoraf se conquista Baeza, Andújar, Martos, Baños de la Encina, Santisteban del Puerto, Garciez, Jódar y Sabiote. j. gonzález, Reinado y diplomas de Fernando III, Córdoba, 1980, pp. 301-313. Santisteban del Puerto

perteneció a Iznatoraf hasta 1252, fecha en que la villa fue donada al Arzobispo de Toledo. j. rodríguez molIna, El reino de Jaén en la Baja Edad Media. Aspectos demográficos y económicos, Granada, 1978, p. 37.

(4) j. de m. carrIazo, Colección., p. 1.

(5) r. jIménezde rada, De Rebus Hispaniarum, ed. M. D. Cabanes, Valencia,

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topónimos en su día identificó don Juan de Mata Carriazo. La Santa Sede continuó en estos años prestando ayuda al arzobispo de Toledo y en una nueva bula, expedida el 5 de junio de 12337, pedía a los

prelados, conventos y cabildos de la archidiócesis de Toledo su cola-boración económica para sufragar los enormes gastos, necesarios para mantener la villa de Quesada y sus castillos fronteros con el Reino de Granada. Este documento pontificio es muy significativo en cuanto a la dificultad que suponía mantener un extenso territorio, pues en él se citan, además de la villa de Quesada, treinta y siete castillos, en pri-mera línea de frontera, lo que suponía a don Rodrigo Jiménez de Rada mantener a sus expensas 1.000 soldados y 400 caballeros, necesarios para asegurar el territorio conquistado.

En los años siguientes don Rodrigo continuó las conquistas: Cuevas de Almizdrán, Cúllar, Cebas y Cortes8, adentrándose cada vez más en

territorio granadino. Este desplazamiento hacia el Sur se debe a que Femando III, el 20 de abril de 1243, otorgó a don Rodrigo la ciudad de Baza “que agora es en poder de moros”9 a cambio, el rey recibiría

algunos castillos pertenecientes a la mesa arzobispal en el Reino de Toledo.

La conquista de estos últimos lugares tendría lugar entre 1243 y 1246, pero la toma de Baza presentaba serias dificultades, por lo que el arzobispo tuvo que pedir ayuda al monarca; éste se comprometió, el 31 de marzo de 124610, a entregarle la ciudad en un plazo de cua tro

años y mientras tanto tendría la villa de lznatoraf.

(6) Las dos bulas fueron expedidas en Spoleto el 7 de abril de 1231. h. grassottI:

“Don Rodrigo Jiménez de Rada, gran señor y hombre de negocios en la Castilla del siglo XIII”, en Cuadernos de Historia de España, LV-LVI (1972), pp. 40-41. (7) J. de Mata Carriazo, Colección.., 3

(8) Ibídem, L-LIV. M. M. García Guzmán, El Adelantamiento de Cazarla en la

Baja Edad Media. Un señorío eclesiástico en la frontera castellana, Cádiz,

1985, 101-102.

(9) El documento de donación está publicado por j. a. garcía luján, Privilegios reales de la Catedral de Toledo (1086-1462), Toledo, 1982, pp. 161-167.

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Pero la conquista de Baza se fue aplazando hasta que en 1252, muerto ya don Rodrigo, lznatoraf pasó a depender de la jurisdicción de los arzobispos de Toledo de manera definitiva, previa renuncia a Baza11; quedando, de esta manera, configurado territorialmente el

futu ro Adelantamiento de Cazorla.

En esta primera época el señorío se organiza en torno a tres núcleos de población: Quesada, lznatoraf y Cazorla; siendo la cabece ra la primera villa. Cada una de ellas recibió aldeas y unos términos propios: La Moraleja y la Torre de Domingo Pliego fueron las aldeas de Iznatoraf. De Cazorla dependían Nubla, La Iruela y Alcoray12. Años mas tarde se le añadiría Burunchel y El Retamal13.

Por lo que respec ta a Quesada contaba con el alfoz más amplio, pues la práctica tota lidad de los núcleos de población dependían de esta villa: Pelos, Toya, Peal de Becerro, Dos Hermanas, Villamontín, Aosin, Fic, Torres de Alicún, Cuenca, Chiellas, Cebas y Cortes14.

Cada una de estas villas recibió un fuero, pertenecientes todos a la familia foral de Cuenca, y unos privilegios amplios, encaminados a fomentar su población. Como Quesada era la más avanzada en la frontera, sus privilegios fueron destacados; así sus vecinos recibieron exen ción fiscal, excepto de moneda, yantar y fonsadera15. E incluso, por

privilegio de la Santa Sedes16, los vecinos de la villa podían comerciar

(11) m. m. garcía guzmán, El Adelantamiento..., p. 103.

(12) Estas aldeas fueron concedidas por don Sancho de Castilla el 23 de noviembre de 1256. m. m. garcía guzmán, El Adelantamiento..., p. 106

(13) El 17 de marzo de 1268, don Sancho de Aragón otorgó estos lugares como aldeas a Cazorla, previo poblamiento; pero esta cláusula no llegó a cumplirse. En documentación posterior El Retamal aparece como una dehesa de la villa. m m. garcía guzmán, El Adelantamiento..., p. 106.

(14) La configuración del alfoz de Quesada se debe al infante don Sancho de Castilla. j. de

m. carrIazo, Colección..., p. 20.

(15) Este privilegio fue otorgado por el infante don Sancho de Castilla el 18 de febrero de 1257 y confirmado con el deán y cabildo toledano el 2 de abril de ese mismo año. j. de

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con los musulmanes, con excepción lógica de caballos y armas.

En estos primeros años había dos objetivos claros: mantener los territorios conquistados y asentar una población suficiente para defen­ der el territorio. Aunque las noticias sobre la repoblación del señorío son bastantes escasas, a partir de los datos conocidos podemos marcar las pautas del proceso: Según detalla el fuero de Quesada se repartie ron “canpos, viñas, hortos, molinos”17. Para el caso concreto de las tie rras

de cereal, estas se dividieron en tres lotes, uno correspondería a la mesa arzobispal mientras que los dos restantes se deberían repartir entre los nuevos pobladores18. Igual proceso se seguiría con las viñas. Las

tierras se recibían por juro de heredad, según se contiene en el fuero de Quesada: “E otrosi otorgo a todos aquellos que hobieren rayz en

ter-mino de Quesado que la ayan firme e estable y por sienpre valediera, asi que pueda hazer della y en ella lo quel pluguiere, e aya la poder vender y de canbiar y de enprestar, si quier morar si quier yr..”19.

Los lotes de tierra estarían de acuerdo con la categoría social y militar del repoblador, al igual que ocurre en los repartimientos que se realizan por estas fechas en la Andalucía cristiana; así el escudero Berenguer Fernández recibió 5 yugadas de heredad en Villamontín y 4 aranzadas de viña en Quesada; los hermanos Lope y Ramiro Doriz reciben, respectivamente, heredades de 3 y 2 yugadas20, con la única

condición de someterse al fuero de Quesada. (16) Rieti, 24 de julio de 1234. j. de m. carrIazo, Colección..., p. 4.

(17) Se conocen algunos fragmentos de este fuero, otorgado por don Rodrigo Jiménez de Rada, el 10 de diciembre de 1245, por un traslado de 1527. j. de m. carrIazo,

Colección..., pp. 7-9.

(18) Esta división de las tierras de labor se recoge en un documento de Jiménez de Rada, otorgado en Pelos el 5 de mayo de 1256. j. de m. carrIazo, Colección..., p. 12.

(19) j. de m. carrIazo, Colección..., pp. 7-9.

(20) En cuanto a la superficie de tierra que recibe cada poblador, según el estudio de e. cabrera: “Evolución de las estructuras agrarias en Andalucía a raíz de

su conquista y repoblación”, en Actas del V Coloquio de Historia medieval de

Andalucía, Córdoba, 1988, pp. 175­178, se podrían clasificar de pequeñas (hasta

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Pero la documentación deja entrever que junto a los nuevos pobla dores podrían convivir algunos mudéjares: El 2 de junio de 124321, don Rodrigo Jiménez de Rada entregó la tenencia del castillo

de Torres de Alicún a su vasallo Martín López, recibiendo éste un sueldo anual de 200 maravedíes y 50 cahíces de cereal, pero “que si

los moros le die ran alguna cosa de los derechos del pan que a nos han a dar, que ge lo menos conteamos en estos cinquenta kafizes...”.

El documento hace refe rencia a la existencia de una población musulmana en el señorío y que sigue trabajando la tierra y por ello debían pagar al señor una renta o unos derechos en especie. En otro documento de fecha cercana, 1245, referido al concejo de Quesada de nuevo encontramos “o que quiera ir toller el pan a los castiellos

de los moros que son en nuestra conquis ta...”22. Estos datos podrían

servir para plantear la hipótesis de una posible comunidad mudéjar, al menos en los años anteriores a su suble vación o en los territorios más meridionales del señorío que por su posición muy avanzada en la frontera se vieron más afectados por las continuas hostilidades entre cristianos y musulmanes.

Pero independientemente de la existencia o no de mudéjares, el interés de los arzobispos se centraba en la atracción de pobladores, incluso, ya en fechas más alejadas de la conquista del territorio; así en 1309 el arzobispo don Gonzalo Díaz Palomeque confirmaba unas dona ciones de tierras, hechas por don Sancho de Aragón a sus “escuderos e a otros

omes, sus vasallos e sus criados”, en el Retamal, con la obliga ción de

pagar el diezmo a la iglesia de Cazorla23.

peones y las segundas en los caballeros. En el amojonamiento de los términos entre Quesada y Cazorla, 30 de julio de 1388, aparecen diversas referencias a las caballerías “... que dizen de la cavalleria de Garçia Sanchez, carniçero,

vezino de Quesada ... do diz que descabeça la cavalleria de Juan Sanches de Carmona...”.

(21) j. de m. carrIazo, Colección..., p. 5.

(22) j. de m. carrIazo, Colección..., p. 10.

(23) m. m. garcía guzmán, Colección diplomática del Adelantamiento de Cazarla (1231-1495), Cádiz, 1991, p. 15.

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En definitiva, se trata de asentar a la nueva población, otorgán­ dole unas condiciones ventajosas, pero a cambio debían cumplir con unas obligaciones militares, vitales en un territorio de frontera. Éstas se van perfilando a través de la documentación señorial y afectaban a todos los caballeros y peones24.

Junto a esta organización militar dependiente de los concejos, exis-tía una importante red de castillos, dados en tenencia por los arzo-bispos de Toledo a sus vasallos. Es el caso del castillo de Torres de Alicún, entregado por don Rodrigo Jiménez de Rada a Martín López, durante tres años, recibiendo como pago de la tenencia 200 marave-díes y 50 cahíces de cereal anualmente. Este proceso se seguiría con el resto de los castillos del señorío, pero para evitar una excesiva disper-sión en la organización militar y defensa del territorio, en el mismo documento se expone de manera bien clara que cualquier aspecto rela cionado con el mantenimiento del castillo “que lo faga saber a

don Sancho Ansurez, comendador de Quesada”25. Este don Sancho

Ansúrez sería el representante directo del arzobispo en el señorío y claro ante cedente de los adelantados de Cazorla.

En esta línea de centralización, años más tarde el mismo don Rodrigo entregaba la tenencia de los castillos de Cuenca, Chiellas, Torres de Alicún, Cebas y Cuevas de Almizdrán a su sobrino Gil de Rada que desempeñaría en el señorío funciones más amplias que las estrictamente relacionadas con la tenencia de los castillos, como es el reparto de las viñas en el término de Quesada26. A principios del siglo

(24) El 14 de diciembre de 1245, don Sancho de Castilla estableció que todos los con cejos allende del Guadalquivir, entre ellos Cazorla y la Iruela tenían que seguir al de Quesada en sus empresas militares. j. de m. carrIazo, Colección...,

p. 10.

(25) El 2 de junio de 1243. j. de m. carrIazo, Colección..., p. 5.

(26) El repartimiento efectuado por don Gil de Rada y el canónigo de Toledo Gutierre Fernández fue confirmado, el 15 de noviembre de 1270, por el infante don Sancho de Aragón. m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., p.

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XIV, todas las funciones de gobierno, administración y defensa del territorio fueron asumidas por el Adelantado, representante directo del arzobispo de Toledo.

Al mismo tiempo aparece por estas fechas una variada documen-tación señorial referente a la explodocumen-tación de la principal riqueza del Adelantamiento, los pastos. Cada concejo tendría una dehesa para bueyes y caballos, utilizada exclusivamente por sus vecinos27;

también sería de uso exclusivo de ellos, el aprovechamiento de las maderas de sus respectivos términos. En cambio, sus ganados podrían desplazarse y utilizar los pastos de todo el Adelantamiento.

Generalmente, las aldeas encontraron resistencia por parte de la villa principal para poder amojonar su propia dehesa y por este motivo La Iruela, reclamaba a Cazorla en 1322, una dehesa para bueyes, siéndole concedida por el procurador del arzobispo don Juan de Aragón28.

En la mayoría de los casos los intereses de la ganadería primaban sobre la agricultura; en 1398 don Pedro Tenorio escribía al concejo de Villanueva del Arzobispo, autorizándolo a arrendar unas tierras de pan llevar, conocidas como la Rinconada del Barco en la ribera del Guadalimar, por un plazo de cuatro años; el importe del arrendamiento se desti naría a la construcción de la cerca de la villa. Para este cambio se apro vechan las treguas pactadas con Granada, porque “al tienpo que hera guerra con los moros fueronle quitadas

e tomadas para pastos de los gana dos, por razon que non estavan andar en comarca del Guadalquivir”29.

(27) Embid, 14 de diciembre de 1245. j. de m. carrIazo, Colección..., p. 10.

(28) El 5 de febrero de 1322 se establecieron los mojones de la dehesa que irían “...desde el cerro de la Carrasca de Domingo Molina hasta la atalaya del

Puerto Cabrera como va al rio Monrriel hasta las Çafurdas e hasta el Espinosa como da camino de Bronchel e salle del camino de la fuente de Sigura...”. m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 18-19

(29) Toledo, 1 de febrero de 1398. m. m. garcía guzmán, Colección diplomática...,

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La Rinconada del Barco, volvería a tener uso ganadero, pues en una carta del adelantado Alfonso Tenorio a su mayordomo, 22 de junio de 1411, le prohibía el arrendamiento de estas tierras junto con las de la Rinconada de Portogal y los Cebales, todas ellas en la ribera del Guadalimar, porque “al tienpo que esta tierra fue poblada que fue ron dexadas las dichas Rinconadas para pastos e majadas e que nunca... los dichos adelantados... llevaron los tales derechos”30.

Pero el aprovechamiento en común de los términos no estuvo exen-to de problemas entre los concejos del Adelantamienexen-to, sobre exen-todo porque las villas principales como Cazorla e Iznatoraf eran reacias a reconocer los derechos de las nuevas villas, segregadas de su jurisdic-ción, como sucede con La Iruela y con Villanueva del Arzobispo. Para solucionar estos conflictos, los arzobispos fueron legislando:

El 11 de agosto de 139731, don Pedro Tenorio establecía las

siguien tes disposiciones. Los términos de Iznatoraf y Villanueva del Arzobispo serían utilizados conjuntamente por los ganados de sus vecinos. La licencia para entrada de ganados forasteros sería dada conjuntamente por ambos concejos. La vigilancia y percepción de los impuestos a estos ganados, correspondería a los caballeros de la sierra de Iznatoraf y Villanueva, repartiéndose sus derechos, dos tercios para Iznatoraf y el resto para Villanueva.

Disposiciones semejantes establece don Pedro de Luna32 para

Cazorla y La Iruela: Los términos de ambas villas serían usados comu-nalmente “en raçon del pascer e cortar e casar e pescar...”. Los sitios, espacio agrícola cercano a la villa, dedicados a viñas, olivos y huertos33

quedaban vedados a los ganados; si entraban, los caballeros de la sie-rra podían tomarlos e imponer las penas establecidas en el fuero. (30) Ibídem, pp. 109-110.

(31) Ibídem, pp. 91-92.

(32) Toledo, 13 de enero de 1414. Ibídem, pp. 113-115.

(33) c. argente del castIllo, Ganadería medieval andaluza. Siglos XIII-X VI (Reinos de Jaén y Córdoba), Jaén, 1991, pp. 393-394.

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Por último, los concejos de Cazorla y La Iruela, conjuntamente, tendrían que establecer la época de la veda de caza; las penas por infrac-ción de esta ordenanza se repartirían entre ambos concejos, según la costumbre. En el caso de conflicto entre las villas, lo resolvería el ade­ lantado.

Si la utilización de los términos del Adelantamiento provocó con-flictos entre los concejos del señorío, esta situación se complicaba aún más cuando los acuerdos afectaban a concejos no dependientes de la autoridad arzobispal. Es el caso de la Hermandad entre Iznatoraf y Úbeda.

Recién conquistado el territorio se constituyó una Hermandad entre Úbeda, Baeza, Santisteban del Puerto e Iznatoraf para el apro-vechamiento de sus términos34; en esos momentos Iznatoraf era todavía

villa de realengo, pero al pasar al señorío de los arzobispos de Toledo, estos tenían jurisdicción sobre sus términos y, en consecuen cia, era de su competencia establecer como utilizarlos y beneficiarse de sus rendimientos económicos. En 1325 Úbeda e Iznatoraf ratificaron la Hermandad, estableciendo que “...todos los terminos que avemos nos los

dichos conçejos que sean comunales... que podamos usar de los unos a los otros sin derecho e sin tributo... salvo el assadura de nuestro señor el arçobispo de Toledo...”35.

Por estas mismas fechas, mediados del XIII, el enorme auge de la ganadería, no sólo en el reino de Jaén sino a nivel general de la Corona de Castilla, da lugar a la constitución del Concejo de la Mesta. Los derechos por tránsito de ganados y utilización de pastos daría lugar al servicio y montazgo, importante fuente de ingresos para la hacienda regia tras la reforma fiscal de Alfonso XI36.

(34) c. argentedel castIllo, Ganadería..., p. 86. La Hermandad se estable ció el

20 de agosto de 1235 a instancias de Fernando III, para solucionar el pro blema de los escasos términos de Úbeda.

(35) m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 19-21.

(26)

Pero el nuevo sistema tenía que tener presente los antiguos privi-legios de algunos concejos del Alto Guadalquivir; en este sentido, el 10 de julio de 1316, Alfonso XI recordaba a los recaudadores del servicio en el obispado de Jaén que la percepción de dicho tributo “...

es contra los dichos privillegios e Hermandat...”37, prohibiéndoles

su recau dación tanto en tiempos de paz como de guerra.

Todavía más problemático era delimitar las competencias de los alcaldes de la Mesta con las de los titulares de señoríos. En el caso del Adelantamiento de Cazorla sabemos que era atravesado por una red de cañadas y veredas, quedando estas establecidas al menos en 134838, siendo los únicos caminos que podrían utilizar los

ganados; por otra parte, los problemas surgidos entre los concejos del Adelantamiento y la Mesta eran resueltos por los alcaldes entregadores39. No obstante, en algunos momentos no se reconoció

a estos funcionarios reales jurisdicción en el Adelantamiento. Es muy interesante un documento de Enrique II, fechado el 8 de agosto de 1378, en el que se explica que durante la sede vacante entre el pontificado de don Gómez Manrrique y de don Pedro Tenorio, el alcalde entregador Juan Sánchez de Molina multó al concejo de Cazorla por haber causado daños a una cabaña de vacas, pero el monarca ordenó al citado alcalde devolver la multa: “...non auiendo

vos jurisdiçion alguna en Cazorla ni en su termino ni en los sus

(37) m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 16-17.

(38) En un pleito entre Iznatoraf y Villanueva del Arzobispo, sentenciado por el ade lantado Alfonso Tenorio el 29 de diciembre de 1414, se establece que los únicos caminos eran los señalados en una sentencia del alcalde entregador de la Mesta Fernán López, el 29 de enero de 1348 y en otra del alcalde entregador mayor Juan Díaz de Córdoba. m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 115-120.

(39) c. argentedel castIllo, Ganadería..., pp. 354-358. Los alcaldes

entrega-dores eran funcionarios reales, encargados de solucionar los conflictos surgidos en la transhumacia de los ganados. Estableciéndose cinco distritos y en cada uno había dos alcaldes. En época de Alfonso XI el nombramiento de alcaldes se hacía por obispados.

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vasallos por raçon de la dicha alcaldía...”40 y estableciendo en el

citado documento que el pleito era “nuestro de oyr e de librar...”. Pero, a pesar del impuesto único para los ganados trashumantes y de una estrecha intervención por parte de la Corona surgían los pro-blemas, cuando estos atravesaban lugares de señorío; los titulares de los mismos seguían imponiendo gravámenes; esta situación se da en el Adelantamiento de Cazorla y generó numerosos litigios entre los concejos del señorío y el concejo de la Mesta.

Los intereses, a veces encontrados, del arzobispo de Toledo y los concejos del señorío frente a la Mesta quedan perfectamente recogi-dos en la documentación correspondiente al pontificado de don Pedro Tenorio. En una carta del arzobispo a su adelantado Pedro Ruiz de Torres y al concejo Cazorla dice lo siguiente: “Vimos vuestras cartas que nos

enbiastes en raçon del enplazamiento que agora nuevamente fuera fecho a vos el consejo de Cazorla, por parte del cabildo de la mesta de los pastores, diziendo que ellos pagando servicio e montadgo al rey que podían entrar e comer con sus ganados en todos los terminos nuestros. E no con sistades a los de la Mesta ni a otra persona alguna que los entren a paçer e a cortar contra nuestra voluntad... E no crean los de Ubeda ni el cabil do de los pastores que nos an de espantar con enplaçamientos... por lo qual nos entendemos reçiamente proseguir este negoçio de la Yglesia... e defender el nuestro derecho e de la nuestra Yglesia fasta la muerte, segund sienpre fezimos...”41.

Tras estos problemas, la Corona percibiría el servicio y montazgo en los puertos acostumbrados42, pero la utilización de los pastos del

Adelantamiento era competencia del arzobispo, percibiéndose en el (40 m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 33-34.

(41) m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 96-97.

(42) El servicio y montazgo afectaba a los ganados transhumantes, mientras que los ganados travesios de los obispados de Córdoba y Jaén pagaban sus derechos a la Corona en Villanueva del Arzobispo. c. argentedel castIllo, Ganadería..., pp. 639 y 668.

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señorío la asadura, consistente en 4 ovejas cada millar, el montazgo, la castillería y los derechos de los caballeros de la sierra. Este conjun-to de tribuconjun-tos se recaudaron a lo largo de los siglos XIV y XV; tanconjun-to en el Adelantamiento como en otros lugares del Alto Guadalquivir43.

Pero esta situación cambia en el reinado de los Reyes Católicos, quie-nes recogiendo las quejas de los ganaderos ordenaron a su escribano de cámara, Juan de Villarroel que se trasladara al Adelantamiento e hiciera pesquisa para conocer el alcance de los hechos44.

La abundante documentación relacionada con los derechos de los arzobispos y concejos a autorizar la entrada de ganados en sus tierras, la utilización de sus pastos, la constancia del concejo de la Mesta en defender su derecho a pasar por el Adelantamiento y del concejo de Úbeda por mantener la Hermandad con Iznatoraf nos está hablando del enorme valor que tenían estas tierras para el aprovechamiento gana-dero y que puede ser una de las claves para comprender el porqué del paso de Quesada a la jurisdicción de Úbeda y los interminables litigios entre Úbeda, Cazorla y los arzobispos de Toledo por unos términos que en su día pertenecieron a Quesada. Pero sin olvidar los avatares de la frontera que siempre estuvieron presentes en la Historia de Quesada.

(43) c. argente del castIllo, Ganadería..., p. 665, señala el cobro de estos

derechos en Úbeda, Santisteban del Puerto y Jódar.

(44) La carta real esta fechada el 16 de agosto de 1491. m. m. garcía guzmán, Colección diplomática..., pp. 410-411.

(29)

_._ Límites aproximados del Adelantamiento en la Baja Edad Media _.._ Límites actuales de las provincias de Jaén y Granada

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FRENTAMIENTOS POR EL CONTROL DEL ESPACIO EN EL ALTO GUADALQUIVIR (*)

IntroduccIón

Tras la incorporación del Alto Guadalquivir a la Corona de Castilla, Fernando III procedió a la organización del espacio conquistado en base a dos modelos: realengo y señorío. Durante el siglo XIII hubo un claro predominio del realengo, destacando los concejos de Úbeda y Baeza, frente a las tierras de señorío, otorgadas, básicamente, a la Orden de Santiago, encomienda de Segura, y al arzobispo de Toledo, Adelantamiento de Cazorla. Pero muy pronto esta organización te-rritorial se iría modificando por motivos de diversa índole, políticos, militares.., pero sobre todo, por la paulatina consolidación y expan-sión de los señoríos nobiliarios. Estos cambios darían lugar a enfrenta-mientos entre los diferentes poderes por el control del espacio.

En el caso concreto de Úbeda y Cazorla, su origen fue la dona-ción de la villa de Quesada por Alfonso XI en 1331 a Úbeda y a partir de ahí, interminables litigios, a lo largo de dos siglos, entre sus vecinos con los del Adelantamiento; en estos casos, Quesada era representada por el concejo de Úbeda, mientras que los de Ca-zorla por el adelantado o por su señor, el arzobispo de Toledo. En otras ocasiones se produjeron enfrentamientos armados.

El motivo de estas disputas a simple vista es muy sencillo: la delimitación de sus respectivos términos, pero tras él se esconden intereses más complejos, puesto que no hay que olvidar que Andalu-(*) Pub.- en Estudios sobre Patrrimonio, Cultura y Ciencias Medievales, I (1999),

(31)

cía, durante la Baja Edad Media, fue el escenario de los principales acontecimientos de la vida política castellana y no siempre el arzo-bispo de Toledo y la ciudad de Úbeda se encontraban en el mismo bando. A esto hay que añadir factores de tipo económico, el interés por controlar la mayor superficie de tierra en vista a su explotación ganadera, actividad que marcaba la vida económica de Úbeda, mien-tras que se mantuvo la frontera con el Reino de Granada.

losproblemasdetérmInosdesdesusInIcIoshasta 1404

Las dificultades internas de Castilla, durante la minoría de Fernando IV, fueron aprovechadas por Muhammad II de Granada para conquis-tar algunas plazas de la frontera jiennense, entre ellas, la de Quesada. Desde 1295 hasta 13101, la situación de la villa es incierta, pasando de

poder cristiano al musulmán en diferentes ocasiones2. Tras su

incorpo-ración definitiva a Castilla en 1310, Quesada vuelve a la jurisdicción de la Iglesia de Toledo, pero el 22 de enero de 1331, Alfonso XI la donaba a Úbeda, “... con todos sus terminos, con montes e con fuentes e con (1) En 1295 dentro de una ofensiva dirigida por rey de Granada se conquista

Que-sada y en los años siguientes Alcaudete, Bedmar y Castillo de Locubín. Su posterior paso a dominio cristiano hay que verlo como un episodio más de la Batalla del Estrecho. El destronamiento de Muhammad III y la llegada al trono de Nasr, 1309, obligó a Granada a buscar de nuevo la alianza con los meriníes y la consiguiente entrega de Algeciras y Ronda. Por su parte Castilla cercaba Algeciras, pero ante la alianza pactada por Granada, aceptó las treguas, pro-puestas por el monarca nazarí, en las que se incluía la devolución de Quesada junto con las otras plazas conquistadas por Muhammad II. m. a. ladero que -sada, Granada. Historia de un país islámico (1231-1571), Madrid, 1989, pp.

143-147.

(2) Tanto j. m. carrIazo, Colección Diplomática de Quesada, Jaén, 1971, p.

LXIX, como j. f. rIvera recIo, El Adelantamiento de Cazorla. Historia Ge-neral, Toledo, 1948, p. 27, apuntan la posibilidad de que la villa fuese

recupe-rada por los castellanos, para perderse de nuevo entre los años 1296 y 1302, quedando incorporada al Reino de Granada hasta 1310.

(32)

rios e con pastos...”3; en este privilegio se encuentra el origen de las

largas diferencias entre los concejos de Cazorla y Úbeda.

La ciudad entraba en posesión de la villa y sus términos, pero hay que tener en cuenta que Quesada había sido, desde la conquista del te-rritorio, el concejo principal del señorío de la mitra toledana, contan-do con un amplio alfoz en el que se encontraban numerosos núcleos de población como Pelos, Toya, Peal de Becerro y Villamontín, entre otros4. El documento real no especifica que aldeas pasaban junto con

Quesada a la jurisdicción de Úbeda, ni contempla las modificaciones que se llevaron a cabo en la organización territorial del señorío, en los años que Quesada permaneció en poder musulmán. Las conquistas granadinas solo afectaron a su sector más meridional, mientras que lugares como Pelos, Toya, Peal de Becerro o Dos Hermanas, no in-corporados al reino de Granada, pasaron en estos años a depender de Cazorla5 y poco a poco esta villa, con mejores condiciones defensivas

que Quesada, pasó a ser el centro del Adelantamiento.

En cuanto a los motivos que impulsaron al monarca castellano a esta donación, el mencionado privilegio la justifica en la prerrogativa que tienen los reyes de recompensar a quienes le sirven lealmente, como ocurre con el concejo de Úbeda, “... sabiendo quantos buenos

serviçios vos el conçejo de la nuestra villa de Ubeda fizistes a los re-yes donde nos venimos e fizistes e fazedes a nos...”6; también se

justi-fica en el derecho de conquista, Quesada fue ganada por Fernando IV, mientras que la Iglesia de Toledo no había podido defender a la villa (3) j. m. carrIazo, Colección..., pp. 31-35.

(4) El alfoz de Quesada aparece en un privilegio del infante don Sancho de Cas-tilla, arzobispo electo de Toledo, otorgado el 18 de febrero de 1257. j. m. carrIazo, Colección..., p. 20.

(5) Estas aldeas aparece como dependientes de Cazorla en un privilegio de exen-ción de marzadga, concedido a la villa por el arzobispo don Gonzalo Díaz Palomeque, el 18 de julio de 1300. m. m. garcía guzmán, Colección Diplo-mática del Adelantamiento de Cazorla (1231-1495), Cádiz, 1991, p. 15.

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de los ataques granadinos; con el cambio de jurisdicción, la defensa de Quesada, camino de entrada en el Reino de Jaén a través del valle del Guadiana Menor, quedaría encomendada al concejo de Úbeda, asegurándose de esta manera un importante sector de la frontera jien-nense, mientras que la Corona centraba sus esfuerzos en la Batalla del Estrecho. En el interés por asegurar este sector de la frontera, tiene lugar años más tarde, el 28 de noviembre de 13357, la donación al

concejo de Úbeda del castillo de Tíscar, con la obligación de asentar en el lugar a cincuenta pobladores, en un plazo de cuatro años.

Pero junto a estas razones pesaría, ante todo, la necesidad de ampliar los exiguos términos de Úbeda, como señala C. Argente del Castillo8.

En este sentido hubo una constante reorganización del alfoz de la ciu-dad, incorporándose Cabra y Santisteban en el reinado de Alfonso X y en el de Alfonso XI, además, de Quesada, el Castillo de Albanchez, aunque en los siglos siguientes los términos de Úbeda sufriran nuevas modificaciones, no tanto por las circunstancias propias de la frontera, sino por el importante aumento de las tierras de señorío en esta zona9.

En definitiva, con la donación de Quesada se potenciaba un conce-jo de realengo y se conseguían nuevos espacios para los ganados de la ciudad y, precisamente, por este motivo, los enfrentamientos entre Úbeda y Cazorla no tardaron en producirse. El 20 de agosto de 133210,

Alfonso XI nombraba a Fernán Martínez, vecino de Baeza, y a Lope Pérez, vecino de Santisteban del Puerto, jueces de términos, porque (7) j. m. carrIazo, Colección..., pp. 40-44.

(8) La necesidad de buscar nuevas tierras para sus ganados, llevó al concejo de Úbeda a establecer diversas Hermandades con concejos vecinos. c. argente del castIllo, La ganadería medieval andaluza. Siglos XIII-XVI (Reinos de Jaén y Córdoba), Jaén, 1991, pp. 67 y 449-456.

(9) Las modificaciones sufridas en los alfoces de las dos grandes ciudades de realengo, Úbeda y Baeza, de esta comarca puede verse en t. quesada quesa -da, La Serranía de Mágina en la Baja Edad Media. Una tierra fronteriza con el reino nazarí de Granada, Granada, 1989, pp. 94-123.

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tanto Úbeda como Cazorla consideraban suyos parte de los antiguos términos de Quesada. Así, el adelantado Sancho Rodríguez de Funes junto con los oficiales de Cazorla habían retenido ciertas ovejas, ante la negativa de Úbeda de pagar el montazgo; por su parte Úbeda había realizado prendas a los vecinos de Cazorla por cortar leña. Y a partir de estos hechos, los altercados entre los vecinos de uno y otro concejo se fueron sucediendo.

La sentencia de los jueces fue favorable a los intereses de Úbeda, adjudicándole todo el primitivo alfoz de Quesada, de acuerdo con la donación real, y ordenando el deslinde de los términos; pero este no llegaría a ejecutarse, al ser recurrida la sentencia por don Gil Álvarez de Albornoz, arzobispo de Toledo. En esta fase del proceso el rey se reservó juzgar el pleito y mientras que éste tenía lugar estableció que los lugares en litigio fueran usados por ambas partes11.

Tras un largo paréntesis, consecuencia de la guerra civil, se vuelve a plantear el tema. El nuevo monarca, Enrique II de Trastámara, el 15 de febrero de 137612, escribía al concejo de Cazorla ordenándole la

devolución de Peal de Becerro, Toya, Villamontín, Dos Hermanas y Pelos. Esta resolución del monarca hay que verla no sólo como la pro-longación de la política paterna, sino también de las nuevas circuns-tancias que se daban en Castilla. Tras la guerra civil, el rey tenía que recompensar a sus partidarios, entre ellos el concejo de Úbeda que, como consecuencia de su lealtad al entonces pretendiente al trono, había sufrido dos entradas granadinas en 1364 y 1368, lo que le valió el título de ciudad y la confirmación de la ampliación de sus términos. A esto hay que añadir las entonces tirantes relaciones entre Enrique II y la Iglesia de Toledo, porque la Corona y el Cabildo habían presen-tado candidatos diferentes para ocupar la sede primada, por lo que el

(11) Estas disposiciones están recogidas en una carta de Alfonso XI, dirigida a Gil Martínez de Córdoba. j. m. carrIazo, Colección..., pp. 47-48.

(35)

papa Gregorio XI prefirió designar directamente a don Pedro Tenorio, obispo de Coimbra13.

En el reinado de Juan I se produce un cambio radical en el pleito entre Úbeda y Cazorla. El 24 de diciembre de 138414, el monarca

escribía a la ciudad notificándole la sentencia dada por sus oidores. Se reconocía al arzobispo de Toledo la posesión ininterrumpida de los lugares de Toya, Pelos, Peal de Becerro y Dos Hermanas15. En

cambio, Úbeda no pudo probar la posesión de estos lugares, por lo que fue condenada a no utilizar estos términos y a pagar al arzobispo de Toledo lo que hubiesen rentado desde el jueves 13 de diciembre de 1378, hasta la fecha de la sentencia.

El brusco viraje en el pleito entre Úbeda y Cazorla puede deberse a una normalización de las relaciones entre el nuevo monarca y el prima-do, convirtiéndose don Pedro Tenorio en uno de los personajes claves de la corte castellana y en miembro del Consejo Real. Estas nuevas

(13) El 19 de diciembre de 1375 moría el arzobispo de Toledo don Gómez Manri-que. El cabildo de Toledo, siguiendo los últimos consejos del prelado, propuso la candidatura del deán don Pedro Fernández Cabeza de Vaca. Mientras que el rey apoyaba la del obispo de Orense don Juan García Manrique. Ante esta situa-ción el Papa nombró directamente al entonces obispo de Coimbra, don Pedro Tenorio. Como consecuencia de esta designación, las relaciones entre Enrique II y el arzobispo de Toledo fueron difíciles, situación que cambiaría en el reina-do siguiente. l. suárez fernández: “Don Pedro Tenorio, arzobispo de Toledo

(1375-1399)”, en Estudios dedicados a don Ramón Menéndez Pidal, IV, 1953, p. 604.

(14) j. m. carrIazo, Colección.., pp. 57-66.

(15) Estos pequeños núcleos de población se despoblaron como consecuencia, po-siblemente, de la conquista de Quesada por los musulmanes; esta situación aparece recogida en el testamento de don Pedro Tenorio, otorgado en Alcalá de Henares, el 4 de noviembre de 1398, “E otrosi... et entendemos refazer, si vivimos, a Toya, et a Pelos, et a Peal de Vecerro que se cayeron e despoblaron en tienpo de nuestros antecesores e non en el nuestro..”. l. polaIno ortega, Estudios Históricos sobre el Adelantamiento de Cazorla, Jaén, 1967, pp.

(36)

circunstancias, junto a la sólida formación como jurista del arzobispo de Toledo influirían de manera decisiva en la resolución del proceso16.

La sentencia dictada por los oidores de la Audiencia Real, Alvar Martín y el obispo de Oviedo, fue apelada por Úbeda, pero su pro-curador no se presentó ante el tribunal en los plazos acordados, por lo que la apelación no tuvo efecto. De nuevo, Juan I escribía, el 20 de febrero de 138617, instando al concejo de Úbeda a que cumpliese

la sentencia. Asimismo, don Pedro Tenorio advertía al concejo de Úbeda que si no dejaba libres los términos contenidos en la senten-cia, incurrirían en pena de excomunión, dictada contra “sacrilegos

e invasores de las cosas eclesiasticas..”18. A lo largo de la carta, el

arzobispo hace numerosas alusiones a la presencia de ganados de la ciudad en estos términos, siendo este el motivo fundamental del largo enfrentamiento entre ambos concejos.

Por su parte, el concejo de Cazorla trató por todos los medios a su alcance que sus vecinos acatasen el mandato regio. Pero hasta 1404, fecha en que tiene lugar el amojonamiento de los términos entre Quesada y Cazorla, se fueron sucediendo debates y enfrentamientos, algunos graves, como el ocurrido en Úbeda en abril de 1386, cuan-do Pedro Hernández y Bartolomé Martínez, vecinos y procuracuan-dores del concejo de Cazorla, junto con Ruy Ximénez, escribano y notario público, presentaron a los oficiales de Úbeda la carta de Juan I, en (16) El cambio brusco en el pleito entre Úbeda y Cazorla se ve claramente en una carta de Enrique II, dada el 15 de febrero de 1378, en la que ordenaba al concejo de Cazorla devolver Toya, Pelos, Dos Hermanas, Peal de Becerro y Villamontin al concejo de Úbeda, siendo además condenado a pagarle 500.000 maravedís, cantidad en que se evaluaron las pérdidas por la ocupación indebida de dichos lugares. j. m. carrIazo, Colección.., pp. 49-50. Pero a partir de 1348 se

adju-dican los términos en litigio a Cazorla, debiendo pagar Úbeda una importante multa por el uso de los mismos.

(17) m. m. garcía guzmán, Colección Diplomática..., pp. 41-44.

(18) La carta de don Pedro Tenorio está expedida en Brihuega, el 4 de junio de 1386. Ibídem, pp. 44-46.

(37)

la que comunicaba a los habitantes de Úbeda y Quesada que ya no podrían entrar con sus ganados en términos del señorío. El testimo-nio notarial es bastante elocuente sobre lo ocurrido; la carta no pudó leerse públicamente a los oficiales reunidos, porque ante la impor-tancia de su contenido, alegaron que iba dirigida a todo el concejo, por lo que se convocó a todos los oficiales y vecinos de la ciudad a campana tañida en la iglesia de San Pablo. Ante el cariz que estaban tomando los acontecimientos y las amenazas proferidas por los con-vocados, los representantes de Cazorla tuvieron que refugiarse pri-mero en su posada y luego en lugar sagrado, la iglesia de la Trinidad, donde recibieron aviso del alguacil de Úbeda para que abandonasen cuanto antes la ciudad, pues los ánimos de los congregados estaban cada vez más encendidos y peligraban sus vidas19.

Tras fracasar en su gestión, Bartolomé Martínez y Pedro Hernán-dez pidieron ayuda al adelantado de la frontera don Pedro Rodríguez Esquivel, a causa del reiterado incumplimiento de la sentencia y la ocupación de términos por parte de los ubetenses. La intervención del adelantado junto con las amenazas de excomunión, por parte del arzobispo de Toledo, propiciaron un acercamiento entre las partes en litigio, llegándose a sucesivos acuerdos, en los que don Pedro Te-norio fue rebajando la elevada suma, 2.000 doblas de oro moriscas.

Con la muerte de don Pedro Tenorio, 1399, se abre un período de sede vacante que duró hasta 1404. Úbeda aprovechó estos años en que el Adelantamiento se encontraba sin señor y por tanto sin su va-ledor en la corte para reavivar los enfrentamientos con sus vecinos.

Ante la gravedad de la situación, el concejo de Cazorla escribía, 20 de julio de 1403 al deán y cabildo de la Iglesia de Toledo, expo-niéndole los hechos: “Señores sepa la vuestra merçed que agora

puede aver diez meses poco mas o menos tienpo que sin razon e sin derecho que los alcaldes de la çibdad de Ubeda se movieron a

(38)

pedimento... de vecinos de la çibdad de Ubeda, en ser jueçes contra nos e contra nuestros veçinos por razon de çierto ganado ovejuno e cabruno que las nuestras guardas quitaron en terminos desta dicha villa. E por usurpar e quebrantar la sentencia que nuestro señor el rey dio entre el arzobispo, nuestro señor, don Pedro Tenorio, que Dios de Santo Parayso, y el concejo de la dicha çibdad de Ubeda

...”20.

Tal como se detalla en la carta, la situación era muy delicada para los vecinos del Adelantamiento, ya que Úbeda había vuelto a utilizar los términos asignados a Cazorla por Juan I y los alcaldes de la ciu-dad, en un intento de ampliar su jurisdicción a estos lugares, abrie-ron un proceso contra los guardas de Cazorla que habían tomado los ganados que encontraron en sus términos. Como los oficiales de Cazorla ni los otros vecinos del Adelantamiento acudieron a declarar ante los alcaldes de Úbeda, éstos “... dieron testigos, de la dicha

çib-dad e de Quesada, su lugar ... E dieron sentencia en la dicha çibçib-dad, diziendo que el dicho ganado fuera prendado en termino de dicha çibdad. Lo que ello no fue ni es ansi”21.

En vista de los hechos, el concejo de Cazorla recurrió al cabildo toledano, institución encargada de administrar y velar por los va-sallos y bienes pertenecientes a la mesa arzobispal durante los pe-ríodos de sede vacante, pues “ ... por quanto el conçejo de la dicha

çibdad vea agora que la dicha Yglesia, questa agora sede vacante, entienden ellos que por esta manera de fuerça como ellos quisieran el dicho pleyto, por ser ricos e bulto de mucha gente... Porque vos pedimos por merçed que vuesta merçed sea de nos querer remediar e vandear en esta cosa, pues tenemos derecho, porque los de Ubeda no salgan con su entençion maliciosamente por se hazer juezes, de-mandadores e sentençiadores donde no lo son ...”22.

(20) Ibídem, pp. 100-102. (21) Ibídem.

(39)

(23) Ibídem, pp. 104-105.

Las peticiones del concejo de Cazorla dieron resultados positi-vos, porque al poco tiempo comenzaba el deslinde de los términos de Úbeda y Cazorla. El amojonamiento finalizó el domingo 7 de diciembre de 1404, recogiéndose en él lo establecido en la sentencia de 1384, aunque los oficiales de Úbeda hicieron constar su protesta, “porque dixeron que fue dada en agravio de Ubeda, pero se

avinie-ron al amojonamiento por escusar las peleas y contiendas y ruydos que de cada dia recreçen entre los de Caçorla y los de Quesada, lugar de Ubeda, sobre esta razon”23.

Con la firma del instrumento público por los representantes de ambos concejos puede darse por finalizada una primera etapa en los enfrentamientos entre Úbeda y Cazorla. Aunque cualquier circuns-tancia era aprovechada por los vecinos de Úbeda y de Quesada para reavivar las viejas disputas y el reinado de Juan II fue propicio para ello.

Úbeda-quesaday cazorladuranteelreInadode juan II.

Las tensiones políticas de este reinado vienen dadas por la pau-latina consolidación de la autoridad real y el consiguiente freno al poder aristocrático, pero es la propia monarquía la que contradice este proceso al delegar sus funciones en privados como don Álvaro de Luna, hacia quien irán dirigidos los ataques de la nobleza. Hay, por tanto, dos bloques políticos en la corte y consecuentemente todo el reino se ve afectado por esta división, en Andalucía la situación es aún más grave al encontrarse las principales ciudades divididas en bandos.

Todas estas circunstancias se dan con fuerza en el Alto Guadalqui-vir: Baeza y Úbeda se ven inmersas en enfrentamientos, protagoniza-dos por linajes nobiliarios que además, de controlar las ciudades en esta época han consolidado sus patrimonios señoriales en la zona. A

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esto hay que añadir la intensa actividad bélica en la frontera granadina. Todo ello dará lugar a una gran inestabilidad en este espacio geográfico, reavivándose los viejos problemas de términos, utilizados en muchos casos como pretexto para enfrentamientos armados entre los vecinos de Úbeda y del Adelantamiento, abriéndose un nuevo frente: Iznatoraf y sus antiguas aldeas, Villanueva del Arzobispo y Villacarrillo.

Una vez más, para comprender la situación en el siglo XV, hay que retrotraerse a los años inmediatos a la conquista de esta comar-ca. A instancia de Fernando III, el 20 de agosto de 123524, Iznatoraf,

Santisteban y Úbeda constituían una Hermandad para el aprovecha-miento en común de sus términos. En estos momentos, las tres villas eran de realengo, aunque muy pronto esta situación cambiaría, al pasar Iznatoraf a la jurisdicción del arzobispo de Toledo en 125225

y Santisteban del Puerto al linaje de los Benavides en 137126. En

principio, los cambios de jurisdicción no afectarían a la Hermandad, puesto que cada villa mantenía sus propios términos y solamente se establecía la utilización de los pastos por los ganados de los tres concejos, quedando fuera las dehesa boyales27. De hecho, en 1316

la Hermandad seguía vigente, pues se ordenaba al recaudador del servicio de los ganados que le guardase sus privilegios28.

(24) c. argentedel castIllo, La ganadería.., p. 86.

(25) En principio el Guadalquivir delimitaría las tierras de realengo de las del arzo-bispo de Toledo, cuyo señorío avanzaría hasta Baza. Esta ciudad le había sido donada por el Rey, el 20 de abril de 1243, aunque correspondería al prelado su conquista. Pero las dificultades para hacer efectiva la donación propiciaron un acuerdo entre la Iglesia de Toledo y el monarca en 1246; Fernando III se com-prometía a conquistar Baza, mientras tanto, se incorporaría, temporalmente, Iznatoraf al señorío . Pero este acuerdo no pudo cumplirse y en 1252, el infante don Sancho de Castilla, arzobispo de Toledo, renunciaba a Baza, recibiendo a cambio Iznatoraf. m. m. garcía guzmán, El Adelantamiento..., pp. 102-104.

(26) m. a. ladero quesada, Andalucía en el siglo XV. Estudios de Historia Polí-tica, Madrid, 1973, p. 60.

(27) c. argentedel castIllo, La ganadería..., p. 445.

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Pero las dificultades no tardarían en llegar, como lo prueba el do-cumento otorgado por Úbeda e Iznatoraf, el 16 de agosto de 1325, por el que los concejos acordaban, para evitar “ ...las contiendas

que eran entre nos... en razon de los terminos, catando el mal e daño que podria recreçer a cada uno de nos los dichos conçejos e avien-do muy gand voluntad de servir a Dios e nuestro señor, el rey avien-don Alfonso, e nuestro señor el arçobispo...”29, mantener la Hermandad,

con iguales condiciones a las acordadas en 1235, pero se excluyen los pinos y además se reconocen el derecho del arzobispo a percibir la asadura, consistente en cuatro ovejas de cada cuatro mil. No obs-tante, estos acuerdos entre los concejos quedaban pendientes de la confirmación real, pués, según deja entrever el documento, existían graves difierencias entre Úbeda e Iznatoraf, en cambio no hay ningu-na referencia a Santisteban.

Asimismo, afectó a esta Hermandad la propia organización terri-torial del Adelantamiento; en 1396 una aldea de Iznatoraf, La Mo-raleja, se convertía en Villanueva del Arzobispo, a la que no se le asignó términos propios; de manera que ambas villas participaría en la explotación de unos términos comunes. Esta misma situación afectó a Cazorla y a su antigua aldea La Iruela30.

Hay que tener encuenta la posición dela Iglesia de Toledo en el contexto de la política castellana. En 1422 moría el arzobispo don Sancho de Rojas, personaje destacado en la minoría de Juan II, y le (29) m. m. garcía guzmán, Colección Diplomática..., pp. 19-21.

(30) El hecho de que las nuevas villas no contasen con término propio fue el origen de numerosas demandas contra Iznatoraf o Cazorla, vistas por el ade-lantado o por el arzobispo. Siempre se sentenció favorablemente a las nuevas villas, cuyos oficiales tenían que ser oidos en todos los asuntos concernientes a la explotación de los terminos, participando, igualmente, en sus beneficios económicos. Así, se ratifica en una sentencia dada por el arzobispo don Pedro de Luna, 13 de enero de 1414, o por el adelantado Alfonso Tenorio, 29 de diciembre de 1414. m. m. garcía guzmán, Colección Diplomática...., pp.

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sucedía don Juan Martínez Contreras. La Crónica del Halconero pone de manifiesto la intervención de don Alvaro de Luna que quería como nuevo primado a una persona no ligada por lazos familiares a los inte-reses de los grandes linajes nobiliarios, asegurándose de esta manera la fidelidad del nuevo arzobispo de Toledo31.

Coincidiendo con este nuevo pontificado (1423­1434) y con el ascenso político de don Alvaro de Luna se producen importantes cambios en el Adelantamiento. La activa participación de arzobispos y adelantados en la vida política castellana tendría su reflejo en el señorío, interviniendo sus milicias en las empresas militares de su señor, pero sin olvidar su condición de territorio de frontera. Estas nuevas circunstancias se ponen de manifiesto en 1427. A mediados de enero tenía lugar en Granada el derrocamiento de Muhammad IX y la vuelta al trono de Muhammad VIII32, el 29 de ese mes33; el arzobispo

comunicaba a los concejos del Adelantamiento estas noticias y les prevenía de posibles entradas granadinas. Pero también en la corte castellana se producían en ese año importantes cambios, la liga nobi-liaria, dirigida por los infantes don Juan y don Enrique, se constituía en febrero y el paso siguiente era desbancar a don Alvaro, objetivo temporalmente conseguido con el destierro de la corte del condesta-ble, septiembre de 142734.

Estos acontecimientos aconsejaban reunir las tropas; por ello, se or-denó al adelantado Rodrigo de Perea reclutar ciertos caballeros y ba-llesteros y reunirse en la Corte con el rey y el arzobispo. Como siempre, los concejos del Adelantamiento se mostraron reacios a la salida de tropas del señorío, pidiendo a su señor que les relevase de acudir a este (31) p. carrIllode huete, Crónica del Halconero de Juan II, ed. de J. M.

Carria-zo, Madrid, 1946, p. 175.

(32) l. secode lucena, Muhammad IX, sultán de Granada, Granada, 1978, p. 38.

(33) m. m. garcía guzmán, Colección DIplomática..., pp. 146-147.

(34) l. suárez fernández, Nobleza y Monarquía. Puntos de vista sobre la His-toría política castellana del siglo XV, Valladolid, 1975, pp. 131-132.

Referencias

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