EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA Y DE LA
RECONCILIACIÓN.
Mateo 9, 10 – 13
“Y sucedió que estando El a la mesa en casa de Mateo, vinieron muchos publicanos y pecadores, y estaban a la mesa con Jesús y sus discípulos.
Al verlo los fariseos decían a los discípulos: ‘¿Por qué come vuestro maestro con los publicanos y pecadores?’ Mas Él, al oírlo, dijo: ‘No necesitan médico los que están fuertes sino los que están mal. Id, pues, a aprender qué significa aquello de: Misericordia quiero, que no sacrificio. Porque no he venido a llamar a justos, sino a pecadores’”.
Tras la caída, el hombre no fue abandonado por Dios. Al contrario, Dios lo llama y le anuncia de modo misterioso la victoria sobre el mal y el levantamiento de su caída.
Juan Pablo II, en su Encíclica “Redemptor Hominis” (Redentor del hombre), escribe: “Jesucristo, Hijo de Dios vivo, se ha convertido en nuestra reconciliación ante el Padre.”
Jesús vino a realizar la reconciliación del hombre con Dios. Comenzó su predicación invitando a la conversión: “Conviértanse y crean en la Buena Nueva” (Marcos 1, 15). Pero no se limitó a predicar la conversión, sino que cada vez que se encontraba con un pecador, lo reconciliaba con Dios Padre. Las palabras: “tus pecados te
son perdonados” salieron en varias oportunidades de labios de Jesús. Así, le dijo a María
Magdalena, “no te condeno, vete y no vuelvas a pecar” (Juan.8, 11); dijo al paralítico, “hijo, ten
confianza, tus pecados te son perdonados” (Mateo 9, 2); como también le dijo al buen ladrón
en la cruz, “yo te aseguro, hoy estarás conmigo en el paraíso” (Lucas 23, 43).
Con estas palabras de perdón, Jesús quiso revelar que el amor de Dios es siempre más grande que el pecado y la debilidad, y que Dios es ese amor, siempre dispuesto a ir al encuentro del hijo perdido, a la búsqueda de sus hijos que están llamados a la Gloria.
El Dios de Jesús es el Dios de la misericordia, de la bondad sin límites y de la paciencia para con los débiles, que se dan cuenta de ser tales y se ponen en camino de conversión.
Pero constatar que somos pecadores pertenece a la sinceridad que nos debemos a nosotros mismos. El apóstol San Juan escribe en su primera carta a los cristianos: "si
decimos que no tenemos pecado, nos engañamos y la verdad no está en nosotros. Si confesamos nuestros pecados, fiel y justo es Él para perdonar nuestros pecados y purificarnos de toda injusticia. Si decimos que no hemos pecado, le hacemos mentiroso y su Palabra no está en nosotros"(1Jn 1, 9-10).
Quienes se consideran justos, sin pecado y sin necesidad de conversión, tampoco sienten la urgencia del perdón. Si no tenemos conciencia de ser pecadores, creemos no tener motivos para pedir perdón, y al no pedirlo, no lo alcanzamos. Dios siempre está dispuesto a perdonar, pero el pecador necesita abrirse al perdón y a la conversión.
1. Jesús instituye el Sacramento de la Penitencia
Dice el Evangelio:"Al atardecer de aquel día, el primero de la semana, estando
cerradas, por miedo a los judíos, las puertas del lugar donde se encontraban los discípulos, se presentó Jesús en medio de ellos y les dijo: «La paz con vosotros.» Dicho ésto, les mostró las manos y el costado. Los discípulos se alegraron de ver al Señor.
Jesús les dijo otra vez: «La paz con vosotros. Como el Padre me envió, también yo os envío.» Dicho ésto, sopló sobre ellos y les dijo: «Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos.” (Juan 20, 19 - 24).
Jesús confía a la Iglesia la misión de hacer que el perdón de Dios llegue a todos los hombres. La Iglesia hace efectivo este perdón de Cristo por medio del ministro del perdón, el sacerdote.
Así, en su misericordia infinita, Jesús nos dio un instrumento maravilloso para reconciliarnos con nuestro Padre. Se trata del Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación. Sacramento al que un gran santo llamaba el Sacramento de la Alegría,
porque en él se revive la Parábola del hijo Pródigo, y termina en una gran fiesta en los corazones de quienes lo reciben.
Cristo quiso que toda su Iglesia, tanto en su oración como en su vida y su obra, fuera el signo y el instrumento del perdón y de la reconciliación que nos adquirió al precio de su sangre. Sin embargo, confió el ejercicio del poder de absolución al ministerio apostólico, que está encargado del "ministerio de la reconciliación" (2 Corintios 5, 18). El apóstol es enviado en nombre de Cristo, y "es Dios mismo" quien, a través de él, exhorta y suplica: "Dejaos reconciliar con Dios" (2 Corintios 5, 20).
Cristo instituyó el sacramento de la Penitencia en favor de todos los
miembros pecadores de su Iglesia, ante todo para los que, después del Bautismo, hayan caído en el pecado grave y así hayan perdido la gracia bautismal y lesionado la comunión eclesial. El sacramento de la Penitencia ofrece a éstos una nueva posibilidad de convertirse y de recuperar la gracia de la justificación.
El pecado es, ante todo, ofensa a Dios, ruptura de la comunión con Él. Al mismo tiempo, atenta contra la comunión con la Iglesia. Por eso la conversión implica a la vez el perdón de Dios y la reconciliación con la Iglesia, que es lo que expresa y realiza litúrgicamente el sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación.
Sólo Dios perdona los pecados (Marcos 2, 7). Porque Jesús es el Hijo de Dios, dice de sí mismo: "El Hijo del hombre tiene poder de perdonar los pecados en la tierra" (Marcos 2, 10) y ejerce ese poder divino: "Tus pecados están perdonados" (Lucas 7, 48). Más aún, en virtud de su autoridad divina, Jesús confiere este poder a los hombres para que lo ejerzan en su nombre (Juan 20, 21-23).
Durante su vida pública, Jesús no sólo perdonó los pecados, también manifestó el efecto de este perdón: a los pecadores que son perdonados los vuelve a integrar en la comunidad del pueblo de Dios, de donde el pecado los había alejado o incluso excluido. Un signo manifiesto de ello es el hecho de que Jesús admite a los pecadores a su mesa, más aún, Él mismo se sienta a su mesa, gesto que expresa de manera conmovedora, a la vez, el perdón de Dios (Lucas 15) y el retorno al seno del pueblo de Dios.
Al hacer partícipes a los apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el Señor les da también la autoridad de reconciliar a los pecadores con la Iglesia.
Esta dimensión eclesial de su tarea se expresa particularmente en las palabras solemnes de Cristo a Simón Pedro: "A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en la tierra
quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos" (Mateo
16, 19). El Colegio de los Apóstoles, unido a su Cabeza, recibió también la función de atar y desatar dada a Pedro (Mt 18,18; 28,16 -20). Las palabras atar y desatar significan: aquel a quien excluyáis de vuestra comunión, será excluido de la comunión con Dios; aquel a quien recibáis de nuevo en vuestra comunión, Dios lo acogerá también en la suya. La reconciliación con la Iglesia es inseparable de la reconciliación con Dios.
Así pues, en el Sacramento de la Reconciliación nos encontramos con Cristo. Esto debido a que es uno de los siete Sacramentos instituidos por Él mismo para darnos la gracia. Nos confesamos con Jesús, el sacerdote no es más que su representante. De hecho, la fórmula de la absolución dice: "Yo te absuelvo de tus pecados" ¿Quien es ese «yo»? No es el Padre Fulano, sino Cristo. El sacerdote actúa en nombre y en la persona de Cristo. Como sucede en la Misa cuando el sacerdote para consagrar el pan dice "Esto
cuando nos confesamos, el que está ahí escuchándonos, es Jesús. El sacerdote, no hace más que «prestarle» al Señor sus oídos, su voz y sus gestos.
El sacerdote actúa como juez, como médico, maestro y padre durante la
confesión, por mandato de Cristo. El sacerdote tiene la potestad de absolver en nombre de Cristo o de negar la absolución a los impenitentes. Debe participar de este “tribunal del fuero interno”, en que hay un culpable y a la vez acusador junto al juez que debe conocer la causa, averiguar las disposiciones del penitente y dar la sentencia.
Luego de su oficio de juez, el sacerdote ejerce su oficio de médico en que debe
disponer a los fieles dudosamente dispuestos, indicar las precauciones para no recaer en la enfermedad del pecado, averiguar las causas de las recaídas para aplicar el remedio a la raíz e imponer las penitencias medicinales más oportunas. Como maestro, el sacerdote
debe enseñar las verdades necesarias y avisar de la licitud o ilicitud de las acciones cometidas. Finalmente, el sacerdote en su oficio de padre debe recibir a los penitentes
con benignidad y dulzura, suavidad y mansedumbre; preocuparse del aprovechamiento espiritual de los penitentes y, finalmente, estar siempre disponible a oír confesión a cualquiera que se lo pida y en cualquier momento oportuno.
2.Los efectos del Sacramento de la Penitencia
Cuando hablamos de los efectos del sacramento de la Penitencia nos referimos a los frutos que provoca en el alma del creyente. Reflexionemos con el Catecismo en los números 1468, 1469 y 1470:
“Toda la virtud de la penitencia reside en que nos restituye a la gracia de Dios y nos
une con él con profunda amistad. El fin y el efecto de este sacramento es, pues, la reconciliación con Dios. En los que reciben el sacramento de la Penitencia con un
corazón contrito y con una disposición religiosa, tiene como resultado la paz y la tranquilidad de la conciencia, a las que acompaña un profundo consuelo espiritual. En efecto, el sacramento de la reconciliación con Dios produce una verdadera resurrección espiritual, una restitución de la dignidad y de los bienes de la vida de los hijos de Dios, el más precioso de los cuales es la amistad de Dios (Lucas 15, 32).”
Este sacramento reconcilia con la Iglesia al penitente. El pecado menoscaba o
rompe la comunión fraterna. El sacramento de la Penitencia la repara o la restaura. En este sentido, no cura solamente al que se reintegra en la comunión eclesial, tiene también un efecto vivificante sobre la vida de la Iglesia que ha sufrido por el pecado de uno de sus miembros (1 Corintios 12, 26). Restablecido o afirmado en la comunión de los santos, el pecador es fortalecido por el intercambio de los bienes espirituales entre todos los
miembros vivos del Cuerpo de Cristo, estén todavía en situación de peregrinos o que se hallen ya en la patria celestial.
En este sacramento, el pecador, confiándose al juicio misericordioso de Dios, anticipa en cierta manera el juicio al que será sometido al fin de esta vida terrena. Porque es ahora, en esta vida, cuando nos es ofrecida la elección entre la vida y
la muerte, y sólo por el camino de la conversión podemos entrar en el Reino del que el pecado grave nos aparta (1 Corintios 5, 11; Gálatas 5, 19-21). Convirtiéndose a Cristo por la penitencia y la fe, el pecador pasa de la muerte a la vida "y no incurre en juicio" (Juan 5, 24).
3. ¿Por qué debemos confesarnos directamente con el sacerdote?
Jesús instituye este sacramento y le da autoridad a los apóstoles para perdonar en su nombre. (Juan 20, 19-24).
La Iglesia ha sido fiel a Cristo desde el principio al conferir el Sacramento de la Confesión. Por lo tanto, nos confesamos con un sacerdote por obediencia a Cristo. Es Dios quien perdona y tiene potestad para establecer los medios para dar el perdón.
Cuando celebra el sacramento de la Penitencia, el sacerdote ejerce el ministerio del Buen Pastor que busca la oveja perdida, el del Buen Samaritano que cura las heridas, del Padre que espera al Hijo pródigo y lo acoge a su vuelta, del justo Juez que no hace acepción de personas y cuyo juicio es a la vez justo y misericordioso. En una palabra, el sacerdote es el signo y el instrumento del amor misericordioso de Dios con el pecador. Cristo mismo es quien nos da el perdón y lo escuchamos por boca del sacerdote.
Hemos visto que el Señor dio el poder de perdonar los pecados a los Apóstoles. Por lo que el argumento de “¿Quién es el sacerdote para perdonar los pecados…? ¡Sólo Dios puede perdonarlos!”, queda desecho precisamente en el Evangelio… Es lo que decían los fariseos indignados cuando Jesús perdonaba los pecados… (Mateo 9,1- 8).
Por otra parte, ante aquél que dice: “Yo me confieso directamente con Dios, sin intermediarios”, debemos meditar:
El perdón es algo que «se recibe». Yo no soy el artífice del perdón de mis pecados: es Dios quien los perdona. Como todo sacramento, hay que recibirlo del ministro que lo
administra válidamente. A nadie se le ocurriría decir que se bautiza sólo ante Dios… sino que acude a la Iglesia a recibir el Bautismo. A nadie se le ocurre decir que consagra el pan en su casa y se da de comulgar a sí mismo… Cuando se trata de sacramentos, hay que recibirlos de quien corresponde: quien los puede administrar válidamente.
¿Cómo saber que Dios acepta tal arrepentimiento y perdona? ¿Se escucha alguna voz celestial que lo confirma?, ¿cómo saber que se está en condiciones de ser perdonado? Parece ser que no es tan fácil… Una persona que robara un banco y no quisiera devolver el dinero… por más que se confesara directamente con Dios… o con un sacerdote… si no quisiera reparar el daño hecho -en este caso, devolver el dinero-, no puede ser perdonada… porque ella misma no quiere "deshacerse" del pecado.
Este argumento no es nuevo… Hace casi mil seiscientos años, San Agustín replicaba a quien argumentaba de esta manera: "Nadie piense: yo obro privadamente, de cara a Dios… ¿Es que sin motivo el Señor dijo: «lo que atareis en la tierra, será atado en el cielo»? ¿Acaso les fueron dadas a la Iglesia las llaves del Reino de los cielos sin necesidad? Frustramos el Evangelio de Dios, hacemos inútil la palabra de Cristo."
Ahora, ante las siguientes preguntas:
¿Por qué le voy a decir los pecados a un hombre como yo?
Debemos aclarar que ese hombre no es un hombre cualquiera: tiene el poder especial para perdonar los pecados: el Sacramento del Orden. Esa es la razón por la que vamos a él.
¿Por qué le voy a decir mis pecados a un hombre que puede ser tan pecador como yo?
El problema no radica en la «cantidad» de pecados: si es menos, igual o más pecador que nosotros…. No vamos a confesarnos porque sea santo e inmaculado, sino porque nos puede dar la absolución, poder que tiene por el Sacramento del Orden, y no por su bondad. Es una suerte -en realidad una disposición de la sabiduría divina- que el poder de perdonar los pecados no dependa de la calidad personal del sacerdote, ya que nunca sabríamos quién sería suficientemente santo como para perdonar… Además, el hecho de que sea un hombre y que como tal tenga pecados, facilita la confesión: precisamente porque sabe en carne propia lo que es ser débil, nos puede entender mejor.
4. ¿Qué necesitamos para una buena confesión?
Para una buena confesión es necesario seguir los siguientes pasos:
a)Examen de conciencia
Consiste en recordar todos los pecados cometidos desde la última confesión bien hecha.
Dios es un Padre amoroso que nos hace ver el pecado para darnos la gracia del arrepentimiento y perdonarnos. Él nos quiere libres. El demonio no quiere que veamos nuestro pecado. Pero si buscamos el camino de Dios, tratará de acusarnos con nuestros pecados para que nos desanimemos y volvamos atrás. Podemos discernir entonces la diferencia. Dios enseña el pecado para liberar y perdonar; el demonio lo esconde pero cuando lo enseña es para que desesperemos. Debemos rechazar enérgicamente estos pensamientos e ir a la confesión con toda confianza en el perdón de Dios. Dios SIEMPRE perdona cuando hay arrepentimiento.
b) Arrepentimiento y contrición
Se trata de un dolor voluntario por haber ofendido a Dios, junto con la resolución de enmendar la conducta, tomando las medidas necesarias para evitar la ocasión de pecar.
La contrición perfecta es un dolor y detestación de los pecados cometidos en cuanto son ofensa de Dios, con propósito de confesarse y de no volver a pecar. Cuando brota del amor de Dios, amado sobre todas las cosas, la contrición se llama
"contrición perfecta"(contrición de caridad). Semejante contrición perdona las faltas
veniales; obtiene también el perdón de los pecados mortales si comprende la firme resolución de recurrir tan pronto sea posible a la confesión sacramental.
Existe también la contrición llamada "imperfecta" (o "atrición") es también un don de Dios, un impulso del Espíritu Santo. Nace de la consideración de la fealdad del pecado o del temor de la condenación eterna y de las demás penas con que es amenazado el pecador. Tal conmoción de la conciencia puede ser el comienzo de una evolución interior que culmina, bajo la acción de la gracia, en la absolución sacramental. Sin embargo, por sí misma la contrición imperfecta no alcanza el perdón de los pecados graves, pero dispone a obtenerlo en el Sacramento de la Penitencia. (Ver Anexo N°1, actos de contrición).
La confesión de los pecados, incluso desde un punto de vista simplemente humano, nos libera y facilita nuestra reconciliación con los demás. Por la confesión, el hombre se enfrenta a los pecados de los cuales se siente culpable; asume su responsabilidad y, por ello, se abre de nuevo a Dios y a la comunión de la Iglesia con el fin de hacer posible un nuevo futuro. La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la penitencia.
En la confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de que tienen conciencia tras haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos últimos mandamientos del Decálogo (Exodo 20, 17; Mateo 5, 28), pues, a veces, estos pecados hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los que han sido cometidos a la vista de todos.
Cuando los fieles se esfuerzan por confesar todos los pecados que recuerdan, no
se puede dudar que están presentando ante la misericordia divina para su perdón todos los pecados que han cometido. Quienes actúan de otro modo y callan conscientemente algunos pecados, no están presentando ante la bondad divina nada que pueda ser perdonado por mediación del sacerdote. Porque si el enfermo se avergüenza de descubrir su llaga al médico, la medicina no cura lo que ignora.
Según el mandamiento de la Iglesia, todo fiel llegado a la edad del uso de razón debe confesar al menos una vez al año, los pecados graves de que tiene conciencia. "Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no celebre la misa
ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes" (Código de Derecho Canónico, can. 916).
Sin ser estrictamente necesaria, la confesión de los pecados veniales es recomendada vivamente por la Iglesia.
d) La satisfacción
Muchos pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restituir las cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado, compensar las heridas). La simple justicia exige ésto. Pero además el pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el prójimo.
La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el
pecado causó. Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por tanto, debe hacer algo más para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de
manera apropiada o "expiar" sus pecados. Esta satisfacción se llama también penitencia.
La penitencia interior del cristiano puede tener expresiones muy variadas. La Escritura y los Padres insisten sobre todo en tres formas: el ayuno, la oración, la limosna (Tobías 12, 8; Mateo 6, 1-18), que expresan la conversión con relación a sí mismo, con relación a Dios y con relación a los demás.
La penitencia que el confesor impone debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consistir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de la cruz que debemos llevar.
Tales penitencias ayudan a configurarnos con Cristo, el Unico que expió nuestros pecados (Romanos 3, 25; 1 Juan 2, 1-2) una vez por todas.
“Purificados vuestros corazones en el Sacramento de la Reconciliación. Mienten quienes acusan la invitación de la Iglesia a la penitencia, como si proviniera de una mentalidad “represiva”. La Confesión Sacramental no constituye una represión, sino una liberación. No hace surgir sentimientos de culpa, sino que borra la culpa, elimina el mal contenido, da la gracia del perdón.” (S.S. Juan Pablo II).
5. Modo de confesarse
1. Una vez hecho el examen de conciencia se puede hacer un acto de contrición. Se recomienda orar por el sacerdote para que el Espíritu Santo lo asista en sus oficios durante la confesión.
2. Hecho el examen de conciencia y acto de contrición, acercarse al sacerdote para proceder a la confesión de los pecados.
3. El sacerdote exhorta al penitente a confesar sus pecados.
4. Luego debe decirse el tiempo transcurrido desde la última confesión y a continuación los pecados que se han recordado en el examen de conciencia, procurando que la confesión sea clara, breve, completa y muy sincera. No se debe omitir ningún pecado por vergüenza o temor. Se debe decir el pecado, el número de veces que fue cometido y las circunstancias que lo acompañaron.
5. Luego de los consejos del sacerdote, éste invita al penitente a manifestar su contrición antes de impartirle la absolución. (El penitente puede decir palabras como: Señor Jesús, Hijo de Dios, ten misericordia de mí que soy pecador).
6. El sacerdote imparte la absolución al penitente, quien, al final, contesta: Amén. Durante la absolución es muy conveniente rezar el “Yo pecador” para
arrepentirse de los pecados en el mismo momento en que se recibe la absolución del sacerdote.
7. – Después de la confesión, conviene cumplir la penitencia impuesta lo antes posible, para evitar que se olvide.