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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ARAUCARIA SCHOOL

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2018

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ARAUCARIA SCHOOL

TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES

Art. 1 El presente Reglamento contiene las normas básicas por las cuales todo alumno y alumna de Araucaria School debe regirse y tienen que ver con sus derechos y deberes, relacionados tanto con sus actitudes de persona, estudiante y a sus interrelaciones con los demás miembros de la comunidad escolar, todo esto en el marco de los principios, contenidos en el Proyecto Educativo Institucional.

Art.2 Partiendo de la premisa que el proceso educativo de Araucaria School se orienta al desarrollo armónico e integral de los alumnos y alumnas, el establecimiento velará, en todo momento, por el cultivo y acrecentamiento de valores y actitudes de respeto mutuo, dignidad, veracidad y autodisciplina, fundamentales para que la comunidad escolar se vea favorecida con un ambiente de sana convivencia escolar.

Art.3 El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales:

Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional, que incluye el Perfil del Alumno, apoderados, docentes, directivos y Asistentes de la Educación

TITULO II DEFINICIONES

Art.4 Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución.

Art.5 Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)”

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Art.6 Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes ”Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

Art.7 De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber:

a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.

b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.

c. Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.

d. Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet”.

TITULO III DE LOS OBJETIVOS

El presente Reglamento tiene como objetivos:

Art.8 Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el normal desarrollo académico, personal, social y espiritual de los alumnos y alumnas, como de todos los miembros de la comunidad escolar.

Art.9 Propender a la internalización de los valores que sustenta el Colegio, como base para un comportamiento disciplinario de los alumnos(as), que favorezca el autodominio y la búsqueda de soluciones a conflictos y problemas de la vida escolar.

Esto con un carácter formativo y en un ambiente de respeto mutuo hacia las personas y los principios de la institución.

Art.10 Lograr de los estudiantes actitudes de orden, respeto, responsabilidad, cooperación y participación, a través de la creación conjunta de espacios de socialización y de aceptación mutua, que contribuyan a un ambiente académico adecuado para el desarrollo integral de los estudiantes.

Art.11 Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad Colegio los principios y acciones que contribuyen a mantener una buena convivencia escolar, con

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especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de comportamientos que dañen a sí mismo, a los demás y/o a su entorno.

Art.12 Establecer los criterios de aplicación de medidas disciplinarias tendientes a lograr en los estudiantes un comportamiento que contribuya a una buena convivencia escolar para sí mismo y, que ayude a cada alumno y alumna a expresar en lo cotidiano una condición de ser humano auténtico, respetuoso de los demás y comprometido en el mejoramiento del mundo natural y social que lo rodea.

Art.13 Establecer protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.

TITULO IV

DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Art.14 DE SU DEFINICION:

El Consejo Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad Colegio, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento.

Art.15 DE SUS INTEGRANTES:

El Consejo de Convivencia Escolar, está integrado por:

a. Directora b.- Jefe UTP

c.- Encargado de Convivencia Escolar d. Representante de Apoderados

e.- Representante de Centro General de Alumnos f.- Representante de Asistentes de la Educación g.- Representante de Grupo de Liderazgo

Art.16 DE SUS OBJETIVOS:

El Consejo tiene los siguientes objetivos:

a. Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.

b. Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento.

c. Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas indicadas en este Reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes.

d. Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el Colegio.

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e. Mantener informada permanentemente a la Dirección sobre el diseño y ejecución de planes de Convivencia Escolar y asesorarla en la toma de decisiones.

Art.17 DEL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

a. El Consejo Escolar es presidido por la Directora y tiene un(a) Secretario(a) para llevar actas de las sesiones y acuerdos adoptados. Además de un Encargado de Convivencia Escolar que será nombrado y que la comunidad será comunicada, que cumpla las funciones de mediador y d coordinador del Plan de Convivencia Escolar.

b. Sesionará bimensual en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que se requiera, con a lo menos dos tercios de sus miembros.

c. Anualmente informará a la comunidad acerca de los planes preventivos para la convivencia escolar.

d. Después de cada sesión, el Encargado de Convivencia Escolar informará a los profesores jefes, de asignaturas y apoderados(as) sobre los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.

e. El Encargado de Convivencia Escolar debe informar en cada sesión del estado de avance de los casos en tratamiento y de nuevos alumnos que presentan dificultades.

f. El Encargado del Convivencia Escolar debe sesionar en conjunto con los profesores de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita.

g. El Encargado del Convivencia Escolar podrá reunirse con el Presidente del Centro de Alumnos y/o el Presidente del Centro General de Padres, para efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y/o cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite, con la autorización de Dirección.

h.- Dentro del Plan de Convivencia Escolar, se sitúa la articulación con redes de apoyo, con una planificación y cronograma de trabajo, las que serán de funcionamiento dentro del establecimiento y en su defectos si son solicitadas por la institución y presentes en el cronograma de trabajo se realizarán fuera de él; dentro de estas redes se encuentra el trabajo en conjunto con las siguientes instituciones 1- Ilustre Municipalidad de Santa Bárbara, para gestionar espacios públicos para las actividades especiales, además de ser un aporte cultural y educacional a la comuna.

2.- Hospital con un plan de vacunación y prevención de enfermedades físicas y dentales.

3.- Bomberos en el Plan Escuela Segura, con actividades de Capacitación a personal, prevención de accidentes y sensibilización hacia la institución.

4.- Carabineros de Chile, con actividades de la Brigada Escolar y colaboración mutua

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TITULO V

DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS

Art.18 Son alumnos(as) regulares del establecimiento cuyos apoderados(as) hayan firmado y completado la Ficha de matrícula correspondiente al año lectivo.

Art.19 La matrícula significa para el alumno(a) la aceptación de los derechos, deberes y beneficios que el Colegio establece para sus educandos, y a la vez, el compromiso de cumplir las disposiciones reglamentarias vigentes y las normas que regulan la vida escolar.

Art.20 Los alumnos(as) que se hayan retirado del establecimiento, por cualquier causal, dejan de ser alumnos(as) regulares; por lo tanto, no podrán participar en actividades oficiales y extraescolares de ningún tipo.

TITULO VI

DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES

En relación al respeto hacia las personas y los valores, se espera que los alumnos y alumnas de Araucaria School

Art.21 Desarrollen actitudes de respeto, tolerancia y lealtad, para con cada uno de los miembros de la comunidad y para con la institución, considerando el valor de la persona humana y de las correctas relaciones sociales. Por lo tanto, los alumnos(as) que generen daño emocional, físico o social contra compañeros(as), profesores y a otros funcionarios del Colegio en diferentes contextos (presenciales, virtuales u otros), son consideradas faltas gravísimas, y él o los responsables se exponen a la aplicación de las medidas disciplinarias contenidas en el presente Reglamento.

Art.22 Respeten siempre los valores y símbolos institucionales, como asimismo, los símbolos patrios que fundamentan el sustento de toda convivencia humana y lo más puro y trascendente de nuestra institución y nación.

Art.23 No consuman alcohol, cigarrillos y/o drogas, como una forma de proteger su salud física y mental y por respeto a sí mismo, a su entorno y a la Institución.

Art.24 Corrección en el lenguaje y buenos modales, tanto dentro como fuera del establecimiento y una presentación personal acorde con el lugar y las circunstancias en que les corresponde actuar.

Art.25 Como Colegio mixto, las relaciones sentimentales que se pudieran establecer entre alumnos y alumnas deben ajustarse a las normas del decoro, la prudencia y el respeto a sí mismos y al resto de la comunidad escolar.

Art.26 La alteración de las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as) y, que atenten contra la integridad física de terceros y de los bienes de propiedad del Colegio, será considerado como una falta gravísima; por lo tanto, él o los responsables se exponen a las medidas disciplinarias contempladas en el Título XV de este Reglamento.

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Art.27 Araucaria School se reserva el derecho de tomar medidas disciplinarias ante comportamientos externos de sus alumnos(as), durante actividades que realicen fuera del establecimiento, representando a éste, y frente a conductas externas personales o colectivas que atenten contra la dignidad del Colegio.

TITULO VII

DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA El Alumno y la Alumna tiene derecho a:

Art.28 Ser reconocido en la Comunidad Escolar por evidenciar valores espirituales y humanos en la relación con sus pares y adultos del Colegio y por sus logros académicos, artísticos, deportivos y/o culturales.

Art.29 Conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y los reglamentos específicos, como por ejemplo: de biblioteca, laboratorio de computación, de actividades extraprogramáticas, de seguridad escolar, Centro de Alumnos.

Art.30 Conocer los Planes y Programas de Estudio aprobados por el Ministerio de Educación para el grado que cursa, los cuales serán dados a conocer por cada profesor de asignatura al inicio del año escolar.

Art.31 Conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción del Colegio, el que se encuentra publicado en su totalidad en la página web del establecimiento.

Art.32 Recibir la enseñanza acorde a los Planes y Programas referidos, de parte del personal calificado que el Colegio designe.

Art.33 Conocer el resultado de sus evaluaciones y recibir los instrumentos aplicados, conforme a las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación del establecimiento para tal efecto.

Art.34 Tiene derecho a conocer las observaciones registradas en su hoja de vida en el libro de clases, sean éstas favorables o desfavorables.

Art.35 Plantear, respetuosa, formal y responsablemente, sus inquietudes académicas, valóricas y administrativas en los distintos niveles de gestión del Colegio siguiendo el conducto regular establecido, según sea la situación:

a) Situación Académica:

Profesor(a) Jefe

Profesor(a) de Asignatura Jefe UTP

Directora

b) Situación que afecte la convivencia escolar u otra:

Profesor(a) Jefe

Profesor(a) de asignatura

Encargado de convivencia Escolar

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Directora

c) Situación que afecta a las actividades de libre elección:

Profesora Jefe

Encargado Convivencia Escolar

Art.36 Participar en todas las actividades académicas curriculares propias de su nivel, salvo por impedimentos específicos o prescripción médica, debida y oportunamente informado y registrado en el Colegio o por encontrarse bajo medida disciplinaria, contemplada en el Reglamento.

Art.37 Participar en las actividades de su grupo curso y en aquellas organizadas por el Centro de Alumnos de Araucaria School. Formar parte de la directiva de estas organizaciones, cumpliendo con la normativa establecida para estos efectos.

Art.38 Participar en actividades de libre elección que el Colegio promueva y desarrolle, fuera de horario de clases.

Art.39 Participar en actividades académicas, culturales, sociales y deportivas organizadas por el Colegio o en representación de éste.

Art.40 A recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Art.41 Frente a cualquier situación que altere la sana convivencia y, previo a la aplicación de una medida disciplinaria, todos los alumnos(as) tienen derecho a un debido proceso, en conformidad con las normas de este reglamento, con el objetivo de acreditar su responsabilidad o absolución en los hechos investigados.

Art.42 Utilizar la infraestructura con que cuenta el Colegio para el adecuado y normal desarrollo de sus actividades formativas, de acuerdo a sus normas.

TITULO VIII

DE LOS DEBERES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA El Alumno o la Alumna tiene el deber de:

Art.43 Respetar los principios y valores institucionales.

Art.44 Cumplir con todas las exigencias académicas establecidas por Araucaria School

Art.45 Ajustarse al Perfil del Alumno(a) de Araucaria School

Art.46 Respetar y cumplir el presente Reglamento y todos los Reglamentos establecidos por el Colegio.

Art.47 Respetar a sus compañeros de curso y del Colegio, al igual que a los demás miembros de la comunidad escolar, contribuyendo así a mantener una sana convivencia escolar.

Art.48 Representar de manera digna y apropiada a su Colegio en actos públicos y privados, desfiles, ceremonias, salidas a terreno u otros en los cuales le corresponde

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participar o asistir, manteniendo un lenguaje, presentación personal y comportamiento correctos.

Art.49 Respetar el entorno natural y ambiente físico del establecimiento, participando de su cuidado y mantención.

TITULO IX

DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO Y DE LA ALUMNA Art.50 De la Puntualidad

Considerando que la puntualidad es un hábito positivo de enorme significado en la vida personal y ciudadana, se establecen los siguientes procedimientos para contribuir a su logro.

a.-El ingreso de los alumnos(as) al establecimiento es entre 08:20 – 08:25 hrs. Las clases se inician a las 08:30 hrs. Y el horario de funcionamiento según siguiente cuadro:

FUNCIÓN HORARIO

Ingreso Profesores 08:15 horas de Lunes a Viernes Ingreso Asistente de la Educación 07:45 Horas, Inspectores

08:00 Horas, Administrativos 09:00 Horas, Auxiliares Ingreso Alumnos: TODO INGRESO

DEBE SER POR LA ENTRADA PRINCIPAL DEL COLEGIO.

08:25 Horas

Recreos 10:00 a 10:25 Horas

11:50 a 12:10 Horas

Almuerzo 12:15 horas, Parvulario

13:10 Horas,1° y 2°

13:25 Horas, 3° y 4°

13:35 Horas, 5° y 6°

13:40 Horas, 7° y 8°

Salida: TODA SAIDA DEBE SER POR LA ENTRADA PRINCIPAL DEL COLEGIO.

15:55 Horas, Alumnos

18: 00Horas, Profesores de Lunes a Jueves.

17:00 Horas, Administrativos 18:30 Horas, Auxiliares

Talleres extra programáticos Martes a Jueves de 16:00 a 17:30 horas

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Viernes 14:30 a 16 horas.

b. Si un alumno(a) llegara atrasado a la hora de ingreso al Colegio, el Asistente de la Educación respectivo le autorizará, por escrito, para ingresar a clases; el profesor al tener tres pases, deberá registrar una anotación negativa en la hoja de anotaciones, si se reitera la conducta se suspenderá al estudiante por dos días, sometiéndose al Reglamento de Evaluación, además de ser justificado por el apoderado

c. Si un alumno(a) reincide en la falta en un periodo de 15 días, el alumno(a) será suspendido de clases, aun cuando el apoderado haya justificado dichos atrasos.

d. No se aceptarán alumnos atrasados entre horas de clases, salvo situaciones justificadas debidamente evaluadas por la instancia correspondiente.

e. Si un alumno(a), se atrasa indebidamente entre horas de clases, o estando en el Colegio no asistiere a ellas, sin justificación válida, será registrado en el Libro de Clases, con una comunicación al apoderado en la Libreta de Comunicaciones.

Art.51De la Asistencia

Respecto de la asistencia, el Reglamento considera las siguientes responsabilidades:

a. Es obligación de los alumnos(as) asistir a todas las clases, asambleas y otras actividades programadas por el establecimiento.

b. Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado en la Secretaria respectiva el día que el alumno(a) se reincorpora a clases. Su inasistencia, no lo desliga de la obligación de cumplir con los materiales, tareas y/o trabajos calendarizados, el presentarse sin ello será registrado en el libro de clases y si es evaluado, se cumplirá el Reglamento de Evaluación.

c. Si el alumno(a), estando en el Colegio, se retira de éste sin autorización, la Secretaria, notificará y citará al apoderado. Por considerarse esto como una falta grave, el alumno(a) en primera instancia, será suspendido. Si el alumno o alumna reincidiera en la falta, quedará con Matrícula en Observación y si se hallare con Matrícula en Observación quedará con Matrícula Condicional.

d. Ante una inasistencia por enfermedad, el alumno(a) deberá, a través de su apoderado:

- Informar oportunamente al Colegio correspondiente, pues las inasistencias superiores a un 15% del total de días trabajados, según calendario escolar, afectará la promoción del (la) alumno(a).

- Presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite, dentro de las primeras 48 horas de producida la enfermedad, firmado por el Profesional competente en el área. No se aceptarán certificados médicos fuera del plazo establecido. Frente a licencias médicas prolongadas, de la Dirección se emanará una resolución según sea el caso.

e. El alumno(a) debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada escolar.

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f. Si algún(a) alumno(a) requiere retirarse del Colegio antes de su término de horario debe ser retirado sólo por su apoderado, siempre y cuando no tenga que rendir evaluaciones durante ese día..

g. Si un alumno(a) debe ausentarse para representar al Colegio en actividades oficiales extra aula o por otras situaciones ponderadas por la autoridad correspondiente, la Dirección respectiva deberá comunicar por escrito a los profesores de asignaturas respectivos.

Del cuidado personal y del entorno

Art.52 Es responsabilidad del alumno y de la alumna de Araucaria School

a. Usar en todas las actividades escolares el uniforme oficial del Colegio, según lo establecido en la Libreta del alumno(a). Si por alguna situación emergente no le fuere posible cumplir con el Uniforme completo, sólo podrá reemplazarlo por el Buzo Oficial del Establecimiento. Para tal efecto, debe presentar una solicitud escrita de su apoderado al Profesor Jefe respectivo. Esta autorizará e indicará el plazo dentro del cual se cumpla dicha petición.

b. Durante su permanencia en el Colegio, mantener una presentación personal adecuada a su condición de estudiante.

c. Las damas, podrán usar aros pequeños no colgantes, gargantillas delgadas, pantalones sin cinturones llamativos. No es permitido usar cabellos y uñas pintadas, pearcing u otro accesorio que no corresponda al uniforme escolar que es: Falda escocesa, blusa o polera del colegio, corbata escocesa, boina, el polar y delantal blanco. Para las clases de Educación Física buzo gris y polera amarilla del colegio.

Queda estipulado que ningún pantalón puede ir ceñido a la pierna, ni mantener una postura inadecuada, es decir, usar bajo la cadera.

d. Los varones, deberán presentarse debidamente uniformados y con su cabello corto (corte escolar). No podrán usar aros, collares, cabellos teñidos, pearcing u otro accesorio que no corresponda al uniforme escolar, que es pantalón de colegio gris camisa o polera del colegio, polar, corbata y delantal blanco. Para las clases de Educación Física buzo gris y polera amarilla del colegio. Queda estipulado que ningún pantalón puede ser ceñido a la pierna, ni mantener una postura inadecuada, es decir, usar bajo la cadera.

e. Los accesorios que no son parte del uniforme escolar serán requisados y devueltos al apoderado por la Secretaria del Colegio, previo registro.

f. Hacer buen uso de las instalaciones y del mobiliario del establecimiento, manteniéndolo en buenas condiciones y utilizándolo en forma correcta.

g. Responsabilizarse de cualquier deterioro que ocasionare, asumiendo el costo de reposición o reparación que ello demanda y se le aplicará una sanción de acuerdo a la gravedad de los hechos

h. Respetar el derecho y la propiedad privada de las demás personas.

i. Entregar al Profesor o Asistente de la Educación todo objeto encontrado en el establecimiento y que no sea de su propiedad.

j. Usar la Libreta de Comunicaciones sin rayarla ni hacer mal uso de ella. Toda comunicación, tanto del Colegio al hogar y viceversa, deberá escribirse en esta

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agenda y ser firmada por el apoderado(a). Es obligatorio portarla diariamente, por cuanto es un documento oficial del Establecimiento.

k. Conducirse en forma correcta dentro y fuera del Establecimiento. Si así no fuere será amonestado y/o sancionado según corresponda a la gravedad de los hechos.

l. Respecto al uso de equipos electrónicos, juegos y cualquier otro elemento que interfieran el desarrollo de las clases, no se permitirá ingresar con ellos a las actividades académicas o de funcionamiento normal del Colegio. En caso contrario, el profesor lo retirará y lo entregará a la Secretaria respectiva de donde será devuelto a su apoderado.

m. El extravío o pérdida de estos elementos, es de responsabilidad del alumno(a).

n. Si durante la jornada escolar algún alumno(a) presentara un problema, debe comunicarlo inmediatamente al Profesor Jefe o Asistente de la Educación respectivo, antes de llamar directamente a su apoderado.

ñ. Colaborar en situaciones de investigación interna relacionadas con el Colegio.

o. Evitar de permanecer en grupos en sectores aledaños al Colegio, en horarios previos al ingreso y posteriores a la salida de clases, para realizar actividades que atenten contra los principios del establecimiento.

Art.53 Del trabajo escolar:

a. Es responsabilidad del alumno(a) que ha faltado a clases informarse, sobre materias tratadas, trabajos, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia.

b. Todo alumno(a) tiene la obligación de rendir las evaluaciones en las fechas establecidas según calendario oficial.

c. El alumno(a) que falte a actividades evaluativas calendarizadas y su inasistencia haya sido justificada en la Secretaria, por motivos de enfermedad, por asistencia a actividades en representación del Colegio u otros debidamente respaldados, el día que se reintegra a clases deberá conversar con el Profesor Jefe del nivel para que éste recalendarice las evaluaciones pendientes.

d. Si un alumno(a) de 1º a 8º año de Educ. Básica, falta a una de estas evaluaciones calendarizadas y no justifique su inasistencia, tendrá que rendirla en la hora y día que fije la Profesora de Asignatura, en un plazo que no supere los siete días hábiles, con un mayor nivel de exigencia y fuera de horario. Si habiendo sido citado no se presenta a la evaluación calendarizada y sin justificación, se fijará una nueva fecha y la calificación máxima será cuatro (4.0).

e. Por ningún motivo se autorizará que un alumno o alumna rinda pruebas o realice trabajos en el horario correspondiente a otra asignatura.

f. La justificación de inasistencia a evaluaciones programadas debe hacerla el apoderado en la Secretaria antes o al inicio de la jornada escolar del día de la evaluación. Si ésta hubiera sido hecha vía telefónica, deberá ser ratificada por escrito en la Libreta de Comunicaciones.

g. El alumno(a) que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a trabajos previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el profesor, el que no debe exceder a 7 días hábiles después de su reintegro.

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h. El alumno(a) que sin justificación válida no entregue trabajos asignados en las fechas fijadas por el profesor, deberá presentarlo el día siguiente y será evaluado con un mayor nivel de exigencia. Pasado ese día, podrá optar como nota máxima un 4.0 (cuatro coma cero).

i. Cuando un alumno(a) manifiesta una actitud deshonesta en la elaboración y entrega de un trabajo asignado en alguna asignatura, el profesor(a) le solicitará hacerlo de nuevo y deberá entregarlo durante las 24 horas siguientes a la fecha programada y será calificado con nota máxima de un 4.0 (cuatro coma cero). Su actitud será registrada por el profesor(a) respectivo en el Libro de Clases y se informará al Apoderado.

j. Si un(a) alumno(a) es sorprendido(a) copiando en una prueba, ésta se le retirará y se le aplicará una nueva prueba, la que deberá rendir dentro de 48 horas fuera del horario de clases. Ésta será calificada en forma proporcional, con una nota máxima de 4,0 (cuatro coma cero). Además, su actitud se registrará en el Libro de Clases y se informará por escrito a su apoderado. Si el alumno(a) es sorprendido en una segunda oportunidad, además, será suspendido de clases. En caso de volver a reincidir en conductas de este tipo, junto con lo anterior, quedará automáticamente con Matrícula en Observación y si se encontrare en esta condición pasa a Matrícula Condicional.

TITULO X

DE LA PREVENCION DE FALTAS DISCIPLINARIAS

Art.54 ACCIONES GENERALES DE ACOMPAÑAMIENTO PREVENTIVO

Araucaria School con el fin de mantener una sana convivencia realizará las siguientes acciones preventivas:

a. Talleres preventivos sistemáticos para alumnos en orientación

b.- Talleres de fortalecimiento del rol parental en reuniones de microcentro.

C,. Entrevistas del profesor jefe con sus alumnos(as) y profesores del curso, con la finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos.

d.- Entrevistas de profesor jefe con sus apoderados(as) para tratar temas relacionados con su pupilo.

e. Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios del Colegio, y además para padres y apoderados.

f.- En caso de alumnos (as) con riesgo social, se proveerá de instancias de ayuda de acuerdo a su situación como:

- derivación a Psicóloga - atención psicopedagógica

- ayuda en tratamientos con fondos SEP

- ayuda en materiales, útiles y vestimenta con fondos SEP

g.- En cuánto, a la situación de una alumna que presente un embarazo, debe realizar su año escolar en forma normal, debiendo cumplir con los Objetivos de Aprendizaje

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planteados para el año, y en caso de licencia médica o reiteradas inasistencias, se proveerá un sistema de pruebas libres, que el Consejo de Profesores y la UTP, calendarizará, de manera que pueda terminar su proceso normal.

Art. 55 ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

a. Individuales:

En el caso que un(a) alumno(a) vivencia alguna problemática, se adoptarán las siguientes estrategias formativas especiales y de acompañamiento, antes de aplicar las medidas de observación, condicionalidad, denegación o cancelación de matrícula.

Estrategias de apoyo Responsable Temporalización

Estrategias de apoyo Responsable Temporalización Entrevistas al alumno que

presente problemas disciplinarios, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.

Profesor jefe o de asignatura

De acuerdo a Evolución

Entrevistas a los padres del alumno que presenten problemas disciplinarios, para informarle la situación, de los acuerdos con el alumno(a) y establecer acciones de apoyo de su parte.

Profesor jefe o de asignatura.

Psicóloga

De acuerdo a Evolución

Consejería, compromiso y/o aplicación de reglamento al alumno

Jefe UTP Directora

De acuerdo de Evaluación

Diagnóstico previo a alumnos que presenten

dificultades de

comportamiento,

relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga Según necesidad de

derivación

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos.

Profesora Jefe Psicóloga

Cada vez que lo amerite

Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de comportamiento,relaciones

Profesora Jefe Psicóloga

Durante el proceso de aprendizaje enseñanza

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interpersonales u otras.

TITULO XI

DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS

Art.56. Las faltas de los alumnos(as) se clasifican en leves, graves y gravísimas, distinguiéndose en su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas disciplinarias, primer a octavo años básicos.

Art.57 La normativa para resolver situaciones especiales en el ciclo de Educación Parvularia, se aplicará según protocolo establecido para tal efecto.

Art.58 FALTAS LEVES

Faltas leves son aquellas conductas que transgreden las normas que regulan la convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros o al Colegio, se apartan del perfil definido para los alumnos(as). Estas faltas serán consignadas en el libro de clases y se informará a los apoderados en hoja de entrevista. A modo de ejemplo, se citan:

a. Interferir con el normal desarrollo de la clase.

b. Mostrar una inadecuada presentación personal.

c. Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados.

d. No comunicar al apoderado las citaciones.

e. Usar inapropiadamente la Libreta de Comunicaciones f. No portar la Libreta de Comunicaciones

g. No haber limpiado u ordenado el espacio físico que ocupó (sala de clases, laboratorio, comedor, etc.).

h. Asistir al colegio sin portar los materiales escolares requeridos para su trabajo.

i. Devolver los libros a biblioteca fuera del plazo establecido.

j.- Atrasos en la llegada al Colegio y no entrar a tiempo a las horas de clases.

k.- La reiteración en tres oportunidades de alguna de ellas o de tres o más combinadas, serán catalogadas como Faltas graves y se solucionarán según ese proceso.

Art.59 FALTAS GRAVES

Faltas graves son aquellas conductas que transgreden las normas, perjudicando seriamente la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el Colegio. Estas faltas serán registradas en el libro de clases y serán comunicadas a los apoderados en la entrevista al apoderado, además la citación se

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realizará en dirección, si la conducta persiste, tendrá como consecuencia una suspensión de 1 ó2 días hábiles. A modo de ejemplo, se citan:

a. Atrasos reiterados (tres) al ingreso o entre clases.

b. Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias.

c. Insubordinación o desobediencia al personal del colegio.

d. Falta de respeto a sus pares y/o a otros miembros de la comunidad ya sea de manera verbal, (decir improperios, gritar groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios etc.) e. Colusión para cometer actos contrarios al reglamento.

f. Mal uso o deterioro de la propiedad ajena o del colegio (rayado de mesas, paredes, destrucción de casilleros, entre otros).

g. Ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro del colegio.

h. Falta de respeto a los postulados religiosos del colegio.

i. Burlas a las creencias religiosas, sea cual sea la orientación de éstas.

j. Falta de respeto a los símbolos patrios y del colegio.

k. Acumulación de faltas leves (más de tres).

l. No portar, reiteradamente, los materiales escolares requeridos para su trabajo.

m. Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación oficial del establecimiento.

n. Agresión física a alumnos(as), a profesores, y/o apoderados.

o. Plagiar trabajos y/o copiar en las pruebas.

Art.60 FALTAS GRAVISIMAS:

Faltas gravísimas son aquellas conductas que transgreden las normas, causando un gravísimo perjuicio a la convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el Colegio o conductas tipificadas como delito. Si se presentan estas conductas, la sanción será la suspensión del estudiante por 3 días hábiles, con la aplicación del Reglamento de Evaluación, previa citación del apoderado, dejando el registro en hoja de entrevistas.A modo de ejemplo, se citan:

Reiteración de faltas graves.

a. Participar activa y sostenidamente en acciones personales o de grupo con agresión física y/o psicológica contra alumnos o alumnas en forma oral, escrita, a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.

b. Abandono del colegio sin autorización escrita.

c. Agresión física a apoderados o a personal del colegio.

d. Falta de respeto a apoderados o a personal del colegio, ya sea de manera verbal, (alzando la voz, decir improperios, etc.), gestual (dar portazos, gestos groseros o

(17)

amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, etc.), a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.

e. Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluación, documentos o elementos de trabajo, agenda y otros.

f. Sustraer instrumentos evaluativos, adulterar o falsificar calificaciones o documentación interna del colegio.

g. Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales o informáticos, perjudicando a la institución o a personas.

h. Escribir propaganda política, pornográfica, palabras soeces o dentro de la índole (lista negra u otro), en paredes, mesas, sillas, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento. (A GRAVE)

i. Atentar gravemente contra la dignidad de alumnos(as) mediante actitudes con connotación sexual.

j. Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del Colegio.

k. Ser autor material o intelectual de la falsificación de la documentación oficial del colegio o alterar calificaciones y demás anotaciones del mismo rango.

l. Portar, guardar o utilizar armas (de fuego, cortopunzantes, elementos contundentes, entre otros) y/o artículos combustibles, corrosivos o peligrosos que constituyan un potencial riesgo para la propia integridad física y/o la de los demás.

m. Provocar daños a la propiedad privada, ya sea, del Colegio, de sus alumnos, de apoderados o de funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.

n. Portar, promover, vender y/o consumir alcohol, cigarrillos, drogas o cualquier sustancia tóxica dentro del establecimiento educacional y/o en sus inmediaciones. o.

Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio del colegio o país.

p. Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad del Colegio.

TITULO XII

DEL DEBIDO PROCESO

Art.61 Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad.

Art.62 El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los involucrados. El debido proceso:

-Que sean escuchados.

- Que sus argumentos sean escuchados

(18)

- Que se presuma inocencia; y,

- Que se reconozca su derecho a apelación.

TITULO XIII

DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES

Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes:

Art.63.- Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno(a).

Art.64 Reconocer por parte del alumno(a) la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.

Art.65 Corregir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se haya determinado la medida formativa.

Art.66 Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.

Art.67 Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.

TITULO XIV

DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:

Art.68 Reiteración de una conducta negativa en particular.

Art.69 Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de una conducta negativa en particular.

Art.70 Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la comunidad educativa.

Art.71 Haber actuado con premeditación.

TITULO XV

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS:

De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el alumno o por la alumna, se aplicará alguna de las siguientes medidas:

(19)

Art.72 Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima.

Art.73 Amonestación verbal: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar.

Art.74 Amonestación con constancia escrita en los documentos del establecimiento:

Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento. (Libro de clases, hoja de vida del alumno o Libreta de Comunicaciones)

Art.75 Asignación trabajo complementario extra aula: Consiste en que el alumno o alumna, en su tiempo libre debe asistir al Colegio a realizar un trabajo académico otorgado por un docente o por una autoridad del establecimiento.

Art.76 Servicio Comunitario: Implica que el alumno(a) o alumno(as) realiza(n) alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través de un esfuerzo personal. Ejemplo: limpiar y/o restaurar algún espacio del Colegio, mantener el patio, ayudar a cuidar a niños de niveles parvularios o básicos, pintar alguna muralla.

Art.77 Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento: Esta medida consiste en detener temporalmente al alumno o alumna de asistir a clases, debido a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la conducta. Mientras dure la suspensión, el alumno(a) no puede participar en actividades de ningún tipo, programadas por el Colegio ni en representación de éste.

Art.78 Matrícula en Observación: Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de observación sistemático y permanente, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que el Colegio le otorgue. Se aplica en razón de un comportamiento continuo de faltas leves.

Art.79 Condicionalidad de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima, el alumno(a) queda en una situación especial que implica que al reiterar sus faltas está expuesto a la cancelación de matrícula, debiendo comprometerse a no recaer en el tipo de conducta efectuada u otra similar. Esta promesa debe ser firmada por el alumno (a) y su Apoderado(a).Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de condicionalidad, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que el Colegio le otorgue.

Los alumnos(as) afectados(as) con esta medida, mientras esté vigente su condicionalidad, no podrán participar en actividades que signifiquen representar al Colegio (competencias deportivas, actos culturales, desfiles, salidas a terreno, entre otros).

La situación final del alumno(a) con Matrícula Condicional debe quedar resuelta antes del proceso normal de matrícula, por cuanto ésta puede incidir o no en la renovación de matrícula para el año siguiente.

(20)

Art.80 Denegación de matrícula para el año siguiente: Es una medida que el Colegio aplica en situaciones especiales, tales como: alumnos o alumnas que en reiteradas situaciones transgreden las normas de convivencia escolar y que ya han pasado por todos los niveles de sanciones establecidas en este Reglamento

Art.81 Cancelación de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima el Colegio establece cancelar la matrícula a un alumno o a una alumna, dejando de ser alumno(a) regular. Esta medida será comunicada al apoderado(a) personalmente y por escrito por la Dirección, debiendo quedar constancia de la recepción del escrito por ambas partes.

En el mes de octubre se debe decidir a qué alumnos o alumnas se les cancelará la matrícula para el año siguiente. No obstante, debido a una falta gravísima que afecte la convivencia escolar y la imagen institucional la cancelación de matrícula puede producirse en cualquier período del año lectivo.

Art.82 Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado(a), para solicitarle su presencia en el Colegio debido a alguna conducta efectuada por el alumno o alumna y que transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de una comunicación en la Libreta de Comunicaciones o vía telefónica, según sea la situación y la urgencia.

Art.83 Las medidas que se aplicarán al nivel comprendido entre 1º a 8º básico, se considerarán sólo hasta matrícula en observación.

Art.84 La aplicación de las medidas disciplinarias antes señaladas es una facultad privativa de Araucaria School, bastando, para la acreditación de la falta, un informe escrito de un funcionario del establecimiento que de fe de la existencia de la misma.

Art.85 Los(as) alumnos(as) que se encuentren en la condición de Observación o Condicionalidad no podrán optar a cargos de liderazgo en su curso ni como delegados o formar parte de la directiva del Centro de Alumnos del establecimiento.

Art.86 El Profesor Jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del comportamiento disciplinario del alumno(a), y registrar en el “Formulario de Registro de Entrevista” lo conversado, el cual debe ser firmado por ambas partes.

MEDIDAS A

APLICAR CON ALUMNOS(AS) AL INCURRIR EN FALTAS

Art.87 Si a pesar de las medidas preventivas, el alumno o la alumna llegase a incurrir en alguna falta, se contemplan las siguientes medidas.

Gravedad de la falta Medidas Funcionario facultado para disponer la medida

Leve Llamado de atención.

-Amonestación verbal.

- Acto reparador

- Registro en el libro de clases.

-Información al apoderado.

Cualquier funcionario que presencie, dependiendo la falta. Profesores, Equipo de Gestión y Asistentes de la Educación

(21)

Grave Registro en el libro de clases.

- Citación al alumno(a) a Dirección

- Comunicación y citación al apoderado.

- Servicio comunitario.

- Servicio pedagógico.

- Suspensión temporal de clases.

-Matrícula en

Observación.

Profesores, Equipo de Gestión y

Paradocentes.

Directora al Consejo de Convivencia Escolar y al Consejo de Profesores, excepto en aquellos casos en que dicha medida

disciplinaria es

consecuencia de la reiteración de una falta. La medida será comunicada

al apoderado

personalmente por la dirección.

(22)

Gravísimas Citación al apoderado.

- Suspensión temporal de clases.

- Servicio comunitario o Pedagógico

-Matrícula Condicional.

-Suspensión total de clases con derecho a rendir evaluaciones.

-Denegación de matrícula.

- Cancelación de matrícula.

Jefe UTP, Profesor Jefe

Directora previa consulta al Consejo Escolar y al Consejo de Profesores

Frente a una falta se aplicará una o más medidas, dependiendo de la gravedad de ésta.

TITULO XVI

ESTRATEGIAS DE APOYO ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE MATRICULA EN OBSERVACION.

Art.88 Cuando un(a) alumno(a) quede con Matrícula en Observación, se aplicará una o más de las siguientes estrategias de apoyo:

Acción de apoyo Responsable Temporalización

Entrevista individual con el alumno(a), con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.

Profesora Jefe quien deriva al profesional que corresponda.

De acuerdo a evolución

Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la

Profesora Jefe De acuerdo a Evolución

(23)

evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.

Entrevista individual con el alumno(a) para el diagnóstico previo.

Psicóloga De acuerdo a

Evolución Entrevista con los padres

con el fin de obtener información acerca de su hijo(a), e informarle acerca del diagnóstico previo y de la necesidad de derivarlo a un especialista si fuese necesario.

Establecer acuerdos con ellos que apoyen las acciones de cambio.

Psicóloga De acuerdo a evolución

Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos.

Psicóloga De acuerdo a

Evolución

Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de comportamiento,

relaciones interpersonales u otras.

Psicóloga Profesores

Durante el proceso de enseñanza

Art.89 Si a pesar del proceso de apoyo anterior, el alumno o la alumna no mostrara cambios significativos, su matrícula pasará a condicionalidad.

ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE CONDICIONALIDAD.

Art.90 Cuando un(a) alumno(a) quede con matrícula Condicional se aplicará la siguiente estrategia de apoyo:

Acción de apoyo Responsable Temporalización

Entrevista individual con el alumno(a), con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.

Directora De acuerdo a evolución

Entrevista con los padres para tratar aspectos

Psicóloga De acuerdo a

(24)

relacionados con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos

Diagnóstico previo a alumnos que presenten

dificultades de

comportamiento, relaciones

interpersonales u otras

Evolución

Seguimiento a alumnos que están siendo

tratados por especialistas externos

Psicóloga Un contacto

trimestral

ESTRATEGIAS A SEGUIR EN SITUACIÓN DE ACOSO ESCOLAR

Art.91 Cuando un(a) alumno(a) esté en situación de acoso escolar se realizará el siguiente proceso.

Fase 1: Recogida y socialización de información

Estrategia Responsable Temporalización

1) Entrevista al o a los involucrados en el conflicto

Encargado de Convivencia Escolar

Durante la jornada

2) Informar a los padres de los alumnos implicados.

Encargado de Convivencia Escolar

Durante la jornada

3) Citar a entrevista a otros alumnos implicados o testigos de la situación

Encargado de Convivencia Escolar

Durante 24 horas

4)informar a la Dirección Encargado de Convivencia Escolar

Durante 24 horas

6) Solicitar mayores antecedentes al equipo docente u otras instancias.

Directora A la brevedad

7) Solicitar apoyo técnico de psicología

Directora Una vez recabados los

antecedentes.

Fase 2: Análisis y adopción de medidas

Análisis y adopción de medidas Consejo Escolar

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