PLAN DE MONITOREO
DECRETO SUPREMO N° 29/2013
INACAL S.A.
PLANTA DE CAL COPIAPÓ
Copiapó, Mayo de 2015.
I ANTECEDENTES GENERALES
INTRODUCCIÓN
El Decreto Supremo N° 29/2013, establece para todo el territorio nacional, la norma de emisión para las instalaciones de incineración y coincineración, que corresponde a hornos de cemento, hornos rotatorios de cal e instalaciones forestales que utilicen biomasa tratada.
Su objetivo es prevenir los efectos negativos sobre la salud de la población y los recursos naturales, derivados de las emisiones tóxicas provenientes de los procesos de incineración y coincineración regulados por este decreto.
OBJETIVO
El presente Plan de Monitoreo ambiental, tiene por objetivo controlar y garantizar el cumplimiento de los estándares ambientales establecidos en el Decreto Supremo N°
29/2013, y así minimizar los impactos ambientales negativos que puedan surgir a partir de sus operaciones.
II DESCRIPCIÓN
La presente sección tiene como propósito presentar una descripción general de la unidad productiva de INACAL S.A., según lo establecido en el D.S. N°29/2013.
• HORNO DE CAL N°1
Actualmente INACAL S.A., cuenta con un horno rotatorio para la producción de cal, el que tiene las siguientes especificaciones técnicas:
Nombre del Equipo : Horno de Cal
Marca : KVS
Año de Fabricación : 1992
Tipo de Horno : Rotatorio
Especificaciones Técnicas Unidad Rango de medida
Dimensiones m D = 3,5
m L = 51
Capacidad de Producción t/d Cal 470
Temperatura de Calcinación ° C 1.050 - 1.200
Temperatura de Salida °C 160 - 220
Tiempo de residencia de los gases Segundos > 6
Consumo calórico kcal/kg 1.100 – 1.200
Altura chimenea m 30,48
• EQUIPOS DE CONTROL DE EMISIONES
Nombre del Equipo : Filtro de Mangas
Fabricante : METSO MINERALS
Tipo : Jet Pulse
Año de Fabricación : 2007
Especificaciones Técnicas Unidad Rango
Numero de módulos C/U 4
Numero de mangas por módulos C/U 324
Caudal m3/h 135.427
Temperatura entrada de los gases °C 250
Ciclo de limpieza controlado PLC
Garantía de Emisión mg/m3N
< 50
La instalación del filtro de mangas, permite reducir las emisiones a la atmósfera de material particulado a través de la chimenea, cumpliendo con la normativa ambiental.
III PLAN DE MONITOREO
a) Descripción
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Supremo N° 29/2013 MINSEGPRES, que establece la Norma de Emisión para Incineración y Coincineración, INACAL S.A. propone un Plan de Monitoreo para el Horno de Cal N° 1 , que tiene por objetivo dar cumplimiento a la presente normativa, a través de:
• Monitoreo de las variables establecidas en la tabla 2 del Artículo 3
• Control operacional de la variable temperatura
• Frecuencia de medición
b) Cronograma de mediciones a realizar
Conforme a lo señalado por el DS 29/2013 MINSEGPRES, la frecuencia de las mediciones discretas de las emisiones por chimenea se realizará una vez al año.
Adicionalmente, el material particulado será monitoreado mediante un sistema de medición del tipo continuo, al igual que el oxígeno y la temperatura en chimenea.
La temperatura de los gases antes del ingreso al equipo de control de emisiones también será monitoreada continuamente.
c) Contaminantes a ser medidos de manera discreta
Se caracterizarán los agentes contaminantes que establece el DS 29/2013 MINSEGPRES, los cuales son:
• Material particulado, MP
• Carbono Orgánico Total (COT)
• Monóxido de Carbono (CO)
• Mercurio y sus compuestos,
• Cadmio y sus compuestos,
• Berilio y sus compuestos,
• Plomo y sus compuestos,
• Arsénico, Cobalto, Níquel, Selenio, Telurio y sus compuestos,
• Antimonio, Cromo, Manganeso y Vanadio
• Compuestos inorgánicos clorados, HCl
• Compuestos inorgánicos fluorados, HF
• Benceno (C6H6)
• Dioxinas y Furanos.
d) Registro del tipo de combustible y condiciones de operación
INACAL S.A. Planta Copiapó, cuenta con la Resolución Exenta N° 097/2007 que califica favorablemente el Proyecto “Optimización Planta de Cal Copiapó” que permite el uso de los combustibles tradicionales y combustibles alternativos, que comprende la actual matriz de combustibles, esto es carbón bituminoso, petróleo diesel, aceite usado y coque de petróleo.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto supremo N° 29/2013, el aceite usado y coque de petróleo corresponden a combustibles no tradicionales.
INACAL S.A., mantendrá como control operacional un registro del consumo de combustibles en el horno, además de la variable temperatura.
e) Especificaciones del o los equipos particulares de medición propuestos
De acuerdo a lo establecido en el artículo N°5 del D.S. N° 29/2013, a contar de Noviembre/2007, la Planta de cal Copiapó, cuenta con los equipos de monitoreo continuo en chimenea para medición de emisiones de Material Particulado (MP) para el horno rotatorio de cal, los cuales corresponden a los métodos de medición indicados en artículo N° 9 Tabla N° 7:
Características Sistema de Monitoreo Principio de Medición Scattering de luz
Marca del Equipo SICK MAIHAK
Modelo C0714FW101A
Procedencia Alemana
Rango de Medición 0-200 [mg/Nm3] Fecha de Instalación Noviembre/2007
Para el caso de las mediciones discretas, se dará cumplimiento de los equipos a utilizar, a través de laboratorios acreditados y que se ajusten a la normativa vigente, para realizar las mediciones y posteriores análisis químicos de contaminantes.
f) Metodología de análisis a utilizar
Se emplearán los métodos de análisis que señala el artículo 9 del DS 29/2013 MINSEGPRES, tanto para el monitoreo continuo como para el monitoreo discreto.
g) Laboratorios que realizarán las mediciones
INACAL S.A., realiza cada año un proceso de licitación para realizar el monitoreo establecido en el DS 29/2013, en el cual se establece que la empresa o Laboratorio que se adjudique el servicio de Medición debe contar con las acreditaciones y certificaciones establecidas, además de contar con las certificaciones de los equipos de medición según las diferentes metodologías descritas en el artículo 9 del presente decreto.
III Resumen monitoreo propuesto
Las metodologías de medición para partículas y gases serán las indicadas en la tabla nº 6 del artículo Nº 9 del DS Nº 29/2013. Adicionalmente se podrá utilizar un método de medición de referencia o equivalente designado o aprobado por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América o por la Unión Europea, según lo establecido en este artículo.
Así mismo para el sistema de monitoreo continuo de emisiones, se basará en los principios establecidos en la Tabla Nº 7 del artículo Nº 9 y otros que cuenten con la aprobación de la USEPA o, en su defecto, con la aprobación de la Unión Europea.
ITEM PARAMETROS SITIO DE
MEDICION FRECUENCIA METODOLOGIA
Emisiones atmosféricas
Material particulado Y SO2.
Chimenea Horno Cal N°2
Continua
Según artículo 9 del DS 29/2013 MINSEGPRES.
Material particulado, MP. Anual, durante la vida
útil del proyecto. Sin embargo en el primer año de puesta en marcha del proyecto se realizara dos veces al año y a partir del segundo año se proseguirá con el monitoreo anual exigido por el DS 29.
Según artículo 9 del DS 29/2013 MINSEGPRES.
Mercurio y sus compuestos Cadmio y sus compuestos Berilio y sus compuestos Plomo y sus compuestos
Arsénico, Cobalto, Níquel, Selenio, Telurio y sus compuestos.
Antimonio, Cromo, Manganeso y Vanadio.
Compuestos inorgánicos clorados, HCL.
Anual, durante los tres primeros años de operación del proyecto. Luego de este periodo se analizara con la autoridad la necesidad de continuar las mediciones.
Según artículo 9 del DS 29/2013 MINSEGPRES.
Compuestos inorgánicos fluorados, HF.
Dioxinas y Furanos.
Control operacional
Oxígeno, O2. Continua
T° Continua
T° Antes del Filtro Continua