• No se han encontrado resultados

Derechos. de las. personas. con. discapacidad. Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Derechos. de las. personas. con. discapacidad. Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal"

Copied!
6
0
0

Texto completo

(1)

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Oficina sede

Av. Universidad 1449, col. Florida, pueblo de Axotla, del. Álvaro Obregón,

01030, México, D. F. Tel.: 5229 5600

Unidades desconcentradas Norte

Aquiles Serdán 22, 2° piso,

esquina con Fray Juan de Zumárraga, col. La Villa (frente a la Basílica), del. Gustavo A. Madero,

07050 México, D. F. Tel.: 5748 2488 Sur

Av. Prol. Div. del Norte 5662, Local B, Barrio San Marcos, del. Xochimilco,

16090 México, D. F. Tel.: 1509 0267 Oriente

Cuauhtémoc 6, 3er piso, esquina con Ermita, Barrio San Pablo, del. Iztapalapa, 09000 México, D. F.

Tels.: 5686 1540, 5686 1230 y 5686 2087 Poniente

Av. Revolución 1165,

entre Barranca del Muerto y Juan Tinoco, col. Merced Gómez,

del. Benito Juárez, 03930 México, D. F. Tel.: 5651 2587

www.cdhdf.org.mx Conoce los derechos de las personas

con discapacidad, respétalos, promué-velos y defiéndelos

Comunícate al Programa para la Atención de Personas con Discapacidad de la CDHDF,

al teléfono 5229 5600, ext. 2208.

También puedes escribir un mensaje al correo electrónico <[email protected]. org.mx> o consultar la página web <www. cdhdf.org.mx>.

Acércate a la CDHDF y solicita nuestras

publi-caciones sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Derechos

de las

personas

con

(2)

La Comisión de Derechos Humanos del Dis-trito Federal (CDHDF) es un organismo público

autónomo cuyo objetivo es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, edu-cación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de dere-chos humanos; así como el abatir toda forma de discriminación y exclusión que sea conse-cuencia de un acto de autoridad hacia cual-quier persona o grupo social.

A través del Programa para la Atención de Personas con Discapacidad (PAPD), la CDHDF

orienta, acompaña y apoya a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan para que conozcan sus dere-chos y exijan su cumplimiento por parte de las autoridades con el fin de que los protejan cuando son vulnerados.

¿Qué se entiende por discapacidad?

De acuerdo con la Convención sobre los De-rechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de las Naciones Unidas, la

discapaci-dad se determina por la relación que se es-tablece entre una persona con una o más características que dificultan, limitan o

impi-den su vida diaria, y las barreras físicas, socia-les y culturasocia-les que existen en su entorno. Mientras menos barreras obstaculicen la vida cotidiana y el desarrollo de una persona con cualquier tipo de discapacidad, mayores y me-jores serán sus posibilidades de vivir plenamen-te y participar de forma activa en su sociedad.

¿Cuáles son los derechos

de las personas con discapacidad?

Las personas con discapacidad tienen los mis-mos derechos que todas las personas. Sin embargo, las características que presentan hacen necesario que los espacios físicos y sociales en que se desenvuelven estén libres de todo tipo de obstáculos para que puedan ejercerlos plenamente.

Las barreras que más impiden el desarrollo y la participación de las personas con discapa-cidad son las sociales y culturales: los prejui-cios y los estigmas de que han sido y siguen siendo objeto y, como consecuencia de éstos, la marginación y la discriminación que su-fren por parte de la sociedad.

Ésta puede y debe participar en la construc-ción de entornos libres de barreras, las cuales son distintas según el tipo de discapacidad.

Por ejemplo, las personas con discapacidad motriz necesitan que en las calles y en los inmuebles haya rampas y elevadores; las per-sonas con discapacidad sensorial precisan señalizaciones auditivas; las personas ciegas o con debilidad visual requieren, asimismo, otros auxiliares funcionales como bastones blancos, acompañarse de perros guía, utilizar programas especializados de cómputo y un sistema braille; las personas sordas o con de-bilidad auditiva requieren la presencia de intérpretes de lengua de señas.

Las personas con discapacidad intelectual

necesitan que la información escrita o ha-blada se les proporcione de manera clara y sencilla; las personas con discapacidad men-tal o psicosocial, dependiendo de la afecta-ción que presenten, requieren de ciertos apoyos personales y/o profesionales. Por ello, tanto las instalaciones como los servicios pú-blicos y privados deben hacer adecuaciones con el fin de que sean accesibles para las personas con distintos tipos de discapacidad. Es responsabilidad del Estado y de toda la sociedad lograr que en la ciudad de México se eliminen las barreras que impiden a las per-sonas con discapacidad ejercer sus derechos y participar activamente en sociedad en igual-dad de condiciones con las demás personas.

(3)

La Comisión de Derechos Humanos del Dis-trito Federal (CDHDF) es un organismo público

autónomo cuyo objetivo es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, edu-cación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de dere-chos humanos; así como el abatir toda forma de discriminación y exclusión que sea conse-cuencia de un acto de autoridad hacia cual-quier persona o grupo social.

A través del Programa para la Atención de Personas con Discapacidad (PAPD), la CDHDF

orienta, acompaña y apoya a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan para que conozcan sus dere-chos y exijan su cumplimiento por parte de las autoridades con el fin de que los protejan cuando son vulnerados.

¿Qué se entiende por discapacidad?

De acuerdo con la Convención sobre los De-rechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de las Naciones Unidas, la

discapaci-dad se determina por la relación que se es-tablece entre una persona con una o más características que dificultan, limitan o

impi-den su vida diaria, y las barreras físicas, socia-les y culturasocia-les que existen en su entorno. Mientras menos barreras obstaculicen la vida cotidiana y el desarrollo de una persona con cualquier tipo de discapacidad, mayores y me-jores serán sus posibilidades de vivir plenamen-te y participar de forma activa en su sociedad.

¿Cuáles son los derechos

de las personas con discapacidad?

Las personas con discapacidad tienen los mis-mos derechos que todas las personas. Sin embargo, las características que presentan hacen necesario que los espacios físicos y sociales en que se desenvuelven estén libres de todo tipo de obstáculos para que puedan ejercerlos plenamente.

Las barreras que más impiden el desarrollo y la participación de las personas con discapa-cidad son las sociales y culturales: los prejui-cios y los estigmas de que han sido y siguen siendo objeto y, como consecuencia de éstos, la marginación y la discriminación que su-fren por parte de la sociedad.

Ésta puede y debe participar en la construc-ción de entornos libres de barreras, las cuales son distintas según el tipo de discapacidad.

Por ejemplo, las personas con discapacidad motriz necesitan que en las calles y en los inmuebles haya rampas y elevadores; las per-sonas con discapacidad sensorial precisan señalizaciones auditivas; las personas ciegas o con debilidad visual requieren, asimismo, otros auxiliares funcionales como bastones blancos, acompañarse de perros guía, utilizar programas especializados de cómputo y un sistema braille; las personas sordas o con de-bilidad auditiva requieren la presencia de intérpretes de lengua de señas.

Las personas con discapacidad intelectual

necesitan que la información escrita o ha-blada se les proporcione de manera clara y sencilla; las personas con discapacidad men-tal o psicosocial, dependiendo de la afecta-ción que presenten, requieren de ciertos apoyos personales y/o profesionales. Por ello, tanto las instalaciones como los servicios pú-blicos y privados deben hacer adecuaciones con el fin de que sean accesibles para las personas con distintos tipos de discapacidad. Es responsabilidad del Estado y de toda la sociedad lograr que en la ciudad de México se eliminen las barreras que impiden a las per-sonas con discapacidad ejercer sus derechos y participar activamente en sociedad en igual-dad de condiciones con las demás personas.

(4)

La Comisión de Derechos Humanos del Dis-trito Federal (CDHDF) es un organismo público

autónomo cuyo objetivo es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, edu-cación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de dere-chos humanos; así como el abatir toda forma de discriminación y exclusión que sea conse-cuencia de un acto de autoridad hacia cual-quier persona o grupo social.

A través del Programa para la Atención de Personas con Discapacidad (PAPD), la CDHDF

orienta, acompaña y apoya a las personas con discapacidad y a las organizaciones que las representan para que conozcan sus dere-chos y exijan su cumplimiento por parte de las autoridades con el fin de que los protejan cuando son vulnerados.

¿Qué se entiende por discapacidad?

De acuerdo con la Convención sobre los De-rechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de las Naciones Unidas, la

discapaci-dad se determina por la relación que se es-tablece entre una persona con una o más características que dificultan, limitan o

impi-den su vida diaria, y las barreras físicas, socia-les y culturasocia-les que existen en su entorno. Mientras menos barreras obstaculicen la vida cotidiana y el desarrollo de una persona con cualquier tipo de discapacidad, mayores y me-jores serán sus posibilidades de vivir plenamen-te y participar de forma activa en su sociedad.

¿Cuáles son los derechos

de las personas con discapacidad?

Las personas con discapacidad tienen los mis-mos derechos que todas las personas. Sin embargo, las características que presentan hacen necesario que los espacios físicos y sociales en que se desenvuelven estén libres de todo tipo de obstáculos para que puedan ejercerlos plenamente.

Las barreras que más impiden el desarrollo y la participación de las personas con discapa-cidad son las sociales y culturales: los prejui-cios y los estigmas de que han sido y siguen siendo objeto y, como consecuencia de éstos, la marginación y la discriminación que su-fren por parte de la sociedad.

Ésta puede y debe participar en la construc-ción de entornos libres de barreras, las cuales son distintas según el tipo de discapacidad.

Por ejemplo, las personas con discapacidad motriz necesitan que en las calles y en los inmuebles haya rampas y elevadores; las per-sonas con discapacidad sensorial precisan señalizaciones auditivas; las personas ciegas o con debilidad visual requieren, asimismo, otros auxiliares funcionales como bastones blancos, acompañarse de perros guía, utilizar programas especializados de cómputo y un sistema braille; las personas sordas o con de-bilidad auditiva requieren la presencia de intérpretes de lengua de señas.

Las personas con discapacidad intelectual

necesitan que la información escrita o ha-blada se les proporcione de manera clara y sencilla; las personas con discapacidad men-tal o psicosocial, dependiendo de la afecta-ción que presenten, requieren de ciertos apoyos personales y/o profesionales. Por ello, tanto las instalaciones como los servicios pú-blicos y privados deben hacer adecuaciones con el fin de que sean accesibles para las personas con distintos tipos de discapacidad. Es responsabilidad del Estado y de toda la sociedad lograr que en la ciudad de México se eliminen las barreras que impiden a las per-sonas con discapacidad ejercer sus derechos y participar activamente en sociedad en igual-dad de condiciones con las demás personas.

(5)

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Oficina sede

Av. Universidad 1449, col. Florida, pueblo de Axotla, del. Álvaro Obregón,

01030, México, D. F. Tel.: 5229 5600

Unidades desconcentradas Norte

Aquiles Serdán 22, 2° piso,

esquina con Fray Juan de Zumárraga, col. La Villa (frente a la Basílica), del. Gustavo A. Madero,

07050 México, D. F. Tel.: 5748 2488 Sur

Av. Prol. Div. del Norte 5662, Local B, Barrio San Marcos, del. Xochimilco,

16090 México, D. F. Tel.: 1509 0267 Oriente

Cuauhtémoc 6, 3er piso, esquina con Ermita, Barrio San Pablo, del. Iztapalapa, 09000 México, D. F.

Tels.: 5686 1540, 5686 1230 y 5686 2087 Poniente

Av. Revolución 1165,

entre Barranca del Muerto y Juan Tinoco, col. Merced Gómez,

del. Benito Juárez, 03930 México, D. F. Tel.: 5651 2587

www.cdhdf.org.mx Conoce los derechos de las personas

con discapacidad, respétalos, promué-velos y defiéndelos

Comunícate al Programa para la Atención de Personas con Discapacidad de la CDHDF,

al teléfono 5229 5600, ext. 2208.

También puedes escribir un mensaje al correo electrónico <[email protected]. org.mx> o consultar la página web <www. cdhdf.org.mx>.

Acércate a la CDHDF y solicita nuestras

publi-caciones sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Derechos

de las

personas

con

(6)

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Oficina sede

Av. Universidad 1449, col. Florida, pueblo de Axotla, del. Álvaro Obregón,

01030, México, D. F. Tel.: 5229 5600

Unidades desconcentradas Norte

Aquiles Serdán 22, 2° piso,

esquina con Fray Juan de Zumárraga, col. La Villa (frente a la Basílica), del. Gustavo A. Madero,

07050 México, D. F. Tel.: 5748 2488 Sur

Av. Prol. Div. del Norte 5662, Local B, Barrio San Marcos, del. Xochimilco,

16090 México, D. F. Tel.: 1509 0267 Oriente

Cuauhtémoc 6, 3er piso, esquina con Ermita, Barrio San Pablo, del. Iztapalapa, 09000 México, D. F.

Tels.: 5686 1540, 5686 1230 y 5686 2087 Poniente

Av. Revolución 1165,

entre Barranca del Muerto y Juan Tinoco, col. Merced Gómez,

del. Benito Juárez, 03930 México, D. F. Tel.: 5651 2587

www.cdhdf.org.mx Conoce los derechos de las personas

con discapacidad, respétalos, promué-velos y defiéndelos

Comunícate al Programa para la Atención de Personas con Discapacidad de la CDHDF,

al teléfono 5229 5600, ext. 2208.

También puedes escribir un mensaje al correo electrónico <[email protected]. org.mx> o consultar la página web <www. cdhdf.org.mx>.

Acércate a la CDHDF y solicita nuestras

publi-caciones sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Derechos

de las

personas

con

Referencias

Documento similar

Gastos derivados de la recaudación de los derechos económicos de la entidad local o de sus organis- mos autónomos cuando aquélla se efectúe por otras enti- dades locales o

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

o Si dispone en su establecimiento de alguna silla de ruedas Jazz S50 o 708D cuyo nº de serie figura en el anexo 1 de esta nota informativa, consulte la nota de aviso de la

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Proporcione esta nota de seguridad y las copias de la versión para pacientes junto con el documento Preguntas frecuentes sobre contraindicaciones y

[r]

Volviendo a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, conviene recor- dar que, con el tiempo, este órgano se vio en la necesidad de determinar si los actos de los Estados

En un primer apartado el autor justifica la importancia de desarrollar la Orientación Profesional, mediante los Departamentos de Orientación, en la etapa secundaria, periodo en que