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MANUAL DE ORGANIZACIÓN INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

INSTITUTO MUNICIPAL DE

PLANEACIÓN

Julio 2013.

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MUNICIPIO AGUASCALIENTES

SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

Código: MDO-IMP-01 Fecha de Edición: 19-Mayo-2012 Rev: 04 Fecha de Revisión: 22 de julio de 2013

Elaboró: Jefe/a de Departamento de

Impulso a la Calidad

Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

CONTENIDO

1.0 Índice 2 2.0 Presentación 3 3.0 Antecedentes 3 4.0 Filosofía Institucional 3 a) Misión b) Visión c) Código de Ética 5.0 Marco Legal 7 6.0 Atribuciones 7 7.0 Estructura Orgánica a) Organigrama de Código b) Organigrama General 19 8.0 Área del Director General

a) Atribuciones b) Organigrama

c) Índice Descripción de Puestos

20 9.0 Dirección de Información

a) Atribuciones b) Organigrama

c) Índice Descripción de Puestos

23 10.0 Dirección de Planeación y Concertación

a) Atribuciones b) Organigrama

c) Índice Descripción de Puestos

25 11.0 Dirección de Evaluación y Proyectos

a) Atribuciones b) Organigrama

c) Índice Descripción de Puestos

29 12.0 Dirección de Programación y Control

a) Atribuciones b) Organigrama

c) Índice Descripción de Puestos

32 13.0 Directorio 36 14.0 Firmas de Autorización 36

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

Código: MDO-IMP-01 Fecha de Edición: 19-Mayo-2012 Rev: 04 Fecha de Revisión: 22 de julio de 2013

Elaboró: Jefe/a de Departamento de

Impulso a la Calidad

Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

2.0 PRESENTACIÓN

Este Manual de Organización contiene, en forma ordenada y sistemática, la información y/o las instrucciones sobre su marco jurídico-administrativo, atribuciones, organización, objetivo y funciones del departamento, constituyéndose además en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre las unidades administrativas, siendo ello, un elemento de apoyo a su funcionamiento.

3.0 ANTECEDENTES

El H. Ayuntamiento del municipio de Aguascalientes, en sesión ordinaria celebrada el 7 de mayo de 2001, aprobó el Reglamento mediante el cual se crea el Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) como un organismo público descentralizado del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, con personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de fortalecer y dar continuidad institucional al Sistema Municipal de Planeación Integral, quedando formalmente constituido el 21 de mayo de 2001.

4.0 FILOSOFÍA INSTITUCIONAL a) Misión

Orientar al Municipio de Aguascalientes con perspectiva holística a fin de lograr el equilibrio sustentable entre lo rural y lo urbano, garantizando la equidad social mediante el diseño, elaboración, instrumentación y evaluación de planes y programas de desarrollo urbano sostenible, en el corto, mediano y largo plazo; procurando permanentemente la participación de la sociedad y el desarrollo integral de sus ciudadanos.

b) Visión

Ser una institución que mantiene su fortaleza en la participación y reconocimiento social en materia de planeación y ordenamiento urbano, utilizando las mejores y más modernas herramientas de planeación, que impulsa firme y consensuadamente los principios de desarrollo sostenible, logrando altos estándares de calidad de vida para la ciudadanía y competitividad para el municipio de Aguascalientes.

c) Código de Ética

CAPÍTULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

El presente Código de Ética rige en el Municipio de Aguascalientes y será aplicable a cada una de las mujeres y hombres que ejercen el servicio público en el gobierno municipal, sin distingo de su nivel jerárquico, función o vínculo contractual, correspondiéndoles sus conocimiento, observancia, enriquecimiento y permanente difusión.

Tiene como finalidad:

I. Establecer principios y valores que den sentido al diario desempeño de las actividades y funciones de cada servidora y servidor público del Municipio de Aguascalientes,

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coadyuvando a la excelencia de la función administrativa, independientemente a las disposiciones legales que regulan su desempeño.

II. Establecer los criterios y valores que impulsen la equidad de género, la no discriminación, la transparencia, honestidad, responsabilidad, un entorno laboral libre de violencia, solidaridad e imparcialidad entre otros considerados imprescindibles para el adecuado ejercicio del poder público.

III. Fomentar la conducta ética en el ejercicio de la función pública orientada siempre al servicio de la ciudadanía.

La incorporación a cualquiera de las entidades que componen la administración pública municipal de Aguascalientes implica la promoción de este código de principios y valores por parte de cada trabajadora y trabajador, favoreciendo una imagen del servicio público profesional, cálida, respetuosa de la diversidad, así como un comportamiento congruente en cada uno de los ámbitos de la vida social.

CAPÍTULO II PRINCIPIOS Y VALORES

PRINCIPIOS

Gobernanza

Se entiende como la construcción colectiva, inclusiva, y consensuada de un ambiente generalizado de confianza que afecta positivamente la eficiencia, legitimidad y solidez financiera de la administración pública, estimulando la participación ciudadana.

Es consecuencia de un equilibrio sano y corresponsable entre la vida privada y la pública, teniendo puentes entre los hogares con las secretarías y organismos municipales, potenciándose las condiciones para que todos los sectores de la población ejerzan sus derechos.

Convivencia y seguridad ciudadana

Principio común a toda la estructura operativa del gobierno municipal, aplicado para la prevención de las violencias, los delitos, las adicciones y los accidentes viales, mediante una suma de acciones con la sociedad civil para coproducir la seguridad ciudadana enfatizando la resolución no violenta de conflictos.

Igualdad

Es el principio que implica la erradicación de todas las formas de discriminación. Reconoce en cada persona la libertad para el desarrollo de habilidades, capacidades y competencias que le permitan hacer elecciones trascendiendo cualquier limitación motivada por estereotipos o prejuicios, de forma tal que sus derechos, obligaciones y oportunidades no dependen de su origen étnico, racial, nacional, sexo, género, edad, estado civil, lengua, religión, discapacidad, condición social, económica, de salud, embarazo, opiniones, preferencia u orientación sexual o cualquier otra análoga.

Igualdad de género entre mujeres y hombres

Este principio ético establece que las necesidades y características de mujeres y hombres son valoradas y tomadas en cuenta de la misma manera, de forma tal que sus derechos, responsabilidades y oportunidades no dependen de su sexo, eliminando así cualquier forma de discriminación por tal motivo.

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Equidad de género entre mujeres y hombres

Principio ético de justicia que consiste en eliminar los desequilibrios existentes en el acceso y control de los recursos entre mujeres y hombres, para lograr el reconocimiento a las diferencias de género, sin que éstas impliquen una razón para discriminar.

Conciliación entre la vida laboral, familiar y personal

Implica la búsqueda de todas las acciones favorables que permitan a mujeres y hombres, de manera armónica, corresponsable, participativa y desde una perspectiva de género, la mejor concordancia posible entre el mundo del trabajo y la vida familiar.

Combate a la violencia laboral

Principio que compromete a mujeres y hombres con la preservación de un ambiente laboral sano, libre de toda forma de violencia laboral, principalmente el hostigamiento sexual, entendido como un comportamiento inaceptable que contradice las políticas de equidad, igualdad de trato, oportunidades y derechos de las y los trabajadores a recibir un trato justo y respetuoso.

Sustentabilidad

Preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de los recursos naturales, para mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

VALORES

Honestidad

Obrar con rectitud e integridad en el ejercicio del empleo, cargo o comisión. Actuando en todo momento de manera recta, satisfaciendo el interés general, omitiendo todo provecho o ventaja personal, sin buscar o aceptar compensaciones o prestaciones que comprometan el ejercicio del servicio público.

Imparcialidad

No hacer distinción por razones de origen étnico, racial, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencia u orientación sexual, estado civil o cualquier otra analogía.

Actuando sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas.

Valor que invita a una conducta responsable, respetando el derecho de todas las personas, rechazando cualquier gestión que privilegie a un grupo o partido político determinado.

Justicia

Disposición permanente para el debido cumplimiento de las funciones y responsabilidades, que demanda otorgar a cada quien lo que es debido, tanto en sus relaciones con el ayuntamiento, la ciudadanía y quienes integran el servicio público.

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Solidaridad

Generación de cohesión social a través del apoyo mutuo, creadora de generosidad, la cooperación, el desprendimiento y la participación.

Legalidad

Conocer, respetar y hacer cumplir la constitución, las leyes y reglamentos que se relacionen con el ejercicio del servicio público, fomentando el respeto y vigilancia de la autonomía municipal, las relaciones y coordinaciones con las instituciones de los demás niveles de gobierno, en el marco de la constitución federal, estatal y las demás leyes de la materia.

Respeto

Dar a todas las personas un trato digno. Sin realizar actos de exclusión o discriminatorios hacia la ciudadanía o con las trabajadoras y trabajadores que integran la administración municipal. Tener para toda la gente un trato digno, cortés, cordial y tolerante, sin importar su origen étnico, racial, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencia u orientación sexual, estado civil o cualquier otra analogía.

Responsabilidad

Responder por las consecuencias derivadas del ejercicio del servicio público, obrando con la premisa de saber responder a las acciones realizadas afrontando las consecuencias de cada acto, encaminando el proceder hacia la satisfacción de las demandas sociales.

Transparencia

Garantizar el acceso de toda persona a la información pública que genere, recopile, mantenga, procese, administre o se encuentre en posesión de las dependencias y entidades municipales, favoreciendo una rendición de cuentas constante, permitiendo el libre acceso de la población sin más límites que las que la propia ley imponga.

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Programación y Control Aprobó: Director/a General

5.0 MARCO LEGAL

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de Aguascalientes. Código Urbano del Estado de Aguascalientes. Código Municipal de Aguascalientes

Ley General de Asentamientos Humanos. Ley Patrimonial del Estado de Aguascalientes

Ley de Transparencia para el Estado de Aguascalientes. Ley de Planeación del Desarrollo Estatal y Regional del Estado Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiental Ley de Ingresos para el Municipio de Aguascalientes 2012

Reglamento del IMPLAN publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 05 de Septiembre del 2011

Reglamento Interior del IMPLAN publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 19 de Marzo del 2012

Reglamento Interior de Trabajo del IMPLAN publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 02 de Julio del 2007

6.0 ATRIBUCIONES

DIRECCIÓN GENERAL

I. Administrar y representar legalmente al Instituto, así como llevar a cabo todos los actos jurídicos necesarios para su funcionamiento, con los lineamientos que establezca la Junta de Gobierno; II. Celebrar convenios con los tres niveles de gobierno y sus organismos descentralizados y

desconcentrados, así como con las diversas personas e instituciones para establecer diversas acciones de coordinación, a efecto de cumplir con los fines del Instituto;

III. Promover el fortalecimiento de las relaciones del Instituto con los demás organismos, dependencias gubernamentales e instituciones relacionadas con los sistemas señalados en el artículo 4 de este reglamento;

IV. Presentar oportunamente a la Junta de Gobierno, para su aprobación tanto el Proyecto de Presupuesto anual del Instituto y el Programa anual de trabajo, así como los informes anuales de actividades;

V. Turnar a la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, el Plan y los Programas de Desarrollo Municipal elaborados por el Instituto, a efecto de que ésta coordine el procedimiento jurídico para el conocimiento del Ayuntamiento y en su caso su análisis y aprobación;

VI. Tratándose de Programas de Desarrollo Urbano Municipal elaborados por el Instituto, turnarlos a la Secretaría de Desarrollo Urbano, con el objeto de que ésta coordine el procedimiento jurídico para el conocimiento del Ayuntamiento y en su caso análisis y aprobación;

VII. Designar a los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y demás personal del Instituto conforme al presupuesto aprobado por el Ayuntamiento;

VIII. Contar con servicios de asesoría requeridos para el desarrollo de los Programas derivados del Plan de Desarrollo Municipal y de los Sistemas señalados en el artículo 4 de este Reglamento; IX. Elaborar informes solicitados por el Honorable Ayuntamiento;

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Elaboró: Jefe/a de Departamento de

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Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

X. Presentar la propuesta del Programa Anual de Inversión Municipal, así como el Programa Operativo Anual del Municipio, compuesto de las propuestas de las Unidades Administrativas del Municipio;

XI. Establecer los mecanismos de consulta e incorporación de la participación ciudadana de los procesos de planeación participativa;

XII. Informar a la Junta de Gobierno los resultados y avances de los Sistemas señalados en el artículo 4º. de este Reglamento;

XIII. Realizar las demás funciones que se requieran para el mejor desempeño de las anteriores facultades y atribuciones, así como de las que se le asignen en otras leyes y reglamentos aplicables, o le encomiende expresamente la Junta de Gobierno;

XIV. Interpretar este Reglamento y resolver las dudas que se presenten por su aplicación.

SECRETARÍA PARTICULAR

I. Otorgar el apoyo para el seguimiento a los asuntos de la Dirección General. II. Llevar el control y manejo de la Agenda de la Dirección General.

III. Dar seguimiento a los asuntos en trámite con las diferentes áreas del Instituto, así como para eventos u oficios recibidos por el Instituto.

IV. Dar seguimiento de Comités y reuniones convocadas por dependencias externas y por el Instituto.

V. Verificar el cumplimiento del trabajo y de los Programas acordados.

VI. Generar espacios para dar a conocer los avances de los Programas, logros y acciones de las otras direcciones del Instituto.

VII. Apoyar con la logística de las reuniones y eventos.

VIII. Confirmar la asistencia del Director General a las reuniones de trabajo o juntas en general. IX. Garantizar la información que necesite el Director General para los compromisos o actividades.

X. Garantizar altos niveles de satisfacción ciudadana en materia de atención y calidad en el servicio.

XI. Controlar y dar seguimiento a cada uno de los oficios recibidos por el Instituto.

XII. Controlar y dar seguimiento de los asuntos que involucran a la Dirección General para su respuesta.

XIII. Realizar convocatorias para reuniones con las diferentes áreas, y XIV. Realizar las actividades inherentes al cargo.

COORDINACIÓN JURÍDICA

I. Dar el debido sustento jurídico a las actividades desarrolladas por el Instituto, así como auxiliar en el fomento en las relaciones contractuales que lleve a cabo el Instituto.

II. Apoyar la preparación de agendas de reunión y la formulación de informes de gestión así como la instrumentación y cumplimiento de los acuerdos tomados.

III. Elaborar y revisar los Convenios y Contratos.

IV. Asesorar a las diversas áreas en las distintas materias que le competan al Instituto, a fin de que los proyectos por acciones, obras y programas estén ajustados a la normatividad aplicable. V. Informar labores y pendientes a la Dirección General.

VI. Organizar y convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta de Gobierno, así como del Consejo Consultivo del Instituto.

VII. Elaborar actas, minutas y/o comunicados de las Sesiones de Junta de Gobierno y Consejo Consultivo del Instituto.

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Código: MDO-IMP-01 Fecha de Edición: 19-Mayo-2012 Rev: 04 Fecha de Revisión: 22 de julio de 2013

Elaboró: Jefe/a de Departamento de

Impulso a la Calidad

Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

IX. Solicitar la intervención del Comité de Adquisiciones del Instituto, cuando el monto sea superior a los tres mil y quince mil veces el salario mínimo general vigente en el Estado, como se señala en el Título Cuarto de este Reglamento Interior.

X. Revisar las actas de Entrega-Recepción de las Direcciones y Subdirecciones del Instituto. XI. Levantar actas por faltas administrativas al Reglamento Interior de Trabajo del Instituto.

XII. Atender las propuestas de reformas y adiciones a los Reglamentos de Instituto ante la Junta de Gobierno.

XIII. Ser el titular de la unidad de enlace en materia de Transparencia y atender las solicitudes de información.

XIV. Llevar a cabo la defensa Jurídica, así como desahogar los juicios promovidos en contra del Instituto.

XV. Dar el apoyo a las áreas externas para las reformas al Código Municipal de Aguascalientes y Reglamentos del Instituto.

XVI. Dar apoyo y asesoría a las áreas del Instituto.

XVII. Seguimiento legal y tramitología de los Programas de Desarrollo Urbano, conforme a los procedimientos previstos para su creación y modificación.

XVIII. Representar al Instituto ante toda clase de autoridades y particulares en los asuntos o litigios en que sea parte y que afecte o pueda afectar su interés jurídico.

XIX. Formular a nombre del Instituto denuncias o querellas en defensa de sus intereses, así como desistirse de éstas, por acuerdo previo del Director General.

XX. Realizar todas las funciones instruidas por el Director General del Instituto.

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y CONCERTACIÓN

I. Apoyar a la Dirección General en la coordinación de los trabajos para la consolidación, fortalecimiento y seguimiento del Sistema Municipal de Planeación Participativa;

II. Suplir las ausencias del Director General en la Secretaría Técnica del Consejo de la Ciudad; III. Promover la vinculación del Instituto con Organismos Públicos, Privados y Sociales relacionados

con el desarrollo urbano, social, económico y sustentable;

IV. Coordinar las actividades para llevar a cabo las encuestas y el trabajo de campo para la definición de los niveles de pobreza y rezago social en el Municipio de Aguascalientes;

V. Coordinar la preparación de Presupuestos y Proyectos Específicos.

VI. Coordinar la preparación de agendas de reunión y la formulación de informes de gestión de su área, así como la instrumentación y cumplimiento de los acuerdos tomados;

VII. Dar seguimiento general a proyectos de las Subdirecciones y jefaturas pertenecientes a su área; VIII. Celebrar reuniones con los responsables de los proyectos de su área para verificar sus avances

y evaluarlo;

IX. Contribuir a la integración de los expedientes de los Proyectos del Instituto; X. Apoyar en la elaboración de los Programas Operativos del Instituto; XI. Contribuir en la elaboración de Informes de Gestión del Instituto;

XII. Apoyar en la preparación de reportes para informes del Presidente Municipal; XIII. Participar en las sesiones del Comité de Adquisiciones;

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN URBANA Y RURAL

I. Desarrollar y actualizar Programas de Desarrollo Urbano para el municipio de Aguascalientes tanto en el área urbana como en la rural, con apego a las necesidades de los habitantes y coordinados con grupos y sectores representativos de la población;

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Elaboró: Jefe/a de Departamento de

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Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

III. Elaborar investigaciones y estudios para formular propuestas e instrumentar métodos de colaboración con las instancias de gobierno y la participación de la sociedad;

IV. Evaluar causas y efectos en la funcionalidad de las vías de comunicación, dotación de equipamiento, servicios y distribución de las actividades, entre otros, con el objetivo de definir las estrategias y políticas públicas que eleven la calidad de vida de los habitantes;

V. Coordinar los trabajos entre las áreas que integran la Subdirección;

VI. Atender y dar respuesta a los oficios y dictámenes recibidos por otras Dependencias de Gobierno y Organismos;

VII. Asistir a reuniones de comités y subcomités municipales y estatales; VIII. Evaluar los Programas de Desarrollo Urbano;

IX. Las demás inherentes a su cargo.

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN SUSTENTABLE

I. Generar, integrar, analizar, vincular, sistematizar y aplicar variables ambientales en las metodologías de Planeación Urbana y Rural dentro de un fundamento sustentable.

II. Definir estrategias y líneas de acción en materia ambiental en el Municipio de Aguascalientes, que permitan la conservación y la administración eficiente y racional de los recursos naturales para mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras;

III. Coordinar y realizar proyectos de investigación científica, multidisciplinarios y con amplia participación social y académica que definan el contenido de programas sustentables y propicien el Ordenamiento Ecológico del Municipio de Aguascalientes;

IV. Realizar estudios para determinar las necesidades en zonas vulnerables y áreas críticas para facilitar el desarrollo ordenado, productivo y corresponsable;

V. Elaboración de propuestas, estudios y proyectos específicos en materia de sustentabilidad aplicables al territorio municipal;

VI. La vinculación con otras dependencias y organismos.

VII. Analizar nuevas fuentes de información y aspectos metodológicos para los Programas de Ordenamiento Territorial; y

VIII. Las demás inherentes a su cargo.

SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN PARTICIPATIVA

I. Integrar y dar seguimiento a los planes temáticos con apego a las necesidades de los habitantes y coordinarse con grupos y sectores representativos de la población en las unidades territoriales; II. Evaluar y coordinar los planes temáticos generados para cada una de las unidades territoriales; III. Elaborar investigaciones y estudios para formular propuestas de proyectos específicos en las

unidades territoriales, en colaboración con las instancias de gobierno y la participación de la sociedad;

IV. Evaluar causas y efectos de la problemática prioritaria, para definir las estrategias y políticas públicas que eleven la calidad de vida de los habitantes en las Unidades Territoriales del Municipio de Aguascalientes;

V. Presentar las necesidades de equipamiento y obra pública para su posterior programación; VI. Coordinar los trabajos entre las áreas que integran la Subdirección;

VII. Desarrollar lineamientos generales sobre la conceptualización de políticas públicas en las diversas materias de planeación participativa;

VIII. Apoyar en los trabajos de seguimiento a la Secretaría Técnica del Consejo de la Ciudad. IX. Suplir al Director de Planeación y Concertación durante sus ausencias.

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Código: MDO-IMP-01 Fecha de Edición: 19-Mayo-2012 Rev: 04 Fecha de Revisión: 22 de julio de 2013

Elaboró: Jefe/a de Departamento de

Impulso a la Calidad

Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

X. Integrar los aspectos del desarrollo económico y empleo a los programas que realiza el Instituto, con el objetivo de incrementar las ventajas competitivas del territorio, además de buscar y establecer fórmulas de

XI. colaboración que posibilite la participación real de la sociedad con diferentes Instancias de Gobierno, para promover proyectos productivos que generen nuevas fuentes de trabajo, mejoren la eficacia de la micro, pequeña y mediana empresa e incrementen el comercio de bienes y servicios;

XII. Elaborar estudios de comportamiento económico, de acuerdo al Plan y los Programas de Desarrollo Municipal.

DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS E INTEGRACIÓN

I. Analizar e integrar los mecanismos de participación ciudadana y gestión de los Planes temáticos y proyectos del Sistema Municipal de Planeación Participativa;

II. Analizar los trabajos de la Sistematización de los Planes temáticos de las Unidades Territoriales. III. Revisar y analizar los reportes de los Planes Temáticos de las Unidades Territoriales.

IV. Elaboración de Proyectos Especiales. V. Las demás inherentes al cargo.

DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACIÓN TERRITORIAL Y PROGRAMAS INTEGRALES

I. Integrar conjuntamente las necesidades y demandas ciudadanas, generando una base de datos única que permita la elaboración y actualización de los Planes temáticos;

II. Integrar conjuntamente con los coordinadores territoriales las necesidades y demandas ciudadana de las Unidades territoriales del Municipio de Aguascalientes en sus respectivos departamentos;

III. Supervisar los trabajos de la Sistematización de los Planes temáticos de las Unidades Territoriales;

IV. Supervisar los trabajos de los Planes temáticos de las Unidades territoriales. V. Las demás inherentes al cargo.

SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN Y PROYECTOS SOCIALES

I. Diseñar las metodologías y desarrollar las tareas de concertación con la Población, Instituciones Académicas y Organizaciones de la Sociedad Civil que correspondan al Instituto en cuanto a los proyectos de la Administración Pública Municipal.

II. Coordinar los procesos de investigación y planeación estratégica de carácter socioterritorial, así como sociocultural y apoyar las acciones de gestión pertinentes, encaminadas a integrar una visión de desarrollo holístico y sustentable para la entidad.

III. Analizar los aspectos sociales de la problemática relacionada con el desarrollo municipal para definir estrategias de concertación y coordinar propuestas de políticas públicas tendientes a la mejora de las condiciones de vida de los habitantes del municipio.

IV. Identificar líneas de investigación coordinadas con Instituciones similares y entidades académicas para proponer convenios y realizar trabajos conjuntos de interés estratégico.

V. Recopilar y analizar los diversos catálogos de indicadores relacionados con calidad de vida, condiciones de mejora, pobreza, bienestar, desarrollo humano, entre otros, a fin de apoyar en la definición de sistemas de medición de programas y Proyectos Sociales.

VI. Mantener actualizado un catalogo de publicaciones vinculado a las líneas estratégicas de trabajo del área.

VII. Asistir a reuniones de Subcomités Municipales y Estatales, especialmente en los que estén agendadas tareas de concertación.

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Elaboró: Jefe/a de Departamento de

Impulso a la Calidad

Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

VIII. Incluir la Agenda Social en los proyectos del Instituto.

IX. Apoyar en los procesos de diseño de intervención de las diversas dependencias municipales para los procesos de concertación social.

X. Actualizar las líneas estratégicas de trabajo.

XI. Ejecutar y evaluar los proyectos coordinados por el área.

XII. Coordinar el equipo de analistas que participan en algunos de los proyectos encomendados al área;

XIII. Elaborar carpetas informativas de análisis solicitadas por la Dirección General.

XIV. Participar en foros nacionales, regionales y locales, cuyo objetivo ó temática estén relacionadas con las tareas de concertación para la planeación, especialmente a nivel de gobiernos locales. XV. Las demás inherentes al cargo.

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL

I. Apoyar a la Dirección General en la coordinación de los trabajos para la consolidación, fortalecimiento y seguimiento del Sistema Municipal de Programación.

II. Fungir como suplente del Director General en el Secretariado Técnico del Consejo de Desarrollo Municipal (CODEMUN).

III. Fungir como suplente del Director General en el Comité de Adquisiciones del Municipio.

IV. Fungir como Secretario Ejecutivo del Comité de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Instituto, para realizar las adquisiciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos.

V. Elaborar el proyecto de presupuesto anual de egresos del Instituto; para someterlo a consideración del Director General para su posterior aprobación de la Junta de Gobierno. VI. Llevar el control del ejercicio del presupuesto autorizado por la Junta de Gobierno; e informar de

manera mensual.

VII. Coordinar la elaboración del informe mensual y anual del ejercicio del presupuesto autorizado. VIII. Promover el desarrollo profesional y humano del personal del Instituto.

IX. Realizar, previa autorización del Director General, las incidencias del personal, tales como: altas, bajas, incapacidades, permisos, retardos, etc.

X. Verificar los avances reportados por prestadores de servicios profesionales y emitir la constancia de liberación.

XI. Elaborar y coordinar los Programas Operativos Anuales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal.

XII. Emitir el visto bueno para verificar la disponibilidad presupuestal y la validación programática de los expedientes técnicos de obras y programas sociales.

XIII. Atender las Sesiones del Consejo Consultivo del Instituto.

XIV. Las demás actividades que le sean encomendadas por el Director General.

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

I. Auxiliar al Director General y al Director de Programación y Control en la gestión de los techos financieros para la programación anual de las acciones, obras, programas ante la unidad administrativa competente en los términos del Código Municipal de Aguascalientes.

II. Elaborar el Manual de Operación y Seguimiento del Programa de Obra Pública y Programas Sociales de Municipio de Aguascalientes.

III. Elaborar y coordinar la programación, integración, formulación y publicación del Programa Anual Obra Pública y de Programas Sociales.

IV. Elaborar el Oficio de Validación o de Observaciones a los expedientes técnicos de integración de las obras, acciones y programas de las Dependencias y Unidades Administrativas.

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Código: MDO-IMP-01 Fecha de Edición: 19-Mayo-2012 Rev: 04 Fecha de Revisión: 22 de julio de 2013

Elaboró: Jefe/a de Departamento de

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Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

V. Participar en los Consejos de Desarrollo Municipal, los Consejos de Planeación y Desarrollo Municipal.

VI. Integrar el Programa Operativo Anual del Municipio, compuesto por las propuestas emitidas por las Dependencias y Unidades Administrativas, en apego al Sistema de Gestión basada en resultados.

VII. Dar seguimiento a las obras y programas derivados del Programa Anual de Obra Pública y Programas Sociales y el Programa Operativo Anual en apego al Plan de Desarrollo Municipal. VIII. Coordinar, administrar y proporcionar la información relativa a las inversiones en el Municipio en

materia de infraestructura, acciones, obras y programas.

IX. Asesorar a las dependencias y unidades administrativas ejecutoras que lo soliciten en la integración de expedientes técnicos y normatividad aplicable de las distintas fuentes de financiamiento para obra pública y programas sociales.

X. Proponer fuentes alternas de financiamiento para el desarrollo y la ejecución de proyectos, mediante el consenso con la Federación y el Gobierno del Estado para la gestión de recursos de los programas de subsidios y transferencias.

XI. Coadyuvar al seguimiento de los programas de inversión pública, y coordinar el seguimiento de la gestión de las propuestas de inversión.

XII. Coordinar y dar seguimiento con las Dependencias y Entidades de la Administración Municipal para elaborar los Anexos Programáticos del Informe Anual de Gobierno, referente a la obra pública y programas sociales.

XIII. Solicitar e integrar las propuestas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, para la elaboración del Programa de Inversión Pública Municipal.

XIV. Dar trámite y seguimiento a los proyectos del Ramo 20 autorizados al Instituto.

XV. Realizar todas aquellas funciones que le encomiende el Director General, inherentes a la dirección.

DEPARTAMENTO DE CONTROL FINANCIERO Y CAPITAL HUMANO

I. Proporcionar la información que facilite la elaboración de la propuesta de Presupuesto Anual de Egresos del Instituto.

II. Mantener diario el estado financiero del Instituto con las pólizas, comprobantes, registros, asientos contables, chequeras y demás requisitos de control y/o verificación de gasto.

III. Tramitar, previo acuerdo que al efecto emita el Director de Programación y Control, las altas, bajas, movimientos de personal y suspensiones de las relaciones laborales de los servidores públicos del Instituto, tanto para efectos de control interno, así como ante los organismos de seguridad social, verificando la plena aplicación de dichas resoluciones en el área de su competencia.

IV. Integrar y mantener actualizados los expedientes de los servidores públicos del Instituto; incorporando en los mismos, la documentación de identidad respectiva, el nombramiento otorgado, las constancias de movimiento de personal que se tramiten y autoricen por el Director del Área y el Director General, el alta a las instituciones de seguridad social, y todo documento o constancia relativa al servidor público, así como la correspondiente a las sanciones administrativas que se decreten.

V. Efectuar los descuentos salariales que legalmente procedan.

VI. Controlar mediante sistemas y procedimientos acordes, los movimientos que origine el personal, tales como promociones, vacaciones, licencias, permisos, cambios de adscripción, ausentismo, puntualidad y demás que se presenten.

VII. Coordinar e implementar la dotación de documentos de identificación para el personal del Instituto.

VIII. En coordinación con las direcciones del Instituto elaborar los diagnósticos y evaluaciones sobre los requerimientos de capacitación y adiestramiento del personal, diseñando y proponiendo en

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su caso, los programas y cursos de capacitación y adiestramiento para satisfacer los requerimientos de conocimiento y habilidades para el mejor desempeño de las labores del Instituto.

IX. Facilitar las acciones que realice la Contraloría Municipal.

X. Realizar todas aquellas funciones que le encomiende el Director de Programación y Control y/o el Subdirector Administrativo inherentes a la Dirección.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES

I. Elaborar y someter a la autorización correspondiente, las adquisiciones de Bienes y Servicios del Instituto.

II. Dar seguimiento al Programa Anual de Adquisiciones.

III. Suministrar y controlar las requisiciones de materiales y servicios.

IV. Efectuar las cotizaciones necesarias en apego a los montos determinados por la normatividad. V. Mantener en óptimas condiciones de aseo las instalaciones del Instituto, a través del servicio de

intendencia.

VI. Controlar la apertura y cierre cotidiano de las oficinas del Instituto.

VII. Clasificar, agrupar, inventariar y controlar las existencias de almacén respecto al material consumible;

VIII. Controlar y conservar actualizado un inventario de los bienes y equipo que integran el patrimonio del Instituto.

IX. Realizar todas aquellas funciones que le encomiende el Director de Programación y Control y/o el Subdirector Administrativo inherentes a la Dirección.

DEPARTAMENTO DE IMPULSO A LA CALIDAD

I. Representar al Instituto ante el Municipio como responsable del Sistema Global de Gestión de la Calidad.

II. Dar seguimiento y mantenimiento al Sistema Global de Gestión de la Calidad.

III. Coordinar y atender las recomendaciones que formule la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

IV. Atender las recomendaciones que formule la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene;

V. Elaborar y mantener actualizadas las descripciones generales de puesto (DGP s) de las áreas que integran el Instituto.

VI. Mantener actualizada la página Web del Instituto; y

VII. Realizar todas aquellas funciones que le encomiende el Director de Programación y Control y/o el Subdirector Administrativo inherentes a la Dirección.

DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN

I. Apoyar a la Dirección General en la coordinación de los trabajos para la consolidación, fortalecimiento y seguimiento del Sistema Municipal de Información.

II. Organizar y coordinar el Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

III. Establecer mecanismos que permitan la normalización, confiabilidad e integridad de la información municipal.

IV. Coordinarse con las áreas generadoras de información, a fin de unificar bases y criterios para su normalización.

V. Recolectar, procesar e integrar la información estadística y geográfica del Municipio producida por entidades públicas y privadas.

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VI. Coordinar la generación, organización y sistematización de las bases de datos del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

VII. Generar productos derivados de la información estadística y geográfica.

VIII. Proveer y difundir la información estadística, geográfica y geoestadística del Municipio de Aguascalientes.

IX. Ser el enlace y representante del Instituto ante Comités, Subcomités y otras dependencias de otros niveles de gobierno para establecer Convenios que permitan el intercambio de información. X. Apoyar y coordinarse con las otras áreas del Instituto en el proceso de planeación y en el

desarrollo de proyectos.

XI. Las demás que para el cumplimiento de los fines institucionales le sean asignadas por la Dirección General del Instituto.

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA

I. Coadyuvar con la Dirección de Información en la coordinación del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

II. Definir y normar la producción y uso de la estadística oficial Municipal.

III. Recolectar, procesar e integrar la información estadística del Municipio producida por entidades públicas y privadas.

IV. Generar productos estadísticos, indicadores e índices.

V. Proveer de información estadística a las Direcciones del Instituto.

VI. Proveer de información estadística a las diferentes dependencias municipales, estatales o federales que la soliciten.

VII. Proveer de información estadística a la población en general.

VIII. Establecer y actualizar herramientas de difusión de información estadística. IX. Asesorar y capacitar en el uso y explotación de la información estadística.

X. Las demás que para el cumplimiento de los fines institucionales le sean asignadas por la Dirección de Información del Instituto.

DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA

I. Coadyuvará con la Dirección de Información en la coordinación del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

II. Definir y normar la producción y uso de la cartografía oficial Municipal.

III. Recolectar, procesar e integrar la información geográfica del Municipio producida por las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal y privadas.

IV. Generar productos cartográficos y geoestadísticos.

V. Proveer de información geográfica a las Direcciones del Instituto;

VI. Proveer de información geográfica a las diferentes dependencias municipales, estatales o federales que la soliciten.

VII. Proveer de información geográfica a la población en general.

VIII. Establecer y actualizar herramientas de difusión de información geográfica. IX. Asesorar y capacitar en el uso de las herramientas de información geográfica.

X. Las demás que para el cumplimiento de los fines institucionales le sean asignadas por la Dirección de Información del Instituto.

DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN

I. Coadyuvar con la Dirección de Información en la coordinación del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

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III. Acopiar e integrar información estadística y geográfica del Municipio producida por entidades públicas y privadas.

IV. Generar, proveer y difundir análisis de información de indicadores e índices de desarrollo municipal.

V. Coordinarse con los Departamentos de Estadística y Geografía en la actualización de Indicadores estadísticos y geográficos del Municipio.

VI. Ser el Enlace del Director de Información ante las áreas del Instituto para cumplir con los requerimientos de procesos e información que permitan la vinculación de la misma.

VII. Asesorar y capacitar en el uso y explotación de los indicadores e índices de desarrollo municipal. VIII. Las demás que le asigne el Director de Información.

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y PROYECTOS

I. Definir los objetivos estratégicos de la Administración Pública Municipal.

II. Definir, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, las metas de los Programas del Plan de Desarrollo Municipal.

III. Diseñar y operar el sistema de evaluación de la Administración Pública Municipal. IV. Definir los indicadores de alto impacto social.

V. Definir los indicadores de gestión de las metas.

VI. Dar seguimiento al sistema de indicadores estratégicos y de gestión para mantenerlo actualizado.

VII. Definir los medios de verificación de las metas.

VIII. Dar seguimiento a los programas y las líneas de acción del Plan de Desarrollo Municipal. IX. Evaluar de manera permanente el desempeño de las dependencias de la Administración Pública

Municipal.

X. Informar al Director General sobre los resultados de la evaluación periódica de las dependencias de la Administración Pública Municipal.

XI. Asesorar a las dependencias y organismos de la Administración Pública Municipal, en materia de evaluación de la gestión gubernamental.

XII. Evaluar y validar la planeación operativa anual, en coordinación con las demás instancias de la Administración Pública Municipal.

XIII. Dar seguimiento a la ejecución del Programa Anual de Obra Pública y Programas Sociales de manera permanente.

XIV. Requerir a las dependencias de la Administración Pública Municipal la información necesaria para la elaboración de los informes anuales de gobierno de la Presidencia Municipal.

XV. Diseñar y administrar, en coordinación con el Observatorio Ciudadano, el sistema de consulta en línea sobre el desempeño de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal.

XVI. Incorporar al Municipio a los Sistemas Nacionales e Internacionales de medición y evaluación de la gestión pública municipal;

XVII. Desarrollar los estudios y proyectos que el Director General le asigne.

XVIII. Dar seguimiento, por indicaciones directas del Director General, a la operación de los proyectos estratégicos de la Administración Pública Municipal.

XIX. Participar, por instrucción del director general, como representante, ante los diversos Comités, Subcomités, Órganos de Gobierno y demás instancias de las que éste forme parte.

XX. Asistir, en representación del Director General, a eventos oficiales relacionados con el tema de la evaluación de la gestión Municipal.

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SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

I. Diseñar e implementar los procesos para el control y seguimiento del sistema de evaluación municipal, de acuerdo con los siguientes pasos:

a) Requerimiento formal de información a las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal.

b) Análisis de la información obtenida de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, a partir de las metas estratégicas del sistema de evaluación.

c) Captura de los datos sobre el grado de cumplimiento de las metas a fin de alimentar el Sistema de Consulta en línea que administrará el Instituto en coordinación con el Observatorio Ciudadano.

d) Informe sistemático y periódico al Director de Evaluación y Proyectos sobre el grado de cumplimiento de las metas.

II. Diseñar el proceso para la evaluación periódica de las dependencias de la Administración Pública Municipal, a fin de contar con información objetiva y sistematizada.

III. Coordinar los trabajos para concentrar la información de las dependencias de la Administración Pública Municipal, que servirá de soporte en la elaboración de los informes anuales de la Presidencia Municipal.

IV. Dar seguimiento a los programas de la inversión pública del gobierno Municipal. V. Realizar la evaluación de los programas de trabajo del Instituto.

VI. Supervisar los trabajos relacionados con la medición externa de la gestión municipal.

VII. Informar al Director de Evaluación y Proyectos sobre el grado de avance en el cumplimiento de las metas derivadas del Plan de Desarrollo Municipal.

VIII. Las demás que le asigne el Director de Evaluación y Proyectos.

DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

I. Aplicar en todas sus fases los procesos para el control y seguimiento del sistema de evaluación. II. Llevar a cabo reuniones periódicas con las dependencias de la Administración Pública Municipal

para obtener y valorar la información sobre los avances en el cumplimiento de las metas derivadas del Plan de Desarrollo Municipal.

III. Actualizar de manera permanente los indicadores de alto impacto y de gestión, internos y externos, que utiliza el Instituto en su sistema de evaluación.

IV. Informar al Subdirector de Evaluación y Seguimiento, de la situación que guarda el cumplimiento de las metas de las dependencias centrales y descentralizadas de la Administración Pública Municipal.

V. Llevar a cabo el requerimiento de información a las dependencias municipales con la finalidad de dar seguimiento a los sistemas nacionales e internacionales de medición externa de la gestión pública municipal; y

VI. Las demás que le asigne el Director de Evaluación y Proyectos.

DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN PROGRAMÁTICA

I. Requerir a las dependencias de la Administración Pública Municipal información sobre el grado de avance y cumplimiento de los programas de inversión pública.

II. Evaluar los Programas Operativos Anuales de la Administración Pública Municipal.

III. Informar al Subdirector de Evaluación y Seguimiento sobre el grado de avance en el cumplimiento de los objetivos y metas en materia de inversión pública;

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DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN

I. Gerenciar proyectos estratégicos específicos.

II. Integrar los expedientes técnicos de las propuestas de proyectos de inversión que presenten las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal.

III. Evaluar de manera permanente el grado de cumplimiento de los proyectos de inversión municipales.

IV. Informar al Director de Evaluación y Proyectos sobre el grado de avance de los proyectos gerenciados, y

V. Las demás que le asigne el Director de Evaluación y Proyectos.

DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO DE GABINETES TEMÁTICOS

I. Asegurarse de que en las reuniones de los gabinetes temáticos, se dé seguimiento a las metas del Plan de Desarrollo Municipal.

II. Llevar la minuta de las reuniones de los gabinetes temáticos.

III. Informar al Director de Evaluación y Proyectos del desarrollo de las reuniones de los gabinetes temáticos y del cumplimiento de los acuerdos establecidos, y

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7.0 ESTRUCTURA ORGANICA

a) Organigrama de código

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8.0 ÁREA DEL DIRECTOR GENERAL

a) Atribuciones

DIRECCIÓN GENERAL

I. Administrar y representar legalmente al Instituto, así como llevar a cabo todos los actos jurídicos necesarios para su funcionamiento, con los lineamientos que establezca la Junta de Gobierno; II. Celebrar convenios con los tres niveles de gobierno y sus organismos descentralizados y

desconcentrados, así como con las diversas personas e instituciones para establecer diversas acciones de coordinación, a efecto de cumplir con los fines del Instituto;

III. Promover el fortalecimiento de las relaciones del Instituto con los demás organismos, dependencias gubernamentales e instituciones relacionadas con los sistemas señalados en el artículo 4 de este reglamento;

IV. Presentar oportunamente a la Junta de Gobierno, para su aprobación tanto el Proyecto de Presupuesto anual del Instituto y el Programa anual de trabajo, así como los informes anuales de actividades;

V. Turnar a la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, el Plan y los Programas de Desarrollo Municipal elaborados por el Instituto, a efecto de que ésta coordine el procedimiento jurídico para el conocimiento del Ayuntamiento y en su caso su análisis y aprobación;

VI. Tratándose de Programas de Desarrollo Urbano Municipal elaborados por el Instituto, turnarlos a la Secretaría de Desarrollo Urbano, con el objeto de que ésta coordine el procedimiento jurídico para el conocimiento del Ayuntamiento y en su caso análisis y aprobación;

VII. Designar a los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y demás personal del Instituto conforme al presupuesto aprobado por el Ayuntamiento;

VIII. Contar con servicios de asesoría requeridos para el desarrollo de los Programas derivados del Plan de Desarrollo Municipal y de los Sistemas señalados en el artículo 4 de este Reglamento; IX. Elaborar informes solicitados por el Honorable Ayuntamiento;

X. Presentar la propuesta del Programa Anual de Inversión Municipal, así como el Programa Operativo Anual del Municipio, compuesto de las propuestas de las Unidades Administrativas del Municipio;

XI. Establecer los mecanismos de consulta e incorporación de la participación ciudadana de los procesos de planeación participativa;

XII. Informar a la Junta de Gobierno los resultados y avances de los Sistemas señalados en el artículo 4º. de este Reglamento;

XIII. Realizar las demás funciones que se requieran para el mejor desempeño de las anteriores facultades y atribuciones, así como de las que se le asignen en otras leyes y reglamentos aplicables, o le encomiende expresamente la Junta de Gobierno;

XIV. Interpretar este Reglamento y resolver las dudas que se presenten por su aplicación.

SECRETARÍA PARTICULAR

I. Otorgar el apoyo para el seguimiento a los asuntos de la Dirección General. II. Llevar el control y manejo de la Agenda de la Dirección General.

III. Dar seguimiento a los asuntos en trámite con las diferentes áreas del Instituto, así como para eventos u oficios recibidos por el Instituto.

IV. Dar seguimiento de Comités y reuniones convocadas por dependencias externas y por el Instituto.

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VI. Generar espacios para dar a conocer los avances de los Programas, logros y acciones de las otras direcciones del Instituto.

VII. Apoyar con la logística de las reuniones y eventos.

VIII. Confirmar la asistencia del Director General a las reuniones de trabajo o juntas en general. IX. Garantizar la información que necesite el Director General para los compromisos o actividades.

X. Garantizar altos niveles de satisfacción ciudadana en materia de atención y calidad en el servicio.

XI. Controlar y dar seguimiento a cada uno de los oficios recibidos por el Instituto.

XII. Controlar y dar seguimiento de los asuntos que involucran a la Dirección General para su respuesta.

XIII. Realizar convocatorias para reuniones con las diferentes áreas, y XIV. Realizar las actividades inherentes al cargo.

COORDINACIÓN JURÍDICA

I. Dar el debido sustento jurídico a las actividades desarrolladas por el Instituto, así como auxiliar en el fomento en las relaciones contractuales que lleve a cabo el Instituto.

II. Apoyar la preparación de agendas de reunión y la formulación de informes de gestión así como la instrumentación y cumplimiento de los acuerdos tomados.

III. Elaborar y revisar los Convenios y Contratos.

IV. Asesorar a las diversas áreas en las distintas materias que le competan al Instituto, a fin de que los proyectos por acciones, obras y programas estén ajustados a la normatividad aplicable. V. Informar labores y pendientes a la Dirección General.

VI. Organizar y convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta de Gobierno, así como del Consejo Consultivo del Instituto.

VII. Elaborar actas, minutas y/o comunicados de las Sesiones de Junta de Gobierno y Consejo Consultivo del Instituto.

VIII. Contestar oficios o informes provenientes de autoridades judiciales o ministeriales.

IX. Solicitar la intervención del Comité de Adquisiciones del Instituto, cuando el monto sea superior a los tres mil y quince mil veces el salario mínimo general vigente en el Estado, como se señala en el Título Cuarto de este Reglamento Interior.

X. Revisar las actas de Entrega-Recepción de las Direcciones y Subdirecciones del Instituto. XI. Levantar actas por faltas administrativas al Reglamento Interior de Trabajo del Instituto.

XII. Atender las propuestas de reformas y adiciones a los Reglamentos de Instituto ante la Junta de Gobierno.

XIII. Ser el titular de la unidad de enlace en materia de Transparencia y atender las solicitudes de información.

XIV. Llevar a cabo la defensa Jurídica, así como desahogar los juicios promovidos en contra del Instituto.

XV. Dar el apoyo a las áreas externas para las reformas al Código Municipal de Aguascalientes y Reglamentos del Instituto.

XVI. Dar apoyo y asesoría a las áreas del Instituto.

XVII. Seguimiento legal y tramitología de los Programas de Desarrollo Urbano, conforme a los procedimientos previstos para su creación y modificación.

XVIII. Representar al Instituto ante toda clase de autoridades y particulares en los asuntos o litigios en que sea parte y que afecte o pueda afectar su interés jurídico.

XIX. Formular a nombre del Instituto denuncias o querellas en defensa de sus intereses, así como desistirse de éstas, por acuerdo previo del Director General.

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Revisó: Director/a de

Programación y Control Aprobó: Director/a General

b) Organigrama

c) Índice de Descripción de Puestos

Director/a General DGP-IMP-IMP-01 Secretario/a Particular DGP-IMP-IMP-02 Coordinador/a Jurídico DGP-IMP-CJU-01 Asesor Jurídico DGP-IMP-JAJ-01

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Programación y Control Aprobó: Director/a General

9.0 DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN a) Atribuciones DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN

I. Apoyar a la Dirección General en la coordinación de los trabajos para la consolidación, fortalecimiento y seguimiento del Sistema Municipal de Información.

II. Organizar y coordinar el Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

III. Establecer mecanismos que permitan la normalización, confiabilidad e integridad de la información municipal.

IV. Coordinarse con las áreas generadoras de información, a fin de unificar bases y criterios para su normalización.

V. Recolectar, procesar e integrar la información estadística y geográfica del Municipio producida por entidades públicas y privadas.

VI. Coordinar la generación, organización y sistematización de las bases de datos del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

VII. Generar productos derivados de la información estadística y geográfica.

VIII. Proveer y difundir la información estadística, geográfica y geoestadística del Municipio de Aguascalientes.

IX. Ser el enlace y representante del Instituto ante Comités, Subcomités y otras dependencias de otros niveles de gobierno para establecer Convenios que permitan el intercambio de información. X. Apoyar y coordinarse con las otras áreas del Instituto en el proceso de planeación y en el

desarrollo de proyectos.

XI. Las demás que para el cumplimiento de los fines institucionales le sean asignadas por la Dirección General del Instituto.

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA

I. Coadyuvar con la Dirección de Información en la coordinación del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

II. Definir y normar la producción y uso de la estadística oficial Municipal.

III. Recolectar, procesar e integrar la información estadística del Municipio producida por entidades públicas y privadas.

IV. Generar productos estadísticos, indicadores e índices.

V. Proveer de información estadística a las Direcciones del Instituto.

VI. Proveer de información estadística a las diferentes dependencias municipales, estatales o federales que la soliciten.

VII. Proveer de información estadística a la población en general.

VIII. Establecer y actualizar herramientas de difusión de información estadística. IX. Asesorar y capacitar en el uso y explotación de la información estadística.

X. Las demás que para el cumplimiento de los fines institucionales le sean asignadas por la Dirección de Información del Instituto.

DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA

I. Coadyuvará con la Dirección de Información en la coordinación del Sistema de Información del Municipio de Aguascalientes.

II. Definir y normar la producción y uso de la cartografía oficial Municipal.

III. Recolectar, procesar e integrar la información geográfica del Municipio producida por las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal y privadas.

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