Sistema Peruano de Información Jurídica
Sábado, 02 de febrero de 2008
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban metas e indicadores del desempeño para evaluar el cumplimiento de las políticas Sectoriales en el Sector Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2008-PCM
Lima, 29 de enero de 2008 VISTA:
La propuesta de Metas e Indicadores de Desempeño para el año 2008 - Sector Presidencia del Consejo de Ministros, contenida en el Informe Nº 064-2008-PCM/OGPP, presentada por la Directora de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; precisando, en cada materia, los Ministerios encargados de supervisar su cumplimiento;
Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo señala que, mediante Resolución Ministerial, cada sector deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para la evaluación semestral del cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 213-2007-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros publicó las metas e indicadores correspondientes al año 2007, para concurrir al cumplimiento de las Políticas Nacionales dispuestas por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM;
Que para la formulación de los indicadores correspondientes al año 2008, los Órganos, Comisiones, Programas y Proyectos de la Presidencia del Consejo de Ministros, y los Organismos Públicos Descentralizados adscritos a ella, entre los cuales se encuentran los Organismos Reguladores de servicios públicos, han cumplido con presentar sus correspondientes propuestas, derivadas de la programación multianual de los Planes Estratégicos Institucionales 2007-2011 y reflejados en los Planes Operativos Institucionales del año 2008;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar las metas e indicadores de desempeño para evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales en el sector Presidencia del Consejo de Ministros; contenidas en 26 folios del anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial,
Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros
Sistema Peruano de Información Jurídica
AGRICULTURA
Autorizan viaje de profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado a Alemania para participar en la Feria Fruit Logística 2008
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2008-AG
Lima, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:
Que, del 7 al 9 de febrero de 2008, se realizará la Feria Fruit Logística 2008, en la ciudad de Berlín, Alemania;
Que, la Fruit Logística es la feria internacional especializada en el marketing de la fruta y hortalizas frescas, donde productores y empresas del mundo presentarán toda la gama del comercio internacional de fruta fresca. Esta feria se realiza anualmente desde el año 1993, habiendo tenido durante los últimos años un crecimiento significativo, convirtiéndose en una privilegiada plataforma para la presentación y promoción de productos agrícolas frescos;
Que, la presencia del Ministerio de Agricultura en el citado evento, constituye el inicio de su participación en ferias comerciales internacionales, asimismo, permitirá mantener la presencia peruana en los mercados externos y resaltar la imagen del Ministerio como institución líder en el Sector Agrario;
Que, en virtud a lo expuesto, se ha visto por conveniente autorizar el viaje de los señores Gonzalo Manuel Lam Chiang y Eduardo Talavera Larenas, profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado, para que en representación del Ministerio de Agricultura participen en la citada Feria, realizando acciones de promoción de los productos peruanos, análisis de prospección de mercados de los países participantes y coordinando los aspectos referentes a la instalación de stands peruanos en apoyo a los productores y exportadores del Sector Agrario;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Gonzalo Manuel Lam Chiang y Eduardo Talavera Larenas, profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado, a la ciudad de Berlín, Alemania, del 4 al 10 de febrero de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle:
GONZALO MANUEL LAM CHIANG
Pasajes US$ 1 430.98
Viáticos US$ 1 820.00
Sistema Peruano de Información Jurídica
Total US$ 3 281.23
EDUARDO TALAVERA LARENAS
Pasajes US$ 1 430.98
Viáticos US$ 1 820.00
Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25
Total US$ 3 281.23
Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Italia, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2008-MINCETUR
Lima, 1 de febrero de 2008
Visto el Oficio Nº 31-2008-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ ha programado su participación en la Feria Internacional de Turismo “Borza Internazionale del Turismo - BIT 2008”, organizada por las empresas italianas Expo CTS y Fiera Milano, a realizarse del 21 al 24 de febrero de 2008, en la
Sistema Peruano de Información Jurídica
ciudad de Milán, República Italiana, evento de turismo donde participan tour operadores, agencias de viaje, hoteles, líneas aéreas, líneas de crucero, organizadores de eventos, prensa especializada y público en general, habiendo congregado en su última edición a más de 150,000 personas provenientes de diversos países;
Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Luís Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente y de la señorita Karen Martínez Silvera, quienes prestan servicios en la Sub Dirección de Promoción del Turismo Receptivo, a la ciudad de Milán, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la Feria antes mencionada;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú;
De conformidad con la referida Ley Nº 29142, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Milán, República Italiana, del señor Luís Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente, del 18 al 25 de febrero de 2008, y de la señorita Karen Martínez Silvera, del 17 al 25 de febrero de 2008, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Luís Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente
- Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US $ 1 560,00 - Pasajes Aéreos : US $ 2 595,00
- Tarifa Corpac : US $ 30,25 Karen Martínez Silvera
- Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US $ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US $ 2 595,00
- Tarifa Corpac : US $ 30,25
Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1 de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Sistema Peruano de Información Jurídica
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2008-MINCETUR
Lima, 1 de febrero de 2008
Visto el Oficio Nº 023-2008-PROMPERU/SG de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, PROMPERÚ es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con seis empresas nacionales del sector calzado, ha programado su participación en la Feria World Shoe Association Show - WSA 2008, que se llevará a cabo del 21 al 23 de febrero de 2008, en la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, evento especializado en el calzado en dicho país;
Que, es de interés la participación de PROMPERÚ en dicha Feria, con el fin de promover la oferta exportable del calzado peruano, estableciendo contactos comerciales con potenciales compradores y difundiendo la Feria Perú Moda 2008;
Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Carmen del Pilar Huapaya Huapaya, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refiere a la instalación del stand peruano;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú;
De conformidad con la citada Ley Nº 29142, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;
Sistema Peruano de Información Jurídica
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Carmen del Pilar Huapaya Huapaya, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial de PROMPERÚ, a la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, del 20 al 24 de febrero de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 220,00 x 4 días) : US $ 880,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 990,00
- Tarifa Corpac : US $ 30,25
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1 de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2008-MINCETUR
Lima, 1 de febrero de 2008
Visto el Oficio Nº 024-2008-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de
Sistema Peruano de Información Jurídica
turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con siete empresas nacionales, ha programado su participación en la Feria Internacional Boston Seafood Show 2008, a realizarse en la ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 24 al 26 de febrero de 2008, evento especializado en el sector pesca y acuicultura, que congrega a compradores y representantes de importantes cadenas de supermercados mayoristas, distribuidores y procesadores;
Que, la participación en dicha Feria tiene como fin incrementar las exportaciones peruanas hacia el mercado norteamericano, considerado el principal destino de nuestras exportaciones, así como fortalecer la imagen del país en dicho sector;
Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Gabriela Ysmena Millares Montezuma, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refiere a la instalación del stand peruano;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú;
De conformidad con la citada Ley Nº 29142, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Gabriela Ysmena Millares Montezuma, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial de PROMPERÚ, a la ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 21 al 27 de febrero de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 220,00 x 6 días) : US $ 1 320,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 835,00
- Tarifa Corpac : US $ 30,25
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1 de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Sistema Peruano de Información Jurídica
Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2008-MINCETUR
Lima, 1 de febrero de 2008
Visto el Oficio Nº 18-2008-PROMPERU/SG de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ ha programado su participación en la Feria Internacional de Turismo “Vitrina Turística de Anato”, organizada por la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo - ANATO, a llevarse a cabo del 25 al 27 de febrero de 2008, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, evento que está dirigido a profesionales de turismo tales como tour operadores mayoristas, agencias de viajes, compañías aéreas, establecimientos de hospedajes y demás empresas de servicios en el ramo del turismo;
Que, la participación de PROMPERÚ en la feria mencionada resulta de especial importancia debido a la designación del Perú como país invitado de dicho evento, estatus que colocará al destino turístico peruano en vitrina ante vendedores y compradores de productos y servicios turísticos de Colombia y países asistentes;
Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita María Magdalena Seminario Marón, Directora de Promoción Turística y de las señoras María del Carmen de Reparaz Zamora y Laura Guisella Alegría García, quienes prestan servicios en la Sub Dirección de Promoción del Turismo Receptivo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada;
Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú;
Sistema Peruano de Información Jurídica
De conformidad con la Ley Nº 29142, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR, con cargo al presupuesto de la entidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de la señorita María Magdalena Seminario Marón, del 25 al 27 de febrero de 2008 y de las señoras María del Carmen de Reparaz Zamora y Laura Guisella Alegría Garcia, del 23 al 28 de febrero de 2008, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante la Feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
María Magdalena Seminario Marón
- Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US $ 400,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 150,00
- Tarifa Corpac : US $ 30,25
María del Carmen de Reparaz Zamora y Laura Guisella Alegria García - Viáticos : US $ 2 000,00
(US$ 200,00 x 5 días x 2 personas)
- Pasajes Aéreos : US $ 2 300,00 (US$ 1 150,00 x 2 personas)
- Tarifa Corpac : US $ 60,50 (US$ 30,25 x 2 personas)
Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1 de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Sistema Peruano de Información Jurídica
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO Nº 016-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modificatorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, financiera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones;
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluación general de los efectos del sismo del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las zonas declaradas en estado de emergencia, antes referidas;
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado recursos con cargo a la Reserva de Contingencia, para la atención de actividades, tales como Asesorías, Estudios, Consultorías para planes de desarrollo urbano en las zonas afectadas, elaboración de expedientes técnicos y programa Comunicación- Difusión;
Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos orientados a la reconstrucción de la Infraestructura por desastres naturales, de los cuales puede destinarse en parte el requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 500 000,00);
De conformidad con lo establecido por el artículo 45 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 500 000,00), la cual será destinada a la ejecución de acciones del FORSUR en concordancia con lo señalado en la Ley Nº 29078 y modificatorias, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA:
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
Sistema Peruano de Información Jurídica
FUNCION 03 : Administración y Planeamiento
PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y
Contable
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 7 500 000,00 --- TOTAL 7 500 000,00 =========== A LA:
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 014 : Fondo para la Reconstrucción Integral de las
Zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007-FORSUR
FUNCION 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Prevención y atención de desastres SUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 029434 : Atención de desastres y apoyo a la rehabilitación y la Reconstrucción FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5. GASTOS CORRIENTES
3. Bienes y Servicios 7 500 000,00
---
TOTAL 7 500 000,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Sistema Peruano de Información Jurídica
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administración Pública correspondiente al mes de febrero de 2008
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 002-2008-EF-77
Lima, 1 febrero de 2008 CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal;
Que en cumplimiento a lo establecido en el inciso b) del Artículo 6 de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2008; la Bonificación por Escolaridad se otorga conjuntamente con la planilla de pago correspondiente al mes de Febrero;
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 325-92-EF/11;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de FEBRERO 2008 se sujetará al siguiente Cronograma:
OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES):
13 DE FEBRERO
Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República
Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Poder Judicial
Ministerio de Justicia Ministerio Público
Consejo Nacional de la Magistratura
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Tribunal Constitucional
Contraloría General de la República Jurado Nacional de Elecciones
Sistema Peruano de Información Jurídica
Oficina Nacional de Procesos ElectoralesRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil Universidades Públicas
14 DE FEBRERO
Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07 Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación
15 DE FEBRERO
Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07
18 DE FEBRERO
Ministerio de Salud
Ministerio de Energía y Minas Ministerio de la Producción
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura
Ministerio de Agricultura
Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Defensa
19 DE FEBRERO
Ministerio del Interior
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES):
20 DE FEBRERO
Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República
Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría General de la República Poder Judicial
Ministerio de Justicia Ministerio Público
Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional
Jurado Nacional de Elecciones
Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del Pueblo
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Universidades Públicas
Ministerio de Agricultura
Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Defensa
21 DE FEBRERO
Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07 Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación
Sistema Peruano de Información Jurídica
22 DE FEBRERO
Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07
25 DE FEBRERO
Ministerio de Energía y Minas
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Salud
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Producción
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura
26 DE FEBRERO
Ministerio del Interior
Artículo 2.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1.
En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria.
Artículo 3.- La presentación y/o transmisión de Cartas Ordenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces.
La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación.
Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de Hacienda
Modifican Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por R.D. Nº 049-2007-EF/76.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2008-EF-76.01
Lima, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público - Ley Nº 28112, en concordancia con el artículo 3 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, dispone que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el
Sistema Peruano de Información Jurídica
órgano rector y constituye la más alta autoridad técniconormativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito;
Que, asimismo, el artículo 13 numeral 13.2 literales a), c) y e) de la Ley Nº 28112, en concordancia con el artículo 4 literales a), c) y e) de la Ley Nº 28411, establecen como atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, programar, dirigir, coordinar, evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes, así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 numeral 13.4 la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, es responsabilidad de las Oficinas de Presupuesto de las unidades ejecutoras de los Pliegos Presupuestarios o de las que hagan sus veces, verificar que las afectaciones presupuestarias de cada compromiso realizado por las Oficinas Generales de Administración, o de las que hagan sus veces, cuenten con el respectivo crédito presupuestario;
Que, atendiendo a las disposiciones sobre certificación de crédito presupuestario en gastos de bienes, servicios, capital y personal establecidas en la Ley Nº 28411, resulta necesario modificar el Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, con el fin de establecer disposiciones para perfeccionar los procedimientos conducentes a la realización de la certificación;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público - Ley Nº 28112, los artículos 3 y 4 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 y el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas - Decreto Legislativo Nº 183;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 5.1 del artículo 5 del Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, conforme al siguiente texto:
“Artículo 5.- Certificación de crédito presupuestario en gastos de bienes, servicios, capital y personal
5.1 La certificación de crédito presupuestario a que hace referencia el artículo 77 numerales 77.1 y 77.2 de la Ley Nº 28411, constituye un acto de administración que tiene por finalidad garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fiscal 2008.
Las unidades ejecutoras y/o administrativas realizan la certificación del crédito presupuestario en gasto de bienes, servicios, capital y personal. Para tal efecto, la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el pliego, dicta los procedimientos y lineamientos que considere necesarios, referidos a la información, documentos y plazos que deberá cumplir la unidad ejecutora para llevar a cabo la certificación.”
Artículo 2.- Establecer que las entidades que hayan aprobado lineamientos o pautas internas con el objeto de la realización de la Certificación de crédito presupuestario, adecuarán los mismos a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Sistema Peruano de Información Jurídica
Director General (e)Dirección Nacional Del Presupuesto Público
Fe de Erratas
DECRETO SUPREMO Nº 010-2008-EF
Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 010-2008-EF, publicado el 26 de enero de 2008. En el Artículo 1
DICE:
(...)
SUBPROGRAMA 0080 : Infraestructura Universitaria ACTIVIDAD 001621 : Estudios de pre-inversión (...)
DEBE DECIR:
(...)
SUBPROGRAMA 0080 : Infraestructura Universitaria Proyecto 001621 : Estudios de pre-inversión (...)
Presentación de información presupuestaria correspondiente al año fiscal 2008 COMUNICADO Nº 003-2008-EF-76.01
A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y DE LOS GOBIERNOS REGIONALES
PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2008
Se recuerda a los Pliegos Presupuestarios conformantes del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, que los plazos para la presentación de la información presupuestaria correspondiente al año fiscal 2008 a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, que debe ser remitida en el mes de febrero, se realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
ANEXO Nº 01
Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria
A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobierno Nacional
* Aprobación de las Ampliaciones de Calendarios de Compromisos. Mes 02 : desde el 01 al 20 de febrero de 2008. - Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, Art. 6º, numeral 6.1
* Presentación de Copias de las Resoluciones que aprueban las Ampliaciones de Dentro de los tres (3) días siguientes los Calendarios de Compromisos. de aprobada la Resolución. - Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, Art. 6º
Sistema Peruano de Información Jurídica
* Presentación de Copias de las Resoluciones que aprueban Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes Presupuestarias en el Nivel Institucional. de aprobada la Resolución. Anexo 1 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 4º, numeral 4.2
* Presentación de Copia de la Resolución de Modificación Presupuestaria de Dentro de los cinco (5) días siguientes Habilitaciones y Anulaciones, entre Unidades Ejecutoras. de aprobada la Resolución. Anexo 1 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 5º, numeral 5.1 (literal a)
* Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora. Mes 01 : hasta el 11 de febrero de 2008. Anexo 1 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 5º, numeral 5.1 (literal b)
* Presentación de Copia de las Resoluciones de Modificación Presupuestal dentro
de una Unidad Ejecutora. Mes 01 : hasta el 18 de febrero de 2008. Anexo 1 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 5º, numeral 5.1 (literal b)
ANEXO Nº 01/GR
Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria
A CARGO DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS Gobiernos Regionales
* Aprobación de las Ampliaciones de Calendarios de Compromisos. Mes 02: desde el 01 al 20 de febrero de 2008. - Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, Art. 6º, numeral 6.1
* Presentación de Copias de las Resoluciones que aprueban las Ampliaciones de Dentro de los tres (3) días siguientes los Calendarios de Compromisos. de aprobada la Resolución. - Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, Art. 6º
* Presentación de Copias de las Resoluciones que aprueban Modificaciones Dentro de los cinco (5) días siguientes Presupuestarias en el Nivel Institucional. de aprobada la Resolución. Anexo 2 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art.6
* Presentación de Copia de la Resolución de Modificación Presupuestaria de
Habilitaciones y Anulaciones, entre Unidades Ejecutoras. Dentro de los cinco (5) días siguientes Anexo 2 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 7º (literal a) de aprobada la Resolución.
* Aprobación de Modificaciones Presupuestales dentro de una Unidad Ejecutora. Mes 01 : hasta el 11 de febrero de 2008. Anexo 2 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 7º (literal b)
* Presentación de Copia de las Resoluciones de Modificación Presupuestal dentro
de una Unidad Ejecutora. Mes 01 : hasta el 18 de febrero de 2008. Anexo 2 Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Art. 7º (literal b)
Se exhorta a los responsables de la presentación de la información antes mencionada, dar cumplimiento estricto a los plazos de aprobación y remisión, según corresponda, a fin de permitir la fluidez y seguimiento del proceso presupuestario del Sector Público.
Lima, 31 de enero de 2008
DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO ENERGIA Y MINAS
Declaran que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios y Ucayali han concluido el proceso de
transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2008-MEM-DM
Lima, 31 de enero de 2008 VISTOS:
Los expedientes correspondientes al procedimiento de efectivización de la transferencia de las funciones del Sector Energía y Minas, a los Gobiernos Regionales acreditados de las Regiones
Sistema Peruano de Información Jurídica
de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios y Ucayali y las Actas de Entrega y Recepción debidamente firmadas por el Titular del Pliego;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se estableció como competencia de dicho Ministerio definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política en materia de minería y energía;
Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes;
Que, la Ley Nº 28273 ha regulado el Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y el artículo 9 de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, ha establecido el ciclo del proceso de acreditación, luego del cual se efectivizarán las transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales acreditados de las funciones sectoriales que les correspondan, incluyendo el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a éstas;
Que, de acuerdo a los Decretos Supremos Nºs. 021-2006-PCM, 068-2006-PCM y 036-2007-PCM, que aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente a los años 2006 y 2007 respectivamente, estableciendo el universo de competencias sectoriales que, en materia de minería y de energía, debían transferirse a los Gobiernos Regionales, previa acreditación de las mismas;
Que, de acuerdo a lo indicado en las normas mencionadas en los considerandos precedentes, la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD y Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 0025-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 006-2007-0025-2007-PCM/SD, dispone la efectivización del proceso de transferencia de funciones y competencias de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales. Cabe precisar que se están incluyendo las funciones y facultades pendientes de acreditación correspondientes a los planes de transferencia de los años 2004 y 2005;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 020-2007-PCM/SD del 3-09-2007 y Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 029-2007-PCM/SD del 13-10-2007, se certifican a diversos Gobiernos Regionales que han cumplido con los requisitos específicos mínimos para la transferencia de determinadas funciones sectoriales;
Que, las Comisiones de Transferencia Sectorial del Ministerio de Energía y Minas designadas mediante Resolución Ministerial Nº 316-2007-MEM/DM, del 2 de julio de 2007, presididas por los Viceministros de Energía y de Minas respectivamente, a quienes se les delegó la facultad de firmar las Actas de Entrega y Recepción, han culminado el proceso de efectivización de la transferencia de funciones señalado en la Directiva de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, mencionada en el párrafo anterior, suscribiendo las correspondientes Actas de Entrega y Recepción con los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las regiones anteriormente señaladas;
Sistema Peruano de Información Jurídica
Que, en tal sentido, es procedente declarar la competencia para ejercer las funciones acreditadas por los Gobiernos Regionales, cuyo proceso de efectivización de transferencia ha sido culminado con la suscripción de las respectivas Actas de Entrega y Recepción;
De conformidad con lo dispuesto en el literal g), 5.1.8, numeral 5) de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-001-2007-PCM/SD y el literal 5.2.8, numeral 5) de la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD aprobada por la Directiva Nº 025-2007-PCM/SD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de transferencias de funciones sectoriales.
Declarar que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios y Ucayali han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, de acuerdo al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; siendo a partir de la fecha competentes para el ejercicio de las mismas.
Artículo 2.- Adecuación de los instrumentos de gestión.
De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, los Gobiernos Regionales anteriormente señalados, deberán dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales de gestión en virtud de la transferencia de las funciones sectoriales referidas en el artículo precedente. Asimismo, establecerán en el correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos, los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les compete ejercer.
Regístrase, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO: DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2008-MEM/DM
ANEXO Nº 1
Funciones Acreditadas y Transferidas a los Gobiernos Regionales, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales*
ENERGÍA MINERIA
REGIÓN FUNCIONES FUNCIONES
ACREDITADAS, (artículo ACREDITADAS, 59) * (artículo 59) * 1. AMAZONAS a, d, h a, c, f, g, h 2. ANCASH a, d, h a, c, f, g, h 3. AYACUCHO a, d, h a, c, f, g, h 4. CAJAMARCA a, d, h a, c, f, g, h 5. HUÁNUCO a, d, h a, c, f, g, h 6. JUNIN a, d, h a, c, f, g, h
Sistema Peruano de Información Jurídica
7. LIMA a, d, g, h a, c, f, g, h 8. LORETO a, d, h a, c, f, g, h 9. MADRE DE DIOS a, d, g, h a, c, f, g, h 10. UCAYALI a, d, h a, c, f, g, h JUSTICIADesignan Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2008-JUS
Lima, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 073-2007-JUS se designó al señor Teniente General PNP (r) GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA como Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario;
Que, resulta pertinente dar por concluida la designación de dicho funcionario y designar a la persona que asumirá las funciones del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario en calidad de suplente;
De conformidad con la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 27444; y, Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Teniente General PNP (r) GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA como Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar, en calidad de suplente, al señor abogado LEONARDO CAPARRÓS GAMARRA como Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de seguros patrimoniales del Ministerio
Sistema Peruano de Información Jurídica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2008-MIMDES
Lima, 31 de enero de 2008
Vistos, Los Informes Nºs. 004 y 007-2008-MIMDES/OGA, ambos emitidos por la Oficina General de Administración y el Informe Nº 023-2008-MIMDES/OGAOL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO:
Que, mediante el Contrato Nº 279-2007-MIMDES-OGA-OL, de fecha 1 de agosto de 2007, suscrito por la Oficina General de Administración y la Empresa Rímac Internacional Cia. de Seguros y Reaseguros, se contrató el servicio de seguros patrimoniales para el MIMDES, por el plazo de tres (3) meses, el mismo que venció el 1 de noviembre de 2007;
Que, ante el vencimiento del mencionado Contrato Nº 279-2007-MIMDES-OGA-OL, la Oficina de Logística tramitó el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0195-2007-MIMDES, para la contratación del servicio de seguros patrimoniales en el MIMDES, por un periodo de cuarenta (40) días comprendido entre el 8 de noviembre al 17 de diciembre de 2007;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 204-2007-MIMDES/OGA, de fecha 24 de octubre de 2007, la Directora General de la Oficina General de Administración, aprobó las bases del proceso del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES “Contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales para el MIMDES”; asimismo, el calendario de dicho proceso estableció que la convocatoria se efectuaría el 4 de noviembre y la adjudicación de la buena pro el 29 de noviembre de 2007;
Que, con fecha 15 de noviembre de 2007, el Comité Especial del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, realizó la absolución de consultas y observaciones formuladas por los participantes a las bases del citado proceso de selección; sin embargo, el 20 de noviembre de 2007, el participante Pacífico Peruano Suiza Cía. de Seguros y Reaseguros, solicitó al Comité Especial la elevación de sus observaciones al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, lo cual originó la suspensión del proceso de selección hasta que dicha entidad resuelva las citadas observaciones;
Que, la Oficina de Logística con fecha 9 de enero de 2008, suscribió un Contrato Complementario a la Orden de Servicio Nº 0003208, derivada del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0195-2007-MIMDES, para contratar el Servicio de Seguros Patrimoniales con la empresa Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, hasta por el monto de S/. 6,066.72 (Seis Mil Sesenta y Seis y 72/100 Nuevos Soles), por un periodo de doce (12) días, comprendido entre el 9 al 21 de enero de 2008, contando a la fecha, con dicho servicio conforme a lo señalado en el Informe Nº 007-2008-MIMDES/OGA;
Que, adicionalmente, mediante Informe Nº 023-2008-MIMDES/OGA-OL, de fecha 22 de enero de 2008, la Oficina de Logística informa que el proceso del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, se encuentra suspendido por la elevación de las observaciones al CONSUCODE solicitada por el participante Pacífico Peruano Suiza Cia. de Seguros y Reaseguros; entidad que a través del Pronunciamiento Nº 390-2007/DOP, de fecha 17 de diciembre 2007, acogió la observación Nº 1 formulada por el citado participante, disponiendo que el Comité Especial proceda a publicar a través del SEACE la información relacionada con el detalle de los siniestros ocurridos en los últimos tres (3) años en el MIMDES; dicho pronunciamiento obligó al Comité Especial a cargo del Concurso Público Nº 003-2007-MIMDES, a modificar el calendario inicialmente programado, prorrogando los plazos del proceso de selección;
Sistema Peruano de Información Jurídica
Que, ante tal situación, la Oficina de Logística emite opinión técnica que sustenta la exoneración del proceso del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, para la contratación del servicio de seguros patrimoniales en el MIMDES, por la causal de Situación de Desabastecimiento Inminente, por el plazo de tres (3) meses o hasta por el monto del valor referencial de US$ 16,763.16 (Dieciséis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 16/100 Dólares Americanos), por cuanto el servicio de seguro patrimonial constituye un servicio esencial, cuya ausencia compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones del MIMDES; además dicho servicio asegura y cautela los intereses de la entidad, reduciendo el impacto de riesgo de perdida del patrimonio;
Que, asimismo mediante el Oficio Nº 138-2008/DOP/STEC, de fecha 24 de enero de 2008, la Dirección de Operaciones del CONSUCODE, ha informado al Presidente del Comité Especial a cargo del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, que debe cumplirse con implementar lo dispuesto en el pronunciamiento Nº 390-2007/DOP, de fecha 17 de diciembre de 2007, a fin de proseguir con el proceso de selección en mención;
Que, mediante la Nota Nº 037-2008-MIMDES-OGPP, de fecha 24 de enero de 2008, la Directora General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través del Informe Nº 073-2008-MIMDES/OGPP-OPPI de la Oficina de Presupuesto y Programación de Inversiones, otorga la disponibilidad presupuestal hasta por el monto de S/. 53,642.11 (Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Dos y 11/100 Nuevos Soles), equivalente a US$. 16,763.16 (Dieciséis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 16/100 Dólares Americanos), con cargo a la fuente de financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Grupo de Gasto 3: Bienes y Servicios, y la Específica de Gasto 75: Seguros por Bienes Muebles e Inmuebles, para la exoneración del proceso de selección de la contratación del servicio de Seguro Patrimonial del MIMDES;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES, mediante Informe Nº 020-2008-MIMDES/OGAJ, de fecha 31 de enero de 2008, emite opinión legal sobre la procedencia de la exoneración del proceso del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, para la contratación del servicio de seguros patrimoniales del MIMDES, por enmarcarse dentro del supuesto de situación de desabastecimiento inminente, originado por la suspensión del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, debido a la elevación al CONSUCODE de las observaciones formuladas por el participante Pacífico Peruano Suiza Cia. de Seguros y Reaseguros; entidad que a través del Pronunciamiento Nº 390-2007/DOP, de fecha 17 de diciembre 2007, acogió la observación Nº 1 formulada por el citado participante, y además, mediante el Oficio Nº 138-2008/DOP/STEC, de fecha 24 de enero de 2008, ha manifestado que debe cumplirse con implementar lo dispuesto en el citado pronunciamiento Nº 390-2007/DOP;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece en su artículo 19 literal c), que se encuentran exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas conforme a Ley; asimismo, el artículo 21 de la citada Ley, establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultándola a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda;
Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala en su artículo 141 que la situación de desabastecimiento inminente se configura en los casos señalados en el artículo 21 de la Ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad; asimismo, se señala que la
Sistema Peruano de Información Jurídica
necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 20 del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con los artículos 146 y 147 de su Reglamento, las Resoluciones que aprueben exoneraciones de los procedimientos de selección deben ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, debiéndose remitir la copia de dicha Resolución a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, acompañada de los informes Técnico y Legal, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la exoneración del proceso del Concurso Público Nº 0003-2007-MIMDES, para la contratación del servicio de Seguros Patrimoniales del MIMDES, por un periodo de tres (3) meses o hasta por el importe del valor referencial de S/. 53,642.11 (Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Dos y 11/100 Nuevos Soles); asimismo, en aplicación de los artículos 21 y 47 del mencionado Texto Único Ordenado, corresponde iniciar las acciones necesarias a fin que se determine las responsabilidades administrativas a que hubiera lugar, por el hecho de haberse presentado en el MIMDES la situación de desabastecimiento del servicio de seguros patrimoniales;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del MIMDES, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente a la contratación del servicio de Seguros Patrimoniales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.
Artículo 2.- Aprobar la exoneración del proceso del Concurso Público Nº 003-2007-MIMDES, para la contratación del servicio de Seguros Patrimoniales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, por un período de tres (3) meses o hasta por el importe del valor referencial de S/. 53,642.11 (Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Cuarenta y Dos y 11/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento 00: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del MIMDES, la realización de las acciones necesarias para la contratación del servicio de Seguros Patrimoniales, atendiendo a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como de los Informes Técnico y Legal respectivos, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Remitir los actuados a la Secretaria General, a fin que disponga el inicio de las acciones correspondientes para el deslinde de responsabilidades administrativas a que hubiera lugar, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 21 y 47 del mencionado Texto Único
Sistema Peruano de Información Jurídica
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
Modifican el último párrafo del literal b) del artículo 1 de la R.M. Nº 006-2006-MIMDES, modificado por R.M. Nº 027-2007-MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2008-MIMDES
Lima, 1 de febrero de 2008
Visto, el Oficio Nº 1884-2007-FONCODES/DE de fecha 14 de diciembre de 2007, emitido por el Director Ejecutivo (e) del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente de acuerdo a su presupuesto la difusión a través de Internet de la información respecto a datos generales de la entidad de la Administración Pública, la información presupuestal, las adquisiciones de bienes y servicios que realice, actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad y demás información adicional que la entidad considere pertinente, así como identificar al funcionario responsable de la elaboración del portal de Internet;
Que, con Resolución Ministerial Nº 006-2006-MIMDES de fecha 4 de enero de 2006, entre otras acciones, se designó a la señora Doris Medalith Hinojosa Nazario, Jefe de Comunicaciones del Programa Nacional FONCODES, como funcionaria responsable de la elaboración del Portal de Internet del citado Programa Nacional;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 027-2007-MIMDES de fecha 19 de enero de 2006, se modificó el último párrafo del literal b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2006-MIMDES y se designó al señor Adolfo Manuel Medrano Carbajal, Jefe de Comunicaciones del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, como funcionario responsable de la elaboración del Portal de Internet, quedando subsistente todas las demás disposiciones de la Resolución Nº 006-2006-MIMDES;
Que, por Resolución Ministerial Nº 411-2007-MIMDES de fecha 27 de agosto de 2007, se dio por concluida la designación del señor Adolfo Manuel Medrano Carbajal, en el cargo de Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES;
Que, por lo tanto, es necesario modificar el último párrafo del literal b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2006-MIMDES, modificado por la Resolución Ministerial Nº 027-2007-MIMDES, a fin de designar al nuevo funcionario responsable de la elaboración del Portal de Internet del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES;
Sistema Peruano de Información Jurídica
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444, la Ley Nº 27806, la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo Único .- Modificar el último párrafo del literal b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2006-MIMDES, modificado por la Resolución Ministerial Nº 027-2007-MIMDES, de acuerdo al siguiente texto:
“b) En el Programa Nacional FONCODES:
(...)
- Señor Víctor Augusto Roncal Villanueva, Jefe del Equipo de Trabajo de Racionalización de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, como funcionario responsable de la elaboración del Portal de Internet.
(...)”.
Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Viceministra de Comunicaciones a El Salvador para participar en la II Conferencia Ministerial sobre la Sociedad de la Información en América Latina y El Caribe -
eLAC2007
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2008-MTC
Lima, 1 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:
Que, el Programa Sociedad de la Información, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), mediante Comunicación del 8 de enero de 2008, invita a las autoridades del Gobierno de Perú, a participar en la II Conferencia Ministerial sobre la Sociedad de la Información en América Latina y el Caribe, eLAC 2007, en San Salvador, El Salvador del 6 al 8 de febrero de 2008;
Que, la CEPAL, tiene como propósito realizar investigaciones estratégicas, con un enfoque latinoamericano, sobre los problemas económicos y sociales de los países de la región. De esta forma, se busca estrechar las relaciones entre ellos y a su vez con los demás países del mundo, de manera tal que se fortalezca la colaboración y solidaridad mutua;
Que, en el mencionado evento se abordarán temas de trascendencia para el sector, respecto al acceso e inclusión digital para la penetración de las TIC en los distintos países de la región, así como la creación de conocimientos en el contexto de los criterios de eficiencia e inclusión social, así como gestión pública, instrumentos de política y estrategias, entre otros;
Que, se considera indispensable la participación de una autoridad del sector en la citada reunión, a fin de contribuir activamente en determinar el grado de avance en la implementación del Plan de Acción sobre la Sociedad de la Información de América Latina y El Caribe eLAC 2007, y