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Plan de Ordenación Municipal de Bargas

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Documento para 2ª Exposición Pública

NORMAS URBANÍSTICAS

Bargas (Toledo)

Julio 2016

P

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(2)

TÍTULO I. GENERALIDADES ...12

CAPÍTULO I. MARCO FÍSICO ...13

Artículo I.1.- Objeto y finalidad ...13

Artículo I.2.- Ámbito ...13

CAPÍTULO II. CONDICIONES PREVIAS ...13

Artículo I.3.- Abreviaturas. Significado ...13

CAPÍTULO III. RÉGIMEN Y DESARROLLO DEL POM ...14

Artículo I.4. OE. Vigencia ...14

Artículo I.5. OE. Condiciones de revisión del Plan ...14

Artículo I.6. OE. Plazos y condiciones de modificación del Plan ...14

Artículo I.7. OD. Interpretación del planeamiento ...15

Artículo I.8. OD. Información urbanística ...15

Artículo I.9. OD. Plazo de ejecución del planeamiento ...15

Artículo I.10. OD. Régimen transitorio de las determinaciones del planeamiento anterior ...15

Artículo I.11. OD Régimen de las edificaciones en situación de fuera de ordenación ...16

Artículo I.12. Referencia a normativas específicas ...17

TÍTULO II. REGULACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES Y DEL DOMINIO PÚBLICO ...28

CAPÍTULO I. REGULACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES ...29

Artículo II.1. OE. Definición, delimitación e identificación de sistemas generales. ...29

Artículo II.2. OE. Regulación de los sistemas generales. ...29

Artículo II.3. OE. Titularidad y régimen urbanístico. ...30

Artículo II.4. OE. Procedimientos de obtención de los sistemas generales...30

Artículo II.5. OD. Determinaciones particulares de ejecución...30

CAPÍTULO II: RÉGIMEN DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO PECUARIO, HIDRÁULICO Y DE INFRAESTRUCTURAS. ...31

Artículo II.6. OE. Condiciones de protección y servidumbre de los bienes pertenecientes al dominio público pecuario...31

Artículo II.7. OE. Condiciones de protección y servidumbre de los bienes pertenecientes al dominio público hidráulico ...31

Artículo II.8. OE. Condiciones de protección y servidumbre de los bienes pertenecientes al dominio público de las infraestructuras. ...34

TÍTULO III REGULACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO...35

(3)

Artículo III.1. OE. Usos globales, mayoritarios, compatibles y prohibidos (OE). ...36

CAPÍTULO II. USOS PORMENORIZADOS ...36

Artículo III.2. OD. Clases de Usos Pormenorizados (OD). ...36

Artículo III.3. OD. Categorías de Uso Residencial. ...37

Artículo III.4. OD. Condiciones de habitabilidad de la vivienda ...37

Artículo III.5. OD. Condiciones del programa mínimo de la vivienda ...43

Artículo III.6. OD. Condiciones de iluminación y ventilación. Condiciones de vivienda exterior ...43

Artículo III.7 . OD. Uso Terciario Comercial (TC). ...43

Artículo III.8. OD. Uso Terciario Hotelero (TH). ...44

Artículo III.9. OD. Uso Terciario Oficinas (TO). ...45

Artículo III.10. OD. Uso Terciario Recreativo (TR). ...45

Artículo III.11. OD. Condiciones del uso Terciario Recreativo en edificios y locales cubiertos y recintos al aire libre ...46

Artículo III.12. OD . Uso de Industria. ...47

Artículo III.13. OD Uso Dotacional. ...48

Artículo III.14. OD. Uso Dotacional de Comunicaciones (DC). ...48

Artículo III.15. OD. Uso de garaje-aparcamiento. ...50

Artículo III.16. OD. Uso Dotacional de Zonas Verdes y Espacios Libres (DV). ...52

Artículo III.17. OD. Uso Dotacional Equipamiento (DE)...52

Artículo III.18. OD. Uso Dotacional de Equipamiento de Infraestructuras- Servicios Urbanos (DEIS) ...53

Artículo III.19 .OD. Uso Dotacional de Equipamiento Educativo (DEDU). ...53

Artículo III.20 . OD. Uso Dotacional de Equipamiento Cultural (DCU). ...53

Artículo III.21. OD. Uso Dotacional de Equipamiento Deportivo (DDE) ...53

Artículo III.22. OD. Uso Dotacional de Equipamiento Administrativo -Institucional (DAI). ...53

Artículo III.23. OD. Uso Dotacional de Equipamiento Sanitario- Asistencial (DSA). ...54

TÍTULO IV. REGULACIÓN DE LAS EDIFICACIONESCAPÍTULO I. REGULACIÓN DE TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS ....55

Artículo IV.1.- Remisión normativa ...56

Artículo IV.2.- Clases de Tipología Edificatoria. ...56

CAPÍTULO II. DEFINICIÓN Y DETERMINACIÓN DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y CONDICIONES GENERALES DE EDIFICACIÓN ...57

Artículo IV.3. OD. Parcela rústica y urbana ...57

Artículo IV.4. OD. Superficie de parcela ...57

Artículo IV.5. OD. Parcela edificable ...57

Artículo IV.6. OE. Solar ...57

Artículo IV.7. OD. Parcela mínima ...58

(4)

Artículo IV.9. OE. Segregación y agregación de parcelas ...58

Artículo IV.10. OD. Linderos ...59

Artículo IV.11. OE. Rasantes ...59

Artículo IV.12. OE. Alineaciones ...61

Artículo IV.13. OE. Alineaciones oficiales ...61

Artículo IV.14. OE. Alineaciones actuales ...62

Artículo IV.15. OD. Condiciones de ocupación de la parcela por la edificación según su situación respecto a la alineación: Remisión ...62

Artículo IV.16. OD. Retranqueos ...62

Artículo IV.17. OD. Superficie ocupable ...62

Artículo IV.18. OD. Superficie ocupada ...63

Artículo IV.19. OD. Superficie edificada/ construida ...63

Artículo IV.20. OD. Fondo edificable ...63

Artículo IV.21. OD. Superficie útil ...64

Artículo IV.22. OD. Coeficiente de edificabilidad ...64

Artículo IV.23. OD. Superficie edificable ...64

Artículo IV.24.- Cumplimiento de normativas ...65

Artículo IV.25. OD. Medición de alturas ...65

Artículo IV.26. OD. Determinación de la altura ...65

Artículo IV.27. OD. Construcciones e instalaciones permitidas por encima de la altura máxima del edificio: condiciones de las cubiertas ...66

Artículo IV.28. OD. Altura máxima...67

Artículo IV.29. OD. Altura de planta ...68

Artículo IV.30. OD. Altura libre de piso ...68

Artículo IV.31. OD. Planta ...68

Artículo IV.32. OD. Volúmenes bajo cubierta ...69

Artículo IV.33. OD. Formación de cubiertas ...70

Artículo IV.34. OD. Salientes y vuelos ...70

Artículo IV.35. OD. Limitaciones a los cuerpos volados ...70

Artículo IV.36. OD. Patios ...71

Artículo IV.37. OD. Dimensiones y medición de la altura de los patios ...71

Artículo IV.38. OD. Chaflanes ...71

Artículo IV.39. OD. Estudios de Detalle. ...71

CAPÍTULO III CARÁCTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS EDIFICACIONES ...72

Artículo IV.40. OD. Condiciones de aproximación, entorno y accesibilidad por fachada. ...72

Artículo IV.41. OD. Condiciones de accesibilidad y comunicación exterior en los edificios ...73

(5)

Artículo IV.43. OD. Condiciones de las escaleras ...74

Artículo IV.44. OD. Condiciones de los ascensores ...75

Artículo IV.45. OD. Protección contra los rayos ...75

Artículo IV.46. OD. Protección contra caídas ...75

Artículo IV.47. OD. Protección y Seguridad contra Incendios ...75

ArtículoIV.48. OD. Instalaciones de acondicionamiento de aire ...75

Artículo IV.49. OD. Abastecimiento de agua ...76

Artículo IV.50. OD. Saneamiento ...76

Artículo IV.51. OD. Evacuación de residuos sólidos ...77

Artículo IV,52. OD. Antenas parabólicas ...77

Artículo IV.53. OD. Placas solares ...77

Artículo IV.54. OD. Señalización de fincas ...77

Artículo IV.55. OD. Servicio de cartería ...77

Artículo IV.56. OD. Dotación de aparcamientos ...77

Artículo IV.57. Ámbito de aplicación ...78

Artículo IV.58. OD. Emisiones radiactivas ...78

Artículo IV.59. OD. Calidad acústica...78

Artículo IV. 60. OD. Vibraciones ...81

Artículo IV.61. OD. Deslumbramientos ...81

Artículo IV. 62. OD. Emisión de gases, humos o contaminantes atmosféricos ...81

Artículo IV.63. OD. Vertidos controlados ...81

Artículo IV. 64. OD. Condiciones de cerramiento de los solares ...81

Artículo IV.65. OD. Condiciones estéticas generales ...82

Artículo IV.66. OD. Tratamiento de fachadas y cerramientos ...82

Artículo IV.67. OD. Medianerías ...83

Artículo IV.68. OD. Instalaciones ...83

Artículo IV.69. OD. Anuncios y cartelería ...83

TÍTULO V.- REGULACIÓN DEL SUELO URBANO ...84

CAPÍTULO I .- GENERALIDADES ...85

Artículo V.1. Régimen del suelo urbano (OE) ...85

Artículo V.2. Delimitación de Unidades de Actuación (OE) ...86

Artículo V.3. Clasificación de las unidades de actuación (OE) ...87

Artículo V.4. ORDENANZAS EN SUELO URBANO. (OD) ...88

OR.1 ORDENANZA CASCO antiguo. ( ZOU-1), ...89

(6)

OR 3 ORDENANZA DE ZONA RESIDENCIAL UNIFAMILIAR. (ZOU 5) ... 100

OR. 4 ORDENANZA Residencial “ LAS PERDICES” (ZOU 3) ... 105

OR 5. ORDENANZA RESIDENCIAL MIXTO “CAMINO DE COCHES.“ (ZOU 2) ... 111

OR 6- ORDENANZA RESIDENCIAL MIXTA “S-5 LAS ONDAS” (Zou 2) ... 116

OR 7- ORDENANZA RESIDENCIAL MIXTA “S-24” (ZOU 5) ... 120

O IND -10 -G1 ORDENANZA DE ZONA INDUSTRIAL EN SUC (ZOU 2) ... 128

O- TER 11 GRADO 1– TERCIARIO EN SUC (ZOU2) ... 134

o de - ORDENANZA DE ZONA DOTACIONAL. ... 139

o dV – ZONAS VERDES Y ESPACIOS LIBRES. ... 142

CAPITULO IX. CONDICIONES PARTICULARES EN suelo urbano no consolidado ... 146

Artículo V.5. OE. Condiciones de las Unidades de Actuación ... 146

Artículo V.6. OE. Delimitación de las Unidades De Actuación ... 146

Artículo V.7. OE. Orden básico de prioridades ... 146

Artículo V.8. OE. Edificabilidad del ámbito ... 146

Artículo V.9. OD. Condiciones de edificación y urbanización ... 146

Artículo V.10. OD. Coste de urbanización ... 147

Artículo V.11. OE. Condiciones de reserva de dotaciones ... 147

Artículo V.12. OE. Vivienda de protección pública ... 147

Artículo V.13. OE. Afecciones a carreteras ... 147

Artículo V.14. OD. Régimen transitorio de los ámbitos de SUNC previamente a su desarrollo... 148

Artículo V.15. OD. Valoración de obras realizadas previamente a la aprobación del plan parcial ... 148

TÍTULO Vi.- REGULACIÓN DEL SUELO URBANIZABLE... 149

CAPÍTULO i. CONDICIONES GENERALES ... 150

Artículo VI.1. OE. Condiciones de los Sectores ... 150

Artículo VI.2. OE. Edificabilidad del ámbito ... 150

Artículo VI.3. OE. Cesiones de suelo de dotaciones públicas ... 150

Artículo VI.4. OD. Condiciones de la red viaria ... 150

Artículo VI.5. OE. Vivienda de protección pública ... 151

CAPÍTULO II. Condiciones de tramitación ... 151

Artículo VI.6. OD. Condiciones de tramitación ... 151

Capítulo III. Coste de la ejecución ... 151

Artículo VI.7. OD. Coste de la ejecución ... 151

(7)

Artículo VI.8. OE. Régimen del suelo urbanizable ... 152

Artículo VI.9. OE. Régimen del suelo urbanizable con Programa de Actuación ... 152

CAPÍTULO V. AFECCIONES DE LAS INFRAESTRUCTURAS ... 152

Artículo VI.10. OE. Afecciones a carreteras ... 152

CAPÍTULO VI. ORDENANZAS EN SUELO URBANIZABLE ... 153

Artículo VI.11. ORDENANZAS EN SUELO URBANIZABLE. (OD) ... 153

OR 8- ORDENANZA dE RESIDENCIAL ENSANCHE PARA NUEVOS DESARROLLOS. ... 159

OR 9- ORDENANZA RESIDENCIAL Unifamiliar PARA NUEVOS DESARROLLOS. ... 165

o de - ORDENANZA DE ZONA DOTACIONAL. ... 180

o dV – ZONAS VERDES Y ESPACIOS LIBRES. ... 183

TÍTULO VII.- NORMAS URBANÍSTICAS REGULADORAS DE LA ORDENACIÓN DEL SUELO RÚSTICO ... 186

CAPÍTULO I. RÉGIMEN DEL SUELO RÚSTICO ... 187

Artículo VII.1. Actividad Urbanística en Suelo Rústico. ... 187

Artículo VII.2. Principios Generales en Suelo Rústico. ... 187

Artículo VII.3. OE. Desarrollo de Actuaciones en Suelo Rústico. ... 188

Artículo VII.4. Definición de conceptos utilizados por estas Normas ... 188

Artículo VII.5. OE. Definición de la clase de Suelo Rústico. ... 188

Artículo VII.6. OE. Categorización de la clase de Suelo Rústico. ... 188

Artículo VII.7. OE. Infraestructuras y Sistemas Generales. ... 194

Artículo VII.8. OE. Delimitación. ... 194

Artículo VII.9. OE. Derechos. ... 194

Artículo VII.10. OE. Deberes. ... 195

Artículo VII.11 . OE. Régimen Urbanístico de los actos en Suelo Rústico de Reserva. ... 196

Artículo VII.12. OE. Régimen Urbanístico de los Actos en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección... 197

Artículo VII.13. OE. Afección de la Legislación Sectorial... 197

Artículo VII.14. OE. Régimen Registral de los Actos de Uso del Suelo Rústico y Parcela Mínima. ... 197

Artículo VII.15. OE. Actuaciones de las Administraciones Públicas en Suelo Rústico. ... 197

CAPITULO II: RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ACTOS EN SUELO RÚSTICO EN CADA CLASE Y CATEGORÍA DE SUELO RÚSTICO. ... 198

Artículo VII.16. OD. Determinaciones de ordenación genérica en Suelo Rústico. ... 198

Artículo VII.17. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial de Protección Natural ... 199

(8)

Artículo VII.18. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial

Protección Ambiental. ... 200

Artículo VII.19. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección Paisajística. ... 201

Artículo VII. 20. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección de Infraestructuras y Equipamientos ... 201

Artículo VII.21. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección Cultural... 204

Artículo VII.22. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico No Urbanizable de Especial Protección Estructural ... 205

Artículo VII.23. OD. Determinaciones de Ordenación Urbanística en Suelo Rústico de Reserva. ... 205

Artículo VII.24. OD. Limitaciones a los usos. ... 206

CAPÍTULO III CONDICIONES DE LOS ACTOS DE APROVECHAMIENTO QUE RESULTEN VIABLES EN SUELO RÚSTICO ... 208

Artículo VII.25. OE. Parcelaciones, Divisiones o Segregaciones de fincas y terrenos. ... 208

Artículo VII.26. OE. Características y condiciones de las unidades mínimas de cultivo... 209

Artículo VII.27. OD. Usos Agrarios o de Carácter Rural. ... 209

Artículo VII.28. OD. Vallados con elementos vegetales o metálicos y la reposición de muros previamente existentes. ... 212

Artículo VII.29. OD. La reforma o rehabilitación de edificaciones existentes... 212

Artículo VII.30. OD. Uso Residencial familiar ... 212

Artículo VII.31. OD. Usos Dotacionales de Equipamiento Privado ... 213

Artículo VII.32. OD. Demolición de Construcciones. ... 214

Artículo VII.33. OD. Apertura, Modificación o Pavimentación de Caminos ... 214

Artículo VII.34. OD. Tala de Masas Arbóreas ... 215

Artículo VII.35. OE. Usos Industriales: Actividades Extractivas, Mineras y de Explotación de Recursos. ... 215

Artículo VII.36. OE. Usos Industriales: actividades industriales, productivas, deposito o almacenamiento de materiales y residuos, almacenamiento de maquinaria y estacionamiento de vehículos y así como la realización de vertidos... 216

Artículo VII.37. OE. Usos Industriales: talleres de reparación de vehículos. ... 217

Artículo VII.38. OE. Usos Dotacionales de titularidad pública. ... 217

Artículo VII.39. OE. Usos Dotacionales de Equipamiento Privado: las estaciones de suministro de carburantes... 218

Artículo VII.40. OE. Usos Dotacionales de Equipamiento Privado: áreas de servicio de carreteras. ... 219

Artículo VII.41. OE. Usos Dotacionales de Equipamiento Privado de Carácter Cultural, Científico, Asistencial, Religioso, Funerario o similar... 219

(9)

Artículo VII.43. OE. Equipamiento Terciario de Uso Hotelero y Hostelero... 220

Artículo VII.44. OE. Equipamiento Terciario de Uso Recreativo. ... 221

TÍTULO VIII.- NORMAS URBANÍSTICAS REGULADORAS DE LA URBANIZACIÓN ... 223

CAPÍTULO I CONDICIONES GENERALES DE LOS PROYECTOS DE URBANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN ... 224

Artículo VIII.1. OD. Remisión normativa ... 224

Artículo VIII.2. OD. Definición Proyectos de Urbanización (PU). ... 224

Artículo VIII.3. OD. Clases de Proyectos de Urbanización (PU). ... 224

Artículo VIII.4. OD. Determinaciones de los Proyectos de Urbanización (PU). ... 224

Artículo VIII.5. OD. Documentación de los Proyectos de Urbanización (PU). ... 225

Artículo VIII.6. OD. Remisión normativa ... 225

Artículo VIII.7 . OD. Procedimiento para la aprobación de los Proyectos de Urbanización (PU). ... 225

CAPÍTULO II CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN ... 227

Artículo VIII.8. OD. Remisión normativa ... 227

Artículo VIII.9 . OD. Actuaciones provisionales en Suelo Urbano No Consolidado ... 227

Artículo VIII.10 . OD. Gastos de conexión, suplementación y refuerzo de las redes ... 227

Artículo VIII.11. OD. Normativa de aplicación. ... 227

Artículo VIII.12. OD. Características de la red viaria ... 228

Artículo VIII.13. OD. Trazado. ... 228

Artículo VIII.14. OD. Obras de Urbanización ... 228

Artículo VIII.15. OD. Señales verticales y mobiliario urbano ... 229

Artículo VIII.16. OD. Canalización de infraestructuras ... 229

Artículo VIII.17. OD. Alumbrado público ... 229

Artículo VIII.18. OD. Plan de control de calidad ... 229

Artículo VIII.19. OD. Servicios afectados ... 230

Artículo VIII.20. OD. Condiciones mínimas de Accesibilidad ... 230

Artículo VIII.21. OD. Accesos a los aparcamientos... 235

Artículo VIII.22. OD. Plazas ... 236

Artículo VIII.23. OD. Parques, jardines y espacios libres deportivos ... 236

Artículo VIII.24. OD. Arbolado ... 236

Artículo VIII.25. OD. Dotaciones y servicios... 237

Artículo VIII.26. OD. Condiciones de edificaciones e instalaciones en zonas verdes y espacios libres públicos. ... 237

CAPÍTULO III CONDICIONES DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN ... 238

Artículo VIII.27. OD. Dotación mínima según los usos ... 238

(10)

Artículo VIII.29. OD. Red de abastecimiento en nuevos desarrollos ... 238

Artículo VIII.30. OD. Red de riego ... 238

Artículo VIII.31. OD. Materiales ... 239

Artículo VIII.32. OD. Evacuación de aguas en el interior de los edificios ... 240

Artículo VIII.33. OD. Acometidas a la red de saneamiento municipal... 240

Artículo VIII.34. OD. Dirección, ángulo y pendiente ... 240

Artículo VIII.35. OD. Protección ... 240

Artículo VIII.36. OD. Material ... 240

Artículo VIII.37. OD. Inspección ... 241

Artículo VIII.38. OD. Características de la red de saneamiento ... 241

Artículo VIII.39. OD. Características de la red de energía eléctrica ... 243

Artículo VIII.40. OD. Características del alumbrado ... 244

Artículo VIII.41. OD. Telefonía ... 245

Artículo VIII.42. OD. Otras redes ... 245

Artículo VIII.43. OD. Evacuación de residuos sólidos ... 245

TÍTULO IX NORMAS REGULADORAS DE LAS OBRAS Y ACTIVIDADES ... 246

CAPÍTULO I Actos sujetos a comunicación previa ... 247

Artículo IX.1. Actos sujetos a comunicación previa. ... 247

Artículo IX.2. La comunicación de la transmisión de licencias urbanísticas. ... 247

Artículo IX.3. Actos de uso del suelo y de la edificación sujetos a comunicación previa. Iniciación del procedimiento. ... 247

Artículo IX.4. Actos de aprovechamiento y uso del suelo y de la edificación sujetos a comunicación previa. Instrucción del procedimiento. ... 248

Artículo IX.5. Los efectos del incumplimiento del régimen de comunicación previa. ... 248

CAPÍTULO II Actos sujetos a licencia urbanística ... 250

Artículo IX.6. Información y publicidad de los actos legitimadores de obras de urbanización, construcción y edificación. ... 250

Artículo IX.7. Obras, edificaciones, instalaciones, usos y actividades sujetas a licencia. ... 250

Artículo IX.8. Actos no sujetos a licencia urbanística. ... 250

Artículo IX.9. Actos promovidos por las Administraciones Públicas. ... 251

Artículo IX.10. Licencias de parcelación y segregación. ... 252

Artículo IX.11. Licencias urbanísticas para obras, usos y actividades de carácter provisional. ... 253

Artículo IX.12. Licencias urbanísticas de obras parciales. ... 254

Artículo IX.13. Licencias urbanísticas de usos y actividades parciales. ... 254

(11)

Artículo IX.15. Integración del régimen urbanístico y el de actividades clasificadas, sujetas a evaluación de

impacto ambiental o autorización ambiental integrada. ... 255

Artículo IX.16. Licencias de primera ocupación o utilización de edificios, construcciones e instalaciones. ... 255

Artículo IX.17. Comunicación previa y licencias de apertura o entrada en funcionamiento de actividades y establecimientos. ... 256

Artículo IX.18. Actos de uso del suelo y de la edificación en suelo rústico. ... 257

CAPíTULO III Los procedimientos para la concesión de las licencias urbanísticas ... 258

Artículo IX.19. La licencia urbanística, otros informes y títulos habilitantes. ... 258

Artículo IX.20. La normativa aplicable al otorgamiento de licencias urbanísticas. La ilegalidad sobrevenida de las licencias urbanísticas. ... 259

Artículo IX.21. El silencio administrativo. ... 259

Artículo IX.22. Reglas para la iniciación, instrucción y terminación del procedimiento general para la concesión de licencias urbanísticas. ... 261

Artículo IX.23. Plazo de notificación de la resolución del procedimiento de licencias urbanísticas. ... 262

Artículo IX.24. Reglas especiales para la iniciación, instrucción y terminación del procedimiento para la concesión de licencias urbanísticas de obras... 263

Artículo IX.25. Normas especiales aplicables al procedimiento para la concesión de licencias urbanísticas de usos, obras y actividades provisionales. ... 265

Artículo IX.26. Procedimiento para la concesión de licencias urbanísticas de primera ocupación... 265

Artículo IX.27. Normas especiales aplicables al procedimiento para la concesión de licencias de parcelación urbanística. ... 266

Artículo IX.28. Actuaciones sujetas a consulta administrativa. ... 267

Artículo IX.29. Plazos de vigencia de las licencias de obras. ... 268

Artículo IX.30. Declaración de caducidad de las licencias urbanísticas. ... 268

(12)

EQUIPO TÉCNICO

COORDINADOR TRABAJOS

RAFAEL AYALA GONZÁLEZ ABOGADO. TÉCNICO-URBANISTA INAP

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN JURÍDICA

RODRIGO CABALLERO VEGANZONES ABOGADO. ESPECIALISTA EN URBANISMO

DEPARTAMENTO DE URBANISMO

COORDINACIÓN

MIGUEL ANGEL JIMENEZ CRESPO ARQUITECTO

MARÍA CASTRO FERNÁNDEZ ARQUITECTA

TÉCNICOS

ROSA PALOMARES MARÍN DELINEANTE GODOFREDO DÍAZ MORENO DELINEANTE RICARDO FALQUINA FERNÁNDEZ DELINEANTE

RICARDO GARCIA GONZALEZ DE LA GALANA DELINEANTE ANA MARIA PRIETO ALARCON ARQUITECTA

DEPARTAMENTO MEDIO AMBIENTE

COORDINACIÓN

TERESA MARTÍNEZ ROMERO LICENCIADA EN CIENCIAS AMBIENTALES

TÉCNICOS

(13)
(14)

CAPÍTULO I. MARCO FÍSICO

Artículo I.1.- Objeto y finalidad

1. Las presentes Normas Urbanísticas del Plan de Ordenación Municipal integran las reglas técnicas y jurídicas que precisan las condiciones sustantivas, temporales y administrativas a las que deben sujetarse todas las actuaciones urbanísticas que puedan producirse en el Municipio, ya sea en relación con el planeamiento, con la gestión o con la edificación y los usos.

Artículo I.2.- Ámbito

1. Estas normas son de aplicación en todo el ámbito ocupado por el término municipal y forman parte integrante del Plan de Ordenación Municipal que sustituye a las Normas Subsidiarias vigentes hasta la aprobación de este documento.

CAPÍTULO II. CONDICIONES PREVIAS

Artículo I.3.- Abreviaturas. Significado

1. Las abreviaturas en orden alfabético, utilizadas a lo largo de estas Normas tienen el siguiente significado:

COACM: Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla - La Mancha.

CTE: Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación

D.: Decreto.

DL.1/2010 TRLOTAU ó TR LOTAU: Decreto Legislativo 1/2010 que aprueba el Texto Refundido de la LOTAU

ED: Estudio de Detalle.

EIA: Evaluación de Impacto Ambiental

JCCM: Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha. PAU: Programa de Actuación Urbanizadora

POM: Plan de Ordenación Municipal. PERI: Plan Especial de Reforma Interior. PP: Plan Parcial.

PU: Proyecto de Urbanización.

RP: Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998 de 4 de Junio de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla- La Mancha en todo lo que no contradiga al TR LOTAU .

RSR: Reglamento del Suelo Rústico aprobado por el Decreto 242/2004, que incorpora las modificaciones introducidas por el Decreto 177/2010, de 1 de julio.

SG: Sistema General. SL: Sistema Local. SUB: Suelo Urbanizable.

SUNC: Suelo Urbano No Consolidado. UA: Unidad de Actuación.

(15)

CAPÍTULO III. RÉGIMEN Y DESARROLLO DEL POM

Artículo I.4. OE. Vigencia

1. El Plan de Ordenación Municipal, y con él, las Normas Urbanísticas entran en vigor el día siguiente al de la concurrencia de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y de la publicación del acuerdo aprobatorio en el Diario Oficial de Castilla La Mancha.

2. El Plan de Ordenación Municipal tiene vigencia indefinida, sin perjuicio de su modificación o revisión en los supuestos legales o cuando lo apruebe el Ayuntamiento.

Artículo I.5. OE. Condiciones de revisión del Plan

1. Procederá la revisión del Plan de Ordenación Municipal siempre que se produzca la reconsideración total de la ordenación urbanística o de los elementos fundamentales del modelo o solución a que responda la ordenación planteada por el POM y, en todo caso, de la ordenación estructural del mismo.

2. De acuerdo con el artículo 40 del TR LOTAU, que establece las condiciones de revisión del planeamiento, se entenderá que esta es procedente cuando se pretenda la innovación para actuaciones urbanizadoras que supongan un incremento superior al 20% sobre la población total inicialmente prevista, bien mediante una única actuación o bien mediante la unión de las aprobadas en los dos últimos años.

Artículo I.6. OE. Plazos y condiciones de modificación del Plan

1. Podrá modificarse cualquier determinación de la ordenación urbanística establecida por el Plan de Ordenación Municipal en los términos previstos por el RP y el artículo 41 del TRLOTAU.

2. La modificación del Plan podrán tener lugar en cualquier momento. No obstante si el procedimiento de la modificación se inicia antes de transcurrir un año desde la publicación del acuerdo de aprobación del Plan o de su última revisión, la modificación no podrá alterar ni la clasificación del suelo, ni la calificación de éste que implique el destino a parques, zonas verdes, espacios libres, zonas deportivas o de recreo y expansión o equipamientos colectivos.

3. El régimen de las innovaciones de la ordenación establecida por el POM es el determinado por el artículo 39 del TRLOTAU, en particular cualquier innovación de las determinaciones del POM deberá tener, al menos el grado de precisión propio de este documento.

No obstante, lo anterior, podrán modificarse mediante el procedimiento propio de la tramitación de Ordenanzas Municipales de Edificación y Ordenanzas Municipales de Urbanización los preceptos contenidos en los Títulos IV (Regulación de Edificaciones), VIII (Normas Urbanísticas reguladoras de la Urbanización) y IX Normas reguladoras de las obras y actividades).

4. Las modificaciones del Plan de Ordenación deberán fundamentarse en la mejora de las infraestructuras, servicios y dotaciones correspondientes a la ordenación estructural, en la mejora del bienestar de la población sin desvirtuar las determinaciones básicas de la ordenación establecida por el Plan.

5. El procedimiento para la aprobación de las modificaciones se ajustará a lo establecido en el artículo 152 del RP.

(16)

Artículo I.7. OD. Interpretación del planeamiento

1. Si existiere imprecisión o contradicción en las determinaciones del planeamiento prevalecerá la interpretación más favorable:

a. Al equilibro entre el aprovechamiento edificatorio y las dotaciones urbanísticas. b. Al aumento de la proporción de espacios libres públicos.

c. A la mejor conservación del patrimonio urbano protegido. d. Al menor deterioro del ambiente natural y del paisaje urbano. e. A la menor transformación de usos y actividades.

f. Al interés general de la colectividad de acuerdo con las finalidades expresadas en la legislación urbanística y en la Memoria del Plan de Ordenación Municipal.

2. La competencia de interpretación corresponde al Ayuntamiento, el que, razonadamente, resolverá las posibles contradicciones o indefiniciones del presente POM, sin perjuicio de la superior autoridad de Juzgados y Tribunales en los términos legales.

Artículo I.8. OD. Información urbanística

1. Cualquier interesado podrá consultar el planeamiento urbanístico del municipio. A tales efectos, existirá una copia del Plan de Ordenación Municipal y de cualquier otro instrumento de planeamiento en las dependencias municipales destinada a su consulta pública.

2. La obtención de copia total o parcial de los expedientes administrativos se regirá por lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

3. El Ayuntamiento promoverá el acceso telemático a los instrumentos de planeamiento y a los documentos en información pública.

Artículo I.9. OD. Plazo de ejecución del planeamiento

1. Con el fin de evitar la retención especulativa de solares, éstos deberán edificarse en el plazo máximo de veinticuatro meses fijado en el art. 130.2 del TR LOTAU. En caso de incumplimiento de este plazo, se estará a lo previsto en el art. 132 y concordantes, del TR LOTAU.

2. En el suelo clasificado como urbanizable, y en el urbano no consolidado, se fija un plazo de ocho años para la presentación de los programas de actuación urbanizadora.

Artículo I.10. OD. Régimen transitorio de las determinaciones del planeamiento anterior

La entrada en vigor del POM implica la derogación de la Revisión de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento vigentes, aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Toledo en sesión del 28 de Mayo de 1996; así como la de los instrumentos que las desarrollan o modifican que no estén en curso de ejecución en los términos previstos en el D.L.1/2010 TRLOTAU.

El presente texto del Plan de Ordenación Municipal sustituye a las Normas Subsidiarias (vigentes hasta la aprobación definitiva de este documento). A partir de la aprobación inicial de este POM, la concesión de licencia, para cualesquiera de los actos contemplados en las Normas Urbanísticas deberá satisfacer la de ambos documentos mencionados, hasta el momento de la aprobación definitiva del POM; en el que se entenderá sustituido por éste el anterior instrumento de planeamiento municipal, a todos los efectos no sujetos a tratamiento transitorio.

(17)

El Ayuntamiento podrá conceder un plazo para el cumplimiento total de los deberes urbanísticos en los instrumentos en curso de ejecución. En defecto de acuerdo expreso, este se entenderá de cuatro años contados a partir de la entrada en vigor de este POM, los efectos de incumplimiento de estos plazos serán los previstos con carácter general en la legislación urbanística.

Artículo I.11. OD Régimen de las edificaciones en situación de fuera de ordenación

1. A efectos de aplicación del artículo 24.2.d) del D.L.1/2010 TRLOTAU, se considerarán fuera de ordenación exclusivamente los edificios que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

a. Que ocupen suelo expresamente calificado como viario, zonas verdes o espacios

libres, o equipamiento público, exceptuando los chaflanes definidos en las esquinas.

b. Que alberguen usos cuyos efectos ambientales vulneren los máximos tolerados por

las disposiciones vigentes en materia de molestias, seguridad, salubridad o protección al medio ambiente, o por el planeamiento urbanístico.

c. Los que no puedan ser legalizados por incumplir requisitos objetivos exigibles en suelo

rústico.

d. Los calificados expresamente como tales en los planos de ordenación.

2. En estas edificaciones solo podrán autorizarse obras de mera conservación al considerarse incompatibles con el planeamiento. También se autorizarán las que tengan por objeto corregir, o disminuir, los efectos negativos citados en el apartado b del punto 1. 3. En los que pudieran resultar parcialmente incompatibles, al contravenir alguna determinación del planeamiento no incluida entre las descritas anteriormente, podrán autorizarse obras de mejora, reforma, o ampliación, siempre que las nuevas obras o usos respeten la ordenación prevista en el POM, y no agraven la diferencia entre las previsiones del planeamiento y de la realidad construida.

4. No se aplicará la calificación de fuera de ordenación a aquellos edificios que, aun estando en algunas de las situaciones citadas, queden expresamente excluidos en el planeamiento, o a los que se incluyan en catálogos que establezcan medidas especiales de protección. 5. Las instalaciones existentes que resulten totalmente incompatibles con el planeamiento

por incumplir las condiciones ambientales, de uso, o estéticas de la zona en la que se ubican, deberán trasladarse a zonas más adecuadas, o corregir los efectos negativos que motivan el incumplimiento.

6. El ayuntamiento podrá exigir a los propietarios afectados el cumplimiento de estas prescripciones mediante órdenes de ejecución individualizadas, que fijarán condiciones y plazos específicos. Estos plazos no podrán ser superiores a 6 meses a partir del requerimiento municipal, salvo cuando resulte exigible el traslado, por tratarse de usos prohibidos, o resultar inviable la adopción de medidas correctoras eficaces.

7. Cuando resulte exigible el traslado, el Ayuntamiento y los interesados podrán firmar un convenio para regular los plazos definitivos, las condiciones de funcionamiento de la instalación durante el período transitorio, y las medidas correctoras a adoptar, en su caso.

(18)

Artículo I.12. Referencia a normativas específicas Agua y recursos naturales

- Real Decreto 849/1986 por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y RD

1315/ 1992, de 30 de octubre, RD 995/2000, de 2 de junio que lo modifican parcialmente.

- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

de Aguas

- Ley 11/2005, de 22 de junio, que modifica la ley 10/2001 del Plan Hidrológico Nacional

- Ley 11/2007, de 29 de marzo, de creación del Organismo Autónomo Espacios Naturales Castilla

La Mancha.

- Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del Ciclo Integral del Agua de la Comunidad Autónoma de

Castilla La Mancha.

Actividades molestas, insalubres y peligrosas.

- Orden de 15 de marzo de 1963, por la que se aprueba una instrucción que dicta normas

complementarias para la aplicación del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas

- Decreto 2183/1968, de 16 de agosto, por el que se regula la aplicación del Reglamento de

Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas en las zonas de dominio público y sobre actividades ejecutables directamente por órganos oficiales

Impacto ambiental y conservación de la naturaleza

- Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos

- Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la

ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

- Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla La Mancha.

- Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla La Mancha.

- Ley 3/2008 de Montes y Gestión Forestal de Castilla La Mancha.

Patrimonio Histórico

- Título IV ”De los Museos” de la Ley 4/1990, de 30 de mayo, de Patrimonio Histórico de Castilla-La

Mancha.

- Ley 16/1985, 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

- Ley 9/2007, de 30 de mayo, de Patrimonio Histórico de Castilla La Mancha.

- Ley 482013, de 16 de mayo, Patrimonio Cultural

Contaminación acústica

- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido

- Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de

noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Normas básicas de edificación

- Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la

Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad

- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación

- Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico

de la Edificación

- Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción

(19)

- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

- Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR

Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación

- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

- Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico

de la Edificación.

- Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción

- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

- Decreto 81/2007, 19-06-2007, por el que se regula el libro del edificio para edificios destinados a

vivienda en Castilla-La Mancha

- Decreto 78/2008, de 10-06-2008, por el que se crea y regula el Registro de Empresas

acreditadas en el sector de la construcción de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha

Abastecimiento y suministro de agua

- Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

Aparatos elevadores

- Directiva 95/16/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio, sobre aproximación de

las legislaciones de los Estados miembros relativas a los ascensores

- Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de

elevación y manutención de los mismos

- Real Decreto 474/1988, de 30 de marzo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la

Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 84/528/CEE sobre aparatos elevadores y de manejo mecánico

- Real Decreto 251/1997, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial

- Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores

Condiciones acústicas

- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido

- Decreto 2107/1968 de 16 de agosto. Se dictan normas sobre régimen de poblaciones con altos

niveles de contaminación atmosférica o de perturbaciones por ruidos y vibraciones

- Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre

- Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR

Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación

- Resolución de 23-04-2002, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se aprueba

el modelo tipo de ordenanza municipal sobre normas de protección acústica

Redes eléctricas

- LEY 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Modificaciones posteriores

- REAL DECRETO-LEY 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas

medidas en el sector energético y se aprueba el bono social.

- REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

- LEY 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

(20)

Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.

- REAL DECRETO-LEY 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la

Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.

- REAL DECRETO-LEY 7/2006, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en

el sector energético.

- REAL DECRETO-LEY 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la

productividad y para la mejora de la contratación pública.

- LEY 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

(Art. 108).

- LEY 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

- LEY 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

- LEY 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica.

- LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

- LEY 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad.

- LEY 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.

- REAL DECRETO 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de

instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia. Modificaciones posteriores

- Corrección de errores del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.(B.O.E. Nº 36 FECHA 11 FEBRERO 2012)

- REAL DECRETO 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados

aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

- REAL DECRETO 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro

de último recurso en el sector de la energía eléctrica.

- REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

- REAL DECRETO 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de la

actividad de distribución de energía eléctrica.

- REAL DECRETO 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de

puntos de medida del sistema eléctrico.

- REAL DECRETO 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Modificaciones posteriores

- REAL DECRETO 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de

instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.

- REAL DECRETO 1544/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen los peajes de acceso

a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores de energía eléctrica. (B.O.E. Nº 276 de 16/11/2011)

- Orden ITC/688/2011 , de 30 de marzo, por la que se establecen los peajes de acceso a partir

de 1 de abril de 2011 y determinadas tarifas y primas de determinadas instalaciones del régimen especial.

- REAL DECRETO-LEY 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes

para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.(B.O.E. Nº 312 de 24/12/2010)

- REAL DECRETO 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican

determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

- REAL DECRETO 1003/2010, de 5 de agosto, por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en régimen especial..(B.O.E. Nº 190 de 06/08/2010)

- REAL DECRETO 198/2010, de 26 de febrero, por el que se adaptan determinadas

(21)

diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. (B.O.E. Nº 63 de 13/03/2010)

- ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

- REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción

de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.

- REAL DECRETO 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de

la actividad de distribución de energía eléctrica.

- ORDEN ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007.

- CORRECCIÓN de errores en BOE Nº 178 de 26/07/07

- CORRECCIÓN de errores en BOE Nº 177 de 25/07/07

- REAL DECRETO 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas

disposiciones relativas al sector eléctrico. Modifica las siguientes disposiciones

- Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de

producción de energía eléctrica.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las

redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

- Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas

de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes de baja tensión.

- Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de puntos

de medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica.

- Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

- Real Decreto 2392/2004, de 30 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para

2005.

- Orden de 12 de enero de 1995 por la que se establecen las tarifas eléctricas.

- Orden de 17 de diciembre de 1998.

- Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento

del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado mediante el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.

- REAL DECRETO 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de

resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico.

- REAL DECRETO 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la

actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Modificaciones posteriores

- REAL DECRETO 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de

resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico.

- REAL DECRETO 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de

energía eléctrica en régimen especial.

- REAL DECRETO 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Modificaciones posteriores

- REAL DECRETO 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento

de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico.

- REAL DECRETO 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas

disposiciones relativas al sector eléctrico.

- REAL DECRETO 1634/2006, de 29 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica a

(22)

- REAL DECRETO 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

- REAL DECRETO 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del

suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica.

- REAL DECRETO 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de

instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.

- REAL DECRETO 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte y distribución de energía eléctrica. Modificaciones posteriores

- REAL DECRETO 222/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el régimen retributivo de

la actividad de distribución de energía eléctrica.

- Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero, por el que se establece la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008.

- REAL DECRETO 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la

actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

- Orden de 5 de septiembre de 1985,por la que se establecen normas administrativas y técnicas para funcionamiento y conexión a las redes eléctricas de centrales hidroeléctricas de hasta 5000 KVA y centrales de autogeneración eléctrica.

- Modifica la Orden 28-7-1982 de desarrollo del Real Decreto 1217/1981, de 10-4-1981 sobre

fomento de la producción hidroeléctrica en pequeñas centrales Alta Tensión

- REAL DECRETO 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre

condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Modificaciones posteriores

- Corrección de errores del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias

en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 174 de 19 de julio de 2008

- CORRECCION de erratas en BOE num. 120 de 17 de mayo de 2008

Reglamentación relacionada:

- REAL DECRETO 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección

de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Baja Tensión

- REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico

para baja tensión. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Modificaciones posteriores:

- Corrección de errores del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.(BOE 146 19-6-2010).

(23)

- REAL DECRETO 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

- Instrucciones Complementarias. ITC BT 01 A 51

Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación

- REAL DECRETO 3275/1982 de 12 de noviembre, aprueba el Reglamento sobre condiciones

técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación

- Orden de 6 de julio de 1984 por la que se aprueban las instrucciones técnicas

complementarias (MIE-RAT) del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Modificaciones posteriores

- Orden de 18 de octubre de 1984 complementaria de la de 6 de julio que aprueba las

instrucciones técnicas complementarias del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. (MIE-RAT 20)

- Orden de 27 de noviembre de 1987 que por la que se actualizan las instrucciones técnicas

complementarias MIE-RAT 13 y MIE-RAT 14 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Orden de 23 de junio de 1988 que por la que se actualizan diversas instrucciones técnicas

complementarias MIE-RAT del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Orden de 16 de abril de 1991 que modifica el punto 3.6 de la Instrucción Técnica Complementaria

MIE-RAT 06 del Reglamento sobre condiciones y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobada por Orden 6 de julio de 1984.

- Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas

Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16, MIE-RAT 17, MIE RAT 18 y MIE-RAT 19 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Autonómica

- Instrucción de Servicio 2-CT/2003 sobre el mantenimiento obligatorio para los Centros de

Transformación.

- Decreto 80/2007, de 19/06/2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de

instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

- Ley 6/1999, de 15 de Abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico.

- IBERDROLA. Normas particulares para instalaciones de alta tensión (hasta 30 kV) y baja tensión. COMUNIDAD CASTILLA - LA MANCHA

Instalaciones audiovisuales

- Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre Infraestructuras comunes en los Edificios para

el acceso a los servicios de Telecomunicaciones

- Ley 19/1983, de 16 de noviembre, sobre regulación del derecho a instalar en el exterior de los inmuebles las antenas de las estaciones radioléctricas de aficionados

- Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de ordenación de las Telecomunicaciones

- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones

- Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones

- Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las

infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones

- Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre

(24)

- Decreto 1306/1974 de 2 de mayo, por el que se regula la instalación en inmuebles de sistemas de distribución de la señal por cable

- Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo y lOrden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se

desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones, aprobado por el Real Decreto 401/2003, de 4 de abril

- Ley 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha

- Decreto 82/2003, de 13-05-2003, por el que se regula la mimetización de instalaciones de

radiocomunicación

- Ley 10/2007, de 29 de Marzo, de Medios Audiovisuales de Castilla La Mancha.

Instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente

- Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos y por la que se deroga la Directiva 93/76/CEE del Consejo

- Decreto 1490/1975, de 12 de junio, por el que se determinan las medidas a adoptar en las edificaciones con objeto de reducir el consumo de energía

- Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la

Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 92/42/CEE, relativa a los requisitos de rendimiento para las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos, modificada por la Directiva 93/68/CEE del Consejo

- Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la instrucción técnica

complementaria MI-IP 03 «Instalaciones petrolíferas para uso propio»

- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

- Resolución de 19 de junio de 1984, por la que se establecen normas sobre ventilación y acceso a

Centros de transformación instalados en edificios destinados a otros usos

Instalaciones de saneamiento

- Orden de 15 de septiembre de 1986, por la que se aprueba el pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones

- Orden de 14 de mayo de 1986 por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones

técnicas de los aparatos sanitarios cerámicos para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos para su homologación por el Ministerio de Industria y Energía

Protección contra incendios

- Real Decreto 824/1982 de 26 de marzo, por el que se establecen los diámetros de las mangueras

contra incendios y sus racores de conexión

- Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas

- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de

Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia

- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

instalaciones de protección contra incendios

- Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad

contra incendios en los establecimientos industriales

- Orden de 24 de octubre de 1979, sobre Protección Anti-incendios en los Establecimientos

Sanitarios

- Orden de 25 de septiembre de 1979, por la que se dictan normas sobre medidas de prevención de

incendios en establecimientos turísticos

- Circular de 10 de abril de 1980, por la que se dictan normas aclaratorias de las Ordenes Ministeriales de 25 de septiembre de 1979 y 31 de marzo de 1980, sobre prevención de incendios en establecimientos turísticos

- Orden de 31 de mayo de 1982, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria

(25)

- Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo

Residuos

- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

- Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos

- Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de

la Ley 20/1986, básica de Residuos tóxicos y peligrosos

- Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de

sus residuos

- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición

- Resolución de 13 de enero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de enero de 2000, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Urbanos

- Decreto 70/1999, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos

de Castilla-La Mancha

- Decreto 158/2001 de 05-06-2001, por el que se aprueba el plan regional de residuos peligrosos

de Castilla-la Mancha

- Decreto 189/2005, de 13-12-2005, por el que se aprueba el Plan de Castilla-La Mancha de

Gestión de Residuos de Construcción y Demolición

- Decreto 32/2007, de 17-04-2007, por el que se aprueba el Plan de Gestión de los Lodos

producidos en las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales de Castilla-La Mancha

- Orden de 23 de febrero de 1996, sobre actuaciones encaminadas a la mejora de la gestión de los

residuos sólidos urbanos

- Orden de 05-03-2001, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se regula el contenido básico de los estudios de minimización de la producción de residuos peligrosos

Accesibilidad

- Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal

- Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad

- Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre

accesibilidad en los edificios, contemplando las necesidades de espacio que requieren las personas con movilidad reducida

- Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad

y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado

- Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de

accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones

- Ley 1/1994, de 24 de mayo, de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla-La Mancha

- Decreto 158/1997, de 2 de diciembre, del Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha

- Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de

condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

- RD 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad (CTE).

Alojamientos turísticos

- Real Decreto 2545/1982, de 27 de agosto, sobre creación de campamentos de turismo

(campings).

- Real Decreto 2877/1982, de 15 de octubre, de Ordenación de apartamentos turísticos y viviendas

turísticas vacacionales.

- Real Decreto 1634/1983, de 15 de junio, por el que se establecen las normas de clasificación de

Referencias

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