LIC. CARLOS ARCE MACíAS, Titular de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Presente. OFICIALíA MAYOR Oficio
NO.
5.- 296 Mexico, D. F., a 28 de junio d e 2002. ...~ . . ~ .~ ~ .. " . . . .~ "" "" ". ~ ." ~ .. ~ ~ . - . .. . -~-Eri-atericion al oficio número COFEME/02/179, signado por el licenciado Ricardo Salgado
Perrilliat, Coordinador General de Servicios, Agropecuario, Comercio e Industria de la
Comisión a su digno cargo, mediante el cual remite el dictamen preliminar respecto al anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SCT2/2001, Listados de las
sustancias y materiales peligrosos más usualmente transportados, y su correspondiente
Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR), para efectos de que se realicen las adecuaciones que procedan, anexo envío a usted las modificaciones correspondientes al
anteproyecto citado, así como la ampliación a la MIR respectiva, elaboradas por la unidad
administrativa.
~ . ".
Cabe señalar, que las modificaciones al documento de referencia, así como la ampliación a la MIR respectiva, indicó la unidad administrativa, fueron elaboradas en el seno del
Subcomité No. 1 Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos dependiente
o
del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en el cualparticiparon tal como lo establece la Ley Federal sobre Metrologia y Normalización,
representantes de los diversos sectores involucrados en el transporte terrestre de
materiales y residuos peligrosos.
Anexos: Los que se indican.
C.c.p.- Dr. Aarón Dychter Poltolarek, Subsecretario de Transporte. Presente.
C.c.p.- Lic. Ricardo Salgado Perrilliat, Coordinador General de Servicios, Agropecuario, Comercio e
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SCT/2001 "LISTADO DE LAS SUBSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS MAS USUALMENTE TRANSPORTADOS"
COMITES CONSULTIVOS NACIONALES DE NORMALIZACION DE TRANSPORTE: TERRESTRE; AEREO; MARITIMO Y PUERTOS
AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte y Presidente de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización de Transporte Terrestre y de Transporte Aéreo,
conjuntamente con FRANCISCO AVILA CAMBEROS, Coordinador General de Puertos y Marina
Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y
Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IV, VI, IX, XII, XIV, XVI, XVII, XVlll XXV y
XXVll de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 O, 38 fracción II, 40 fracciones V, XIII,
XVI y XVII; 41,43 y 47 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 5" fracción VI de la Ley
de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 7.0fracción.V,.y 6.3-de. la Ley de-.Navegación; -1 "..17-del
RegEm-Kto"paTa
-el
-Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 5" y 6" delReglamento de Operaciones de Aeronaves Civiles; 6" fracción Xlll del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demás ordenamientos que resulten aplicables, tienen
a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-002-SCT/2001 "Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos más
Usualmente Transportados".
~ ~ " .." ~. . ~ . ""
El presente proyecto de Norma Oficial Mexicana, se publica a efecto de que dentro de los siguientes
60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación,
los
interesados presenten suscomentarios ante
los
Comités Consultivos Nacionales de Normalización de Transporte: Terrestre;Aéreo; Marítimo y Puertos, en sus oficinas correspondientes, sita Calz. de las Bombas No. 41 1, 9'
piso, Col. Los Girasoles, Delegación Coyoacán, C.P. 04920, Tel. 56 84 O1 88, Fax. 56 84 12 75,
a
Providencia No. 807 3er. Piso, Col. del Valle, C.P. 03100, Delegación Benito Juárez Tel. 55 32 48 53,Fax 55 23 48 53 y Municipio Libre No. 377 6" piso, Col. Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez,
Tel. 6 04 46 09, Fax 6 05 83 21.
Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración de la
Manifestación de Impacto Regulatorio de acuerdo al artículo 45 de la Ley Federal Sobre Metrología y
Normalización, estarán a disposición del público en general, para su consulta en el domicilio de los
Comités respectivos.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los
---
días del mes de ... de___-_____
...
EL PRESIDENTE DE LOS COMITES CONSULTIVOS NACIONALES DE NORMALIZACION DE TRANSPORTE TERRESTRE Y TRANSPORTE AEREO
EL PRESIDENTE DEL COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE
NORMALIZACION DE TRANSPORTE MARITIMO Y PUERTOS
PROYECTO
. .. " . . . . . . . .~ .
~ . . .
PARA EL TRANSPORTE DE
MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SCT2/2002 "LISTADO DE LAS SUBSTANCIAS, MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS MAS USUALMENTE
P R E F A C I O
0
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DlRECClON GENERAL DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL
DlRECClON GENERAL DE TARIFAS TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL DlRECClON GENERAL DE MARINA MERCANTE
DlRECClON GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
". - "~ - -- - . - - ~ - - - -- - - - ~- - - -
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE
SECRETARIA DE GOBERNACION
DlRECClON GENERAL DE PROTECCION CIVIL
CENTRO NACIONAL DE PREVENCION DE DESASTRES
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
INSTlTUTO NACIONAL DE ECOLOGIA
DlRECClON GENERAL DE MANEJO DE CONTAMINANTES
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
DlRECClON GENERAL DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS DIRECCIóN GENERAL DE FABRICAS
SECRETARIA DE ENERGIA
COMlSlON NACIONAL DE SEGURIDAD NUCLEAR Y SALVAGUARDIAS DlRECClON GENERAL DE GAS
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
DlRECClON GENERAL QE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
DlRECClON GENERAL DE PROTECCION CIVIL
PEMEX-REFINACION
m
AUDlTORlA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCION AMBIENTAL Y AHORRO DE ENERGIAUNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION CAMARA NACIONAL DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA
ASOCIACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUIMICA, A.C.
ASOCIACION MEXICANA DE EMPRESAS DE PRUEBAS NO DESTRUCTIVAS, A.C.
". " ~~- ASOCIACION "~ _ _ " MEXICANA "" - DE u.IND_US.TRIA FlTOSANlTARlA . . . ~ ..~... ~~ ~ - . .- - - ~ - .
ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE PINTURAS Y TINTAS, A.C.
ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE PRODUCTOS AROMATICOS, A.C. NACIONAL DE CARROCERIAS
GRUPO INTERMEX, S.A. DE C.V. DUPONT DE MEXICO, S.A. DE C.V. INDUSTRIAS MONFEL
GRUPO INDUSTRIAL RESISTOL
I N D I C E l. OBJETIVO 2. CAMPO DE APLICACION 3. REFERENCIAS 4. " . .. DEFINICIONES.- ~ . . ~ .- . ~ . . . . ~ - - - - - - - ~ . . " . ~. . . - ~. . .
5. CLASlFlCAClON Y DESIGNACION DE LAS SUBSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS
6. TABLAS ANEXAS A LA NORMA
7. BlBLlOGRAFlA
3. CONCORDANCIA CON NORMAS Y LINEAMIENTOS INTERNACIONALES
O
9. VIGILANCIA 10. EVALUACION DE LA CONFORMIDAD 1 l. OBSERVANCIA 12. SANCIONES 13. VIGENCIA 14. TRANSITORIOSPROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SCT2/2002 LISTADO DE LAS SUBSTANCIAS, MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS
MAS USUALMENTE TRANSPORTADOS.
l. Objetivo
La presente Norma Oficial Mexicana tiene como objetivo identificar y clasificar las substancias y
materiales peligrosos más usualmente transportados, de acuerdo a su clase, división de riesgo, riesgo secundario, número asignado por la Organización de las Naciones Unidas, así como las disposiciones especiales a que deberá sujetarse el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos y el
método de envase. y-embalaje. . . ~ . .. - . . ~. " " . ~~
. . .. . . . . . .. " .. . .~ .
2. Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria, dentro de la esfera de sus
responsabilidades, para
los
expedidores, transportistas y destinatarios de las substancias, materiales yresiduos peligrosos, movilizados por las vías generales de comunicación terrestre, aérea y marítima.
3. Referencias
Para la correcta aplicación de esta Norma, es necesario consultar las siguientes Normas Oficiales
0
Mexicanas:NOM-O52-€COh/93 QUE ESTABLECE
LAS
CARACTERISTICAS DE LOS RESIDUOSPELIGROSOS, EL LISTADO DE LOS MISMOS Y LOS LIMITES QUE
HACEN A UN RESIDUO PELIGROSO POR SU TOXICIDAD AL AMBIENTE.
NOM-053-ECOU93
NOM-054-ECOU93
QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LLEVAR A CABO LA
PRUEBA DE EXTRACCION PARA DETERMINAR LOS
CONSTITUYENTES QUE HACEN A UN RESIDUO PELIGROSO POR SU TOXICIDAD AL AMBIENTE.
QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA
INCOMPATIBILIDAD ENTRE DOS O MAS RESIDUOS CONSIDERADOS
COMO PELIGROSOS POR LA NOM-CRP-001-ECOL.
4. DEFINICIONES
Substancia peligrosa.- Todo aquel elemento, compuesto, material o mezcla de ellos que independientemente de su estado físico, represente un riesgo potencial para la salud, el ambiente, la
seguridad de los usuarios y
la
propiedad de terceros; también se consideran bajo esta definición losagentes biológicos causantes de enfermedades.
Material peligroso.- Aquellas substancias peligrosas, sus remanentes, sus envases, embalajes y demás componentes que conformen la carga que será transportada por las unidades.
Residuo peligroso.- Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características
corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológico- infecciosas o irritantes,
@
representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.Expedidor.- Persona física o moral que a nombre propio o de un tercero, contrata el servicio de
transporte de materiales o residuos peligrosos.
Transportista.- Autotransportista, empresa ferroviaria, marítima y aérea.
Destinatario.- Persona física o moral receptora de materiales y residuos peligrosos.
Los términos y definiciones que no estén contenidos en este punto y que la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes o las Dependencias
correspondientes apliquen, se entenderán definidos en
los
términos que señalenla
leyes, reglamentos,en su caso las definiciones derivadas de-instrümenfos ~~€ernai;7oña~s~~~~ra€i~cados~~por"el~Go~ierno de
México.
- - - - . .. "_ ."". . ."
5. Clasificación y Designación de las Substancias y Materiales Peligrosos.
Para la identificación de las substancias, materiales y residuos peligrosos por su clase de riesgo o
división, número UN asignado por la Organización de las Naciones Unidas, riesgos secundarios
inherentes, así como las disposiciones especiales a las que debe sujetarse su transporte, el grupo y
método de envase y embalaje que deben utilizarse, se realizará conforme a lo que se establece en las
Tablas 1 y 2 de la presente Norma Oficial Mexicana.
En
el caso de que una substancia o material peligroso no esté expresamente considerado en las Tablasde esta Norma, el expedidor hará la clasificación retornando las designaciones enlistadas en esta misma
norma y de considerarlo conveniente, a través de laboratorio de pruebas. En su caso el mismo
procedimiento se deberá seguir a efecto de garantizar que una substancia o material con características
de incertidumbre en su peligrosidad, no satisface los requerimientos y los parámetros establecidos en la
normatividad aplicable, para ser considerado como tal durante su transportación. El resultado de
los
laboratorios de prueba, será la garantía ante
las
autoridades y entidades verificadoras de que unproducto no está sujeto a las regulaciones para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos.
5.1 Disposiciones Generales
5.1.1 Las Tablas 1 y 2 de la presente Norma Oficial Mexicana, no son exhaustivas, incluyen
únicamente las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados. Las Tablas se
ir5n completando con la finalidad de integrar hasta donde sea posible, todas las substancias y
materiales peligrosos que por su importancia comercial, se transportan con mayor frecuencia, lo cual
se realizará a través de una modificación a la Norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación,
cuando la situación así lo amerite.
5.1.2 La substancia o material que figure expresamente por su nombre en las Listas de Materiales
Peligrosos, se transportará de conformidad con las disposiciones establecidas para esa substancia o
material. Para efectuar el transporte de substancias, materiales o residuos peligrosos, que no están expresamente mencionados en las Listas de Materiales Peligrosos, puede utilizarse un rubro
0
"genérico" que contenga la indicación de "no especificados(as) en otra parte"(N.E.P.). La substancia ofísico-químicas intrínsecas de peligrosidad, después de lo cual se clasificará conforme a las
definiciones y los criterios de prueba de las clases de riesgo, utilizando, entre los nombres que figuran
en las Listas de esta Norma, el que más adecuadamente la describa. El propio expedidor procederá a
0
la clasificación de sus substancias y materiales peligrosos, o bien mediante el resultado de laboratoriode pruebas acreditado garantizará, que dichas substancias o materiales no satisfacen
los
parámetrospara ser considerado como tales. Una vez determinada la clase a que pertenece la substancia o
material peligroso, se deberá cumplir con todos los requisitos que para la expedición y el transporte
se establecen en la Reglamentación respectiva.
5.1.3 Se considerará primeramente la inclusión en la clase 1 explosivos, de toda substancia o
material que tengan características propias de los explosivos o respecto de
los
cuales se sospecheque tienen tales características, Algunos rubros colectivos pueden ser del tipo "genérico" o "no
especificados en otra parte", siempre que se garantice la seguridad en ambos casos, por exclusión de
las substancias o materiales extremadamente peligrosos en el transporte normal y cubrir todos los
riesgos ""- ~ . secundarios ~ . inherentes"a-aIgunas . -- -~ substanci_a_s..o mate.riales_ ... ..~. . .~ .- - . . ~. . ~ - . . . . " . . . " 5.1.4 Las Listas de Materiales Peligrosos, no incluyen materiales que son extremadamente
peligrosos y que su transporte está prohibido, o bien que sólo se permite su transportación en un
determinado modo de transporte, en cuyo caso se requiere de recomendaciones especiales emitidas
por la autoridad competente. Sin embargo el hecho de que una substancia o material no se precise
en las Listas de Materiales Peligrosos, las cuales incluyen a las substancias, materiales y residuos peligrosos más usualmente transportados, no debe ser considerada que su transportación puede
efectuarse sin restricciones, toda vez que la inestabilidad propia de ciertas substancias o materiales
puede entrañar diversos riesgos, por ejemplo de explosión, de polimerización con fuerte
desprendimiento de calor o liberación de gases tóxicos,
los
cuales en su mayoría pueden evitarsemediante la utilización de envases y embalajes apropiados o bien mediante procedimientos de
dilución, estabilización, adición de algún inhibidor, refrigeración u otras disposiciones especiales de
@
precaución. En estos casos se procederá de acuerdo al punto 5.1.2 de esta Norma.5.1.5 Cuando en las Listas de Materiales Peligrosos se prescriban disposiciones especiales de
precaución para una substancia o un material determinado (por ejemplo, que estén "estabilizados" o
"contengan un determinado porcentaje (%) de agua o de flemador"), esa substancia o material no se
podrá transportar, si no se han tomado tales medidas, a menos que el material aparezca indicado en
otra parte como una substancia o material (por ejemplo, en la clase I ) , sin ninguna indicación relativa
a disposiciones especiales o con la indicación de medidas diferentes.
5.2 Designación oficial de transporte
5.2.1 La designación oficial de transporte es la parte de la denominación que describe más exactamente a las substancias y materiales peligrosos, y que aparece en letras mayúsculas en la
Lista de Materiales Peligrosos en algunos casos con cifras, letras griegas o los prefijos "sed', "terc",
m, n, o, p, que forman parte integrante de la designación.
A
veces se precisa entre paréntesis otradesignación oficial de transporte a continuación de la designación principal, por ejemplo: ETANOL
(ALCOHOL €TILICO).
5.2.2 Las partes de una denominación que aparecen en letras minúsculas, no se consideran elementos de la designación oficial de transporte, salvo en el caso de las indicaciones "sec-", "terc-", Ilm-" Iln-ll Iro-" y ,lp-"
I 7
5.2.3 Si hay conjunciones como "y" u "o" en minúsculas o si algunos elementos del nombre están separados por comas, no es necesario indicar ese nombre íntegramente en el documento de
embarque o en las marcas de los envases y embalajes. Este es el caso, particularmente, cuando una combinación de varias denominaciones diferentes, figura con un solo número UN.
5.2.4 Los ejemplos siguientes muestran cómo debe elegirse la designación oficial de transporte en
tales casos:
a) No. UN 1057 ENCENDEDORES o RECARGAS DE ENCENDEDOR - Se considerará
designación oficial de transporte, la más apropiada de las dos designaciones siguientes:
ENCENDEDORES
RECARGAS DE ENCENDEDORES
b) No. UN 3207 COMPUESTO o SOLUCION o DISPERSION ORGANOMETALICO QUE
~- . . . . ". REACCIONA "~ ~~ CON EL AGUA INFLAMABLE,_.N.E.P*.- .Como~~designación--oficial- de---
transporte, puede utilizarse la mejor de las combinaciones siguientes: COMPUESTO ORGANOMETALICO QUE REACCIONA CON EL AGUA, INFLAMABLE, N.E.P.
SOLUCION ORGANOMETALICA QUE REACCIONA CON EL AGUA, INFLAMABLE, N.E.P.
DISPERSION ORGANOMETALICA QUE REACCIONA CON EL AGUA, INFLAMABLE,
N.E.P.
Completando cada una de las denominaciones genéricas (N.E.P.), se añadirá a la designación oficial de transporte el nombre técnico del material, las denominaciones genéricas respecto de las cuales se
considera necesario agregar ese dato, tienen asignada en la columna 6 de la tabla 2 de la presente
0
Norma la disposición especial 274,. salvo que una ley nacional o un convenio internacional prohibandivulgarlo cuando se trate de una substancia sujeta a un régimen de distribución.
5.2.5 En la documentación y en las marcas de los envases y embalajes, cuando se utilice una
denominación genérica "N.E.P.". El nombre técnico figurará entre paréntesis inmediatamente después
de la designación oficial de transporte, será un nombre químico admitido u otro nombre que sea de
uso corriente en manuales, publicaciones periódicas y textos científicos o técnicos. No se debe utilizar
para este fin nombres comerciales. En el caso de los plaguicidas sólo podrán utilizarse el nombre
común aprobado por la Organización Internacional de Normalización (ISO) u otros de los nombres
incluidos en la Clasificación Recomendada de Plaguicidas por Peligro y Guías para su Clasificación
(Recommended Classificatión of Pesticides by Hazard and Guidelines to Classification) de la
Organización Mundial de Comercio (OMS), o en
el
Catalogo Único de Plaguicidas de la ComisiónIntersecretarial para el Control y Uso de Plaguicidas Fertilizantes y Substancias Tóxicas
(CICOPLAFEST), o bien el o los nombres de las substacias activas.
5.2.6 Cuando una mezcla de materiales peligrosos se describa con una de las "denominaciones
genéricas" o "N.E.P." a las que se ha asignado la disposición especial 274 en las Listas de Materiales
Peligrosos,
sólo
se necesitará indicar los dos componentes que más contribuyan a crear el riesgo olos riesgos de la mezcla, disposición que no se aplica a las substancias controladas si una ley
nacional o un convenio internacional prohiben divulgarlos. Si un bulto que contiene una mezcla lleva
una etiqueta de riesgo secundario, uno de los dos nombres técnicos que figuren entre paréntesis será
el del componente que obliga a utilizar la etiqueta de riesgo secundario.
Los ejemplos siguientes muestran cómo se debe elegir la designación oficial de transporte, junto con
UN 2003 ALQUILOS DE METALES, N.E.P. (trimetilgalio).
UN 2902 PLAGUICIDA LíQUIDO, TOXICO, N.E.P. (drazoxolón).
5.2.7 La designación oficial de transporte puede utilizarse en singular o en plural, según sea el caso.
@
Por otra parte, si forman parte de ella términos que delimitan su sentido, el orden de éstos en ladocumentación o en las marcas de los bultos es facultativo, por ejemplo: "Fenilmercúricos,
compuestos" puede figurar también como "Compuestos fenilmercúricos".
5.2.8 Para los materiales de la clase 1 se pueden utilizar los nombres comerciales o militares que contengan la designación oficial de transporte, complementada con un texto descriptivo.
5.2.9 A menos que ya figure en las Listas de Materiales Peligrosos en mayúsculas con su nombre
expreso y, a causa del distinto estado físico de sus diversos isómeros, pueda ser un líquido o un
sólido (por ejemplo: DINITROTOLUENOS LIQUIDOS; DINITROTOLUENOS SOLIDOS), se
agregarán a las designaciones oficiales de transporte los calificativos "LIQUIDO" o "SOLIDO" según
estado fundido, (por ejemplo: ALQUILFENOL SOLIDO, N.E.P., FUNDIDO).
"~ sea el ~~ caso o "FUNDIDO" ~.~ 7- cuando una - - - substancia . .que..essólidase..presenta-~parael~-transpo~e--en-- ~ -
5.3 Mezclas y soluciones que contienen una substancia peligrosa
5.3.1 Toda mezcla o solución que contenga una substancia peligrosa expresamente mencionada en
las Listas de Materiales Peligrosos y una o varias substancias no incluidas en las mismas, deberá ser
tratada conforme a
los
requerimientos establecidos para las substancias o materiales peligrosos,indicándose que envase y embalaje es apropiado al estado físico de la mezcla o de la solución, a
menos que:
e
a) La mezcla o solución esté expresamente listada en la presente Norma;b) En el rubro consignado en la presente Norma que específicamente indique de manera
explícita que la denominación se refiere únicamente a la substancia o material puro;
c) La clase de riesgo, el estado físico o el grupo de envase y embalaje de la solución o de
la mezcla son distintos de los de la substancia o material peligroso;
d) Exista un cambio significativo en las medidas que hayan de adoptarse en situaciones
de emergencia.
5.3.2 Para las soluciones y mezclas que se clasifiquen con arreglo a las disposiciones relativas a la substancia peligrosa, se añadirá a la designación oficial de transporte, según sea el caso, la palabra
"SOLUCION" o la palabra "MEZCLA", por ejemplo: "ACETONA EN SOLUCION". Asimismo debe
indicarse la concentración de la solución o mezcla, por ejemplo, "ACETONA, SOLUCION AL 75%".
5.3.3 Las mezclas o soluciones que contengan una o varias substancias expresamente
mencionadas en las Listas de Materiales Peligrosos o clasificada en un rubro N.E.P. y una o varias
substancias no sujetas a las Reglamehtaciones para el transporte de materiales peligrosos, estará
exenta de la aplicación de esta última si las caracteristicas del riesgo de la mezcla o solución son
tales que no satisfacen
los
criterios de ninguna clase o división (incluidos los criterios de experienciahumana).
O
5.4 Preponderancia de las características de los riesgos
a) La Tabla 5 puede utilizarse como una guía para determinar la clase en que se debe incluir
cuando éstas no aparezcan nombradas en el listado de substancias y materiales
peligrosos de la Tabla 2.
Para las substancias o materiales que tengan riesgos múltiples y que no están listados
específicamente por su designación oficial para el transporte, en la Tabla 2, el más
riguroso grupo de envase o embalaje indicado para el riesgo respectivo de las
substancias o materiales, tendrá prioridad sobre los otros grupos de envase o embalaje.
La prioridad de las características de riesgo de los siguientes materiales o substancias no
se han tomado en cuenta dentro de la Tabla 5 de la preponderancia de riesgos, ya que
sus características primarias siempre tendrán prioridad.
Substancias y objetos de la Clase 1
Gases de la Clase 2
Substancias de reacción espontánea y afines, y explosivos insensibilizados de la División
4.1
Substancias pirofóricas de la División 4.2
Substancias de la División 5.2
Substancias de la División 6.1 toxicidad por inhalación con un grupo de envase y
embalaje I ,
2
Substancias de la División 6.2
Materiales de la Clase 7
~~ .~. " . .. . . . . . .. - .. - - - ~ .. "~ - "" - . .~
""~ .. - ~ . - - - - -~ -- -~
* Excepto para las substancias o mezclas que cumplan con
los
criterios de la Clase 8 teniendo unatoxicidad por inhalación de polvos o vapores (CLs0 "concentración letal 50"), en el rango del grupo I de
envase y embalaje, pero para la toxicidad a través de ingestión oral o contacto con la piel únicamente en
el rango del grupo I l l , de envase y embalaje o menor, el cual debe ser asignado a la Clase 8.
(I)
5.4.d En todos los documentos de embarque, deberá indicarse siempre, la denominación másespecífica aplicable a la substancia o material peligroso.
6.- Tablas Anexas a la Norma
Tabla I: Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportados, por orden alfabético.
Tabla 2: Listado de Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportados, por orden numérico.
Tabla 3: Disposiciones Especiales Relativas a Substancias y Materiales Determinados.
Tabla 4: Listado de Designaciones Oficiales de Transporte Genéricas o Correspondientes a
Grupos de Substancias y Materiales no Especificados en Otra Parte.
Tabla 5: Orden de Preponderancia de las Características de Riesgo (Clase de Riesgo y Grupo de
Envase y Embalaje).
Tabla 6: Lista de Substancias de Reacción Espontánea Catalogadas hasta el Momento.
Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportados, por orden alfabético,
y se interpreta como sigue:
a) Esta Tabla no es un índice general de disposiciones, es una lista en orden alfabético de
las substancias y materiales que están listados en orden numérico en la Tabla 2 y está
conformada por tres columnas que indican lo siguiente:
Primera Columna, detalla el nombre de la substancia o material.
Segunda Columna, indica la clase y división de riesgo a la que pertenece la substancia o material.
Tercera Columna, precisa el número que le ha asignado la Organización de las
Naciones Unidas, a la substancia o material.
-~~ _" ,. " .. " - - --- - . -~ --. -- ~ - - "~ ~
. ~ .~ . " . ~- ~ . . - ~.
Para establecer el orden alfabético no se tomaron en cuenta. aún cuando forman Parte de la
designación oficial de transporte, los elementos siguientes: números; nombres de las letras
griegas, abreviaturas "sec" y "terc", y las letras "N" (nitrógeno); "n" (normal), "o1' (orto), ''m'' (meta), "p" (para) y N.E.P. (no especificado en otra parte).
El nombre de una substancia o material en letras mayúsculas constituye una designación oficial
de transporte.
El
nombre de una substancia o material en letras mayúsculas seguido de la expresión "véase",constituye una designación oficial de transporte optativa o bien es parte de una designación
oficial de transporte.
Una denominación en letras minúsculas seguida de la expresión "véase", no es una designación
oficial de transporte, sino un sinónimo.
6.2
En una denominación que contenga una parte expresada en letras mayúsculas y otra en minúsculas, se entenderá que esta última no forma parte de la designación oficial de transporte.
La
designación oficial de la substancia o material puede ser usada en singular o plural, como seamás apropiado para los propósitos de documentación del embarque y el marcado del envase o
embalaje.
Indicaciones Generales de Consulta de la Tabla 2
La Tabla 2 Listado de Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportados, por orden
numérico, está dividida en 11 columnas que indican
lo
siguiente:Columna I: "No. UN": contiene el número de serie asignado a la substancia o material en el sistema de las Naciones Unidas.
Columna 2:
letras mayúsculas, a veces seguida de un texto descriptivo que figura en "Nombre y descripción": se indica la designación oficial de transporte, en
minúsculas. Las designaciones oficiales de transporte pueden darse en
substancias orgánicas pueden estar incluidos, según sea el caso, bajo la
plural cuando existen isómeros de la misma clasificación. Los hidratos de
designación oficial de transporte de la substancia anhidra.
Columna 3: Columna 4: Columna 5: Columna 6: Columna 7: ~~ Columna 8:
"Clase o división": precisa la clase o división y, en el caso de la clase 1,
el
grupo de compatibilidad asignado al material o substancia conforme al
sistema de clasificación descrito en el apartado 5.
"Riesgo secundario": esta columna contiene el número de clase o de división
de los riesgos secundarios importantes que se hayan determinado, aplicando
el sistema de clasificación descrito en
el
apartado 5."Grupo de envase/embalaje de las NU": detalla el número del grupo de
envase y embalaje de las Naciones Unidas (I, I I o I l l ) asignado al material o
substancia. Si se indica más de un grupo para el rubro de que se trate, el
grupo de envase y embalaje de la substancia o del preparado que haya de
transportarse, se determinará en función de sus propiedades, aplicando lo:
criterios de-clasificación-establecidos-en-el -apartado-5. - - - ~ - - -
"Disposiciones especiales": en ella figura un número que remite a la$
disposiciones especiales de la tabla 3, aplicables al material o a Is
substancia. Las disposiciones especiales se aplican a todos los grupos de
envase y embalaje autorizados para una substancia o un materia
determinado, salvo que el texto indique claramente otra cosa.
"Cantidades limitadas": se indica en esta columna la cantidad máxima pol
envase y embalaje interior autorizada para el transporte de la substancia c
material de que se trate, conforme a las disposiciones de la Norma Oficia
Mexicana NOM-O1 1-SCT2, relativa a las cantidades limitadas. La palabra
"Ninguna" en esta columna significa que no está permitido el transporte del
material o substancia al amparo de cantidades limitadas.
"Instrucciones de envaselembalaje 'I: Esta columna contiene códigos
alfanuméricos que hacen referencia a las correspondientes instrucciones de envase y embalaje. Las instrucciones en cuestión describen el método de
envase y embalaje requerido, incluidos los recipientes intermedios a granel (
RIG) y
los
grandes envases y embalajes que pueden utilizarse para eltransporte de substancias y materiales peligrosos.
Un código que incluya la letra "Pl' hace referencia a las instrucciones de
envase y embalaje aplicables a los envases y /embalajes descritos en la
Norma respectiva a peróxidos orgánicos.
Un código que incluya
las
letras "IBC" hace referencias a las instrucciones deenvase y /embalaje aplicables a
la
utilización de RIG.Un código que incluya las letras "LP" hace referencias a las instrucciones de
envase y embalaje para el uso de grandes envases y embalajes.
Cuando no se señale un código especifico, se considerar5 que la substancia
o material no está autorizada para el tipo de envase y
embalaje que podrían utilizarse en el marco de las instrucciones de embalaje y envasado que llevan ese código
Si en la columna figuran las letras N/R, quiere decir que no es necesario
Columna 9:
=alumna 10:
:alumna 1 I :
"Disposiciones especiales de envase/embalaje": esta columna contiene claves alfanuméricas que remiten a las correspondientes disposicione: especiales de envase y embalaje de la Norma respectiva. En la5 instrucciones especiales de envase y embalaje se indican las disposiciones
especiales de envase y embalaje (incluidos
los
RIG y los bultosvoluminosos).
Una disposición especial de envase y embalaje que incluya las letras "PP'
indicará que hay una disposición especial aplicable al uso de las
instrucciones de envase y embalaje que llevan el código E en la Norma
respectiva.
Una disposición especial de envase y embalaje que lleve la letra "B", se
l ~ s .
refiere i.nstru~cc.ione~s~ a una disposición de"e~n.va~s.e especial .y .embal~a,..e"qu~e.neva~n~e.l. de envase y embalaje og-odc-i-. aplicable RIGenlaNN-o~m-a al uso de
respectiva.
Una disposición especial que incluya la letra "L", hace referencia a las
disposiciones especiales de envase y embalaje aplicables a las instrucciones
de envase y embalaje que llevan el código "LP" en la Norma respectiva
'Instrucción para cisternas portátiles": en esta columna figura un número
precedido de la letra "C" que remite a la instrucción correspondiente de la
Norma respectiva, que prescribe el tipo o los tipos de cisterna exigidos para
31 transporte de la substancia o material en cisternas portátiles.
'Disposiciones especiales para las cisternas portátiles": se indica en esta
:alumna un número precedido de las letras
"CP",
que remite a lasjisposiciones especiales que se aplican al transporte de la substancia o
naterial en cisternas Dortátiles
6.2.1 Abreviaturas y símbolos
En la Lista de Materiales Peligrosos se utilizan las siguientes abreviaturas o símbolos con los
significados que a continuación se indican:
Abreviatura Columna Significado
N.E.P. 2 No especificado(a) en otra parte.
t
2 Rubro respecto del que es posible consultar una explicación másdetallada para su aplicación.
6.3 Indicaciones Generales de Consulta de la Tabla 3
a) Las disposiciones especiales relativas a las substancias o materiales determinados, se
indican en la Tabla 3, estas disposiciones se identifican por números arábigos y no
necesariamente se encuentran en orden numérico.
O
6.4 Indicaciones Generales de Consulta de la Tabla 4
Listado de Designaciones Oficiales de Transporte, Genéricas o Correspondientes a Grupos de
Substancias y Materiales no Especificados en Otra Parte.
a) Las substancias o materiales que no figuren con su nombre expreso en las disposiciones
de la Tabla 2, deberán ser clasificados conforme a lo indicado en el apartado 5 de esta
Norma, determinando como designación oficial de transporte la denominación que, de
entre las que se enumeran en dicho listado, mejor caracterice a la substancia o material
de que se trate, así pues, los nombres de la Tabla 2 que describen la substancia o
material; deben-ser--usados-como-et -nombre de -ernbarque -de ta substartcia o- material . . ."
peligroso en cuestión.
b) La lista además de
los
rubros genéricos principales dados en la Tabla 2 contempla todaslas denominaciones correspondientes a grupos de substancias "no especificado en otra parte".
6.4.1 En esta lista
los
nombres genéricos o N.E.P. están agrupados de acuerdo a su clase o división deriesgo y dentro de cada clase de riesgo o división, los nombres han sido colocados dentro de tres grupos
como sigue:
O
determinadas características químicas Denominaciones específicas, que cubren un grupo de substancias o técnicas. o materiales de-
Denominaciones para plaguicidas de la Clase 3 y División 6.1, y-
Denominaciones generales, correspondientes a grupos de substancias o materiales quetienen una o más propiedades peligrosas en general.
6.5 Indicaciones Generales de Consulta de la Tabla 5
La tabla 5, Orden de Preponderancia de las Características de Riesgo, se puede utilizar para determinar
la clase en que se debe incluir una substancia o material, una mezcla o una solución que presente más
de un riesgo, cuando tal substancia o material, mezcla o solución no esta enumerada en las Tablas 1 y 2
de esta Norma.
6.6 Indicaciones Generales de Consulta de la Tabla 6
En esta Tabla se ha determinado la clasificación por referencia a
las
substancias técnicamente puras,salvo en
los
casos en que se indica una concentracibn inferior al 100% o cuando la concentración seaotra, podrán ser clasificadas las substancias en forma diferente.
7. Bibliografía
a
8.
O
9.
b) Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas Modelo de
Regulaciones emitidas por la Organización de las Naciones Unidas, Undécima Edición, Nueva York y Ginebra, 1999;
c) Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG); Enmienda 29-96, Parte 2
de Clasificación y Lista de Mercancías Peligrosas del DOC. 9284-AN/905 de las
Instrucciones Técnicas para Transporte sin Riesgo de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea OACI.
Concordancia con Normas y Lineamientos Internacionales.
Esta Norma Oficial Mexicana es equivalente con:
a) - - ~ -Las- Recomendaciones- relativas -- at- Transporte de---Merancías --Peligrosas,- Modelo---de-
Regulaciones, emitidas por la Organización de las Naciones Unidas, Undécima Edición,
Capítulo 3.1; capítulo 3.2, pag.150 a la 265 en orden numérico; capítulo 3.3 1999;
(Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, Reglamentación Modelo, Undécima Edición Revisada, Naciones Unidas, Nueva York y Ginebra, 1999).
b) Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), Enmienda 29-96;
c) Anexo 18 al Convenio de Chicago sobre Aviación Civil Internacional DOC. 9284-AN/905 de
las Instrucciones Técnicas para Transporte sin Riesgo de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea OACI (1 997-1 998).
Vigilancia
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de las Direcciones Generales con
injerencia, es la Autoridad competente para vigilar el cumplimiento de la presente Norma Oficial
Mexicana.
I O . Evaluación de la Conformidad
La Evaluación de la Conformidad será mediante los siguientes lineamientos:
Transporte terrestre:
La evaluación de la conformidad es competencia de la Dirección general de Autotransporte Federal y de
la Dirección General de Transporte Terrestre y Marítimo, así también podrá ser realizada por Unidades
de Verificación debidamente acreditadas y aprobadas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización y en observancia a la Convocatoria que se emita.
Esta Norma es una referencia para designar oficialmente las substancias, materiales y residuos
peligrosos, y en base a esta clasificación observar las medidas de seguridad a través de las Normas Oficiales Mexicanas.
Para el transporte por vía aérea, la Evaluación de la Conformidad se realizará en las verificaciones que
se efectúen a los concesionarios, permisionarios u operadores aéreos, a las aeronaves pertenecientes o
en posesión de los mismos y/o cualquier otra verificación realizada por la autoridad aeronáutica, a través
0
de su personal verificador y/o las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas. Lo cual consistiráen comprobar que se cumple con lo establecido en la presente Norma aplicable al transporte aéreo y en
el
Documento 9284-AN-905 denominado "Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgo deMercancías Peligrosas por Vía Aérea" en su última edición, emitido por la Organización de Aviación Civil Internacional.
Transporte marítimo:
La evaluación de la conformidad la realizará la Secretaria de Comunicaciones y Transportes por
conducto de la Dirección General de Marina Mercante, de acuerdo con los convenios, códigos, acuerdos
etc., y demás documentos Internacionales signados por nuestro País y de observancia obligatoria en México.
También podrá ser realizada por unidades de verificación acreditadas y aprobadas en
los
términos de laLey federal Sobre Metrología y Normalización.
- - ~ . " . ~ " . " ~. .~ . . ~ . . ~.. . ~" ." ~ " ~ ~. . . . ". -~ - ". ". .~ - ." ". ~ ~~ ~ ,
1 l. Observancia
Esta Norma es de observancia obligatoria en las Vías Generales de Comunicación para el Transporte de
Materiales y Residuos Peligrosos, con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Aviación Civil y su
Reglamento; Ley de Navegación y su Reglamento; Ley de Puertos y su Reglamento y en el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos y demás documentos internacionales
signados por nuestro país para el transporte terrestre, aéreo y marítimo
12. Sanciones
El incumplimiento de lo establecido en esta Norma Oficial Mexicana será sancionado por esta
Secretaría, conforme a
lo
establecido en el la Ley de Aviación Civil y su Reglamento; Ley de Navegacióny su Reglamento; Ley de Puertos y su Reglamento; Reglamento para el Transporte Terrestre de
Materiales y Residuos Peligrosos y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables, sin
perjuicio de las que impongan otras Dependencias del Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus
atribuciones o de l a responsabilidad civil o penal que resulte
13. Vigencia
La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 60 días siguientes de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
14. Transitorios
PRIMERO.
La presente Norma Oficial Mexicana, sustituye a la NOM-002-SCT211994 "Listado de lassubstancias y materiales peligrosos más usualmente transportados", publicada en
el
Diario Oficial de laFederación de fecha 30 de octubre de 1995.
SEGUNDO. Las columnas de la 8 a la 11 de la tabla 2 de esta Norma son ilustrativas, en tanto sean
publicadas y actualizadas las Normas Oficiales Mexicanas respectivas. Pueden ser asimismo válidas para el comercio internacional.
Datos Generales
del
AnteproyectoNombre . .del archivo . . . electrónico ... con el texto ... del ... anteproyecto - .
norrnados
~. - ..
Título del anteproyecto.
PROY-NOM-O02-SCT2/2002 Listado de las Substancias, Materialesy Residuos Peligrosos mas'
Usualmente Transpo.rtados_ . . . . ... ~ ... - ... - ... " - 8 "~
. . . .
Dependencia u organismo SCT Organismo Descentralizado
descentralizado que somete el
anteproyecto: . . . . . . . . .
Responsable oficial de la mejora regulatoria
Nombre
. . .
Apellido Paterno " Apellido materno Cargo
María de la . . . Luz . . Ruiz . . Mariscal Oficial Mayor . . .
Resumen del anteproyecto (Limítese a 3,700 caracteres)
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, es una actualizacion de la Norma Oficial
Mexicana NOM-002-SCT2/1994 Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos más
Usualmente Transportados, la cual establece la identificación de las substancias y materiales
peligrosos mas usualmente transportados en el comercio internacional, de acuerdo a la capacidad intrínseca de peligrosidad de las substancias y materiales peligrosos, considerando para tal efecto
. . .. . . .. . ..".. . . . .
"
sus características físico químicas, estableciendo su clase de riesgo y riesgo secundario, así como
su grupo y métodos de envase y embalaje y disposiciones especiales requeridas para su
substancias y materiales peligrosos, la cual consiste de un número de cuatro dígitos otorgado por la Organización de las Naciones Unidas y el nombre que más apropiadamente describe a la
substancia o material peligroso. Así mismo establece el procedimiento para la autorización del
transporte de substancias y materiales peligrosos que no se encuentren expresamente listados en
el cuerpo de la Norma, utilizando para el efecto rubros genéricos o no especificados de otro
modo, toda vez que la lista es indicativa y no restrictiva y no incorpora el total del universo de las substancias y materiales peligrosos existentes en el mundo.
Así tambien se incluye en el campo de aplicación del proyecto las modas de transporte maritimo
y aéreo a efecto de establecer una clasificación e identificación de las substancias, materiales y residuos peligrosos uniforme, acorde con las disposiciones que imperan en este sentido en el
comercio internacional , lo cual permitira disminuir tiempos por documentación al no tener que
, . transportación 2"-de "a" iwal forma se establece la ~ desionación .". oficial ~ P ara el trans
P""..
orte de.as
I -cumplir con diferentes dependencias, asi mismo se dara fluidez a las mercancias en las puertas de entrada en cuanto a las exportaciones estas seran acondicionadas de acuerdo a los requerimientos internacionales, acciones que se reflejan en la reducción de costos y en consecuencia de beneficio para el consumidor final.
Sección A: Objetivos Regulatorios y Análisis
Jurídico
1.
Describa los
objetivosregulatorios
generalesdel anteproyecto.
(Limítese a1,500 caracteres) . .. , .. . . . . . . . . . . . .~ . ... . ... - , . , . . .
Armonizar en el contexto nacional e internacional, en cumplimiento al compromiso adquirido por nuestro país dentro del marco del tratado de libre comercio para America del Norte, el cual precisa en su articulo 913-5 inciso c) que para la normalización del transporte se tomará como
fundamento las Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para el transporte
de substancias peligrosas, por tal motivo se establece la identificación y clasificación para las
substancias-meterides-y residuos. peligroso a efecto. de su. transportacion, d e . confopidad. con
los lineamientos internacionales. emitidas por la ONU.
. ." .
Que todas las substancias y materiales peligrosos que son transportados por las vías generales de comunicación, se encuentren debidamente clasificadas e identificadas, a efecto de facilitar el comercio de tales productos, independientemente del modo de transporte utilizado ya sea dentro
o fuera del país, adoptando las medidas de seguridad requeridas y acordes a la clase de riesgo de
las substancias, materiales y residuos peligrosos, a fin de prevenir posibles daños a la población,
a sus propiedades o al entorno ecológico, derivado de un accidente con este tipo de productos.
2. Describa la problemática o situación que da origen al anteproyecto y presente la información estadística sobre la existencia de dicha problemática o situación. En caso de regulaciones de salud, trabajo, medio ambiente o protección a los consumidores presente la informacibn estadística sobre los riesgos a atenuar o
eliminar con el anteproyecto. (Limítese a 5,000 caracteres)
~
1
DE IGUAL FORMA AL NO TENER LA CLASIFICACIóN E IDENTIFICACIÓN CORRECTA DE1
1
I LAS SUBSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS, INFIERE UN INCUMPLIMIENTO
1
SUSTANCIAL AL REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y~ RESIDUOS PELIGROSOS, ASí COMO A LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGíCO Y
.I
.~ROIT€CCIÓN AL.AMIBIENT&,. DADO.-QUE.LAS..UNlDADES.DCTRAMSPORTE~RANSlTAN - -~ SIN EL PERMISO Y DOCUMENTACIóN CORRESPONDIENTE. ASí TAMBIÉN CON LA
I ACTUALIZACIóN DE ESTE PROYECTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-
1
SCT2/I 994 LISTADO DE LAS SUBSTANCIAS Y MATERIALES PELIGROSOS MASi
USUALMENTE TRANSPORTADOS, PUBLICADA EL 30 DE OCTUBRE DE 1995, SE DAI
CUMPLIMIENTO A LO ESTANBLECIDO EN LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGíA YI NORMALIZACI~N, EN LO RELATIVO A LA REVISIóN QUINQUENAL DE LAS NORMAS
~ OFICIALES MEXICANAS, TODA VEZ QUE ES NECESARIO QUE LOS PRECEPTOS
I
~ ESTABLECIDOS EN LA MISMA SIGAN VIGENTES EN
su
APLICACI~N.'
Actualmente se cuenta con flota vehicular de 45.000 unidades autorizadas para elI
transporte de subsubstancias y materiales peligrosos, según estadísticas del año 1997, se ~ reportaron 685 accidentes en los cuales el saldo fue de 20 personas lesionadasy
I perdidas materiales por $31,157,765.00 pesos, manteniendose esta estadística en los
1
siguientes aÍios.i
2-bis. Es optativo someter un análisis de riesgo completo sobre la problemática que motiva el anteproyecto. En caso de presentarlo, anexe el texto de dicho análisis en versión electrónica.
Nombre . . . del " ... archivo electrónico ." con el texto del análisis de riesgo Teclee aquí el . . . nombre . .
. . .
. . .
3. Análisis Juridico.
Tipo de ordenamiento jurídico Norma Oficial Mexican:
. propuesto: . . . ". - . . ~ . . ~ . ",
4. ¿ Q u i otras alternativas al anteproyecto se consideraron durante su
elaboración? ¿Se consideraron otras alternativas de política pública que pudieran lograr los objetivos del anteproyecto sin crear nuevas obligaciones para los particulares, tales como un programa basado en incentivos, un programa de información a consumidores o a empresas, una norma mexicana, o
simplemente un programa para mejorar el cumplimiento de regulaciones existentes? ¿Por qué se desecharon dichas alternativas? (Limítese a 3,000
caracteres)
'No se consideró otro instrumento para establecer la obligatoriedad de que todas las substancias,
- - materiales y residuos peliorosos a P""S eliqosos ? " - fuesen clasificados e identificados -~ durante su
transportación, toda vez que la propia Ley Federal sobre Metrologia y Normalizaci6c'p7ecisa-Ta
facultad de las Dependencias en emitir a través de Norma Oficial Mexicana, lo relativo al
manejo y transporte de los materiales y residuos peligrosos, dado que la protección de los
trabajadores contra los efectos nocivos de las substancias y materiales peligrosos, contribuye
también a la protección del público en general y del medio ambiente, así mismo es necesario y un derecho de los trabajadores acceder a la información disponible sobre estos productos,
considerando que es escencial prevenir las enfermedades y accidentes causados por las
substancias y materiales peligrosos, garantizando que todos los productos sean evaluados y
clasificados con el fin de determinar el peligro que representan. En tal virtud, emitir algin otro
tipo de instrumento resultaria insuficiente para regular la clasificación e identificación de las
substancias durante su transportación.
Independientemente de lo anterior la clasificación de las substancias, materiales y residuos peligrosos por si misma no representa un gasto para los particulares, dado que gran parte de los
productos que se transportan en nuestro país, fueron generados en otros paises y son utilizados
como materia prima por parte del sector productivo nacional, en tal sentido la gran mayoria de
los substancias y materiales peligrosos objeto de comercio, cuentan con una clasificación e
identificación, resultado de los estudios correspondientes realizados en los paises en los que
fueron generados, y posteriormente indentificados con un número otorgado por la Organización
de las Naciones Unidas, por conducto del Comité de Expertos de Transporte de Mercancias Peligrosas, e integrados al documento conocido como Libro Naranja Regulación Modelo para el Transporte de Mercancias Peligrosas, base bibliográfica del presente Proyecto de Norma
. . . .. ... ... ." . . . , . . .. . ... . .. ... . .
. ." . .. - . .. .. - ~~.
5. Enumere los ordenamientos legales (tornar en cuenta acuerdos o tratados internacionales) que dan fundamento jurídico al anteproyecto.
. . .
. . .
Ordenamiento Artículos y fracciones . . . .
Tratado de Libre.Comercio para América del Norte Anexo.913.5 A 1 Inciso C
(D.O.F. 1-0 1-95)
. . . . . . . . . ...
" Conven-io . I 70sobre la- Seguridaden l a tJtilizac~ión dedo-s- 6--(D;O.P.4--12-92)
... Productos Químicos en el Trabajo
Ley Federal sobre Metrologia y Normalización 111 y XV, 41 43 y 48 (D.O.F. 20-
I",
38
Fracción II,40 Fracciones I,05-96, con adiciones y reformas 24-
12-96 y 20-05-97)
... . . . ...
Ley Federal de Caminos, Puentes y Autotransporte 5" Fracción VI (D.O.F. 22-12-93) """'
Federal
Ley General sobe el equilibrio Ecologíco y la Protección 150 (D.O.F. 28-01-1998,.con
... . . .
al Ámbiente
Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y 17 ( D.0.F.7-04-97)
Residuos Peligrosos . . . .
Reg'lamento de la Ley Federal 'sobre.Metro'logía y 28 (D.0.F.7-04-99)
" . . . adiciones y reformas 13-1 2-96) . . . . . . . . . - Normalización. . . . . . . . .
5-bis. Si su lista excede siete ordenarnientos, reproduzca el formato de la tabla anterior en un archivo electrónico . . y anexe ahí . . . . los ordenarnientos . . . adicionales. . . .
. . . Teclee el m"lbre del archivo . . . . . .
6. Si existen disposiciones jurídicas vigentes directamente aplicables a la problemática materia del anteproyecto, enumérelas y explique por qué son insuficientes para atender la problemática identificada.
Ordenamiento . . . . .
Norma Oficial Mexicana NOM-002-
. . . SCT2/1994 Listado de las Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportados.
. . . . . - .. . . .
... Razones . . .
La N o m a Oficial Mexicana por si misma. resulta satisfactoria en su aplicación, sin embargo es necesario de acuerdo a la Ley
Federal Sobre Metrologia y Normalización,
Publidada en el Diario Oficial de la Federación efectuar cada 5 años la revisión de las
el 30 de octubre de 1995.
"
. . . .. - ... . . . mismas,
" " -asi b-a-s-e. b-ii6Tio.,ora-ca de. ,.a
Norma ha sido actualizada incorporandose algunas especificaciones que resultan de beneficio para los sujetos a este
ordenamiento, lo que hace necesaria su
revisión y en consecuencia su actualización.
Así también es necesario unificar los
requerimientos en los diversos modos de transporte a efecto de facilitar la movilización de las substancias materiales y residuos peligrosos.
6-bis. Si su lista excede siete ordenamientos, reproduzca el formato de la tabla anterior en . . . un archivo . . . electrónico y anexe . . . ahí los ordenamientos . . . adicionales. ... . . . .
7. Enumere, en s u caso, las disposiciones jurídicas en vigor que el anteproyecto
modifica, abroga o deroga.
!
t"... Ordenamiento .... ...
1
Artículos y fracciones I~ Norma Oficial Mexicana NOM-002-
'
Modifica, aunque no sustancialmente los apartados. 6.11
SCT2I1994 Listado de lasI
,6.3 y 6.4{ Substancias y Materiales Peligrosos
1
1
más Usualmente Transportados,j
~~ publicada en el diario Oficial de la ...
I
I
Federación el 30 de octubre de 1995. Ii
I i ... ... .. ... 2". .... "..I._"__..__" .. . ,. . " - . .... . - - . . . . ~" ~ . ~ . - -~ . ." - -1
I1
.... . --- ... ... ... , ... ... .- . ... .... - L ~ . .I
" -. I I 1 ... .... - ... ... ... .. . " . __ . II
!I
I Ia
l ! I ~ ... . . . ... . .- ... I.. ... ... ..._"
"" ... ." _ _I
7-bis. Si s u lista excede siete ordenamientos, reproduzca el formato de la tabla.. anterior ... en un archivo ... electrónico ". ... ... y,..anexe ... ahí los "_ ordenamientos ._....".__.._."_ll" adicionales. ""_l
;Teclee el nombre ". del archivo
-
ISección B: Justificación de Acciones Regulatorias Específicas
8. Acciones Regulatorias Especificas. Para cada acción regulatoria específica en
el anteproyecto: (a) describa la acción; (b) identifique los artículos aplicables del anteproyecto; (c) justifique la acción regulatoria escogida y explique la manera en que contribuye a solucionar la problemática identificada y lograr los objetivos del anteproyecto.
. . . . . . . .
ACCION REGULA.TORlA k7
Descripción: Clasificación de ¡as substancias, materiales y residuos peligrosos. determinación
Identificación, número asignado a las substancias y materiales peligrosos por la Organización de las Naciones Unidas.
Determinación del grupo de envase y embalaje de las substancias y materiales peligrosos.
Indicación de disposiones especiales para las substancias y materiales peligrosos.
Procedimiento para la inclusión de las mezclas de substancias o materiales peligrosos en rubros genéricos nep. (no especificado en otra parte).
Autorizar el transporte de substancias y materiales peligrosos debidamente clasificados.
. . . . . .
. -de.la"c.,a-sey -d.ivis.ii6~n-~.ri.es~.o~ ~ ~. . . ~ . " " _ ~ _ ~. . .... ~ . "" "" .. ~ . . .
" . . . ... -. ... " ...
Articolos aplicables: apartado 5 y 6 del Proyecto de Norma.
Justificación: Establecer la'clasificación e identificación de las substancias, materiales y residuos peligrosos, en forma uniforme en los diversos modos de transporte y en base a los lineamientos internacionales, facilitar el transporte en los diversos modos utilizados tanto por la industria como por los particulares, así como la comercialización de los mismos, reduciendo los
tiempos en el proceso de documentación aduana1 para la importación o exportación de
substancias o materiales peligrosos, asi mismo al estar debidamente clasificados e identificados
y contenidos en envases y embalajes del grupo requerido y cumpliendo con las disposiciones
especiales establecidas, proporciona seguridad para la manipulación y almacenamiento de este tipo de substancias, lo cual reduce el riesgo de que pudiera generarse un accidente con este tipo de materiales y en el caso de que ocurriera se contaría con los elementos informativos
fundamentales para atender y mitigar las consecuencias que podrían generarse.
Acción
TORIA #2. . . . . . . . . . . . . .Descripcion: Clasificar de acuerdo a sus propiedades a las substancias, materiales y residuos
peligrosos . . . ... ...
Artículos aplicables: 6.1
Justificación: Con la finalidad de fortalecer las medidas de seguridad y atención oportuna de
accidentes durante la transportación de substancias, materiales y residuos peligrosos, Es
necesario que todas las substancias, materiales y residuos peligrosos se encuentren debidamente
clasificados . . . . . de acuerdo a su,,r,ieigo.,,,,,,,,
. . . ...
... . . . . . ... . . . ...
. -- . ACCIÓN - . """_" REGULATORIA .. ~ .
m
... .. . . " "" __ ll_.", . . ~ . ~. ..~~ ... __
Descripción: Identificar a cada una de las substancias, materiales y residuos peligrosos más
"~ ~ - ,
usualmente transportados con el número de identificación otorgado por la Organización de las - -
Naciones . , . Unidas . . . . . . . . . .
Artículos aplicables: 5 , 6 1
y
62Justificación: La identificación de las substancias, materiales y residuos peligrosos a través del
. . . .
número UN, facilita el transporte y comercialización de las substancias y materiales peligrosos,
independientemente del punto de brioen o destino de los productos.
.~
. . . . . . . . . . o ... . . . ...
ACCION REGULATORIA #6
Descripción: Establecer el procedimiento a seguir para la clasificacón de alguna subtancia O
. . . . . .
material peligroso al amparo de un rubro,genérjco nep (no especificado en otra parte)
"
... . . .
. . . -. . .
Artículos aplicables: 5.1 y 6.4.1
Justificación: Toda vez Que la lista de clasificación de las substancias contenidas en la Norma
...
es indicativa y no incluye al total de las substancias y materiales peligrosos, particularmente las mezclas de ellos, es necesario que dichas mezclas sean clasificadas e identificadas de acuerdo a la clase de riesgo de la subtancia o material peligroso que dio origen o predominen sus
características de peligrosidad que predominen en la mezcla. . .
. . .
... ... . . . .
ACCION REGULA TORlA #7
&bis. Si su lista de acciones regulatorias excede el número de tablas proporcionado reproduzca el formato de las tablas en un archivo electrónico y anexe ahí la información adicional. . . .
. . . . . .
... ...
Teclee ... el nombre de' archivo . . . . . .
9. Indique si se revisó la manera como se regula en otros países la materia objeto del anteproyecto. De ser el caso, explique cómo afectó dicha revisión la
elaboración del anteproyecto, sobre todo s i considera que los elementos
surgidos de la revisión de la experiencia de otros países dan sustento o
justificación al contenido del anteproyecto.
En caso de anteproyectos de normas oficiales mexicanas, se deberá evaluar el
grado de concordancia del anteproyecto con las normas internacionales y, de
ser posible, con las normas respectivas de
los
principales socios comerciales deMéxico. (Limítese a . 5,000 .. .... . .. . . caracteres) .. .... . ... . . .... .. ... . ... .. . . . . . . .
. Tanto 1a.Norma OficiaLMexicana NOM-O02-SCT2/1994.vigente7 como.el presente proyecto ha
sido materia de revisión y armonización de la normatividad, con nuestros vecinos comerciales del Tratado de Libre Comercio para América, tanto Estados Unidos de América como Canadá, han analizado y emitido observación en relación con el proyecto, independientemente de que de acuerdo al mencionado tratado, las regulaciones para el transporte de materiales y residuos peligrosos, deberá ser desarrollada considerando lo que en esta materia ha emitido la
Organización de las Naciones Unidas, la cual es compatible en los diversos modos de transporte, así como con la regulación internacional.
. .. . .. .. . . .. .. .. . . . . .. .... . . . . . .. .
Así pues este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, concuerda en un 95% con lo establecido en
la regulación Modelo para el Transporte de Mercancias Peligrosos de la Organización de las
8
Naciones Unidas, con el Código Federal de Regulaciones parte 49 de los Estados Unidos de América y con el TDG (Transport Dangerous Goods)del Gobierno de Canadá.