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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N 4901

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4901

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1620/MHGC/16 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S

2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Anexo

Número:

Buenos Aires,

Referencia: C.E. 2016-13024321-DGDSCIV S/Anexo convocatoria a concurso para la cobertura de cincuenta (50) puestos de Auxiliar de Portería - ME (COPIDIS)

ANEXO I

MODALIDADES Y REQUISITOS DEL CONCURSO PARA LA COBERTURA DE CINCUENTA (50) PUESTOS DE AUXILIAR DE PORTERÍA.

Artículo 1º.- Desarrollo del Concurso. El presente proceso de selección se regirá en un todo de acuerdo a lo previsto por la Resolución N° 537/MMGC/15, modificatorias y complementarias.

Artículo 2º.- Plena participación. Los aspirantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultad en la utilización de los medios definidos para la realización de las sucesivas etapas, deberán informarlo al momento de su inscripción a efectos de garantizar la plena participación en el proceso de selección.

Artículo 3°.- Requisitos de admisibilidad al concurso. A los fines de ser admitido al presente concurso, el aspirante deberá acreditar las siguientes condiciones:

Nivel Educativo

Primario completo (Excluyente)

Se valorarán programas, cursos, congresos y/o jornadas en instituciones de reconocido prestigio relacionado con el puesto concursado. Serán ponderados estudios de nivel superior: secundario, terciario y/o universitario.

Edad 18 a 50 años al momento del cierre de la Inscripción (Excluyente) Experiencia

Laboral Un (1) año de experiencia en tareas de limpieza o similares a las descriptas en las responsabilidades del cargo. (Excluyente)

Habilidades requeridas

· Buen trato con el público, docentes y niños.

· Actitud para resolver situaciones inesperadas o conflictivas desde de sus tareas.

· Interés por el orden y la limpieza.

· Esfuerzo físico.

IF-2016-14883415- -MHGC

Martes 7 de Junio de 2016

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· Independencia para la toma de decisiones.

· Autonomía en el desempeño de las tareas a realizar.

· Habilidades comunicativas orales y/o escritas.

Artículo 4º.- Responsabilidades del puesto concursado. A continuación se detallan las responsabilidades a desempeñar por los aspirantes al puesto concursado:

Nombre del puesto

Auxiliar de portería

Responsabilidades del puesto

· Mantener la limpieza y conservar la higiene integral del establecimiento, a saber: limpieza de baños, aulas, oficinas, veredas, pasillos, escaleras y patios de establecimientos educativos.

· Limpieza de bancos, sillas, escritorios, mobiliario en general y pizarrones.

· Abrir y cerrar el establecimiento al inicio y término de las actividades escolares.

· Solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de detectar anomalías y/o delitos.

· Realizar demás funciones y competencias establecidas en el Decreto Nº 1315/91 y su normativa complementaria, reglamentaria y modificatoria.

Horario de trabajo

35 horas semanales (7 horas diarias). La jornada a cumplir por cada uno de los aspirantes será definida oportunamente por la repartición de destino respetando la siguiente franja horaria: de 06.00 am a 24.00 p.m de lunes a viernes.

Repartición de Destino Dirección General Personal Docente y No Docente dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente del Ministerio de Educación.

Lugar de Trabajo Cualquier escuela dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a determinación del/la Director/a General a cargo.

Artículo 5º.- Etapas del proceso. Se señalan a continuación las etapas sucesivas del presente proceso de selección:

a) Llamado a proceso de selección.

b) Inscripción y recepción de los antecedentes curriculares de los aspirantes.

c) Evaluación de los antecedentes curriculares y laborales de los postulantes.

d) Entrevista personal a cargo del Comité de Selección.

Artículo 6º.- Inscripción y recepción de los antecedentes curriculares. El acta de cierre de inscripción será notificada por la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la Subsecretaría de

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postulantes serán calificados con un máximo de treinta y cinco (35) puntos de acuerdo al siguiente esquema:

Antecedentes laborales y su grado de vinculación con el

puesto a cubrir.

Hasta 2 años de experiencia Hasta 12 puntos De 2 a 4 años de experiencia Hasta 15 puntos Más de 4 años de experiencia Hasta 21 puntos

Antecedentes curriculares.

Nivel Educativo requerido: Primario. 5 puntos

Nivel educativo superior al requerido: Secundario,

terciario y/o universitario. Hasta 5 puntos

Programas, Cursos, Congresos y/o Jornadas en instituciones de reconocido prestigio relacionadas

con el puesto concursado. (Se evaluarán hasta un máximo de 4)

Hasta 4 puntos

Artículo 8º.- Entrevista Personal. En la presente instancia se valorará la adecuación del postulante al perfil del puesto. Serán calificados con un máximo de veinticinco (25) puntos los cuales se integrarán de acuerdo a los rubros que oportunamente fije el Comité de Selección.

Artículo 9º.- Orden de mérito definitivo. El orden de mérito definitivo será notificado por la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a todos los postulantes que hubieren sido admitidos al proceso. Dicha notificación se cursará al domicilio especial constituido en el formulario de inscripción pertinente o al que hubieren constituido en el marco de las actuaciones con posterioridad a su admisión.

MARTIN MURA Ministro

MINISTERIO DE HACIENDA

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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de B uenos Ai res

2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

1

LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE MUNICIONES CON DESTINO A LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.

El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.454), Decretos Nros. 1.145/09, 95/14 y 114/16, las Resoluciones N°

596/MHGC/11 y N° 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas.

Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Licitación Pública para la

“Adquisición de municiones con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad”, de acuerdo con detalle y las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), a las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14).

Art. 3.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.

La entrega de las unidades deberá realizarse dentro de los noventa (90) días corridos de perfeccionada la correspondiente Orden de Compra.

Con una antelación mínima de dos (2) días hábiles, previos a la entrega de los elementos, se deberá solicitar la correspondiente autorización escrita para la entrega a la Dirección General Suministros a la Policía Metropolitana, en la Avenida Regimiento de Patricios 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La recepción será efectuada por la persona autorizada por la Dirección General mencionada, en el lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se determine en la autorización.

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Art. 4.- GARANTÍA DE LOS BIENES

Los bienes deberán ser nuevos, sin uso y contar con una garantía de dos (2) años.

Deberá acreditar que su fabricación corresponde al año de presentación de la oferta.

Los costos que se generen por la reposición o reparación de los bienes en garantía estarán a cargo del adjudicatario.

Art. 5.- CÓMPUTO DE PLAZOS

El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en los Artículos 5 “Cómputo de Plazos” y 7 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N°

1.145/GCABA/2009, reglamentario del Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 (texto consolidado según Ley Nº 5.454).

Art. 6.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES

Se considerará domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.

La Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad constituye domicilio en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales, que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires - Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.

Art. 7.- JURISDICCIÓN

Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones

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efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

Art. 8.- OBTENCION DEL PLIEGO

Los Pliegos de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública se encuentran disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar.

Art. 9.- INSCRIPCIÓN

Los interesados en participar en los procedimientos de selección electrónica deberán haber iniciado el trámite de inscripción como proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de Buenos Aires Compras (BAC) en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda.

Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC.

Art. 10.- CONSULTAS

Las consultas relacionadas con el presente proceso licitatorio podrán realizarse mediante BAC.

GARANTÍAS

Art. 11.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS

Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto Reglamentario Nº 95/14.

No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté

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expresamente indicado como depósito de garantía.

Art. 12.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS

La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Art.13.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en le Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Art. 14.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra.

Art. 15.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN

La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

La garantía de impugnación a la pre adjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta pre adjudicada, conforme lo establecido por el Artículo 17.1. inciso f) del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Los depósitos deberán efectuarse en la Cuenta Corriente - Nº 26.678/7

"Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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DE LA OFERTA

Art. 16.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 102 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/14.

Art. 17.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la oferta.

No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.

De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, ubicada en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente.

Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.

Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la República Argentina al momento de efectuarse la oferta.

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Art. 18.- FORMA DE COTIZAR

El oferente podrá formular oferta total o parcial por cada Renglón.

Deberá indicar un precio unitario por Renglón ofertado, un precio total por el Renglón, y un precio total de la oferta.

Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Las Ofertas deberán expresarse por el Renglón, en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina.

Si el producto fuese de origen importado se deberá cotizar el producto nacionalizado y puesto en el lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que oportunamente defina la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad. En este caso se admitirá la cotización en dólar estadounidense. En cualquier caso deberá indicarse el equivalente en pesos moneda de curso legal en la República Argentina al tipo de cambio vendedor del Banco Ciudad del día anterior al de la apertura de ofertas.

No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del renglón.

Tampoco serán admitidas aquellas ofertas que no presenten un detalle técnico de lo ofertado, es decir toda aquella oferta que no brinde los elementos mínimos para una evaluación por parte de la Comisión.

Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos a la provisión de los elementos, inclusive las pruebas balísticas, el transporte hasta los lugares de destino final, así como los seguros y costos administrativos.

A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento.

Art. 19.- FALSEAMIENTO DE DATOS

El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere

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advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

Art. 20.- CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego de Cláusulas Generales).

2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente o resuelto, que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.

3) Declaración jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública.

4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente aceptará la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia.

5) Certificado de Garantía de mantenimiento de oferta, de acuerdo a lo prescripto en el presente Pliego.

6) Muestra del producto cotizado, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Se deberá presentar un mínimo de quinientas (500) unidades para las muestras correspondientes a los renglones 1), 2), 3) 4), 5) y 6) mientras que las cantidades para los restantes renglones serán del 10% del total.

7) Declaración jurada de garantía de los bienes en los términos del Artículo 4º del presente Pliego.

8) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares Con y Sin Consulta.

9) La cotización.

Art. 21.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA

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Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios:

a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC.

b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos.

c) Que la documentación que deba contener falte, o esté incompleta y/o deficiente.

d) Que no presente las muestras de lo cotizado de acuerdo con lo requerido en la documentación licitatoria.

e) Que al momento de la pre adjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC.

El GCBA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente Licitación.

Art. 22.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES

La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante dudas o desconocimiento.

El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición, deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes.

Art. 23.- CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN

No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS. APERTURA Art. 24.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC.

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Art. 25.- RECEPCIÓN DE MUESTRAS.

En forma previa y hasta el día y hora previstos para el acto de apertura se recibirán las muestras de los bienes ofrecidos.

NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA LAS OFERTAS QUE NO SEAN ACOMPAÑADAS POR LAS CORRESPONDIENTES MUESTRAS.

La recepción será efectuada por la persona autorizada por la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, en el lugar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se determine en la autorización.

Art. 26.- ACTO DE APERTURA

El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en correspondiente llamado, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados.

Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente.

El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto Administrativo según su exclusivo derecho, el cual será anunciado por los mismos plazos y medios que el llamado original, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes de los pliegos.

Art. 27.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES

Se establece el plazo de tres (3) días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de Apertura de Ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de la vista de ofertas.

Art. 28.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto

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Reglamentario Nº 1.145/09, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento.

Art. 29.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en las mismas y en la información complementaria, debiendo responder éstos en el plazo que de acuerdo a la complejidad y circunstancias se establezca en el requerimiento.

Art. 30.- RECHAZO

El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno.

Art. 31.- DE LA PREADJUDICACIÓN

La pre adjudicación de los Renglones o parte de los Renglones recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al Pliego de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, los antecedentes acreditados, la idoneidad del oferente, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta.

No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.

El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día.

Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC.

Para la comparación de precios cotizados en dólares estadounidenses, (Art. 18

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del presente pliego) se calcularánn los precios cotizados al tipo de cambio vendedor, vigente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires al cierre del día anterior al de apertura de las ofertas, (Art. 106 del Anexo I del Decreto N° 95/14).

Art. 32.- IMPUGNACIONES DE LA PRE ADJUDICACIÓN.

Los interesados podrán formular impugnaciones a la pre adjudicación en el plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente, de conformidad con los Artículos 20 y 21 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y 33 del presente pliego.

Art. 33.- ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES DE LA PRE ADJUDICACIÓN.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la pre adjudicación, la constitución de la garantía establecida en el Artículo 15 del presente Pliego, que será reintegrada solo en caso de que la impugnación prospere totalmente.

Dicha garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la impugnación no será considerada.

Art. 34.- ADJUDICACIÓN

La Autoridad Competente dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto y registrado será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes.

La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.

Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 35- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA

En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que

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resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.

Art. 36- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario. Conforme lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N°

1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11.

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Art. 37.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del Pliego de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y de la respectiva orden de compra.

En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Artículos referentes a sanciones y penalidades.

Art. 38.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Son obligaciones del adjudicatario:

a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia.

b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA.

c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”.

Art. 39.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL

Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.

Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario ó locador.

Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato en general.

En el caso de que la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el contratista en la Administración.

RÉGIMEN DE PENALIDADES

Art. 40.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO

El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades:

a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato, b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas,

c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario.

En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido

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y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.

Las penalidades establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N°

5.454) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la contratista.

Art. 41. MULTAS

En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales que se enuncian a continuación.

Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto Reglamentario Nº 95/14.

1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos incorporados a la información aportada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 95/14.

2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del 1% del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días.

3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al 10 % del valor del contrato que se rehabilita.

Art. 42. PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional.

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2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un 20% del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.

Art. 43. PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Decreto Reglamentario Nº 95/14. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley.

Art. 44. RESCISIÓN DEL CONTRATO

1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/14. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios.

2. Rechazo de la orden de compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario rechazare la orden de compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales.

3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo.

Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato o de un monto equivalente a dicha garantía.

4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del 10% del valor del contrato que se rehabilita o, dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la

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rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho (cfr. Art. 123 de la Ley N° 2095 texto consolidado por ley N° 5454 reglamentado por Art. 121 del Anexo I del Decreto N° 95/14).

5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de carácter especial. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella.

6. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del co- contratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del co- contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.

8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.

9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el co- contratante trasfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.

Art. 45.- SANCIONES

Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente pliego, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454).

Art. 46.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Son causales de extinción del contrato las siguientes:

a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente

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Pliego;

b) Mutuo acuerdo;

c) Quiebra del contratista;

d) Rescisión.

Art. 47.- PAGO

El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 28, 29, 30 y 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

En caso que la adjudicación fuera efectuada en moneda extranjera (dólares estadounidenses) el pago será efectuado en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco de la Ciudad de Buenos Aires del día anterior a la emisión del Parte de Recepción Definitiva

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE MUNICIONES CON DESTINO A LAS FUERZAS POLICIALES DE LA CIUDAD

Renglón Cantidad Descripción

1 1.716.666 unidades

CARTUCHO A BALA 9 x 19 m m .

Tipo de bala o punta: Ojival Truncada(Full metal jacketed flat).

Peso de punta: 147 grains (9,52g)(+/- 0,5 grains). Velocidad inicial:

302m/s +/- 15m/s.

Longitud total del cartucho: 29.14mm.(+/-0,04) Longitud de la vaina:

19mm.(+/- 0,02)

Diámetro del culote: 9,96mm. (+/- 0,05)

Altura del culote: 0,89mm. (+/- 0,25). Encamisado: Latón (Cu 90%-Zn 10%).

Núcleo: Plomo antimonio. Vaina: Latón (Cu 70%-Zn 30%)

2 50.000 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 45ACP Tipo de punta: Full Metal Jacket

PESO DE PUNTA : 230 GRAINS (+/- 0,40 GRAINS)

Longitud total del cartucho: 32.10mm.(+/-0,04) Longitud de la vaina:

22,8mm.(+/- 0,02)

VELOCIDAD: 255 M/S---835 FPS (+/- 15 M/S)

3 50.000 unidades

CARTUCHO CALIBRE 223

Tipo de punta: FMJ Peso de la punta: 55 GRAINS (+/- 0,5)

Longitud de cartucho 57,4 m m (+/- 0,04 Longitud de vaina: 44,70m m (+/- 0,02) Diám etro culote de cartucho: 9,60m m (+/- 0,02), Velocidad inicial: 985,8 m /s (+/- 15 m /s)

4 5.000 unidades

CARTUCHO CALIBRE 223 SP POLICE 62 GRS Bullet Style: SP Soft Point - Punta Blanda Peso de la punta: 62 GRAINS (+/- 0,5)

5 102.000 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 AT Anti Tum ulto CANTIDAD POSTAS: 14 a 18

CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

6 3.500 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 PG Propósitos Generales CANTIDAD POSTAS: 8 a 18

CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar 7 500 unidades CARTUCHO CALIBRE 12/70 Tipo Slug

MUNICIÓN: Monoposta de 25 a 30g

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2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

8 150 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 Tipo Bean Bang MUNICIÓN: saco contenedor de perdigones CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

9 150 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 Tipo Flash bang MUNICIÓN: Flash Bang

CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

10 150 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 Tipo Door Breaching MUNICIÓN: tipo door breaching / Demolition door CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

11 200 unidades

CARTUCHO CALIBRE 12/70 Pellets 7 1/2 MUNICIÓN: 7 ½

CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

CULOTE DEL CUERPO DEL CARTUCHO: de latón militar

12 400 unidades

BALIN

Calibre 4,5 m m Punta: común tipo copito

13 400 unidades

BALIN

Calibre 4,5 m m Punta: cónica Base estriada

14 400 unidades

BALIN

Calibre 5,5 m m Punta: común tipo copito

15 400 unidades

BALIN

Calibre 5,5 m m Punta: cónica Base estriada

16 400 unidades

BALIN

Calibre 6,0 m m Punta: común tipo copito

17 400 unidades

BALIN

Calibre 6,0 m m Punta: cónica Base estriada

(23)

18 400 unidades

BALIN

Calibre 6,5 m m Punta: común tipo copito

19 400 unidades

BALIN Calibre 6,5 mm Punta: cónica Base estriada

20 120 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 38 Special Tipo de punta: JHP Encam isado punta hueca PESO/POIDS7 : 125 GRAINS

21 300 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .22 Corto /Short Tipo de punta: LRN Plom o desnudo

PESO/POIDS7 : 29 GRAINS

22 600 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .22 LR (largo rifle) Tipo de punta: LHP Plom o cobreado punta hueca PESO/POIDS7 : 32 GRAINS

23 500 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .22 LR (largo rifle) Tipo de punta: LRN Plom o cobreado

PESO/POIDS7 : 40 GRAINS

24 500 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .22 LR (largo rifle) Tipo de punta: LRN Plom o desnudo

PESO/POIDS7 : 40 GRAINS

25 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .22 Mágnum Tipo de punta: SJHP Sem i encamisado punta hueca PESO/POIDS7 : 40 GRAINS

26 20 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .243 W Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 125 GRAINS

27 250 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .25 auto (6,35) Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 50 GRAINS

28 20 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .270W Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 130 GRAINS

29 20 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .300 W Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 185 GRAINS

CARTUCHO A BALA CALIBRE .308 W Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket

(24)

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2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

30 40 unidades PESO/POIDS7 : 155 GRAINS

31 200 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .32 auto (7,65) Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 71 GRAINS

32 300 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .32 corto /short Tipo de punta: LNR Plom o desnudo

PESO/POIDS7 : 85 GRAINS

33 250 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .32 largo Tipo de punta: LWC Plom o saca bocados PESO/POIDS7 : 98 GRAINS

34 250 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .32 largo Tipo de punta: LRN Plom o desnudo PESO/POIDS7 : 98 GRAINS

35 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .357 m ágnum Tipo de punta: LSWC Plom o Semi Sacabocados PESO/POIDS7 : 158 GRAINS

36 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .357 m ágnum Tipo de punta: SJHP Sem i encamisado Punta Hueca PESO/POIDS7 : 150 GRAINS

37 20 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .375 H&H Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 230 GRAINS

38 200 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .38 corto Tipo de punta: LNR Plom o desnudo PESO/POIDS7 : 146 GRAINS

39 200 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .38 SPL Tipo de punta: LWC Plom o saca bocados PESO/POIDS7 : 148 GRAINS

40 300 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .38 SPL

Tipo de punta: SJSP Sem i encamisado punta blanda PESO/POIDS7 : 158 GRAINS

41 300 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .38 SPL Tipo de punta: LRN Plom o desnudo PESO/POIDS7 : 158 GRAINS

42 200 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .380 AUTO Tipo de punta: JHP Encam isado punta hueca PESO/POIDS7 : 95 GRAINS

43 200 unidades CARTUCHO A BALA CALIBRE .380 AUTO

(25)

Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 95 GRAINS

44 40 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .40 S&W

Tipo de punta: JHP GOLD Encam isado punta hueca PESO/POIDS7 : 155 GRAINS

45 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .40 S&W

Tipo de punta: LSWC Plom o Semi Sacabocados PESO/POIDS7 : 160 GRAINS

46 50 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .40 S&W

Tipo de punta: FMJ - FLAT Full Metal Jacket Plana PESO/POIDS7 : 180 GRAINS

47 50 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .44 Rem ington Mágnum Tipo de punta: SCHP Cobre solido punta hueca PESO/POIDS7 : 200 GRAINS

48 50 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .44 Rem ington Mágnum Tipo de punta: FMJ - FLAT Full Metal Jacket Plana PESO/POIDS7 : 240 GRAINS

49 50 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .44 Rem ington Mágnum Tipo de punta: SJSP Sem i encamisada punta blanda PESO/POIDS7 : 240 GRAINS

50 50 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .44 Special Tipo de punta: LFN Plom o punta plana PESO/POIDS7 : 240 GRAINS

51 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .45 auto

Tipo de punta: LSWC Plom o Semi Sacabocados PESO/POIDS7 : 200 GRAINS

52 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .45 auto Tipo de punta: FMJ Full m etal jacket PESO/POIDS7 : 230 GRAINS

53 40 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE .10 m m

Tipo de punta: FMJ - FLAT Full Metal Jacket Plana PESO/POIDS7 : 185 GRAINS

54 20 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 30-06 SPR Tipo de punta: FMJ - Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 180 GRAINS

55 40 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 7.65x54 Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 165 GRAINS

56 20 unidades CARTUCHO A BALA CALIBRE 7m m Remington

(26)

G obi erno de l a Ci udad Autónoma de B uenos Ai res

2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 185 GRAINS

57 100 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 9 X 19m m Tipo de punta: JHP Encam isado Punta hueca PESO/POIDS7 : 100 GRAINS

58 500 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 9 X 19m m Tipo de punta: FMJ Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 115 GRAINS

59 300 unidades

CARTUCHO A BALA CALIBRE 9 X 19m m Tipo de punta: FMJ - Full Metal Jacket PESO/POIDS7 : 147 GRAINS

60 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 16 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

61 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 20 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

62 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 24 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

63 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 28 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

64 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 32 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

65 250 unidades

CARTUCHO Munición Múltiple Calibre 36 UAB Tipo: m uniciones de plomo (NO Monoposta) CUERPO DEL CARTUCHO: material plástico.

Las municiones deberán encontrarse embaladas.

Disposición Las cajas que contengan la munición deberán indicar los siguientes datos (ANEXO III Disposición RENAR 086/02):

-Marca y Fabricante.

-Calibre y tipo de calibre.

-Tipo de punta.

-Velocidad inicial.

-Lote y año de fabricación.

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-Demás recomendaciones de la Disposición RENAR 086/02.

CONTROL DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CARACTERÍSTICAS BALÍSTICAS Y PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MUNICIONES.

A) DURANTE LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS

Al momento de la evaluación de las ofertas, las pruebas serán efectuadas sobre las muestras presentadas por los oferentes.

B) AL MOMENTO DE LA ENTREGA

Al momento de cada entrega, total o parcial, que supere las quinientas (500) unidades, la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, podrá disponer el retiro al azar del 0,05% de la cantidad de municiones recibidas, con un mínimo de cincuenta (50) unidades, para ser destinadas a las pruebas de constatación de especificaciones técnicas y pruebas de funcionamiento. Deberá acompañarse la siguiente información:

-Nombre y descripción del producto.

-Planos descriptivos y dimensionales del mismo.

-Descripción técnica y composición de los materiales empleados.

Tanto las municiones utilizadas, como el costo de las pruebas estarán en todos los casos, a cargo del adjudicatario.

PRUEBAS A EFECTUARSE EN LA ESCUELA SUPERIOR TÉCNICA: Para los renglones 1), 2), 3), 4), 5) y 6).

Los cartuchos 12/70 AT (Renglón N° 5) no podrán en ningún caso ser de color rojo.

Constatación de las especificaciones técnicas:

Se inspeccionará cada cartucho/unidad, para verificar su estado exterior,

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2016-Año del Bicentenar io de la D eclar ación de Independencia de la República Ar gentina

rechazándose aquel que presente signos de corrosión, manchas, abolladuras, fisuras, mal asiento de componentes o flojedad.

Luego se medirá cada cartucho para constatar las medidas requeridas, con apreciación de +/- 0,4 milímetro, (4 décimas de milímetros).

Se tomará un 10% de la muestra y este lote será desarmado con martillo de inercia, y se medirá y pesará cada uno de los componentes verificando el estado de oído y que la carga propulsora posea gránulos homogéneos y simétricos. Adicionalmente se verificará el peso de acuerdo a lo establecido originalmente en fábrica con una tolerancia no mayor al 5 %.

Sobre otro lote igual, al 10% de la muestra se realizará prueba de estanqueidad, la cual consistirá en colocar los cartuchos en un envase con agua corriente a temperatura ambiente, por un plazo de 24 hrs, para luego realizar con ellos disparos con arma provista, midiéndose también sus velocidades iniciales.

1- Prueba de funcionamiento

Serán utilizadas las diferentes armas provistas para las Fuerzas Policiales de la Ciudad, en perfecto estado de limpieza y lubricación, situación ésta que será constatada por Personal Policial Armero de la Policía Metropolitana aprobado y personal del adjudicatario que acredite dicha idoneidad.

El personal de la Escuela Técnica Superior perteneciente al Laboratorio de Ensayos, realizará series de disparos en cadencia de fuego normal, en la modalidad de tiro lento apuntado. Cada serie será de hasta 17 disparos y se efectuarán como mínimo 10 series, utilizándose el 40% de las unidades de la muestra.

Adicionalmente se realizarán, con la misma modalidad y en la misma cantidad, series de disparos con pistola en cadencia de fuego rápido, en la modalidad de tiro rápido dirigido.

En caso de producirse un funcionamiento anormal debido al arma, será sustituida por otra y se reanudará la prueba.

Al terminar la prueba se examinarán las vainas para determinar los posibles defectos.

(29)

Defectos críticos

Se considerarán defectos críticos los que se mencionan a continuación. Ante la constatación de algunos de ellos, se procederá al rechazo de la entrega.

a- Proyectil atascado en cañón.

b- Pérdida del encamisado en ánima de cañón.

c- Rotura o rajadura de culote de vaina.

d- Perforación de la cápsula fulminante, más del 1% del total de la muestra ensayada.

e- Falla de detonación del fulminante atribuible a la munición, más del 0,05% del total de la muestra ensayada.

Defectos secundarios:

Se consideran defectos secundarios los que se enuncian a continuación y que si ocurrieran en un porcentaje superior al 5% de la muestra evaluada, ocasionará una admisión suspendida de la muestra, quedando anulada y debiéndose presentar un segundo lote de muestra cuyo tamaño deberá ser el doble del lote inicial, el cual será nuevamente ensayado en idénticas condiciones que el lote original. De repetirse el defecto en más del 5% de la nueva muestra, se rechazará indefectiblemente.

a) Vainas servidas con grietas parciales en su cuerpo en más del 1% del total de la muestra ensayada.

b) Perforación de la cápsula fulminante, en no más del 1% del total de la muestra ensayada.

c) Cápsula floja o desprendida de vaina.

d) Falla en la extracción atribuible al cartucho.

Todas las pruebas mencionadas serán efectuadas en la Escuela Superior Técnica y su costo estará a cargo del adjudicatario. La Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, solicitará el turno correspondiente. Una vez realizadas las pruebas y emitido el correspondiente informe por la Escuela Superior Técnica se procederá a la recepción definitiva de las municiones o el rechazo de las mismas.

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 68/SSAFPC/16 (continuación)

Referencias

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