GACETA
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVEOFICIAL
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCIV Xalapa-Enríquez, Ver., miércoles 24 de noviembre de 2021 Núm. Ext. 468
GOBIERNO DEL ESTADO
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SUMARIO
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JECUTIVOOficina del Gobernador
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QUE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO14
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ISCAL2021.
folio 1368
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ERACRUZANAL
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ACIONALUV-LPN-010-21
RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO,
INSTALACIÓN,
CONFIGURACIÓN,
CAPACITACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE AULAS HÍBRIDAS
,
MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO
.
folio 1361
H. A
YUNTAMIENTOC
ONSTITUCIONAL DEV
ERACRUZ, V
ER. A
CUERDO RELATIVO A LASR
EGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS ALOTORGAMIENTO DE UN BENEFICIO FISCAL DEL
50%
SOBRE LOS DERECHOS POR LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS EN MATERIA DE FACTURAS POR LA VENTA DE GANADO BOVINO,
PORCINO,
OVINO,
EQUINO,
CAPRINO Y COLMENAS QUE SE GENERAN EN LAA
SOCIACIÓNG
ANADERA LOCAL DEV
ERACRUZ PARA EL EJERCICIO FISCAL2021.
folio 1360
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
GOBIERNO DEL ESTADO
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P
ODERL
EGISLATIVO Congreso del EstadoAl margen un sello que dice: Veracruz.—Gobierno del Estado.—Oficina del Gobernador.
Xalapa – Enríquez, octubre 22 de 2021 Oficio número 124/2021
Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:
Que la Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
LA SEXAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL;
18 FRACCIÓN I Y 47 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO;
75 Y 77 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO; Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE EL SIGUIENTE:
D
E C R E T O NÚMERO869
QUE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 14 DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
ARTÍCULO ÚNICO. - Se adiciona un último párrafo al artículo 14 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2021, para quedar como sigue:
Artículo 14. …
…
…
…
…
Se autoriza al Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la ampliación de recursos presupuestales hasta por la cantidad de $200’000,000.00 (Doscientos Millones de Pesos 00/100 M. N.), para el estricto cumplimiento de los fines solicitados.
T
R A N S I T O R I O SPRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
SEGUNDO. Se faculta a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado para que de acuerdo con la disponibilidad de recursos, en términos de la legislación aplicable, emita las correspondientes autorizaciones presupuestales y efectúe los ajustes necesarios en los Capítulos de gasto específicos.
TERCERO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA LXV LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
ADRIANA PAOLA LINARES CAPITANACHI DIPUTADA PRESIDENTA
RÚBRICA
JORGE MORENO SALINAS DIPUTADO SECRETARIO
RÚBRICA.
Por lo tanto, en atención a lo dispuesto por el artículo 49 fracción II de la Constitución Política del Estado, y en cumplimiento del oficio SG/000912 de los diputados Presidenta y Secretario de la Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, mando se publique y se le dé cumplimiento.
Residencia del Poder Ejecutivo Estatal, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
A t e n t a m e n t e
Cuitláhuac García Jiménez Gobernador del Estado
Rúbrica.
folio 1368
GOBIERNO DEL ESTADO
———U
NIVERSIDADV
ERACRUZANA Secretaría de Administración y Finanzas Dirección de Recursos Materiales De conformidad con lo establecido en los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 72 cuarto párrafo de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 1 fracción IV, 26 fracción I, 27 fracción I, 28, 29 fracción II, 31, 35, 36, 37 y demás relativos y aplicables de la Ley Número 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz Ignacio de la Llave, se CONVOCA a todas aquellas personas físicas y morales de nacionalidad mexicana, legalmente constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional UV-LPN-010-21 relativa a la contratación del “suministro, instalación, configuración, capacitación y puesta en funcionamiento de aulas híbridas” mediante la modalidad de contrato abierto, para la Universidad Veracruzana, conforme a lo siguiente: Número de licitaciónCosto de las basesVenta de basesJunta de aclaraciones Presentación y apertura de proposiciones UV-LPN-010-21$2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) 24, 25 y 26 de noviembre de 2021 01 de diciembre de 2021 a las 13:00 horas08 de diciembre de 2021 a las 10:00 horas Lote único
DescripciónNúmero mínimo de aulas Suministro, instalación, configuración, capacitación y puesta en funcionamiento de aulas híbridas conformada por: cámara, micrófono, alta voz, HUB de pantalla y escritorio, proyector, pantalla, regulador de voltaje, sistema operativo, certificaciones, etc.
350 (Trescientas cincuenta) *Debido a formato, únicamente se publica la descripción de las características más representativas. x Las bases de licitación a las que deberán sujetarse los licitantes, se encuentran disponibles: para consultaen la página http://www.uv.mx/DRM y para su venta los días 24, 25 y 26 de noviembre de 2021, tendrán un costo de$2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.). Para efectuar el pago deberá comunicarse a la Dirección de Recursos Materiales al correo electrónico
[email protected] para solicitar que se le asigne el número de referencia alfanumérica, manifestando su interés para participar en el proceso de Licitación Pública Nacional UV-LPN-010-21, proporcionando: razón social, RFC, nombre del representante legal y correo electrónico donde se le remitirán los datos para realizar el depósito bancario o transferencia electrónica. Posteriormente podrá recogerlas, previa presentación del comprobante de pago original e identificación oficial vigente con fotografía, en la Dirección de Recursos Materiales ubicada en el Edificio “B” de Rectoría 4to piso, Lomas del Estadio s/n, Col. Zona Universitaria de esta Ciudad de Xalapa-Enríquez, Ver., con teléfono 228 842 1700 extensión 11229 de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 13:00 horas. xSolo serán considerados en la Junta de Aclaraciones y de Presentación y Apertura de Proposiciones, aquellas personas que hayan adquirido las bases y lo acrediten documentalmente mediante ficha de depósito. xSe cuenta con suficiencia presupuestal con fondo de origen Estatal. xLa junta de Aclaraciones y de Presentación y Apertura de Proposiciones, se llevará a cabo en las fechas y horarios arriba señalados, en la sala de licitaciones de la Dirección de Recursos Materiales, ubicada en el Edificio “B” de Rectoría 4to. piso sita en Lomas del Estadio s/n Col. Zona Universitaria de esta Ciudad de Xalapa, Ver. xEl idioma en que deberán presentarse las proposiciones será en español. xLa moneda en que se deberá cotizar es en Pesos Mexicanos. xEl suministro de los bienes será a los 90 (noventa) días naturales contados a partir de la notificación del pedido de compra en los diferentes campus de la Universidad Veracruzana. xLa vigencia del contrato será a partir de la firma del contrato y hasta el suministro total de los bienes. xLa forma de pago será en pesos mexicanos a los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la fecha en que se presente y acepte el Comprobante Fiscal Digital por Internet, mediante transferencia electrónica, conforme al procedimiento establecido en las bases de participación. xNo se otorgará anticipo. xEl contrato se firmará dentro de los 05 (cinco) días hábiles posteriores a la emisión del fallo, previa cita al teléfono 228 842 1700 extensión 11231. “Lis de Veracruz; Arte, Ciencia, Luz”. Xalapa-Enríquez, Ver., a 24 de noviembre de 2021 Mtra. Lizbeth Margarita Viveros Cancino Secretaria de Administración y Finanzas Rúbrica.
Mtro. Eric Hernández Velasco Director de Recursos Materiales Rúbrica.
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GOBIERNO DEL ESTADO
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H. A
YUNTAMIENTOC
ONSTITUCIONAL DEV
ERACRUZ, V
ER.
C
O N S I D E R A N D OCon fundamento en los artículos 44, 50 y 51 del Reglamento de Sesiones del Cabildo del H.
Ayuntamiento del Municipio de Veracruz, se somete ante el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para su discusión y, en su caso, aprobación, la propuesta para la expedición de las Reglas de Carácter General para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales del pago de derechos por la expedición de certificaciones de firmas por el concepto de expedición de facturas por la venta de ganado bovino, porcino, ovino, equino, caprino y colmenas que se generan en la Asociación Ganadera Local de Veracruz para el ejercicio 2021, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I.- La ganadería es una actividad económica relevante en zonas rurales del Municipio de Veracruz, Ver., por el ingreso que se genera por la venta de ganado bovino, porcino, ovino, equino, caprino, colmenas y de los productos con subproductos de las especies mencionadas, que se generan en la Asociación Ganadera local de Veracruz para el ejercicio 2021. De tal manera que representan una fuente importante de ingresos para las familias involucradas y, conlleva a una doble vertiente debido a que por un lado, mantiene la estructura rural, por la generación de empleo y por otro, las estrategias de manejo que favorecen el cuidado del ambiente socioeconómico en el que se desarrollan.
II.- Las UPP (unidades de producción pecuaria) en su mayoría son operadas por ganaderos con un promedio de edad considerable (57 años); el sistema de manejo es extensivo, mediante el pastoreo del ganado, producción de forrajes y cultivos agrícolas, para su alimentación; la mano de obra disponible para la realización de las principales actividades agropecuarias, es reducida y netamente familiar, esto significa que la ganadería es una actividad económica importante en el Municipio y aunque el beneficio es limitado (bajo), permite su mantenimiento y se postula como una fuente importante de ingresos y arraigo para las familias rurales y como una estrategia para el cuidado del medio socioeconómico en el que se desarrolla.
III.- Como es de conocimiento general de la situación mundial que se vive, la Organización Mundial de la Salud declaró, mediante declaratoria de fecha once de marzo del dos mil veinte, al SARSCoV2 (COVID-19) como una pandemia, originando que los gobiernos y las autoridades sanitarias internacionales, nacionales y locales trabajen de manera conjunta a fin de contener y detener la propagación del virus mencionado en sus países, estados y municipios.
El día 19 de marzo del 2020 el Consejo de Salubridad General con fundamento en los artículos 4 y 73 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce al SARSCoV2 (COVID 19) como enfermedad grave y de atención prioritaria.
Derivado de lo anterior, en fecha 31 de marzo de 2020 la Secretaria de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que establecen las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, ordenando en su artículo primero fracción I, la suspensión inmediata de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus en la comunidad, trabajo que se ha venido realizando de manera constante e incansable por parte de este municipio, a través de todo el aparato gubernamental con el que cuenta este municipio.
Actualmente las actividades pecuarias enfrentan una serie de adversidades, circunstancias y obligaciones, que se incrementaron por la pandemia del SARS-CoV-2 (coronavirus) desde principios del año pasado 2020, afectando la salud y la economía a nivel mundial, dejando para este sector los bajos precios del ganado, el aumento de obligación para dar cumplimiento a las exposiciones legales y a la normatividad sanitaria como el pago de aretes SINIGA, pruebas de brúcela y tuberculosis, todo esto ha provocado la disminución en la rentabilidad de la actividad ganadera.
IV.- La base para el cálculo de los derechos por expedición de certificados y constancias, se encuentra comprendida en el artículo 221 del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
V.- Que el artículo 27 de la Ley Ganadera para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, establece que, para la acreditación de la propiedad del ganado, la factura deberá ser registrada en el libro que para tal efecto establezca el Ayuntamiento, cuyo Presidente Municipal, expedirá una vez verificado lo anterior, en cada una de las facturas emitidas, la constancia respectiva.
VI.- Que en fecha 17 de marzo de 1994 se expidió el acuerdo emitido por la diputación permanente de la Honorable Quincuagésima Sexta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave donde se autoriza al C. Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Veracruz, Ver., para que pueda delegar en el Agente Municipal de la congregación “Delfino Victoria”, antes Santa Fe, las facultades que le concede al propio ayuntamiento el artículo 27 de la ley ganadera, considerando la petición que le formuló la asociación ganadera local de Veracruz y para agilizar los trámites y funciones que realizan las personas dedicadas a esta rama de la economía.
VII.- Para mitigar el impacto económico negativo y sanitario de la pandemia Covid-19 que están enfrentando las familias que habitan en el Municipio de Veracruz, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 71 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento con la finalidad de apoyar a la economía del gremio ganadero, a través de las presentes reglas de carácter general, otorga facilidades a los sujetos establecidos de conformidad con la Ley Ganadera para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de derechos por expedición de certificados y constancias, en estricto apego a lo establecido por el artículo 12 del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo que tiene a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL
PRIMERA. Se otorgará un beneficio fiscal del 50% sobre los derechos por la expedición de certificados y constancias en materia de facturas por la venta de ganado bovino, porcino, ovino, equino, caprino y colmenas que se generan en la Asociación Ganadera local de Veracruz para el ejercicio 2021, establecido en el artículo 223 fracción I del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y 27 de la Ley Ganadera para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
SEGUNDA. El beneficio fiscal indicado en la regla PRIMERA se traducirá en la disminución del monto a pagar por el contribuyente, siendo cubierto por el H. Ayuntamiento dentro de los cauces legales, administrativos y presupuestales correspondientes.
TERCERA. La Población objetivo corresponde a productores de ganado bovino, porcino, ovino, equino, caprino y colmenas, que cuenten con registro de la Unidad de Producción Pecuaria (UPP) actualizada y establecida en territorio del Municipio de Veracruz, Ver.
CUARTA. Las presentes reglas de carácter general estarán vigentes a partir del 30 de septiembre del 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
QUINTO. La Tesorería Municipal, tomará las medidas necesarias para el otorgamiento de los beneficios fiscales a que se refieren las presentes Reglas de Carácter General.
SEXTA. La interpretación de las presentes Reglas de Carácter General para efectos administrativos y fiscales corresponderá a la Dirección de Fomento Agropecuario y Desarrollo Rural, así como a la Tesorería Municipal.
T
R A N S I T O R I O SÚNICO. Se ordena su publicación en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Así lo acordó el Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Veracruz, Veracruz, en Sesión Ordinaria, el día veintiocho del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
A t e n t a m e n t e
Mtro. Fernando Yunes Márquez Presidente Municipal
Rúbrica.
Lic. María Rebeca González Silva Secretaria Del H. Ayuntamiento
Rúbrica.
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A V I S O
A todos nuestros usuarios:
Se les informa que el módulo de la Gaceta Oficial, en la ciudad de Xalapa, se encuentra ubicado en la siguiente dirección:
Calle Gutiérrez Zamora sin número, esquina
Diego Leño, (Planta baja de Palacio Federal),
colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa-Enríquez, Ver.
Tarifa autorizada de acuerdo al Decreto número 599 que reforma el Código de Derechos para el Estado, publicado en la Gaceta
Oficial de fecha 26 de diciembre de 2017
PUBLICACIONES U.M.A.
COSTO EN PESOS
INCLUIDO EL 15% PARA EL FOMENTO A LA
EDUCACIÓN a) Edictos de interés pecuniario, como: Prescripciones
positivas, denuncias de juicio sucesorio, aceptación de herencia, remates, convocatorias para fraccionamientos, palabra por inserción;
0.0360 $3.71
b) Edictos de interés social como: Cambio de nombre,
póliza de defunción, palabra por inserción; 0.0244 $ 2.51 c) Cortes de caja, balances o cualquier documento de
formación especial por plana tamaño Gaceta Oficial; 7.2417 $ 746.35 d) Sentencias, resoluciones, deslinde de carácter
agrario y convocatorias de licitación pública, una plana
tamaño Gaceta Oficial. 2.2266 $ 229.48
V E N T A S U.M.A.
COSTO EN PESOS
INCLUIDO EL 15% PARA EL FOMENTO A LA
EDUCACIÓN a) Gaceta Oficial de una a veinticuatro planas; 2.1205 $ 218.55 b) Gaceta Oficial de veinticinco a setenta y dos planas; 5.3014 $ 546.38 c) Gaceta Oficial de setenta y tres a doscientas
dieciséis planas; 6.3616 $ 655.65
d) Número Extraordinario; 4.2411 $ 437.10
e) Por hoja certificada de Gaceta Oficial; 0.6044 $ 62.29 f) Por un año de suscripción local pasando a recogerla; 15.9041 $ 1,639.12 g) Por un año de suscripción foránea; 21.2055 $ 2,185.50 h) Por un semestre de suscripción local pasando a
recogerla; 8.4822 $ 874.20
i) Por un semestre de suscripción foránea; 11.6630 $ 1,202.02
j) Por un ejemplar normal atrasado. 1.5904 $ 163.91
UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE $ 89.62
E
DITORA DEG
OBIERNO DELE
STADO DEV
ERACRUZ DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL: JOYCEDÍAZORDAZCASTROMódulo de atención: Calle Gutiérrez Zamora s/n, Esq. Diego Leño, Col. Centro Xalapa, Ver. C.P. 91000 Oficinas centrales: Km. 16.5 Carretera Federal Xalapa-Veracruz Emiliano Zapata, Ver. C.P. 91639
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