RESOLUCIÓN Núm. RES/277/2005
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ORDENA LLEVAR A CABO UNA VISITA DE VERIFICACIÓN ORDINARIA A LAS INSTALACIONES DE ECOGAS MÉXICO, S. DE R.L DE C.V., UBICADAS EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE MEXICALI
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que el 27 de septiembre de 1996, esta Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión), mediante Resolución Núm. RES/102/96 otorgó a DGN de Mexicali, S. de R.L. de C.V., ahora Ecogas México, S de R.L. de C.V. (el Permisionario), el Permiso de distribución de Gas Natural número G/002/DIS/96, para la Zona Geográfica de Mexicali (el Permiso).
SEGUNDO. Que con el objeto de promover el desarrollo eficiente de las actividades reguladas en materia de gas natural, es indispensable supervisar y vigilar el adecuado y puntual cumplimiento de las condiciones de seguridad y obligaciones asumidas por las personas que realizan dichas actividades.
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1, 2, fracción VII y 3, fracción XIX de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, corresponde a esta Comisión ordenar visitas de verificación y requerir la presentación de información para supervisar y vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la distribución de gas natural.
SEGUNDO. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, fracciones I, inciso e), IV y VI, y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, y la Disposición 9.3 del Permiso, el Permisionario está obligado a proporcionar la información suficiente y adecuada que le sea requerida por esta Comisión, en los términos del Reglamento de Gas Natural o del propio Permiso, en lo relativo a la actividad autorizada, y
TERCERO. Que esta Comisión requiere conocer el grado de cumplimiento de las obligaciones y compromisos en materia económica, financiera y técnica, así como las condiciones operativas y de seguridad del sistema de distribución de gas natural en la Zona Geográfica de Mexicali, con respecto a las disposiciones jurídicas aplicables y lo establecido en el Permiso.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, segundo párrafo, 14, fracciones I, inciso e), IV y VI y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 2, fracción VII, 3, fracciones XII, XIX y XXII y 4 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 1, 3, 12, 14, 16, fracción II, 39, 49, 62 a 68 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 1, 7, 14, 70, 71 y relativos del Reglamento de Gas Natural, esta Comisión Reguladora de Energía:
R E S U E L V E
PRIMERO. Se ordena llevar a cabo una visita de verificación ordinaria en las oficinas e instalaciones de Ecogas México, S. de R.L. de C.V., (Mexicali) cuyo objeto es comprobar el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el Considerando Tercero de esta Resolución.
SEGUNDO. Los propietarios, responsables, encargados u ocupantes de las instalaciones a que se refiere el Resolutivo Primero anterior, deberán:
??Permitir a los verificadores el acceso a sus oficinas, a fin de que puedan revisar la información a que se refiere el Anexo I de esta Resolución, mismo que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertare;
??Permitir a los verificadores el acceso a sus oficinas e instalaciones en la Zona geográfica, a fin de que puedan revisar la información a que se refiere el Anexo II de esta Resolución, mismo que se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertare, así como las condiciones de operación y mantenimiento del sistema, y
??Proporcionar la información y documentación que requieran los verificadores durante la realización de la visita a fin de cumplir con el objeto de la misma.
TERCERO. Requiérase a Ecogas México, S. de R.L. de C.V., para que, durante la práctica de la visita de verificación a que se refiere el Resolutivo Primero anterior, designe un representante con facultades suficientes para atender dicha diligencia y para proporcionar la información respecto al cumplimiento de los compromisos y obligaciones del Permisionario.
CUARTO. Se comisiona a los ciudadanos Licenciada Bertha Barrera Morales, Licenciado Gerardo Aguilar Hinojosa y Licenciado Rene Alberto Hernández Castillo, servidores públicos adscritos a la Dirección General de Gas Natural, así como a los Licenciados Sylvia Suárez Ramos y Alfredo Ochoa Campos, servidores públicos adscritos a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que conjunta o separadamente realicen la visita de verificación a que se refiere la presente Resolución.
QUINTO. Notifíquese la presente resolución a Ecogas México, S. de R.L. de C.V., y hágase de su conocimiento que contra el presente acto administrativo podrá interponerse el recurso de reconsideración que prevé el artículo 11 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y que el expediente respectivo se encuentra y puede ser consultado en las oficinas de esta Comisión Reguladora de Energía, ubicadas en Horacio 1750, Col. Los Morales Polanco, 11510, México, D.F.
SEXTO. Inscríbase la presente Resolución en el registro a que se refiere la fracción XVI del artículo 3 de la Ley de la Comisión Reguladora bajo el Núm.
RES/279/2005.
México, D.F., a 6 de octubre, 2005
Dionisio Arturo Pérez-Jácome Friscione Presidente
Francisco José Barnés de Castro Comisionado
Raúl Monteforte Sánchez Comisionado
Adrián Rojí Uribe Comisionado
Jorge Andrés Ocejo Moreno Comisionado
Anexo I de la RESOLUCIÓN Núm. RES/277/2004
Información necesaria para realizar la visita de verificación:
?? Balance General, Estado de resultados y Balanza de comprobación a Diciembre de 2004.
?? Identificación dentro de la balanza de:
?? Costos fijos y variables,
?? Costos afectados por la inflación en México y en Estados Unidos,
?? Costos trasladables a los usuarios,
?? Asignación de costos por grupo tarifario, y
?? Costos de actividades no reguladas;
?? Auxiliar de ingresos. Se hará muestreo de facturas;
?? Lista de antigüedad de saldos por cobrar a clientes y depósitos en garantía;
?? Lista de antigüedad de saldos de proveedores;
?? Lista de clientes. Se hará muestreo de contratos;
?? Resumen que indique el número de clientes por tipo: Residencial, comercial, industrial (con las categorías que apliquen);
?? Informe que muestre los volúmenes de gas conducido acumulado a Diciembre de 2004 registrados en la contabilidad;
?? Libro de actas;
?? Auxiliar de movimientos del capital contable;
?? Consecutivo de facturas;
?? Movimientos e integración de activos fijos a la fecha. Muestreo de facturas,
?? Tabla que indique el cálculo de la depreciación (vidas útiles);
?? Pólizas de seguros (originales) que han cubierto el permiso desde el otorgamiento;
?? En su caso, contratos de usuarios con los que se haya establecido tarifas convencionales;
?? Si el permiso no ha sido gravado, carta firmada por el representante legal que así lo exponga;
?? Contratos pasivos bancarios y/o bursátiles;
?? Estados de cuenta de dichos pasivos;
?? Esquemas de subcontratación;
?? Copias de facturas del proveedor de gas (últimos seis meses);
?? Lista de tarifas publicada en el D.O.F., y
?? Descripción de políticas contables que se requieran durante la visita.
?? Documentos que comprueben los kilómetros construidos durante el 2004 y facturas que comprueben los costos de construcción.
Anexo II de la RESOLUCIÓN Núm. RES/277/2004
Información técnica necesaria para realizar la visita de verificación:
?? Título de permiso emitido por la Comisión Reguladora de Energía;
?? Plano general del sistema de distribución;
?? Digitalización de planos;
?? Manual de emergencias de la empresa;
?? Plan de Emergencias con sus procedimientos;
?? Manual de procedimientos (operación, mantenimiento y seguridad);
?? Programa de Operación, Mantenimiento y Seguridad;
?? Dictámenes Técnicos. Se hará muestreo de dictámenes de diseño, construcción, pruebas, inspección, operación y mantenimiento;
?? Informes semestrales de 2002, 2003 y 2004;
?? Procedimientos de construcción;
?? Certificados de calidad de materiales;
?? Documentación sobre educación al público;
?? Bitácora de llamadas de emergencias y reporte de atención de las mismas;
?? Reporte de quejas;
?? Información técnica y de costos sobre los proyectos de construcción mas recientes especificando diámetro de tuberías y costo de instalación. Se hará muestreo de contratos, estimaciones y finiquitos a contratistas de 2004;
?? Información técnica y de costos sobre conexiones estándar para cada tipo de usuario;
?? Reporte de fugas y mermas;
?? Reposición de medidores de usuarios;
?? Programa de Capacitación y constancias;
?? Listado de clientes con instalaciones internas verificadas, especificando fecha de dictamen;
?? Información de mercado potencial, y
?? Visita de campo.
Toda la información será verificada en las oficinas del permisionario, excepto aquella derivada de la visita de campo. El acceso a la misma quedará constatada en el acta correspondiente, así como las copias fotostáticas que se soliciten.