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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

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Academic year: 2022

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

La cultura tributaria y su relación con la evasión fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito de Trujillo, Año 2018

TESIS

Para optar el Título Profesional de:

CONTADOR PÚBLICO

Asesor: D.R. C.P.C.Bocanegra Osorio, Santiago Néstor Villalobos Alcántara, Thalía Luzmila

Bachiller en Ciencias Económicas

TRUJILLO - PERÚ

2018

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DEDICATORIA

A DIOS

Por brindarme la oportunidad y la dicha de la vida, darme los medios necesarios para poder continuar con mi formación profesional y personal, siendo Él siempre mi guía, mi apoyo. Hoy me place hacerle partícipe de este acontecimiento importante en mi vida.

A MI FAMILIA

Mi Madre, Sofía Alcántara, mi Tía Dorita Alcántara y mí adorada Abuelita María Camacho, porque creyeron en mí, gracias a sus sabios consejos, porque siempre estuvieron ahí motivándome, en cada tropiezo que tuve, no me dejaron sola, con todo ello he logrado salir adelante. Gracias a todos por haberme fomentado el deseo de superación y anhelo de triunfo en la vida.

A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

Y a su plana docente de la Escuela Profesional de Contabilidad y Finanzas, por el conocimiento impartido a lo largo de mi carrera dándome la mejor formación académica y profesional.

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AGRADECIMIENTO

A mi asesor de tesis Dr. CPCC. Santiago Bocanegra Osorio por su asesoría, su aporte y guía para el desarrollo y culminación de mi Tesis de Investigación.

A la Universidad Nacional de Trujillo, a la Facultad de Ciencias Económicas y La Escuela Profesional de Contabilidad y Finanzas, por brindarme recursos físicos, administrativos y académicos; por brindarme la oportunidad de desarrollarme académicamente y profesionalmente, en un ambiente agradable, con la guía y consejos necesarios para obtener mí grado de Bachiller y asimismo mi Titulo de Contador Público.

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PRESENTACION

Señores Miembros del Jurado.

En cumplimiento al Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Trujillo, Escuela Profesional de Contabilidad; es grato dirigirme a ustedes para presentar y sustentar la presente tesis intitulada: “LA CULTURA TRIBUTARIA Y SU RELACIÓN CON LA EVASIÓN FISCAL DE LOS COMERCIANTES DEL MERCADO ZONAL PALERMO (EX MAYORISTA), DISTRITO DE TRUJILLO, AÑO 2018”, con la finalidad de optar el título de Contador Público.

La presente tesis se ha desarrollado según los lineamientos establecidos y poniendo en práctica los conocimientos adquiridos.

Bach. Villalobos Alcántara, Thalía Luzmila.

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INDICE

DEDICATORIA………ii

AGRADECIMIENTO………iii

PRESENTACIÓN………...iv

RESOLUCIÓN DE DECANATO DE PLAN DE TESIS Y ASESOR………v

RESOLUCIÓN DE DECANATO DE JURADO EXAMINADOR………vi

INDICE……….vii

RESUMEN……….viii

ABSTRACT……..………..ix

CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN………....1

1.1. REALIDAD PROBLEMÁTICA:.…..………..1

1.2. ANTECEDENTES DEL ESTUDIO:.…..………2

1.3 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN………6

1.4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………..7

1.5. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN………..7

1.6. FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS………8

1.7. OBJETIVOS………..……….8

1.7.1. OBJETIVO GENERAL………..8

1.7.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS……….……..8

1.8. MARCO TEÓRICO………..………..9

CAPÍTULO II. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN……..……….24

2.1. MATERIAL, MÉTODOS Y TÉCNICAS.………..…….……….24

2.2. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS………27

CAPÍTULO III RESULTADOS……….28

CAPÍTULO IV DISCUSIÓN……..………..62

CAPÍTULO V. CONCLUSIONES……….……..………..…65

CAPÍTULO VI RECOMENDACIONES………..66

CAPÍTULO VII REFERENCIAS……..………..……….67

ANEXOS………..……….68

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RESUMEN

La presente investigación tiene como objetivo principal determinar la relación entre la Cultura Tributaria y la Evasión Fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

El problema que se plantea en el presente trabajo busca dar respuesta a la siguiente interrogante ¿Cómo se relaciona la cultura tributaria con la evasión fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018? La hipótesis formulada sostiene que La Cultura Tributaria tiene una relación inversa con la Evasión Fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

La presente investigación tiene carácter no experimental, para desarrollarla se recurrió a fuentes primarias obtenidas a través de encuestas, lo cual ha permitido obtener datos para su posterior análisis.

Se concluye que no existe evidencia clara de una relación inversa entre la Cultura Tributaria y la Evasión Fiscal en los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018. Esto debido a las contradicciones en las que incurrieron los comerciantes al contrastar sus respuestas frente a las respuestas de los clientes que concurren a sus establecimientos.

Palabras clave: Cultura tributaria. Evasión fiscal. Comerciantes. Tributos.

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ABSTRACT

The main objective of this research is to determine the relationship between the Tax Culture and Tax Evasion of the Zonal Market merchants Palermo (Ex Mayorista), district of Trujillo, 2018.

The problem that arises in the present work seeks to answer the following question: How is the tax culture related to the tax evasion of the Mercado Zonal Palermo merchants (ex Mayorista), Trujillo district, 2018? The hypothesis formulated maintains that the Tax Culture has an inverse relationship with the Tax Evasion of the traders of the Zonal Market Palermo (ex Mayorista), district of Trujillo, year 2018.

.

The present investigation has a non-experimental character, to develop it we used primary sources obtained through surveys, which has allowed us to obtain data for further analysis.

It is concluded that there is no clear evidence of an inverse relationship between the Tax Culture and Tax Evasion in the traders of the Zonal Market Palermo (Ex Mayorista), district of Trujillo, 2018. This is due to the contradictions incurred by the merchants contrast their answers to the responses of customers who come to their establishments.

Keywords: Tax culture. Tax evasion. Merchants. Tributes .

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I. INTRODUCCIÓN

1.1. REALIDAD PROBLEMATICA

El tema de la evasión fiscal es un tema tan común que se puede encontrar en cualquier rincón del planeta. Desde los países llamados

“subdesarrollados”, hasta aquellos en países considerados

“desarrollados”, por ejemplo, Estados Unidos, pese a ser un país que impone tasas bajas de impuestos, así como en aquellos países que imponen cargas tributarias elevadas, como Alemania.

En el ámbito local los problemas que afectan son tanto el desconocimiento por parte de los ciudadanos y empresarios sobre temas de cultura tributaria como la ausencia de mejoras en los servicios que permitan que cada contribuyente cumpla con su deber tributario de manera más rápida. Estos problemas no hacen más que motivar la evasión fiscal. En los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista) no se cuenta como política la adhesión de una conciencia tributaria. Así, por ejemplo, los vendedores voluntariamente no emiten comprobantes de pago, sin saber que si la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria detecta esta irregularidad pueden perder más por concepto de sanciones. Se debe promover en ellos el hábito de pedir a sus proveedores comprobantes de pago, dado que esto les servirá al momento de hacer las deducciones previo a la declaración de renta. Al bajo nivel en educación tributaria con el que puedan contar los comerciantes del centro comercial en mención, se puede apreciar que ellos viven con la percepción que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria no establece de manera clara en qué se invierten los recursos provenientes del pago de impuestos (que se supone buscan el beneficio social).

Por tanto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria debe generar conciencia en ellos sobre el uso que se da a los ingresos percibidos mediante el cobro de impuestos y la importancia que significan para invertir en proyectos que beneficiarán a la sociedad en su conjunto.

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Todo esto hace necesario el concientizar a los dueños de los establecimientos comerciales sobre el riesgo económico que implica el evadir la responsabilidad tributaria, pues si la autoridad fiscal, en este caso la SUNAT, procede con la clausura temporal del negocio, el propietario del establecimiento dejará de percibir ingresos y, además, sus clientes pueden terminar buscando otros establecimientos para realizar sus compras. Por otro lado, se les debe hacer ver también la importancia de formalizarse dado que al estar constituidos como empresa formal se puede emitir comprobantes lo cual les facilite hacerse de un historial crediticio que permita obtener recursos para el normal funcionamiento económico de cada establecimiento. La presente investigación tiene el propósito de promover y aplicar la cultura tributaria en los vendedores del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), buscando sembrar conciencia en los comerciantes a fin de que se cumpla voluntariamente con los deberes tributarios.

1.2. ANTECEDENTES DEL ESTUDIO

Se detalla a continuación los estudios encontrados que guardan relación con la presente investigación:

TÍTULO: “Propuesta para crear una unidad móvil de capacitación como herramienta para el fortalecimiento de la Cultura Tributaria en Guatemala”

Autor: Chicas Zea, Mónica.

Año: 2011

Institución: Universidad San Carlos de Guatemala.

Conclusiones de la investigadora:

 Al no contar el Estado con una adecuada manera de llegar a la población, se manifiesta una preocupante falta de interés (por parte de los ciudadanos), para efectuar el cumplimiento de con sus deberes tributarios en el plazo oportuno.

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 Los problemas asociados a evasión fiscal o incumplimiento de obligaciones tributarias son una realidad que se acentúa aún más en las zonas rurales, donde la falta de capacitaciones respecto al tema tributario hace que sea casi nula la motivación de los ciudadanos por pagar sus impuestos.

TÍTULO: “Incidencia de la Cultura Tributaria en la Evasión del Impuesto a la Renta de Contribuyentes de Cuarta Categoría en la Ciudad de Arequipa periodo 2010-2011”

Autor: Salas Cohaguila, Jhony Ángel.

Año: 2012.

Institución: Universidad Nacional de San Agustín.

Conclusiones del investigador:

 La existencia de una norma que obliga a los contribuyentes al pago de los impuestos no garantiza una disminución en el nivel de evasión fiscal. En la mayoría de los casos, los contribuyentes no cumplen sus obligaciones tributarias por el hecho de que ven con incomodidad cómo existen sectores que no pagan sus tributos y el Estado no actúa. El investigador afirma que la incomodidad de las personas ante la desidia del Estado por promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias se refleja en la siguiente frase: ¨si unos contribuyentes no pagan, yo tampoco¨

TÍTULO: “Nivel de Cultura Tributaria en los Comerciantes de la Ciudad de Chiclayo para mejorar la recaudación Pasiva de la Región en el periodo 2012”

Autor: Mogollón Díaz, Verónica.

Año: 2010.

Institución: Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo.

Conclusiones de la investigadora:

 El alto nivel de desinformación respecto de los beneficios y/o sanciones por el tema de cumplir responsablemente con las obligaciones fiscales o tributarias.

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 La falta de educación en temas tributarios sumado a la desconfianza que la ciudadanía tiene en cuanto a la honradez de los funcionarios públicos que se desempeñan en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, ha sido determinante en la disposición de la población por cumplir con sus obligaciones tributarias.

TÍTULO: “Las Causas que motivan la Evasión Tributaria en la empresa constructora Los Cipreses S.A.C en la Ciudad de Trujillo en el Periodo 2012”

Autoras:

Castro Polo, Sandra Patricia.

Quiroz Vega, Fiorella Carolyne.

Año: 2013.

Institución: Universidad Privada Antenor Orrego.

Conclusiones de las investigadoras:

 Existe desinformación por parte de ciertos sectores empresariales sobre el tema de cumplimiento de obligaciones tributarias.

 El Estado, a través de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, es quien debe incentivar el desarrollo de la Cultura Tributaria en el país con el fin de informar a los ciudadanos sobre lo importante que pagar los impuestos significa para el país, así como advertir sobre las consecuencias que tiene la Evasión Tributaria.

TÍTULO: “Análisis Comparativo de la Aplicación de un Programa de Orientación y Cultura Tributaria en Estudiantes del Quinto Año de Secundaria de Instituciones Educativas Publicas y Privadas de la Ciudad de Trujillo”

Autoras:

Mostacero Miranda, María Luisa.

Vasquez Mosqueira, Karen Massiel.

Año: 2014.

Institución: Universidad Privada Antenor Orrego.

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Conclusiones de las investigadoras:

 Los alumnos en las instituciones educativas en su mayoría (si no es que todos) carecen de conocimiento respecto del tema tributario. Similar situación se refleja en los docentes. De allí la necesidad de aplicar un programa de orientación y cultura tributaria en estudiantes, pero también debe considerarse en docentes a fin de mejorar el conocimiento al respecto y, lo que es más importante, generar conciencia sobre la importancia y necesidad de cumplir con las obligaciones tributarias.

 El Estado, a través de la SUNAT y el Ministerio de Educación son los encargados de propiciar estrategias que contribuyan a concientizar a los estudiantes respecto de lo importante que es, para la sociedad en general, que ellos cumplan con sus obligaciones tributarias. Para ello, el investigador plantea la necesidad de que los docentes sean capacitados a fin de que promuevan en sus alumnos el hábito positivo del pago de impuestos.

TÍTULO: “Evasión fiscal en México: causas y soluciones”

Autor: Guarneros Aguilar, Nancy Stephanie.

Año: 2010.

Institución: Universidad Veracruzana.

Conclusiones de la investigadora:

 La carencia de conocimientos en base al tema tributario, así como la falta de transparencia que muestran las instituciones públicas respecto del destino de los ingresos público, motivan a que los ciudadanos opten por estrategias que les sirvan para evadir su responsabilidad fiscal.

 Erradicar, o al menos intentar disminuir el nivel de evasión tributaria no es una tarea fácil, por lo cual plantea concientizar a la población respecto de poner en práctica valores como alternativa para dar solución a este problema.

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TÍTULO: “La educación tributaria como medida para incrementar la recaudación fiscal en Ecuador”.

Autores:

Gaona Escalante, Wilmer Manuel.

Tumbaco Marcillo, Pedro Willington.

Año:2009.

Institución: Escuela Superior Politécnica del Litoral. Guayaquil.

Conclusiones de los investigadores:

 Los investigadores refieren lo importante que se hace fomentar en la ciudadanía una cultura de tributación; lo cual, en el caso de Ecuador, ha tenido un impacto positivo en la población estudiantil dado que existe un creciente interés por parte de los escolares en aprender más sobre los impuestos.

 Fomentar la Educación Tributaria en cada rincón del país, sobre todo en los centros de educación básica, dado que los niños y los jóvenes constituyen la base de la sociedad.

1.3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN JUSTIFICACIÓN TEÓRICA

La presente investigación pretende aportar a la literatura con ideas que permitan conocer la relación que existe entre el nivel de cultura respecto a temas tributarios en una población en particular (Comerciantes del Mercado Zonal Palermo), y su relación con el nivel de evasión.

JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA

Los resultados obtenidos en la presente investigación pueden ser considerados al momento de establecer medidas de política orientadas a promover mejoras en el tema de cómo debe, la entidad tributaria (en este caso SUNAT, abordar temas asociados a fomentar la cultura tributaria en la población dedicada a actividades productivas o empresariales en todos los niveles (pymes o grandes empresas).

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JUSTIFICACIÓN METODOLÓGICA

La manera en la cual se realice el análisis de las variables relacionadas, servirá como referencia al momento de intentar realizar estudios similares aplicados a otras realidades.

1.4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Dada la importancia de hacer conocer a los comerciantes los beneficios por estar al día con sus obligaciones tributarias como los riesgos que puede tener el no cumplir con ellas, se plantea lo siguiente:

¿Cómo se relaciona la cultura tributaria con la evasión fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018?

1.5. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN

1.5.1. Variable independiente: El nivel de evasión fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018.

1.5.2. Variable dependiente: El nivel de cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018.

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1.6. FORMULACIÓN DE LA HIPÓTESIS

La Cultura Tributaria tiene una relación inversa con la Evasión Fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

1.7. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 1.7.1. OBJETIVO GENERAL

1.7.1.1. Determinar la relación entre la Cultura Tributaria y la Evasión Fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

1.7.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.7.2.1. Evaluar el nivel actual de cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018.

1.7.2.2. Determinar el nivel de evasión fiscal en el Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018.

1.7.2.3. Proponer la implementación de un plan estratégico que permita mejorar la cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

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1.8. MARCO TEÓRICO:

1.8.1. Cultura tributaria

En palabras de Méndez (2014), la Cultura Tributaria constituye “un conjunto de valores, conocimientos y actitudes” que motivan a que los ciudadanos respondan positivamente al momento de cumplir sus obligaciones tributarias, pues existe en ellos la convicción que los recursos recaudados beneficiarán a distintos sectores en nuestra sociedad.

Villegas (2013) destaca que la Cultura Tributaria no solo reside en la actitud que los ciudadanos tengan respecto de cumplir con sus obligaciones tributarias (en favor de la sociedad), sino que también consiste en ver cómo el Estado emplea los elementos necesarios para motivar a los contribuyentes a cumplir sus obligaciones.

Importancia de la Cultura Tributaria

La importancia de la Cultura Tributaria está ligada a la propia conciencia que cada persona tiene respecto del lugar que le corresponde en la sociedad, por lo cual, desarrolla un sentido de solidaridad para con los demás.

Por lo tanto, hay que admitir en las obligaciones tributarias un dispositivo en pro del bien común y al Estado como el ente facultado de alcanzar dicho propósito. Asimismo, el cumplimiento de esas obligaciones lleva inherente el derecho y la legitimidad que tienen todos los ciudadanos de exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones; sin embargo, hay que admitir que esta tarea es un proceso a largo plazo y que toma años alcanzar y desarrollar.

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Difusión de la Cultura Tributaria

Al mismo tiempo que debemos ser conscientes de lo que la educación fiscal tiene un alcance mucho mayor que la educación estrictamente tributaria, no podemos olvidarnos de que el enfoque didáctico y consistente de temas específicos relacionados con la tributación también se insertan bajo la cobertura de la educación fiscal, y fortalece el sentimiento de ciudadanía.

Al final, la conciencia ciudadana implica el acceso a conocimientos que permiten la apropiación de las informaciones y herramientas necesarias para la actuación en nuestra sociedad.

Es importante realizar el ejercicio de ponernos en el lugar del otro, con sus prejuicios y limitaciones, diferentes de las nuestras. Las acciones dirigidas a concienciar y comprometer a la población en los asuntos relativos a la vida en comunidad se vuelven ineficaces si los individuos no se sienten destinatarios de esas acciones.

La educación fiscal incluye charlas en entidades de clase; foros de discusión con esas entidades y con otras asociaciones; canales de comunicación con la prensa local para actualizaciones sobre la legislación y la aclaración de dudas; participación en eventos comunitarios; inserción de contenido en publicaciones locales, como periódicos y folletos para la comunidad, entre otras acciones que sean pertinentes en cada unidad y región en que actúa la Hacienda Pública.

Peña (2013) determina que:

La implementación de un programa nacional de educación tributaria, es necesario tener un enfoque en el cual el contribuyente se sienta plenamente inmerso en estos asuntos, que participe en los procesos de control y además que posea una adecuada información. Solo así se lograra que los programas diseñados funcionen, por otro lado como también lo manifiesta la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. (p.23).

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En la actualidad el ente encargado de la difusión de la cultura tributaria es la SUNAT, a través del Programa de Cultura Tributaria viene trabajando para obtener uno de los principales objetivos que tiene dicha institución para generar una cultura y la conciencia tributaria en la comunidad educativa nacional, en la juventud universitaria y en la ciudadanía, teniendo como principales líneas de acción las siguientes:

- Cultura Tributaria en el Sistema Escolar.

- Cultura Tributaria en la Educación Superior.

- Actividades Lúdicas Educativas de Cultura Tributaria.

- Capítulo Perú en el Libro de Euro social Fiscalidad.

Valores Éticos

Sánchez (2015) manifiesta que los valores éticos son aquellos que generan “un comportamiento respetuoso hacia los demás”; es decir, el ser humano realiza sus actividades teniendo en cuenta que las consecuencias de dichas acciones no perjudiquen o alteren el bienestar de los demás.

Lujan (2014), por su parte, plantea que los valores éticos son normas o

“guías de comportamientos” orientadas a regular “la conducta de un individuo” al momento de desenvolverse en su entorno.

Vega (2015), finalmente, sostiene que los valores éticos son aquellas normas que se encuentran en nuestra mente y que sirven de guía para hacer frente responsablemente a distintas situaciones que nos toca enfrentar.

La ética de la Administración Tributaria

En una sociedad, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria se encarga de aplicar de manera efectiva los diversos mecanismos tributarios presentes en el Sistema Tributario Nacional con el objetivo de SUNAT (2017), manifiesta que los objetivos de aplicar este sistema son: “incrementar la recaudación, brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad, y,

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distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades”.

Para poder ejecutar sus funciones, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria asume “poderes y prerrogativas de carácter público”, las cuales “se encuentran sometidos a principios como la legalidad, el interés general, el servicio al ciudadano, eficacia, jerarquía, etc.”.

La ética del contribuyente

Siguiendo a SUNAT (2017), “el contribuyente tiene una serie de derechos, enunciados en las diferentes normas reguladoras, frente a las actuaciones llevadas a cabo por la Hacienda Pública al aplicar el Sistema Tributario”.

Asimismo, se resalta que el contribuyente “debe asumir obligaciones de carácter material y formal, que le llevan necesariamente a incurrir en costes de cumplimentación tanto directos como indirectos”.

Finalmente, SUNAT menciona que “el incumplimiento de estas obligaciones y deberes constituye por sí una conducta ilegal y por tanto moral y éticamente reprobable”.

La ética profesional

La ética profesional considera que cada profesión tiene como objetivo el bienestar social; es decir, cada profesional debe considerar que el ejercicio de sus actividades debe buscar, en primer lugar, el bienestar social. No puede, por tanto, anteponer sus intereses a los de la ciudadanía en general.

Normas Tributarias

Carrera (2016) expresa que las Normas Tributarias constituyen una serie de términos legales establecidos con el propósito de direccionar las actividades de los contribuyentes.

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Gómez (2016), respalda esta afirmación al plantear que las Normas Tributarias representan un “conjunto de leyes y reglamentos que regulan las obligaciones de personas y empresas para con el Estado, por medio de impuestos (p3)”.

Finalmente, Quiroga (2014) sostiene que las Normas Tributarias consideran “las principales normas fiscales que afectan a la imposición directa y local, así como las de carácter general y de gestión tributaria, Ley General Tributaria, Reglamento general del régimen sancionador tributario, Reglamento general de recaudación, Reglamento de gestión e inspección tributaria, etc. (p.32)”.

Por consiguiente, se puede considerar que las Normas Tributarias representan un conjunto de ordenamientos legales establecidos con el fin de reglamentar el comportamiento de los contribuyentes asociado a las actividades que realizan.

1.8.2. Evasión Fiscal

Seniat (2013) considera a la evasión fiscal o tributaria “como un enriquecimiento ilícito para el sujeto pasivo y un fraude para el activo”; es decir, aquella persona que evita contribuir (sujeto pasivo) se genera un beneficio ilícito a su favor, perjudicando al sujeto activo (en este caso la administración tributaria). “El evasor de impuestos comete engaños, aprovechándose indebidamente de mercancías que no pagan tributo alguno”, concluye.

Villegas (2013) sostiene que la evasión fiscal o tributaria consiste en eliminar o disminuir “un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales”.

Gómez (2014) menciona que la evasión tributaria hace referencia a una acción ilícita pues “engloba tanto al: ilícito tributario administrativo, como infracción tributaria, e ilícito tributario penal, delito tributario”.

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El Sistema Tributario

Velásquez (2010) lo define como aquel “conjunto de normas y procedimientos establecidos por la ley y que rigen la relación entre el deudor tributario (contribuyentes) y el acreedor tributario (Estado)”, con la finalidad de garantizar que tanto el acreedor como el deudor cumplan con sus obligaciones tributarias.

Ruiz De Castilla (2008), define al Sistema Tributario como aquel “conjunto de impuestos, contribuciones y tasas que existen”. Ruiz manifiesta, además, que es lógico considerar que, si un contribuyente está haciendo uso de un servicio público a su favor, pues debe retribuir con el pago de tributos por ello. Lo mismo sucede para el caso de las empresas.

La percepción del Sistema Tributario

De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española de la lengua, sistema es el conjunto de principios, normas o reglas sobre una materia enlazadas entre sí. Aplicando dicho concepto al Derecho Tributario podemos decir que el sistema tributario es el conjunto de principios y/o reglas referido a los tributos, que rigen en un país en una época determinada.

Velásquez (2010) define como:

Un conjunto de normas y procedimientos establecidos por la ley y que rigen la relación entre el deudor tributario (contribuyentes) y el acreedor tributario (Estado), el mismo que se basa en un conjunto de reglas establecidas por el Estado a fin de regular la relación entre los componentes del hecho tributario:

acreedor y deudor. (p.4).

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Desde un punto de vista económico es necesario que el sistema tenga la flexibilidad funcional suficiente para convertir la fiscalidad en un instrumento de promoción económica, y no, por el contrario, que trabe la producción nacional. Desde el aspecto social, los tributos deben ocasionar un sacrificio mínimo al contribuyente y distribuirse equitativamente entre los ciudadanos según su aptitud de pretensión patrimonial.

Desde el aspecto administrativo, es necesario que el sistema sea lo más simple posible, de manera que produzca certeza en el contribuyente con respecto al modo de pago, lugar y fecha, etc. Todo ello debe surgir de normas claras y precisas, y con la publicación debida; además, el pago debe resultar cómodo en cuanto a la época en que el contribuyente se halle presumiblemente en mejores condiciones económicas para efectuar la erogación que significa el tributo. Por último, es necesario que el fisco recaude sus impuestos con el menor costo posible.

Características de los Sistemas Tributarios:

a. La expresión “sistema” sugiere un conjunto coordinado e interdependiente de partes que conforman un todo cuyos lineamientos generales dan sentido a cada uno de sus componentes.

b. En materia fiscal, la doctrina alude al “sistema” para referirse a un conjunto de tributos que responde a una serie de características, fundamentos y objetivos comunes al todo y a las partes.

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El Sistema Tributario basado en los Impuestos Indirectos:

Los sistemas fiscales deberían apoyarse sobre distintos tributos, pero los impuestos indirectos tienen ventajas que deben maximizarse en países en desarrollo como el nuestro.

Principio de Equidad en el Sistema Tributario:

Uno de los principios tributarios que se cuestiona en los Impuestos Indirectos, es el de Equidad. Según éste, si bien el gravamen debe ser exigible para todos sin excepción o discriminación alguna, el sacrificio que se impone a los contribuyentes debe guardar proporción con la situación de cada uno de los sujetos.

Principio de Neutralidad en el Sistema Tributario:

Asimismo, la doctrina señala que es deseable que la tributación sea neutral. Esto significa que la recaudación no interfiera en la localización de los recursos productivos, en la selección de consumo por individuos y empresas, en la alternativa entre ocio y trabajo, en las decisiones empresariales sobre grado de integración, organización de la producción y distribución de bienes y servicios, etc.

El cumplimiento tributario voluntario:

La legislación actual, en materia tributaria, busca incentivar en los ciudadanos cumplir de manera voluntaria con las obligaciones tributarias, no esperando medidas coercitivas.

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MARCO CONCEPTUAL:

Se define, a continuación, algunos términos básicos:

Cultura tributaria Según García (2017):

“La cultura tributaria es la base para la recaudación y el sostenimiento del país. Esta cultura encierra un conjunto de valores, creencias y actitudes compartidas por una sociedad respecto a la tributación y a la observancia de las leyes. Esto va de la mano con la confianza y credibilidad al gobierno”.

Evasión fiscal o tributaria

En la presente investigación, se hará uso del término evasión tributaria

“pura”, la cual se produce, según Dreyden y College (1996) cuando:

“…los individuos no reportan todos los ingresos generados a partir de actividades desempeñadas en negocios propiamente registrados y contabilizados en las estadísticas nacionales”.

Coercitividad

Consiste en aplicar castigos o sanciones a fin de condicionar la conducta de los individuos, dado que existen casos en los cuales los involucrados pretenden evitar su responsabilidad, aunque también se realizan medidas coercitivas con fines de prevención.

Régimen tributario:

Según SUNAT (2016):

Es aquella categoría en la cual “toda persona natural o jurídica (empresa) que posea o vaya a iniciar un negocio deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT”. En función a dicha categoría se establecen las obligaciones tributarias, así como los procedimientos de pago de los impuestos nacionales.

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La SUNAT (2016), además, destaca la existencia de los siguientes Regímenes Tributarios:

 Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS).

 Régimen Especial de Renta (RER).

 Régimen General (RG).

Recaudación:

“Es el proceso de cobro de los tributos, que considera a las personas que contribuyan en forma equitativa, justa, proporcional, de acuerdo a su aptitud y capacidad económica” (Villegas, 2009, p.49).

Declaración tributaria:

El Ministerio de Economía y Finanzas (2016), considera a la declaración tributaria como:

“(…) la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria.

(Artículo 88º del Código Tributario)”.

Acreedor tributario:

El Ministerio de Economía y Finanzas (2016), lo define como:

“(…) aquél en favor del cual debe realizarse la prestación tributaria. El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, son acreedores de la obligación tributaria, así como las entidades de derecho público con personería jurídica propia, cuando la ley les asigne esa calidad expresamente. (Artículo 4º del Código Tributario)”.

Actos reclamables:

El Ministerio de Economía y Finanzas (2016), lo define como:

“…aquellos actos emitidos por la Administración Tributaria que pueden ser objeto de reclamación, como la Resolución de Determinación, la Orden de Pago y la Resolución de Multa. También, son reclamables la resolución ficta sobre recursos no contenciosos, las resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de

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vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como las resoluciones que las sustituyan y los actos que tengan relación directa con la determinación de la deuda tributaria”.

Arbitrios:

El Ministerio de Economía y Finanzas (2016), lo define como:

“Tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público”.

Compensación:

El Ministerio de Economía y Finanzas (2016), lo define como:

“Forma de extinción de la deuda tributaria. La deuda tributaria podrá compensarse total o parcialmente con los créditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a períodos no prescritos, que sean administrados por el mismo órgano administrador y cuya recaudación constituya ingreso de una misma entidad. (Artículos 27° y 40º del Código Tributario)”.

Costo o gasto para efecto tributario:

SUNAT (2016) nos presenta la siguiente definición:

El costo lo constituyen los importes que se pagan para producir un bien o servicio, el gasto lo constituyen los importes que se pagan que no tienen relación directa con la producción del bien o servicio, pero si con la actividad empresarial. Ejemplo: Si fabrico ángulos ranurados, serán costos: el metal que compro para fabricarlo, el pago de la mano de obra que interviene en su fabricación, los pagos en máquinas que uso para dicho proceso de fabricación, el pago de la electricidad utilizada en el proceso, etc.); serán gastos: los pagos por transporte, almacenaje y distribución de dichos ángulos ranurados, los pagos que se hacen a los vendedores o al Gerente o el consumo telefónico para la comercialización de dichos ángulos ranurados.

(29)

Derechos:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016), plantea que:

“Son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos. (Norma II del Título Preliminar del Código Tributario)”.

Determinación de la obligación tributaria:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016), señala lo siguiente:

“Por el acto de determinación de la obligación tributaria: a) El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo. b) La Administración Tributaria verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo. (Artículo 59º del Código Tributario)”.

Deuda tributaria

Ministerio de Economía y Finanzas (2016), plantea que:

“La deuda tributaria está constituida por el tributo, las multas y/o los intereses. (Artículo 28° del Código Tributario)”.

Deudor tributaria

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

“Es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable. (Artículo 7º del Código Tributario).”

Deuda exigible:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

“Es aquella que da lugar a las acciones de coerción para su cobranza.

(Artículo 115º del Código Tributario)”.

Domicilio fiscal

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

Es el lugar fijado, dentro del territorio nacional, por los obligados a inscribirse ante la Administración Tributaria para todo efecto tributario y que se considera subsistente mientras su cambio no sea comunicado a la Administración Tributaria en la forma que ésta establezca. (Artículo 11º del Código Tributario).

(30)

Infracción tributaria:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

“Es toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal. (Artículo 164º del Código Tributario)”.

Queja:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

“Remedio procesal excepcional a través del cual los administrados pueden cuestionar los defectos de tramitación que afecten o perjudiquen sus derechos o intereses, Su objetivo es corregir las actuaciones indebidas de la Administración Tributaria dentro de un procedimiento administrativo que se encuentra en trámite y siempre que no exista otra vía para cuestionar tales defectos. (Artículo 155° del Código Tributario)”.

Reclamación:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

“Impugnación contra el acto reclamable emitido por la Administración Tributaria, dando inicio a la primera instancia administrativa del procedimiento contencioso tributario. En el caso de Reclamaciones ante la SUNAT, deberá adjuntarse también la Hoja de Información Sumaria – Formulario N° 6000 (Artículos 132°, 133° y 137° del Código Tributario)”.

Facultad de fiscalización:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

Es aquella facultad que ejerce la Administración en forma discrecional y que consiste en inspeccionar, investigar y controlar el cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración y beneficios tributarios. (Artículo 62º del Código Tributario).

Prescripción:

Ministerio de Economía y Finanzas (2016):

Es la extinción de la acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, para exigir su pago o aplicar sanciones y del derecho del deudor tributario para solicitar la devolución de los pagos indebidos o en exceso (Artículo 43° del Código Tributario).

(31)

SUNAT

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT, 2016):

Es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera, actualmente constituida en pliego y unidad ejecutora. Su misión es gestionar integradamente el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, así como la facilitación del comercio exterior, de forma eficiente, transparente, legal y respetando al contribuyente o usuario.

Tributo

Según la SUNAT, a través de su portal web, un tributo “es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines”.

El término Tributo comprende:

A. Impuesto:

Siguiendo a SUNAT, un impuesto “es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta”.

B. Tasa:

SUNAT define tasa como aquel “tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo, los derechos arancelarios de los Registros Públicos”.

C. Contribución:

SUNAT menciona que el término contribución hace referencia al

“tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO”.

(32)

Impuesto a la renta

El portal del gobierno peruano define al impuesto a la renta como un

“tributo que se determina anualmente y su ejercicio inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre”.

Además, en este portal se manifiesta que “este impuesto se aplica a los ingresos que provienen del arrendamiento u otro tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles, acciones u otros valores mobiliarios, y/o del trabajo realizado de forma dependiente o independiente”.

La SUNAT divide al impuesto a la renta en:

A. Impuesto a la renta – Personas.

Considera los ingresos o rentas generadas por las personas por concepto de alquiler de bienes muebles e inmuebles (Rentas de primera categoría), dividendos, acciones y ganancias de capital (Rentas de segunda categoría), el trabajo independiente (Rentas de cuarta categoría), y por el trabajo independiente (Rentas de quinta categoría).

B. Impuesto a la renta – Empresas.

En el portal oficial de la SUNAT se considera a este impuesto como:

“El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo”

(33)

II. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN

2.1. MATERIAL, MÉTODOS Y TÉCNICAS QUE SE APLICARÁN EN LA INVESTIGACIÓN

2.1.1. MATERIAL

A. POBLACIÓN

Según el Servicio de Administración de Inmuebles Municipalidad de Trujillo (SAIMT), hasta junio de 2017, el Mercado Zonal Palermo reporta 900 puestos debidamente registrados.

Por ello la población estará conformada por los 900 comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

B. MUESTRA

Donde:

N = Tamaño de la población (900 comerciantes).

Z = 1.96

P = Probabilidad de éxito = 0.5

Q = Probabilidad de fracaso = 1-p = 0.5 E = Margen de error = 0.05

Nivel de confianza = 95%

Reemplazando:

𝑛 =

(1.96)2 0.5 (0.5) 900

(0.05)2 (6000−1)+ (1.96)2 0.5 (0.5)

= 269.447302 comerciantes

(34)

Muestra ajustada

𝑛 ∗= 269.447302 (1 +269.447302

900 )

n* = 207.3651129 comerciantes

Se obtuvo una muestra de 207 comerciantes del mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista).

2.1.2. MÉTODOS

Los métodos empleados para el presente trabajo de investigación son el método descriptivo y el método inductivo.

La presente investigación es de carácter descriptivo pues los datos son obtenidos directamente de la observación de la realidad o del fenómeno, sin que estos sean modificados o alterados.

La presente investigación se efectuará siguiendo el método inductivo, por el hecho que pretende analizar un caso en particular (en este caso la relación entre evasión fiscal y cultura tributaria), para que a partir de sus resultados se pueda extraer conclusiones de carácter general. Así, para nuestro caso, a partir de las observaciones sistemáticas de la realidad (realizada en base a la aplicación de encuestas e información documentada), se busca generalizar una teoría: La Cultura Tributaria tiene una relación inversa con la Evasión Fiscal de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (ex Mayorista), distrito de Trujillo, año 2018.

2.1.3. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS A. TÉCNICAS PARA RECOLECCIÓN DE DATOS

Se recurrirá, principalmente a encuestas (en el caso de conocer el nivel de cultura tributaria y evasión fiscal por parte de los comerciantes del establecimiento en mención), así como a documentos proporcionados por instituciones oficiales del Estado peruano y otras instituciones o autores, respecto de los beneficios de cumplir con las obligaciones tributarias implica, así como los riesgos por sanciones que se pueden suscitar.

(35)

B. TÉCNICAS PARA TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN

Se realizará un análisis documental, tabulación de cuadros con porcentajes y cantidades, así como revisión bibliográfica.

C. TÉCNICAS PARA PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN

Se aplicará la técnica de Ordenamiento y Clasificación con el objetivo de evaluar la información cualitativa y cuantitativa en forma ordenada, de modo que al interpretarla se pueda sacar un óptimo provecho.

Asimismo, se recurrirá a efectuar un Procesamiento Computarizado que permitirá realizar distintos cálculos matemáticos y estadísticos que serán de gran provecho en la presente investigación.

D. INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS Se recurrirá a un cuestionario de Encuesta.

En los Anexos 1, 2 y 3, se detallan las preguntas del cuestionario respecto de la Cultura Tributaria.

Además, la información documentaria a la cual se apelará es de carácter normativo y legal.

El Marco Normativo abarca:

 Código Tributario.

 Ley de Tributación Vigente en el País, según municipalidad.

El Marco legal comprende:

 Texto Único Ordenado del Código Tributario. Decreto Supremo Nº 135-99- EF.

 Decreto Legislativo Nº 943. Ley del Registro Único de Contribuyentes.

 Decreto Legislativo Nª 937. Texto del Nuevo Régimen único Simplificado

 Ley Nª28194. Ley para la Lucha contra la Evasión y para la formalización de la Economía.

(36)

2.2. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS

La estrategia a desarrollar en la presente investigación toma como diseño de investigación no experimental, ya que no se van a manipular las variables involucradas en el estudio.

Se aplicará un cuestionario el cual permitirá tener un alcance objetivo en cuanto al conocimiento de los comerciantes respecto de los términos tributarios.

(37)

III. RESULTADOS

En base a la información recopilada de las encuestas aplicadas, se detallan los resultados de cada uno de los objetivos planteados en la presente investigación.

Objetivo específico 1

“Evaluar el nivel actual de cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018”.

Como se recuerda, el primer objetivo al que se dará respuesta busca evaluar el nivel actual de cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Zonal Palermo (Ex Mayorista), distrito Trujillo, año 2018.

3.1. Nivel actual de cultura tributaria de los comerciantes del Mercado Mayorista.

En base a la encuesta aplicada en la investigación, se pudo determinar lo siguiente:

Dimensión: Conocimientos generales TABLA 01

Respuesta del comerciante: ¿Sabe que es una factura y/o Boleta?

Frecuencia (Fi) %

Totalmente de acuerdo 180 86,96%

De acuerdo 26 12,56%

Indiferente 0 0,00%

En desacuerdo 0 0,00%

Totalmente en desacuerdo 1 0,48%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

(38)

Figura 01 Respuesta del comerciante: ¿Sabe que es una factura y/o Boleta?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

De la tabla 01 y figura 01 se advierte que, de los 207 comerciantes encuestados, 180 comerciantes (86.96% de los encuestados), afirman saber que es una factura o boleta.

TABLA 02

Respuesta del comerciante: ¿Sabe que es el IGV?

Frecuencia (Fi) %

Totalmente de acuerdo 156 75,36%

De acuerdo 23 11,11%

Indiferente 0 0,00%

En desacuerdo 28 13,53%

Totalmente en desacuerdo 0 0,00%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

(39)

Figura 02 Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué es el IGV?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Al observar la tabla 02 y figura 02 se advierte que, de los 207 comerciantes encuestados,156 comerciantes (75.36%), manifiestan saber qué es el IGV

Dimensión: Conocimientos tributarios TABLA 03

Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué es la SUNAT?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 204 98,55%

De acuerdo 3 1,45%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 0 0,00%

Totalmente en desacuerdo 0 0,00%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Totalmente de acuerdo

75%

De acuerdo 11%

No me he dado cuenta

0%

En desacuerdo 14%

Totalmente en desacuerdo

0%

(40)

Figura 03 Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué es la SUNAT?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

En la figura 03 y tabla 03 se advierte que, de los 207 comerciantes encuestados, el 98.55% de los encuestados (204 comerciantes), dicen estar totalmente de acuerdo en qué es la SUNAT.

Asimismo, 3 comerciantes (1.45%), afirman estar de acuerdo respecto de saber qué es la SUNAT.

Es decir, no existe contribuyente alguno que desconozca qué es la SUNAT.

(41)

TABLA 04

Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué son los tributos?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 04. Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué son los tributos?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

En la figura 04 y en la tabla 04 se aprecia que el 61.35% de los encuestados (127 comerciantes) expresan conocer totalmente qué son los tributos.

(42)

TABLA 05

Respuesta del comerciante: ¿Sabe usted qué es evasión?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 05. respuesta del comerciante: ¿Sabe qué es evasión?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Respecto al término Evasión, el 96.62% de los encuestados (200 comerciantes), afirman saber a qué se refiere dicho concepto, tal y omo se puede advertir en la figura 05 y tabla 05.

(43)

TABLA 06

Respuesta del comerciante: ¿Tiene conocimiento acerca del RUC y el RUS?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

FIGURA 06. Respuesta del comerciante: ¿Tiene conocimiento acerca del RUC y el RUS?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

En la figura 06 y tabla 06 llama la atención que tan sólo el 44.93% de los comerciantes encuestados tienen conocimiento acerca del RUS y el RUC.

(44)

TABLA 07

Respuesta del comerciante: ¿Tiene conocimiento del SIS-EMPRENDEDOR?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 07. Respuesta del comerciante: ¿Tiene conocimiento del SIS - EMPRENDEDOR?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Además, sólo el 14.98% de los encuestados (31 comerciantes), saben a qué se refiere el término SIS-Emprendedor.

(45)

Dimensión: Creencias sobre la tributación TABLA 08

Respuesta del comerciante: ¿Le parece importante pagar impuestos?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 08. Respuesta del comerciante: ¿Le parece importante pagar impuestos?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Se advierte, también, el alto grado de conciencia (al menos en la teoría), respecto del tema de pagar impuestos. Tal es así que 173 de los comerciantes encuestados (83.57%), coinciden en señalar que es importante cumplir con el pago de impuestos.

(46)

TABLA 09

Respuesta del comerciante: ¿El pago del IGV es un gasto para mi empresa?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 09. Respuesta del comerciante: ¿El pago del IGV es un gasto para mi empresa?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Se encontró también, en la figura 09 y tabla 09, que el 43% de los encuestados señala que el pago de IGV es un gasto para su empresa, lo cual refleja su nivel de ignorancia respecto de este concepto.

(47)

TABLA 10

Respuesta del comerciante: ¿Cree usted que los impuestos recaudados benefician al país?

Frecuencia (Fi)

%

Totalmente de acuerdo 127 61,35%

De acuerdo 65 31,40%

No me he dado cuenta 0 0,00%

En desacuerdo 12 5,80%

Totalmente en desacuerdo 3 1,45%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 10. Respuesta del comerciante: ¿Cree usted que los impuestos recaudados benefician al país?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Descripción:

Finalmente, sólo el 15.94% de los encuestados (33 comerciantes), consideran que los impuestos recaudados benefician al país, lo cual demuestra el alto nivel de desconfianza en el tema de cómo se administran los tributos. A continuación, se detalla más, esta situación.

(48)

Dimensión: Percepciones sobre los tributos TABLA 11

Respuesta del comerciante: ¿A usted le parece que el Estado no administra adecuadamente los impuestos recaudados?

Frecuencia (Fi) %

Totalmente de acuerdo 102 49,28%

De acuerdo 71 34,30%

Indiferente 0 0,00%

En desacuerdo 34 16,43%

Totalmente en desacuerdo 0 0,00%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 11. Respuesta del comerciante: ¿A usted le parece que el Estado no administra adecuadamente los impuestos recaudados?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

DESCRIPCIÓN:

De la presente tabla y figura se advierte que, existe un alto número de comerciantes (173 comerciantes que representan el 83.58% de los encuestados), que consideran que el Estado no administra adecuadamente los impuestos recaudados.

Totalmente de acuerdo

49%

De acuerdo 34%

No me he dado cuenta

0% En desacuerdo

17%

Totalmente en desacuerdo

0%

(49)

TABLA 12

Respuesta del comerciante: ¿Cree que pagar impuestos beneficia de alguna manera a las empresas?

Frecuencia (Fi) %

Totalmente de acuerdo 54 26,09%

De acuerdo 29 14,01%

Indiferente 0 0,00%

En desacuerdo 94 45,41%

Totalmente en desacuerdo 30 14,49%

TOTAL 207 100%

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

Figura 12. Respuesta del comerciante: ¿Cree que pagar impuestos beneficia de alguna manera a las empresas?

Fuente: Encuesta aplicada en el Mercado Mayorista.

Elaboración: La autora

DESCRIPCIÓN:

Se advierte que sólo 83 comerciantes (30.10% de los encuestados), consideran que pagar impuestos beneficia de alguna manera a las

Totalmente de acuerdo

26%

De acuerdo 14%

No me he dado cuenta

0%

En desacuerdo 45%

Totalmente en desacuerdo

15%

Referencias

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