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Examen Al Rubro Tributos Por Pagar

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EXAMEN DEL RUBRO TRIBUTOS POR PAGAR

EXAMEN DEL RUBRO TRIBUTOS POR PAGAR

TRIBUTOS POR PAGAR

TRIBUTOS POR PAGAR

1.

1. DEFINICIÓN

DEFINICIÓN

Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines.

cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines.

El Código Tributario en su Título Preliminar, Norma II establece que el término El Código Tributario en su Título Preliminar, Norma II establece que el término TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas.

TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas.

Impuesto:

Impuesto:

Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado unaEs el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una

contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta.

Impuesto a la Renta.

Contribución:

Contribución:

Es el tributo que tiene como hecho generador losEs el tributo que tiene como hecho generador los

beneficios derivados de la realización de

beneficios derivados de la realización de obras públicas o de obras públicas o de actividadesactividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.

estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.

Tasa:

Tasa:

Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestaciónEs el tributo que se paga como consecuencia de la prestación

efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos.

Públicos.

La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos.

(2)

2.

2. RÉGIMEN TRIBUTARIO PERUANO

RÉGIMEN TRIBUTARIO PERUANO

El Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la

El Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la siguiente manera:siguiente manera:

a)

a) TRIBUTOS PARA EL GOBIERNO CENTRAL

TRIBUTOS PARA EL GOBIERNO CENTRAL

a.1) Impuesto a la Renta

a.1) Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta grava las rentas que provengan del capital, del trabajograva las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales a y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales a aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos.

ingresos periódicos.

Las rentas de fuente peruana afectas al impuesto están divididas en cinco Las rentas de fuente peruana afectas al impuesto están divididas en cinco categorías, además existe un tratamiento especia

categorías, además existe un tratamiento especial para la l para la rentas percibidas derentas percibidas de fuente extranjera.

fuente extranjera.

1.

1. Primera categoría, las rentas reales (en efectivo o en especie) delPrimera categoría, las rentas reales (en efectivo o en especie) del arrendamiento o sub - arrendamiento, el valor de las mejoras, arrendamiento o sub - arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o d

provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles.e bienes muebles.

2.

2. Segunda categoría, intereses por colocación de capitales, regalías,Segunda categoría, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.

(3)

3.

3. Tercera categoría, en general, las derivadas de actividadesTercera categoría, en general, las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o

comerciales, industriales, servicios o negocios.negocios.

4.

4. Cuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual deCuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

5.

5. Quinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado enQuinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de

relación de dependencia.dependencia.

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD N° 12:

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD N° 12:

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las a las ganancias. Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean

ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, quenacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposición. El impuesto a las se relacionan con las ganancias sujetas a imposición. El impuesto a las ganancias incluye también otros tributos, tales como las retenciones sobre ganancias incluye también otros tributos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por parte de una entidad subsidiaria, asociada o dividendos, que se pagan por parte de una entidad subsidiaria, asociada o negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la entidad que negocio conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la entidad que presenta los estados financieros.

presenta los estados financieros.

El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto a las El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:

ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:

(a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los (a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de la entidad; y

activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de la entidad; y

(b) las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido (b) las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.

objeto de reconocimiento en los estados financieros.

RECONOCIMIENTO

RECONOCIMIENTO

El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, debe ser reconocido como una obligación de pago en la medida en que no debe ser reconocido como una obligación de pago en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos períodos, el presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos períodos, el

(4)

exceso debe ser reconocido como un activo. Los pasivos (

exceso debe ser reconocido como un activo. Los pasivos (activos) corrientesactivos) corrientes de tipo fiscal, ya procedan del periodo presente o de períodos anteriores, de tipo fiscal, ya procedan del periodo presente o de períodos anteriores, deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la autoridad fiscal, utilizando la normativa y tasas impositivas que se hayan autoridad fiscal, utilizando la normativa y tasas impositivas que se hayan aprobado, o prácticamente terminado el proceso de aprobación, en la fecha aprobado, o prácticamente terminado el proceso de aprobación, en la fecha del balance.

del balance.

Tras el reconocimiento, por parte de la entidad, de

Tras el reconocimiento, por parte de la entidad, de cualquier activo o pasivo,cualquier activo o pasivo, está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes rúbricas. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los rúbricas. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecue

consecuencias fiscales, la ncias fiscales, la presente Norma exige que la presente Norma exige que la entidad reconozca unentidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.

limitadas.

Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan compensar, con ganancias fiscales de periodos posteriores, pérdidas o compensar, con ganancias fiscales de periodos posteriores, pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento, pero sólo en la medida en créditos fiscales no utilizados hasta el momento, pero sólo en la medida en que sea probable la disponibilidad de ganancias fiscales futuras, contra los que sea probable la disponibilidad de ganancias fiscales futuras, contra los cuales cargar esas pérdidas o créditos fiscales no

cuales cargar esas pérdidas o créditos fiscales no utilizados.utilizados.

MEDICIÓN

MEDICIÓN

Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las tasas fiscales que se espera sean de aplicación en el período en el que el tasas fiscales que se espera sean de aplicación en el período en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas y leyes activo se realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas y leyes fiscales que a la fecha del balance hayan sido aprobadas o prácticamente fiscales que a la fecha del balance hayan sido aprobadas o prácticamente terminado el proceso de

terminado el proceso de aprobaciónaprobación

La medición de los activos y los pasivos por impuestos diferidos debe La medición de los activos y los pasivos por impuestos diferidos debe reflejar las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la reflejar las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera, a la fecha del balance, recuperar el importe en libros de sus entidad espera, a la fecha del balance, recuperar el importe en libros de sus activos o liquidar el importe en libros de sus pasivos.

(5)

Los activos y pasivos por impuestos diferidos no

Los activos y pasivos por impuestos diferidos no deben ser descontados.deben ser descontados. El importe en libros de un activo por impuestos diferidos debe someterse a El importe en libros de un activo por impuestos diferidos debe someterse a revisión en la fecha de cada balance. La entidad debe reducir el importe del revisión en la fecha de cada balance. La entidad debe reducir el importe del saldo del activo por impuestos diferidos, en la medida que estime probable saldo del activo por impuestos diferidos, en la medida que estime probable que no dispondrá de suficiente ganancia fiscal, en el futuro, como para que no dispondrá de suficiente ganancia fiscal, en el futuro, como para permitir cargar contra la misma la totalidad o una parte, de los beneficios permitir cargar contra la misma la totalidad o una parte, de los beneficios que comporta el activo por impuestos diferidos. Esta reducción deberá ser que comporta el activo por impuestos diferidos. Esta reducción deberá ser objeto de reversión, siempre que la entidad recupere la expectativa de objeto de reversión, siempre que la entidad recupere la expectativa de suficiente ganancia fiscal futura, como para poder utilizar los saldos dados suficiente ganancia fiscal futura, como para poder utilizar los saldos dados de baja.

de baja.

DISTRIBUCION

DISTRIBUCION

Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales esas mismas transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran también en los resultados. Los efectos fiscales de las periodo se registran también en los resultados. Los efectos fiscales de las transacciones y otros sucesos que se reconocen directamente en el transacciones y otros sucesos que se reconocen directamente en el patrimonio neto, se llevarán directamente al patrimonio neto. De forma patrimonio neto, se llevarán directamente al patrimonio neto. De forma similar, el reconocimiento de activos o pasivos por impuestos diferidos, en similar, el reconocimiento de activos o pasivos por impuestos diferidos, en una combinación de negocios, afectará a la

una combinación de negocios, afectará a la cuantía de la plusvalía compradacuantía de la plusvalía comprada derivada de la combinación o al exceso que suponga la participación de la derivada de la combinación o al exceso que suponga la participación de la entidad adquirente en el valor razonable neto de los activos, pasivos y entidad adquirente en el valor razonable neto de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, de la entidad adquirida, sobre el costo pasivos contingentes identificables, de la entidad adquirida, sobre el costo de la

de la combinacióncombinación..

a.2) Impuesto General a las Ventas

a.2) Impuesto General a las Ventas

El Impuesto General a las Ventas (impuesto al valor agregado), grava la El Impuesto General a las Ventas (impuesto al valor agregado), grava la venta en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o venta en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los

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Este Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa de la Este Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa de la producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal. impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal. El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de

El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de 19%.19%.

a.3) Impuesto Selectivo al Consumo

a.3) Impuesto Selectivo al Consumo

El Impuesto Selectivo al Consumo es un tributo al consumo específico, y El Impuesto Selectivo al Consumo es un tributo al consumo específico, y grava la venta en el país a nivel de productos de determinados bienes, la grava la venta en el país a nivel de productos de determinados bienes, la importación de los mismos, la venta en el país de los mismos bienes cuando importación de los mismos, la venta en el país de los mismos bienes cuando es efectuada por el importador y los juegos de azar y apuestas. De manera es efectuada por el importador y los juegos de azar y apuestas. De manera similar a lo

similar a lo que acontece con el Impuesto General a las Ventas este tributo esque acontece con el Impuesto General a las Ventas este tributo es de realización inmediata, pero se determina mensualmente. Las tasas de este de realización inmediata, pero se determina mensualmente. Las tasas de este Impuesto sin variables, dependiendo del bien gravado, según las tablas Impuesto sin variables, dependiendo del bien gravado, según las tablas respectivas.

respectivas.

a.4) Derechos Arancelarios

a.4) Derechos Arancelarios

Los Derechos Arancelarios se aplican sobre el valor CIF de los bienes Los Derechos Arancelarios se aplican sobre el valor CIF de los bienes importados al Perú. Las tasas vigentes son de 0% , 9% y 17%.

importados al Perú. Las tasas vigentes son de 0% , 9% y 17%.

b)

b) TRIBUTOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES:

TRIBUTOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES:

b.1) Impuesto Predial

b.1) Impuesto Predial

El Impuesto Predial es un tributo municipal de periodicidad anual que grava El Impuesto Predial es un tributo municipal de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran el valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran predios a los terrenos, las

predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes.edificaciones e instalaciones fijas y permanentes.

La Tasa del Impuesto es acumulativa y progresiva variando entre 0.2% y La Tasa del Impuesto es acumulativa y progresiva variando entre 0.2% y 1%, dependiendo del valor del predio.

1%, dependiendo del valor del predio.

Se encuentran inafectos del Impuesto Predial, entre otros, los de propiedad Se encuentran inafectos del Impuesto Predial, entre otros, los de propiedad de las Universidades, centros educativos y los comprendidos en concesiones de las Universidades, centros educativos y los comprendidos en concesiones

(7)

mineras. mineras.

b.2) Impuesto de Alcabala

b.2) Impuesto de Alcabala

El Impuesto de Alcabala grava las transferencia de inmuebles a título El Impuesto de Alcabala grava las transferencia de inmuebles a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o

oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventasmodalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio.

con reserva de dominio.

La base imponible será el valor del inmueble determinado para efectos del La base imponible será el valor del inmueble determinado para efectos del Impuesto Predial. La tasa aplicable es del 3%,

Impuesto Predial. La tasa aplicable es del 3%, de cargo del comprador.de cargo del comprador.

Debe mencionarse que la venta de inmuebles que se encuentre gravada con Debe mencionarse que la venta de inmuebles que se encuentre gravada con el Impuesto General a las Ventas, no se encuentra afecta al Impuesto de el Impuesto General a las Ventas, no se encuentra afecta al Impuesto de Alcabala, salvo la parte correspondiente al valor del terreno. Cabe precisar, Alcabala, salvo la parte correspondiente al valor del terreno. Cabe precisar, que se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas la primera que se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas la primera venta de inmuebles realizada por el constructor de

venta de inmuebles realizada por el constructor de los mismos.los mismos.

b.3) Impuesto al Patrimonio Vehicular

b.3) Impuesto al Patrimonio Vehicular

El Impuesto al Patrimonio Vehicular es de periodicidad anual y grava la El Impuesto al Patrimonio Vehicular es de periodicidad anual y grava la propiedad de los vehículos automóviles, camionetas y station wagons, propiedad de los vehículos automóviles, camionetas y station wagons, fabricados en el país o importados, con una antigüedad no mayor de 3 años. fabricados en el país o importados, con una antigüedad no mayor de 3 años. La antigüedad de 3 años se computará a partir

La antigüedad de 3 años se computará a partir de la primera inscripción en de la primera inscripción en elel Registro de Propiedad Vehicular

Registro de Propiedad Vehicular

La base imponible está constituida por el valor original de adquisición, La base imponible está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al

importación o de ingreso al patrimonio.patrimonio.

c)

c) Tributos para otros fines

Tributos para otros fines

Régimen Contributivo de la Seguridad Social en

Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud

Salud

La Ley Nº 27056 creó el Seguro Social de Salud (ESSALUD) en reemplazo La Ley Nº 27056 creó el Seguro Social de Salud (ESSALUD) en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social

del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) como un organismo público(IPSS) como un organismo público descentralizado, con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y derecho descentralizado, con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y derecho - habientes a través de diversas prestaciones que corresponden al Régimen - habientes a través de diversas prestaciones que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. Este seguro se complementa Contributivo de la Seguridad Social en Salud. Este seguro se complementa con los planes de salud brindados por las entidades empleadoras ya sea en con los planes de salud brindados por las entidades empleadoras ya sea en

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establecimientos propios o con planes contratados con Entidades Prestadoras establecimientos propios o con planes contratados con Entidades Prestadoras de Salud (EPS) debidamente constituidas. Su funcionamiento es financiado de Salud (EPS) debidamente constituidas. Su funcionamiento es financiado con sus recursos propios.

con sus recursos propios.

Son asegurados al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud los Son asegurados al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud los afiliados regulares (trabajadores en relación de dependencia y pensionistas), afiliados regulares (trabajadores en relación de dependencia y pensionistas), afiliados potestativos (trabajadores y profesionales independientes) y afiliados potestativos (trabajadores y profesionales independientes) y derecho - habientes de los afiliados regulares (cónyuge e hijos).

derecho - habientes de los afiliados regulares (cónyuge e hijos).

Sistema Nacional de Pensiones

Sistema Nacional de Pensiones

La Oficina de Normalización Previsional (ONP), tiene como función La Oficina de Normalización Previsional (ONP), tiene como función administrar el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de P

administrar el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de P ensiones a queensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990

se refiere el Decreto Ley Nº 19990

Se consideran asegurados obligatorios, a los

Se consideran asegurados obligatorios, a los siguientes:siguientes:

 Trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividadTrabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad

privada a empleadores particulares, cualesquiera que sea la duración del privada a empleadores particulares, cualesquiera que sea la duración del contrato de trabajo y/o el tiempo de trabajo por día, semana o mes, contrato de trabajo y/o el tiempo de trabajo por día, semana o mes, siempre que no estén afiliados al

siempre que no estén afiliados al Sistema Privado de Pensiones.Sistema Privado de Pensiones.

 Algunos trabajadores que prestan servicios al Algunos trabajadores que prestan servicios al Estado.Estado. 

 Trabajadores de empresas de propiedad social, de cooperativas deTrabajadores de empresas de propiedad social, de cooperativas de

usuarios, de cooperativas de trabajadores y

usuarios, de cooperativas de trabajadores y similares.similares.

 Trabajadores del servicio del Trabajadores del servicio del hogar.hogar.

Aportan los trabajadores en un porcentaje equivalente al 13% de la Aportan los trabajadores en un porcentaje equivalente al 13% de la remuneración asegurable

remuneración asegurable

Las prestaciones a las que tiene derecho el

Las prestaciones a las que tiene derecho el asegurado son las siguientes:asegurado son las siguientes:

 Pensión de invalidez.Pensión de invalidez. 

 Pensión de jubilaciónPensión de jubilación 

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 Capital de defunción.Capital de defunción.

Sistema Privado De Administración De

Sistema Privado De Administración De Fondos De Pensiones (SPP)

Fondos De Pensiones (SPP)

Este sistema se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, Este sistema se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 054-97-EF, TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y su Reglamento Decreto Supremo Nº 004-98-EF, entre otras Pensiones y su Reglamento Decreto Supremo Nº 004-98-EF, entre otras normas.

normas.

Es un régimen previsional conformado por las Administradoras Privadas de Es un régimen previsional conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), las cuales iniciaron sus operaciones el 7 de Fondos de Pensiones (AFP), las cuales iniciaron sus operaciones el 7 de mayo de 1993, y se encargan de administrar los aportes de sus afiliados bajo mayo de 1993, y se encargan de administrar los aportes de sus afiliados bajo la modalidad de cuentas

la modalidad de cuentas de capitalización individual.de capitalización individual.

Otorgan las pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y no incluye Otorgan las pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y no incluye prestaciones de salud, ni riesgos de accidentes de trabajo.

prestaciones de salud, ni riesgos de accidentes de trabajo.

Contribución al SENATI

Contribución al SENATI

La Contribución grava el total de las remuneraciones que pagan a sus La Contribución grava el total de las remuneraciones que pagan a sus trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales manufacturera

manufactureras en la s en la Categoría D de la Categoría D de la Clasificación Industrial InternacionalClasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU de todas las actividades económicas de las Naciones Uniforme - CIIU de todas las actividades económicas de las Naciones Unidas (Revisión 3). Debe entenderse por remuneración todo pago que Unidas (Revisión 3). Debe entenderse por remuneración todo pago que perciba el trabajador por la prestación de servicios personales, sujeto a perciba el trabajador por la prestación de servicios personales, sujeto a contrato de trabajo, sea cual fuere su

contrato de trabajo, sea cual fuere su origen, naturaleza o denominación.origen, naturaleza o denominación.

La tasa de la Contribución al SENATI es de 0.75% del total de las La tasa de la Contribución al SENATI es de 0.75% del total de las remuneracione

remuneraciones que se s que se paguen a los tpaguen a los trabajadores.rabajadores.

Contribución al SENCICO

Contribución al SENCICO

Aportan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Aportan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, las personas naturales y jurídicas que construyan Construcción - SENCICO, las personas naturales y jurídicas que construyan para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran División 45 de la CIIU de las Naciones Unidas (revisión 3).

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La tasa de esta contribución es de 0.2% y se aplica sobre el total de los La tasa de esta contribución es de 0.2% y se aplica sobre el total de los ingresos que perciban los sujetos pasivos, por concepto de materiales, mano ingresos que perciban los sujetos pasivos, por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras.

obras.

3.

3. OBJETIVOS DE AUDITORÍA

OBJETIVOS DE AUDITORÍA

a)

a)

Comprobar que los importes revelados de los tributos por pagarComprobar que los importes revelados de los tributos por pagar corresponden a las obligaciones contraídas por la entidad a favor de corresponden a las obligaciones contraídas por la entidad a favor de terceros, proveedores, acreedores, y entidades públicas (Sunat, EsSalud, terceros, proveedores, acreedores, y entidades públicas (Sunat, EsSalud, AFP, etc.)

AFP, etc.)

b)

b)

Verificar el cumplimiento tributario de las obligaciones formales yVerificar el cumplimiento tributario de las obligaciones formales y sustanciales del cliente.

sustanciales del cliente.

c)

c)

Determinar la veracidad de la información consignada en las declaracionesDeterminar la veracidad de la información consignada en las declaraciones presentadas por el cliente.

presentadas por el cliente.

d)

d)

Verificar que lo declarado corresponda tanto a las Verificar que lo declarado corresponda tanto a las operaciones registradas enoperaciones registradas en los libros contables como a la documentación sustentatoria y que refleje los libros contables como a la documentación sustentatoria y que refleje todas las

todas las transaccionetransacciones económicas efectuadas.s económicas efectuadas.

e)

e)

Verificar si las bases imponibles, créditos, tasas e impuestos calculadosVerificar si las bases imponibles, créditos, tasas e impuestos calculados están correctamente determinados.

están correctamente determinados.

f)

f)

Verificar que la aplicación de las prácticas contables hayan sido realizadasVerificar que la aplicación de las prácticas contables hayan sido realizadas de acuerd

de acuerdo o a las normaa las normas contables.s contables.

4.

4. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA

 Obtener del cliente o preparar una cédula resumen que muestreObtener del cliente o preparar una cédula resumen que muestre detalladamente:

detalladamente: a.

a. Tipo de impuesto (indicando base de cálculo)Tipo de impuesto (indicando base de cálculo) b.

b. Saldos al comienzo del añoSaldos al comienzo del año c.

c. Provisiones durante el ejercicioProvisiones durante el ejercicio d.

d. Retenciones de tercerosRetenciones de terceros e.

(11)

f.

f. Saldo al final del añoSaldo al final del año 

 Cruzar las provisiones con las cuentas de resultados y efectuar pruebasCruzar las provisiones con las cuentas de resultados y efectuar pruebas globales.

globales.

 Cruzar el trabajo realizado con el Cruzar el trabajo realizado con el archivo de papeles de trabajo de impuestos.archivo de papeles de trabajo de impuestos. (actualizar el archivo).

(actualizar el archivo).

Impuesto a la renta por pagar

Impuesto a la renta por pagar

Los impuestos a las empresas representan un factor importante para determinar Los impuestos a las empresas representan un factor importante para determinar tanto la utilidad neta como la situación financiera. Los auditores no pueden tanto la utilidad neta como la situación financiera. Los auditores no pueden emitir un dictamen, ya sea del balance general o del estado de resultados de una emitir un dictamen, ya sea del balance general o del estado de resultados de una sociedad sin antes tener la evidencia de que se ha calculado adecuadamente la sociedad sin antes tener la evidencia de que se ha calculado adecuadamente la provisión para el impuesto a la renta.

provisión para el impuesto a la renta. En

En algunos paalgunos países se acíses se acostumbra incluir eostumbra incluir en el compron el compromiso de la amiso de la auditoría lauditoría la preparación de las declaraciones juradas de impuesto a la renta de los

preparación de las declaraciones juradas de impuesto a la renta de los clientes. Siclientes. Si ya se han formulado las declaraciones de impuestos por el personal del cliente o ya se han formulado las declaraciones de impuestos por el personal del cliente o por asesores tributarios, los auditores deben verificar, no obstante lo razonable por asesores tributarios, los auditores deben verificar, no obstante lo razonable del pasivo por el impuesto, si van a emitir un dictamen sobre la razonabilidad de del pasivo por el impuesto, si van a emitir un dictamen sobre la razonabilidad de la información financiera.

la información financiera.

A menudo la utilidad gravable difiere en la utilidad contable antes del impuesto A menudo la utilidad gravable difiere en la utilidad contable antes del impuesto que figura en los estados financieros. Si la diferencia entre la utilidad que figura en los estados financieros. Si la diferencia entre la utilidad determinada para propósitos del impuesto y la utilidad determinada aplicando determinada para propósitos del impuesto y la utilidad determinada aplicando los principios de

los principios de contabilidad generalmente aceptadcontabilidad generalmente aceptados es sustancial, es os es sustancial, es necesarianecesaria la asignación del impuesto a la renta para evitar una distorsión de la utilidad la asignación del impuesto a la renta para evitar una distorsión de la utilidad neta. El auditor durante su

neta. El auditor durante su trabajo deberá realizar lo siguiente:trabajo deberá realizar lo siguiente: 1.

1. Analizar la cuenta del impuesto a la renta por pagar y confrontar todas lasAnalizar la cuenta del impuesto a la renta por pagar y confrontar todas las cantidades con los cheques pagados que aparecen en los estados de cuenta cantidades con los cheques pagados que aparecen en los estados de cuenta bancarios, las declaraciones de impuesto a la renta (de ser posible se debe bancarios, las declaraciones de impuesto a la renta (de ser posible se debe obtener una fotocopia para el archivo permanente), y otros documentos de obtener una fotocopia para el archivo permanente), y otros documentos de apoyo.

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2.

2. Verificar que el saldo final en la cuenta de impuesto a la renta por pagar seaVerificar que el saldo final en la cuenta de impuesto a la renta por pagar sea generalmente igual a los impuestos calculados en las declaraciones del generalmente igual a los impuestos calculados en las declaraciones del impuesto a la renta del

impuesto a la renta del año en curso, menos cualquier pago a año en curso, menos cualquier pago a cuenta.cuenta. 3.

3. Revisar los cálculos del pasivo por concepto del impuesto a la renta por elRevisar los cálculos del pasivo por concepto del impuesto a la renta por el año en curso.

año en curso.

Impuesto General a las Ventas

Impuesto General a las Ventas

Hasta que el impuesto general a las ventas se remita a la administración Hasta que el impuesto general a las ventas se remita a la administración tributaria, constituye un pasivo corriente para la

tributaria, constituye un pasivo corriente para la empresa.empresa. La verificación de este pasivo por

La verificación de este pasivo por los auditores incluye:los auditores incluye:

1.

1. Revisar las declaraciones mensuales del impuesto del cliente así como losRevisar las declaraciones mensuales del impuesto del cliente así como los registros de ventas y compras.

registros de ventas y compras. 2.

2. Verificar la tasa aplicable para lVerificar la tasa aplicable para las adquisiciones comunes.as adquisiciones comunes. 3.

3. Además los auditores deberán examinar un cierto número de facturas deAdemás los auditores deberán examinar un cierto número de facturas de venta para determinar que a los clientes, se les ha cargado la cantidad venta para determinar que a los clientes, se les ha cargado la cantidad correcta de impuesto.

correcta de impuesto.

Retenciones por planilla

Retenciones por planilla

Las deducciones a los trabajadores por planilla son numerosos, entre las más Las deducciones a los trabajadores por planilla son numerosos, entre las más importantes se encuentran las aportaciones a la seguridad social y el impuesto a importantes se encuentran las aportaciones a la seguridad social y el impuesto a la renta de manera dependiente.

la renta de manera dependiente.

Las normas laborales y tributarias requieren que las empresas mantengan libros Las normas laborales y tributarias requieren que las empresas mantengan libros de planillas de sueldos y

de planillas de sueldos y salarios debidamente actualizadosalarios debidamente actualizados y desagregados de tals y desagregados de tal manera que permitan con facilidad identificar las retenciones a los tr

manera que permitan con facilidad identificar las retenciones a los tr abajadores yabajadores y verificar el cumplimiento de las normas sobre la materia.

verificar el cumplimiento de las normas sobre la materia.

Los impuestos sobre la renta descontados de los sueldos de los trabajadores, y Los impuestos sobre la renta descontados de los sueldos de los trabajadores, y que no se han remitido a la administración tributaria a la fecha del balance que no se han remitido a la administración tributaria a la fecha del balance general, constituyen un pasivo que tienen que verificar los

general, constituyen un pasivo que tienen que verificar los auditores. Para ello elauditores. Para ello el auditor deberá seguir los

(13)

1.

1. Localizar las cantidades descontadLocalizar las cantidades descontadas y ras y retenidas según la planilla.etenidas según la planilla. 2.

2. Comprobar que los cálculos de los impuestos retenidos y contribucionesComprobar que los cálculos de los impuestos retenidos y contribuciones sociales se hayan depositado o se hayan pagado de acuerdo con las normas sociales se hayan depositado o se hayan pagado de acuerdo con las normas laborales y tributarias vigentes.

laborales y tributarias vigentes. 3.

3. Revisar las Revisar las declaraciones mensuales correspondientes.declaraciones mensuales correspondientes. 4.

4. Determinar que las deducciones de la planilla se han autorizadoDeterminar que las deducciones de la planilla se han autorizado correctamente y se han calculado con exactitud.

correctamente y se han calculado con exactitud.

Impuesto a la propiedad predial

Impuesto a la propiedad predial

Generalmente, los pagos de los impuestos a la propiedad predial son pocos en Generalmente, los pagos de los impuestos a la propiedad predial son pocos en número y substanciales en cuanto a su monto. Por lo tanto, es factible que los número y substanciales en cuanto a su monto. Por lo tanto, es factible que los papeles de trabajo de auditoría incluyan un análisis que represente todas las papeles de trabajo de auditoría incluyan un análisis que represente todas las transacciones del impuesto predial del año.

transacciones del impuesto predial del año. 1.

1. Verificar los pagos de los impuestos por inspección de los comprobantesVerificar los pagos de los impuestos por inspección de los comprobantes expedidos por las municipalidades, y por referencia a los cheques de pago expedidos por las municipalidades, y por referencia a los cheques de pago que aparecen en los estados de cuentas bancarios.

que aparecen en los estados de cuentas bancarios. 2.

2. Determinan si existen diferencias significativas entre las acumulaciones deDeterminan si existen diferencias significativas entre las acumulaciones de impuestos en la fecha del balance

impuestos en la fecha del balance y la de los y la de los años anteriores.años anteriores. 3.

3. Verificar que los recibos de impuestos se han recibido sobre toda laVerificar que los recibos de impuestos se han recibido sobre toda la propiedad gravable, o que se ha calculado el impuesto acumulado propiedad gravable, o que se ha calculado el impuesto acumulado correctamente.

correctamente.

5.

5. PRESENTACIÓN EN EL BALANCE GENERAL

PRESENTACIÓN EN EL BALANCE GENERAL

Los gastos acumulados, intereses, impuestos, alquileres y remuneraciones se Los gastos acumulados, intereses, impuestos, alquileres y remuneraciones se incluyen en la sección del pasivo corriente del balance general. Generalmente incluyen en la sección del pasivo corriente del balance general. Generalmente estas partidas se constituyen en una sola cifra,

estas partidas se constituyen en una sola cifra, sin embargo, cualquier pasivo porsin embargo, cualquier pasivo por cantidad importante deberá presentarse por

cantidad importante deberá presentarse por separado.separado.

Los impuestos por pagar son generalmente importantes y deberán presentarse Los impuestos por pagar son generalmente importantes y deberán presentarse por separado.

(14)

Aun cuando el pasivo por el impuesto es generalmente una cantidad estimada Aun cuando el pasivo por el impuesto es generalmente una cantidad estimada más bien que una determinación final, hay poca justificación para incluir las más bien que una determinación final, hay poca justificación para incluir las palabras provisión o reserva en el título del pasivo por impuesto a la renta, o en palabras provisión o reserva en el título del pasivo por impuesto a la renta, o en cualquier otro pasivo por cantidad estimada. En otras palabras, los pasivos cualquier otro pasivo por cantidad estimada. En otras palabras, los pasivos deberán identificarse claramente como tales, independientemente de si su

deberán identificarse claramente como tales, independientemente de si su montomonto está determinado precisamente o si es simplemente estimado.

está determinado precisamente o si es simplemente estimado.

6.

6. OPORTUNIDAD DEL EXAMEN

OPORTUNIDAD DEL EXAMEN

La naturaleza y el importe de las cuentas por pagar pueden cambiar mucho en el La naturaleza y el importe de las cuentas por pagar pueden cambiar mucho en el transcurso de pocas semanas, y en

transcurso de pocas semanas, y en consecueconsecuencia, la verificación ncia, la verificación por los auditorespor los auditores de estos pasivos que cambian rápidamente es muy efectiva cuando se hace de estos pasivos que cambian rápidamente es muy efectiva cuando se hace inmediatamente después de la fecha del balance general. Al no registrar un inmediatamente después de la fecha del balance general. Al no registrar un pasivo originará una exageración de la posición corriente (capital de trabajo, pasivo originará una exageración de la posición corriente (capital de trabajo, liquidez, etc.); si el

liquidez, etc.); si el trabajo de auditoría sobre los pasivos se lleva a trabajo de auditoría sobre los pasivos se lleva a cabo antes decabo antes de la fecha del balance general, existe la posibilidad de que el cliente no registre la fecha del balance general, existe la posibilidad de que el cliente no registre pasivos importantes que se asumen durante las semanas restantes del año que se pasivos importantes que se asumen durante las semanas restantes del año que se audita.

audita.

Por esta razón muchos auditores estiman que la mayor parte del trabajo de Por esta razón muchos auditores estiman que la mayor parte del trabajo de auditoría de estos pasivos deberá hacerse después de la fecha del balance auditoría de estos pasivos deberá hacerse después de la fecha del balance general. Ciertamente, la búsqueda, por los auditores, de pasivos no registrados general. Ciertamente, la búsqueda, por los auditores, de pasivos no registrados debe hacerse después del balance general, porque esta búsqueda, se concentra en debe hacerse después del balance general, porque esta búsqueda, se concentra en las transacciones que ocurren durante las primeras semanas del año próximo. las transacciones que ocurren durante las primeras semanas del año próximo.

(15)

PAPELES

PAPELES

DE

DE

TRABAJO

TRABAJO

(16)

TIPEO

TIPEO

(17)

EXCEL

EXCEL

(18)

Determinación de la base y cálculo de

Determinación de la base y cálculo de las Participaciones de los

las Participaciones de los

trabajadores por el ejercicio terminado el 31 de

trabajadores por el ejercicio terminado el 31 de Diciembre de 1984

Diciembre de 1984

S/. S/. Utilidad neta del ejercicio

Utilidad neta del ejercicio 8,720’035,7188,720’035,718 Más:

Más:

Partidas que no afectan la base Partidas que no afectan la base

 Impuesto a la RentaImpuesto a la Renta 5,779’180,5775,779’180,577 

 ParticipacionesParticipaciones 2,646’795,5042,646’795,504 Partidas no deducibles permanentes

Partidas no deducibles permanentes 

 Diversas partidasDiversas partidas 4,062’098,5874,062’098,587 Partidas no deducibles temporales

Partidas no deducibles temporales   80% compensaciones80% compensaciones 50’256,45450’256,454 Menos: Menos: Rentas no gravadas Rentas no gravadas (1,653’688,192)(1,653’688,192) Base de cálculo de las participaciones

Base de cálculo de las participaciones S/.S/.19, 604’678,64819, 604’678,648

Cálculo de las participaciones: Cálculo de las participaciones:

Sistema adoptado: Sistema I Sistema adoptado: Sistema I Porcentajes y Partidas: Porcentajes y Partidas:   10.0% trabajadores10.0% trabajadores 1,960’467,8651,960’467,865 S/. 17, 64 S/. 17, 644’4’210,783210,783 P/T: P/T: AT.3.14 AT.3.14 2/22/2 Prep.

Prep. por: por: TeddyTeddy

Fecha: 13

(19)

San Isidro, 04 de Enero de 1985 San Isidro, 04 de Enero de 1985 Señor

Señor

Jorge Vera Rivas Jorge Vera Rivas Gerente Financiero, Gerente Financiero, Presente Presente Estimado Señor Estimado Señor

Nos es grato ofrecerle nuestros comentarios, sobre la revisión que hemos efectuado Nos es grato ofrecerle nuestros comentarios, sobre la revisión que hemos efectuado respecto a la aplicación de normas tributarias, como parte de nuestro programa de auditoría respecto a la aplicación de normas tributarias, como parte de nuestro programa de auditoría sobre vuestros estados financieros al 31 de Diciembre de 1984. Debemos anotar que la sobre vuestros estados financieros al 31 de Diciembre de 1984. Debemos anotar que la compulsa que efectuamos en cuanto a

compulsa que efectuamos en cuanto a la exactitud de las cola exactitud de las co ntribuciones e impuestos pagados,ntribuciones e impuestos pagados, es de carácter selectivo, considerando los elementos básicos de tributación. En este sentido, es de carácter selectivo, considerando los elementos básicos de tributación. En este sentido, anotamos a continuación el resultado de la evaluación antes indicada:

anotamos a continuación el resultado de la evaluación antes indicada: I. Impuesto a la Renta

I. Impuesto a la Renta

Hemos verificado el sistema adoptado por la empresa para determinar los pagos a Hemos verificado el sistema adoptado por la empresa para determinar los pagos a cuenta del impuesto a la renta por el presente ejercicio, observándose que se han cuenta del impuesto a la renta por el presente ejercicio, observándose que se han efectuado pagos desde enero a Octubre de 1984 por un monto de S/. 1,547’121,939, efectuado pagos desde enero a Octubre de 1984 por un monto de S/. 1,547’121,939, debiendo ser S/. 1,518’015,646. Este aspecto fue comentado con el Señor CPC Ricardo debiendo ser S/. 1,518’015,646. Este aspecto fue comentado con el Señor CPC Ricardo Flores, para los efectos del caso. La regularización de este exceso se efectuará al Flores, para los efectos del caso. La regularización de este exceso se efectuará al determinarse el impuesto a la Renta del año 1984 antes de la presentación de la determinarse el impuesto a la Renta del año 1984 antes de la presentación de la Declaración Jurada de Renta.

Declaración Jurada de Renta.

II. Impuesto al Excedente de Revaluación II. Impuesto al Excedente de Revaluación

El cálculo del impuesto al excedente de revaluación lo encontramos correcto. Sin El cálculo del impuesto al excedente de revaluación lo encontramos correcto. Sin embargo, el registro de esta obligación solo se efectúa al momento de realizarse el embargo, el registro de esta obligación solo se efectúa al momento de realizarse el pago correspondiente, reconociéndose en ese momento el gasto en los estados pago correspondiente, reconociéndose en ese momento el gasto en los estados financieros.

financieros.

La falta de registro contable de esa obligación distorsiona la presentación de los La falta de registro contable de esa obligación distorsiona la presentación de los Estados, así como los índices y/o ratios que de ellos se desean obtener. Por lo Estados, así como los índices y/o ratios que de ellos se desean obtener. Por lo expuesto, sugerimos se efectúe la provisión correspondiente.

expuesto, sugerimos se efectúe la provisión correspondiente. Sin otro particular, quedamos de ustedes.

Sin otro particular, quedamos de ustedes. Atentamente,

Atentamente,

Carlos

Carlos Pérez Pérez RamírezRamírez Socio Auditor Socio Auditor

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