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CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO DE JAPÓN PASO

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CONTENIDO

FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MER

1.3

Posición Arancelaria 7

1.4

Impuestos y tributos 9

1.5

Otros Cargos 10

1.6

Certificados de origen 11

PASO 2: REQUISITOS NO ARANCELAREOS 12

2.1

Entidades relacionadas con el acceso al mercado 13

2.2

Admisibilidad al mercado de Japón 14

2.2.1

Exportador 16

2.2.1.1

Plan objetivo de trabajo 17

2.3

Requisitos y exigencias del mercado 23

2.3.1

Exportador e importador 24

2.3.1.1

Seguridad alimentaria 25

2.3.1.2

Cuarentena alimentaria 27

2.4

Registro e inscripciones 30

2.4.1

Importador 31

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CONTENIDO

FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO DE JAPÓN

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PASO 3: REQUISITOS VOLUNTARIOS 38

3.1

Registro de marca 39 En caso de error en los links recomendamos copiar y pegarlo en el navegador.

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FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MER

JAPÓN

Según la Organización Mundial del Comercio (2019), las condiciones de acceso son el conjunto de requerimientos que deben cumplir los bienes para acceder de manera eficaz a los mercados seleccionados para exportar. Esta herramienta guiará al exportador en el cumplimiento de los requisitos para el ingreso al mer- cado de Japón, los cuales se dividen en 3 pasos:

PASO 1: Requisitos arancelarios: Son los impuestos y derechos de aduana que debe pagar por la importación de un producto al mercado de destino.

PASO 2: Requisitos no arancelarios: Son las exigencias requisitos obliga- torios que debe cumplir un producto para ser consumido y son exigidos por la autoridad sanitaria del país.

PASO 3: Requisitos voluntarios y registro de marca: Son los exigidos por los importadores para la compra y comercialización del producto y que per- miten la entrada en nichos de mercado, tales como el de productos orgánicos.

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PASO 1:

REQUISITOS

ARANCELARIOS

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SUBPARTIDA ARANCELARIA COLOMBIA

El punto de partida para la exportación de aguacate consiste en la identificación de la subpartida arancelaria del producto; esto con el fin de establecer el código internacional con el que se reconoce mundialmente la mercancía.

Tabla 1. Subpartida arancelaria Colombia:

Fuente: Fuente: Decreto 2153 de diciembre de 2016, obtenido de: http://www.suin-juriscol.

gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/30030336

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1.2

ACUERDOS

COMERCIALES

Una vez realizada la clasificación arancelaria se debe establecer si existe un acuerdo o convenio entre los países Colombia y Japón, y determinar las exencio- nes y beneficios tanto arancelarios como no arancelarios para la comercialización de los productos en los dos países. Que en el caso no aplica pues en la actualidad no se cuenta con ningún acuerdo comercial.

(MINCOMERCIO, 2019), Obtenido de: http://www.tlc.gov.co/acuerdos/vigente

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POSICIÓN

ARANCELARIA

La posición arancelaria del aguacate colombiano en el mercado japonés se encuen- tra en las mismas condiciones que los demás países proveedores, pues el ingreso en general no está gravado.

Tabla 2. Posición arancelaria del aguacate en el mercado de Japón:

Fuente: (Ministry of finance , 2019), obtenido de: https://www.customs.go.jp/english/tari- ff/2020_1/data/e_08.htm

(Aduanas de Japón, 20191 https://www.customs.go.jp/english/c-answer_e/imtsukan/1504_e.

htm

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(Trademap, 2019), Obtenido de: https://www.trademap.org/Country_SelProductCountry_TS.as- px?nvpm=3%7c392%7c%7c%7c%7c080440%7c%7c%7c6%7c1%7c1%7c1%7c2%7c1%7c2%- 7c1%7c1

(Market Access Map, 2019) Obtenido de: https://www.macmap.org/es

TIP: Colombia se encuentra en igualdad de condiciones con los principales com- petidores del mundo en términos de aranceles, como muestra la tabla 3. Este es un mercado de apertura reciente, y con un gran potencial de expansión en un futuro para las exportaciones colombianas.

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IMPUESTOS Y TRIBUTOS

IVA: 8%

(National Tax agency Japan , 2019). Obtenido de: https://www.nta.go.jp/english/04.pdf

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1.5

OTROS CARGOS

En Japón no se debe pagar un impuesto adicional para el gobierno local.

(National Tax agency Japan , 2019). Obtenido de: https://www.nta.go.jp/english/04.pdf

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CERTIFICADOS DE ORIGEN

Al no existir un acuerdo comercial, no cuenta con criterios de origen.

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PASO 2:

REQUISITOS NO ARANCELARIOS

Para lograr la entrada en el mercado japonés hay 2 entidades relacionadas con el acceso a mercado que son las siguientes:

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ENTIDADES

RELACIONADAS

CON EL ACCESO AL MERCADO

1. Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca - MAFF: responsable de la supervisión de las industrias de agricultura, silvicultura y pesca.Minis- terio de salud, trabajo y bienestar - MHWL.

2. Ministerio de salud, trabajo y bienestar - MHWL: este Ministerio pro- porciona regulaciones sobre límites máximos de residuos de agroquímicos en alimentos, alimentos básicos y reglamentación farmacéutica, estándares para alimentos, aditivos alimentarios y otros productos sanitarios, etc.

Dirección: 1-2-1 Kasumigaeki, Chiyoda-ku, Tokyo 100-8950, Japón.

Teléfono: +81 03 3502 8111

Página web:http://www.maff.go.jp/e/index.html

Dirección:Yubinbango100-8916, Chiyoda-ku, Tokio Kasu-

migaseki 1-2-2 Central de Gobierno Edificio No. 5 edificio.

Teléfono: 03-3595-2326 / 03-5253-1111 Correo: foodsafety@mhlw.go.jp

Página web: https://www.mhlw.go.jp/english/index.html

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2.2

ADMISIBILIDAD AL MERCADO DE JAPÓN

El ingreso de aguacate colombiano a Japón está regido por el plan de trabajo bilat- eral entre el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, y la Organización de Protección de Plantas del Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca Japonés, con los requisitos fitosanitarios para la exportación de Aguacate Hass desde Colombia hacia Japón.

Este plan ratifica la admisibilidad del producto en Japón, pues al cumplir el protocolo establecido por ambas entidades, se exportarían de manera segura los aguacates colombianos. (ICA, 2019).

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• Registro de marca

Fuente: Elaboración propia

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2.2.1

EXPORTADOR

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PLAN OPERATIVO DE TRABAJO

En este plan de trabajo, se declaró en términos generales que sólo la variedad de Aguacate Hass son permitidas para la exportación, las frutas maduras no se deberán mezclar con los lotes a exportar. Además, se establecen las obligaciones de cada entidad para el buen funcionamiento del plan de trabajo.

Como medidas fitosanitarias se estableció que: https://www.ica.gov.co/importacion-y- exportacion/planes-trabajo-exportacion-vegetales/japon

Registro de los predios de producción y casas empacadoras:

1. Los lugares de producción y de empacado, deben estar aprobados y regis- trados ante el ICA (Lugares de Producción y empaque Certificados).

2. Para la certificación de estos lugares se debe hacer una solicitud preliminar al ICA donde se presenten planos de las instalaciones y fotografías que evidencien la prevención de entrada de moscas de la fruta. El ICA deberá examinar las condiciones e inspeccionar la condición de las instalaciones.

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el lote durante la carga.

2. Las empacadoras deben estar equipadas con luces y mesas de inspección para maximizar el desempeño de las inspecciones de exportación por parte de los oficiales de ICA.

3. El ICA deberá informar al MAFF al menos un mes antes del inicio de la tempo- rada de exportación los datos necesarios de los lugares de producción certifica- dos y las casas empacadoras.

4. Las inspecciones de exportación de la variedad de fruta fresca de aguacate Hass serán realizadas por Oficiales de ICA en empacadoras aprobadas y reg- istradas por ICA de acuerdo con las regulaciones establecidas por ICA y MAFF.

5. Los lugares de producción y las empacadoras deben mantenerse en condiciones que cumplan el protocolo durante toda la temporada de exportación. En caso de que el MAFF solicite mejoras de los lugares, el ICA debe indicar a la casa empaca- dora la solicitud del mejoramiento de sus instalaciones y posteriormente verificar el resultado y aprobar el uso de la empacadora hasta que el MAFF lo autorice.

Medidas para los lugares certificados de producción:

1. Las frutas de aguacate frescos caídos del árbol deberán ser removidas por el productor al menos una vez a la semana y al menos una semana antes de la importación. Las frutas caídas no deben ser exportadas a Japón.

2. Se deben cosechar y manejar los aguacates de manera que no se mezclen con otras variedades o con otros aguacates provenientes de distintos lugares de producción así estos se produzcan en un lugar certificado.

3. Los aguacates frescos cosechados deben colocarse en bandejas marcadas con el código del registro del lugar de producción para garantizar la trazabilidad de los productos durante todo el proceso. Además, se debe indicar la guía del productor, la fecha y hora de inicio de la cosecha y de transporte a la casa de empaque.

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6. El ICA deberá examinar los lugares de producción certificados al menos una vez al mes durante el periodo de cosecha para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas del registro y del plan de trabajo.

Medidas para las casas de empaque:

1. Se debe realizar una verificación antes del inicio de las operaciones en las empacadoras bajo la supervisión de un oficial del ICA.

2. El ICA deberá verificar si los aguacates hass frescos transportados y las em- pacadoras cumplen los siguientes requisitos. Con este cumplimiento se apro- baría el inicio de la operación:

a. Los aguacates frescos cosechados fueron transportados a las empacado- ras dentro de las tres horas posteriores a la cosecha o estuvieron protegi- dos con una lona a prueba de insectos hasta el momento de su transporte.

b. El muelle de carga debe tener un sistema hermético o sistema de doble puerta que evite la entrada de plagas al contenedor durante la carga.

c. La empacadora debe limpiarse y desinfectarse según la necesidad.

d. Cualquier fruta que no cumpla con los requisitos japoneses, no deberán recibirse ni procesarse.

e. Los aguacates frescos deben empacarse en cajas nuevas.

f. Antes de empacarse, los aguacates has frescos deben almacenarse en un

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h. Los aguacates de otros lugares de producción certificados no deben mez- clarse ni empacarse juntos.

i. Las frutas excluidas en las empacadoras, deben retirarse diariamente al final del proceso.

j. Las cajas deben llevar una etiqueta que indique su destino (Japón) y se de- ben escribir lo siguiente: AGUACATE HASS EXPORTADO PARA JAPÓN (Ex- ported Hass Avocado for Japan). Además, se debe incluir la información del lugar de origen (departamento) y el código del registro del lugar de producción y de empaque.

Inspección de Exportación:

1. En el lugar de inspección, debe existir medidas que eviten la entrada de moscas de la fruta.

2. No debería haber más fruta que los aguacates Hass frescos para exportación a Japón.

3. Los lotes inspeccionados deben almacenarse por separado de los que aún no se han inspeccionado de manera visible.

4. Los lotes destinados a inspección deben ser transportado desde el lugar de pro- ducción certificado y embalados adecuadamente en las casas de empaque.

5. Los exportadores deben presentar la siguiente información:

a. Nombre de la embarcación.

b. Puerto de exportación.

c. Fecha de exportación.

d. Exportador.

e. Puerto de importación (en Ja- pón).

f. Importador (en Japón).

g. En caso de división de lotes, se requiere la información de los demás.

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Inspección en el puerto de importación:

1. El MAFF debe inspeccionar todos los lotes en el puerto de importación con base en la ley de protección fitosanitaria y otras regulaciones japonesas.

2. En caso de que se detecte una larva viva o muerta o un huevo de moscas de la fruta como resultado de la inspección, el MAFF debe informar al ICA que ha detectado moscas de la fruta y debe suspender la inspección de importación y realizar una inspección para identificar las moscas de la fruta detectadas. El ICA deberá, sus- pender inmediatamente las inspecciones de exportación y la emisión de certifica- dos fitosanitarios relacionados con los frutos de aguacate ‘Hass’ que se exportarán suspender las inspecciones de exportación para enfocarse en determinar las causas de la presencia de estas en las frutas. Y realizar el procedimiento nece- sario indicado en el plan de trabajo.

8. El ICA deberá etiquetar las cajas inspeccionadas donde se indique claramente:

INSPECCIONADO (Inspected).

9. El ICA deberá emitir un certificado fitosanitario donde se verifique que los frutos están libres de Ceratitis Capitata y otras plagas cuarentenarias reg- uladas por el MAFF. En este se debe incluir la cantidad de aguacates por contenedor.

10. Las frutas deberán cargarse en contenedores verificados por el ICA.

11. Los palets utilizados deben cumplir con la NIMF 15 y las reglamentaciones nacionales vigentes.

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a. No se adjunta el certificado fitosanitario.

b. No hay sello del ICA o si el sello está roto.

c. No se adjunte etiqueta que indique el destino y la inspección de expor- tación.

d. Se detecta ceratitis capitata viva o muerta.

e. Se detectan frutas que no sean aguacates hass o aguacates hass sospe- chosos de estar maduros.

3. El MAFF deberá ordenar a la persona que posea el lote que lo elimine o lo devuelva si:

4. El MAFF verificará que el ICA realizó la inspección de exportación y que en su momento de clasificación y empaque se realizó adecuadamente.

5. El ICA solicitara al MAFF que realice una inspección japonesa una vez al año en cualquier temporada de cosecha del producto, esta se debe solic- itar un mes antes del comienzo de la temporada de cosecha de aguacate colombiano.

6. En principio, el oficial de protección del MAFF debe ser enviado cuando las primeras frutas a exportar sean cosechadas.

7. El oficial de protección de plantas del MAFF enviado a Colombia debe verificar los documentos del ICA y si el proceso de exportación de aguacate hass fresco de Colombia a Japón se implementa adecuadamente de acuerdo con el plan de trabajo.

8. El oficial de protección de plantas del MAFF debe visitar los lugares certificados de producción y las casas empacadoras y verificar el cronograma, proced- imientos y operaciones y:

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(ICA, 2019). Requisitos Fitosanitarios para la Exportación de Frutos de Aguacate Hass (Persea americana) desde Colombia hacia Japón. Recuperado el 3 de 12 de 2019, de Instituto Colom- biano Agropecuario:https://www.ica.gov.co/getattachment/4422d323-f512-41d1-9a34-dc- 2c3a91b904/Aguacate-Hass.aspx

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FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO DE JAPÓN

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2.3

REQUISITOS Y

EXIGENCIAS DEL MERCADO

Para dar cumplimiento a la regulación japonesa en la importación de aguacate a su territorio, se deben tener en cuenta dos medidas, que tienen por objetivo garantizar la salud de su población mediante la prevención de riesgos que pueden surgir por la ingesta de este alimento. Estas medidas son:

1. Medidas de seguridad alimentaria.

2. Medidas de cuarentena fitosanitaria.

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EXPORTADOR E

IMPORTADOR

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2.3.1.1

MEDIDAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

Las medidas de seguridad alimentaria para el aguacate en Japón giran en torno a:

Materiales radiactivos:

En abril de 2012, se establecieron límites para los alimentos, equivalente al Es- tándar del Codex y los resultados de monitoreo acumulados. La restricción de la distribución de alimentos con mayores niveles de radionúclidos que los valores reglamentarios y descontaminación de tierras agrícolas para garantizar un sumi- nistro suficiente de alimentos inocuos distribuidos en Japón, incluidos los alimentos que se exportarán.

Residuos químicos agrícolas:

Desde el 2006 el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar (MHLW) introdujo el sistema de listas positivas para los productos químicos agrícolas que permanecen en los alimentos: el sistema prohíbe la distribución de alimentos que contienen pro- ductos químicos agrícolas por encima de cierto nivel (LMR). Los productos químicos agrícolas incluyen pesticidas, aditivos para piensos y medicamentos veterinarios.

Para ver la base de datos sobre residuos puede ingresar al siguiente link http://

db.ffcr.or.jp/front/ es una base de datos informativa. Cuando tenga la intención de citar las cifras y descripciones en la base de datos, se recomienda consultar el texto oficial emitido por el gobierno japonés.

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Para garantizar la inocuidad de los alimentos importados, la ley de saneamiento obliga a los importadores a presentar notificaciones de importación. “Quienes de- seen importar alimentos, aditivos alimentarios, aparatos o envases / paquetes para la venta o para uso en negocios, deberán notificar al Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar en cada ocasión como prescrito por la Ordenanza Ministerial”.

El formulario de notificación para la importación de alimentos se debe enviar a una estación de cuarentena del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar. En la estación de cuarentena, los inspectores de saneamiento de alimentos llevan a cabo un examen e inspección de documentos para ver si los alimentos y productos cumplen con la Ley de saneamiento.

Fuente:(Ministerio de salud, trabajo y bienestar, 2019). Obtenido de: https://www.mhlw.go.jp/

stf/seisakunitsuite/bunya/kenkou_iryou/shokuhin/yunyu_kanshi/kanshi/index_00004.html

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2.3.1.2

MEDIDAS DE CUARENTENA FITOSANITARIA

Para el ingreso de material vegetal, frutas y verduras al Japón se requiere de inspecciones de cuarentena de plantas, estas medidas de control incluyen traer plantas al territorio japonés desde el extranjero o al sacarlas del país. con la finalidad de prevenir la propagación de plagas nocivas dentro y fuera del territorio japonés.

Para evitar el ingreso de plagas nocivas desde el extranjero a través de plantas transportadas como carga, con el equipaje personal, enviadas por correo postal o transportadas por otros medios, se requiere presentar un Certificado Fitosanitario, emitido por el gobierno del país exportador y para realizar inspecciones de importación independientemente de la cantidad y del uso previsto.

El cumplimiento a esta medida se da mediante el establecimiento de clasificaciones regulatorias basadas en los protocolos de seguridad del país de origen, así como en las listas de plantas que se sabe que presentan un riesgo de introducción de plagas nocivas.

Las clasificaciones regulatorias son las siguientes:

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1. Suelo.

2. Plantas unidas con tierra.

3. Plagas de cuarentena que son perjudiciales para plantas y productos vege- tales.

4. Paja de arroz o cáscaras de arroz (excluidas las de la península de Corea y Taiwán).

5. Además, ciertas frutas y verduras pueden estar prohibidas dependiendo del país / región donde se produjeron o del país / región desde donde se exportaron. Las frutas y verduras prohibidas se pueden confirmar (en inglés) a través de la Base de datos para las condiciones de importación.

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exportador y el tipo de planta. Entre los artículos que requieren inspecciones de importación: Plántulas / plantones, bulbos, semillas; Flores; Frutas, vegetales; Granos / hierba de cereales, frijoles; Materiales de madera / madera; Artículos utilizados como ingredientes para hacer especias, hierbas medicinales, etc.

En el caso del aguacate de Colombia, se encuentra bajo el requerimiento de inspección ordinaria, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Adjunto del Certificado Fitosanitario apropiado (emitido por la autoridad de cuarentena de plantas del país de origen).

2. Limitación de los lugares donde se descargan e importan los artículos.

3. Resultados exitosos de la inspección realizada por la Oficina de Protección Fitosanitaria.

Fuente: (Ministerio de agricultura, silvicultura y pesca , 2019). Obtenido de: https://www.maff.

go.jp/pps/j/introduction/english.html

Base de datos para condiciones de importaciones http://www.pps.go.jp/eximlist/Pages/

exp/conditionE.xhtml

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REGISTRO E

INSCRIPCIONES

Los registros e inscripciones que regulan el mercado japonés son normas que debe cumplir el importador para garantizar el adecuado ingreso de los productos al mercado.

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2.4.1

IMPORTADOR

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FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MER

OBTENCIÓN DE

NOTIFICACIÓN DE IMPORTACIÓN

A la llegada de la mercancía, todos los importadores de alimentos están obligados a presentar una notificación de importación. “Quienes deseen importar alimentos, aditivos alimentarios, aparatos o envases / paquetes para la venta o para uso comercial, deberán notificar al Ministro de Salud, Trabajo y Bienestar. No deben utilizarse para la venta sin notificación de importación”.

Lo primero que se deber realizar es diligenciar el formulario de notificación para la importación de alimentos, https://www.mhlw.go.jp/english/topics/importedfoods/

dl/1-3.pdf se envía a una Oficina de Cuarentena del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar, en la cual los inspectores de saneamiento de alimentos realizan un examen e inspección de documentos para ver que los alimentos y productos cumplen con la Ley de Saneamiento de Alimentos.

Este procedimiento también se puede realizar a través del sistema de procesamiento electrónico de información. Por otra, parte para enviar el formulario de notificación a través del sistema electrónico, los importadores deben registrar su terminal de computadora junto con la información necesaria ante el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de antemano en https://www.e-gov.go.jp.

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materiales, los métodos de fabricación y el uso de aditivos y evalúa si el alimento importado cumple con los estándares regulados por la Ley de Saneamiento de Alimentos.

Una vez la evaluación documental es válida, se confirma el cumplimiento de la ley, y se procede al acto de inspección. Una vez el documento y la inspección de la carga cumple (la carga “pasó” la inspección), se devolverá al importador un “Certificado de Notificación” desde la estación de cuarentena MHLW donde se realizó la notificación por primera vez presentada. Los procedimientos de importación, entonces, procederán al siguiente paso.

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FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MER

NORMAS DE

ETIQUETADO EN EL

MERCADO

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2.5.1

EXPORTADOR

ºSegún el plan de trabajo, las cajas deben estar debidamente procesadas para la exportación de aguacates Hass a Japón. Esto significa que deben estar selladas por el ICA, además deben llevar una etiqueta que indique el país de origen. La etiqueta debe hacerse en un tamaño reconocible y debe ubicarse en un lugar visible indicando la frase: “Exported Hass Avocado for Japan” (aguacate Hass exportado para Japón).

Las cajas deben llevar también una etiqueta que indique la información que incluya el departamento (lugar de origen) y el código de registro del lugar de producción y la casa de empaque. (ICA, 2019). Requisitos Fitosanitarios para la Exportación de Frutos de Aguacate Hass (Persea americana) desde Colombia hacia Japón. Recuperado el 3 de 12 de 2019, de Instituto Colombiano Agropecuario:https://www.ica.gov.co/getattachment/4422d323-f512-41d1-9a34-dc2c3a91b904/Aguacate- Hass.aspx

Este direccionamiento cumple con la ley JAS de frutas y hortalizas frescas, la cual indica que deben etiquetarse con el nombre del alimento y el país de origen.

(Japan external trade organisation , 2019). Obtenido de: https://www.jetro.go.jp/ext_ima- ges/en/reports/regulations/pdf/agri2009e.pdf

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DOCUMENTOS Y ACCIONES

REQUERIDAS PARA EL INGRESO

Cualquier persona que desee importar mercancías debe declararlas al Director General de Aduanas y obtener un permiso de importación después del examen de las mercancías en cuestión.

Los trámites comienzan con la presentación de una declaración de importación y terminan con la emisión de un permiso de importación después del examen y el pago de los derechos de aduana y el impuesto especial.

La declaración de importación debe ser realizada, en principio, por la persona que importa los bienes. Por lo general, un agente de aduanas presenta la declaración como un agente para los importadores. Los documentos que se deben presentar en la aduana son:

1. Factura.

2. Conocimiento de embarque o guía aérea.

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5. Listas de empaque, cuentas de flete, certificados de seguro, etc. (cuando se considere necesario).

6. Licencias, certificados, etc. requeridos por leyes y reglamentos distintos a la Ley de Aduanas (cuando la importación de ciertos bienes está restringida por dichas leyes y reglamentos); como por ejemplo la ley de cuarentena y de seguridad alimentaria.

7. Declaración detallada sobre reducciones o exenciones de derechos de aduana e impuestos especiales (cuando dicha reducción o exención sea aplicable a las mercancías).

8. Recibos de pago de derechos de aduana (cuando los bienes están sujetos a impuestos).

(Japan customs, 2019). Obtenido de: https://www.customs.go.jp/english/summary/import.htm

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FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MER

PASO 3:

REGISTRO DE

MARCA

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3.1

REGISTRO DE MARCA

Para obtener un registro de marca en Japón, el interesado debe completar los formularios prescritos y presentarlos ante la Oficina de Patentes de Japón. Esta última, publicará el contenido de la solicitud en el boletín oficial después de la presentación, y posteriormente se verificará y examinará el documento en términos de formalidad y procedimientos, si es necesario se invitará a realizar correcciones en los documentos en caso de tener que completarlos. Después, se examinará si la solicitud cumple con los requisitos sustantivos, y se rechazarán las siguientes marcas:

1. Marcas comerciales que no permiten a los consumidores diferenciar los bie- nes o servicios del solicitante de los que pertenecen a otros.

2. Marcas que no se pueden registrar por razones de interés público o por protección de intereses privados.

Cuando una solicitud no cumpla con los requisitos, se enviará una notificación de los motivos del rechazo.

(Japan patent office, 2019). Obtenido de: https://www.jpo.go.jp/e/system/trademark/gai- yo/trademark.html

De acuerdo con la revisión de la Ley de Marcas de 1992, el sistema de marcas de Japón opera con el mismo sistema de clasificación internacional de otros paí- ses. Existen 45 clases de productos y servicios, incluidas aquéllas de productos y servicios únicos en Japón.

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3. Tasas de solicitud:

4. Las tasas de registro: por otro lado, son de 66.000 yenes por marca y clase independientemente del tipo de solicitud. Equivalentes aprox. a USD 600 a diciembre de 2019. Si contrata a un Agente de la Propiedad Indus- trial, le cobrará sus honorarios, además de las tasas de registro anteriormen- te citadas, pudiendo incluir los honorarios por el trabajo empleado en pagar las tasas oficiales, etc.

En principio, para obtener el derecho de una marca en Japón desde el extranjero, debe presentarse una solicitud de registro en la Oficina de Patentes de Japón. Sin embargo, existen otros dos métodos alternativos:

Convenio de París: Si se intenta solicitar el registro de una marca únicamente en Japón, o en unos pocos países, es una buena idea presentar su solicitud de acuer- do con el Convenio de París.

b. Una marca en clases múltiples: 21.000 yenes por la primera clase equiva- lentes aprox. a USD 191 a diciembre de 2019. Y 15.000 yenes equiva- lentes aprox. a USD 137 a diciembre de 2019. por cada clase adicional.

c. Los importes anteriormente expuestos son exclusivamente tasas oficiales y no incluyen los honorarios del Agente de la Propiedad Industrial.

(42)

FRUTAS FRESCASAGUACATE HASSCAP 4.CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO DE JAPÓN

42

solicitud internacional y registrar marcas en determinados países al amparo de la solicitud presentada inicialmente en su propio país.

Normalmente se tarda unos ocho meses desde la solicitud hasta que se finalice todo el proceso y tienen vigencia de 10 años.

Fuente: https://www.jetro.go.jp/spain/Servicios/invertir/constitucion/seccion5.html

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