BOLETIN OFICIAL Nº
674
1ra. QUINCENA DE SEPTIEMBRE DE 2004
Publicado el 17 de noviembre de 2004
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
BOLETIN OFICIAL Nº 674
1ra. QUINCENA DE SEPTIEMBRE DE 2.004 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
AUTORIDADES MUNICIPALES
INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Angel Gustavo Posse Secretario General de Gobierno y Administración: Lic. Héctor A. Prassel Secretario de Desarrollo Social: Sr. Mario S. Alonso Secretario de Salud Pública: Dr.Gustavo César Hirsch Secretario de Obras Públicas: Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento: Dr. Carlos Prassel
Secretario de Inspecciones y Registros Urbanos: Sra. Amabella Erlinda Leonhardt Secretario de Registros Urbanos Tránsito y Cuidados Sra. Amabella Erlinda Leonhardt Comunitarios Secretario de Servicios Públicos: Sr. Alberto Trípoli
Secretario de Producción y Defensa del Consumidor: Lic. Pablo Chamatropulos
Secretario Privado: Sr. Juan Carlos Canal
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS 8909
DECRETOS 1839 A 1978
RESOLUCIONES SRUTyCC (Tránsito) 174 A 212
RESOLUCIONES (Obras Particulares) 109 A 115
RESOLUCIONES S.G.G.y A 943 A 1112
RESOLUCIONES PERSONAL 465 A 487
RESOLUCIONES SSP 824 A 884
INDICE TEMATICO
Ref. Expte. Nº
033-HCD-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de
2004.-Al Sr. Intendente Municipal
Dr. Gustavo Angel Posse
S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMO TER-CERA REUNION – UNDECIMA SESION ORDINARIA, de fecha 01 de septiembre de 2004, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8009, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8009
PROGRAMA ESCUELA SOLIDARIA Metodología Pedagógica
ARTÍCULO 1º.- Créase en el ámbito de la Municipalidad de San Isidro el PROGRAMA
ESCUELA SOLIDARIA, que tendrá como misión promover la metodología pedagógica de
aprendizaje-servicio y una mayor y mejor articulación entre las escuelas y las organizaciones de la comunidad, al servicio de la calidad y la equidad educativa.
ARTÍCULO 2º.- Los objetivos del programa serán:
- Relevar, acompañar y fortalecer los proyectos educativos solidarios y de aprendizaje-servicio ya en curso en las escuelas de gestión estatal y privada de San Isidro, y promover la iniciación de nuevos proyectos, especialmente en el nivel polimodal.
-Ofrecer capacitación a directivos y docentes para el desarrollo de proyec-tos de aprendizaje-servicio.
///
PROMULGADO POR DTO Nª
1900
Ref. Expte. Nº
033-HCD-2004.--Promover una mayor articulación entre las iniciativas promovidas desde organizaciones de la comunidad y el sistema educativo.
ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo coordinará con otros organismos Nacionales y Provinciales la realización de instancias de capacitación, delegando en el área municipal con competencia, la conformación de un Comité Técnico Asesor, encargado de la planificación, coordinación y ejecución de las acciones. Dicho comité podrá estar integrado por funciona-rios del Area Educativa, tanto Municipal como Provincial, Consejeros Escolares y/o repre-sentantes de los establecimientos educativos que deseen incorporarse al mismo.
ARTÍCULO 4º.- Créase el PREMIO “ESCUELA SOLIDARIA”, como reconocimiento a la mejor propuesta, actualmente en desarrollo, siendo el Departamento Ejecutivo quien de-termine las características o incentivo del mismo.
ARTÍCULO 5º.- Asimismo, autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar los ajustes pre-supuestarios necesarios para hacer efectivo este premio, a partir del ejercicio 2005.
ARTICULO 6º.- El Area de Educación de la Municipalidad de San Isidro con participación de Concejales integrantes de la comisión Educación, Cultura, Deportes, Biblioteca y Diges-to, elaborará las bases para la presentación de los proyectos.
ARTICULO 7º.- La Dirección de Educación Municipal convocará a las escuelas, de todos los niveles, a presentar las experiencias educativas solidarias que estén desarrollando, esta-bleciendo el 30 de Octubre de cada año, como fecha tope para toda la recepción de los pro-yectos.
ARTICULO 8º.- El Departamento Ejecutivo queda facultado para conformar un jurado, que evaluará los proyectos presentados. Dicho jurado estará integrado, por dos especialistas o idóneos en el tema, cuatro integrantes del Departamento Ejecutivo y tres del Departamento Deliberativo, respetándose la representación proporcional de los Bloques. Se invitará tam-bién a integrar el jurado a representantes de Organizaciones no Gubernamentales vinculados con acciones solidarias.
Ref. Expte. Nº 033-HCD-2004.-///
ARTICULO 9º.- El premio Escuela Solidaria será entregado antes de finalizar el año calen-dario o al comienzo del año lectivo posterior.
ARTICULO 10º.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente.
ARTICULO 11º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,
etc.-Sirva la presente de atenta nota de envío.-p.b
JOSE MARIA AMADO
Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
CARLOS A. IRIARTE
Presidente
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
Expte.Nro. 5510-R-1998 y
agregado.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1839
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Juan Carlos, RONCARI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las nor-mas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conser-vación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 36 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Juan Carlos, RONCARI, con domicilio en Ladislao Martínez Nro. 147, piso 2°, Dpto. "C", de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
354.094.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
8818-C-2002.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1840
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Marta, COLASO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 25 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Marta, COLASO , con domicilio en Primero de Mayo Nro. 4, de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
450.188.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
5808-B-2002.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1841
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. María BETANI Vda. de DI GIANDOMENICO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alum-brado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 7 recomien-da acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilirecomien-dad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002, 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae benefi-cio alguno, a María BETANI Vda. de DI GIANDOMENICO, con domicilio en Pablo Abriata Nro. 1816, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
641.005.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
5668-G-1999.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1842
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Elvira, GIBOUDOT solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 97 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002, 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae benefi-cio alguno, a Elvira, GIBOUDOT, con domicilio en Gorritti Nro. 701, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
511.478.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
6998-B-1989.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 1843
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Elvira, BATAGLIA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 38 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Elvira, BATAGLIA , con domicilio en Tres de Febrero Nro. 192 jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
212.619.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
3871-V-1998.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1844
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Ernesto Santos, VILLOLDO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 36 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004 , a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ernesto Santos, VILLOLDO , con domicilio en M. Lainez Nro. 2867, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
621.006.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
11156-C-2001.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1845
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Roberto Eugenio CAVICCHIA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 42 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Roberto Eugenio CAVICCHIA, con domicilio en Prilidiano Pueyrredón Nro. 727, de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
390.942.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
10314-A-2000.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1846
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Juan Eduardo ALDAM solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 49 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25%, año/s 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Juan Eduardo ALDAM, con domicilio en Av. Santa Fé Nro. 124, planta baja, Dpto. "C", de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
331.934.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
5440-G-2002.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1847
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. José, GUAGNINI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 49 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a José, GUAGNINI, con domicilio en Fray Luis Beltran Nro. 1246, de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
362.995.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
11777-M-2003.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO
: 1848
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental; y
Considerando:
QUE obra en autos nota presentada por la Sra., Noemí Misciones en la cual solicita la exención de recargos generados en la cuenta co-rriente nro. 383.557, por Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto ad-ministrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de recargos correspondientes a la Tasa ************** por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pú-blica, por los períodos 2002/ 4 A a 2003/ 6 B, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente nro. 383.557, sito en Carlos Pellegrini 2039 de
Martínez.-ARTICULO 2do.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
5064-K-1990.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1849
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Ana ROMANELLI Vda. de KEHOE solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpie-za, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 57 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002, 2003 y 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae benefi-cio alguno, a Ana ROMANELLI Vda. de KEHOE, con domicilio en Saenz Valiente Nro. 39, de la ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
373.263.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
5280-M-1990.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1850
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Jorge E. MACCARI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 42 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Jorge E. MACCARI, con domicilio en Francia Nro. 584 jurisdicción de este Parti-do, Cta. Cte.
220.067.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
10428-N-1999.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1851
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Alberto Arnaldo, NUÑEZ solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 58 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alberto Arnaldo, NUÑEZ, con domicilio en Rosario Nro. 1835, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
642.448.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
.-Expte.Nro.
15-C-1999.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1852
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Francisco CONDOLUCCI solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 103 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Francisco CONDOLUCCI, con domicilio en San José Nro. 633 jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
740.336.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro. 4953-R-1982 y
agregado.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 1853
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. María del Carmen ROLDAN solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 51 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María del Carmen ROLDAN, con domicilio en French Nro. 2117, de la ciudad de Beccar jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
842.431.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
6168-N-2000.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 1854
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Dante NICOLAS solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 28 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2001, 2003, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Dante NICOLAS, con domicilio en Lima Nro. 1253, de la ciudad de Martínez ju-risdicción de este Partido, Cta. Cte.
440.299.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. : Expte.
9421-D-2004.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO:
1855
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE, adoptada que fuera la decisión en tal senti-do, corresponde designar al instructor sumariante;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario ************** administrativo, en orden a los hechos de que se da cuenta en este expe-diente nro.
9421-D-2004.-ARTICULO 2do.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Luis Alberto
PASTOR.-ARTICULO 3ro.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instru-mental por la Asesoría Legal
Municipal.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
4591-D-2000.-SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 1856
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Norma Ofelia REBOSIO Vda. de DONOFRIO solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 67 reco-mienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003 y 2004, a ex-cepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Norma Ofelia REBOSIO Vda. de DONOFRIO, con domicilio en Olazabal Nro. 1389, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
621.447.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nro. 13713-F-2003
SAN ISIDRO, 01 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1857
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Francisco FARINA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 8 recomien-da acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilirecomien-dad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% año 2003 desde la 5° "A" hasta la 6° "B", año 2004 completo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% año 2003 desde la 5° "A" hasta la 6° "B", año 2004 completo, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Francisco FARINA, con domicilio en Jorge Newbery Nro. 846 jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 731.133
.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
12663-E-2003.-SAN ISIDRO, 01 de Septiembre de 2004
DECRETO NUMERO:
1858
VISTO los presentes actuados, relacionados con el accionar del agente Oscar Jacobo DAYAN (Legajo Nº 16350) -; y
Considerando:
QUE, luego de un exhaustivo estudio de las ac-tuaciones, lo expuesto en Conclusión Sumaria nro. 1072, lo resuelto en Acta nro.42 de la Junta de Disciplina, y el Dictamen de la Asesoría Legal Nro. 6264, se concluye que corres-ponde aplicar al agente en cuestión, la sanción de cesantía, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 62 inc. d y 64 inc. 10°, de la Ley 11757 – Estatuto para el Personal de las Mu-nicipalidades de la Provincia de Buenos Aires -;
QUE a fojas 57 la Subsecretaría General de Go-bierno y Administración en consonancia con lo resuelto por la Junta de Disciplina, promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Declárase cesante al agente DAYAN Oscar Jacobo (Legajo Nº ************* 16350), de acuerdo a lo expuesto en Acta nro. 42 de la Junta de Disciplina, obrante a fojas 53 de estos actuados y en virtud de lo establecido por el art. 62 inc. d de la Ley
11757.-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************ Nº 11.757 no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti-tucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
14739-C-2000.-SAN ISIDRO, 1º de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1 8 5 9
VISTO lo solicitado en el presente cuerpo ins-trumental a fs. 151, por la Subsecretaría de Hacienda; y
Considerando:
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas, considera procedente conceder la petición efectuada en PESOS UN MIL QUINIENTOS ($1.500), teniendo como tope por comprobante la suma de PESOS CIENTO VEINTE ($ 120);
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- ASIGNASE, a la Subsecretaría de Hacienda un importe fijo mensual de ************** PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-) en concepto de “CAJA CHI-CA”, con un tope por comprobante de PESOS CIENTO VEINTE ($ 120)
.-ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-*************** sente Decreto, se atenderá con los fondos provenientes de la Partida co-rrespondiente al Presupuesto General de Gastos
pertinente.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.
3961-A-1991.-SAN ISIDRO, 2 de Septiembre de 2004 DECRETO NUMERO
: 1860
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Rosario D'ELIAS solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 127 Vta. re-comienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cum-plir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Rosario D'ELIAS, con domicilio en El Zorzal Nro. 1640, de la ciudad de Boulogne jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
640.473.-ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.1250-I-2001.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1861
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Zulema IBARROLA Vda. de DELFINO solicitando su inclusión dentro de los al-cances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 28, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% años 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Zulema IBARROLA Vda. de DELFINO, con domicilio en Bernardo de Irigoyen N° 2209, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
610.300.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.4887-M-1998.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1862
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Yamil MIDLEY solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vi-gentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 103, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2003 y en un 100% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% año 2003 y en un 100% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Yamil MIDLEY, con domicilio en Río Bamba N° 1484, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
851.133.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.10855-F-1999.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1863
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Encarnación FERNANDEZ de GREBLO solicitando su inclusión dentro de los al-cances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 71, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25% años 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Encarnación FERNANDEZ de GREBLO, con domicilio en Neuquén N° 2087, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
841.328.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
9220-C-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004.-DECRETO NUMERO:
1 8 6 4
VISTO la nota presentada por el “CENTRO DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD BARRIO LOS PERALES” ; y Considerando:
QUE la citada entidad solicita un apoyo econó-mico para sufragar los gastos de ampliación del local;
QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar a la peticionante un subsidio por $ 380.-, con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de 90 días corridos;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Otórgase el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por ************* el “CENTRO DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD BARRIO LOS PERALES” por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA ($ 380.-), destinado a sufragar los gastos de ampliación del local, con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de 90 días
corridos.-ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado será percibido por las personas debidamente autori-************** zadas a tal
efecto.-ARTICULO 3ro.- Son de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************* nº
1444/85.-ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Ref. Expte. Nro.
9220-C-2004.-///
ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-MII
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
Expte.Nro.2751-V-1982.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1865
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. VALLEJOS Crecencio solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 195, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% años 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a VALLEJOS Crecencio, con domicilio en Bulnes N° 1514, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
620.351.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. : Expte.
10187-D-2004.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO:
1866
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE, adoptada que fuera la decisión en tal senti-do, corresponde designar al instructor sumariante;
QUE la Asesoría Legal Municipal –Subdirección de Sumarios- estima procedente efectuar la correspondiente denuncia penal;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario admi ************** nistrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en el presente
expediente.-ARTICULO 2do.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Luis Alberto
Pastor.-ARTICULO 3ro.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los *************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instru-mental por la Asesoría Legal
Municipal.-ARTICULO 4to.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la correspondiente ************* denuncia penal, remitiendo las presentes actuaciones a la Unidad Funcio-nal de Instrucción del Distrito de
Ref. : Expte.
10187-D-2004.-////
ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
10154-C-2004.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1867
VISTO el Suministro nº 3251/2004, originado en la Secretaría de Salud Pública; y
Considerando:
QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 70.911, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Llámase a Licitación Privada nº 30/2004, para la adquisición de insumos ************* de bacteriología y material descartable para laboratorio –2° semestre año
2004-.-ARTICULO 2do.- El acto de apertura tendrá lugar el 21 de setiembre de 2004, a las ************** 10.00 horas, en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario nro. 77, 1er. Piso, San Isidro, dejándose establecido las consultas al Pliego podrán efectuarse en la citada depe
ndencia.-ARTICULO 3ro.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-sen***************te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presu-puesto General de
Gastos.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
10125-D-2003.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1868
VISTO el Decreto nº 1116/2004 por el cual se designa a partir del 1° de junio de 2004, en calidad de becario en la Unidad Funcional de Instrucción Distrito Martínez, a la Srta. Mariana Inés Fernández Serra; y
Considerando:
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas solicita la modificación del acto administrativo antes citado, en cuanto al número de docu-mento se refiere;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 2º del Decreto n° 1116/2004, quedando redactado ************* de la siguiente forma:
“ARTICULO 2°.- Desígnase a partir del día 1° de junio de 2004, en calidad de becario en la ************ Unidad Funcional de Instrucción Distrito Martínez, a la Srta. Mariana Inés Fernández Serra –DNI
30.100.031-.-“.-ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposicio ************** nes del Decreto n°
1116/2004.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Expte.Nro.10847-R-1998.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1869
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. ESTEVEZ Carlos Ramón solicitando su inclusión dentro de los alcances de las nor-mas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conser-vación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 61, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100% años 2003 y 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2003 y 2004, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a ESTEVEZ Carlos Ramón, con domicilio en Avda. Santa Fé N° 126, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte.
331.939.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nro.
4105-1286-V-1996.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO:
1 8 7 0
VISTO la Disposición Nº 1197/01 de la Direc-ción de EvaluaDirec-ción de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado la calle Cuyo Nº 2640 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido donde se desarrollan actividades con el rubro “FABRICACION DE VARIADORES ELECTRONICOS”, cuya titularidad es ejercida por la firma VARIMAK S.A.C.I.; y
Considerando:
QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Art. 110º del Decreto Nº 1741/96 De-claración Jurada con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones regla-mentarias de funcionamiento;
QUE en virtud de ello, es necesaria la continua-ción del trámite referido a la extensión del Certificado de Aptitud Ambiental, conforme los términos de los arts. 33º y 114º del Decreto 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Expídase a la firma VARIMAK S.A.C.I., con domicilio real en la calle ************** Cuyo Nº 2640 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, don-de se don-desarrollan actividadon-des con el rubro “FABRICACION DE VARIADORES ELEC-TRONICOS”, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley 11459 Decreto Reglamentario Nº 1741/96, y conforme con lo dis-puesto por la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, Secretaría de Polí-tica
Ambiental.-ARTICULO 2do.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************** de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley 11.459 y su Decreto
Ref. Expte. Nro.
4105-1286-V-1996.-/////
ARTICULO 3ro.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************** Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cam-bios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presen-tación de la documenpresen-tación allí
solicitada.-ARTICULO 4to.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************* con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni-cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con-secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas
correspondientes.-ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nro.
4105-1286-V-1996.-******CERTIFICO que mediante Decreto Nº
1 8 7 0
, dictado en el día de la fecha, a fojas 167/168 del expte. 4105-1286-V-1996, se ha dispuesto expedir a la firma VARIMAK S.A.C.I., con domicilio real en la calle Cuyo Nº 2640 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “FABRICACION DE VA-RIADORES ELECTRONICOS”, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley 11459 Decreto Reglamentario Nº 1741/96, y con-forme con lo dispuesto por la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, Secretaría de Política Ambiental************Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado De-creto Reglament ario.******
****EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 02 de septiembre de 2004.****
Ref.: Expte.Nro.
3504-S-1996.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO Nro.
1 8 7 1
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru-mental y atento al informe producido por Subsecretaría de Inspección General, a fojas 68, corresponde autorizar el cambio de titularidad operado en el establecimiento, sobre el que versa el respectivo petitorio;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Reconócese a todos los efectos administrativos, el cambio de titularidad ************** operado en el comercio destinado al rubro “PENSION PARA CABA-LLEROS SIN COMIDA”, sito en la Avda. Bernardo Ader Nº 719 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, con una superficie de 249,14
m2.-ARTICULO 2do.- Dese de baja de los Registros Municipales en su carácter de titular de la ************** actividad de autos, a Sara Aurelia JIMENEZ, a partir del día 20 de sep-tiembre de
1994.-ARTICULO 3ro.- Inscríbase el establecimiento a nombre de Aida SCHIRO (L.C. Nº ************** 4.581.344), quien ejerce la titularidad desde el día 20 de septiembre de
1994.-ARTICULO 4to.- Contra entrega del certificado adjunto deberá exhibir las correspondientes ************** Libretas Sanitarias en vigencia y constancia de pago por
Publicidad.-ARTICULO 5to.- Subsecretaría de Inspección General efectuará las registraciones de ************** rigor y el reemplazo de la correspondiente Oblea identificatoria del co-mercio y controlará la sustitución de los certificados
pertinentes.-ARTICULO 6to.- Hácese saber a la Sra. Aida SCHIRO, que podrá autorizarse el anexo del ************** rubro “PENSION PARA DAMAS” al ya habilitado de “CASA DE PEN-SION PARA CABALLEROS SIN COMIDA”, en el establecimiento motivo de autos, que-dando condicionado a que en el término de ciento veinte (120) días a partir de su notifica-ción se de cumplimiento a los siguientes condicionamientos:
Ref.: Expte.Nro.
3504-S-1996.-/////
a) Contar con un sanitario y provisión de agua caliente por habitación y cumplir con lo es-tablecido por el artículo 1.2.2.11 del Código de Ordenamiento Urbano;
b) Los dormitorios deberán contar, además, con iluminación y ventilación natural a espacio urbano reglamentario, debiendo efectuarse las modificaciones y/o demoliciones necesa-rias para cumplimentar con este requisito en los dormitorios Nº 3 y 4, según plano de fo-jas 45;
c) Presentar plano actualizado y aprobado por la Dirección de Obras Particulares, en el que consten los cambios de usos de los locales y las modificaciones edilicias realizadas y a realizar;
d) En el desarrollo de la actividad deberá cumplimentar las disposiciones del artículo 6º, título 7 del Código de Edificación (reglamentario de las actividades de Hotelería, Pensión y/u Hotel Residencial) y la Ley Provincial Nº 7315;
e) Se ajustará a las disposiciones de los Códigos de Edificación y Ordenamiento
Urbano.-ARTICULO 7mo.- Regístrese. Comuníquese,
publíquese.-CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nro.
CERTIFICADO CAMBIO DE TITULARIDAD CONTRIBUYENTE Nº 22510
***** CERTIFICO que por Decreto Nro.
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, dictado en el día de la fecha, a fojas 69/70 del expediente N° 3504-S-1996, se reconoció el cambio de titularidad operado en el comercio destinado al rubro “PENSION PARA CABALLEROS SIN COMIDA”, sito en la Avda. Bernardo Ader Nº 719 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, con una superficie de 249,14 m2, inscribiéndose la actividad a nombre de Aida SCHIRO (L.C. Nº 4.581.344), quien ejerce la titularidad desde el día 20 de septiembre de 1994.*****ESTE CERTIFICADO DEBERA EXHIBIRSE EN LUGAR VISIBLE
***** EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 02 de septiembre de 2004.-*****
Expte.Nro.865-R-2003.-SAN ISIDRO, 2 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1872
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. REPETTO Rubén Ernesto solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Con-servación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE, a fojas 26, la Subsecretaria de Hacienda, aconseja acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2004;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% año 2004, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a REPETTO Rubén Ernesto, con domicilio en Mazza N° 760, de la Ciudad de Boulogne, ju-risdicción de este Partido, Cta. Cte.
511.595.-ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
9554-S-SAN ISIDRO, 02 de Septiembre de
2004.-DECRETO NUMERO
: 1 8 7 3
VISTO la nota presentada por el SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo eco-nómico a sufragar los gastos que demande el funcionamiento de la misma;
QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000), con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO, por la suma de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000), a sufragar los gastos que demande el funcionamiento de la misma con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días
corridos.-ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida-*************** mente autorizada/s a tal
efecto.-ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen-*************** tario
Nro.1444/85.-ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-************** sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida corres-pondiente del Presupuesto General de Gastos en
Ref.: Expte. Nro.
9554-S-2004.-///
ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
Ref.: Expte. 9476-R-1981 y
ag.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO:
1874
VISTO los presentes actuados, por los que se comunica la inscripción de la bóveda ubicada en la manzana 12, tablón n° 4, lote nº 29, con una superficie de 7,06 m2 del Cementerio de Boulogne; y
Considerando:
QUE la Dirección de Cementerios a fojas 47 del expediente 11946-T-2003 aconseja el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Inscríbase a perpetuidad la bóveda ubicada en la manzana 12, tablón n° **************4, lote nº 29, con una superficie de 7,06 m2 del Cementerio de Boulogne, por fallecimiento de Diego Javier Cousiño, a nombre de Diego Martín y Elisa Ana Cousiño y Fogg y Jean Shirley Anne Fogg, en condominio con Norberto Carlos, Fernando Eduardo Cousiño y Maggio, según surge del Decreto nro.
680/81.-ARTICULO 2do.- Dirección de Cementerios notificará el presente y dará comunicación del ************** mismo a la Administración del Cementerio de
Boulogne.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro.
5718-J-2004.-SAN ISIDRO, 02 de septiembre de 2004
DECRETO NUMERO
: 1 8 7 5
VISTO lo actuado en autos, respecto de un em-bargo en los haberes del agente municipal Benito Jorge MORELLO, resuelto por el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 Secretaría Nº 4, del Departamento judicial de San Isidro, por la suma de $ 577,50; y
Considerando:
QUE a fojas 5 el Sr. Benito Jorge MORELLO, solicita el reintegro de las sumas sujetas a embargo, en tanto que las actuaciones judiciales de que se trata se motivaron en razón de estar cumpliendo funciones laborales para el Muni-cipio;
QUE a fojas 7 obra constancia del depósito judi-cial realizado por el peticionante, por pesos quinientos setenta y siete con cincuenta centavos ($ 577,50);
QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Mu-nicipal, emite Dictamen Nº 6267 a fojas 9, aconsejando dar curso favorable a la petición realizada;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Reintégrase al agente municipal, Benito Jorge MORELLO (Leg. 17522), ************** la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON CIN-CUENTA CENTAVOS ($ 577,50), pagados en concepto de Depódito Judicial, en la causa “Ramirez Mariano c/ Morello Benito Jorge y otro s/ daños y
perjuicios.-ARTICULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de
Gastos.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
9998-S-2004.-SAN ISIDRO, 03 de septiembre de 2004 DECRETO NUMERO:
1876
VISTO la presentación de fojas 1 efectuada por la Sociedad Gremial de Vareadores; y
Considerando:
QUE en la misma da cuenta de la realización del Campeonato Mundial de Ciclismo Master, a desarrollarse el 10 de setiembre del corriente, en la ciudad de Manchester, Inglaterra;
QUE participará en el mismo, en representación de la entidad el Sr. Carlos Enrique Reybaud;
QUE la Secretaría de Desarrollo Social aconseja declarar de interés municipal dicho acontecimiento en el Grado I;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Declárase de interés municipal la realización del Campeonato Mundial de ************* Ciclismo Master, a desarrollarse en el mes de setiembre del corriente, en la ciudad de Manchester,
Inglaterra.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que el presente halla encuadre en las disposiciones del ************* Grado
I.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso