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I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

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I.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

I.1. PROYECTO.

Elaborar e insertar en éste apartado un croquis, donde se señalen las características de ubicación del proyecto, las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos sobresalientes y próximos, vías de comunicación y otras que permitan su fácil ubicación.

Se presenta en el Anexo 1 el Plano a doble carta.

I.1.1- Nombre del proyecto.

Fraccionamiento Habitacional Unifamiliar y Multifamiliar, en el municipio de Pesquería, Nuevo León.

I.1.2.- Ubicación del proyecto.

El área donde se ubica el proyecto corresponde al municipio de Pesquería sus colindancias son las siguientes: al Norte y Sur con terrenos particulares con vegetación nativa; al Este con terrenos particulares sin vegetación y fraccionamiento habitacional; y al oeste terrenos particulares con vegetación nativa.

Se tiene acceso por la carretera a Miguel Alemán con rumbo a Dr. González y al llegar al entronque del municipio de Pesquería, se toma hacia la derecha hasta llegar a la Colonia Zacatequitas, avanzando aproximadamente 1000 metros por camino pavimentado, al finalizar dicho camino se avanzan aproximadamente 300 metros y se llega al predio del proyecto.

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N E W S 382000 382000 383000 383000 384000 384000 385000 385000 386000 386000 387000 387000 388000 388000 389000 389000 390000 390000 391000 391000 392000 392000 393000 393000 394000 394000 395000 395000 396000 396000 28 51 00 0 28 51 00 0 28 52 00 0 28 52 00 0 28 53 00 0 28 53 00 0 28 54 00 0 28 54 00 0 28 55 00 0 28 55 00 0 28 56 00 0 28 56 00 0 28 57 00 0 28 57 00 0 28 58 00 0 28 58 00 0

Polígono del proyecto.

Carr. Miguel Alemán.

Pesquería, N. L. Agua Fría.

Aeropuerto.

Tabla I.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono donde se pretende llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo.

COO__ID X_COORD Y_COORD COO__ID X_COORD Y_COORD

1 387287.44 2856351.00 3 386933.81 2855847.15

2 387331.37 2855823.20 4 386974.18 2856124.28

Superficie: 143,223.69 metros cuadrados.

Figura I.1.- Ubicación del área del proyecto en el municipio de Pesquería, N. L.

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# # # # 1 2 3 4 N E W S

Polígono del proyecto.

# Coordenada. 386800 386800 386900 386900 387000 387000 387100 387100 387200 387200 387300 387300 387400 387400 387500 387500 387600 387600 28 55 90 0 28 55 90 0 28 56 00 0 28 56 00 0 28 56 10 0 28 56 10 0 28 56 20 0 28 56 20 0 28 56 30 0 28 56 30 0

Figura I.2.- Polígono del predio donde se llevará a cabo el proyecto.

I.1.3.- Tiempo de vida útil del proyecto.

Duración total (incluye todas las etapas). 10 años.

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En el Anexo 2, se encuentra una copia simple de la escritura del predio donde se va a realizar el proyecto.

I.2 PROMOVENTE.

I.2.1 Nombre o razón social.

Promotora Elizondo, S. A. de C. V. (Anexo 3.- Acta Constitutiva).

I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promoverte.

PEL800507 QE1

(Anexo 4.- Copia simple de la Cédula Fiscal).

I.2.3 Nombre y cargo del representante legal.

Lic. Oscar Elizondo González Representante Legal.

(Anexo 5.- Identificación oficial del Representante Legal, el poder se otorga en el acta constitutiva).

I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal.

Av. Acapulco No. 1500 Colonia Josefa Zozaya Cd. Guadalupe, N. L. C. P. 67710

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I.2.5.- Nombre completo, teléfono y correo electrónico de contacto, de aquella persona con alta jerarquía para la toma de decisiones, respecto al pero de labores del cambio de uso de suelo y/o la realización de acciones de urgente aplicación, ello ante el riesgo potencial o declaración de contingencia ambiental, emitida por la Autoridad competente.

Lic. Oscar Elizondo González. Teléfono: (81) 8131 3398

Correo electrónico: [email protected]

I.3 Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental y Responsable técnico del estudio.

I.3.1 Nombre o razón social.

Ing. Olga Lidia López González.

I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes o CURP.

LOGO780817 HV9

(Anexo 6.- Copia ID oficial).

I.3.4 Dirección del Responsable técnico del estudio.

Privada Jesús Pérez #268 Colonia La Petaca

Linares, Nuevo León C.P. 67750.

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

II.1 Información del proyecto.

II.1.1 Naturaleza del proyecto.

El proyecto consiste en el cambio de uso del suelo de un área de 143,223.69 m2 para la construcción de un fraccionamiento habitacional.

II.1.2 Selección del sitio.

Criterios para selección del sitio:

a) Ambientales: El área del predio presenta elementos vegetales características de vegetación de matorral espinoso tamaulipeco. Se trata de un área que ha sufrido cambios en su cubierta vegetal debido a las actividades humanas de los habitantes de la colonia que esta a un lado, actualmente posee una densidad en cobertura de alrededor del 90 al 95%.

b) Técnicos: por las características topográficas, la pendiente, tipo de suelo, las características geológicas y la ubicación permiten el desarrollo del mismo.

c) Socioeconómicos: Primordialmente por ubicarse en un área de expansión de la metrópoli y contar con los servicios requeridos como son electricidad, redes de gas natural, agua, drenaje y telefónicas.

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a) Incluir un plano topográfico actualizado, en el que se detallen la o las poligonales(incluyendo las de las obras y/o actividades asociadas y de apoyo, incluso estas últimas, cuando se pretenda realizarlas fuera del área del predio del proyecto) y colindancias del o de los sitios donde será desarrollado el proyecto, agregar para cada poligonal las vías de acceso del sitio donde será desarrollado el proyecto, dibujar la hidrología del sitio, incluyendo un recuadro en donde se indiquen las respectivas coordenadas Geográficas con aproximación a décimas de segundo.

b) Presentar un plano de conjunto del proyecto con la distribución total y la cuantificación de las superficies para llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo donde se indiquen las superficies destinadas a conservación, producción y restauración, a la misma escala que el mapa de vegetación que se solicitará en la sección IV.2.2 inciso A.

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N E W S 382000 382000 383000 383000 384000 384000 385000 385000 386000 386000 387000 387000 388000 388000 389000 389000 390000 390000 391000 391000 392000 392000 393000 393000 394000 394000 395000 395000 396000 396000 28 51 00 0 28 51 00 0 28 52 00 0 28 52 00 0 28 53 00 0 28 53 00 0 28 54 00 0 28 54 00 0 28 55 00 0 28 55 00 0 28 56 00 0 28 56 00 0 28 57 00 0 28 57 00 0 28 58 00 0 28 58 00 0

Polígono del proyecto.

Carr. Miguel Alemán.

Pesquería, N. L. Agua Fría.

Aeropuerto.

Figura II.1.- Ubicación del área del proyecto en el municipio de Pesquería, Nuevo León.

Tabla I.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono donde se pretende llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo.

COO__ID X_COORD Y_COORD COO__ID X_COORD Y_COORD

1 387287.44 2856351.00 3 386933.81 2855847.15

2 387331.37 2855823.20 4 386974.18 2856124.28

Superficie: 143,223.69 metros cuadrados.

II.1.4 Inversión requerida.

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El costo estimado para la urbanización y construcción del proyecto es de $ 166,147,926.80 (ciento sesenta y seis millones ciento cuarenta y siete mil novecientos veintiséis pesos 80/100).

b) Precisar el período de recuperación del capital, justificándolo con la memoria de cálculo respectiva.

El tiempo estimado para la recuperación de la inversión es de 6 años para la etapa señalada.

c) Especificar los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación. Tabla II.2.- Desglose de los costos de las medidas de prevención y mitigación para la Construcción del

Fraccionamiento Habitacional que estará ubicado en el municipio de Salinas Victoria, Nuevo León.

CONCEPTO COSTOS

PRELIMINARES $ 299,710.00

Estudios de Terreno, Levantamientos Topográficos, Estudios de mecánicas de Suelo, Pruebas de Laboratorio, etc.

APORTACIONES Y COMPLEMENTOS DE OBRA EN URBANIZACIÓN $ 1,473,117.00

Infraestructura de Servicios y Estudios, CFE y AYD

CANALIZACIÓN DE DRENAJE PLUVIAL $ 690,723.00

Infraestructura para paso pluvial y pavimentos

COSTO CALLE ENTRADA $ 489,368.00

Continuación y Ampliación de vialidad de acceso para complementar obras pluviales y servicios a la comunidad.

AREAS VERDES $ 395,850.00

Relleno de tierra Negra, Sembrado de Pasto Tipo Bermuda, Compra y sembrado de árboles en especies nativas, Sistema de Riego, Elaboración de Andadores, su ministro y colocación de Bancas y áreas de juego o uso de la comunidad.

JUEGOS Y ORNATO $ 185,226.00

Suministro y colocación de juegos infantiles, Sembrado de plantas Ornamentales, (Ejem.: Photinia, Gudelia, Palmas Washingtonas, Bambú, etc.) entre otros.

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Arreglo y acondicionamiento del área de acceso y atracción, Monumentos de Acceso y plazas, Sembrado de Pasto San Agustín, Plantas Aromáticas (Ejemplo: Yerbabuena, Ruda, Mejorana, etc.)

ESTUDIOS VARIOS $165,000.00

Estudio de Impacto Ambiental Modalidad Federal (ETJ y MIA), Estudios Impacto Ambiental, Vial, Hidrológico e Hidráulico Municipales, etc.

TOTAL $ 4,079,269.00

II.1.5 Dimensiones del proyecto.

Especifique la superficie total requerida para el proyecto, desglosándola de la siguiente manera:

a) Superficie total del predio (en m2).

143,223.69 m2.

b) Superficie a afectar (en m2) con respecto a la cobertura vegetal del área del proyecto, por tipo de comunidad vegetal existente en el predio (selva, manglar, tular, bosque, etc.). Indicar, para cada caso su relación (en porcentaje), respecto a la superficie total del proyecto.

El área total a desmontar es de 143,223.69 m2 lo que representa el 100% del total del predio, a continuación se presenta la relación de acuerdo al tipo de vegetación presente en el predio:

Tabla II.3.- Superficies dentro del predio del Proyecto.

TIPO DE VEGETACIÓN SUPERFICIE CUBIERTA

DENTRO DEL PREDIO SUPERFICIE A DESMONTAR

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a) Superficie (en m2) para obras permanentes. Indicar su relación (en porcentaje), respecto a la superficie total.

Al igual que la anterior, ya que se contempla la totalidad a desarrollar:

b) Superficie(s) del predio(s), de acuerdo con la siguiente clasificación: Conservación y aprovechamiento restringido, producción, restauración y otros usos, además considerar las dimensiones del proyecto, de acuerdo con las siguientes variantes:

• Si el proyecto se encuentra dentro de un solo predio se deberá indicar el área del proyecto y área total, en caso de estar inmerso en un predio mayor.

• Si el proyecto se encuentra dentro de un conjunto predial se mencionará las superficies totales del conjunto predial y/o de cada predio, además, especificar el tipo de superficie en hectáreas y el porcentaje de las mismas (de acuerdo a la siguiente tabla).

Tabla II.5.- Clasificación de superficies para proyectos que requieran el cambio de uso de suelo.

ZONAS CLASIFICACIONES SUP. EN HA. %

Zonas de Conservación y aprovechamiento restringido

Áreas Naturales Protegidas

0

Superficie arriba de los 3,000 MSNM 0

Superficie con pendientes mayores al 100% o 45° 0

Superficies con vegetación de Manglar o Bosque

mesófilo de montaña 0

Superficie con vegetación en galería 0

Zona de producción

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable alta 0

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable Media, 0

Terrenos forestales o de aptitud preferentemente

forestal de productividad maderable baja 14.23 100

Terrenos con vegetación forestal de zonas áridas 0

Terrenos adecuados para realizar forestaciones 0

Zonas de restauración Terrenos con degradación alta 0

Terrenos con degradación media 0

Tabla II.4.- Área a desarrollar.

m2 %

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Terrenos con degradación baja 0 Terrenos degradados que ya estén sometidos a

tratamientos de recuperación y regeneración. 0

NOTA: LA TABLA ANTERIOR CORRESPONDE A LA ZONIFICACIÓN DE LOS TERRENOS FORESTALES Y DE APTITUD PREFERENTEMENTE FORESTAL CON BASE EN EL INVENTARIO FORESTAL NACIONAL Y EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO NACIONAL.

II.1.6 Uso actual de suelo

Definir la categoría de uso de suelo que presenta el sitio del proyecto.

Considerar lo siguiente:

• El uso común o regular de suelo. Describir los usos actuales de suelo en el sitio A manera de ejemplo se presentan las siguientes clasificaciones de uso de suelo: agrícola, pecuario, forestal, asentamientos humanos, industrial, turismo, minería, área natural protegida, corredor natural, sin uso evidente, etc.

• El uso potencial considerando la cartografía existente y los criterios técnicos que sustenten el o los posibles usos que pudiera dársele al terreno.

• Indicar en caso de que el proyecto se localice en alguna condición especial como son las zonas de atención prioritaria:

• Las zonas de anidación, refugio, reproducción, conservación de especies en alguna categoría de protección (de acuerdo con la normatividad vigente), o bien las áreas de distribución de especies frágiles y/o vulnerables de vida silvestre y de restauración del hábitat

• Las zonas de aprovechamiento restringido o de veda forestal y de fauna • Los ecosistemas frágiles

El sitio del proyecto se encuentra actualmente sin un uso definido. No se encuentra dentro de algún área de atención prioritaria.

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Describir la disponibilidad de servicios básicos (vías de acceso, agua potable, energía eléctrica, drenaje, etc) y de servicios de apoyo (plantas de tratamiento de aguas residuales, líneas telefónicas, etc). De no disponerse en el sitio, indique cual es la infraestructura necesaria para otorgar servicios y quien será el responsable de construirla y/u operarla (promovente o un tercero).

El área del proyecto se encuentra a un lado de una colonia habitacional por lo que posee caminos de acceso, así como los servicios de agua potable, red de drenaje, electricidad, red de gas natural y telefonía.

II.2 Características particulares del proyecto.

Se recomienda que se ofrezca información sintetizada de las obras principales, asociadas y/o provisionales en cada una de las etapas que se indican en esta sección, debiendo destacar las principales características de diseño de las obras y actividades en relación con su participación en la reducción de las alteraciones al ambiente.

En este caso solo se realizará el retiro de la vegetación. II.2.1 Programa general de trabajo.

Presentar a través de un diagrama de Gantt, un programa calendarizado de trabajo de todo el proyecto, desglosado por etapas (preparación del sitio, construcción, operación, mantenimiento y abandono del sitio, en su caso), señalando el tiempo que llevará su ejecución, en términos de semanas, meses o años, según sea el caso. Para el período de construcción de las obras, es conveniente considerar el tiempo que tomará la construcción los períodos estimados para la obtención de otras autorizaciones como licencias, permisos, licitaciones y obtención de créditos, que puedan llegar a postergar el inicio de la construcción.

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Tabla II.6.- Programa de todo el proyecto.

Actividad. Años.

1 2 3 4 5

Obtención de permisos federales y municipales. Preparación del sitio.

Desmonte. Despalme.

II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete.

En este apartado se incluirán todos y cada uno de los estudios que fueron empleados para la elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental, así como la justificación técnica para su empleo.

Definir los tipos de vegetación que serían afectados, especificando la superficie de afectación por cada tipo de vegetación y/o especie, detallando en número de individuos, volumen y/o densidades de afectación con nombres comunes y científicos.

A continuación se especifican los resultados de los muestreos efectuados en el sitio.

En el área de estudio se ubicaron 20 unidades de muestreo al azar tratando de realizarse en los diferentes tipos de vegetación presentes; estas unidades fueron de forma rectangular con un área de 200 m2 cada uno. En cada una de las parcelas se contabilizó el número de plantas por cada una de las especies perennes que ahí se encontraron.

Descripción de la vegetación con base en algunos de sus componentes de su estructura. Este parámetro fue determinado para el estrato arbóreo.

Estimación de parámetros ecológicos.

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actual. Se realizaron treinta muestreos en cuadrantes con superficies de 200 m2 (10m x 20 m) cada una. En estos se determinaron el diámetro de fuste, diámetro de copa, altura y número de individuos por especie para realizar posteriormente las estimaciones de abundancia (A), dominancia (D) y frecuencia (F) utilizando las siguientes fórmulas:

A = (No. de individuos de la especie / No. total de todas las especies)*100

Se refiere a la relación de la densidad de las especies comparado con un total existente (Heiseke et al., 1985 y Franco et al., 1991). Ar = (n / N) * 100

D = (Área de la copa de la especie / Área de la copa de todas las especies)*100

Parámetro que permite estimar el grado de participación de las especies en la comunidad (Heiseke et al., 1985 y Franco et al., 1991).

Dr = (Área de copa de la especie “i” / Área de copa total) * 100

F = (No. de parcelas con la especie / No. de parcelas muestreadas)*100.

Parámetro que permite estimar la distribución de las especies, siendo fundamental para, conocer la estructura de la comunidad (Heiseke, et al., 1985, citado por Rocha, 1995).

Fr = (n / N) * 100

El índice de valor de importancia (IVI) mide el valor de cada especie basados en la suma de los tres parámetros señalados (A, D y F) en sus valores relativos.

Su descripción revela la diversidad e importancia ecológica de cada especie e particular y en forma general la comunidad florística del sitio.

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Para el número de cuadrantes de muestreo establecidas se calculó un diámetro promedio de 3 cm, en tanto su altura se estimó en una media de 2.0 m.

La Tabla siguiente muestra los resultados de los parámetros ecológicos estimados.

Tabla II.7.- Frecuencia, Abundancia, Dominancia y Valor de Importancia de las especies presentes en el área de estudio, ubicado en el Municipio Pesquería Nuevo León.

Nombre común Nombre Científico Abundancia

Relativa Frecuencia Relativa Dominancia Relativa Valor de Importancia

Anacahuita Cordia boissieri 13.80 15.08 11.90 40.78

Cenizo Leucophyllum frutescens 18.93 15.08 7.01 41.02

Chaparro amargoso Castella tortuosa 1.43 2.38 2.48 6.29

Chaparro prieto Acacia rigidula 28.05 15.87 6.35 50.28

Coyotillo Karwinskia humboldtiana 14.71 14.29 3.79 32.78

Crucillo Randia laetevirens 3.77 7.14 6.54 17.45

Granjeno Celtis pallida 4.75 5.56 6.19 16.50

Huizache chino Acacia schaffneri 0.08 0.79 12.39 13.26

Lantana Viburnum lantana 6.41 5.56 6.19 18.16

Mezquite Prosopis laevigata 0.23 1.59 4.65 6.46

Oreja de raton Coldenia canescens 1.13 2.38 5.16 8.67

Palo verde Cercidium macrum 0.90 3.17 10.84 14.92

Panalero Schaefferia cuneifolia 2.11 3.97 6.19 12.27

Uña de gato Acacia wrigttii 2.56 4.76 4.13 11.46

Vara dulce Eysenhardtia polystachya 1.13 2.38 6.19 9.71

Total 100 100 100 300

En la tabla se observa que en los valores de Abundancia Relativa la especie de chaparro prieto es la que presenta el valor más alto y las especies de huizache chino, mezquite y palo verde presentan los valores más bajos.

En cuanto a los valores de Frecuencia Relativa las especies que presentan los valores mas altos son las especies de anacahuita, de chaparro prieto, cenizo y coyotillo, las especies de huizache chino y mezquite presentaron los valores más bajos.

En los valores de Dominancia Relativa las especies de anacahuita y huizache chino presentan los valores más altos y las especies de chaparro amargoso y coyotillo presentan los valores

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0 5 10 15 20 25 30 1 Especies ABUNDANCIA RELATIVA Anacahuita Cenizo Chaparro amargoso Chaparro prieto Coyotillo Crucillo Granjeno Huizache chino Lantana Mezquite Oreja de raton Palo verde Panalero Uña de gato Vara dulce 0 2 4 6 8 10 12 14 16 1 Especies FRECUENCIA RELATIVA Anacahuita Cenizo Chaparro amargoso Chaparro prieto Coyotillo Crucillo Granjeno Huizache chino Lantana Mezquite Oreja de raton Palo verde Panalero Uña de gato Vara dulce 0 2 4 6 8 10 12 14 1 Especies DOMINANCIA RELATIVA Anacahuita Cenizo Chaparro amargoso Chaparro prieto Coyotillo Crucillo Granjeno Huizache chino Lantana Mezquite Oreja de raton Palo verde Panalero Uña de gato Vara dulce

En los valores de Índice de Valor de Importancia, la especie que presenta el valor más alto es el chaparro prieto y las especies de chaparro amargoso y mezquite presentaron los valores más bajos. A continuación se presentan gráficamente los resultados de la tabla anterior.

Figura II.2.- Abundancia Relativa en el área del proyecto, municipio de Pesquería, Nuevo León.

Figura II.3.- Frecuencia Relativa en el área del proyecto, municipio de Pesquería, Nuevo León.

(18)

0 10 20 30 40 50 60 1 Especies

ÍNDICE DE VALOR DE IMPORTANCIA

Anacahuita Cenizo Chaparro amargoso Chaparro prieto Coyotillo Crucillo Granjeno Huizache chino Lantana Mezquite Oreja de raton Palo verde Panalero Uña de gato Vara dulce

Figura II.5.- Índice de Valor de Importancia en el área del proyecto, municipio de Pesquería, Nuevo

León.

Estimación del Volumen.

El método utilizado en el muestreo fue el sistema de Completamente al Azar.

El volumen es una forma de medir la masa forestal o bien un parámetro usado para estimar la cantidad de madera existente en un ecosistema forestal.

El volumen se calculó de la siguiente forma:

Vol. = AB * h*CM

Donde:

Vol. = Volumen

AB = Área basal del tronco; h = Altura total del árbol. Cm: Coeficiente mórfico

(19)

Se realizaron 20 sitios de muestreo de 200 m2, es decir de 0.02 hectáreas los que se realizaron completamente al azar en el terreno.

Tabla II.8.- Sitios de muestreo evaluados en campo en el sitio del proyecto, en el municipio de Pesquería, Nuevo León.

sitio 1

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 7 1.8 0.08 1.5 0.0045239 0.03166733

chaparro prieto 25 1.6 0.03 1 0.00056549 0.0141372

coyotillo 18 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00056549

cenizo 7 1 0.01 1 0.00003927 0.00027489

granjeno 6 2 0.02 1 0.00031416 0.00188496

vara dulce 5 1.8 0.01 1 7.0686E-05 0.00035343

crucillo 7 1.6 0.02 1 0.00025133 0.0017593

sitio 2

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 11 1.9 0.08 2 0.00477523 0.05252755

chaparro prieto 28 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00747701

cenizo 17 1.6 0.02 1 0.00025133 0.00427258

coyotillo 16 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00050266

vara dulce 6 1.7 0.01 1 6.6759E-05 0.00040055

lantana 9 1.5 0.02 1 0.00023562 0.00212058

panalero 8 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00213629

sitio 3

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 10 1.7 0.07 1.5 0.00327119 0.03271191 chaparro prieto 11 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0029374 granjeno 14 1.9 0.03 1 0.00067152 0.00940124 cenizo 18 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00480665 crucillo 15 1.5 0.02 1 0.00023562 0.0035343 coyotillo 7 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00021991 mezquite 2 1.7 0.04 1 0.00106814 0.00213629 sitio 4

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 14 1.9 0.08 2 0.00477523 0.06685325 chaparro prieto 12 1.6 0.02 1 0.00025133 0.00301594 coyotillo 13 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00040841 lantana 16 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00094248 crucillo 7 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00186925 granjeno 6 1.8 0.02 1 0.00028274 0.00169646 oreja de raton 4 1.8 0.02 1 0.00028274 0.00113098 cenizo 9 1.8 0.02 1 0.00028274 0.0025447

(20)

sitio 5

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 6 1.6 0.05 1 0.0015708 0.0094248

chaparro prieto 16 1.5 0.02 1 0.00023562 0.00376992

cenizo 7 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00041234

coyotillo 9 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00028274

uña de gato 6 0.5 0.01 0.5 1.9635E-05 0.00011781

lantana 14 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00082467

oreja de raton 5 1.2 0.02 0.5 0.0001885 0.00094248

sitio 6

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 15 2 0.08 2 0.00502656 0.0753984

chaparro prieto 16 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00094248

lantana 7 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00041234 vara dulce 4 1.8 0.02 1 0.00028274 0.00113098 coyotillo 6 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.0001885 cenizo 4 1 0.01 1 0.00003927 0.00015708 panalero 6 2 0.02 1 0.00031416 0.00188496 sitio 7

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 18 1.8 0.08 2 0.0045239 0.08143027 chaparro prieto 22 1.5 0.02 1 0.00023562 0.00518364 cenizo 11 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0029374 coyotillo 9 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00028274 lantana 11 1.2 0.01 1 4.7124E-05 0.00051836 crucillo 2 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00053407

uña de gato 6 0.5 0.01 0.5 1.9635E-05 0.00011781

palo verde 2 1.7 0.03 1 0.00060083 0.00120166

sitio 8

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 17 1.8 0.08 2 0.0045239 0.07690637

chaparro prieto 25 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0066759

coyotillo 14 0.5 0.01 0.5 1.9635E-05 0.00027489

uña de gato 9 0.6 0.01 0.5 2.3562E-05 0.00021206

cenizo 14 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0037385

panalero 7 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00186925

granjeno 11 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0029374

sitio 9

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 2 1.7 0.06 1.5 0.00240332 0.00480665

chaparro prieto 18 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00106029

(21)

sitio 10

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 8 2 0.1 2 0.007854 0.062832 chaparro prieto 14 2 0.03 1 0.00070686 0.00989604 granjeno 16 2.2 0.03 1 0.00077755 0.01244074 cenizo 11 1.7 0.02 1 0.00026704 0.0029374 crucillo 4 1 0.02 1 0.00015708 0.00062832 coyotillo 10 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00031416 sitio 11

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 5 1.7 0.08 1.5 0.00427258 0.02136288

chaparro prieto 16 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00094248

cenizo 16 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00427258

granjeno 3 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00080111

lantana 14 1 0.01 1 0.00003927 0.00054978

sitio 12

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 3 1.7 0.02 1.5 0.00026704 0.00080111

chaparro prieto 25 1.7 0.02 1.5 0.00026704 0.0066759

cenizo 14 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00082467

coyotillo 7 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00021991

uña de gato 6 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.0001885

chaparro amargoso 9 0.3 0.01 0.3 1.1781E-05 0.00010603

huizache chino 1 2 0.1 2 0.007854 0.007854

oreja de raton 6 1 0.02 1 0.00015708 0.00094248

sitio 13

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 7 1.8 0.08 2 0.0045239 0.03166733 chaparro prieto 21 1.7 0.03 1 0.00060083 0.01261745 cenizo 7 1.8 0.02 1.5 0.00028274 0.00197921 coyotillo 11 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00034558 chaparro amargoso 3 0.5 0.02 0.5 0.00007854 0.00023562 sitio 14

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 7 2 0.08 2.5 0.00502656 0.03518592 chaparro prieto 14 1.7 0.03 1 0.00060083 0.00841163 cenizo 21 1.7 0.02 1.5 0.00026704 0.00560776 palo verde 1 2 0.1 3 0.007854 0.007854 mezquite 1 1 0.02 0.5 0.00015708 0.00015708 coyotillo 11 1 0.01 1 0.00003927 0.00043197 sitio 15

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

(22)

chaparro prieto 16 1.7 0.03 1 0.00060083 0.0096133

cenizo 11 1.6 0.02 1 0.00025133 0.00276461

uña de gato 4 1 0.02 1 0.00015708 0.00062832

crucillo 3 1 0.02 1 0.00015708 0.00047124

sitio 16

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

chaparro prieto 19 1.7 0.03 1 0.00060083 0.01141579

cenizo 18 1.6 0.02 1 0.00025133 0.0045239

coyotillo 9 1 0.01 1 0.00003927 0.00035343

crucillo 4 1.7 0.03 1.5 0.00060083 0.00240332

sitio 17

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 14 1.8 0.08 2 0.0045239 0.06333466

chaparro prieto 25 1.5 0.01 1 5.8905E-05 0.00147263

coyotillo 11 1 0.01 1 0.00003927 0.00043197

cenizo 12 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00320443

sitio 18

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 18 1.9 0.1 2.5 0.0074613 0.1343034 chaparro prieto 16 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00427258 coyotillo 11 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00034558 cenizo 19 1.7 0.02 1.5 0.00026704 0.00507368 crucillo 6 1.2 0.02 1 0.0001885 0.00113098 sitio 19

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 11 1.8 0.08 2 0.0045239 0.04976294 cenizo 28 1.7 0.02 1.5 0.00026704 0.00747701 palo verde 6 1.8 0.08 2 0.0045239 0.02714342 chaparro prieto 14 1.6 0.02 1 0.00025133 0.00351859 coyotillo 11 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00034558 sitio 20

especie numero altura diámetro cobertura vol unitario vol sitio

anacahuita 8 2 0.1 2.5 0.007854 0.062832 cenizo 7 17 0.02 1.5 0.00267036 0.01869252 chaparro prieto 19 1.7 0.02 1 0.00026704 0.00507368 uña de gato 3 1.3 0.03 1 0.00045946 0.00137838 coyotillo 11 0.8 0.01 0.5 3.1416E-05 0.00034558 granjeno 7 1.7 0.03 1 0.00060083 0.00420582 palo verde 3 1.7 0.03 1 0.00060083 0.00180249 panalero 4 1.8 0.03 1 0.00063617 0.0025447

(23)

Se registraron los parámetros de altura total de cada especie, diámetro y área basal de cada especie y cobertura de copa. En base a los parámetros utilizados se estimó el volumen por especie en cada sitio de muestreo.

Una vez determinado el volumen (m3 r.t.a.) en cada uno de los sitios de muestreo, se determina el volumen promedio utilizando la fórmula de la media aritmética.

n i

xi

Vol

1 DONDE:

xI= vol. En cada uno de los sitios. n= Número de sitios en el área

Determinación de Volumen promedio por hectárea.

Una vez determinado el volumen por sitio se multiplicó por 50 para estimar el volumen por hectárea, ya que en una hectárea hay 50 sitios de 200 m2.

E.R.T./Ha = (E.R./sitio) (S) => Existencias en 200 m2 x 50 (Kg./ha ó Ton/ha)

Donde: E.R.T. = Existencias Reales Totales Ha = Hectárea

S = Superficie

200 m2 = Tamaño del sitio

50 = Número de sitios equivalentes a una hectárea.

En la siguiente tabla se registraron los parámetros obtenidos por especie, en el área del proyecto ubicado en el Municipio de Pesquería, Nuevo León.

(24)

Pesquería, Nuevo León.

Nombre común Nombre científico Altura Diámetro Cobertura

Anacahuita Cordia boissieri 1.82 0.08 1.92

Cenizo Leucophyllum frutescens 2.41 0.02 1.13

Chaparro amargoso Castella tortuosa 0.40 0.01 0.40

Chaparro prieto Acacia rigidula 1.64 0.02 1.03

Coyotillo Karwinskia humboldtiana 0.83 0.01 0.61

Crucillo Randia laetevirens 1.47 0.02 1.06

Granjeno Celtis pallida 1.86 0.02 1.00

Huizache chino Acacia schaffneri 2.00 0.10 2.00

Lantana Viburnum lantana 1.36 0.01 1.00

Mezquite Prosopis laevigata 1.35 0.03 0.75

Oreja de raton Coldenia canescens 1.33 0.02 0.83

Palo verde Cercidium macrum 1.80 0.06 1.75

Panalero Schaefferia cuneifolia 1.78 0.02 1.00

Uña de gato Acacia wrigttii 0.78 0.02 0.67

Vara dulce Eysenhardtia polystachya 1.77 0.01 1.00

Tabla II.10.- Volumen a remover en la superficie en uso de cambio de suelo.

Nombre común Nombre científico Superficie de CUS Volumen promedio por hectárea

Volumen en 14.32 has

Anacahuita Cordia boissieri 14.32 2.255885 32.304270

Cenizo Leucophyllum frutescens 14.32 0.191255 2.738768

Chaparro amargoso Castella tortuosa 14.32 0.001129 0.016167

Chaparro prieto Acacia rigidula 14.32 0.297775 4.264132

Coyotillo Karwinskia humboldtiana 14.32 0.015728 0.225220

Crucillo Randia laetevirens 14.32 0.036482 0.522420

Granjeno Celtis pallida 14.32 0.083419 1.194564

Huizache chino Acacia schaffneri 14.32 0.019635 0.281173

Lantana Viburnum lantana 14.32 0.015207 0.217769

Mezquite Prosopis laevigata 14.32 0.005733 0.082103

Oreja de raton Coldenia canescens 14.32 0.007540 0.107971

Palo verde Cercidium macrum 14.32 0.095004 1.360457

Panalero Schaefferia cuneifolia 14.32 0.025594 0.366509

Uña de gato Acacia wrigttii 14.32 0.006607 0.094615

Vara dulce Eysenhardtia polystachya 14.32 0.004712 0.067482

Total 14.32 3.061705 43.843618

Presentar un Programa de Protección para aquellas especies que se distribuyen en el sitio del proyecto que estén consideradas en alguna categoría de protección según la NOM-059-ECOL-2001, en dicho programa deberá de identificar aquellas áreas que presenten mayor densidad poblacional de estas especies y su posible segregación de las obras y actividades en dichas

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No se presenta este programa toda vez que el 100% del área se urbanizará.

Presentar un Programa de Rescate de Flora y Fauna (Anexo 8.- Programa de Manejo Ambiental) que deberá instrumentarse previamente a las actividades de despalme, desmonte y/o remoción, en dicho programa se identificarán aquellas especies arbóreas que deberán preferentemente conservarse in situ o bien, sean integradas al diseño de áreas verdes de a cuerdo al proyecto de que se trate, de igual manera se identificarán aquellas especies biológicas de especial interés como cactus, bromelias y orquídeas, susceptibles de trasplante, así como de especies que cuenten con algún tipo de valor regional o biológico.

Para el trasplante de estas especies se deberá presentar las técnicas a emplear para su reubicación y seguimiento e indicar los sitios específicos para su reubicación y que se consideraran como vegetación permanente y las superficies de los mismos.

Presentar un Programa de Conservación de Suelos para aquellas áreas en las que pueda presentarse problemas de erosión en donde se llevarán a cabo acciones de conservación y/o restauración de suelos con el propósito de evitar su pérdida en el área del proyecto.

Dicho programa deberá contener cuando menos:

• Estimación de la pérdida de suelos del área propuesta para el proyecto en el estado actual. • Pronóstico de la pérdida de suelo al remover la cubierta vegetal, sin medidas de mitigación. • Medidas de protección y conservación de suelos que se propone realizar y programa de ejecución.

• Pronóstico de la pérdida de suelo con la realización del proyecto, incluyendo las medidas de mitigación.

Durante la realización de los muestreos se encontraron algunos ejemplares de cactáceas las cuales se enlistan en la Tabla II.11.

Tabla II.11.- Especies de cactáceas encontradas en el área del proyecto.

(26)

Echinocactus texensis --- 3

Echinocereus stramineus --- 4

Coryphantha compacta --- 6

Total 13

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Coryphantha compacta

En el caso de la fauna, durante los recorridos efectuados con motivo del muestreo de flora, no se detectaron individuos de ningún tipo, ni grupo taxonómico, solo se escucharon algunas aves, y se no se detectaron ningún tipo de excretas ni huellas; sin embargo, por las condiciones físico-biológicas del área no se descarta la presencia de individuos, por lo que también se incluye un programa de recate y reubicación para fauna.

II.2.2 Preparación del sitio.

Se recomienda que en éste apartado se haga una descripción concreta y objetiva de las principales actividades que integran esta etapa, señalando características, diseños o modalidades.

En esta etapa se removerá la vegetación presente y se quitará parte del suelo. El retiro de la vegetación se hará con motoconformadora o traxcavo de manera paulatina permitiendo en

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caso de que se encontrase fauna, esta se retire a tiempo del sitio, evitando sea dañada durante las operaciones.

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto.

Es importante que en este apartado se incluya una descripción completa pero resumida de las principales obras (apertura o rehabilitación de caminos de acceso, campamentos, almacenes, talleres, oficinas, patios de servicio, comedores, instalaciones sanitarias, regaderas, obras de abastecimiento y almacenamiento de combustible, etc.) y actividades (mantenimiento y reparaciones del equipo y maquinaria, apertura de préstamos de material, tratamiento de algunos desechos, etc) de tipo provisional y que se prevea realizar como apoyo para la construcción de la obra principal. Es necesario destacar dimensiones y temporalidad de las mismas. También es importante destacar las características de su diseño que favorezcan la minimización o reducción de los impactos negativos al ambiente.

Se instalara 3 sanitarios portátiles para cada etapa de desmonte ya que se trabajara con un buldózer o en su defecto una retro excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para esta etapa de urbanización, el material producto de la limpieza y desmonte será retirado en camiones subcontratados que solo servirán para el transporte del material al tiradero mas cercano. El acceso al predio se efectuará por los caminos preexistentes.

II.2.4 Etapa de construcción.

En este rubro se describirá al menos lo siguiente: obras permanentes, asociadas y sus correspondientes actividades de construcción, de ser el caso, tanto sobre tierra firme como en el medio acuático. Es recomendable se describan someramente los procesos constructivos, y en cada caso, señalar las características de estos que deriven en la generación de impactos al ambiente así como las modificaciones previstas, cuando estas procedan, a dichos procesos para reducir sus efectos negativos. No es útil incluir el catálogo

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de los conceptos de la obra, sino únicamente la parte o etapa constructiva más representativa.

No aplica.

II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento.

Con la misma orientación de los rubros anteriores, se recomienda describir los programas de operación y mantenimiento de las instalaciones, en los que se detalle lo siguiente: a) descripción general del tipo de servicios que se brindarán en las instalaciones. b) tecnologías que se utilizarán, en especial las que tengan relación directa con la emisión y control de residuos líquidos, sólidos o gaseosos; c) tipo de reparaciones a sistemas, equipos, etc.; d) especificar si se pretende llevar a cabo control de malezas o fauna nociva, describiendo los métodos de control.

No aplica

II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto.

Como obra asociada se identifica a toda aquella obra que complemente a cualquiera de las obras principales como podrían ser: los edificios de áreas administrativas, de servicios, etc. El tratamiento a desarrollar en este caso es similar al de los rubros anteriores.

No se harán obras asociadas, se instalarán 3 sanitarios portátiles para cada etapa de desmonte ya que se trabajara con un buldozer o en su defecto una retro excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para esta etapa de urbanización, el material producto de la limpieza y desmonte será retirado en camiones subcontratados que solo servirán para el transporte del material al tiradero mas cercano. El acceso se efectuará por los caminos preexistentes.

(30)

II.2.7 Etapa de abandono del sitio.

Presentar todos aquellos planes y/o programas que serán tomados en cuenta para la rehabilitación, compensación y restitución de todas las obras y/o actividades del proyecto.

Presentar un Programa detallado del abandono del sitio, en el que se defina el destino que se dará a las obras (provisionales y/o definitivas) una vez concluida la vida útil del proyecto.

 Una descripción de las actividades de rehabilitación, restitución o compensación de las superficies intervenidas.

 Una descripción de los posibles cambios en toda el área del proyecto como consecuencia del abandono.

No se pretende abandonar el sitio, una vez que se retire la vegetación se comenzará con la etapa de construcción del fraccionamiento.

II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera.

Resulta conveniente identificar los residuos que habrán de generarse en las diferentes etapas del proyecto y describir su manejo y disposición, considerando al menos lo siguiente: tipo de residuos (sólido o líquido, orgánico o inorgánico) y emisión a la atmósfera.

Los residuos que se generaran durante la etapa de preparación del sitio y operación son:

 Material vegetal producto del desmonte (SO),

 Tierra o suelo producto del despalme (SO e I),

 Residuos de la alimentación de los trabajadores (SO e I),

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Los primeros 3 residuos serán de tipo no peligrosos y los últimos podrían resultar peligrosos.

Los residuos sólidos orgánicos serán colectados en tambos de 200 lts y posteriormente llevados al relleno sanitario municipal para disposición definitiva, los residuos líquidos orgánicos producto de las aguas residuales del sanitario portátil serán recogidos por la empresa que presta el servicio de renta, al cual cuenta con la autorización respectiva para su manejo, y dispondrán de ellos de acuerdo a su protocolo de manejo autorizado, en el caso de generar residuos peligrosos (caso fortuito), serán enviados a empresas autorizadas para su disposición y manejo.

Abreviaturas. SO e I = Sólido orgánico e inorgánico, LO e I = Líquido orgánico e inorgánico, RPO = Residuo peligroso orgánico.

Tanto el parque vehicular como la maquinaria generaran emisiones a la atmósfera producto de la combustión interna de los motores, para atenuar su producción, deberán de estar en condiciones optimas de operación y realizar mantenimiento preventivo.

II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos.

Es necesario identificar y reportar la disponibilidad de servicios de infraestructura para el manejo y disposición final de los residuos, en la localidad y/o región, tales como: rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, servicios de separación, manejo, tratamiento, reciclamiento o confinamiento de residuos, entre otros.

En caso de hacer uso de ellos indicar si estos servicios son suficientes para cubrir las demandas presentes y futuras del proyecto y de otros proyectos presentes en la zona.

En el caso de Nuevo León cuenta con un amplia infraestructura tanto para el manejo de residuos sólidos como de residuos peligrosos, específicamente cuenta con el Sistema de

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Procesamiento y manejo de Residuos Sólidos (Simeprode) ubicado en el Municipio de Salinas Victoria, y es donde se efectúan operaciones de separación acopio, clasificación, reciclaje y confinamiento de residuos no peligrosos, asimismo existen empresas que se dedican al reciclaje de aguas residuales y al manejo de residuos peligrosos, por lo que la generación y el manejo de los mismos no representa mayor problema que le traslado a los sitios autorizados para su recepción.

(33)

III. APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LOS PROGRAMAS DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO EN SUS DIFERENTES CATEGORÍAS.

Los Programas de Ordenamiento Ecológico establecen las políticas ambientales, los criterios ecológicos y las vocaciones de uso del suelo aplicables al desarrollo prioritario o ambientalmente críticos, políticas y criterios que deben ser observados por las autoridades encargadas de regular el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, la localización de las actividades productivas y de los asentamientos humanos, y que debe ser considerado, previo al otorgamiento de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones de su competencia.

El área donde se pretende desarrollar el proyecto no esta dentro de ninguno de los 34 Ordenamientos Ecológicos decretados de diferente nivel.

Figura XII.1.- Estado de los Programas de ordenamiento ecológico regional en la República Mexicana, 2004 (www.semarnat.gob.mx).

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De acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como en sus respectivos reglamentos, corresponde a la Federación las ordenaciones ambientales para la remoción de la vegetación.

XII.1 Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio decretados.

A nivel nacional se cuenta con una serie de criterios de ordenamiento ecológico, mismos que no existen a nivel municipal ni para el estado de Nuevo León (Figura XII.1), los cuales abarcan temas que van desde el control de la contaminación sobre los recursos naturales (agua, aire y suelo), hasta la reglamentación de ciertas actividades sectoriales. De los que se encuentran disponibles para su consulta, ninguno incide directamente sobre el predio donde se pretende desarrollar el proyecto; sin embargo, por la naturaleza de su contenido se recomienda aplicar los siguientes criterios durante las diferentes fases de implementación, teniendo como propósito lograr el aprovechamiento racional y sostenido de los recursos naturales, así como aminorar los impactos adversos sobre el ambiente.

En materia de aire.

 Prohibir la descarga o emisión de contaminantes que alteren la atmósfera o que provoquen degradación en perjuicio del ecosistema.

 Prohibir la emisión de contaminantes por energía térmica y ruido en contravención de las disposiciones legales relativas.

 Tomar medidas técnicas preventivas para evitar efectos nocivos en la salud de la población.

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 Prohibir la descarga, depósito o infiltración de contaminantes en los suelos sin el cumplimiento de las normas reglamentarias y los lineamientos técnicos correspondientes.

 Todos los contaminantes que se depositen o se infiltren en el suelo deberán contar con un tratamiento previo a efecto de reunir las condiciones necesarias para evitar o prevenir su contaminación, alteraciones nocivas en el proceso biológico y alteraciones en el aprovechamiento, uso y explotación.

En materia forestal (considerando forestal toda cubierta vegetal constituida por árboles, arbustos y vegetación espontánea que tenga influencia directa contra la erosión normal en el régimen hidrográfico, sobre las condiciones climatológicas y que pueda además desempeñar funciones de producción y de recreo. Se excluyen los terrenos con fines agrícola, hortícola o ganadero).

 Prohibir el uso del fuego en forma que pueda propagarse en los terrenos forestales y sus colindancias.

 Observar las recomendaciones emanadas de la aplicación del procedimiento de impacto ambiental, con objeto de mitigar los efectos negativos al medio ambiente.

 Utilizar la vegetación natural y fijadores de suelo en áreas afectadas por los movimientos de tierra.

 Disponer adecuadamente los desechos resultantes de movimientos de tierra, de la remoción de la cubierta vegetal y de materiales de construcción excedentes.

 Seleccionar las áreas de depósito que permitan la incorporación de dichos materiales al suelo sin efectos colaterales adversos al medio ambiente, o bien utilizar los materiales para la restauración de los bancos explotados.

XII.2 VINCULACIÓN CON LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

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A. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

En esta se fundamentan todas las leyes, reglamentos y normas que tienen vigencia en la nación. Estipula la obligación del Estado Mexicano de proteger los recursos naturales, así como la salud y bienestar de la sociedad. En lo referente a la regulación de las actividades productivas que se desarrollan sobre el suelo, el artículo 27 Constitucional aborda la regularización del aprovechamiento de los elementos naturales.

En relación al Artículo 27, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer las provisiones adecuadas, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico.

Con base en el Artículo 123, toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; para tal efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.

B. PLAN DE DESARROLLO URBANO MUNICIPAL.

De acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Pesquería, Nuevo León, el predio se encuentra en área Habitacional.

C. PROGRAMA NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

La valorización de los recursos naturales tiene dos componentes: el económico y el social. Reconociendo el valor económico y social de los recursos naturales se les podrá proteger mejor al reflejar su valor de escasez y su importancia para la sociedad. En este sentido,

(37)

promueve el desarrollo sustentable utilizando la riqueza natural del país para elevar la calidad de vida de los mexicanos y combatir la pobreza extrema.

Se refiere al avance hacia un desarrollo sustentable y armónico con la naturaleza, tratando de detener y revertir la contaminación de los sistemas que sostienen la vida (agua, aire y suelo). Incrementar la capacidad instalada de manejo de residuos. Lograr ciudades y campos libres de basura y residuos peligrosos que puedan afectar la salud de la población.

El objetivo es recuperar la calidad, la dignidad y la belleza de los espacios donde vivimos. Fomentar el apoyo para la construcción de infraestructura y el equipamiento que permita minimizar, recolectar, transportar, tratar, reciclar y disponer en forma segura los residuos sólidos en todas las regiones del país.

D. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.

Reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que se refiere a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, vinculándose el proyecto en la concurrencia entre la federación, las entidades federativas y los municipios, refiriendo que:

Los sistemas de manejo y disposición de residuos no peligrosos quedan sujetos a autorización y legislación estatal o, en su caso, municipal; y la disposición final de los residuos sólidos no peligrosos, mediante rellenos sanitarios.

ARTICULO. 137. La Secretaría expedirá las normas a las que deberán sujetarse los sitio, el diseño, la construcción y operación de las instalaciones destinadas a la disposición final de los residuos sólidos municipales. Otros artículos relacionados, 5, 7, 8, 15, 134 al 138, 140, 141 y 142. En lo referente a la evaluación del impacto ambiental; SECCION V.

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ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I.- ... II.- ...

VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; el aprovechamiento

racional del suelo y sus recursos y la prevención y control de la contaminación al ambiente, como sigue:

El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.

El proyecto también se vincula a esta ley en lo relativo al uso del suelo que debe ser compatible con su vocación natural y no debe alterar el equilibrio de los ecosistemas. El uso de los suelos debe hacerse de manera que estos mantengan su integridad física y su capacidad productiva.

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La regulación ambiental de los asentamientos humanos, la planeación del desarrollo urbano y prevenir la contaminación del aire, agua y suelo.

La realización de las obras públicas o privadas que por sí mismas puedan provocar deterioro severo de los suelos deben incluir acciones equivalentes de regeneración, recuperación y restablecimiento de su vocación natural.

Las emisiones de contaminantes de la atmósfera, sean de fuentes artificiales o naturales, fijas o móviles, deben ser reducidas y controladas, para asegurar una calidad del aire satisfactoria para el bienestar de la población y el equilibrio ecológico.

Corresponde al Estado y la sociedad prevenir la contaminación de ríos, cuencas, vasos, aguas marinas y demás depósitos y corrientes de agua, incluyendo las aguas del subsuelo.

E. LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL..

En relación a la evaluación del impacto ambiental, el Artículo 4, manifiesta que compete a la Secretaría:

I. Evaluar el impacto ambiental y emitir las resoluciones correspondientes para la realización de proyectos de obras o actividades a que se refiere el presente reglamento;

II. Formular, publicar y poner a disposición del público las guías para la presentación del informe preventivo, la manifestación de impacto ambiental en sus diversas modalidades y el estudio de riesgo;

III. Solicitar la opinión de otras dependencias y de expertos en la materia para que sirvan de apoyo a las evaluaciones de impacto ambiental que se formulen;

IV. Llevar a cabo el proceso de consulta pública que en su caso se requiera durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental;

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V. Organizar, en coordinación con las autoridades locales, la reunión pública a que se refiere la fracción III del artículo 34 de la Ley;

VI. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, así como la observancia de las resoluciones previstas en el mismo, e imponer las sanciones y demás medidas de control y de seguridad necesarias, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, y

VII. Las demás previstas en este reglamento y en otras disposiciones legales y reglamentarias en la materia.

En relación a las obras o actividades que requieren previa autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental, el artículo 5 manifiesta que cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas requerirán dicha autorización. Debiendo considerar los siguientes criterios:

I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;

II. Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con excepción de las actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se realicen en predios con pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no impliquen la agregación ni el desmonte de más del veinte por ciento de la superficie total y ésta no rebase 2 hectáreas en zonas

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III. Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo forestal, con excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en forestales, agroforestales o silvopastoriles, mediante la utilización de especies nativas.

CAPÍTULO III

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.

Artículo 9o.- Los promoventes deberán presentar ante la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita autorización.

La Información que contenga la manifestación de impacto ambiental deberá referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del proyecto.

La Secretaría proporcionará a los promoventes guías para facilitar la presentación y entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. La Secretaría publicará dichas guías en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Artículo 10.- Las manifestaciones de impacto ambiental deberán presentarse en las siguientes modalidades:

I. Regional, o II. Particular.

Artículo 11.- Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de:

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I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas;

II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento;

III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, y

IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.

Artículo 12.- La manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, deberá contener la siguiente información:

I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental;

II. Descripción del proyecto;

III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo;

IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto;

V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales; VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales;

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VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

Artículo 17.- El promovente deberá presentar a la Secretaría la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, anexando:

I. La manifestación de impacto ambiental;

II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental, presentado en disquete, y

III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes.

Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley, deberá incluirse un estudio de riesgo.

Artículo 19.- La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, sus anexos y, en su caso, la información adicional, deberán presentarse en un disquete al que se acompañarán cuatro tantos impresos de su contenido.

Excepcionalmente, dentro de los diez días siguientes a la integración del expediente, la Secretaría podrá solicitar al promovente, por una sola vez, la presentación de hasta tres copias adicionales de los estudios de impacto ambiental cuando por alguna causa justificada se requiera. En todo caso, la presentación de las copias adicionales deberá llevarse a cabo dentro de los tres días siguientes a aquel en que se hayan solicitado.

F. LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE.

Son atribuciones de la SEMARNAT en materia forestal autorizar el aprovechamiento de recursos forestales maderables y la forestación, así como evaluar y supervisar su manejo forestal e impacto ambiental.

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La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios se deberán considerar en conjunto y no de manera aislada. Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, disponga el ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

El Artículo 163 establece que es una infracción a lo establecido en esta Ley cambiar la utilización de los terrenos forestales sin contar con la autorización correspondiente.

G. REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE.

Son atribuciones de la SEMARNAT en materia forestal, autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y la forestación, así como evaluar y supervisar su manejo e impacto ambiental.

La Secretaría solo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión del Consejo Regional de que se trate y con base a los estudios técnicos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución de su captación. Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, disponga el ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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a. Solicitud en la que especifique nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante.

b. Copia simple del título de propiedad y original o copia certificada del mismo para su cotejo, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de la entidad federativa en que se trate.

c. Estudio Técnico Justificativo.

d. La Manifestación de Impacto Ambiental o su autorización.

CAPÍTULO SEGUNDO

Del Cambio de Uso del Suelo en los Terrenos Forestales.

El Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, el interesado deberá solicitarlo mediante el formato que expida la Secretaría, el cual contendrá lo siguiente:

I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante; II. Lugar y fecha;

III. Datos de ubicación del predio o conjunto de predios, y

IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso del suelo y el tipo de vegetación por afectar.

Junto con la solicitud, deberá presentarse el estudio técnico justificativo, así como copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada del título de propiedad debidamente inscrita en el registro público que corresponda o en su caso, del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como copia simple para su cotejo. Tratándose de ejidos o comunidades agrarias deberá presentarse original o copia certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo de cambio de uso de suelo en el terreno respectivo, así como copia simple para su cotejo.

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